Gaceta Parlamentaria, Cámara de Diputados, número 2496-XII, miércoles 30 de abril de 2008.

DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE DEFENSA NACIONAL, CON PROYECTO DE DECRETO QUE ADICIONA UN PÁRRAFO SEGUNDO AL ARTÍCULO 1o. DE LA LEY DE ASCENSOS Y RECOMPENSAS DEL EJÉRCITO Y FUERZA AÉREA MEXICANOS

Honorable Asamblea:

La Comisión de Defensa Nacional de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los párrafos 1, 2, fracción VII, y 3 del artículo 39; párrafos 6, incisos e), f) y g), y 7 del artículo 45 y demás relativos y aplicables de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 56, 60, 65, 66, 87, 88, y demás relativos y aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; presenta a consideración de esta soberanía el presente dictamen, conforme a los siguientes

Antecedentes

En sesión celebrada el 26 de abril de 2007 por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, la diputada Martha Angélica Tagle Martínez, del Grupo Parlamentario de Convergencia, presentó la iniciativa que reforma y adiciona los artículos 1o., 3o., 5o., 7o., 17, 18, 19, 20, 21, 26, 28, 32, 37, 44, 46, 53, 70 y 73 de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.

La Presidencia de la Mesa Directiva dictó el siguiente trámite: "Túrnese a la Comisión de Defensa Nacional".

Valoración de la iniciativa

En la exposición de motivos, el texto de la iniciativa establece

1. Que el mundo contemporáneo requiere propiciar una visión de género.

2. Que una institución castrense con perspectiva de género es justa en cuanto brinda, conforme al mérito, igualdad de oportunidades a hombres y a mujeres en las prestaciones, las recompensas y los ascensos.

3. Que las mujeres cotidianamente intentan superar los obstáculos originados por la discriminación de género, por el solo hecho de ser mujer, al momento de pretender aspirar a alcanzar cargos de mayor rango, los cuales les son denegados, sin importar que son militares leales a la patria.

Consideraciones

Las Fuerzas Armadas requieren una convicción militar para dar lugar a un objetivo claro en cuanto a sus responsabilidades constitucionales, y son estas responsabilidades, asumidas por todos sus miembros, la razón por la que la Carta Magna y sus leyes secundarias le dedican normas específicas que rigen su funcionamiento.

Las políticas de Estado, antes de cualquier otra cualidad, deben ser responsables y serias, atendiendo al interés nacional. Recordemos las palabras del filosofo griego Aristóteles, quien sentenció: "La ley es la razón, libre de pasión".

Los valores de la profesión militar, sobre los cuales se sustenta su organización, son –entre otros– la vocación, el mérito profesional, la disciplina vertical, la unidad de mando y el respeto del marco legal de la república.

No debemos pasar por alto que el primer deber entre militares es lealtad a los superiores, lo cual es una cuestión de honor.

No ponemos en duda en ningún momento, ni cuestionamos las capacidades intelectuales y físicas de las mujeres, y consideramos que lo que debe defenderse es la cohesión de los integrantes del Ejército y la Fuerza Aérea, por estar dedicadas a la defensa de la integridad, independencia y soberanía del territorio nacional.

La participación de las mujeres en la institución castrense obedece precisamente a esta búsqueda de la excelencia, y queda claro que en ningún momento se discrimina al sexo femenino, por el contrario, se tiene la convicción y se reconoce la gran capacidad que demuestran las mujeres en cuanto al desempeño de sus responsabilidades en el instituto armado.

En el momento en que se participa en operaciones militares de alto riesgo, todos los involucrados están sujetos a la disciplina militar, conforme a los preceptos de honor, lealtad y obediencia, lo que implica que todos dependen de todos, en todo momento.

En ese sentido, podemos referirnos a la fracción I del artículo 4o. de la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, la cual dispone lo siguiente:

Artículo 4o. El Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos están integrados por

I. Los mexicanos por nacimiento que no adquieran otra nacionalidad y que prestan sus servicios en las instituciones armadas de tierra y aire, sujetos a las leyes y reglamentos militares;

II. y III.

La legislación castrense en su conjunto, al utilizar los términos "militar" o "militares" –entendemos–, incluye tanto a mujeres como a hombres.

En las Fuerzas Armadas, la capacidad y el mérito son criterios esenciales en la selección de los mejores, independientemente de si se es mujer u hombre; lo importante es el compromiso centrado en el servicio a los demás, actitud que poseen todos los militares.

Establecer perfiles y definir funciones en la institución no es una decisión arbitraria o discriminatoria con base en el género sino que tiene por objetivo formar un Ejército de calidad, al evitar y minimizar las deficiencias, físicas o morales, ya sea en mujeres u hombres dentro de la institución castrense, e inculcar valores entre los militares como un objetivo constante. El Ejército debe ser de excelencia por la delicada tarea que tiene encomendada: la defensa de la patria. La exclusión y negar un ascenso o prestaciones por razones de género no son acciones que se lleven a cabo en las Fuerzas Armadas.

El ingreso voluntario de militares, sean mujeres u hombres, en las Fuerzas Armadas debe implicar contar desde un principio con militares de vocación, condición imprescindible para formar fuerzas armadas con espíritu de cuerpo.

En el Ejército y Fuerza Aérea, el trato de las mujeres no es en ningún momento desigual sino que responde a un respeto absoluto de los grados en la escala jerárquica, lo cual aplica a todos sus miembros, sean hombres o mujeres, y tiene por objetivo preservar sobre todas las cosas la disciplina en la institución castrense.

No omitimos que el momento histórico es importante y que, por lo mismo, las instituciones del Estado deben ser fortalecidas. La supervivencia y consolidación democrática, que también implica propiciar una visión de género, requieren también instituciones sumamente especializadas, como es el caso de las Fuerzas Armadas.

Estamos de acuerdo con la necesidad de una apertura en cuanto a las oportunidades laborales para las mujeres, en igualdad de circunstancias, y estar con ello en sincronía con el desarrollo moderno de las sociedades a escala mundial. Formar parte del Ejército y Fuerza Aérea es precisamente una de las formas de propiciar modificaciones en la conciencia colectiva de las sociedades, cambios en el pensar y el actuar, tanto de mujeres como de hombres.

En el país se han logrado la firma y aceptación de diversos instrumentos internacionales en materia de participación política de las mujeres. Entre los más importantes tenemos la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y su Protocolo Facultativo, la Plataforma de Acción de Beijing y la Declaración del Milenio.

Esos instrumentos establecen disposiciones que tienen como objetivo avanzar hacia la protección de los derechos económicos, sociales, políticos y culturales de las mujeres, en el reconocimiento de la igualdad entre éstas y los hombres. Además, buscan eliminar la discriminación por razones de género.

Coincidimos en que es necesario, como primer paso, desterrar la idea de que las mujeres son inferiores a los hombres, y –una vez más– esto se puede lograr únicamente mediante un esfuerzo conjunto, empezando por la educación de los hijos por las madres y los padres. Sólo así podremos dar lugar a una real integración de las mujeres en todos los ámbitos: empresas privadas, dependencias de gobierno en los tres órdenes, partidos políticos, etcétera.

Hoy día, las mujeres desempeñan cargos de decisión en infinidad de instituciones, tanto de la iniciativa privada como del servicio público. La organización de las sociedades se realiza paulatinamente, donde los cambios requieren necesariamente una nueva manera de enfrentar la realidad, lo cual debe realizarse en un esfuerzo conjunto de la sociedad.

Así entonces, estimamos que la intención de la iniciativa en estudio puede y debe ser atendida, lo cual se traduciría en una acción afirmativa hacia las mujeres. Por ello, la Comisión de Defensa Nacional recomienda y considera necesario realizar modificaciones a la propuesta original, ya que con sólo adicionar un párrafo segundo al artículo 1o. de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos permitiría eliminar de los demás artículos en discusión los términos "hombres y/o mujeres", sin que ello desvirtuara el fin que se persigue con la iniciativa de reforma.

Con base en lo expuesto y fundado, la Comisión de Defensa Nacional somete a consideración de esta soberanía el siguiente proyecto de

Decreto por el que se adiciona un párrafo segundo al artículo 1o. de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos

Artículo Único. Se adiciona un párrafo segundo al artículo 1o. de la de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 1o. La presente ley regula los ascensos y las recompensas de los militares pertenecientes al Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, y su aplicación corresponderá al presidente de los Estados Unidos Mexicanos y a la Secretaría de la Defensa Nacional.

Para los efectos de esta ley, se entenderá por militares a las mujeres y a los hombres que presten sus servicios al Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de abril de 2008.

La Comisión de Defensa Nacional

Diputados: Jorge Justiniano González Betancourt (rúbrica), presidente; Jesús Arredondo Velázquez (rúbrica), Marco Heriberto Orozco Ruiz Velazco, Alma Lilia Luna Munguía (rúbrica), Roberto Badillo Martínez (rúbrica), secretarios; Gerardo Aranda Orozco, Diódoro Humberto Carrasco Altamirano (rúbrica), Eduardo Sergio de la Torre Jaramillo, José Guillermo Fuentes Ortiz, Nelly Asunción Hurtado Pérez, Violeta del Pilar Lagunes Viveros, Alejandro Landero Gutiérrez, Emilio Ramón Ramiro Flores Domínguez (rúbrica), Marco Antonio Peyrot Solís, Javier González Garza, César Flores Maldonado (rúbrica), Celso David Pulido Santiago (rúbrica), Raúl Ríos Gamboa (rúbrica), David Sánchez Camacho (rúbrica), José Alfonso Suárez del Real y Aguilera (rúbrica), Cuauhtémoc Sandoval Ramírez (rúbrica), Israel Beltrán Montes (rúbrica), Carlos Rojas Gutiérrez (rúbrica), Andrés Carballo Bustamante (rúbrica), Pedro Montalvo Gómez, Carlos Ernesto Zatarain González (rúbrica), Manuel Portilla Diéguez (rúbrica), Aída Marina Arvizu Rivas.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 

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