Gaceta Parlamentaria, Cámara de Diputados, número 1992-III, viernes 21 de abril de 2006.


Informes
  • De la Comisión de Ciencia y Tecnología, semestral de actividades, referente al lapso septiembre de 2005-febrero de 2006.

  •  
  • De la Comisión del Distrito Federal, del primer semestre del tercer año de ejercicio de la LIX Legislatura, 1 de septiembre de 2005-28 de febrero de 2006.

  •  
  • De la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, del primer semestre del tercer año de ejercicio legislativo, septiembre de 2005-febrero de 2006.

  •  
  • De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, primero semestral de actividades del tercer año de ejercicio, correspondiente al periodo de septiembre de 2005 a febrero de 2006.
Actas
  • De la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social, de su vigésima tercera sesión plenaria, efectuada el miércoles 7 de diciembre de 2005.

 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 


Informes
DE LA COMISIÓN DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA, SEMESTRAL DE ACTIVIDADES, REFERENTE AL LAPSO SEPTIEMBRE DE 2005-FEBRERO DE 2006

Introducción

Fundamento legal del funcionamiento de las comisiones en la Cámara de Diputados

Las Comisiones son órganos constituidos por el Pleno, que a través de la elaboración de dictámenes, informes, opiniones o resoluciones, contribuyen a que la Cámara cumpla sus atribuciones constitucionales y legales. Tienen a su cargo tareas de dictamen legislativo, de información y de control evaluatorio conforme a lo dispuesto por el artículo 93 constitucional, y su competencia se corresponde en lo general con las otorgadas a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal (artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos -LOCGEUM).

Las comisiones ordinarias se constituyen durante el primer mes de ejercicio de la Legislatura (septiembre). Tendrán hasta treinta miembros y el encargo de sus integrantes será por el término de la misma. Los diputados podrán pertenecer hasta tres de ellas; para estos efectos, no se computará la pertenencia a las comisiones jurisdiccional y las de investigación (artículo 43 de la LOCGEUM).

La Ley Orgánica señala que los miembros de las comisiones están obligados a acudir puntualmente a sus reuniones y sólo podrán faltar por causa justificada y debidamente comunicada. Asimismo, las comisiones contarán para el desempeño de sus tareas, con el espacio necesario para el trabajo de su Mesa Directiva y para la celebración de sus reuniones plenarias. Las comisiones podrán establecer subcomisiones o grupos de trabajo para el cumplimiento de sus tareas, cuidando que en la constitución de las subcomisiones se refleje la pluralidad de los grupos parlamentarios representados en la Comisión (artículo 44 de la LOCGEUM).

Los presidentes de las comisiones ordinarias, con el acuerdo de éstas, podrán solicitar información o documentación a las dependencias y entidades del Ejecutivo federal cuando se trate de un asunto sobre su ramo o se discuta una iniciativa relativa a las materias que les corresponda atender de acuerdo con los ordenamientos aplicables. Las comisiones ordinarias cuya materia se corresponde con los ramos de la Administración Pública Federal harán el estudio del informe a que se refiere el primer párrafo del artículo 93 constitucional, según su competencia. Al efecto, formularán un documento en el que consten las conclusiones de su análisis.

En su caso, podrán requerir mayor información del ramo, o solicitar la comparecencia de servidores públicos de la dependencia ante la propia Comisión. Asimismo, las comisiones a que se refiere el párrafo anterior y de acuerdo a su competencia, darán opinión fundada a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, con base en los informes que rindan el Poder Ejecutivo federal y las demás entidades fiscalizadas, en los términos del artículo 79, fracción I, de la Constitución, las cuales deberán ser enviadas a más tardar sesenta días después de la recepción de los informes. La opinión fundada tendrá por objeto hacer aportaciones a esa Comisión sobre aspectos presupuestales específicos, en relación al cumplimiento de los objetivos de los programas del correspondiente ramo de la Administración Pública Federal, y para que sean consideradas en la revisión de la Cuenta Pública (artículo 45 de la LOCGEUM).

Las comisiones tendrán las tareas siguientes:

a) Elaborar su programa anual de trabajo;
b) Rendir un informe semestral de sus actividades a la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos;
c) Organizar y mantener un archivo de todos los asuntos que les sean turnados, que deberá ser entregado a la Legislatura siguiente;
d) Sesionar cuando menos una vez al mes;
e) Resolver los asuntos que la Mesa Directiva de la Cámara les turne;

f) Dictaminar, atender o resolver las iniciativas, proyectos y proposiciones turnadas a las mismas en los términos de los programas legislativos acordados por la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos; y
g) Realizar las actividades que se deriven de esta ley, de los ordenamientos aplicables, de los acuerdos tomados por el Pleno de la Cámara y los que adopten por sí mismas con relación a la materia o materias de su competencia (artículo 45 de la LOCGEUM).

Integración

Mesa Directiva

Diputados: Julio César Córdova Martínez, Presidente; Omar Ortega Álvarez, Víctor Manuel Alcérreca Sánchez, María Eloísa Talavera Hernández, secretarios.

Integrantes: Sheyla Fabiola Aragón Cortés, Consuelo Camarena Gómez, José Ángel Córdova Villalobos, Patricia Elisa Durán Reveles, Germán Martínez Cázares, Rubén Torres Zavala, Marisol Urrea Camarena, Rosa María Avilés Nájera, Dolores del Carmen Gutiérrez Zurita, Abdallán Guzmán Cruz, Salvador Martínez Della Rocca, José Luis Medina Lizalde, Fernando Ulises Adame de León, Roger David Alcocer García, Humberto Francisco Filizola Haces, Moisés Jiménez Sánchez, José López Medina, Norma Violeta Dávila Salinas, Alfonso Nava Díaz, Érick Agustín Silva Santos, Jorge Baldemar Utrilla Robles, Martín Vidaña Pérez, Marcela Guerra Castillo, Guadalupe Mendívil Morales.

I. Avance en el cumplimiento del programa anual de trabajo

Iniciativas de la LIX Legislatura

1. Iniciativa con proyecto de decreto, que adiciona la fracción V del artículo 23 de la Ley de Ciencia y Tecnología.

Sinopsis: La intención legislativa es que las becas otorgadas por el Gobierno Federal no tengan que ser retribuidas en dinero. Fue presentada por el diputado Omar Ortega Álvarez, PRD, el 14 de junio de 2004 y turnada a la Comisión de Ciencia y Tecnología. Gaceta Parlamentaria, número 1518, lunes 14 de junio de 2004.
Avance: Dictaminada.
2. Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona los artículos 100-Bis y 100-Ter, y reforma el artículo 465 de la Ley General de Salud. Sinopsis: La intención legislativa es prohibir la clonación de seres humanos. Fue presentada por la diputada Ruth Hernández Martínez, PAN, el 2 de julio de 2004 y turnada a las Comisiones Unidas de Salud y de Ciencia y Tecnología.
Avance: En estudio.
3. Iniciativa que reforma y adiciona los artículos 1 y 2 de la Ley de Ciencia y Tecnología. Sinopsis: La intención legislativa es establecer materia y regular los apoyos, las acciones y el gasto que el Gobierno Federal está obligado a otorgar para realizar, impulsar, fortalecer y desarrollar la investigación científica y tecnológica, así como precisar los mecanismos para impulsar la inversión en ciencia y tecnología. Fue presentada por el diputado Omar Bazán Flores, PRI, el 23 de noviembre de 2004 y turnada a la Comisión de Ciencia y Tecnología. Antecedente.
Avance: Con proyecto de dictamen a discutirse en la próxima sesión de la Comisión.
4. Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Ciencia y Tecnología. Sinopsis: La intención legislativa es reformar, modificar y adicionar los artículos 4, fracción IX, 5, 5 Bis, 6, 6 Bis, 7, 8, 9,10, fracción III, 10 Bis, 21, 22, 30, tercer párrafo, y 36 de la Ley de Ciencia y Tecnología a efecto de crear el Comité Científico y Tecnológico como órgano de política y Coordinarlo, mejor con las actividades del Consejo General de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico. Fue presentada por el diputado Omar Bazán Flores, PRI, y turnada a la Comisión de Ciencia y Tecnología.
Avance: Dictaminada.
5. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Ciencia y Tecnología; la Ley Federal de Entidades Paraestatales; la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal; la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; y la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos. Sinopsis: La intención legislativa es fortalecer y consolidar la figura de los Centros Públicos de Investigación (CPI) mediante el reforzamiento y perfeccionamiento de su régimen jurídico especial, incorporar nuevos elementos de simplificación jurídica para su operación y detonar proyectos de investigación y apoyo a proyectos productivos. Fue presentada por el diputado Julio César Córdova Martínez, PRI, el 21 de noviembre de 2004, y turnada a las Comisiones Unidas de Ciencia y Tecnología, de Presupuesto y Cuenta Pública y de Gobernación.
Avance: Dictaminada en la Comisión de Ciencia y Tecnología y turnada para su estudio y dictamen correspondiente a las Comisiones de Gobernación, Presupuesto y Cuenta Pública.
6. Iniciativa que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología. Sinopsis: La intención legislativa es modificar los mecanismos y requisitos para la designación del Director General del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología. Fue presentada por el diputado Salvador Pablo Martínez Della Rocca, PRD, el martes 19 de abril de 2006.
Avance: Se recopilaron opiniones de la Secretaría de Gobernación.
7. Iniciativa que reforma la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados Sinopsis: La intención legislativa es proteger los centros de origen del maíz, así como declarar una moratoria a efecto que los centros de origen sean zonas libres de Organismos Genéticamente Modificados (OGMs). Fue presentada por el diputado Víctor Suárez Carrera, del grupo parlamentario del PRD, el 10 de junio de 2005 y turnada a las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de Ciencia y Tecnología, y de Agricultura y Ganadería.
Avance: Se recopilaron opiniones del Comité de Biotecnología de la Academia Mexicana de Ciencias y de la Secretaría de Gobernación.
8. Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados. Sinopsis: La intención legislativa es modificar la definición de acuerdo fundamentado previo y del enfoque de precaución, además tiene la finalidad de incrementar y fortalecer la intervención de la Secretaría de Hacienda y otras dependencias en la importación y exportación de los organismos a los que se refiere esta ley. Fue presentada por el diputado Omar Ortega Álvarez, del grupo parlamentario del PRD, el 12 de septiembre de 2005 y turnada a las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales; de Agricultura y Ganadería; y de Ciencia y Tecnología.
Avance: Se recopilaron opiniones del Comité de Biotecnología de la Academia Mexicana de Ciencias.
9. Proposición con punto de acuerdo para exhortar a la SEP, al Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, a las entidades federativas y a los consejos estatales de ciencia y tecnología, apoyar y participar en la realización de la 46a. Olimpiada Internacional de Matemáticas. Sinopsis: Fue presentada por la diputada Marisol Urrea Camarena, el 28 de abril de 2006.
Avance: Dictaminada en sentido negativo.
Iniciativas y puntos de acuerdo turnadas a la Comisión de Ciencia y Tecnología en el primer semestre del tercer año de ejercicio de la LIX Legislatura.

1. Iniciativa de Ley que crea la Agencia Espacial Mexicana.

Sinopsis: La intención legislativa es crear una agencia que coordine los esfuerzos de investigación espacial que llevan a cabo dependencias de gobierno, organismos descentralizados e instituciones de educación superior entre otros, además de fomentar la vinculación y participación de México a nivel internacional. Presentada por el diputado Moisés Jiménez Sánchez y turnada a la Comisión de Ciencia y Tecnología, el jueves 20 de octubre de 2005.
Avance: En estudio.
2. Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología. Sinopsis: Presentada por el diputado Salvador Martínez Della Rocca y turnada a la Comisión de Ciencia y Tecnología, el martes 6 de diciembre de 2005.
Avance: En estudio, cabe mencionar que es la misma iniciativa que presentó el mismo diputado inicialista el martes 19 de abril de 2006.
3) Iniciativa de Ley que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, General de Vida Silvestre, General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, General de Desarrollo Forestal Sustentable, y de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados; y del Código Penal Federal. Sinopsis: La intención legislativa es establecer un marco regulatorio en materia de responsabilidad ambiental. Presentada por los diputados Francisco Javier Valdez de Anda, PAN; y Rebeca Godínez y Bravo, y turnada a las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de Ciencia y Tecnología, y de Justicia y Derechos Humanos, el jueves 9 de febrero de 2006.
Avance: En estudio.
4) Proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Sagarpa y al Conacyt, a que restituyan el monto total asignado al proyecto "Efectos ecológicos de pesca en el ecosistema marino del Golfo de California". Sinopsis: Fue presentada por el diputado Adrián Chávez Ruiz, del PRD, el día 2 de febrero de 2006.
Avance: Con proyecto de dictamen a discutirse en la próxima sesión de la Comisión.
II. Reuniones de trabajo de la Comisión

a) Reuniones convocadas y celebradas
1- 4 de octubre de 2005.
2-29 de noviembre de 2005.

b) Reuniones convocadas y suspendidas por falta de quórum
Ninguna.

c) Lista de asistencia de las reuniones celebradas

1-4 de octubre de 2005
Diputados: Julio César Córdova Martínez, Víctor Manuel Alcérreca Sánchez, María Eloísa Talavera Hernández, Omar Ortega Álvarez, Fernando Ulises Adame de León, Roger David Alcocer García, Sheyla Fabiola Aragón Cortes, Rosa María Avilés Nájera, Consuelo Camarena Gómez, José Ángel Córdova Villalobos, Benito Chávez Montenegro, Patricia Durán Reveles, Humberto Francisco Filizola Haces, Marcela Guerra Castillo, Dolores Gutiérrez Zurita, Abdallán Guzmán Cruz, Lucio Galileo Lastra Marín, José López Medina, Salvador Martínez Della Rocca, José Luis Medina Lizalde, Alfonso Nava Díaz, Érick Silva Santos, Rubén Alfredo Torres Zavala, Marisol Urrea Camarena, Jorge Baldemar Utrilla Robles.

2-29 de noviembre de 2005
Diputados: Julio César Córdova Martínez, Eloisa Talavera Hernández, Víctor Manuel Alcérreca Sánchez, Omar Ortega Álvarez, Consuelo Camarena Gómez, José Ángel Córdova Villalobos, Patricia Elisa Durán Reveles, Rubén Torres Zavala, Marisol Urrea Camarena, Dolores del Carmen Gutiérrez Zurita, Fernando Ulises Adame de León, Humberto Francisco Filizola Haces, Marcela Guerra Castillo, José López Medina, Alfonso Juventino Nava Díaz, Érick Agustín Silva Santos, Jorge Baldemar Utrilla Robles, Martín Remigio Vidaña Pérez.

d) Principales acuerdos y asuntos tratados, resueltos y atendidos en las reuniones celebradas

1-4 de octubre de 2005

1.1 Aprobación del programa anual de trabajo del tercer año de ejercicio de la LIX Legislatura.
1.2 Dictamen con proyecto de decreto que adiciona las fracciones XII y XIV al artículo 5 de la Ley de Ciencia y Tecnología.
1.3 Dictamen con proyecto de decreto por el que se adiciona un último párrafo al artículo 13 de la Ley Orgánica del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología.
2-29 de noviembre de 2005 2.1 Dictamen a la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Ciencia y Tecnología; de la Ley Federal de Entidades Paraestatales; de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
2.2 Dictamen en sentido negativo a la proposición con punto de acuerdo para exhortar a la SEP, al Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, a las Entidades Federativas y a los Consejos Estatales de Ciencia y Tecnología, apoyar y participar en la realización de la 46a. Olimpiada Internacional de Matemáticas.
III. Dictámenes, opiniones, informes y publicaciones generados

a) Dictámenes, incluyendo el sentido del voto de cada uno de los integrantes de la Comisión.

1.- Dictamen con proyecto de decreto que adiciona las fracciones XII y XIV al artículo 5 de la Ley de Ciencia y Tecnología.

Sentido del voto: Unanimidad.
Diputados: Julio César Córdova Martínez, Víctor Manuel Alcérreca Sánchez, María Eloísa Talavera Hernández, Omar Ortega Álvarez, Fernando Ulises Adame de León, Roger David Alcocer García, Sheyla Fabiola Aragón Cortes, Rosa María Avilés Nájera, Consuelo Camarena Gómez, José Ángel Córdova Villalobos, Benito Chávez Montenegro, Patricia Durán Reveles, Humberto Francisco Filizola Haces, Marcela Guerra Castillo, Dolores Gutiérrez Zurita, Abdallán Guzmán Cruz, Lucio Galileo Lastra Marín, José López Medina, Salvador Martínez Della Rocca, José Luis Medina Lizalde, Alfonso Nava Díaz, Érick Silva Santos, Rubén Alfredo Torres Zavala, Marisol Urrea Camarena, Jorge Baldemar Utrilla Robles.
2.- Dictamen con proyecto de decreto por el que se adiciona un último párrafo al artículo 13 de la Ley Orgánica del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología. Sentido del voto: 17 votos a favor.
Diputados: Julio César Córdova Martínez, Víctor Manuel Alcérreca Sánchez, Omar Ortega Álvarez, Fernando Ulises Adame de León, Roger David Alcocer García, Rosa María Avilés Nájera, Benito Chávez Montenegro, Humberto Francisco Filizola Haces, Marcela Guerra Castillo, Dolores Gutiérrez Zurita, Abdallán Guzmán Cruz, José López Medina, Salvador Martínez Della Rocca, José Luis Medina Lizalde, Alfonso Nava Díaz, Érick Silva Santos, Jorge Baldemar Utrilla Robles.

Sentido del voto: 7 votos en contra.
Diputados: María Eloísa Talavera Hernández, Sheyla Fabiola Aragón Cortes, Consuelo Camarena Gómez, José Ángel Córdova Villalobos, Lucio Galileo Lastra Marín, Rubén Alfredo Torres Zavala, Marisol Urrea Camarena.

1 abstención, diputada Patricia Durán Reveles.

3.- Dictamen a la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Ciencia y Tecnología; de la Ley Federal de Entidades Paraestatales; de las Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos. Sentido del voto: Unanimidad.
Diputados: Julio César Córdova Martínez, Eloisa Talavera Hernández, Víctor Manuel Alcérreca Sánchez, Omar Ortega Álvarez, Consuelo Camarena Gómez, José Ángel Córdova Villalobos, Patricia Elisa Durán Reveles, Rubén Torres Zavala, Marisol Urrea Camarena, Dolores del Carmen Gutiérrez Zurita, Fernando Ulises Adame de León, Humberto Francisco Filizola Haces, Marcela Guerra Castillo, José López Medina, Alfonso Juventino Nava Díaz, Érick Agustín Silva Santos, Jorge Baldemar Utrilla Robles, Martín Remigio Vidaña Pérez.
4.- Dictamen en sentido negativo a la proposición con punto de acuerdo para exhortar a la SEP, al Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, a las entidades federativas y a los consejos estatales de Ciencia y Tecnología, apoyar y participar en la realización de la 46a. Olimpiada Internacional de Matemáticas. Sentido del voto: Unanimidad
Diputados: Julio César Córdova Martínez, Eloisa Talavera Hernández, Víctor Manuel Alcérreca Sánchez, Omar Ortega Álvarez, Consuelo Camarena Gómez, José Ángel Córdova Villalobos, Patricia Elisa Durán Reveles, Rubén Torres Zavala, Marisol Urrea Camarena, Dolores del Carmen Gutiérrez Zurita, Fernando Ulises Adame de León, Humberto Francisco Filizola Haces, Marcela Guerra Castillo, José López Medina, Alfonso Juventino Nava Díaz, Érick Agustín Silva Santos, Jorge Baldemar Utrilla Robles, Martín Remigio Vidaña Pérez.
IV. Creación y actividades de grupos y subcomisiones de trabajo

Proyecto: Simplificación administrativa de los Centros públicos de investigación.

Responsables del proyecto (Al menos dos diputados por proyecto)
Diputados: Víctor Manuel Alcérreca Sánchez, Julio César Córdova Martínez.
Proyecto: Acuerdo nacional para la ciencia y Tecnología, las humanidades y la innovación. Responsables del proyecto (Al menos dos diputados por proyecto)
Diputados: Víctor Manuel Alcérreca Sánchez, Dolores Gutiérrez Zurita, Eloísa Talavera Hernández, Julio César Córdova Martínez, Lucio Galileo Lastra Marín.
Proyecto: Promover la investigación desde la educación básica. Responsables del proyecto (Al menos dos diputados por proyecto)
Diputados: Consuelo Camarena Gómez, José López Medina.
Proyecto: Promover en la educación superior el desarrollo tecnológico. Responsables del proyecto (Al menos dos diputados por proyecto)
Diputado José López Medina.
Proyecto: Que la educación superior y los centros de investigación conozcan las necesidades del campo. Responsables del proyecto (Al menos dos diputados por proyecto)
Diputado Rubén Torres Zavala.
Proyecto: Trabajo legislativo (revisar el marco legislativo en materia de ciencia y tecnología). Responsables del proyecto (Al menos dos diputados por proyecto)
Diputada Marcela Guerra.
V. Viajes oficiales de trabajo de carácter nacional 1-22 de septiembre de 2005. Tercer Seminario regional sobre el desarrollo de la competitividad.
2-12 de octubre de 2005. XXXVI Convención Nacional Anual de Canieti.
3-10 de noviembre de 2005. Foro mundial de ciencia y tecnología y políticas de innovación.
VI. Reuniones con servidores públicos 1-7 de septiembre de 2005. Reunión de Comisiones Unidas, Salud y Ciencia y Tecnología, con el director general del Instituto Nacional de Medicina Genómica, doctor Gerardo Jiménez Sánchez.
2-27 de septiembre de 2005. Comparecencia con el Secretario de Educación Pública, doctor Reyes Támez Guerra.
VII. Otras actividades 1-22 de noviembre de 2005. Exposición Cien años de física en contexto.
2-28 de febrero de 2006. Foro La ciencia y la tecnología como ejes de la competitividad en México.
Anexo I. Relación del estado que guardan los asuntos turnados a la Comisión

a) Iniciativas

Iniciativa: Con proyecto de decreto, que adiciona la fracción V del artículo 23 de la Ley de Ciencia y Tecnología.

Materia: La intención legislativa es que las becas otorgadas por el Gobierno Federal no tengan que ser retribuidas en dinero.
Antecedentes: Fue presentada por el diputado Omar Ortega Álvarez, PRD, el 14 de junio de 2004 y turnada a la Comisión de Ciencia y Tecnología. Gaceta Parlamentaria, número 1518, lunes 14 de junio de 2004.
Estado que guardan según la Comisión: Dictaminada.
Iniciativa: Con proyecto de decreto que adiciona los artículos 100-Bis y 100-Ter y reforma el artículo 465 de la Ley General de Salud. Materia: La intención legislativa es prohibir la clonación de seres humanos.
Comisiones conjuntas: Salud.
Antecedentes: Fue presentada por la diputada Ruth Hernández Martínez, PAN, el 2 de julio de 2004 y turnada a las Comisiones Unidas de Salud y de Ciencia y Tecnología.
Estado que guardan según la Comisión: En estudio.
Iniciativa: Que reforma y adiciona los artículos 1 y 2 de la Ley de Ciencia y Tecnología. Materia: La intención legislativa es establecer y regular los apoyos, las acciones y el gasto que el Gobierno Federal está obligado a otorgar para realizar, impulsar, fortalecer y desarrollar la investigación científica y tecnológica, así como precisar los mecanismos para impulsar la inversión en ciencia y tecnología.
Antecedentes: Fue presentada por el diputado Omar Bazán Flores, PRI, el 23 de noviembre de 2004 y turnada a la Comisión de Ciencia y Tecnología.
Estado que guardan según la Comisión: Con proyecto de dictamen a discutirse en la próxima sesión de la Comisión.
Iniciativa: Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Ciencia y Tecnología. Materia: La intención legislativa es reformar, modificar y adicionar los artículos 4, fracción IX, 5, 5 Bis, 6, 6 Bis, 7, 8, 9,10, fracción III, 10 Bis, 21, 22, 30, tercer párrafo, y 36 de la Ley de Ciencia y Tecnología a efecto de crear el Comité Científico y Tecnológico como órgano de política y coordinarlo mejor con las actividades del Consejo General de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico.
Antecedentes: Fue presentada por el diputado Omar Bazán Flores, PRI, y turnada a la Comisión de Ciencia y Tecnología.
Estado que guardan según la Comisión: Dictaminada.
Iniciativa: Con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Ciencia y Tecnología; la Ley Federal de Entidades Paraestatales; la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal; la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; y la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos. Materia: La intención legislativa es fortalecer y consolidar la figura de los Centros Públicos de Investigación (CPI) mediante el reforzamiento y perfeccionamiento de su régimen jurídico especial, incorporar nuevos elementos de simplificación jurídica para su operación y detonar proyectos de investigación y apoyo a proyectos productivos.
Comisiones conjuntas: Gobernación y Presupuesto y Cuenta Pública.
Antecedentes: Fue presentada por el diputado Julio César Córdova Martínez, PRI, el 21 de noviembre de 2004, y turnada a las Comisiones Unidas de Ciencia y Tecnología, de Presupuesto y Cuenta Pública y de Gobernación.
Estado que guardan según la Comisión: Dictaminada en la Comisión de Ciencia y Tecnología y turnada para su estudio y dictamen correspondiente a las Comisiones de Gobernación y Cuenta Pública.
Iniciativa: Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología. Materia: La intención legislativa es modificar los mecanismos y requisitos para la designación del Director General del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología.
Antecedentes: Fue presentada por el diputado Salvador Pablo Martínez Della Rocca, PRD, el martes 19 de abril de 2006.
Estado que guardan según la Comisión: Se recopilaron opiniones de la Secretaría de Gobernación.
Iniciativa: Que reforma la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados. Materia: La intención legislativa es proteger los centros de origen del maíz, así como declarar una moratoria a efecto que los centros de origen sean zonas libres de Organismos Genéticamente Modificados (OGMs).
Comisiones conjuntas: Medio Ambiente y Recursos Naturales, de Agricultura y Ganadería.
Antecedentes: Fue presentada por el diputado Víctor Suárez Carrera, del grupo parlamentario del PRD, el 10 de junio de 2005 y turnada a las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de Ciencia y Tecnología, y de Agricultura y Ganadería.
Estado que guardan según la Comisión: Se recopilaron opiniones del Comité de Biotecnología de la Academia Mexicana de Ciencias y de la Secretaría de Gobernación.
Iniciativa: Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados. Materia: La intención legislativa es modificar la definición de acuerdo fundamentado previo y del enfoque de precaución, además tiene la finalidad de incrementar y fortalecer la intervención de la Secretaria de Hacienda y otras dependencias en la importación y exportación de los organismos a los que se refiere esta ley.
Comisiones conjuntas: Medio Ambiente y Recursos Naturales, de Agricultura y Ganadería.
Antecedentes: Fue presentada por el diputado Omar Ortega Álvarez, del grupo parlamentario del PRD, el 12 de septiembre de 2005 y turnada a las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de Agricultura y Ganadería y de Ciencia y Tecnología.
Estado que guardan según la Comisión: Se recopilaron opiniones del Comité de Biotecnología de la Academia Mexicana de Ciencias.
Iniciativa: De Ley que crea la Agencia Espacial Mexicana. Materia: La intención legislativa es crear una agencia que coordine los esfuerzos de investigación espacial que llevan a cabo dependencias de gobierno organismos descentralizados e instituciones de educación superior entre otros, además de fomentar la vinculación y participación de México a nivel internacional.
Antecedentes: Presentada por el diputado Moisés Jiménez Sánchez y turnada a la Comisión de Ciencia y Tecnología, el jueves 20 de octubre de 2005.
Estado que guardan según la Comisión: En estudio.
Iniciativa: Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología. Materia: La intención legislativa es modificar los mecanismos y requisitos para la designación del director general del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología.
Antecedentes: Presentada por el diputado Salvador Martínez Della Rocca y turnada a la Comisión de Ciencia y Tecnología, el martes 6 de diciembre de 2005.
Estado que guardan según la Comisión: En estudio, cabe mencionar que es la misma iniciativa que presentó el mismo diputado inicialista el martes 19 de abril de 2006.
Iniciativa: De ley que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de las leyes Generales del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, General de Vida Silvestre, General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, General de Desarrollo Forestal Sustentable, y de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados; y del Código Penal Federal. Materia: Legislar en materia de responsabilidad ambiental.
Comisiones conjuntas: Medio Ambiente y Recursos Naturales; de Justicia y Derechos Humanos.
Antecedentes: Presentada por los diputados Francisco Javier Valdez de Anda, PAN; y Rebeca Godínez y Bravo; y turnada a las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de Ciencia y Tecnología, y de Justicia y Derechos Humanos, el jueves 9 de febrero de 2006.
Estado que guardan según la Comisión: En estudio.
Relación del estado que guardan los asuntos turnados a la Comisión

b) Minutas (ninguna).

c) Proposiciones

Proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Sagarpa y al Conacyt, a que restituyan el monto total asignado al proyecto Efectos Ecológicos de Pesca en el Ecosistema Marino del Golfo de California.

Materia: Investigación en materia pesquera.
Comisiones conjuntas: Pesca.
Antecedentes: Presentada por el diputado Adrián Chávez Ruiz, del PRD. El jueves 2 de febrero de 2006.
Estado que guardan según la Comisión: Con proyecto de dictamen a discutirse la próxima sesión de la Comisión.
Proposición con punto de acuerdo para exhortar al Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, a las entidades federativas y a los consejos estatales de Ciencia y Tecnología, apoyar y participar en la realización de la 46ª Olimpiada Internacional de Matemáticas. Materia: Apoyar y participar en la realización de la 46a. Olimpiada Internacional de Matemáticas.
Comisiones conjuntas: Gobernación.
Antecedentes: Presentada por la diputada Marisol Urrea Camarena del PAN, el 28 de abril de 2006.
Estado que guardan según la Comisión: Dictaminada en sentido negativo.
Anexo II. Estadístico

a) Asistencia e inasistencias promedio de las reuniones de trabajo
Asistencias 22
Inasistencias 6

b) Número de dictámenes generados: 4
c) Votaciones promedio de los dictámenes: 22
d) Número de informes, documentos, opiniones y publicaciones formulados: 1

e) Número de iniciativas, minutas y proposiciones con punto de acuerdo, tanto dictaminadas, como pendientes, relacionándolas en cada caso con el número de las turnadas a la comisión, desde el inicio de la legislatura y con actualización al periodo semestral correspondiente:

- Iniciativas recibidas 12
Dictaminadas 4
Pendientes 8

- Minutas recibidas 2
Dictaminadas 2
Pendientes 0

- Proposiciones recibidas 4
Dictaminadas 3
Pendientes 1

f) Número de reuniones con servidores públicos: 2
g) Número de foros, audiencias, consultas, seminarios y conferencias convocados: 2
 
 

DE LA COMISIÓN DEL DISTRITO FEDERAL, DEL PRIMER SEMESTRE DEL TERCER AÑO DE EJERCICIO DE LA LIX LEGISLATURA, 1 DE SEPTIEMBRE DE 2005-28 DE FEBRERO DE 2006

Introducción

En cumplimiento a lo establecido por el inciso b), numeral 6 del artículo 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión del Distrito Federal de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión rinde su primer informe semestral de actividades realizadas durante el tercer año de la LIX Legislatura. En el presente documento, se resumen las actividades más relevantes que se realizaron durante el periodo comprendido entre el primero de septiembre de 2005 al 28 de febrero de 2006.

En primer término, en este documento se establece la base legal que da sustento al ámbito de competencias de esta Comisión, y se da cuenta de la conformación actual, así como de los cambios de altas y bajas de los diputados de este órgano legislativo que se llevaron a cabo durante el periodo que se reporta. De igual forma, se informa de los avances en el cumplimiento del programa anual de trabajo. En este sentido, se da conocer el estado general que guardan las iniciativas de ley y punto de acuerdo, turnadas a esta Comisión en este periodo.

En cuanto a las reuniones de la Comisión, se informa sobre lo acontecido en las sesiones del Pleno y de Junta Directiva convocadas por esta Comisión. Se da cuenta de la integración y miembros de las subcomisiones creadas en este órgano legislativo.

De igual forma, se da un informe sobre el foro Reforma institucional de las delegaciones políticas del Distrito Federal, el cual se organizó durante el periodo que se reporta y se llevó acabo el 8 y 9 de marzo de 2006.

Finalmente, se incorpora al final de este documento la relación total de asuntos turnados a la Comisión del Distrito Federal.

Competencia

La Comisión del Distrito Federal es una Comisión ordinaria con naturaleza jurídica sui generis, que no se encuentra enlistada en el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, toda vez que su labor no incide en ninguno de los ramos de la administración pública federal, y, por lo tanto, carece de la facultad de control evaluatorio. Sin embargo, la misma ley le confiere las otras dos facultades destinadas a las Comisiones ordinarias: de dictamen legislativo e información.

En tal sentido, el fundamento legal que da origen a la constitución, integración y función de las comisiones para la consecución de las atribuciones constitucionales y legales de la Cámara de Diputados, lo encontramos en el numeral 1 del artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo 39.

1. Las comisiones son órganos constituidos por el Pleno, que a través de la elaboración de dictámenes, informes, opiniones o resoluciones, contribuyen a que la Cámara cumpla sus atribuciones constitucionales y legales.

En términos de lo que disponen los numerales 1 y 3 del artículo 40, de la Ley Orgánica de la materia, la competencia de la Comisión del Distrito Federal se encuentra reducida al desarrollo de tareas específicas de dictamen legislativo y de información.

Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo 40.

1. Las comisiones ordinarias que se establecen en este artículo desarrollan las tareas específicas que en cada caso se señalan.

2. (.......)

3. La Comisión del Distrito Federal tiene a su cargo tareas de dictamen legislativo y de información para el ejercicio de las atribuciones de la Cámara previstas en el apartado A del artículo 122 constitucional.

Lo anterior nos remite al apartado A del artículo 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que relaciona los asuntos de competencia de la Cámara de Diputados en el Gobierno del Distrito Federal, razón por la cual son de considerarse los puntos enumerados en este apartado, que determinan de manera enunciativa la competencia de los trabajos legislativos de la Cámara, y en específico de esta Comisión, a saber:

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo 122.

Apartado A. Corresponde al Congreso de la Unión:

I. Legislar en lo relativo al Distrito Federal, con excepción de las materias expresamente conferidas a la Asamblea Legislativa;
II. Expedir el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal;
III. Legislar en materia de deuda pública del Distrito Federal;
IV. Dictar las disposiciones generales que aseguren el debido, oportuno y eficaz funcionamiento de los poderes de la Unión, y
V. Las demás atribuciones que le señala esta Constitución.
Integrantes

Junta Directiva

Presidente: José Agustín Ortiz Pinchetti, del grupo parlamentario del PRD; secretarios: Ernesto Herrera Tovar, del grupo parlamentario del PAN; Margarita Saldaña Hernández, del grupo parlamentario del PAN; Marco Antonio Gutiérrez Romero, del grupo parlamentario del PRI; Alfredo Gómez Sánchez, del grupo parlamentario del PRI (licencia); Fernando Espino Arévalo, del grupo parlamentario del PVEM.

Miembros de la Comisión

Por el grupo parlamentario del PAN: Rubén Maximiliano Alexander Rábago (licencia), Roberto Colín Gamboa, Federico Döring Casar, Magdalena A. González Furlong, Miguel Ángel Toscano Velasco, Jorge Triana Tena. Por el grupo parlamentario del PRI: Filemón Primitivo Arcos Suárez, Pablo Bedolla López (licencia), Fernando Fernández García, Víctor Ernesto González Huerta, Fidel René Meza Cabrera, Claudia Ruiz Massieu Salinas, Roberto Javier Vega y Galina. Por el grupo parlamentario del PRD: Nancy Cárdenas Sánchez, Francisco Diego Aguilar, Susana Guillermina Manzanares Córdova, Horacio Martínez Meza, Dolores Padierna Luna. Por el grupo parlamentario del PVEM: Jorge Legorreta Ordorica.

En este momento la Comisión del Distrito Federal está conformada por un total de 25 diputados.

Cambios en la conformación de la Comisión

Durante el periodo que se reporta, mediante comunicado de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados, se dieron a conocer los siguientes movimientos en esta Comisión:

1 de enero de 2006
Licencia del diputado Pablo Bedolla López

2 de enero de 2006
Licencia del diputado Alfredo Gómez Sánchez

10 de enero de 2006
Licencia del diputado Rubén Maximiliano Alexander Rábago; se reincorporó el 14 de marzo de 2006.

I. Avance en el cumplimiento del programa anual de trabajo

Durante el periodo que se reporta, no se dictaminaron las iniciativas de ley y proposiciones con punto de acuerdo, turnados a esta Comisión, toda vez que en este órgano legislativo no se han podido instalar formalmente las subcomisiones correspondientes para el análisis y discusión de estos asuntos. De igual forma, esta Comisión no ha contado con el quórum formal necesario para deliberar sobre el proceso legislativo a seguir, en cada una de estas iniciativas y puntos de acuerdo. Sin embargo, esta Junta Directiva, en su reunión del 25 de octubre de 2005, acordó que cada grupo parlamentario integrante de esta Comisión haga las consultas necesarias, con el propósito de definir una agenda legislativa de Reforma Política del Distrito Federal, y de esta forma poder avanzar en estos asuntos.

En este órgano legislativo se formaron las subcomisiones: Reforma Política del Distrito Federal, Reforma al Estatuto de Gobierno del Distrito Federal y Relación con los Órganos de Gobierno del Distrito Federal. Hasta el momento no se ha dado su instalación e integración, toda vez que esta Junta Directiva ha decidido definir una agenda de reforma política del Distrito Federal, a fin de turnar a cada subcomisión los asuntos que por materia serían de su competencia.

Se organizó el foro Reforma institucional de las delegaciones políticas del Distrito Federal, y el 8 y 9 de marzo de 2006 se llevó a cabo.

II. Reuniones de trabajo de la Comisión del Distrito Federal

2.1 Reuniones Plenarias

28 de octubre de 2005

El 18 de octubre de 2005 se publicó en Gaceta Parlamentaria la convocatoria a sesión plenaria.
El 20 de octubre de 2005 se envió a los diputados miembros de la Comisión, mediante oficio PCDF.-904.05, un recordatorio de la convocatoria a sesión plenaria.
Por acuerdo de la Junta Directiva, en su reunión del 25 de octubre de 2005, se acordó la cancelación de esta sesión plenaria.
El 26 de octubre de 2005 se publicó en Gaceta Parlamentaria la cancelación de esta sesión.
El 26 de octubre de 2005 se envió a los diputados miembros de la Comisión, mediante oficio PCDF.-909.05, la cancelación de esta sesión plenaria.
14 de diciembre de 2005 El 5 de diciembre de 2005, mediante oficio PCDF.939.05, se envió a los diputados miembros de la Comisión un recordatorio de la convocatoria a sesión plenaria.
El 6 de diciembre de 2005 se publicó en Gaceta Parlamentaria la convocatoria a sesión plenaria.
Orden del día Bienvenida.
Lista de asistencia y verificación de quórum.
Agenda legislativa de la reforma política del Distrito Federal.
Temas pendientes a turnar en subcomisión.
Asuntos generales.
Clausura.

Esta reunión contó con la asistencia de los diputados: José Agustín Ortiz Pinchetti, Jorge Legorreta Ordorica y Filemón P. Arcos Suárez.
El diputado Roberto Vega y Galina solicitó que le sea justificada su inasistencia a esta reunión.
No se contó con el quórum suficiente.

2.2 Reuniones de Junta Directiva

25 de octubre de 2005

El 20 de octubre de 2005, mediante oficio PCDF. 905.05, se envió a los diputados secretarios de la Comisión un recordatorio de la convocatoria a reunión de Junta Directiva.
El 21 de octubre de 2005 se publicó en Gaceta Parlamentaria la convocatoria a reunión de Junta Directiva.
Orden del día 1. Bienvenida.
2. Verificación de quórum.
3. Asuntos pendientes.
4. Clausura.

Esta reunión contó con la asistencia de los diputados: Margarita Saldaña Hernández, Ernesto Herrera Tovar, Alfredo Gómez Sánchez y José Agustín Ortiz Pinchetti.

Acuerdos: 1. Se cancela la sesión plenaria de la Comisión convocada para el día 28 de octubre de 2005.
2. Los integrantes de esta Junta Directiva se comprometen a consultar con sus respectivos grupos parlamentarios los temas de una agenda para la Reforma Política del Distrito Federal, con el propósito de darle una mayor solidez a los trabajos legislativos de la Comisión.
3. El Presidente de esta Comisión se compromete a convocara a una próxima sesión plenaria, en cuanto los secretarios de la Comisión hagan de su conocimiento los resultados de sus consultas al interior de sus respectivos grupos parlamentarios.
III. Dictámenenes, opiniones, informes y publicaciones

Durante este periodo que se reporta a la Comisión del Distrito Federal le fueron turnados los siguientes asuntos:

9 iniciativas de ley.
8 proposiciones con punto de acuerdo.
Durante el periodo que se reporta no se dictaminó alguno de los asuntos turnados a esta Comisión.
Iniciativas de Ley turnadas en el periodo que se reporta

Origen: Senador David Jiménez Guzmán, PRI. 7 de septiembre de 2005.

Asunto: Minuta con proyecto de decreto que remite la H. Cámara de Senadores, por el que se reforman los artículos 123, 124, 125 y 129, se adiciona un párrafo segundo y tercero al artículo 124 y un párrafo segundo al artículo 125 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.
Turno: Comisión del Distrito Federal.
Estado que guarda: Se ha hecho el análisis correspondiente para la elaboración de un proyecto de dictamen.
Se ha solicitado la opinión del Gobierno del Distrito Federal.
Origen: Diputado Jorge Triana Tena, PAN. 27 de septiembre de 2005. Asunto: Iniciativa que adiciona la fracción XXIX Bis del artículo 42 y la fracción IX Bis del artículo 67 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.
Turno: Comisión del Distrito Federal.
Estado que guarda: Se ha hecho el análisis correspondiente para la elaboración de un proyecto de dictamen.
Se ha solicitado la opinión del Gobierno del Distrito Federal.
Origen: Diputado Hugo Rodríguez Díaz, PRI. Se amplió turno a la Comisión del Distrito Federal el 30 de septiembre de 2005. Asunto: Iniciativa que reforma y adiciona los artículos 76 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Turno: Comisiones de Puntos Constitucionales y del Distrito Federal.
Estado que guarda: Se ha hecho el análisis correspondiente para la elaboración de un proyecto de dictamen.
Se ha solicitado la opinión del Gobierno del Distrito Federal.
Origen: Senadora Dulce María Sauri Riancho, PRI. 6 de octubre de 2005. Asunto: Minuta con proyecto de decreto que remite la H. Cámara de Senadores, mediante el cual se deroga la fracción III de la Base Primera del apartado C del artículo 122, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y se reforma el artículo 37 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.
Turno: Comisiones de Puntos Constitucionales, y del Distrito Federal.
Origen: Diputado Jorge Triana Tena, PAN. 6 de octubre de 2005. Asunto: Iniciativa que reforma el artículo 132 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.
Turno: Comisión del Distrito Federal.
Estado que guarda: Se ha hecho el análisis correspondiente para la elaboración de un proyecto de dictamen.
Se ha solicitado la opinión del Gobierno del Distrito Federal.
Origen: Asamblea Legislativa del Distrito Federal. 13 de octubre de 2005. Asunto: Iniciativa que reforma el artículo 39 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.
Turno: Comisión del Distrito Federal.
Estado que guarda: Se ha hecho el análisis correspondiente para la elaboración de un proyecto de dictamen.
Se ha solicitado la opinión del Gobierno del Distrito Federal.
Origen: Senador David Jiménez González, PRI. 24 de noviembre de 2005. Asunto: Iniciativa que reforma los artículos 116 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y el 121 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.
Turno: Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y del Distrito Federal.
Estado que guarda: Se ha hecho el análisis correspondiente para la elaboración de un proyecto de dictamen.
Se ha solicitado la opinión del Gobierno del Distrito Federal.
Origen: Diputada Angélica de la Peña Gómez, PRD. 18 de enero de 2006. Asunto: Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal y de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
Turno: Comisiones Unidas de Gobernación y del Distrito Federal.
Estado que guarda: Se ha hecho el análisis correspondiente para la elaboración de un proyecto de dictamen.
Se ha solicitado la opinión del Gobierno del Distrito Federal.
Origen: Diputado Iván García Solís, PRD. 1 de febrero de 2006. Asunto: Iniciativa que reforma los artículos 116 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Turno: Comisión de Puntos Constitucionales, con opinión de la Comisión del Distrito Federal.
Estado que guarda: Se ha hecho el análisis correspondiente para la elaboración de un proyecto de dictamen.
Se ha solicitado la opinión del Gobierno del Distrito Federal.
Origen: Diputado Edmundo Gregorio Valencia Monterrubio, del grupo parlamentario del PAN. 13 de septiembre 2005. Asunto: Punto de acuerdo para exhortar a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal a reformar los artículos 2317 y 2320 del Código Civil de su competencia, a efecto de facilitar la adquisición de una vivienda digna a un mayor número de habitantes.
Turno: Comisión del Distrito Federal.
Estado que guarda: Se ha hecho el análisis correspondiente para la elaboración de un proyecto de dictamen.
Se ha solicitado la opinión del Gobierno del Distrito Federal.
Origen: Diputado Ramón Galindo Noriega, del grupo parlamentario del PAN. 13 septiembre 2005. Asunto: Punto de acuerdo para exhortar a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal para que se aboque a derogar los artículos 925 y 925-A del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal.
Turno: Comisión del Distrito Federal.
Estado que guarda: Se ha hecho el análisis correspondiente para la elaboración de un proyecto de dictamen.
Se ha solicitado la opinión del Gobierno del Distrito Federal.
Origen: Diputado Jorge Triana Tena, PAN. 10 de noviembre de 2005. Asunto: Punto de acuerdo para exhortar al Gobierno del Distrito Federal y a la jefa delegacional en Tláhuac a interceder a favor de la escuela primaria Narciso Reyes Galicia para evitar que siga siendo afectada en sus instalaciones.
Turno: Comisión del Distrito Federal.
Estado que guarda: Se ha hecho el análisis correspondiente para la elaboración de un proyecto de dictamen.
Se ha solicitado la opinión del Gobierno del Distrito Federal.
Origen: Diputados de los grupos parlamentarios del PVEM y el PRI. 22 de noviembre de 2005. Asunto: Punto de acuerdo para que la SCT en coordinación con los Gobiernos del Distrito Federal y del Estado de México, lleven a cabo la ampliación de la línea tres del Sistema de Transporte Colectivo Metro hacia el municipio de Ecatepec, estado de México.
Turno: Comisiones Unidas de Transporte y el Distrito Federal.
Estado que guarda: Se ha hecho el análisis correspondiente para la elaboración de un proyecto de dictamen.
Se ha solicitado la opinión del Gobierno del Distrito Federal.
Origen: Diputado Horacio Martínez Meza del grupo parlamentario del PRD. 8 de diciembre de 2005. Asunto: Punto de acuerdo para exhortar al Gobierno del Distrito Federal, que a través de de la Secretaría de Finanzas, libere la asignación de los recursos financieros para el cumplimiento del artículo séptimo transitorio del presupuesto de egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2005.
Turno: Comisión del Distrito Federal.
Estado que guarda: Se ha hecho el análisis correspondiente para la elaboración de un proyecto de dictamen.
Se ha solicitado la opinión del Gobierno del Distrito Federal.
Origen: Diputado Jorge Triana Tena, del grupo parlamentario del PAN. 25 de enero de 2006. Asunto: Punto de acuerdo para exhortar al Gobierno del Distrito Federal informe si los servicios certificados con la norma (ISO) que prestan las delegaciones, cuentan con las condiciones mínimas requeridas para ser considerados servicios de calidad.
Turno: Comisión del Distrito Federal.
Estado que guarda: Se ha hecho el análisis correspondiente para la elaboración de un proyecto de dictamen.
Se ha solicitado la opinión del Gobierno del Distrito Federal.
Origen: Diputado Pablo Bedolla López, del grupo parlamentario del PRI. 2 de febrero de 2006. Asunto: Punto de acuerdo que exhorta a los Gobiernos del Estado de México y del Distrito Federal a suscribir un convenio de participación y coordinación de acciones en materia de transporte.
Turno: Comisiones del Distrito Federal y de Desarrollo Metropolitano.
Estado que guarda: Se ha hecho el análisis correspondiente para la elaboración de un proyecto de dictamen.
Se ha solicitado la opinión del Gobierno del Distrito Federal.
Origen: Diputado Emiliano V. Ramos Hernández, del grupo parlamentario del PRD. 21 de febrero de 2006. Asunto: Punto de acuerdo relativo al comercio informal y ambulantaje en el Sistema de Transporte Colectivo Metro.
Turno: Comisión del Distrito Federal.
Estado que guarda: Se ha hecho el análisis correspondiente para la elaboración de un proyecto de dictamen.
Se ha solicitado la opinión del Gobierno del Distrito Federal.
IV. Creación y actividades de grupos y subcomisiones de trabajo

Por acuerdos de la Junta Directiva de la Comisión del Distrito Federal del 27 de mayo y 24 de agosto de 2004, se crearon las subcomisiones de 1) Reforma Política del Distrito Federal, 2) Reforma al Estatuto de Gobierno del Distrito Federal y 3) Relación con los órganos de Gobierno del Distrito Federal.

4.1. Reforma Política del Distrito Federal

Creación

Esta subcomisión se creó por acuerdo de la Junta Directiva de esta Comisión, el 27 de mayo de 2004, y se refrendo en la sesión de Pleno del 21 de septiembre.

Composición
Esta subcomisión está integrada por 11 miembros, con la siguiente representación parlamentaria:

Partido Acción Nacional
Diputados: Margarita Saldaña Hernández, Ernesto Herrera Tovar y Miguel Ángel Toscano Velasco.

Partido Revolucionario Institucional
Diputados: Marco Antonio Gutiérrez Romero, Jorge Ortiz Alvarado, Roberto Campa Cifrián y Alfredo Villegas Arreola.

Partido de la Revolución Democrática
Diputados: Nancy Cárdenas Sánchez, Lizbeth Rosas Montero, José Agustín Ortiz Pinchetti.

Partido Verde Ecologista de México
Diputado: Fernando Espino Arévalo.

Instalación
Ha quedado pendiente la fecha de su instalación.

4.2. Reforma al Estatuto de Gobierno del Distrito Federal

Creación
Esta Subcomisión se creó por acuerdo de la Junta Directiva de esta Comisión, el 27 de mayo de 2004, y se refrendo en la sesión de Pleno del 21 de septiembre.

Composición
Se acordó que la Subcomisión esté integrada por 11 diputados: 4 del PRI, 3 del PAN, 3 del PRD y 1 del PVEM. Posteriormente, se definirán los nombres de los diputados integrantes.

Instalación
Ha quedado pendiente la fecha de su instalación.
Noción.

4.3. Subcomisión de Relaciones con los Órganos de Gobierno del Distrito Federal

Creación
Esta subcomisión se creó por acuerdo de la Junta Directiva de esta Comisión, el 24 de agosto de 2004, y se refrendo en la sesión de Pleno del 21 de septiembre.

Composición
Posteriormente, los diferentes grupos parlamentarios representados en esta Comisión acordaron hacer llegar a la Presidencia de la Junta Directiva, de manera formal, los nombres de los integrantes de esta Subcomisión.

Instalación
En una próxima reunión se definirá la fecha de su instalación.

V. Viajes oficiales de trabajo de carácter nacional
En este periodo que se reporta no se llevó a cabo ningún viaje de carácter nacional.

VI. Reuniones con servidores públicos
En este periodo que se reporta no se llevó a cabo reuniones con servidores públicos.

VII Otras actividades
La Comisión del Distrito Federal durante el periodo que se reporta organizó el foro Reforma institucional de las delegaciones políticas del Distrito Federal.

7.1 Foro Reforma Institucional de las Delegaciones Políticas del Distrito Federal

Sede: Auditorio Benito Juárez de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, Plaza de la Constitución número 7, Mezzanine, colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc.

Fecha: 8 y 9 de marzo de 2006.
Duración: 4 horas por sesión, de las 16:30 a las 20:30.
Destinado: Público en general e interesados en el estudio de este tema.
Estructura del foro

Objetivos:

Crear un espacio político y académico para el análisis y discusión de la naturaleza jurídica de las delegaciones políticas del Distrito Federal.
Analizar el diseño institucional de las relaciones entre las delegaciones y el Gobierno del Distrito Federal.
Estudiar las consecuencias y posibles beneficios de dotar de personalidad jurídica a las delegaciones.
Revisar el régimen patrimonial y la situación de la administración de las finanzas públicas de las demarcaciones.
Evaluar la posibilidad de un régimen de coordinación fiscal en las demarcaciones del Distrito Federal.
Analizar el diseño de los órganos de control y evaluación de gestión de las delegaciones.
Plantear propuestas a favor de un diseño institucional que brinde mayor certidumbre jurídica y eficacia en la administración pública de las delegaciones del Distrito Federal.
Analizar la opción institucional del cabildo delegacional.
El foro se dividió en dos mesas: 1. La naturaleza jurídica y el diseño de gobierno de las delegaciones políticas del Distrito Federal. En esta mesa se analizará el diseño institucional y de gobierno actual de las delegaciones políticas del Distrito Federal, así como las consecuencias y propuestas en torno a cambiar esta naturaleza jurídica. 2. Análisis del impacto del diseño institucional de las delegaciones en la gestión e instrumentación de políticas públicas. En esta mesa se analizarán temas como el régimen patrimonial y la administración de recursos, la prestación de servicios públicos, así como el control y evaluación de la gestión pública delegacional.

Ponentes

Mesa 1

Diputado Roberto Carlos Reyes Gámiz, Presidente de la Comisión de Gobierno de la Asamblea Legislativa del DF.
Diputado Manuel Jiménez Guzmán, de la Asamblea Legislativa del DF.
Diputado Roberto Colín Gamboa, por el grupo parlamentario del PAN.
Licenciada Ruth Zavaleta Salgado, jefa delegacional en Venustiano Carranza.
Ingeniero César Buenrostro Hernández, secretario de Obras Públicas y Servicios del GDF.
Doctor David Arellano Gault, profesor e investigador del CIDE y, director de la revista Gestión y Política Pública.
Mesa 2 Licenciado Arturo Herrera Gutiérrez, secretario de Finanzas en el GDF.
Doctor Francisco José Díaz Casillas, subsecretario de Participación Ciudadana y Prevención del Delito de la Secretaría de Seguridad Pública del GDF.
Maestro Ulises Lara López, director general del GDF.
Maestro Leonardo Jorge Torres Góngora, maestro del CIDE y asesor parlamentario.
Maestro Ricardo Álvarez Arredondo, secretario parlamentario de grupo parlamentario del PRD.
Doctor Enrique Cabrero Mendoza, director general del CIDE.
Doctor Aldo Muñoz Armenta, profesor en la Universidad Iberoamericana.
Maestro Mario Garza Salinas, profesor en la Universidad Iberoamericana.
Atentamente

Diputados: José Agustín Ortiz Pinchetti, Presidente (rúbrica); Margarita Saldaña Hernández, secretaria (rúbrica); Ernesto Herrera Tovar, secretario (rúbrica); Marco Antonio Gutiérrez Romero, secretario (rúbrica); Alfredo Gómez Sánchez, secretario (rúbrica); Fernando Espino Arévalo secretario.
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, DEL PRIMER SEMESTRE DEL TERCER AÑO DE EJERCICIO LEGISLATIVO, SEPTIEMBRE DE 2005-FEBRERO DE 2006

Introducción

La Comisión de Justicia y Derechos Humanos, se encuentra regulada por los artículos 71, párrafo primero, 72 y 77, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39, 43, 44, 45 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 65, 66, 76, 85, 86, 87, 88, 89, 90, 93 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. El 8 de octubre de 2003 quedó legalmente instalada la Comisión de Justicia y Derechos Humanos de la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, y con ello sus integrantes asumimos la encomienda parlamentaria de desempeñar nuestro trabajo de manera profesional y responsable. En tal sentido, consideramos que la actividad parlamentaria se encuentra íntimamente relacionada con la rendición de cuentas, pues ello implica dar a conocer a nuestros representados las actividades que se han impulsado para su beneficio.

Con fundamento en lo anterior, y con el propósito de dar cumplimiento a lo que establece la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 45, apartado 6, inciso b), los diputados integrantes de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, sometemos a su consideración este primer informe semestral de actividades del tercer año de ejercicio de la Cámara de Diputados de la LIX Legislatura, correspondiente al periodo comprendido de septiembre de 2005 a febrero de 2006.

En este documento, se hace un recuento de las actividades desarrolladas por esta Comisión durante el periodo señalado, pretendiendo dar continuidad de esta forma al trabajo legislativo ya iniciado, al que estamos obligados por mandato constitucional. Pero nuestra labor va más allá, ya que lejos de sólo cumplir con nuestra Carta Magna, sentimos una ineludible responsabilidad social, porque nos encontramos inmersos en una nación que requiere de nuestro apoyo incondicional para resolver la problemática que a todos atañe, como mexicanos. Es por ello que asumimos tan alta encomienda con gran honor, y con el único fin de contribuir a tener un marco jurídico que satisfaga las necesidades y exigencias que la sociedad reclama, reconociendo, desde luego, que aún falta mucho por hacer, lo cual nos compromete a seguir trabajando.

En tal sentido, con la presentación de este informe, hacemos público un trabajo cuya raíz y esencia es muestra de la incuestionable capacidad de diálogo, de consenso, pero sobre todo, de disposición por quienes así lo hemos asumido. No podemos dejar de mencionar que los logros obtenidos, también se han gestado bajo un marco de absoluto respeto a las diferentes posiciones ideológicas que, por supuesto, enriquecen la pluralidad de convicciones, no sólo de esta Comisión, sino de la propia Cámara de Diputados como entidad soberana. La Comisión de Justicia y Derechos Humanos se integra de la siguiente forma:

Mesa Directiva

Diputados: Rebeca Godínez y Bravo (PRI), Presidenta; Leticia Gutiérrez Corona (PRI) secretaria; Francisco Javier Valdéz de Anda (PAN), secretario; Amalín Yabur Elías (PRI), secretaria; Miguel Ángel Llera Bello (PAN), secretario, Miguelángel García-Domínguez (PRD), secretario; José Luis Mazoy Kuri (PVEM), secretario.

Diputados integrantes: María de Jesús Aguirre Maldonado, PRI; Federico Barbosa Gutiérrez, PRI; Mario Carlos Culebro Velasco, PRI; José Luis García Mercado, PRI; Martha Laguette Lardizábal, PRI; Gema Isabel Martínez López, PRI; Consuelo Muro Urista, PRI; Mayela María de Lourdes Quiroga Tamez, PRI; Jorge Leonel Sandoval Figueroa, PRI; Bernardo Vega Carlos, PRI; Gustavo Adolfo de Unanue Aguirre, PAN; Ernesto Herrera Tovar, PAN; Sergio Penagos García, PAN; Fernando Antonio Gúzmán Pérez Peláez, PAN; Leticia Userralde Gordillo, PAN; Marisol Vargas Bárcena , PAN; Margarita Zavala Gómez del Campo, PAN; Diana Rosalía Bernal Ladrón de Guevara, PRD; Angélica De la Peña Gómez, PRD; Francisco Diego Aguilar, PRD; Eliana García Laguna, PRD; Jaime Miguel Moreno Garavilla, Convergencia.

Avance en el cumplimiento del programa anual de trabajo

A continuación, se presenta el estado que guardan las iniciativas, minutas y proposiciones con puntos de acuerdo, turnadas a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, en el primer semestre del tercer año de ejercicio legislativo de esta Cámara de Diputados, correspondiente al periodo comprendido de septiembre de 2005 a febrero de 2006.

Iniciativas

Número y fecha de presentación: 315, 12 de septiembre de 2005.

Iniciativa: Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Federal de Procedimientos Penales y del Código Penal Federal.

Presentada por: Diputado Raúl Chavarría Salas (PAN).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 316, 12 de septiembre de 2005.
Iniciativa: Que adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal y del Código Federal de Procedimientos Penales. Presentada por: Diputado René Meza Cabrera (PRI).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con opinión de la Comisión Especial de la Niñez, Adolescencia y Familias y de Atención a Grupos Vulnerables.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 317, 12 de septiembre de 2005.
Iniciativa: Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal. Presentada por: Diputados Integrantes de la Comisión de Radio, Televisión y Cinematografía.
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 318, 13 de septiembre de 2005.
Iniciativa: Con Proyecto de Decreto que reforma el artículo 171 del Código Penal Federal. Presentada por: Diputado Omar Bazán Flores (PRI).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 319, 13 de septiembre de 2005.
Iniciativa: Que reforma los artículos 306 y 308 del Código Federal de Procedimientos Civiles. Presentada por: Diputado Juan Perdomo Bueno (Convergencia).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 320, 13 de septiembre de 2005.
Iniciativa: Que adiciona un Título Décimo Segundo a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. Presentada por: Diputado. José Porfirio Alarcón Hernández (PRI).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: Dictamen aprobado por el pleno de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos el 25 de octubre de 2005.
Dictamen aprobado por el Pleno de la Cámara de Diputados el 8 de diciembre de 2005.
Número y fecha de presentación: 321, 13 de septiembre de 2005.
Iniciativa: Que reforma los artículos 52 y 54 del Código Penal Federal. Presentada por: Diputada Angélica de la Peña Gómez (PRD).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 322, 20 de septiembre de 2005.
Iniciativa: Que reforma el artículo 308 del Código Civil Federal. Presentada por: Diputada Martha Laguette Lardizábal (PRI).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 323, 20 de septiembre de 2005.
Iniciativa: Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Presentada por: Diputada Eliana García Laguna (PRD).
Turno: Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, de Gobernación, y de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 324, 20 de septiembre de 2005.
Iniciativa: Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y de la Ley de Amparo. Presentada por: Diputado Antonio Marrufo Torres (PRI).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 325, 20 de septiembre de 2005.
Iniciativa: Que reforma el artículo 259 Bis del Código Penal Federal. Presentada por: Diputado Omar Ortega Álvarez (PRD).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 326, 20 de septiembre de 2005.
Iniciativa: Que reforma el artículo 40 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales y el artículo 13 de la Ley General de Medios de Impugnación en Materia Electoral. Presentada por: Diputado Gonzalo Moreno Arévalo (PRI).
Turno: Comisiones Unidas de Gobernación, y de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 327, 22 de septiembre de 2005.
Iniciativa: Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Penal Federal y del Código Federal de Procedimientos Penales. Presentada por: Diputado José Alberto Aguilar Iñárritu, en nombre de las diputadas Laura Martínez Rivera y Claudia Ruiz Massieu Salinas (PRI).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 328, 22 de septiembre de 2005.
Iniciativa: Que adiciona una fracción VI al artículo 5 del Código Penal Federal. Presentada por: Diputado Luis Antonio González Roldán (PVEM).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 329, 22 de septiembre de 2005.
Iniciativa: Que reforma diversas disposiciones del Código Federal de Procedimientos Penales y de la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Presentada por: Diputado Roger David Alcocer García (PRI).
Turno: Comisiones Unidas de Justicia y Derechos Humanos, y de Seguridad Pública.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 331, 27 de septiembre de 2005.
Iniciativa: Iniciativa de Ley de Remesas y que adiciona las fracciones VI, VII y VIII al artículo 253 del Código Penal Federal. Presentada por: Diputado Fernando Álvarez Monje (PAN).
Turno: Comisiones Unidas de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios, de Hacienda y Crédito Público, y de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 333, 4 de octubre de 2005.
Iniciativa: Que reforma el artículo 246 del Código Penal Federal. Presentada por: Diputado Francisco Javier Bravo Carbajal (PRI).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 334, 4 de octubre de 2005.
Iniciativa: Que adiciona el artículo 25 del Código Penal Federal. Presentada por: Diputado José Mario Wong Pérez (PRI).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 335, 4 de octubre de 2005.
Iniciativa: Iniciativa que adiciona el artículo 85 del Código Penal Federal. Presentada por: Diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari (PVEM).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 337, 6 de octubre de 2005.
Iniciativa: Que reforma el artículo 74 de la Ley de Comisión Nacional de los Derechos Humanos. Presentada por: Diputado Marcos Morales Torres (PRD).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 338, 6 de octubre de 2005.
Iniciativa: Que deroga los artículos 12 de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada y 133 del Código Federal de Procedimientos Penales. Presentada por: Diputado José Porfirio Alarcón Hernández (PRI).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 339, 6 de octubre de 2005.
Iniciativa: Que deroga diversas disposiciones del Código Civil Federal. Presentada por: Diputada Martha Laguette Lardizábal (PRI).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 340, 11 de octubre de 2005.
Iniciativa: Que adiciona el artículo 221 Bis al Código Penal Federal. Presentada por: Diputado René Meza Cabrera (PRI).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 341, 11 de octubre de 2005.
Iniciativa: Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación. Presentada por: Diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari (PVEM).
Turno: Comisiones Unidas de Justicia y Derechos Humanos, y de Atención a Grupos Vulnerables, con opinión de la Comisión Especial de la Niñez, Adolescencia y Familias.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 342, 11 de octubre de 2005.
Iniciativa: Que reforma el artículo 12 de la Ley General del sistema de Medios de Impugnación, en Materia Electoral. Presentada por: Diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari (PVEM).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 343, 11 de octubre de 2005.
Iniciativa: Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal. Presentada por: Diputada María de Jesús Aguirre Maldonado (PRI).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos, Modificación de trámite (19 de octubre de 2005): Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con opinión de la Comisión Especial de la Niñez, Adolescencia y Familias.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 344, 11 de octubre de 2005.
Iniciativa: Que adiciona la fracción 420 Bis del Código Penal Federal. Presentada por: Diputado José Antonio Cabello Gil (PAN)
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 345, 11 de octubre de 2005.
Iniciativa: Que reforma los artículos 336 Ter y 337 del Código Penal Federal. Presentada por: Diputados del PRD, PRI, PAN, PVEM y Convergencia.
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con opinión de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 346, 11 de octubre de 2005.
Iniciativa: Que reforma el artículo 9 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos. Presentada por: Diputado Juan Fernando Perdomo Bueno (Convergencia).
Turno: Comisiones Unidas de Justicia y Derechos Humanos, y de Gobernación.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 347, 11 de octubre de 2005.
Iniciativa: Que reforma el artículo 24 del Código Penal Federal. Presentada por: Diputada Angélica de la Peña Gómez (PRI).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 348, 11 de octubre de 2005.
Iniciativa: Que adiciona un artículo 307 Bis al Código Federal de Procedimientos Penales. Presentada por: Diputado Hugo Rodríguez Díaz (PRI).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 349, 11 de octubre de 2005.
Iniciativa: Que reforma diversas disposiciones del Código Penal Federal. Presentada por: Diputado Luis Maldonado Venegas (Convergencia).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 350, 13 de octubre de 2005.
Iniciativa: Que reforma el artículo 36 del Código Federal de Procedimientos Penales. Presentada por: Diputado Porfirio Alarcón Hernández (PRI)
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 351, 13 de octubre de 2005.
Iniciativa: Iniciativa por la que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Leyes General de Equilibrio Ecológico y Protección al ambiente, General de vida Silvestre, General para la Prevención y Gestión Integral de Residuos, General de Desarrollo Forestal Sustentable, de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados, y del Código Penal Federal. Presentada por: Diputado Cuauhtémoc Ochoa Fernández (PVEM).
Turno: Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de Agricultura y Ganadería, y de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 352, 13 de octubre de 2005.
Iniciativa: Que reforma los artículos 150 y 154 del Código Penal Federal. Presentada por: Diputada Marcela Guerra Castillo (PRI).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 353, 13 de octubre de 2005.
Iniciativa: Que reforma y adiciona el Código Penal Federal y la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Presentada por: Diputado Ángel Pasta Muñuzuri (PAN).
Turno: Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, y de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 354, 13 de octubre de 2005.
Iniciativa: Que reforma diversas disposiciones del Código Penal Federal. Presentada por: Diputado Luis Antonio González Roldán (PVEM).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 356, 20 de octubre de 2005.
Iniciativa: Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Penal Federal. Presentada por: Diputado Pedro Vázquez González (PT).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 358, 20 de octubre de 2005.
Iniciativa: Que reforma el párrafo segundo del artículo 195 del Código Penal Federal. Presentada por: Diputado René Meza Cabrera (PRI).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 359, 25 de octubre de 2005.
Iniciativa: Que reforma el último párrafo y se adiciona una fracción XIII al artículo 215 del Código Penal Federal. Presentada por: Diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari (PVEM).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: Dictamen aprobado por el pleno de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos el 14 de febrero de 2006.
Número y fecha de presentación: 360, 3 de noviembre de 2005.
Iniciativa: Que reforma la fracción IV, del artículo 15 del Código Penal Federal. Presentada por: Diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari (PVEM).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 361, 3 de noviembre de 2005.
Iniciativa: Que reforma los artículos 288, 292 y 311 del Código Penal Federal. Presentada por: Diputada Diva Hadamira Gastélum Bajo (PRI).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 362, 3 de noviembre de 2005.
Iniciativa: Que adiciona un párrafo segundo al artículo 105 del Código Penal Federal. Presentada por: Diputada Angélica de la Peña Gómez (PRD).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 363, 4 de noviembre de 2005.
Iniciativa: Que reforma los artículos 141, 145, 164, 191 y 208 Bis del Código Fiscal de la Federación y 11 de la ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa. Presentada por: Diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa (PRI).
Turno: Comisiones de Hacienda y Crédito Público, y de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 364, 4 de noviembre de 2005.
Iniciativa: Que reforma los artículos 1 y 3 de la Ley de Responsabilidad Civil por Daños Nucleares. Presentada por: Diputado Cuauhtémoc Ochoa Fernández (PVEM).
Turno: Comisiones Unidas de Justicia y Derechos Humanos, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 365, 4 de noviembre de 2005.
Iniciativa: Que reforma el párrafo primero y adiciona los incisos a), b), c), d) y e) a la fracción III del artículo 366 del Código Penal Federal. Presentada por: Diputado Raúl Rogelio Chavarría Salas (PAN).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con opinión de la Comisión Especial de la Niñez, Adolescencia y Familias.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 366, 4 de noviembre de 2005.
Iniciativa: Iniciativa que reforma los artículos 78 y 82 y deroga el artículo 79 del Código Civil Federal. Presentada por: Diputada Martha Laguette Lardizábal (PRI)
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 367, 10 de noviembre de 2005
Iniciativa: Que reforma y adiciona el artículo 400 Bis del Código Penal Federal. Presentada por: Diputado René Meza Cabrera (PRI).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 369, 11 de noviembre de 2005.
Iniciativa: Que reforma los artículos 343 Bis, 343 Ter y 343 Quáter del Código Penal Federal. Presentada por: Diputada María de Jesús Aguirre Maldonado (PRI).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 370, 11 de noviembre de 2005.
Iniciativa: Que adiciona las fracciones IV y V al artículo 70 del Código Penal Federal. Presentada por: Diputado José Mario Wong Pérez (PRI).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 371, 11 de noviembre de 2005.
Iniciativa: Que reforma los artículos 2 de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada y 420 del Código Penal Federal. Presentada por: Diputado Isidro Camarillo Zavala (SP).
Turno: Comisiones Unidas de Justicia y Derechos Humanos, y de Seguridad Pública, con opinión de la Comisión de Pesca.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 372, 11 de noviembre de 2005.
Iniciativa: Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Civil Federal. Presentada por: Diputado Leonel Sandoval Figueroa (PRI).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 373, 11 de noviembre de 2005.
Iniciativa: Que reforma la fracción VII del artículo 73 de la Ley de Amparo. Presentada por: Diputado Roger David Alcocer García (PRI).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 374, 11 de noviembre de 2005.
Iniciativa: Que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, de la Ley de Asistencia Social, de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles, de la Ley de Instituto Mexicano de la Juventud, de la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres, de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas y de la Ley General de Educación. Presentada por: Diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari (PVEM).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 375, 11 de noviembre de 2005.
Iniciativa: Que adiciona las fracciones VII, VIII y IX al artículo 444 del Código Civil Federal. Presentada por: Diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari (PVEM).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 376, 22 de noviembre de 2005.
Iniciativa: Que reforma y deroga diversas disposiciones del Código Civil Federal. Presentada por: Diputada Martha Laguette Lardizábal (PRI).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 377, 22 de noviembre de 2005.
Iniciativa: Que reforma la fracción VII del artículo 15, del Código Penal Federal. Presentada por: Diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari (PVEM).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 378, 22 de noviembre de 2005.
Iniciativa: Que reforma diversas disposiciones del Código Penal Federal, de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y del Código Federal de Procedimientos Penales. Presentada por: Diputado Manuel Velasco Coello (PVEM).
Turno: Comisiones Unidas de Defensa Nacional, y de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: Dictamen aprobado por el pleno de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos el 30 de noviembre de 2005.
Dictamen aprobado por el Pleno de la Cámara de Diputados el 1 de diciembre de 2005.
Número y fecha de presentación: 379, 22 de noviembre de 2005.
Iniciativa: Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal. Presentada por: Diputado José Mario Wong Pérez (PRI).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 380, 24 de noviembre de 2005.
Iniciativa: Que adiciona un párrafo al artículo 77 y un artículo 77 Bis a la Ley de Amparo. Presentada por: Congreso del estado de Baja California.
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 381, 24 de noviembre de 2005.
Iniciativa: Que adiciona un tercer párrafo al artículo 41 y un último párrafo al artículo 193 del Código Penal Federal. Presentada por: Diputado Antonio Francisco Astiazarán Gutiérrez (PRI).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 382, 24 de noviembre de 2005.
Iniciativa: Que reforma la fracción XIV del artículo 311 de la Ley de Concursos Mercantiles. Presentada por: Diputado Ángel Alonso Díaz-Caneja (PAN).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 383, 24 de noviembre de 2005.
Iniciativa: Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos. Presentada por: Diputado René Meza Cabrera (PRI).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 384, 24 de noviembre de 2005.
Iniciativa: Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y de la Ley de Amparo. Presentada por: Diputado Jorge Luis Hinojosa Moreno (PAN).
Turno: Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, y de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 385, 24 de noviembre de 2005.
Iniciativa: Que reforma el párrafo segundo del artículo 108 de la Ley de Amparo. Presentada por: Diputado Sergio Vázquez García (PAN).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 386, 24 de noviembre de 2005.
Iniciativa: Que reforma y adiciona los artículos 73, 124 y 134 de la Ley de Amparo. Presentada por: Diputado René Meza Cabrera (PRI).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 387, 29 de noviembre de 2005.
Iniciativa: Que reforma el artículo 37 de la Ley Reglamentaria de las fracciones I y II del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Presentada por: Diputado Francisco Javier Bravo Carbajal (PRI).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 388, 29 de noviembre de 2005.
Iniciativa: Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para el Tratamiento de Menores Infractores para el Distrito Federal en Materia Común y para toda la República en Materia Federal. Presentada por: Diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa (PRI)
Turno: Comisiones Unidas de Justicia y Derechos Humanos, y de Seguridad Pública.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 389, 29 de noviembre de 2005.
Iniciativa: Que reforma la fracción III del artículo 3 y el párrafo segundo del artículo 5 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos. Presentada por: Diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa (PRI).
Turno: Comisiones Unidas de Gobernación, y de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 390, 29 de noviembre de 2005.
Iniciativa: Que adiciona un párrafo cuarto al artículo 113 del Código Federal de Procedimientos Penales. Presentada por: Diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari (PVEM).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 391, 29 de noviembre de 2005.
Iniciativa: Que adiciona diversas disposiciones al Código Federal de Procedimientos Penales, al Código de Comercio, a la Ley Federal del Trabajo y al Código Federal de Procedimientos Civiles. Presentada por: Diputado Hugo Rodríguez Díaz (PRI).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 392, 29 de noviembre de 2005.
Iniciativa: Que reforma los artículos 2, 3 y 5, de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada. Presentada por: Diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa (PRI).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 394, 1 de diciembre de 2005.
Iniciativa: Que reforma diversas disposiciones de la Ley de Amparo. Presentada por: Diputado Jorge Legorreta Ordorica (PVEM).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 395, 1 de diciembre de 2005
Iniciativa: Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales y de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación Electoral. Presentada por: Diputado Antonio Morales de la Peña (PAN).
Turno: Comisiones Unidas de Gobernación, y de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 396, 1 de diciembre de 2005
Iniciativa: Que adiciona los artículos 210 Bis 4 y 205 Bis del Código Penal Federal. Presentada por: Diputada Diva Hadamira Gastélum Bajo (PRI).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 399, 6 de diciembre de 2005.
Iniciativa: Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y de la Ley de Amparo. Presentada por: Diputado Roger David Alcocer García (PRI).
Turno: Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, y de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 400, 6 de diciembre de 2005.
Iniciativa: Que reforma los artículos 14 y 34 y que adiciona los artículos 34 Bis y 34 Ter a la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada. Presentada por: Diputada Patricia Garduño Morales (PAN).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 401, 6 de diciembre de 2005.
Iniciativa: Que reforma el artículo 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y reforma diversas disposiciones del Código Federal de Procedimientos Penales. Presentada por: Diputado Alejandro Agundis Arias (PVEM).
Turno: Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, y de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 403, 4 de enero de 2006.
Iniciativa: Que reforma el artículo 59 del Código Federal de Procedimientos Civiles. Presentada por: Congreso del estado de Nuevo León.
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 404, 4 de enero de 2006
Iniciativa: Que reforma y adiciona el artículo 215 del Código Penal Federal. Presentada por: Congreso del estado de Jalisco.
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: Dictamen aprobado por el pleno de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos el 14 de febrero de 2006.
Número y fecha de presentación: 405, 11 de enero de 2006.
Iniciativa: Que adiciona un artículo 415 Bis al Código Penal Federal. Presentada por: Diputado Mario Zepahua Valencia, suscrita por el diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa (PRI)
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 406, 11 de enero de 2006.
Iniciativa: Iniciativa por la que se expide la Ley Federal de Justicia Penal para Adolescentes y se adicionan diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República y de la Ley Federal de Defensoría Pública. Presentada por: Diputada Adriana González Furlong, suscrita por los diputados Margarita Zavala Gómez del Campo y Guillermo Tamborrel (PAN).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos. Modificación de trámite (2 de febrero de 2005): Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con opinión de la Comisión Especial de la Niñez, Adolescencia y Familias.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 407, 11 de enero de 2006.
Iniciativa: Que reforma los artículos 67 de la Ley General de Salud y 22 de la Ley para la Protección de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes. Presentada por: Diputada Rebeca Godínez y Bravo, suscrita por la diputada María de Jesús Aguirre Maldonado (PRI).
Turno: Comisiones Unidas de Salud, y de Justicia y Derechos Humanos, con opinión de la Comisión Especial de la Niñez, Adolescencia y Familias.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 408, 18 de enero de 2006.
Iniciativa: Que reforma la fracción II del artículo 70 del Código Penal Federal. Presentada por: Diputado Roberto Antonio Marrufo Torres (PRI).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 409, 18 de enero de 2006.
Iniciativa: Que adiciona el artículo 397 del Código Penal Federal. Presentada por: Diputada Irma Figueroa Romero (PRD).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 411, 2 de febrero de 2006.
Iniciativa: Que expide la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Presentada por: Diputadas Diva Hadamira Gastélum Bajo (PRI), Marcela Lagarde y de los Ríos y Angélica de la Peña Gómez (PRD).
Turno: Comisiones Unidas de Equidad y Género, y de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 412, 2 de febrero de 2006.
Iniciativa: Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal. Presentada por: Diputado Jesús Martínez Álvarez (Convergencia).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 413, 2 de febrero de 2006.
Iniciativa: Que adiciona un párrafo a los artículos 375, 382 y 386 del Código Penal Federal. Presentada por: Diputado Jorge Uscanga Escobar (PRI).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 414, 2 de febrero de 2006.
Iniciativa: Que reforma y adiciona los artículos 75, 76 y 77 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral. Presentada por: Diputada María Angélica Ramírez Luna (PAN).
Turno: Comisiones Unidas de Gobernación, y de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 415, 2 de febrero de 2006.
Iniciativa: Que reforma los artículos 41, 148, 151, 631 y 2999 del Código Civil Federal. Presentada por: Diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari (PVEM).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 416, 2 de febrero de 2006.
Iniciativa: Que reforma y adiciona los artículos 1, 4 y 6 de la Ley para el Tratamiento de Menores Infractores, para el Distrito Federal en Materia Común y para toda la República en Materia Federal. Presentada por: Diputado Roger David Alcocer García (PRI).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 417, 2 de febrero de 2006.
Iniciativa: Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. Presentada por: Diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera y José Luis García Mercado (PRI).
Turno: Comisiones Unidas de Justicia y Derechos Humanos, y de Gobernación.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 418, 7 de febrero de 2006.
Iniciativa: Que adiciona diversas disposiciones a la Ley para la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes. Presentada por: Diputado Alfonso Moreno Morán (PAN).
Turno: Comisiones Unidas de Justicia y Derechos Humanos, y de Atención a Grupos Vulnerables, con opinión de la Comisión Especial de la Niñez, Adolescencia y Familias
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 419, 9 de febrero de 2006.
Iniciativa: Que adiciona el artículo 43 Bis a la Ley para la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes. Presentada por: Diputada Cristina Portillo Ayala (PRD).
Turno: Comisiones Unidas de Justicia y Derechos Humanos, y de Atención a Grupos vulnerables, con opinión de la Comisión Especial de la Niñez, Adolescencia y Familias.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 420, 9 de febrero de 2006.
Iniciativa: Que adiciona los artículos 49A, 49B, 49C y 49D de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. Presentada por: Diputada Consuelo Camarena Gómez (PAN).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 421, 9 de febrero de 2006.
Iniciativa: Que adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, de la Ley General de Vida Silvestre de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados y del Código Penal Federal. Presentada por: Diputado Francisco Javier Valdéz de Anda (PAN).
Turno: Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de Ciencia y Tecnología, y de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 422, 9 de febrero de 2006.
Iniciativa: Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público y del Código Penal Federal. Presentada por: Diputado Juan Bárcenas González (PAN).
Turno: Comisiones Unidas de Gobernación, y de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 423, 14 de febrero de 2006.
Iniciativa: Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Instituciones de Crédito, del Código Federal de Procedimientos Penales y de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada. Presentada por: Diputado Manuel López Villarreal (PAN).
Turno: Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 424, 14 de febrero de 2006.
Iniciativa: Iniciativa de Ley Reglamentaria del Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Presentada por: Diputado Álvaro Elías Loredo (PAN).
Turno: Comisiones Unidas de Gobernación, y de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 425, 21 de febrero de 2006.
Iniciativa: Que reforma los artículos 19 y 27 de la Ley de Amparo. Presentada por: Diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari (PVEM).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 426, 23 de febrero de 2006.
Iniciativa: Que reforma y adiciona el artículo 201 Bis del Código Penal Federal. Presentada por: Diputado René Meza Cabrera (PRI).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con opinión de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 427, 23 de febrero de 2006.
Iniciativa: Que reforma el artículo 52 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos. Presentada por: Diputado Jesús Aguilar Bueno (PRI).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 428, 23 de febrero de 2006.
Iniciativa: Que reforma los artículos 399 y 399 Bis del Código Federal de Procedimientos Penales. Presentada por: Diputado Jorge Legorreta Ordorica (PVEM).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Número y fecha de presentación: 429, 23 de febrero de 2006.
Iniciativa: Que deroga los artículos 350, 351, 352, 353, 354 y 355 del Código Penal Federal. Presentada por: Diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga (PRI).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con opinión de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 430, 23 de febrero de 2006.
Iniciativa: Que adiciona los artículos 168 Bis 1, 168 Bis 2 y 168 Bis 3 del Código Penal Federal. Presentada por: Diputado Ricardo Alegre Bojórquez, suscrita por el diputado Manuel Gómez Morín (PAN).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 431, 23 de febrero de 2006.
Iniciativa: Iniciativa que adiciona el artículo 168 Bis 1, del Código Penal Federal. Presentada por: Diputado Ricardo Alegre Bojórquez, suscrita por el diputado Manuel Gómez Morín (PAN).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 310, 7 de septiembre de 2005.
Minuta: Con proyecto de decreto por el que se adiciona al Libro Segundo, el Título Vigésimo Séptimo, "De los Delitos Deportivos", del Código Penal Federal. Presentada por: Senado de la República.
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 311, 7 de septiembre de 2005.
Minuta: Con proyecto de decreto por el que se expide la Ley General que Crea el Sistema Nacional de Prevención, Protección, Asistencia y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres y las Niñas. Presentada por: Senado de la República
Turno: Comisiones Unidas de Equidad y Género, de Gobernación, y de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 312, 7 de septiembre de 2005.
Minuta: Con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Penal Federal. Presentada por: Senado de la República.
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 313, 7 de septiembre de 2005.
Minuta: Con proyecto de decreto por el que se expide la Ley Federal de Ejecución de Sanciones Penales, se adiciona la fracción IV al artículo 50, y el artículo 50 Quáter a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y se reforma el artículo 30 Bis, fracción XXIII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Presentada por: Senado de la República.
Turno: Comisiones Unidas de Justicia y Derechos Humanos, y de Seguridad Pública.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 314, 7 de septiembre de 2005.
Minuta: Con proyecto de decreto por el que se reforma el párrafo tercero del artículo 18, la fracción IX del apartado A, las fracciones I y V del apartado B, del artículo 20, y el primer párrafo del artículo 21, todos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Presentada por: Senado de la República.
Turno: Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, y de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 330, 27 de septiembre de 2005.
Minuta: Con proyecto de decreto por el que reforma la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada. Presentada por: Senado de la República.
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 332, 4 de octubre de 2005.
Minuta: Con Proyecto de Decreto por el que se expide la Ley Orgánica de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente. Presentada por: Senado de la República.
Turno: Comisiones Unidas de Justicia y Derechos Humanos, y de Hacienda y Crédito Público.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 336, 6 de octubre de 2005.
Minuta: Con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Federal de Procedimientos Penales. Presentada por: Senado de la República.
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 355, 18 de octubre de 2005.
Minuta: Con Proyecto de Decreto por el que se reforman los artículos 50 y 51 de la Ley Federal sobre Monumentos y Zona Arqueológicas, Artísticos e Históricos. Presentada por: Senado de la República.
Turno: Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 357, 20 de octubre de 2005.
Minuta: Con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Concursos Mercantiles, y se reforman los artículos 50 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 51 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas. Presentada por: Senado de la República.
Turno: Comisiones Unidas de Justicia y Derechos Humanos, y de Gobernación.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 368, 10 de noviembre de 2005.
Minuta: Con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 15 de la Ley Reglamentaria del artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo, 253 y 368 Quáter del Código Penal Federal, y 194 del Código Federal de Procedimientos Penales. Presentada por: Senado de la República.
Turno: Comisiones Unidas de Energía, y de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 393, 30 de noviembre de 2005.
Minuta: Con Proyecto de Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Extradición Internacional. Presentada por: Senado de la República.
Turno: Comisión de Relaciones Exteriores, con opinión de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 397, 6 de diciembre de 2005.
Minuta: Con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 323 del Código Penal Federal. Presentada por: Senado de la República.
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 398, 6 de diciembre de 2005.
Minuta: Con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones del Código Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales, de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, de la Ley de Instituciones de Crédito, de la Ley de Ahorro y Crédito Popular, de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, de la Ley de Sociedades de Inversión, de la Ley del Mercado de Valores, de la Ley Federal de Instituciones de Finanzas, de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros y de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito. Presentada por: Senado de la República.
Turno: Comisiones Unidas de Justicia y Derechos Humanos, y de Hacienda y Crédito Público.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 402, 13 de diciembre de 2005.
Minuta: Con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Salud, del Código Penal Federal y del Código Federal de Procedimientos Penales. Presentada por: Senado de la República.
Turno: Comisiones Unidas de Salud, y de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 410, 1 de febrero de 2006.
Minuta: Con proyecto de decreto por el que se adicionan la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, el Código Federal de Procedimientos Penales y se expide la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas. Presentada por: Senado de la República.
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 432, 23 de febrero de 2006.
Minuta: Con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción I del artículo 63 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. Presentada por: Senado de la República.
Turno: Comisiones Unidas de Justicia y Derechos Humanos, y de Hacienda, y Crédito Público.
Estado actual: En estudio.
No hay puntos de acuerdo registrados en el periodo que nos ocupa.

Reuniones de trabajo de la Comisión

Reuniones de la Mesa Directiva de la Comisión

La Mesa Directiva está integrada por la Presidenta, Diputada Rebeca Godínez y Bravo, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, y 6 secretarios: diputada Leticia Gutiérrez Corona y diputada Amalín Yabur Elías, del Partido Revolucionario Institucional, diputado Miguel Ángel Llera Bello y diputado Francisco Javier Valdez de Anda, del Partido Acción Nacional, diputado Miguelángel García-Domínguez, del Partido de la Revolución Democrática, y diputado José Luis Mazoy Kuri, del Partido Verde Ecologista de México.

En la Mesa Directiva de la Comisión, se abordan los asuntos que son turnados, los que existen de las anteriores legislaturas, y las comunicaciones que realiza cada integrante, en su caso, para posteriormente someterlos a consideración del pleno de la Comisión, dentro de los asuntos que conoce se encuentran:

Discusión sobre dictámenes elaborados por la Comisión.
Calendarización de las sesiones de Mesa Directiva y del pleno de la Comisión.
Programación de reuniones de servidores públicos.

Revisión de actas de sesiones de la Comisión.
Calendarización de actividades a desarrollar por la Comisión.
Aprobación de puntos de acuerdo.

La Mesa Directiva de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos se reunió en tres ocasiones durante el primer semestre del tercer año de ejercicio legislativo de esta Cámara de Diputados, sometiendo a consideración de sus integrantes los asuntos que a continuación se señalan:

18 de octubre de 2005

Minuta con proyecto de decreto por el que se adiciona el Código Federal de Procedimientos Penales y el Código Penal Federal.
Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un Título Décimo a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un artículo 208 Bis y reforma el artículo 464 de la Ley General de Salud, adiciona una fracción XV al artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales y un artículo décimo transitorio a la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el segundo párrafo de la fracción II del artículo 124 de la Ley de Amparo.
Iniciativa con proyecto de decreto que adicional el artículo 424 Quáter al Código Penal Federal.

9 de noviembre de 2005 Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada.
Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el Código Penal Federal, el Código Federal de Procedimientos Penales y la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada.

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 222, 222 Bis, 223 y 224 del Código Penal Federal, y adiciona un inciso a la fracción I del artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales.
Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el Título Vigésimo Séptimo al Código Penal Federal y reforma el artículo 50 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones al Código Penal Federal y al Código Federal de Procedimientos Penales.
Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el inciso n) a la fracción I del artículo 50 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el párrafo segundo del artículo 50 Ter de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
Iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley General para la Atención y Protección a Víctimas y Ofendidos por el Delito.

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 1401 del Código de Comercio.
Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 1407 del Código de Comercio.
Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona una fracción XIII y un último párrafo al artículo 215 del Código Penal Federal.

7 de febrero de 2006 Iniciativa con proyecto de decreto que reforma la fracción VIII del artículo 2 del Código Federal de Procedimientos Penales.
Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 133 del Código Federal de Procedimientos Penales.
Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 364 del Código Penal Federal.

Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el Título Vigésimo Séptimo al Código Penal Federal y reforma el artículo 50 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 1407 del Código de Comercio.
Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona una fracción XIII y un último párrafo al artículo 215 del Código Penal Federal.

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 266 Bis del Código Penal Federal.

Sesiones ordinarias del pleno de la Comisión

Durante el primer semestre de trabajo del tercer año de ejercicio legislativo de esta Cámara de Diputados, la Comisión de Justicia y Derechos Humanos llevó a cabo cuatro sesiones ordinarias, en las que se discutieron y, en su caso, se aprobaron los asuntos acordados por la Mesa Directiva. El pleno de la Comisión se reunió en las siguientes fechas:

18ª sesión ordinaria, de fecha 13 de septiembre de 2005.
19ª sesión ordinaria, de fecha 25 de octubre de 2005.
20ª sesión ordinaria, prevista para el día 29 de noviembre de 2005. Fue cancelada el 28 del mismo mes.
21ª sesión ordinaria, de fecha 30 de noviembre de 2005.
22ª sesión ordinaria, de fecha 14 de febrero de 2006.
Dictámenes, opiniones, informes y publicaciones generados

Esta Comisión no reporta opiniones ni informes generados en el periodo que nos ocupa. En lo relativo a dictámenes, la información correspondiente es la que a continuación se describe:

Iniciativa/Minuta: Iniciativa que adiciona un Título Décimo Segundo a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

Fecha de aprobación: Aprobada por el pleno de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos el 25 de octubre de 2005.
Aprobada por el Pleno de la H. Cámara de Diputados el 8 de diciembre de 2005.
Iniciativa/Minuta: Iniciativa que reforma diversas disposiciones del Código Penal Federal, de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y del Código Federal de Procedimientos Penales. Fecha de aprobación: Aprobada por el pleno de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos el 30 de noviembre de 2005.
Aprobada por el Pleno de la H. Cámara de Diputados el 1 de diciembre de 2005.
Iniciativa/Minuta: Iniciativa que reforma el artículo 133 del Código Federal de Procedimientos Penales. Fecha de aprobación: Aprobada por el pleno de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos el 14 de febrero de 2006. Iniciativa/Minuta: Iniciativa que reforma el artículo 266 Bis del Código Penal Federal. Fecha de aprobación: Aprobada por el pleno de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos el 14 de febrero de 2006. Iniciativa/Minuta: Iniciativa que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Fecha de aprobación: Aprobada por el pleno de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos el 12 de diciembre de 2005.
Aprobada por el Pleno de la Cámara de Diputados el 13 de diciembre de 2005.
Iniciativa/Minuta: Iniciativa que adiciona el artículo 424 Quáter al Código Penal Federal. Fecha de aprobación: Aprobada por el pleno de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos el 25 de octubre de 2005.
Aprobada por el Pleno de la H. Cámara de Diputados el 10 de noviembre de 2005.
Iniciativa/Minuta: Iniciativa que reforma el último párrafo y se adiciona una fracción XIII al artículo 215 del Código Penal Federal. Fecha de aprobación: Aprobada por el pleno de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos el 14 de febrero de 2006. Iniciativa/Minuta: Iniciativa que reforma el párrafo primero del artículo 50 Ter de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. Fecha de aprobación: Aprobada por el pleno de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos el 13 de septiembre de 2005.
Aprobada por el Pleno de la H. Cámara de Diputados el 13 de octubre de 2005.
Iniciativa/Minuta: Iniciativa que reforma la fracción II del artículo 123, la fracción II y el segundo párrafo del artículo 124, de la Ley de Amparo. Fecha de aprobación: Aprobado por el pleno de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos el 25 de octubre de 2005.
Aprobada por el Pleno de la H. Cámara de Diputados el 22 de noviembre de 2005.
Iniciativa/Minuta: Iniciativa que reforma los párrafos primero y tercero del artículo 3 Bis de la Ley de Amparo. Fecha de aprobación: Aprobada por el pleno de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos el 13 de septiembre de 2005.
Aprobada por el Pleno de la H. Cámara de Diputados el 18 de octubre de 2005.
Iniciativa/Minuta: Iniciativa que reforma el artículo 364 del Código Penal Federal. Fecha de aprobación: Aprobada por el pleno de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos el 14 de febrero de 2006. Iniciativa/Minuta: Iniciativa que reforma la fracción VIII del artículo 2 del Código Federal de Procedimientos Penales. Fecha de aprobación: Aprobada por el pleno de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos el 14 de febrero de 2006. Iniciativa/Minuta: Iniciativa que reforma los artículos 8, párrafo quinto, 9, párrafo tercero, 10, 11, 12, 15, párrafo segundo, 16 párrafo tercero, 17, 18, párrafos tercero y cuarto, 19, párrafo primero, 20, párrafo segundo, 21, párrafo tercero, 23, párrafo segundo, 25, 29, 30, 31, 35, párrafo primero y numerales I, II, III, y IV, 36, 37 y 41, párrafo segundo, de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada. Fecha de aprobación: Aprobada por el pleno de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos el 13 de septiembre de 2005.
Aprobada por el Pleno de la H. Cámara de Diputados el 3 de noviembre de 2005.
Iniciativa/Minuta: Iniciativa que adiciona los artículos 150 Bis y 150 Ter a la Ley de Amparo. Fecha de aprobación: Aprobada por el pleno de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos el 13 de septiembre de 2005.
Aprobada por el Pleno de la H. Cámara de Diputados el 13 de octubre de 2005.
Iniciativa/Minuta: Iniciativa que reforma los artículos 124 y 135 de la Ley de Amparo. Fecha de aprobación: Aprobada por el pleno de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos el 25 de octubre de 2005.
Aprobada por el Pleno de la Cámara de Diputados el 22 de noviembre de 2005.
Iniciativa/Minuta: Iniciativa que adiciona un párrafo tercero al artículo 211 Bis 1, del Código Penal Federal. Fecha de aprobación: Aprobada por el pleno de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos el 13 de septiembre de 2005.
Aprobada por el Pleno de la H. Cámara de Diputados el 3 de noviembre de 2005.
Iniciativa/Minuta: Iniciativa que adiciona tres párrafos y cinco numerales al artículo 400, del Código Penal Federal. Fecha de aprobación: Aprobada por el pleno de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos el 13 de septiembre de 2005.
Aprobada por el Pleno de la H. Cámara de Diputados el 13 de octubre de 2005.
Iniciativa/Minuta: Iniciativa que reforma el artículo 199 Bis del Código Penal Federal. Fecha de aprobación: Aprobada por el pleno de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos el 13 de septiembre de 2005.
Aprobada por el Pleno de la H. Cámara de Diputados el 13 de octubre de 2005.
Iniciativa/Minuta: Iniciativa que reforma el segundo párrafo de la fracción II del artículo 124 de la Ley de Amparo. Fecha de aprobación: Aprobada por el pleno de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos el 25 de octubre de 2005.
Aprobada por el Pleno de la H. Cámara de Diputados el 22 de noviembre de 2005.
Iniciativa/Minuta: Iniciativa que adiciona una fracción XIII y un párrafo al artículo 215 del Código Penal Federal. Fecha de aprobación: Aprobada por el pleno de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos el 14 de febrero de 2006. Iniciativa/Minuta: Minuta que adiciona la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos. Fecha de aprobación: Aprobado por el pleno de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos el 13 de septiembre de 2005.
Aprobada por el Pleno de la H. Cámara de Diputados el 3 de noviembre de 2005.
Iniciativa/Minuta: Iniciativa que reforma el Código Civil Federal. Fecha de aprobación: Aprobada por el pleno de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos el 13 de septiembre de 2005.
Aprobada por el Pleno de la H. Cámara de Diputados el 3 de noviembre de 2005.
Iniciativa/Minuta: Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de la Propiedad Industrial, del Código Penal Federal y de la Ley Federal del Derecho de Autor. Fecha de aprobación: Aprobada por la Comisión de Justicia y Derechos Humanos el 13 de diciembre de 2005.
Aprobada por el Pleno de la H. Cámara de Diputados el 14 de diciembre de 2005.
Iniciativa/Minuta: Iniciativa que adiciona un artículo 208 Bis y reforma el artículo 464 de la Ley General de Salud, adiciona una fracción XV al artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales y un artículo décimo transitorio a la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. Fecha de aprobación: Aprobada por el pleno de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos el 25 de octubre de 2005.
Aprobada por el Pleno de la Cámara de Diputados el 1 de diciembre de 2005.
Iniciativa/Minuta: Iniciativa que reforma el párrafo segundo del artículo 50 Ter de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. Fecha de aprobación: Aprobada por el pleno de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos el 13 de diciembre de 2005.
Aprobada por el Pleno de la Cámara de Diputados el 14 de diciembre de 2005.
Iniciativa/Minuta: Iniciativa que reforma el párrafo segundo del artículo 14 y el párrafo cuarto del artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Fecha de aprobación: Aprobada por el pleno de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos el 13 de septiembre de 2005. Iniciativa/Minuta: Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal y de la Ley General de Salud. Fecha de aprobación: Aprobada por el pleno de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos el 13 de septiembre de 2005. Iniciativa/Minuta: Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Correduría Pública. Fecha de aprobación: Aprobada por el pleno de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos el 25 de octubre de 2005.
Aprobada por el Pleno de la Cámara de Diputados el 14 de diciembre de 2005.
Iniciativa/Minuta: Iniciativa que adiciona el cuarto párrafo del artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Fecha de aprobación: Aprobada por el pleno de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos el 13 de septiembre de 2005. Iniciativa/Minuta: Iniciativa que reforma el párrafo quinto del artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Fecha de aprobación: Aprobada por el pleno de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos el 13 de septiembre de 2005. Iniciativa/Minuta: Minuta que adiciona un segundo párrafo al artículo 1o. de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa. Fecha de aprobación: Aprobada por el pleno de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos el 25 de octubre de 2005.
Aprobada por el Pleno de la Cámara de Diputados el 6 de diciembre de 2005.
Iniciativa/Minuta: Iniciativa que reforma el artículo 1068 del Código de Comercio. Fecha de aprobación: Aprobada por el pleno de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos el 13 de septiembre de 2005.
Aprobada por el Pleno de la Cámara de Diputados el 1 de diciembre de 2005.
Iniciativa/Minuta: Iniciativa que reforma y adiciona el artículo 215 del Código Penal Federal. Fecha de aprobación: Aprobada por el pleno de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos el 14 de febrero de 2006. Creación y actividades de grupos y subcomisiones de trabajo

Subcomisión de examen previo

Por disposición legal, las Comisiones de Gobernación y de Justicia y Derechos Humanos deben integrar la Subcomisión de Examen Previo, la cual se encarga de conocer de las denuncias de juicio político. Cabe mencionar que dicha Subcomisión se integra con catorce diputados, siete de la Comisión de Gobernación y siete de la de Justicia y Derechos Humanos, copresidida por los Presidentes de ambas.

La Subcomisión de Examen Previo, en el primer semestre de trabajo del tercer año de ejercicio legislativo, ha realizado las siguientes actividades:

1. Recepción de 13 denuncias de Juicio Político, con documentación anexa, para la integración de los expedientes respectivos.

2. Sesión ordinaria de trabajo de fecha 29 de septiembre de 2005, para la discusión y, en su caso, aprobación, de 43 proyectos de resolución. En dicha sesión, cabe destacar que fueron aprobados, en sus términos, los 43 proyectos sometidos a consideración, por lo que la Subcomisión de Examen Previo procedió al engrose de las resoluciones respectivas, concluyendo el procedimiento señalado por la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, con la notificación personal de cada asunto, y el archivo de los expedientes.

Viajes oficiales de trabajo de carácter nacional

Durante el periodo comprendido para el presente informe, se tiene registrado sólo un viaje oficial de trabajo de carácter nacional, que se efectuó el día 7 de diciembre de 2005, por parte de la diputada Rebeca Godínez y Bravo, Presidenta de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos. Fue invitada como ponente, a participar en el Foro Internacional del Migrante, celebrado en la Ciudad de Tijuana, Baja California. Dicho Foro fue organizado por el ayuntamiento de Tijuana, Baja California, por la Universidad Autónoma de Baja California, Campus Tijuana, y por el Tribunal Superior Agrario Federal. La diputada Godínez tuvo su intervención en la mesa redonda que trató el tema "regiones y movimientos migratorios. La experiencia de América del Norte, Centro y Sur".

Reuniones con servidores públicos

El 4 de octubre de 2005, en el marco de la Glosa del V Informe de Gobierno, ante las Comisiones Unidas de Justicia y Derechos Humanos, de Gobernación, de Seguridad Pública y Especial para conocer y dar Seguimiento a las Investigaciones Relacionadas con los Feminicidios en la República Mexicana y a la Procuración de Justicia Vinculada, compareció el licenciado Daniel Francisco Cabeza de Vaca Hernández, procurador general de la República. En dicho evento, los diputados integrantes de los distintos grupos parlamentarios de todas las comisiones involucradas, formularon al servidor público mencionado, diversos cuestionamientos, relativos al rubro de su competencia.

El 18 de octubre de 2005, las Comisiones Unidas de Justicia y Derechos Humanos y de Seguridad Pública, se reunieron con el Secretario de Seguridad Pública Federal, licenciado Eduardo Medina Mora, y con el procurador general de la República, licenciado Daniel Francisco Cabeza de Vaca Hernández, cuyo objetivo primordial fue la instalación de grupos de coordinación, en materia de Gestión Institucional y de Enlace Legislativo.

El 15 de febrero de 2006, las Comisiones Unidas de Justicia y Derechos Humanos, de Seguridad Pública y de Salud, sostuvieron una reunión de trabajo con presidentes de los Tribunales Superiores de Justicia, secretarios de Seguridad Pública y procuradores generales de Justicia de los estados de la República y del Distrito Federal. La reunión tuvo como propósito fundamental el análisis y la discusión del contenido de la minuta enviada por el Ejecutivo federal, sobre la figura de la concurrencia para combatir el narcomenudeo.

El 28 de febrero de 2006, las Comisiones Unidas de Justicia y Derechos Humanos, de Seguridad Pública y de Salud, llevaron a cabo una reunión de trabajo con el titular de la Procuraduría General de la República, licenciado Daniel Francisco Cabeza de Vaca Hernández, con el propósito de analizar y discutir el contenido de la minuta enviada por el Ejecutivo Federal, sobre la figura de la concurrencia para combatir el narcomenudeo.

Otras actividades

Foros

Los días 2 y 3 de septiembre de 2005, las Comisiones Unidas de Justicia y Derechos Humanos, de Equidad y Género y Especial de la Niñez, Adolescencia y Familias, llevaron a cabo la conferencia contra la explotación sexual comercial Infantil, en la ciudad de Cancún, Quintana Roo. Atención ciudadana

En aras de atender las peticiones solicitadas por parte de la ciudadanía, en lo relativo al rubro de nuestra competencia, durante el primer semestre del tercer año de ejercicio legislativo, los colaboradores de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos registraron y documentaron la visita de 193 personas a las instalaciones de la propia Comisión, en las que plantearon diversos problemas, requiriendo nuestra intervención ante instancias y dependencias de los gobiernos federal, estatales y municipales, así como organismos de protección de los derechos humanos. En todos los casos, las personas fueron asesoradas y canalizadas a los órganos competentes, para la solución de su problemática.
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, PRIMERO SEMESTRAL DE ACTIVIDADES DEL TERCER AÑO DE EJERCICIO, CORRESPONDIENTE AL PERIODO DE SEPTIEMBRE DE 2005 A FEBRERO DE 2006

Introducción

Con fundamento en el inciso b) del numeral 6, del artículo 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales presenta el primer informe de actividades, correspondiente al periodo del 1 de septiembre de 2005, al 28 de febrero de 2006.

Mesa Directiva

Diputados: Jacqueline Guadalupe Argüelles Guzmán, PVEM; Roberto Aquiles Aguilar Hernández, PRI;

Carlos Manuel Rovirosa Ramírez, PRI; Francisco Javier Lara Arano, PAN; José Luis Cabrera Padilla, PRD.

Integrantes

Ernesto Alarcón Trujillo, PRI; Víctor Manuel Alcerreca Sánchez, PRI; Miguel Amezcua Alejo, PRI; Alfredo Bejos Nicolás, PRI; Irene Herminia Blanco Becerra, PAN; Nancy Cárdenas Sánchez, PRD; Raúl Rogelio Chavarría Salas, PAN; Adrián Chávez Ruiz, PRD; Mario Ernesto de San Alberto Magno Dávila Aranda, PAN; Óscar Félix Ochoa, PRI; Maximino Alejandro Fernández Ávila, PVEM; María Guadalupe García Velasco, PAN; María del Rosario Herrera Ascencio, PRD; Bernardo Loera Carrillo, PAN; Roberto Antonio Marrufo Torres, PRI; Julián Nazar Morales, PRI; Raúl Leonel Paredes Vega, PAN; Óscar Rodríguez Cabrera, PRI; Jacobo Sánchez López, PRI; Pascual Sigala Páez; PRD; Carlos Hernán Silva Valdés, PRD; Guillermo Enrique Marcos Tamborrel Suárez, PAN; Lorena Torres Ramos, PAN; Vázquez Saut Regina, PAN.

I. Avance en el cumplimiento del programa anual de trabajo.

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión en su programa anual de trabajo se fijó como objetivo general:

Procurar el bienestar, la equidad y la justicia a través del fomento y la instrumentación del desarrollo sustentable, fortaleciendo el orden constitucional y preceptos legales reglamentarios en materia de medio ambiente y recursos naturales. Analizar, deliberar y dictaminar, con criterios incluyentes, las iniciativas de ley y de decreto que sean turnadas para tal efecto a esta Comisión.

Aunado a ello como objetivos específicos:

1. Analizar y reforzar el marco jurídico en materia de medio ambiente y recursos naturales vigente, promoviendo su difusión, así como la eficiente operatividad del mismo.

2. Fortalecer la presencia y gestión de la Comisión con un claro enfoque sustentable.

3. Vigilar la actuación del Poder Ejecutivo federal en materia de medio ambiente y recursos naturales.

4. Promover y apoyar estudios e investigaciones científicas y tecnológicas, así como instrumentos y acciones tendientes a minimizar los impactos al medio ambiente y recursos naturales, provocados por las actividades económicas y del crecimiento demográfico.

5. Apoyar el desarrollo sustentable en la adopción de procesos productivos y tecnológicos acorde con las necesidades ambientales del país.

6. Desarrollar y promover los mecanismos que aseguren la participación y corresponsabilidad de la sociedad en la protección, conservación y aprovechamiento responsable del medio ambiente y recursos naturales.

7. Atención y canalización de las demandas ciudadanas en el ámbito de su competencia.

8. Estudiar y comparar la legislación de otros Estados y/o Naciones, que pudieran aportar elementos de provecho para la legislación nacional.

9. Elaborar estrategias para la protección y sustentabilidad de la zona marítimo-terrestre.

Asimismo como acciones a realizar, las siguientes:

I. Revisar y reforzar el marco jurídico en materia de medio ambiente y recursos naturales vigente, promoviendo su difusión, y la eficiente operatividad de las mismas.

a) Analizar y promover la actualización de la legislación ambiental y relacionada.
b) Promover la variable ambiental como obligatoria en la definición de las estrategias económicas y sociales del país.

c) Promover que en los tratados internacionales que celebre nuestro país se observe el principio normativo de la protección al medio ambiente para el desarrollo sustentable, así como que los ya signados sean cumplidos.

d) Proteger los elementos bióticos y abióticos de las áreas naturales protegidas.
e) Fomentar la creación de mercados ambientales que favorezcan la sustentabilidad.
f) Incluir los asuntos que requieran legislación.

II. Fortalecer la presencia y gestión de la Comisión con un claro enfoque sustentable. a) Revisión y atención de los asuntos legislativos pendientes de trámite (dictámenes, denuncias y quejas).

b) Fortalecimiento de los enlaces de comunicación, intercambio de información e interrelación con las entidades de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial y de los tres niveles de gobierno (federal, estatal y municipal).

c) Gestionar la instrumentación de un sistema de manejo ambiental para reducir el impacto negativo en el ambiente de las operaciones de las actividades gubernamentales y en específico del Poder Legislativo.

d) Elaboración del informe semestral de actividades a presentarse al Pleno de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos en términos de lo establecido en el artículo 45, sección 6, inciso b, de la Ley Orgánica.

e) Actualización de la página de Internet de la Comisión para la difusión constante de los trabajos desempeñados.

g) Realización de foros y conferencias dirigidas a los legisladores, autoridades y público en general, para su sensibilización en la problemática ambiental.

III. Vigilar la actuación del Poder Ejecutivo federal en materia de medio ambiente y recursos naturales. a) El impulso al fortalecimiento del Presupuesto de Egresos de la Federación para el año 2006 en los renglones destinados a medio ambiente y recursos naturales.

b) Evaluación periódica del Plan Nacional de Desarrollo y los programas sectoriales en materia de medio ambiente y recursos naturales.

c) El análisis anual del estado general que guarda la administración pública federal en el rubro de las instituciones de medio ambiente y recursos naturales a partir del informe que rinde el titular del Poder Ejecutivo.

d) Apunte y opinión en la Revisión Anual de la Cuenta Pública de la Hacienda Federal en lo que respecta a los recursos destinados a las instituciones, planes y programas de medio ambiente y recursos naturales.

e) Seguimiento y vigilancia en la aplicación de los recursos federales destinados a planes y programas específicos en esta materia.

f) Vigilancia y evaluación de las actividades relacionadas con medio ambiente y recursos naturales del resto de las instituciones de la Administración Pública Federal.

IV. Promover y apoyar estudios e investigaciones científicas, así como instrumentos y acciones tendientes a minimizar los impactos al medio ambiente y recursos naturales, provocados por las actividades económicas y del crecimiento demográfico. a) Recomendar la implantación de instrumentos económicos que busquen el desarrollo sustentable.

b) Promover a través de una adecuada legislación que los beneficios derivados de los servicios ambientales lleguen efectivamente a las comunidades y poseedores de los recursos naturales.

c) Promover convenios de trabajo conjunto con diversas instituciones y organizaciones especializadas en temáticas relacionadas con el desarrollo sustentable.

d) Promover el uso de tecnologías amigables con el ambiente.

V. Desarrollar y promover los mecanismos que aseguren la participación y corresponsabilidad de la sociedad en la protección, conservación y aprovechamiento sustentable del medio ambiente. a) Gestión y asesoría para todos los solicitantes, sin importar la filiación política o ideológica con el único requisito de que exista una petición por escrito.

b) Realización de audiencias, consultas populares, foros, visitas, giras de trabajo nacionales e internacionales, entrevistas, convocatorias a particulares y comparecencias de servidores públicos cuando fuere necesario, con objeto de identificar líneas generales de estrategias y proponer acciones específicas.

c) Participación en foros, reuniones y eventos a nivel nacional e internacional que contribuyan al mejor conocimiento de la problemática ambiental.

Por lo que durante este semestre se llevaron a cabo un 70% de las acciones que se tienen programas para lograr la tarea legal y constitucional encomendada, ya sea a través de gestión directa o por medio de la dictaminación y presentación de puntos de acuerdo ante el Pleno de la Cámara, lo que represento un gran avance en el cumplimiento del programa de actividades.

Otro rubro dentro del programa anual de actividades fue el de temas específicos para lograr instrumentos de políticas públicas ambientales, durante este periodo se logró la dictaminación sobre las siguientes materias:

Que los recursos que la Semarnat obtenga por derechos y aprovechamientos se entreguen para realizar el gasto en materia de restauración y conservación ambiental.

Impulsar la legislación en materia de educación ambiental.
Incluir criterios de sustentabilidad y responsabilidad ambiental en el Plan Nacional de Desarrollo.

Promover la legislación ambiental, con el objetivo de actualizar la normatividad ambiental a la realidad de la sociedad mexicana.
Actualizar la legislación nuclear e incluir disposiciones y criterios ambientales.

Crear un sector eléctrico sustentable, ambientalmente amigable y basado en energías eficientes limpias y renovables.
Deterioro ambiental que ha ocasionado la paraestatal Pemex, en las costas mexicanas y realizar la legislación pertinente para que rinda informes reales acerca del destino de los residuos.

Promover la plantación de árboles y evitar la tala de árboles.
Promover legislación en materia de responsabilidad por daño y deterioro ambiental.

Revisar y actualizar la legislación en materia de auditoria ambiental.
Asignación de presupuesto a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Disminución de costos económicos por degradación ambiental.
Atención a áreas naturales protegidas (inspección, vigilancia y monitoreo).

Vida silvestre.
Procuraduría Federal de Protección al Ambiente.

Comisión Nacional Forestal.
Comisión Nacional del Agua.

Instrumentos económicos.
Instrumentos de política.

II. Reuniones de trabajo de la Comisión

Durante el periodo comprendido del 1 de septiembre de 2005 al 28 de febrero de 2006, la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

a) Las reuniones de trabajo convocadas fueron las siguientes:

1. XIX Reunión de trabajo con el doctor Adrián Fernández, director del Instituto Nacional de Ecología. 7 de septiembre de 2005.

2. XX reunión plenaria. 12 de septiembre de 2005.
3. XXI reunión plenaria. 27 de septiembre de 2005.

4. Comparecencia del secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales. 28 de septiembre de 2005.
5. Reunión de trabajo con funcionarios de la Comisión Nacional del Agua. 13 de octubre 2005.

6. XXII reunión plenaria. 19 de octubre 2005.
7. XXIII reunión plenaria. 27 de octubre 2005.

8. XXIII reunión plenaria. 30 de noviembre de 2005
9. XXIII reunión plenaria. 1 de diciembre 2005.

10. XXIV reunión plenaria. 7 de diciembre 2005.
11. XXIV reunión plenaria. 1 de febrero 2006.

12. Reunión con el director general de Banobras. 15 de febrero 2006.
13. Reunión de trabajo con el Consejo Coordinador Empresarial. 21 de febrero 2006.

b) Las reuniones convocadas y celebradas fueron las siguientes: 1. XIX Reunión de trabajo con el doctor Adrián Fernández, director del Instituto Nacional de Ecología. 7 de septiembre de 2005.
2. XX reunión plenaria. 12 de septiembre de 2005.
3. XXI reunión plenaria. 27 de septiembre de 2005.

4. Comparecencia del Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales. 28 de septiembre de 2005.
5. Reunión de trabajo con funcionarios de la Comisión Nacional del Agua. 13 de octubre 2005.

6. XXII reunión plenaria. 19 de octubre 2005.
7. XXIII reunión plenaria. 1 de diciembre 2005.
8. XXIV reunión plenaria. 1 de febrero 2006.

9. Reunión de trabajo con el director general de Banobras. 15 de febrero 2006.
10. Reunión de trabajo con el Consejo Coordinador Empresarial. 21 de febrero 2006.

c) Las reuniones convocadas y suspendidas por falta de quórum fueron las siguientes: 1. XXIII reunión plenaria. 27 de octubre 2005.
2. XXIII reunión plenaria. 30 de noviembre de 2005.
3. XXIV reunión plenaria. 7 de diciembre 2005.
e) Asuntos tratados y dictaminados durante las reuniones celebradas.

Se llevó a cabo la discusión y aprobación de los siguientes dictámenes a iniciativas:

1. Iniciativa que reforma la fracción V del artículo 60 y el artículo 65 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Aprobado en sesión ordinaria el 1 de febrero de 2006, en sentido negativo. 2. Iniciativa que crea la ley general de educación ambiental. Aprobado en lo general en sesión ordinaria el 27 de septiembre de 2005.
Aprobado definitivamente en sesión ordinaria el 1 de febrero de 2006.
3. Iniciativa con proyecto de decreto para reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la protección al ambiente. Aprobado en sesión ordinaria el 1 de febrero de 2006.
Enviado a la Mesa Directiva el 20 de febrero de 2006.
Aprobado en sentido negativo.
4. Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (en materia de servicios ambientales) Aprobado en sesión ordinaria el 1 de febrero de 2006. 5. Iniciativa que reforma el artículo 35 Bis 1, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. Aprobado en sesión ordinaria el 1 de febrero de 2006.
Enviado a la Mesa Directiva el 20 de febrero de 2006.
6. Iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (159 Bis, 159 Bis 1, 159 Bis 3, 159 Bis 4 y 159 Bis 5). Aprobado en sesión ordinaria el 1 de febrero de 2006, en sentido negativo.
Enviado a la Mesa Directiva el 20 de febrero de 2006.
7. Iniciativa que adiciona una fracción II al artículo 7 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable y una fracción II al artículo 3 de la Ley General de Vida Silvestre. Aprobado en sesión ordinaria el 1 de febrero de 2006.
Enviado a la Mesa Directiva el 20 de febrero de 2006.
8. Iniciativa que reforma el artículo 169 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. Aprobado en sesión ordinaria el 1 de febrero de 2006.
Enviado a la Mesa Directiva el 20 de febrero de 2006.
9. Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona una fracción 32 Ter al artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales. Aprobado en sesión ordinaria el 12 de septiembre de 2005.
Enviado a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos el 12 de octubre de 2005.
10. Iniciativa que reforma el artículo 53 de la Ley General de Vida Silvestre. Aprobado en sesión ordinaria el 1 de febrero de 2006.
Enviado a la Mesa Directiva el 20 de febrero de 2005.
11. Iniciativa por la que se expide la Ley de Responsabilidad Civil por el Daño y Deterioro Ambiental y se deroga el artículo 203, de la LGEEPA. Aprobado en sesión ordinaria el 1 de diciembre 2005. Se llevó a cabo la discusión y aprobación de los siguientes dictámenes a proposiciones con punto de acuerdo:

1. Proposición con punto de acuerdo, para que se exhorte a la Semarnat a que realice una evaluación de los daños al ecosistema en las costas de Acapulco.

Aprobado en sesión ordinaria el 1 de febrero de 2006. 2. Proposición con punto de acuerdo, para que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, diseñe y financie un programa especial para el rescate integral de las áreas naturales protegidas, en delegación Tlalpan, DF. Aprobado en sesión ordinaria el 1 de febrero de 2006. 3. Punto de acuerdo, en relación con el proyecto de planta de reciclaje y confinamiento de residuos peligrosos en el municipio de Chapantongo, estado de Hidalgo. Aprobada en sesión ordinaria del 19 de octubre de 2005.
Enviada a la Mesa Directiva el 29 de noviembre de 2005.
Aprobado por el Pleno el 6 de diciembre de 2005.

4. Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a las Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería, de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Ciencia y Tecnología, a cumplir con el numeral 226 del Acuerdo Nacional para el Campo, en relación con proceso de elaboración del dictamen relacionado con la minuta proyecto de decreto por la que se expide la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente modificados. Aprobado en sesión ordinaria el 1 de febrero de 2006.

Enviada a la Mesa Directiva el 15 febrero 2006. 5. Proposición con punto de acuerdo, para solicitar a la Comisión de Investigación para el daño ecológico y social generado por Pemex, considere y tome acciones pertinentes para atender la problemática social y ambiental ocasionada por Petróleos Mexicanos, en el municipio de Reforma del estado de Chiapas. Aprobado en sesión ordinaria el 12 de septiembre de 2005
Enviado a la Mesa Directiva el 12 de octubre de 2005.
Aprobado en sentido negativo.
6. Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semarnat, a realizar de inmediato los trabajos para la remediación de la zona afectada por la empresa Metaclad Corporation. Aprobada en sesión ordinaria el 19 de octubre de 2005.
Enviada a la Mesa Directiva el 29 de noviembre 2005.
Aprobado por el Pleno el 6 de diciembre de 2005.
7. Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semarnat a llevar a cabo las gestiones necesarias ante la Convención de Importancia Internacional (Ramsar), para establecer un esquema de financiamiento dirigido a la ejecución de los programas de protección y aprovechamiento sustentable del humedal "sistema lacustre de Xochimilco y San Gregorio Atlapulco", en el Distrito Federal. Aprobado en sesión ordinaria el 1 de febrero de 2006.
Enviado a la Mesa Directiva el 20 de febrero de 2006.
8. Punto de acuerdo, para solicitar a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Recursos Hidráulicos, Pesca y Alimentación, por conducto de la Comisión Nacional del Agua (CNA), de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) y de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), que informen sobre la tala inmoderada, nulas acciones de reforestación y poda drástica realizada en el municipio de Jiménez, Chihuahua. Aprobado en sesión ordinaria el 12 de septiembre de 2005.
Enviada a la Mesa Directiva el 17 de enero 2006.
Aprobado en sentido negativo.
9. Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Pesca, a la Semarnat y a la Profepa, a intervenir para solucionar los conflictos de Zihuatanejo, Guerrero, por la pesca ilegal con trasmallos y cimbras de pez vela, marlín, dorado y tortugas marinas. Aprobado en sesión ordinaria del 19 de octubre de 2005.
Enviada a la Mesa Directiva el 29 de noviembre de 2005.
Aprobado por el Pleno el 6 de diciembre de 2005.
10. Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semarnat a diseñar y desarrollar los estudios necesarios para declarar como zona de restauración ecológica al sistema lagunar Julivá-Santa Anita, en tabasco. Aprobado en sesión ordinaria el 12 de septiembre de 2005
Enviado a la Mesa Directiva el 12 de octubre de 2005.
Aprobado por el Pleno el 18 de octubre de 2005.
11. Proposición con punto de acuerdo, por el que se solicita reconstruir y habilitar el bordo de contención de la laguna en la ciénaga de Chapala. Aprobado en sesión ordinaria del 19 de octubre de 2005.
Enviada a la Mesa Directiva el 29 de noviembre de 2005.
12. Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semarnat y a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales a realizar observaciones y tomar medidas necesarias para la recuperación y mantenimiento del río Suchiate en el estado de Chiapas. Aprobado en sesión ordinaria el 12 de septiembre de 2005.
Enviado a la Mesa Directiva el 12 de octubre de 2005.
Aprobado por el Pleno el 18 de octubre de 2005.
13. Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión Ambiental Metropolitana a actualizar el programa de contingencias atmosféricas de la Zona Metropolitana del Valle de México, a fin de reducir de manera gradual y progresiva el nivel de disparo o activación. Aprobado en sesión ordinaria el 12 de septiembre de 2005.
Enviada a la Mesa Directiva el 9 de diciembre de 2005 por las dos Comisiones.
14. Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a la Conanp a establecer medidas de protección coordinadas que permitan detener las acciones ilegales de desmonte y alteración ambiental en el cerro "El Molcajete" del municipio de Zitacuaro. Aprobado en sesión ordinaria del 19 de octubre de 2005.
Enviada a la Mesa Directiva el 29 de noviembre de 2005.
Aprobado por el Pleno el 6 de diciembre de 2005.
15. Proposición con punto de acuerdo, para solicitar a diversas secretarías a revisar el incumplimiento de Pemex y sus empresas contratistas, de contar con adecuados planes de protección civil y seguridad industrial, así como realizar las investigaciones conducentes y fincar responsabilidades administrativas y penales a que haya lugar. Aprobado en sesión ordinaria el 1 de febrero de 2006. 16. Proposición con punto de acuerdo, para que se cite a comparecer al titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales para que informe las causas que originaron el incendio, la situación que guarda el siniestro y las medidas que se tomaron para combatir los incendios en el bosque de La Primavera, en el estado de Jalisco. Aprobado en sesión ordinaria el 19 de octubre de 2005.
Enviada a la Mesa Directiva el 29 de noviembre de 2005.
Aprobado por el Pleno el 6 de diciembre de 2005.
17. Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Semarnat, a través de la Profepa a investigar el daño ambiental y que finque responsabilidades por el accidente causado por la fuga de amoniaco en los ayuntamientos de Nanchital, Coatzacoalcos y Minatitlán, en el estado de Veracruz. Aprobado en sesión ordinaria el 1 de febrero de 2006.
Enviado a la Mesa Directiva el 20 de febrero de 2006.
18. Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a realizar los estudios de impacto ambiental en la zona que abarca el poblado de Santa Teresa 1ª, 2ª y 3ª secciones, y la ranchería Mundo Nuevo Arriba, en el Municipio de Juárez, en el estado de Chiapas. Aprobado en sesión ordinaria el 1 de febrero de 2006. 19. Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semarnat y a la Sagarpa a integrar en el Programa Nacional De Normalización 2005 LA NOM-CCA-002-ECOL/1993 y la NOM-015SEMARNAP-SAGAR-1997, con el objeto de que sean actualizadas. Aprobado en sesión ordinaria el 12 de septiembre de 2005.
Enviado a la Mesa Directiva el 17 de enero 2006.
Enviado a la Comisión de Agricultura y Ganadería el 12 de octubre de 2005.
20. Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular del Ejecutivo federal a instruir a diversas secretarías de Estado y a diversos gobernadores para que sus dependencias responsables de los asuntos de medio ambiente y equilibrio ecológico acaten las normas ambientales y coordinen sus acciones para hacer eficiente el ejercicio de sus funciones. Aprobado en sesión ordinaria el 12 de septiembre de 2005.
Enviado a la Comisión de Gobernación el 12 de octubre de 2005.
21. Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Presidente de la República a revisar, a través de la Semarnat, el expediente relativo a la autorización emitida por dicha Secretaría al proyecto denominado "planta de tratamiento término de todos los residuos contenidos en la NOM-052-ECOL-1993. Aprobado en sesión ordinaria el 12 de septiembre de 2005.
Enviado a la Mesa Directiva el 12 de octubre de 2005.
Aprobado por el Pleno el 18 de octubre de 2005.
22. Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a implementar un programa emergente de rescate y conservación de humedales, en zonas metropolitanas Aprobado en sesión ordinaria el 1 de febrero de 2006.
Enviado a la Mesa Directiva el 20 de febrero de 2006.
23. Proposición con punto de acuerdo para solicitar a la Profepa que verifique e inspeccione las instalaciones de la planta de Pemex Satélite Oriente. Aprobado en sesión ordinaria el 1 de febrero de 2006.
Enviado a la Mesa Directiva el 20 de febrero de 2006.
24. Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a los gobiernos de los estados de Zacatecas, Michoacán, Jalisco, Querétaro, Guanajuato, Baja California, Sonora, Chihuahua, Coahuila, Nuevo León y Tamaulipas a implementar un programa permanente de verificación vehicular. Aprobado en sesión ordinaria el 1 de febrero de 2006.
Enviado a la Mesa Directiva el 20 de febrero de 2006.
25. Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal, por conducto de la Semarnat, a realizar los estudios necesarios a efecto de que decrete área natural protegida el parque ecológico Cubitos, en Hidalgo. Aprobado en sesión ordinaria el 1 de febrero de 2006. III. Dictámenes, informes y publicaciones

a) Dictámenes que se aprobaron por unanimidad en la Comisión:

Materia: Iniciativa que reforma la fracción v del artículo 60 y el artículo 65 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Antecedentes: 1100, 22 de abril de 2004.
Diputada Jacqueline G. Argüelles Guzmán, PVEM.
Estado que guarda según la Comisión: Aprobado en sesión ordinaria el 1 de febrero de 2006. Aprobado en sentido negativo.
Materia: Iniciativa que crea la Ley General de Educación Ambiental. Comisiones conjuntas: Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Antecedentes: 1192, 29 de abril de 2004.
Diputada Jacqueline G. Argüelles Guzmán, PVEM.
Estado que guarda según la Comisión: Aprobado en lo general en sesión ordinaria el 27 de septiembre de 2005.
Estado que guarda según la Comisión: Aprobado definitivamente en sesión ordinaria el 1 de febrero de 2006.
Materia: Iniciativa con proyecto de decreto para reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Medio Ambiente. Comisión de Medio Ambiente.
Antecedentes: 318, 18 de agosto de 2004.
Diputado David Hernández Pérez, PRI.
Comisión Permanente.
Estado que guarda según la Comisión: Aprobado en sesión ordinaria el 1 de febrero de 2006.
Enviado a la Mesa Directiva el 20 de febrero de 2006.
Aprobado en sentido negativo.
Materia: Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (en materia de servicios ambientales). Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Antecedentes: 1688, 28 de septiembre de 2004.
Diputado Carlos Manuel Rovirosa, PRI.
Estado que guarda según la Comisión: Aprobado en sesión ordinaria el 1 de febrero de 2006.
Materia: Iniciativa que reforma el artículo 35 Bis 1, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Antecedentes: 2100, 9 de noviembre de2004.
Diputado Manuel Velasco Coello, PVEM.
Estado que guarda según la Comisión: Aprobado en sesión ordinaria el 1 de febrero de 2006.
Enviado a la Mesa Directiva el 20 de febrero de 2006.
Materia: Iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (159 Bis, 159 Bis 1, 159 Bis 3, 159 Bis 4 y 159 Bis 5). Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Antecedentes: 2525, 3 enero 2005.
Diputado Leonardo Álvarez Romo, PVEM.
Estado que guarda según la Comisión: Aprobado en sesión ordinaria el 1 de febrero de 2006.
Enviado a la Mesa Directiva el 20 de febrero de 2006.
Aprobado en sentido negativo
Materia: Iniciativa que adiciona una fracción II al artículo 7 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable y una fracción II al artículo 3 de la Ley General de Vida Silvestre. Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Antecedentes: 30 de marzo de 2005.
Diputado Luis Antonio González Roldán, PVEM.
Estado que guarda según la Comisión: Aprobado en sesión ordinaria el 1 de febrero de 2006.
Enviado a la Mesa Directiva el 20 de febrero de 2006.
Materia: Iniciativa que reforma el artículo 169 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Antecedentes: 3377, 6 de mayo de 2005.
Diputada Jacqueline G. Argüelles Guzmán, PVEM.
Estado que guarda según la Comisión: Aprobado en sesión ordinaria el 1 de febrero de 2006.
Enviado a la Mesa Directiva el 20 de febrero de 2006.
Materia: Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona una fracción 32 Ter al artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales. Comisiones conjuntas: Comisiones Unidas de Justicia y Derechos Humanos, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Antecedentes: 523, 26 de mayo de 2005.
Diputado Leonardo Álvarez Romo, PVEM.
Estado que guarda según la Comisión: Aprobado en sesión ordinaria el 12 de septiembre de 2005.
Enviado a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos el 12 de octubre de 2005.
Materia: Iniciativa que reforma el artículo 53 de la Ley General de Vida Silvestre. Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Antecedentes: 4218, 3de noviembre de 2005.
Diputado Luis Antonio González Roldán, PVEM.
Estado que guarda según la Comisión: Aprobado en sesión ordinaria el 1 de febrero de 2006.
Enviado a la Mesa Directiva el 20 de febrero de 2005.
Materia: Iniciativa por la que se expide la Ley de Responsabilidad Civil por el Daño y Deterioro Ambiental, y se deroga el artículo 203, de la LGEEPA. Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Antecedentes: 4489, 29 de noviembre de 2005.
Diputado Jorge Kahwagi Macari, PVEM.
Estado que guarda según la Comisión: Aprobado en sesión ordinaria el 1 de diciembre 2005.
Materia: Proposición con punto de acuerdo, para que se exhorte a la Semarnat a que realizar una evaluación de los daños al ecosistema en las costas de Acapulco. Comisiones conjuntas: Comisiones de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de Seguridad Pública y de Defensa Nacional.
Antecedentes: 228, 30 de octubre 2003.
Diputada María Ávila Serna, PVEM.
Estado que guarda según la Comisión: Aprobado en sesión ordinaria el 1 de febrero de 2006.
Materia: Proposición con punto de acuerdo, para que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, diseñe y financie un programa especial para el rescate integral de las áreas naturales protegidas, en delegación Tlalpan, DF. Comisión del Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Antecedentes: 290, 11 de noviembre de2003.
Diputada Susana Manzanares Córdova.
Estado que guarda según la Comisión: Aprobado en sesión ordinaria el 1 de febrero de 2006.
Materia: Punto de acuerdo, en relación con el proyecto de planta de reciclaje y confinamiento de residuos peligrosos en el municipio de Chapantongo, estado de Hidalgo. Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Antecedentes: 1063, 20 de abril de 2004.
Diputado José Luis Cabrera Padilla, PRD.
Estado que guarda según la Comisión: Aprobada en sesión ordinaria del 19 de octubre de 2005.
Enviada a la Mesa Directiva el 29 de noviembre de 2005.
Aprobado por el Pleno el 6 de diciembre de 2005.
Materia: Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a las Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería, de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Ciencia y Tecnología, a cumplir con el numeral 226 del Acuerdo Nacional para el Campo, en relación con el proceso de elaboración del dictamen relacionado con la minuta proyecto de decreto por la que se expide la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados. Comisiones conjuntas: Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería, de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Ciencia y Tecnología.
Antecedentes: 1698, 28 de septiembre de 2004.
Diputado Víctor Suárez Carrera, PRD.
Estado que guarda según la Comisión: Aprobado en sesión ordinaria el 1 de febrero de 2006.
Enviada a la Mesa Directiva el 15 febrero 2006.
Materia: Proposición con punto de acuerdo, para solicitar a la Comisión de Investigación para el daño ecológico y social generado por Pemex que considere y emprenda acciones pertinentes para atender la problemática social y ambiental ocasionada por Petróleos Mexicanos, en el municipio de Reforma, estado de Chiapas. Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Antecedentes: 2405, 8 de diciembre de 2004.
Diputada Maria Elena Orantes López, PRI.
Estado que guarda según la Comisión: Aprobado en sesión ordinaria el 12 de septiembre de 2005.
Enviado a la Mesa Directiva el 12 de octubre de 2005.
Aprobado en sentido negativo.
Materia: Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semarnat a realizar de inmediato los trabajos para la remediación de la zona afectada por la empresa Metaclad Corporation. Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Antecedentes: 2826, 1 de marzo de 2005.
Diputados integrantes del PVEM.
Estado que guarda según la Comisión: aprobada en sesión ordinaria el 19 de octubre de 2005.
Enviada a la Mesa Directiva el 29 de noviembre de 2005.
Aprobado por el Pleno el 6 de diciembre de 2005.
Materia: Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semarnat a llevar a cabo las gestiones necesarias ante la Convención de Importancia Internacional (Ramsar), para establecer un esquema de financiamiento dirigido a la ejecución de los programas de protección y aprovechamiento sustentable del humedal "sistema lacustre de Xochimilco y San Gregorio Atlapulco", en el Distrito Federal. Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Antecedentes: 2835, 1 de marzo de 2005.
Diputada Nancy Cárdenas Sánchez, PRD.
Estado que guarda según la Comisión: Aprobado en sesión ordinaria el 1 de febrero de 2006.
Enviado a la Mesa Directiva el 20 de febrero de 2006.
Materia: Punto de acuerdo, para solicitar a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, por conducto de la Comisión Nacional del Agua (CNA), de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) y de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), que informen sobre la tala inmoderada, nulas acciones de reforestación y poda drástica realizada en el municipio de Jiménez, Chihuahua. Comisiones conjuntas: Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería, de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Antecedentes: 3039, 1 de abril de 2006.
Diputado Jesús Aguilar Bueno, PRI.
Estado que guarda según la Comisión: Aprobado en sesión ordinaria el 12 de septiembre de 2005.
Enviada a la Mesa Directiva el 17 de enero 2006.
Aprobado en sentido negativo.
Materia: Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Pesca, a la Semarnat y a la Profepa, a intervenir para solucionar los conflictos de Zihuatanejo, Guerrero, por la pesca ilegal con trasmallos y cimbras de pez vela, marlin, dorado y tortugas marinas. Comisiones conjuntas: Comisión de Pesca, y Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Antecedentes: 3069, 6 de abril de 2006.
Diputado Jesús Martínez Álvarez, convergencia.
Estado que guarda según la Comisión: Aprobado en sesión ordinaria del 19 de octubre de 2005.
Enviada a la Mesa Directiva el 29 de noviembre de 2005.
Aprobado por el Pleno el 6 de diciembre de 2005.
Materia: Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semarnat a diseñar y desarrollar los estudios necesarios para declarar como zona de restauración ecológica el sistema lagunar Julivá-Santa Anita, en Tabasco. Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Antecedentes: 3446, 12 de mayo de 2005.
Integrantes del grupo parlamentario del PRI.
Estado que guarda según la Comisión: Aprobado en sesión ordinaria el 12 de septiembre de 2005.
Enviado a la Mesa Directiva el 12 de octubre de 2005.
Aprobado por el Pleno el 18 de octubre de 2005.
Materia: Proposición con punto de acuerdo, por el que se solicita reconstruir y habilitar el bordo de contención de la laguna en la ciénaga de Chapala. Comisiones conjuntas: Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Recursos Hidráulicos.
Antecedentes: 3396, 12 de mayo de 2005.
Diputado Miguel Amezcua Alejo, PRI.
Estado que guarda según la Comisión: Aprobado en sesión ordinaria del 19 de octubre de 2005.
Enviada a la Mesa Directiva el 29 de noviembre de 2005.
Materia: Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semarnat y a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales a realizar observaciones y tomar medidas necesarias para la recuperación y mantenimiento del río Suchiate en el estado de Chiapas. Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Antecedentes: 3428, 12 de mayo de 2005.
Diputado Roberto Aquiles Aguilar, PRI.
Estado que guarda según la Comisión: Aprobado en sesión ordinaria el 12 de septiembre de 2005.
Enviado a la Mesa Directiva el 12 de octubre de 2005.
Aprobado por el Pleno el 18 de octubre de 2005.
Materia: Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión Ambiental Metropolitana a actualizar el Programa de Contingencias Atmosféricas de la Zona Metropolitana del Valle de México, a fin de reducir de manera gradual y progresiva el nivel de disparo o activación. Comisiones conjuntas: Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Salud.
Antecedentes: 3419, 12 de mayo de 2005.
Diputado Guillermo Suárez, PAN.
Estado que guarda según la Comisión: Aprobado en sesión ordinaria el 12 de septiembre de 2005.
Enviada a la Mesa Directiva el 9 de diciembre de 2005, por las dos comisiones.
Materia: Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a la Conanp a establecer medidas de protección coordinadas que permitan detener las acciones ilegales de desmonte y alteración ambiental en el cerro El molcajete, del municipio de Zitacuaro. Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Antecedentes: 3459, 12 de mayo de 2005.
Diputado Pascual Sigala Páez, PRD.
Estado que guarda según la Comisión: Aprobado en sesión ordinaria del 19 de octubre de 2005.
Enviada a la Mesa Directiva el 29 de noviembre de 2005.
Aprobado por el Pleno el 6 de diciembre de 2005.
Materia: Proposición con punto de acuerdo, para solicitar a diversas secretarias a revisar el incumplimiento de Pemex y sus empresas contratistas, de contar con adecuados planes de protección civil y seguridad industrial, así como realizar las investigaciones conducentes y fincar responsabilidades administrativas y penales a que haya lugar. Comisiones conjuntas: Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Gobernación y de Trabajo y Previsión Social.
Antecedentes: 3472, 12 de mayo de 2005.
Diputado Francisco Carrillo Soberón, PRD.
Estado que guarda según la Comisión: Aprobado en sesión ordinaria el 1 de febrero de 2006.
Materia: Proposición con punto de acuerdo, para que se cite a comparecer al titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para que informe las causas del incendio, la situación que guarda el siniestro y las medidas que se tomaron para combatir los incendios en el bosque de la primavera en el estado de Jalisco. Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Antecedentes: 3527, 12 de mayo de 2005.
Diputado Francisco Javier Guízar Macías, PRI.
Estado que guarda según la Comisión: Aprobado en sesión ordinaria el 19 de octubre de 2005.
Enviada a la Mesa Directiva el 29 de noviembre de 2005.
Aprobado por el Pleno el 6 de diciembre de 2005.
Materia: Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Semarnat, a través de la Profepa, a investigar el daño ambiental y que finque responsabilidades por el accidente causado por la fuga de amoniaco, en los ayuntamientos de Nanchital, Coatzacoalcos y Minatitlán en el estado de Veracruz. Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Antecedentes: 3487, 12 de mayo de 2005.
Integrantes del PVEM.
Estado que guarda según la Comisión: Aprobado en sesión ordinaria el 1 de febrero de 2006.
Enviado a la Mesa Directiva el 20 de febrero de 2006.
Materia: Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a realizar los estudios de impacto ambiental en la zona que abarca el poblado de Santa Teresa 1ª, 2ª y 3ª secciones y la ranchería Mundo Nuevo Arriba, en el municipio de Juárez, en el estado de Chiapas. Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Antecedentes: 3514, 12 de mayo de 2005.
Diputada María Elena Orantes López, PRI.
Estado que guarda según la Comisión: Aprobado en sesión ordinaria el 1 de febrero de 2006.
Materia: Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semarnat y a la Sagarpa, a que integren en el Programa Nacional de Normalización 2005 la NOM-CCA-002-ECOL/1993 y la NOM-015SEMARNAP-SAGAR-1997, con el objeto de que sean actualizadas. Comisiones conjuntas: Comisiones Unidas de Medio Ambiente, y de Agricultura y Ganadería.
Antecedentes: 3470, 17 de mayo de 2005.
Diputado Francisco Javier Lara Arano, PAN.
Estado que guarda según la Comisión: Aprobada en sesión ordinaria el 12 de septiembre de 2005.
Enviada a la Mesa Directiva el 17 de enero 2006.
Enviada a la Comisión de Agricultura y Ganadería el 12 de octubre de 2005.
Materia: Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular del Ejecutivo federal a instruir a diversas secretarías de Estado y a diversos gobernadores para que sus dependencias responsables de los asuntos de medio ambiente y equilibrio ecológico acaten las normas ambientales y coordinen sus acciones para hacer eficiente el ejercicio de sus funciones. Comisiones conjuntas: Comisiones Unidas de Gobernación, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Antecedentes: 3385, 17 de mayo de 2005.
Diputado Humberto Cervantes Vega.
Diputados integrantes de la Comisión Especial de la Cuenca de Burgos.
Estado que guarda según la Comisión: Aprobado en sesión ordinaria el 12 de septiembre de 2005.
Enviado a la Comisión de Gobernación el 12 de octubre de 2005.
Materia: Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Presidente de la República para que a través de la Semarnat se revise el expediente relativo a la autorización emitida por dicha Secretaría al proyecto denominado "planta de tratamiento término de todos los residuos contenidos en la NOM. 052-ECOL-1993. Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Antecedentes: 3510, 17 de mayo de 2005.
Diputado Rogelio Franco Castán, PRD.
Estado que guarda según la Comisión: Aprobado en sesión ordinaria el 12 de septiembre de 2005.
Enviado a la Mesa Directiva el 12 de octubre de 2005.
Aprobado por el Pleno el 18 de octubre de 2005.
Materia: Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a implementar un programa emergente de rescate y conservación de humedales, en zonas metropolitanas. Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Antecedentes: 3855, 7 de septiembre de 2005.
Estado que guarda según la Comisión: Aprobado en sesión ordinaria el 1 de febrero de 2006.
Enviado a la Mesa Directiva el 20 de febrero de 2006.
Materia: Proposición con punto de acuerdo, para solicitar a la Profepa que verifique e inspeccione las instalaciones de la planta de Pemex Satélite Oriente. Antecedentes: 3918, 13 de septiembre de 2005.
Diputada Guadalupe Morales Rubio, PRD.
Estado que guarda según la Comisión: Aprobado en sesión ordinaria el 1 de febrero de 2006.
Enviado a la Mesa Directiva el 20 de febrero de 2006.
Materia: Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a los gobiernos de los estados de Zacatecas, Michoacán, Jalisco, Querétaro, Guanajuato, Baja California, Sonora, Chihuahua, Coahuila, Nuevo León y Tamaulipas a implementar un programa permanente de verificación vehicular. Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Antecedentes: 4232, 4 de noviembre de 2005.
Diputado Guillermo Velasco Rodríguez, PVEM.
Estado que guarda según la Comisión: Aprobado en sesión ordinaria el 1 de febrero de 2006.
Enviado a la Mesa Directiva el 20 de febrero de 2006.
Materia: Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal, por conducto de la Semarnat, a realizar los estudios necesarios a efecto de que decrete el parque ecológico Cubitos, en Hidalgo, como área natural protegida. Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Antecedentes: 4442, 22 de noviembre de 2005.
Diputado Cuauhtémoc Ochoa Fernández, PVEM.
Estado que guarda según la Comisión: Aprobado en sesión ordinaria el 1 de febrero de 2006.
b). Publicaciones Generadas. En este rubro se llevó acabo la publicación del informe de actividades de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales del primero y segundo años de ejercicio de la LIX Legislatura.

IV. Viajes oficiales de trabajo

Durante este periodo se realizaron las siguientes giras de trabajo:

Viaje internacional: 10, 11 y 12 de noviembre de 2005, Parlamentarios por el Hábitat, en la ciudad de Rabat, Marruecos, a dicho foro asistieron los siguientes legisladores: diputados Carlos Manuel Rovirosa Ramírez, del PRI; Francisco Javier Lara Arano, del PAN; José Luis Cabrera Padilla, del PRD, y Maximino Alejandro Fernández Ávila, del PVEM. Se participó en los foros sobre legislación para el mejor desarrollo sustentable de las actividades, asimismo se compartieron experiencias de políticas públicas ambientales, logrando con ello los objetivos planteados por la Comisión como lo fueron el compartir programas exitosos en otros países para la generación y fomento de protección y manejo de los ecosistemas, programas públicos que fomentan el uso y reciclado de elementos durante los procesos de gestión que realiza el gobierno, eficientar energías y tiempos, lo que se ve reflejado en economía de las instituciones y eficacia.

Viaje nacional: 22, 23 y 24 de febrero de 2006. Se realizó una gira de trabajo por el municipio de Perote, en el estado de Veracruz, a está gira acudieron los diputados: Jacqueline G. Argüelles Guzmán, José Luis Cabrera Padilla, Francisco Javier Lara Arano, Ernesto Alarcón Trujillo, Regina Vázquez Saut, Alfredo Bejos Nicolás, Maximino Alejandro Fernández Ávila. Se realizaron reuniones con las personas que viven en el municipio para conocer la problemática ocasionada por la instalación de granjas porcícolas en la región, asimismo se realizaron recorridos por las granjas con las personas afectadas, por otra parte se realizó un recorrido por el interior de una de las granjas para conocer el método a través del cual se realiza la producción masiva de cerdos para abasto y comercialización.

V. Reuniones con servidores públicos

- Reunión de trabajo con el doctor Adrián Fernández, director del Instituto Nacional de Ecología.
7 de septiembre de 2005.

- Comparecencia del Ing. José Luis Luege Tamargo, secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en el Palacio Legislativo.
28 de septiembre de 2005.

- Reunión de trabajo con funcionarios de la Comisión Nacional del Agua.
13 de octubre 2005.

- Reunión con el C. Luis Alberto Pazos de la Torre, director general de Banobras.
15 de febrero 2006.

Anexos

Anexo I*
Los turnos que se recibieron de la Comisión durante el periodo comprendido del 1 de septiembre de 2005 al 28 de febrero de 2006 en el siguiente orden:

a) Iniciativas
b) Minutas
c) Proposiciones con punto de acuerdo
Anexo II*
Dictámenes aprobados durante el mismo periodo
11 a iniciativas, 25 a proposiciones con punto de acuerdo
 
 








Actas
DE LA COMISIÓN DE FOMENTO COOPERATIVO Y ECONOMÍA SOCIAL, DE SU VIGÉSIMA TERCERA SESIÓN PLENARIA, EFECTUADA EL MIÉRCOLES 7 DE DICIEMBRE DE 2005

En la Ciudad de México, Distrito Federal, en el Palacio Legislativo de San Lázaro, siendo las diez horas con treinta minutos del día miércoles siete de diciembre del año dos mil cinco, en el salón E del restaurante Los Cristales de esta H. Cámara de Diputados, previo citatorio que fue hecho llegar a sus integrantes y de conformidad con la convocatoria publicada en la Gaceta Parlamentaria números 1896 y 1899 de fechas dos y siete de diciembre del año en curso, se realizó la vigésima tercera sesión plenaria de la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social de la LIX Legislatura, bajo el siguiente orden del día:

1.- Lista de asistencia y declaración del quórum

Una vez pasada la lista de asistencia, se contó con la presencia de los diputados Francisco Javier Saucedo Pérez, Presidente; Belizario Iram Herrera Solís, secretario; Francisco L. Monárrez Rincón, secretario; Concepción Olivia Castañeda Ortiz, Luis Felipe Madrigal Hernández, Javier Orozco Gómez, Sonia Rincón Chanona, Israel Tentory García.

Asimismo, se hace constar que los diputados Lino Celaya Luría, Felipe de Jesús Díaz González, José Julio González Garza y Cesar Amín González Orantes, enviaron un representante.

Una vez pasada la lista de asistencia y encontrándose presentes ocho diputadas y diputados, toda vez que actualmente la Comisión cuenta con veintinueve integrantes, en uso de la voz, el Presidente de la Comisión, menciona que no se cuenta con el quórum legal, proponiendo a los presentes, llevar acabo en este acto una reunión de trabajo e información, con el orden del día preestablecido, estando de acuerdo los presentes.

2.- Lectura y aprobación del orden del día

Una vez puesto a consideración el orden del día, el Presidente de la Comisión pregunta si existe algún comentario al respecto o, en su caso, la inclusión de otro punto al orden del día que los diputados deseen que se trate, no habiendo ningún comentario al respecto por parte de los asistentes, se aprueba el orden del día.

3.- Anteproyecto de dictamen, relativo a la minuta proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Sociedades Cooperativas, se reforman diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y se reforman diversas disposiciones de la Ley de Ahorro y Crédito Popular, misma que remitió el Senado de la República a la Cámara de Origen

El Presidente de la Comisión, en uso de la voz y remitiéndose a los acuerdos adoptados por el pleno de la Comisión en su vigésima sesión plenaria ordinaria de fecha 28 de septiembre del año en curso, concretamente para la elaboración de mesas de trabajo de discusión y análisis de la minuta de la Ley de Sociedades Cooperativas aprobada por el Senado de la República a la presentación del presente proyecto se realizaron cuatro reuniones de trabajo de trabajo y una de conclusiones, de fechas 04, 11, 18, 24 de octubre y 6 de diciembre del año en curso, todas las minutas de trabajo publicadas en la Gaceta Parlamentaria, con la participación en general de los diputados integrantes de la Comisión, Francisco Javier Saucedo Pérez, Presidente; los secretarios Juan José Barcenas González, Francisco L. Monárrez Rincón, Belizario Iram Herrera Solís, los Diputados Alfredo Rodríguez y Pacheco, Israel Tentory García así como los representantes de los diputados integrantes de la Comisión Gerardo Ulloa Pérez, Sonia Rincón Chanona, José Julio Gonzalez Garza, Gaspar Ávila Rodríguez, Concepción Olivia Castañeda Ortiz, María Concepción Fajardo Muñoz, José Alfonso Muñoz Muñoz, Lino Celaya Luria y el equipo técnico de la Comisión, es importante señalar que el proyecto de dictamen recoge todas y cada una de las observaciones realizadas por los diputados integrantes de la Comisión, mismas que se asentaron en las minutas de trabajo que sobre cada reunión se realizaron de igual manera se recibieron las sugerencias de diversos organismos comprometidos con el sector, en esencia se incluyeron todas las opiniones emitidas por los diferentes actores dentro del cooperativismo para finalmente presentar por el equipo técnico de la Comisión el presente proyecto de dictamen, solicitando al secretario técnico de lectura del mismo, que a la letra dice:

HONORABLE ASAMBLEA:

A las Comisiones Unidas de Fomento Cooperativo y Economía Social y de Gobernación, les fue turnado el oficio de fecha primero de febrero de dos mil cinco, suscrito por integrantes de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados, mediante el cual se dio cuenta del oficio de la Honorable Cámara de Senadores, con el que remite para los efectos de lo dispuesto en el inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Minuta Proyecto de Decreto por el que se expide la Ley de Sociedades Cooperativas, se reforman diversas disposiciones de la ley Orgánica de la Administración Pública Federal y se reforman diversas disposiciones de la Ley de Ahorro y Crédito Popular.

Las Comisiones Unidas de Fomento Cooperativo y Economía Social y de Gobernación son legalmente competentes para conocer del presente asunto, conforme a lo dispuesto por los artículos 39 numerales 1 y 2 fracciones XV y XVII, 45 numeral 6 inciso f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 57 y demás relativos aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, motivo por el cual someten a la consideración de esta Honorable Asamblea el siguiente:

DICTAMEN

ANTECEDENTES

PRIMERO. Con fecha tres de abril de dos mil tres, diputados integrantes de la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social de la Quincuagésima Octava Legislatura de la Honorable Cámara de Diputados suscribieron la iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley General de Sociedades Cooperativas, se reforman diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y se abroga la Ley de Sociedades de Solidaridad Social, misma que se turnó a dicha Comisión para su estudio y dictamen, el diez del mes y año señalado, mediante el oficio número D.G.P.L. 58-II-1-1407.

SEGUNDO. El veinticuatro de abril de dos mil tres se publicó en la Gaceta Parlamentaria el dictamen de primera lectura con relación al proyecto de decreto por el que expide la Ley de Sociedades Cooperativas, se reforman diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y se abroga la Ley de Sociedades de Solidaridad Social, mismo que aprobó la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social.

TERCERO. En sesión celebrada el veintiocho de abril de dos mil tres, la Honorable Cámara de Diputados aprobó por mayoría la minuta con proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Sociedades Cooperativas, se reforman diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y se abroga la Ley de Sociedades de Solidaridad Social, misma que se turnó al Senado de la República para los efectos legislativos correspondiente.

CUARTO. Mediante los oficios con número II-1108; II-1109 y II-1110, de fecha veintinueve de abril de 2003, el Senador Carlos Chaurand Arzate, informó a las Comisiones de Fomento Económico, de Gobernación y de Estudios legislativos, Primera, respectivamente, que el Senado de la República recibió la minuta proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Sociedades Cooperativas, se reforman diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y se abroga la Ley de Sociedades de Solidaridad Social, misma que se turnó para los efectos legislativo que correspondían.

QUINTO. Con fecha treinta de junio de dos mil tres, la Senadora Leticia Burgos Ochoa, Presidenta de la Comisión de Desarrollo Social solicitó la ampliación de turno de la minuta de mérito al Senador Enrique Jackson Ramírez, Presidente de la Mesa Directiva del Senado de la República, mismo que se concedió en sesión celebrada el dos de septiembre del año dos mil tres.

SEXTO. Mediante oficio número II-132, de fecha catorce de octubre de dos mil tres, el Senador Raymundo Cárdenas Hernández, Vicepresidente de la Mesa Directiva, informó al Senador Ricardo Gerardo Higuera, Presidente de la Comisión de Relaciones Exteriores, Organizaciones No Gubernamentales Internacionales, que se había ampliado el turno a su Comisión de la minuta proyecto de decreto en cuestión.

SÉPTIMO. El veintinueve de junio de dos mil cuatro, las Comisiones Unidas de Fomento Económico, de Gobernación, de Comercio y Fomento Industrial, de Estudios Legislativos, Primera, de Relaciones Exteriores, Organizaciones No Gubernamentales Internacionales y el ocho de diciembre del mismo año, la Comisión de Desarrollo Social, todas del Senado de la República, aprobaron el dictamen con proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Sociedades Cooperativas, se reforman diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y se reforman diversas disposiciones de la Ley de Ahorro y Crédito Popular, las cuales resolvieron eliminar el Artículo Tercero Transitorio de la Minuta proyecto de decreto aprobada por la Honorable Cámara de Diputados, misma que contemplaba abrogar la Ley de Sociedades de Solidaridad Social.

OCTAVO. En sesión celebrada en la Honorable Cámara de Senadores el catorce de diciembre de dos mil cuatro, se aprobó por mayoría el dictamen descrito en el punto anterior; asimismo, en la misma fecha se aprobó en votación económica la adición de la fracción IV del artículo 18 y la adición del artículo 20 A de la minuta proyecto de decreto que expide la Ley de Sociedades Cooperativas.

NOVENO. Mediante oficio número II-1219, de fecha catorce de diciembre de dos mil cuatro, suscrito por el Senador Cesar Jáuregui Robles, Presidente en turno de la Mesa Directiva del Senado de la República, remitió a la Colegisladora la minuta proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Sociedades Cooperativas, se reforman diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y se reforman diversas disposiciones de la Ley de Ahorro y Crédito Popular, para los efectos de lo dispuesto en el inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Sobre el particular, la Cámara Revisora modificó y adicionó cuarenta y siete (47) artículos, de un total de ciento siete (107) artículos de la minuta proyecto de decreto que expide la Ley de Sociedades Cooperativas, no realizó modificación ni adición alguna al proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y reformó 4 artículos del proyecto de decreto de la Ley de Ahorro y Crédito Popular.

DÉCIMO. A través de los oficios D.G.P.L. 59-II-3-1235 y D.G.P.L. 59-II-3-1236, ambos de fecha primero de febrero de dos mil cinco, diputados secretarios de la mesa directiva de la Honorable Cámara de Diputados de la quincuagésima novena legislatura, remitieron a las Comisiones Unidas de Fomento Cooperativo y Economía Social y de Gobernación la minuta proyecto de decreto señalada en el punto que antecede.

DÉCIMO PRIMERO. En fecha veintiocho de septiembre de dos mil cinco, se celebró reunión plenaria de la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social, en la que se acordó llevar a cabo reuniones de trabajo para efecto de analizar minuciosamente la minuta que remitió el Senado de la República.

DÉCIMO SEGUNDO. Con fecha cuatro de octubre de dos mil cinco, se llevó a cabo la primera reunión de trabajo, publicada en Gaceta Parlamentaria el diecisiete del mes y año mencionado, en la cual se analizaron los artículos 2, 4, 10, y 11, correspondientes a los capítulos I y II, los que modificó la Honorable Cámara de Senadores a través de la minuta en cuestión.

DÉCIMO TERCERO. Con fecha once de octubre de dos mil cinco, se celebró la segunda reunión de trabajo el la que se publicó el veinte del mes y año señalado en la Gaceta Parlamentaria, en la que se analizaron los capítulos III, IV y V, con relación a los artículos 25, 26, 27, 29, 31, 34, 35, 46, 47, 52 y 55, respecto a la minuta que envió la Cámara Revisora.

DÉCIMO CUARTO. El día dieciocho de octubre de dos mil cinco, se llevó a cabo la tercera reunión de trabajo, misma que se publicó en la Gaceta Parlamentaria el primero de noviembre del año en curso, en la que se hicieron observaciones a los artículos 58, 64, 66, 67, 70, 72, 73, 75 y 88, correspondientes a los capítulos VI, VII, y VIII, relativos a la minuta que el Senado de la República modificó.

DÉCIMO QUINTO. Con fecha veinticinco de octubre de dos mil cinco, se llevó a cabo la cuarta reunión de trabajo, publicada en la Gaceta Parlamentaria el veinticinco de noviembre del año en curso, en la cual se analizaron los artículos 91, 92, 94, 99 y 100 correspondientes a los capítulos IX, X y XI, mismos que modificó la Honorable Cámara de Senadores a través de la minuta en cuestión.

DÉCIMO SEXTO. La Presidencia de la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social, recibió ocurso el día siete de noviembre de dos mil cinco, suscrito por José Luis Ruiz Cerda, Presidente del Consejo de Administración de la "Sociedad Cooperativa Trabajadores de Pascual, S.C.L.", quien señaló entre otras cosas que: "? se observa de entrada que en la minuta desaparece o se omite la palabra "General", que desde nuestro punto de vista resta peso jurídico a dicha ley, lo que consideramos es importante que se incluya, ya que esta ley es el punto de partida para legislar en materia de economía social ?"; asimismo, realizó observaciones a los artículos 2, 4, 12, 74, 88 y 101 del proyecto de decreto que envió el Senado de la República.

DÉCIMO SÉPTIMO. El día quince de noviembre de dos mil cinco, se llevó a cabo la quinta reunión de trabajo, misma que se publicó en la Gaceta Parlamentaria el XXX de noviembre del presente año, en la que se hicieron observaciones a los artículos 101, 102 y 103, capítulo XI, relativo a la minuta con proyecto de decreto de la Ley de Sociedades Cooperativas que el Senado de la República modificó; de igual forma, se analizaron las modificaciones que realizó dicha Cámara Revisora a los artículos correspondientes al proyecto de decreto de la Ley de Ahorro y Crédito Popular y al artículo XXX transitorio de la minuta de mérito.

DÉCIMO OCTAVO. Mediante escrito de fecha quince de noviembre del año en curso, suscrito por la Unión de Cooperativas de Actividades Diversas del Distrito Federal y otras, ponen a consideración del Diputado Heliodoro Díaz Escárraga, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados, la posición con relación a la minuta proyecto de decreto por el que expide la nueva Ley de Sociedades Cooperativas aprobada por el Senado de la República.

Efectivamente, las Uniones señalan que las organizaciones de segundo nivel, uniones y federaciones de cooperativas, en los Estados de Chiapas, Sinaloa, Michoacán, Guerrero, Coahuila, Distrito Federal, Nayarit, Jalisco, Veracruz y Querétaro, manifestaron su inconformidad mediante siete escritos de fechas quince de agosto, diecinueve y veintiuno de julio, todos del año dos mil tres y a través de diversos correos electrónicos, dirigidos al Senado de la República con relación a la nueva Ley de Sociedades Cooperativas.

Lo anterior, en virtud que la Cámara de Senadores mantuvo la intención de acercar el perfil de las cooperativas a las mercantiles; además de no corregir contradicciones serias y errores de técnica legislativa y que solo consideró opiniones de organismos cúpula, sin tomar en cuenta a las bases de las cooperativas.

DÉCIMO NOVENO. Con fecha dos de diciembre de dos mil cinco, el licenciado Rafael Martínez Ponce, Presidente de la Alianza Cooperativa Nacional, A. C., presentó ocurso dirigido a los Diputados Heliodoro Díaz Escárraga, María Marcela González Salas y Preticioli, Francisco Agustín Arroyo Vieyra, María Sara Rocha Medina, Patricia Garduño Morales y Marcos Morales Torres, integrantes de la Mesa Directiva de esta Cámara de Diputados, a quienes se les solicitó tuvieran a bien recibir la comisión que se constituyó para representar los intereses del movimiento cooperativo integrado por cooperativas de diversos Estados de la República.

Al respecto, el objeto de dicha comisión fue para efecto de presentar su rechazo a la aplicación de la Ley de Ahorro y Crédito Popular y la minuta proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Sociedades Cooperativas, en virtud que la esencia de dichos marcos normativos es destruir a las sociedades cooperativas.

Además, informaron a la Mesa Directiva de la situación que vive la Cooperativa de Trabajadores Pascual, en virtud que con la sentencia que dictó la Suprema Corte de Justicia de la Nación se crea precedente en el sentido que deja por encima al derecho privado que al social, violando la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Motivo por el cual, el Movimiento Cooperativa Mexicano, a través de la Alianza Cooperativa Nacional, hace la siguiente petición: 1) detener la aprobación de la minuta con proyecto de decreto por el que expide la Ley de Sociedades Cooperativas; 2) organi1zar un proceso de consulta estatal conjuntamente con las organizaciones nacionales del sector cooperativo de ahorro y préstamo, conforme a lo establecido por la Carta Magna, y 3) Promover la iniciativa que reforma al artículo 33 de la Ley General de Sociedades Cooperativas o artículo 21 de la Ley de Sociedades Cooperativas.

VIGÉSIMO. El día XXX Las Comisiones Unidas de Fomento Cooperativo y Economía Social y de Gobernación tuvieron su pleno el

CONSIDERACIONES

PRIMERO.- Atendiendo al movimiento cooperativo mexicano, estas dictaminadoras estiman necesario hacer un recuento general con relación al sector cooperativo.

Sobre el particular, en lo que respecta al significado o trascendencia de la labor legislativa en materia de cooperativismo, conviene distinguir que una cosa es que existan leyes destinadas a las cooperativas y otra, muy diferente, es la existencia de una ley de naturaleza eminentemente cooperativa.

Desde nuestro punto de vista, una ley que se precie de ser cooperativista, sólo lo puede ser en la medida en que sus disposiciones normativas reflejen fielmente los principios, valores y prácticas asociativas y empresariales propias de las cooperativas. En este sentido, la legislación cooperativa debe verse como una expresión más de la cultura económica o empresarial de las cooperativas y no como algo ajeno, contradictorio o contrapuesto con los fines supremos que el cooperativismo como movimiento social, de cobertura internacional y de esencia profundamente humanista, debe perseguir.

Por ello, estimamos que se comete un gran error cuando al legislar en materia cooperativa se procede por el camino fácil de la simple copia de la legislación que se aplica a otras figuras asociativas, particularmente a las figuras mercantiles, vicio en el que se ha incurrido con bastante frecuencia en los últimos 20 años, concretamente en el terreno de la legislación para las cooperativas de ahorro y crédito con la aprobación de la Ley de Ahorro y Crédito Popular en abril de 2001.

Tampoco es aconsejable, trasladar mecánicamente la legislación cooperativa de otros países, aunque en dichas latitudes el cooperativismo exhiba una gran fortaleza económica y social. Definitivamente, las condiciones históricas, económicas, políticas, demográficas y sociales de cada país son distintas y también lo son las condiciones en que se desenvuelve el cooperativismo, por lo que sus necesidades, aspiraciones y demandas pueden ser radicalmente diferentes.

Así, encontramos que en la legislación cooperativa de los países altamente desarrollados normalmente se promueve la necesidad de la competencia abierta y la no sujeción o dependencia de las cooperativas respecto del estado, todo lo cual se justifica en razón del grado de desarrollo alcanzado por las empresas cooperativas, cuyo posicionamiento en el mercado les permite competir directamente con las empresas de los sectores público y privado sin ningún tipo de salvaguarda.

En cambio, en nuestros países y particularmente en México, el escaso desarrollo del movimiento cooperativo se explica, en buena medida, como producto del sistemático abandono del que han sido objeto por parte de las políticas públicas y como resultado de la existencia de un entorno económico y político absolutamente desfavorable al surgimiento y consolidación de las cooperativas por lo que, al margen de nuestros deseos personales, las condiciones objetivas en que surgen y se desarrollan las cooperativas determina que la ley en la materia deba distinguirse por un fuerte sesgo hacia el fomento y la protección. Ello, además, se justifica, como una estrategia necesaria para hacerle frente al creciente proceso de involución jurídica que se aprecia en nuestro país, en los últimos 20 años, en el sentido de reducir al mínimo o de plano eliminar los componentes sociales de la Constitución mexicana, lo que se traduce en que, a la fecha, el saldo legislativo, pueda evaluarse como desfavorable a los intereses históricos del cooperativismo.

Expresión concreta de este saldo legislativo desfavorable lo constituye el tratamiento meramente mercantil al que se pretende sujetar a las cooperativas de ahorro y crédito en los marcos de la llamada Ley de Ahorro y Crédito Popular, y la falta de compromiso social del estado mexicano, en términos de su responsabilidad en la promoción del sector social de la economía, tal como lo señala el artículo 25 de nuestra Constitución Política.

En este sentido, lo que la experiencia histórica enseña es que el mejor camino para legislar en materia de cooperativas, en el entendido de la formulación de leyes que se distingan por su indiscutible naturaleza cooperativista y que logren efectivamente recuperar las experiencias exitosas de dichas empresas sociales, no es otro que el de hacerlo de frente y con el concurso de los directamente afectados, esto es, con la participación de los cooperativistas a través de sus organismos de integración y representación. De esta suerte, no se puede acertar a emitir una legislación adecuada a las cooperativas, si no se conoce su doctrina filosófica y si se desconocen sus prácticas asociativas y empresariales, así como los factores clave de los que ha dependido su éxito como empresas no lucrativas y como asociaciones democráticas y solidarias. Todo lo cual sólo puede lograrse en estrecho contacto con las cooperativas, haciendo un esfuerzo por conocerlas desde adentro y desarrollando una especial sensibilidad para identificar sus necesidades reales, así como sus limitantes y potencialidades.

Así, partiendo del marco de referencia para el trabajo legislativo en materia de cooperativismo, esbozado líneas arriba, la pregunta que salta a la vista es la siguiente: Frente al mandato de elaborar el dictamen relativo a la Minuta con Proyecto de Decreto por el que se expide la Ley de Sociedades Cooperativas, se reforman diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y se reforman diversas disposiciones de la Ley de Ahorro y Crédito Popular aprobado por el Senado de la República, ¿Debemos simplemente aprobarlo con algunas modificaciones no sustanciales como si se tratará de un simple trámite administrativo formal o debemos tomarlo como un insumo más para la elaboración de una Ley General de Sociedades Cooperativas más acorde a la realidad económica, política y social de nuestro país y, sobre todo, más apegada a los principios, valores y prácticas empresariales y asociativas de las cooperativas mexicanas?

Erróneamente, algunos han afirmado que la minuta aprobada por el Senado de la República representa un proyecto legislativo avanzado, moderno e innovador que permitirá a las cooperativas aprovechar las oportunidades que el actual proceso de globalización de la economía mundial ofrece, por lo que debe ser aprobada sin mayores modificaciones, sometida a un período de prueba y posteriormente irle haciendo las adecuaciones o reformas que se estimen convenientes.

Frente a esta visión optimista que oculta la naturaleza mercantilista y anticooperativa de dicha minuta, cuyo contenido y orientación lleva a las cooperativas hacia la competencia abierta en el mercado, sin que exista responsabilidad social del estado; en el presente documento queremos demostrar que lejos de representar un avance, la aprobación de la minuta en sus términos, constituiría un retroceso con respecto a la Ley General de Sociedades Cooperativas de 1994, pues aunque con la minuta se intentan superar algunas lagunas o vacíos presentes en aquella ley, la forma en que se abordan los problemas no es el adecuado, por lo que las soluciones o disposiciones normativas están insuficientemente desarrolladas o inadecuadamente planteadas o estipuladas.

La minuta del Senado tampoco representa un ordenamiento jurídico innovador y actualizado respecto a la realidad actual del cooperativismo mundial, en tanto deja de lado muchos cabos sueltos y no incorpora diversas medidas legislativas que, de acuerdo con la experiencia internacional reciente, contribuirían al desarrollo y consolidación del cooperativismo mexicano.

Aunado a lo anterior, la minuta del Senado está plagada de errores de técnica legislativa y de inconsistencias formales, siendo a todas luces evidente la falta de coherencia de diversas disposiciones que es imprescindible corregir o subsanar.

Pero, al margen de estas limitaciones que tienen que ver con la forma o el enfoque, lo más importante es que de aprobarse la minuta en sus términos, se estaría aceptando que las sociedades cooperativas no son otra cosa más que una modalidad cualquiera de sociedad mercantil y que, por consiguiente, su regulación y tratamiento fiscal debe hacerse de la misma forma como se hace con cualquier otra figura mercantil, con lo que se desconoce, en los hechos, la naturaleza eminentemente social de las cooperativas y se pisotean los valores y principios que animan a este tipo de empresas sociales.

En virtud de lo anterior, el dictamen que al respecto elabore la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social no puede consistir en un simple trámite administrativo que apruebe en sus términos la minuta enviada por el Senado de la República, debido a las siguientes razones:

* Una buena parte de las disposiciones contenidas en la minuta son violatorias de los principios universales del cooperativismo, por lo que su puesta en vigor implicaría de hecho una absoluta incompatibilidad funcional con los principios cooperativos.

* No da cabida a la inclusión o creación de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo de Vínculo cerrado o exclusivo, condenando a todos los organismos financieros solidarios del país a sujetarse a las disposiciones de la Ley de Ahorro y Crédito Popular.

* De este modo, se ignora la realidad nacional al no reconocer la gran pluralidad y diversidad de condiciones en las que surgen y se desarrollan las cooperativas de ahorro y préstamo en nuestro país. Al forzarlas a adscribirse obligatoriamente a la Ley de Ahorro y Crédito Popular se les impone un tratamiento como intermediarios financieros que no corresponde con su naturaleza exclusivista y eminentemente social. Como ha sido reconocido por propios y extraños, el acceso a la LACP y el sostenimiento en ella a largo plazo resulta excesivamente caro y prácticamente imposible para las cooperativas pequeñas o medianas, particularmente las que desenvuelven su actividad empresarial en el medio rural, cancelando de hecho la posibilidad de constituir nuevos organismos financieros de naturaleza cooperativa en el futuro y dejando en manos de agentes económicos emergentes (SOFIPOS, Banco Azteca, Coopel, etc.) del sector privado el control de los mercados de las finanzas populares en México.

* En suma, la conversión de las cooperativas de ahorro y préstamo en intermediarios financieros lucrativos, representa un duro golpe al sector cooperativo en su conjunto en la medida en que se debilita a su subsector o componente mayoritario (cerca de tres millones de asociados) y el cual experimenta las mayores tasas de crecimiento y exhibe el mayor potencial de expansión en el corto plazo. Peor aún, se decreta la virtual desvinculación de la actividad financiera cooperativa respecto del resto de las actividades económicas que realizan las cooperativas de producción, consumo y servicios, con lo cual se extingue la base financiera actual y futura para el desarrollo del cooperativismo mexicano como un actor con influencia macroeconómica real.

* Aprobar la minuta en sus términos implicaría dejar de lado un conjunto de medidas legislativas importantes que podrían incidir positivamente en el desarrollo del sector cooperativo mexicano y que la experiencia internacional reciente ha ratificado como acertadas. La meta debe ser lograr elaborar un ordenamiento jurídico integral que responda no sólo a las necesidades actuales del desarrollo del sector cooperativo mexicano, sino, en la medida de lo posible, que sea capaz de prever su ulterior desarrollo durante las próximas décadas.

* Visto desde el punto de vista técnico, la minuta contiene diversos errores de técnica legislativa, de falta de coherencia y deficiencias formales que es imprescindible corregir.

* La minuta aprobada por el Senado de la República no ha sido sometida al escrutinio público. A la fecha su contenido se ha procesado o consensado en círculos limitados y cupulares en tanto que la inmensa mayoría de los socios, de las cooperativas de base y de los organismos de integración de segundo y tercer grado, han sido marginados de su discusión abierta. Al respecto conviene recordar que diversos estudios realzados en fechas recientes, entre los que pueden citarse a Rojas, 2002; UNAM, 2003 y STPS, 2004, coinciden en señalar que por término medio el 60% de los socios de las cooperativas mexicanas desconocen el contenido normativo de la LGSC de 1994, en base a lo anterior ¿Cómo puede afirmarse que el proyecto de reforma de la LGSC de 1994 ya está suficientemente consensado y goza del visto bueno de la mayor parte del sector cooperativo nacional?.

Una vez abordado el análisis de la minuta en sus aspectos más generales y esenciales, pasemos a continuación a realizar el análisis del contenido de la citada minuta atendiendo a una visión más particular, que incluirá los siguientes aspectos: a) reformas que intentan subsanar diferentes vacíos o lagunas legislativas presentes en la LGSC de 1994, pero que están insuficientemente desarrollados o inapropiadamente planteados; b) disposiciones que afectan la naturaleza social y los fines solidarios y distributivos de la riqueza de las sociedades cooperativas; c) disposiciones que atentan contra los siete principios del cooperativismo universal; d) disposiciones que contienen errores de técnica legislativa y que requieren diversas adecuaciones de carácter formal, y e) una serie de disposiciones que hace falta incluir a fin de lograr elaborar un ordenamiento jurídico que sea realmente vanguardista y, al mismo tiempo, objetivo y realista. Un ordenamiento jurídico de avanzada en el que todas las relaciones (de los socios con la cooperativa, de los socios y de las cooperativas entre sí, así como del sector cooperativo con el estado y otros agentes económicos, políticos o sociales) estén basadas en principios éticos y en la convicción de que las cooperativas más que un fin en si mismo constituyen un medio para el desarrollo, por lo que su mandato fundamental consiste en promover los intereses económicos, sociales y culturales de sus asociados y de la comunidad en la que se hallan insertas.

SEGUNDO.- Estas Comisiones Unidas determinan que antes de entrar al estudio de las adiciones y reformas que aprobó el Senado de la República respecto a la minuta proyecto de decreto en cuestión, se estima necesario hacer un balance general del expediente que nos fue turnado para su dictaminación correspondiente.

Al respecto, la iniciativa con proyecto decreto, enunciaba que se expediría la Ley General de Sociedades Cooperativas; sin embargo, el dictamen que elaboró y en su oportunidad aprobó la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social de la LVIII legislatura, eliminó en dicho proyecto la palabra "General", para quedar que se otorgaría la Ley de Sociedades Cooperativas, sin exponer en sus consideraciones el motivo por el cual se eliminaba la generalidad de la citada ley, por ello y aprobada la minuta, se remitió al órgano legislativo revisor.

Por lo anterior, la Cámara de Senadores aprobó la minuta correspondiente, eliminando en su encabezado la generalidad del marco normativo respectivo.

Ahora bien, estas dictaminadoras consideran que la razón por la que se eliminó la palabra "General" fue por un error, toda vez que en el instrumento legislativo no existió motivo ni fundamento para eliminar dicha palabra.

Por lo anterior y en virtud que del contenido de la minuta proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Sociedades Cooperativas es regular y fomentar la organización, constitución y funcionamiento de dichas sociedades, se arriba a la conclusión que es un marco normativo de carácter general.

TERCERO.- Las Comisiones Unidas de Fomento Cooperativo y Economía Social y de Gobernación, estiman conveniente analizar el dictamen correspondiente a la minuta proyecto de decreto que expide la Ley de Sociedades Cooperativas que aprobó la Cámara de Senadores en sesión plenaria de fecha catorce de diciembre de dos mil cuatro:

Sobre el particular, se transcribirán los artículos que modificó y adicionó la Cámara Revisora (lo señalado con negrita y cursiva) con relación a la minuta aprobada y los razonamientos por los cuales se hicieron dichos cambios en el dictamen respectivo.

Por lo que respecta al artículo 1 de la minuta, aunque no sufrió modificación ni adición alguna por parte del Senado de la República, estas dictaminadoras estiman necesario hacer un análisis respecto a lo que consideró la colegisladora, misma que a la letra dice:

"En el proyecto de Decreto original, anterior al Dictamen de la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social de la Cámara de Diputados, existía un segundo párrafo que señalaba:

"En lo no previsto por esta ley, se aplicará como legislación supletoria la Ley General de Sociedades Mercantiles, en lo que se oponga a la naturaleza, organización y funcionamiento de las sociedades cooperativas"

En el dictamen de esa Comisión este párrafo se elimina, fundamentando su decisión en que las sociedades cooperativas ya son reconocidas en el artículo primero de la Ley General de Sociedades Mercantiles vigente como una especie de sociedad mercantil.

En reuniones de estas Comisiones, diversas organizaciones manifestaron que lo que se indica en el artículo primero de la Ley General de Sociedades Mercantiles, parece sentencia que impide el desarrollo de un marco jurídico propio del cooperativismo, siendo que existen argumentos para legitimar y legalizar la diferenciación entre los actos cooperativos y los actos mercantiles.

Entendemos que una diferencia formal entre los actos anteriores, implicaría una diferenciación formal entre los sectores a los que pertenecen, tal sea el caso del sector social y del sector privado enmarcados en el Artículo 25 Constitucional, por lo que solutiva sería la elaboración de una Ley Reglamentaria del Artículo 25 Constitucional.

Las Comisiones consideran esta posibilidad, sin embargo se reconoce por una parte, la urgencia de legislar para la promoción del movimiento cooperativo en el país, y por la otra, la importancia sobre la elaboración de una reglamentación similar.

Por tal, y considerando que los señalamientos expresados por las diferentes organizaciones, fueron atendidos con la derogación del segundo párrafo en cuestión en el Dictamen de la Cámara de Diputados, independientemente de las razones que lo motivaron, se acepta la redacción propuesta por la legisladora."

De lo anteriormente señalado, estas dictaminadoras consideran adecuada la eliminación al segundo párrafo que establecía la supletoriedad con la Ley General de Sociedades Mercantiles, en el sentido que efectivamente las sociedades cooperativas y las mercantiles, sus actos jurídicos son distintos, en virtud que la primera de ellas, su objeto principal no es el lucro y la segunda si lo es.

Motivo por el cual, se estudiará la posibilidad de derogar a las sociedades cooperativas de una legislación mercantil, para efecto de asentar las bases jurídicas del cooperativismo, misma que se sustenta del sector social de la economía y no del sector privado, tal y como se desprende del séptimo párrafo del artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que a la letra establece:

"artículo 25

(......)

La ley establecerá los mecanismos que faciliten la organización y la expansión de la actividad económica del sector social: de los ejidos, organizaciones de trabajadores, cooperativas, comunidades, empresas que pertenezcan mayoritaria o exclusivamente a los trabajadores y, en general, de todas las formas de organización social para la producción, distribución y consumo de bienes y servicios socialmente necesarios.

(.......)"

En efecto, del citado artículo se desprende, que la ley establecerá los mecanismos que faciliten la organización y la expansión de la actividad económica del sector social y por ende del cooperativismo, estimando correcto estas dictaminadoras lo señalado por el órgano legislativo revisor, ya que por una parte, se podría apreciar que este marco normativo pueda ser reglamentario del artículo 25 de la Constitución en materia cooperativa, tal como el caso de la Ley Agraria, que en su artículo primero establece que es reglamentaria del artículo 27 constitucional en materia agraria, dando cabal cumplimiento al artículo 25 de nuestra Carta Magna.

* Con relación al artículo 2 de la minuta aprobada por la colegisladora, establece lo siguiente:

"Artículo 2. Definición de Sociedad Cooperativa.

La sociedad cooperativa es una organización social autónoma integrada por personas unidas voluntariamente con base en intereses comunes no lucrativos, de conformidad con las leyes fiscales vigentes, con el propósito de satisfacer sus necesidades y aspiraciones económicas, sociales y/o culturales, por medio de una empresa de propiedad compartida y gobernada democráticamente."

Al respecto, el Senado de la República señaló, entre otras cosas, lo siguiente: (fojas 9 y 13 del dictamen) "El espíritu de esta definición se encuentra contenido en el numeral 2 de la "Recomendación 193, Sobre la promoción de las Cooperativas" de la Organización Internacional del Trabajo, tal como se señala en la Exposición de Motivos de la ley original y en el Dictamen de la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social?

.........

El marco fiscal que en la actualidad prevé la Ley del Impuesto Sobre la Renta, artículo 95, fracciones VII, VIII y XIII, reconoce a las sociedades cooperativas como "personas morales con fines no lucrativos", Lo anterior representa beneficios fiscales para las sociedades cooperativas y por ende para sus socios, entendible por ser estas integrantes del sector social de la economía y por el contexto de su objeto social. En contrasentido, este beneficio no tiene bases para ser aplicado a cualquier figura jurídica con fines de lucro, incluso si estas figuras fuesen socios de una sociedad cooperativa.

Con base en lo anteriormente expuesto, y considerando el objeto central de la tesis del "acto cooperativo" en el ámbito internacional, estas comisiones convienen adicionar el siguiente texto (?)".

De lo anterior, se desprende que la adición que pretende el Senado de la República es importante, en virtud que establece a las sociedades cooperativas como personas morales no lucrativas, motivo por el cual, ambas Comisiones aprueban la adición que realizó el Senado de la República.

Sin embargo, las Comisiones Unidas no quieren dejar pasar, para que sea integral la adición de mérito, que sería indispensable presentar una iniciativa que excluya a éstas personas morales de la Ley General de Sociedades Mercantiles, toda vez que las sociedades que se encuentran enunciadas en dicha normatividad, buscan un fin lucrativo.

* Respecto al artículo 3 de la minuta en cuestión, señala:

Artículo 3. Valores Cooperativos

Las sociedades cooperativas se basan en los valores de autoayuda y ayuda mutua, responsabilidad, democracia, igualdad, equidad y solidaridad, y una ética fundada en la honestidad, transparencia, responsabilidad social e interés por los demás.

Al respecto, el Senado de la República consideró lo siguiente: (foja 14 del dictamen) ""El numeral 3, fracción a) de la "Recomendación 193, Sobre la Promoción de las Cooperativas" dice: (?) a) los valores cooperativos de autoayuda, responsabilidad personal, democracia, igualdad, equidad y solidaridad, y una ética fundada en la honestidad, transparencia, responsabilidad social e interés por los demás (?)

Conforme al espíritu de esta reforma, no hay razón para excluir los valores éticos que complementan la identidad de las sociedades cooperativas, independientemente de que la norma jurídica y la norma moral (aspectos doctrinales) sean distintas. Por tal, se propone adicionar al artículo propuesto?"

De la anterior descripción, se desglosa que la adición que se pretende, trata de rescatar la recomendación 193 que emitió la Organización Internacional del Trabajo (OIT) e incorporarla al marco jurídico mexicano, para efecto de alentar el desarrollo y fortalecimiento de la identidad de las cooperativas, aunque dicha adición sea subjetiva e ideológica.

En efecto, el ánimo de estas Comisiones Unidas, es rescatar el espíritu cooperativista dentro de la sociedad mexicana; motivo por el cual, se ratifica la adición que aprobó el órgano legislativo revisor.

* Por lo que respecta a la fracción IX del artículo 4, que modificó la Cámara de Senadores en su minuta, quedó como sigue:

Artículo 4. Principios Cooperativos

(........):

I - VIII (......)

IX. Promoción de la cultura ambiental sostenible, y

X. (...)

(...)

Al respecto, el Senado de la República consideró lo siguiente: (fojas 17 y 18 del dictamen) "(.....) han existido inconformidades por la eliminación del concepto plasmado en la fracción VIII del artículo 6 de la Ley General de Sociedades Cooperativas vigente, respecto a la "Promoción de la Cultura Ecológica". Si bien tal promoción podrá también enmarcarse dentro del concepto genérico de educación propuesto, estas Comisiones consideran conveniente plasmarlo categóricamente en la ley en cuestión, recordando que tal concepto esta previsto en el artículo 25 de la Carta Magna, apreciado con anterioridad.

Así, se considera adicionar una nueva y actualizada fracción IX, que recorre la actual a una fracción X, del artículo 4 en cuestión, (....)"

Estas Comisiones estiman conveniente la adición que proyecta el Senado de la República.

Asimismo, es menester señalar que en la declaración sobre la identidad cooperativa que dictó la Alianza Cooperativa Internacional (ACI) en el año mil novecientos noventa y cinco, reconoce los siguientes principios:

1. Adhesión voluntaria y abierta;
2. Gestión democrática por parte de los socios;
3. Participación económica de los socios;
4. Autonomía e independencia;
5. Educación, formación e información;
6. cooperación entre cooperativas, y
7. Interés por la comunidad.
Motivo por el cual, estas dictaminadoras consideran que estos principios establecidos por la Alianza Cooperativa Internacional son complementarios con los principios estipulados en la minuta que aprobó el Senado de la República y esta Honorable Cámara de Diputados.

* En cuanto a la adición del texto respecto al artículo 7 que aprobó el Senado de la República a través de la minuta en cuestión, el cual resultó como sigue:

Artículo 7. Actos Cooperativos

Se consideran actos cooperativos los relativos a la organización y el funcionamiento interno de las sociedades cooperativas, los realizados entre las cooperativas y sus socios o por las cooperativas entre sí, así como las actividades desarrolladas por sus organismos de integración y los actos que éstos realizan entre sí, en cumplimiento de su objeto social.

Sobre este artículo, la colegisladora consideró en el dictamen: (fojas 24 y 25) "(......) En otras palabras, el acto cooperativo es aquel que se realiza entre el asociado y su cooperativa, constituyendo un acto interno en donde ni el asociado pretende lucrar con su cooperativa, ni la cooperativa con su asociado.

Por definición, si la sociedad cooperativa no persigue fines de lucro, el acto cooperativo tampoco.

En otro aspecto y para los fines de esta ley, se considera conveniente complementar la definición del "Acto Cooperativo", previendo cubrir el espectro relativo a las actividades desarrolladas por los Organismos de Integración Cooperativa y los actos que estos organismos realizan entre sí.

Por tal, se estima conveniente añadir al texto del artículo?"

Sobre el particular, estas comisiones hacen suyas las observaciones realizadas por la Honorable Cámara de Senadores; motivo por el cual, se aprueba la adición señalada con anterioridad.

* Con relación a la adición del artículo 10 que aprobó mediante la minuta el Senado de la República, quedó como sigue:

Artículo 10. Determinación de la Simulación de Sociedades Cooperativas

La autoridad competente, evaluará la procedencia de la nulidad de pleno derecho de una sociedad por la simulación de una sociedad cooperativa, sólo en casos graves y aplicando los siguientes determinantes:

I. Incumplimiento reincidente de lo establecido por esta ley, incluyendo lo señalado por las bases constitutivas de la sociedad cooperativa;

II. Perjuicio directo o indirecto para la sociedad cooperativa por los actos financieros, económicos, mercantiles y jurídicos que la persona moral realice al tiempo de ser socio de la misma.

Respecto a esta adición, se consideró en el dictamen lo siguiente: (fojas 26 y 27) "Estas comisiones consideran importante el tema de la simulación, proponiendo reformas para la determinación de la misma y la especificación del mecanismo y elementos necesarios para la determinación de responsabilidades al interior de la sociedad cooperativa.

Es por tal, considerar la prudencia de establecer en este dictamen, una reglamentación precautoria para la participación sana de personas morales en las sociedades cooperativas.

Para que una sociedad se haga merecedora de nulo derecho por la simulación de una sociedad cooperativa, aplicarán de manera condicionada los siguientes criterios:

I. Incumplimiento reincidente de lo establecido por esta ley, incluyendo lo señalado por las bases constitutivas de la sociedad cooperativa;

II. Perjuicio directo o indirecto para la sociedad cooperativa por los actos financieros, económicos, mercantiles y jurídicos que la persona moral realice al tiempo de ser socio de la misma.

Por tal, se considera conveniente adicionar en el sentido anterior un nuevo artículo 10, que recorre la numeración en el Dictamen, titulado (.....)"

De lo anterior, se desprende que el Senado de la República no es claro a lo que pretende, toda vez que existe diferencia entre las nulidades absoluta, relativa y de pleno derecho, ya que las primeras deberán ser declaradas por autoridad judicial previo el procedimiento formal correspondiente y la segunda opera por el simple hecho de encontrarse dentro del supuesto de la norma, motivo por el cual, la minuta confunde ambos términos, es decir, sí la autoridad evalúa la procedencia de la nulidad de una sociedad por simulación, correspondería una nulidad absoluta y no de pleno derecho.

Para consolidar lo anterior, se sustenta en la jurispridencia con número de registro: 217,856; Octava Época; Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito; Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación; Tomo: 59, Noviembre de 1992; Tesis: VI.2o. J/222; Página: 67, que a la letra señala:

"NULIDAD. NO EXISTE DE PLENO DERECHO. Si no hay disposiciones expresas en las leyes y para los casos que ellas comprendan, nuestra legislación no autoriza que se reconozca la existencia de nulidades de pleno derecho, sino que las nulidades deben ser declaradas por la autoridad judicial, en todos los casos, y previo el procedimiento formal correspondiente."

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.

Amparo en revisión 532/91. Javier Ramírez Maldonado y otro. 26 de noviembre de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: José Galván Rojas. Secretario: Armando Cortés Galván.

Amparo en revisión 63/92. Ambrosio Saloma García. 11 de febrero de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: José Galván Rojas. Secretario: Armando Cortés Galván.

Amparo directo 72/92. Salvador Macías Acevedo. 11 de marzo de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: Humberto Schettino Reyna.

Amparo directo 208/92. Gregoria Morales Aguilar. 29 de mayo de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: Humberto Schettino Reyna.

Amparo en revisión 262/92. Santiago Morales Osorno. 10 de septiembre de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: José Galván Rojas. Secretario: Armando Cortés Galván.

De igual forma, sirve de apoyo la tesis jurisprudencial con número de registro: 340,179; Materia(s):Civil; Quinta Época; Instancia: Tercera Sala; Fuente: Semanario Judicial de la Federación; Tomo: CXXIV; Tesis: Página: 1316, "NULIDAD DE PLENO DERECHO. La legislación mexicana no autoriza que se reconozca la existencia de nulidades de pleno derecho, sino que las nulidades deben ser declaradas por la autoridad judicial."

Amparo civil directo 3927/54. Iturbe Francisco F. de. 30 de junio de 1955. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Gabriel García Rojas no votó por las razones que constan en el acta del día. Relator: Mariano Ramírez Vázquez.

En este sentido, la nulidad que declare el poder judicial traerá como consecuencia la invalidez del acto constitutivo de una sociedad cooperativa que simuló actividades; siendo que dicha sociedad es una persona jurídica que nace a través de su constitución, por lo que no puede declararse nula, ya que la nulidad alcanza a los actos jurídicos, no a las personas.

En efecto, el acto constitutivo de una sociedad da lugar a la creación de una persona jurídica y ésta celebra actos con terceros que traen consecuencias similares, por lo que si se declara la nulidad de una sociedad, implicaría declarar que terceros no contrataron con dicha sociedad.

Por otra parte, estas comisiones no quieren dejar pasar por desapercibido el artículo 9 de la minuta en cuestión, sin que sea motivo de discusión del presente dictamen, mismo que se encuentra relacionado con el artículo 10 de la minuta, ya que establece que las sociedades cooperativas que simulen funcionar como tal, con el objeto de eludir responsabilidades y exigencias de otras disposiciones legales o para engañar a sus socios o a terceros con ánimo de obtener ventajas, "serán nulas de pleno derecho."

Al respecto, con relación a que dichas sociedades quieran evitar responsabilidades a otras disposiciones legales, la Ley del Impuesto sobre la Renta establece hipótesis normativas respecto a la simulación y con relación a querer engañar a sus socios o a terceros, serán éstos que formulen demanda ante la autoridad judicial para que sea ésta la que declare la nulidad de actos jurídicos, no a la sociedad, en razón de lo expresado en párrafos que anteceden, en virtud que no podrá ser de pleno derecho como lo establece dicho precepto o denunciar ante el Ministerio Público por la comisión de algún tipo penal, de quien o quienes celebraron actos jurídicos, por lo que en su oportunidad se deberá presentar iniciativa que reforme el citado artículo 9 de la minuta.

Efectivamente, la simulación puede considerarse como causa de inexistencia por falta de consentimiento sobre un objeto real, adecuado, sin que éste signifique que, en todo caso, puedan invocar los fingidores la simulación del acto respectivo, ya que deben distinguirse tres situaciones diversas: a) la simulación opuesta entre las partes que han simulado el acto; b) la misma simulación, cuando la hacen valer los terceros perjudicados o el Ministerio Público y c) el caso que también puede presentarse, en que los simuladores opongan la simulación a los terceros.

Sobre el particular, la primera y última hipótesis no cabria la posibilidad de poder hacerse valer ante cualquier autoridad, en virtud que existe dolo por parte de quien simule el acto, por lo que en el segundo supuesto la norma jurídica debería expresar esa facultad a los terceros para poder ejercitar ante la autoridad competente cualquier acción para que declare la nulidad del acto simulado, siempre y cuando exista una afectación directa.

Sirve de sustento la tesis jurisprudencial con número de registro: 356,626; Tesis aislada; Materia(s):Civil; Quinta Época; Instancia: Tercera Sala; Fuente: Semanario Judicial de la Federación; Tomo: LVII; Tesis: Página: 2800, misma que señala lo siguiente:

"SIMULACION EN EL DERECHO MEXICANO. La interpretación de nuestra ley, en todo lo relativo a la simulación de los contratos, debe inspirarse en la doctrina de los autores italianos, y de ninguna manera en la doctrina francesa, que ni siquiera admite la simulación como causa de nulidad de las obligaciones. En nuestro Código Civil, la simulación puede considerarse como causa de inexistencia del contrato simulado, por falta de consentimiento sobre un objeto real, adecuado, sin que éste signifique que, en todo caso, puedan invocar los simuladores la simulación del contrato respectivo, ya que deben distinguirse tres situaciones diversas: la simulación opuesta entre las partes que han simulado el acto; la misma simulación, cuando la hacen valer los terceros perjudicados o el Ministerio Público, y el caso que también puede presentarse, en que los simuladores opongan la simulación a los terceros. En el primer supuesto, no cabe alegar que la parte que opone la simulación a su contratante, aprovecha su propio dolo, pues entre los simuladores no puede decirse que hay dolo, ya que no se engañan ni se mantienen en el error mediante el acto simulado, sino que con pleno conocimiento fingen o simulan tal acto; en el segundo caso, también procede la simulación, puesto que la ley expresamente ha facultado a los terceros para ejercitar la acción tendiente a la anulación de un acto simulado que los perjudique; y finalmente, en el último supuesto, los simuladores no pueden oponer la simulación a los terceros, porque con relación a ellos, sí cabe considerar que han procedido con dolo, y sabido es que nadie puede invocar en derecho, su propia falta."

Amparo civil directo 722/37. Begdadi Moisés. 12 de septiembre de 1938. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Luis Bazdresch. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Por todo lo anteriormente expuesto, estas comisiones arriban a la conclusión de reprobar la adición del artículo 10 que proyectó el Senado de la República, ya que con ésta se podría dejar en completo estado de indefensión a los socios de las sociedades cooperativas o a los terceros que celebraron actos jurídicos con la sociedad; motivo por el cual, la minuta con proyecto de decreto deberá recorrer la numeración correspondiente.

* Ahora bien, relativo a la adición del artículo 11 de la minuta en cuestión, misma que aprobó la Colegisladora, mediante la siguiente composición:

Artículo 11. Constitución

La constitución de la sociedad cooperativa deberá realizarse cuando menos por cinco personas físicas, para las sociedades cooperativas de consumidores será de diez personas cuando éstas no comprueben que en su mayoría estarían integradas por jefes de familia, mediante la suscripción de un acta constitutiva que será ratificada ante fedatario público o ante jueces de primera instancia del fuero común, presidente, secretario o delegado municipal, o jefes delegacionales en el caso del Distrito Federal, los que deberán informar al organismo de integración de mayor representación en la localidad correspondiente sobre esta constitución.

El acta constitutiva contendrá:

I. - VII. (......)

Los socios fundadores deberán acreditar su identidad y ratificar su voluntad de constituir la sociedad cooperativa y de ser suyas las firmas o las huellas digitales que obren en el acta constitutiva, ante la autoridad a través de la cual se haya constituido la sociedad cooperativa conforme a lo establecido en el artículo 11 de esta ley.

De la anterior reforma que sufrió este precepto legal, el Senado de la República consideró lo siguiente: (fojas 28, 29, 30 y 31) "En segundo término, en la iniciativa se establece que serán los notarios y corredores públicos los que podrán intervenir en la constitución de las sociedades cooperativas y sus organismos de integración, dejando de lado a los jueces de primera instancia del fuero común, presidente, secretario o delegado municipal?

(.....) Lo cual no es del todo apreciado principalmente por pequeñas sociedades cooperativas del interior del país, que ante los escasos recursos para constituirse, debieron acudir a alguna de las instancias eliminadas.

(.....)

(....) estas Comisiones propondrán reformas? considerando que la conformación de sociedades cooperativas de pequeño tamaño y con impacto esencialmente local se vería desincentivada si se limita la ratificación del acta constitutiva solo ante fedatarios públicos, estas comisiones convienen en mantener la participación de los jueces de distrito de primera instancia del fueron común, y del presidente, secretario o delegado municipal en este acto, solo si en la localidad de origen no existiese fedatario público, o si la sociedad por conformar no tuviese la capacidad financiera para absorber los costos de constitución relativos al transporte y al pago de la ratificación ante el fedatario público, para lo que habrán de constituirse ante los agentes contemplados que deberán informar a el organismo de integración correspondiente sobre la conformación de una sociedad con estas características?".

De lo anterior, estas comisiones unidas se adhieren a los razonamientos expresados por la colegisladora, en el sentido de que la intención y objeto principal de este precepto legal, es fomentar que se constituyan sociedades cooperativas dentro de la República mexicana, en la que muchas de éstas iniciarán con escasos recursos para la operación de su organización social, por lo que se deberán dar opciones para su constitución sin que genere costo para su constitución.

Sin embargo, la redacción que propone el órgano revisor a través de la minuta, es incorrecta, toda vez que la suscripción del acta correspondiente no podrá ser ratificada por jueces de primera instancia del fuero común, en virtud que éstos no se encuentran envestidos de fe pública, empero si los secretarios de acuerdos quienes se encuentran facultados para poder actuar a través de la instauración del procedimiento correspondiente; siendo para el caso en particular, que los socios puedan ratificar el acta constitutiva de la sociedad, mediante la petición de jurisdicción voluntaria ante los tribunales superiores de justicia de cada Entidad Federativa, que comprende esencialmente que todos los actos en que por disposición de la ley o por solicitud de los interesados, se requiera de la intervención del órgano judicial.

Además, si se modifica la redacción propuesta por el senado, cabría la posibilidad de ampliar la facultad para que conozcan los jueces de paz y/o jueces mixtos de paz, según corresponda, que se encuentran jurisdiccionalmente divididos en cada Entidad federativa y se cumpliría con el propósito que pretende el Senado de la República.

De igual forma, es importante precisar que el término "jefes delegacionales para el caso del Distrito Federal" no se encuentra contemplado en nuestra Carta Magna, en virtud que la fracción II, Base Tercera, del artículo 122, establece que la organización de la administración pública local en el Distrito Federal, corresponderá a los órganos políticos-administrativos en cada una de las demarcaciones territoriales en que se divida.

Motivo por el cual, no es factible considerar un término que no establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ya que estaríamos adicionando un término inexistente al proyecto de decreto en cuestión; además de violar normas de carácter local que regulan la organización interna de la administración pública del Distrito Federal.

Por lo anteriormente expuesto, las dictaminadoras desaprueban la redacción que pretende el Senado de la República en la adición en cuestión; por lo que estas comisiones unidas de esta legislatura, plantean la siguiente redacción:

"(.....); mediante la suscripción de un acta constitutiva que será ratificada ante fedatario público o mediante petición a los tribunales superiores de justicia de cada Entidad Federativa que corresponda, vía jurisdicción voluntaria; presidente, secretario o delegado municipal o los titulares de los órganos político-administrativos del Distrito Federal, (?)" Por otra parte y siguiendo con el análisis del artículo 11 de la minuta, en la parte final del último párrafo de dicho artículo, establece lo siguiente: "... conforme a lo establecido en el artículo 11 de esta ley.", debiendo decir: "conforme a lo establecido en este artículo"; por lo que estas dictaminadoras consideran fue un error de forma, por lo que lo modifican sin cambiar el sentido del artículo.

* Por lo que respecta a la adición del artículo 12 de la minuta de mérito, misma que aprobó el Senado de la República a través de la siguiente redacción:

Artículo 12. Socios

(.....)

La participación de los socios extranjeros se sujetará a lo señalado en la Ley de Inversión Extranjera, además de que deberán cumplir con lo preceptuado en la fracción I del Artículo 27 Constitucional.

De la anterior adición que sufrió este precepto legal, el Senado de la República consideró lo siguiente: (foja 32) "(......)

Sin embargo, por la importancia de esta participación, estas Comisiones Unidas consideran esencial plasmar en la ley una remisión directa a una regulación básica y vigente, agregando un párrafo último al artículo 11 de la ley en minuta (artículo 12 del dictamen), que se leería:".

Estas dictaminadoras consideran adecuada la adición que pretende la colegisladora, motivo por el cual, se ratifica dicha adición.

* En cuanto al artículo 13 de la minuta en estudio, se modificó lo siguiente:

Artículo 13. Registro y Publicidad

Las sociedades cooperativas deberán inscribirse en el Registro Público de Comercio que corresponda a su domicilio social, así como las modificaciones a sus bases constitutivas.

(.......)

(......) la ratificación de la constitución de la misma ante la autoridad correspondiente, conforme a lo establecido en el artículo 11 de esta ley, cualquier socio podrá demandar dicho registro vía jurisdicción voluntaria.

De la anterior adición, el órgano legislativo revisor consideró lo siguiente: (fojas 33 y 34) "....artículo 1° del Reglamento del Registro Público de Comercio se señala: .....

En el Registro Público de Comercio se inscriben todos los actos mercantiles, así como aquellos que se relacionan con las sociedades mercantiles y los comerciantes, que conforme a la legislación sea obligatoria.

En la redacción del artículo 12 de la ley en minuta (artículo 13 en Dictamen), estas Comisiones consideran conveniente añadir el siguiente texto dentro de su párrafo primero, con el objeto de complementar acorde con la actual legislación de registro mercantil y con el artículo 16 de esta ley en minuta comentada (artículo 17 en dictamen)".

Al respecto, única y exclusivamente se consideró con relación a la adición del párrafo primero del citado artículo, en el sentido que todas las sociedades mercantiles deberán registrar todos sus hechos o actos jurídicos en el registro público, a razón del artículo 1° del Reglamento del Registro Público de Comercio, sin señalar que Entidad Federativa corresponde, ya que los registros públicos se encuentran ubicados en todos los Estados de la República, con legislación propia.

Sin embargo, estas comisiones unidas consideran, que el motivo por el cual deberán estar inscritas las modificaciones de las bases constitutivas de las sociedades cooperativas en el registro público, es porque los hechos o actos jurídicos que celebren podrán afectar a los propios socios o a terceros, dando certeza legal de las actuaciones de dichas sociedades dicho registro.

Razón por la cual, se aprueba la adición que realizó el Senado de la República; de igual forma, se aprueba la modificación que hizo al último párrafo, en virtud de ser complementaria.

* Relativo al artículo 25 de la minuta en cuestión, quedó como sigue: (foja 40)

Artículo 25. Obligaciones

Los socios tendrán las siguientes obligaciones:

I. Respetar y practicar lo señalado en el artículo 3º de esta ley;

II-VII (.......)

VII. Apegarse a las Bases Constitutivas de la Sociedad Cooperativa, y

VIII. Observar las demás obligaciones sociales, económicas y de trabajo que establece esta Ley.

Sobre las adiciones que realizó la Cámara de Senadores, consideró lo siguiente: "Estas Comisiones, enmarcando el espíritu del artículo 3° de esta normatividad y del propio dictamen, proponen añadir una fracción I que recorre en una unidad el actual fraccionamiento?

Independientemente de que dentro del contenido de las bases constitutivas (artículo 16 de la ley dictaminada, fracción VI, ya se señale necesario, el integrar los valores y principios cooperativos contenidos en esta ley.

Asimismo, se señaló como necesario expresar como obligación de los socios, cumplir con el contenido de las bases constitutivas. En este dictamen, se estima necesario dividir la fracción VI, ahora fracción VII de este artículo en el siguiente sentido?"

Al respecto, la adición respecto a la fracción I del precepto en análisis, se considera adecuada, por lo que se aprueba la misma.

Por lo que respecta a la fracción VII de dicha norma jurídica, se deberá incluir como obligación la asistencia de los socios a la Asamblea General.

Motivo por el cual, estas dictaminadoras proponen adicionar en la fracción VII de dicho precepto legal lo siguiente:

VII. Apegarse a las Bases Constitutivas de la Sociedad Cooperativa, misma que contendrá la obligación de los socios para que asistan a la Asamblea General. Por lo anterior, se aprueba la adición del Senado de la República, siempre y cuando se tome en consideración la presente adición.

En cuanto a la fracción VIII, del precepto en análisis, la palabra "observar" no obliga, en virtud que la relación de vínculo o de tensión para conseguir un fin económico-social, determinada por las partes y cuyo objeto es dar, hacer o no hacer alguna cosa, por lo que se deberá sustituir la palabra observar por "cumplir", por lo que se rechaza la adición que pretende la colegisladora.

* Con relación al artículo 26 de la minuta que aprobó el órgano legislativo revisor, se estableció la adición que a la letra dice:

Artículo 26. Causas de Exclusión de un Socio

Las causas de exclusión de un socio enmarcadas en las bases constitutivas de la sociedad, tomarán en consideración, por lo menos, los siguientes motivos:

I. Por desempeñar sus labores sin cumplir con los parámetros que la sociedad define;

II. Incumplimiento en forma reiterada a cualquiera de sus obligaciones establecidas en el artículo 25 de esta ley;

Por infringir en forma reiterada las disposiciones de esta ley o del reglamento de la sociedad cooperativa, las resoluciones de la Asamblea General o los acuerdos del Consejo de Administración o de sus gerentes o comisionados.

Al respecto, el Senado de la República consideró lo siguiente en el dictamen de mérito: (fojas 41, 42) "En la minuta, se deja abierta, como parte del contenido de las bases constitutivas o como decisión de la Asamblea Ordinaria, esta normatividad a criterio de las sociedades cooperativas.

Esta delimitación faltante podría generar importantes controversias al interior de la sociedad cooperativa.

En el actual artículo 38 de la Ley General de Sociedades Cooperativas se señala que: .....

Adicionalmente, en el primer párrafo del artículo 25 comentado se señala: .......

......Estas Comisiones consideran prudente conservar a manera de guión, lo señalado en el artículo 38 de la ley vigente en el siguiente sentido: .....

Siendo lo anterior un nuevo artículo 26 titulado "Causas de Exclusión de un Socio", que recorre el propuesto en la minuta a un artículo 27 en el dictamen.

De la anterior consideración, se desprende que efectivamente lo que había aprobado la Cámara de Diputados de la LVIII legislatura, no contempla hipótesis por las que se excluya a los socios de las sociedades cooperativas, por lo que se les dejaría en completo estado de indefensión, en virtud que era discrecional la toma de decisión para la exclusión.

Efectivamente, la colegisladora retoma las hipótesis establecidas en el artículo 38 de la ley vigente para plasmarlas en la minuta en estudio, eliminando sus dos últimos párrafos que contemplan el proceso de exclusión.

Sin embargo, el artículo 27 de la minuta en cuestión, sin que sea motivo de aprobación o rechazo de este precepto, establece una incongruencia, en virtud que la decisión de suspensión o exclusión estará a cargo del órgano de administración y ratificada por la asamblea general, empero surtirá sus efectos desde el momento mismo en que dicho órgano de administración determine dicha suspensión o exclusión sin que la asamblea general haya ratificado la decisión del órgano de administración, es decir, si la Asamblea no ratifica la decisión, surtió sus efectos la determinación de dicho órgano.

En efecto, el órgano de administración es juez y parte para que el socio manifieste por escrito su inconformidad respecto a la decisión de suspensión o exclusión, debiendo ser otro órgano de la sociedad el que conozca del asunto para que determine la procedencia o no de la decisión del órgano de administración.

Por lo anterior, se pone a consideración del Senado de la República rectifique en modificar el artículo 27 de la minuta, en virtud que esta Cámara de Diputados no tiene facultades legales en esta etapa del procedimiento legislativo para modificar este precepto legal.

Ahora bien, regresando al análisis del artículo 26 de la minuta, en donde establece "sin cumplir con los parámetros que la sociedad define", en primer lugar, el significado de parámetro corresponde a la variable que sirve para identificar ciertos elementos mediante un valor numérico y en el supuesto sin conceder que se enuncie así, cuales son esos parámetros, además, en segundo lugar, la sociedad no define, enuncia hipótesis normativas que deben cumplir los socios.

Siguiendo con el análisis de dicho norma jurídica, donde establece "en forma reiterada", esta frase establece que un socio podrá incumplir en más de dos ocasiones, siendo lo idóneo que única y exclusivamente se establezca la reincidencia en el incumplimiento de alguna obligación.

De lo anterior, se desprende que la redacción que propone el órgano legislativo revisor no es adecuada, por lo que se reprueba el artículo 26, proponiendo la siguiente redacción.

Artículo 26. Causas de Exclusión de un Socio

Las causas de exclusión de un socio enmarcadas en las bases constitutivas de la sociedad, tomarán en consideración, por lo menos, los siguientes motivos:

I. Por desempeñar sus labores sin cumplir con los ordenamientos que la sociedad establezca;

II. Reincidir en el incumplimiento a cualquiera de sus obligaciones establecidas en el artículo 25 de esta ley;

III. Por infringir en forma reiterada las disposiciones de esta ley o del reglamento de la sociedad cooperativa, las resoluciones de la Asamblea General o los acuerdos del Consejo de Administración o de sus gerentes o comisionados.

* Por lo que respecta al artículo 29 de la minuta en análisis, con relación a su último párrafo, en donde estable: "Artículo 29. Trabajadores

(.....)

La relación entre las sociedades cooperativas y sus trabajadores asalariados no socios estará sujeta a la legislación laboral. Para los efectos del reparto de utilidades a estos trabajadores, previsto en la legislación laboral, los rendimientos de las sociedades cooperativas serán considerados como utilidades.

El Senado de la República, llegó a la siguiente consideración para añadir lo anteriormente asentado: (foja 43 del dictamen) "Organizaciones diversas han coincidido sobre la incompatibilidad del concepto de utilidades con el cooperativismo, pues se habla de excedentes al ser empresas no lucrativas.

Estas Comisiones, sin embargo, consideran adecuada la relación propuesta entre las sociedades cooperativas y sus trabajadores asalariados con la respectiva determinación de utilidades amparada por la legislación laboral, que tiene repercusiones directas en materia de captación de impuestos para el Erario Público.

Se considera prudente distinguir en beneficio de las sociedades cooperativas entre los sólo asalariados de la sociedad cooperativa para los que el sentido del párrafo en cuestión quedaría igual, y los trabajadores asalariados convertidos en socios para los que se aplicaría la facultad de la sociedad cooperativa para la determinación de rendimientos y pérdidas con base en esta ley dictaminada (fracción XXII del artículo 16 del "Contenido de las bases Constitutivas"; fracción VII del artículo 24 "Derechos"; fracción VIII del artículo 35 "Asamblea General Ordinaria").

Añadiendo entonces al párrafo en cuestión las frases "no socios" y "a estos trabajadores", quedando (.....)"

Sobre el particular, estas comisiones se adhieren a las consideraciones de la colegisladora, en el sentido de que efectivamente existen trabajadores asalariados no socios, quienes según lo establecido por los artículos 2, 3, 122 y 127 de la Ley Federal del Trabajo, señalan que las normas de trabajo tienden a conseguir el equilibrio y la justicia social en las relaciones entre trabajadores y patrones, ya que el trabajo es un derecho y un deber social y quien lo ejerce tiene derecho a recibir, entre otros, el reparto de utilidades a través de diversas hipótesis.

Motivo por el cual, se considera bueno hacer la diferencia entre los trabajadores asalariados no socios con los trabajadores socios, en virtud que los primeros deberán recibir una prestación contemplada en la legislación laboral, puesto que se trata del marco jurídico aplicable para los trabajadores.

Por lo anteriormente señalado, se considera viable la adición que aprobó el Senado de la República.

* Con relación al artículo 31 de la minuta en estudio, quedó como sigue:

Artículo 31. Asamblea General

(.....)

La Asamblea General de socios podrá ser ordinaria o extraordinaria. Ambas se celebrarán en la localidad contemplada como domicilio social y solo podrán llevarse a cabo en un lugar distinto si así lo solicitan dos terceras partes de los socios conforme al procedimiento establecido en el párrafo tercero del artículo 33 de esta ley, o en caso fortuito o de fuerza mayor.

Por la adición que aprobó el Senado, se consideró lo siguiente: (foja 44 del dictamen) "No debe obligarse a las cooperativas por organizar sus asambleas "en la localidad contemplada como domicilio social" señalando que sin este requisito serían nulas.

Tal sede debe de marcarse en todo caso por los socios de la sociedad cooperativa, de acuerdo con sus posibilidades y necesidades. No obstante y con el objeto de hacer más ordenado el establecimiento de una sede formal para la realización de una Asamblea General, se pretende una modificación en el siguiente sentido: (........)"

Sobre el particular, estas dictaminadoras estiman correcto que la celebración de las asambleas generales podrán llevarse a cabo en la localidad contemplada en el domicilio social, ya que podrán desarrollarse cerca de éste y en la zona, siendo adecuado establecer candados para que no se celebren fuera de la localidad, ya que podría acarrear vicios de difícil reparación, en el sentido de que para dicho supuesto (lugar distinto) será a petición de las dos terceras partes de los socios que integren la sociedad cooperativa.

Sin embargo, estas dictaminadoras razonamos en el sentido de que es un exceso qua dicha petición sea por las dos terceras partes, en virtud que la mayoría deberá ser simple, es decir, el cincuenta por ciento más uno; sino complicaría la vida interna de la sociedad cooperativa para convocar fuera de su localidad, siendo que el artículo 33 de la minuta, establece que será el órgano de administración que convoque sin la necesidad de poner a consideración de la asamblea (dentro de la localidad).

Por lo anterior, se arriba a la conclusión que se desaprueba la adición que pretende el Senado de la República; sin embargo, con el ánimo de no obstaculizar la decisión de la colegisladora, se pone a consideración la siguiente redacción, misma que reduciría el número de socios para hacer la petición correspondiente:

Artículo 31. Asamblea General

(......)

La Asamblea General de socios podrá ser ordinaria o extraordinaria. Ambas se celebrarán en la localidad contemplada como domicilio social y solo podrán llevarse a cabo en un lugar distinto si así lo solicita el quórum de los socios conforme al procedimiento establecido en el párrafo tercero del artículo 33 de esta ley, o en caso fortuito o de fuerza mayor.

* Por lo que respecta al artículo 34 de la minuta proyecto de decreto, relacionado con los artículos 16 fracción XVI y 47 fracción III, de los que a la letra señalan: Artículo 34. Presidente y Secretario de la Asamblea General

Los cargos de Presidente y Secretario de la Asamblea General serán designados por los socios conforme a lo establecido en sus bases constitutivas.

Cualquier modificación al precepto anterior implicará acuerdo previo, entre los socios presentes, a la realización de la Asamblea General. De no existir tal, el Presidente del Órgano de Administración será quien presida.

Artículo 16. Contenido de las Bases Constitutivas

XVI. Organización y funcionamiento del Órgano de Administración, del Órgano de Vigilancia y de la Asamblea General;

Artículo 47. Funciones del Órgano de Administración

El órgano de Administración tendrá, entre otras, las siguientes funciones que podrá ejercer directamente o en forma delegada:

III. Organizar, convocar y en su caso presidir, por conducto de su Presidente, la Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria;

Sobre las adiciones que aprobó el Senado de la República, se consideró lo siguiente: (fojas 45 y 46) "(......) se corre el riesgo de provocar desorden desde la instalación de la Asamblea General. Para evitarlo se proponen las siguientes reformas para establecer quiénes presidirán o dirigirán la Asamblea General bajo los cargos de Presidente y Secretario de la misma, dando preferencia al Órgano de Administración establecido y previamente aprobado por los socios.

Artículo 16. Contenido de las Bases Constitutivas (.......)

El artículo 32 de la ley en minuta (artículo 34 del dictamen) quedaría: (......)

Complementando:

Artículo 47. Funciones del Órgano de Administración (......)"

Al respecto, estas dictaminadoras consideran indispensable señalar con relación al segundo párrafo del artículo 34 de la minuta, donde establece: "cualquier modificación al precepto anterior indicará acuerdo previo", siendo que el primer párrafo se refiere a las bases constitutivas que designen los cargos correspondientes, por lo tanto, el Senado de la República con la adición que pretendió no es clara, en virtud que no se sabe si se refiere a las bases constitutivas y/o a los cargos; además, señala "acuerdo previo", cuando éste supuesto se refiere a que sea antes de que se celebre la asamblea, por lo que de igual forma se deja un vacío legal al precepto analizado.

Además, se estima con la consideración del órgano legislativo revisor, que no se corre ningún tipo de riesgo, ni se provocaría desorden para la instalación de la asamblea general, en virtud que ésta es el órgano supremo de la sociedad cooperativa y está facultada para resolver los asuntos relacionados con la misma (artículo 31 de la minuta), por lo que el órgano de administración no está, ni estaría por encima de dicho órgano, como lo pretende el Senado de la República.

Motivo por el cual, la adición aprobada por la colegisladora del precepto estudiado no es viable, por consecuencia se reprueba dicha adición, quedando como lo había aceptado la Cámara de Diputados de la LVIII legislatura, mediante la siguiente redacción:

"Los cargos de Presidente y Secretario de la Asamblea General serán designados por los socios presentes en la misma Asamblea General." Sin embargo, se considera viable la adición de la fracción XVI del artículo 16 de la minuta, en virtud que sí es indispensable que las bases constitutivas señalen la organización y funcionamiento de las asambleas generales; no así, la fracción III del artículo 47 de la minuta, en virtud que no se considera que el presidente del órgano de administración presida la asamblea general, ya que éste cuenta con facultades en forma excesiva, por lo que se elimina la adición del Senado de la República, con relación a lo siguiente: "III. (......) y en su caso presidir, por conducto de su Presidente, (........)" Por otra parte y sin que sea motivo de análisis o estudio de las adiciones que realizó el Senado de la República, se hace la siguiente observación con relación a las fracciones VII y VIII del artículo 47 de la minuta, en el sentido que se le dan facultades descomunales al órgano de administración, toda vez que deberá la asamblea general que admita, suspenda o excluya a los socios, no dejándole esta facultad a dicho órgano de administración, ya que si nos resignamos con éste precepto legal sin que exista alguna reflexión, acarreará problemas graves a los socios, dejándolos en completo estado de indefensión, por lo que proponemos que la colegisladora realice una revisión exhaustiva a estas fracciones.

* Ahora bien, respecto al artículo 42 de la minuta, titulado "representación de los socios ante la asamblea general", del que no sufrió adición o modificación por parte de la colegisladora, el dictamen respectivo lo relaciona con el artículo 16 fracción XV, para adicionar lo siguiente:

Artículo 16. Contenido de las Bases Constitutivas

XV. El procedimiento para convocar y formalizar las Asambleas Generales, definiendo si se acepta o se rechaza el mecanismo de representación expreso en el artículo 42 de esta ley;

De la anterior adición, el Senado consideró lo siguiente: (foja 46 del dictamen) "Ante estas Comisiones, se expresó la problemática que se genera en una Asamblea General, porque gran parte de los asistentes a la misma tienen cartas poder con las que representan a otro socio.

Lo que se presenta a decisiones en Asamblea no necesariamente de general acuerdo, y a una sobre representación en la misma.

Estas Comisiones, consideran pertinente no violentar este mecanismo usado comúnmente por las sociedades cooperativas, sin embargo, con el afán de darle la capacidad a la propia sociedad de solucionar conflictos particulares que lo anterior podría ocasionar, propone adicionar el siguiente texto en la fracción XV del artículo 16 de la ley dictaminada: (?)"

Al respecto, estas comisiones unidas consideran que efectivamente al momento de llevarse a cabo la asamblea general, es asistida por socios en representación de otros, por lo que se estima viable que las sociedades cooperativas precisen en las bases constitutivas si se acepta o rechaza la representación establecida en la hipótesis del artículo 42 de la minuta en estudio, para efecto de que sean éstas que expresen su potestad al respecto, tratando de inhibir la representación, ya que es obligación de los socios asistir a la asamblea.

Motivo por el cual, se acepta la adición de la fracción XV del artículo 16 de la minuta de mérito.

* Por lo que toca a los artículos 45, 48 y 52 de la minuta, que señalan a la letra lo siguiente:

Artículo 45. Órgano de Administración

El Órgano de Administración es el órgano ejecutivo de la sociedad cooperativa y tendrá la representación y la firma social de la sociedad cooperativa. Deberá constituirse conforme a lo establecido por esta ley y por un número impar de socios, reunidos en un Consejo de Administración que estará integrado por lo menos, por un Presidente, un Secretario y un Vocal, cada uno con su respectivo suplente, o bien, (.....).

Artículo 48. Acuerdos del Órgano de Administración

Los acuerdos del Órgano de Administración, cuando éste sea un Consejo de Administración, se tomarán en forma colegiada por la mayoría de sus miembros.

Artículo 52. Órgano de Vigilancia

El Órgano de Vigilancia es el órgano supervisor de la sociedad cooperativa. Deberá actuar de manera colegiada, así como constituirse conforme a lo establecido por esta ley y por un número impar de socios, reunidos en un Consejo de Vigilancia que estará integrado por lo menos, por un Presidente, un Secretario y un Vocal, cada uno con su respectivo suplente, o bien, (?)

Respecto a las modificaciones que realizó la colegisladora en los tres artículos, fueron consideradas bajo los siguientes razonamientos: (fojas 47 y 48 del dictamen) "Estas Comisiones tienen los siguientes considerandos: resultaría conveniente estipular en estos artículos la necesidad de que los miembros del órgano de Administración tuviesen suplentes; asimismo se defina explícitamente que este órgano actúe de manera colegiada, quedando entonces: (.....)

Artículo 43 de la ley minuta (artículo 45 de dictamen), (......)

Y para el artículo 46 (artículo 48 de dictamen), (......)

Adicionalmente, se considero conveniente reafirmar la forma en que se integra dicho órgano conforme a lo establecido en este dictamen, en sus respectivos artículos 16 fracción XI; 24 fracción II; 25 fracción IV; y 35 fracción IV. Por lo que se añade el texto "conforme a o establecido por esta ley" en el artículo 43 anteriormente comentado (artículo 45 del dictamen).

En los términos anteriores, se añade en el lugar que corresponde del artículo 50 de la ley en minuta (artículo 52 de dictamen), relativo al "Órgano de Vigilancia" los mismos textos anteriores."

De la anterior descripción, se desprende básicamente que los socios que ocupan los cargos de los órganos de administración y vigilancia, deberán de contar con socios suplentes, respectivamente a cada cargo y se agregó que deberán constituirse dicho órganos conforme a lo establecido por la ley en estudio y los acuerdos serán tomados en forma colegiada.

Al respecto, estas dictaminadoras estiman conveniente la adición que aprobó el Senado de la República, por lo que se aprueban las mismas.

* En cuanto a los artículos 46 y 52 de la minuta, quedaron como sigue:

Artículo 46. Duración del Órgano de Administración

La duración del cargo en el Órgano de Administración será por un periodo que no excederá de tres años y podrá ser reelecto hasta en dos ocasiones.

En el supuesto de que algún integrante del Órgano de Administración concluya con su período y no se haya electo otro que lo sustituya, el integrante original seguirá en funciones en tanto la Asamblea se reúna para tal efecto.

Artículo 52. Órgano de Vigilancia

"(......) La duración del cargo en el Órgano de Vigilancia será por un periodo que no excederá de tres años y podrá ser reelecto una sola vez.

El órgano legislativo revisor, consideró para la adición lo siguiente: (fojas 48 y 49 del dictamen) "(....)

Ciertamente, bajo los "Valores Cooperativos" enmarcados en el artículo 3° de esta ley, relativos a democracia, igualdad y equidad; resulta demasiado tiempo la potencialidad de 10 años de duración del cargo en el Órgano de Administración.

Lo anterior limita una rotación de los socios en los cargos de dirigencia, aunque su intención puede ser profesionalizar a los integrantes del Órgano de Administración.

Por lo anterior, estas comisiones consideran adecuado modificar la duración del cargo en dicho órgano a tres años, con la posibilidad de reelección hasta en dos ocasiones. Con lo que se favorece una profesionalización con evaluación más continua.

En el mismo sentido se modifica en el lugar que corresponde del artículo 52 de la ley en dictamen, relativo al "Órgano de Vigilancia" respecto de la temporalidad considerada. No así los períodos de reelección, incentivando una vigilancia más objetiva.

En otro sentido, a estas Comisiones se les ha expresado la preocupación de que no quede definido en la ley, el procedimiento a seguir en caso de que los integrantes del Órgano de Administración concluyan con su período y aún no se haya otros electos. (sic)

Estas dictaminadoras resuelven añadir un segundo párrafo al artículo 44 en cuestión (artículo 46 de dictamen), aún cuando lo anterior quedaba cubierto con la supletoriedad definida en la Ley General de Sociedades Mercantiles, en el siguiente sentido: (?)"

Se desglosa de lo anterior, en primer término, la temporalidad de los órganos de administración y vigilancia, siendo este último reelecto por una sola ocasión con diferencia del primero, que podrá ser reelecto en dos ocasiones, ambos por un periodo que no exceda de tres años.

Dicha diferencia, versa única y exclusivamente para incentivar a cumplir cabalmente con su función principal del órgano de vigilancia con el de administración, sin señalar la colegisladora a que atiende esa objetividad.

Ahora bien, estas dictaminadoras valoran que al recortar la duración del órgano de vigilancia, independientemente de respetar lo principios del cooperativismo, es para efecto de que cumplida la duración de éste, sea nombrado el órgano con innovaciones para supervisar al órgano de administración en su último periodo de gestión y se eviten vicios si no es removido el órgano de administración.

Por otra parte, con relación a la adición correspondiente al último párrafo del artículo 46 de la minuta, se establece la hipótesis de que algún integrante del órgano de administración haya concluido con el periodo de gestión y no se haya nombrado el que lo sustituya.

Sin embargo, se excluye a los integrantes del órgano de vigilancia para cuando terminen su gestión y no se haya nombrado a quien lo sustituya, motivo por el cual, se deja un vacío legal para los miembros de dicho órgano.

Por lo anteriormente expuesto, se aprueban las adiciones efectuadas por parte del Senado de la República y se adiciona un párrafo al artículo 52 de la minuta en estudio para quedar como sigue:

"En el supuesto de que algún integrante del Órgano de Vigilancia concluya con su período y no se haya electo otro que lo sustituya, el integrante original seguirá en funciones en tanto la Asamblea se reúna para tal efecto." * Por otro lado, respecto al artículo 55 con relación a la fracción VII del artículo 38 de la minuta, se aprobaron por el Senado de la República como sigue: Artículo 55. Derecho de Veto del Órgano de Vigilancia

(.....) Si la totalidad de los miembros del Órgano de Vigilancia lo considera estrictamente necesario, podrá convocar a una Asamblea General Extraordinaria para que se aboque a resolver el conflicto, la cual deberá celebrarse dentro de los veinte días hábiles siguientes a la decisión vetada, en los términos de esta Ley y de sus Bases Constitutivas.

Artículo 38. Asamblea General Extraordinaria

La Asamblea General Extraordinaria conocerá y resolverá en exclusiva de los siguientes asuntos:

I. - VI. (.......);

VII. Cuando sea convocada en los términos del artículo 55 de esta ley; y

VIII. (.......)

(........)

La colegisladora consideró en el dictamen respectivo, lo que a la letra señala: (fojas 49 y 50) "Por la naturaleza del acto, estas comisiones consideran el complementar que el conocimiento y resolución de este asunto sea considerado como facultad exclusiva de una Asamblea General Extraordinaria. Por lo que se propone añadir en éste artículo, donde corresponde, el término Extraordinario; así como una fracción VII que recorre la actual, del artículo 38 de la ley dictaminada, en los términos siguiente: (.....)" Al respecto, estas dictaminadoras se adhieren a las consideraciones del Senado de la República, siendo adecuada la adición que pretendió, por tal, se aprueba el mismo.

Sin embargo y sin que sea motivo de discusión del presente instrumento legislativo, se hace la observación al artículo 55 de la minuta, en donde establece que será la "totalidad de los miembros del Órgano de Vigilancia" para convocar a una Asamblea General Extraordinaria, ya que debería ser por la mayoría de los miembros y no por la totalidad, toda vez que se violaría flagrantemente el principio de democracia, establecido en el artículo 3 de la minuta a estudio.

Por lo anterior, se solicita al órgano legislativo revisor, considere la posibilidad de modificar este precepto, en el sentido que sea convocada la asamblea general extraordinaria por mayoría simple de los integrantes del órgano de vigilancia, para efecto de no violentar el principio de democracia de las sociedades cooperativas.

* Con relación al artículo 64 de la minuta, se aprobó como sigue:

Artículo 64. Reembolso de Aportaciones Obligatorias

El reembolso de las aportaciones obligatorias estará condicionado a lo dispuesto en las bases constitutivas, a la posibilidad financiera de la sociedad cooperativa y se hará conforme al informe financiero del cierre del ejercicio social en el que se pierda la calidad de socio. En caso de muerte del socio, el reembolso se hará a sus beneficiarios.

(......)

(.......)

Respecto a la adición que aprobó el Senado de la República, se consideró lo siguiente en el dictamen a estudio: (fojas 50 y 51) "Del artículo 62 (artículo 64 de dictamen), una recomendación gira en torno a la necesidad de adecuar y complementar a la participación de cada cooperativa, el mecanismo de reembolso de las aportaciones obligatorias.

Por tal, estas Comisiones consideran prudente complementar el artículo antes presentado, adicionando el siguiente texto: (?)

Que remite directamente a la normatividad previa y necesaria para la conformación de las bases constitutivas de una sociedad cooperativa, anteriormente dispuesta en la fracción IX del artículo 16 de esta ley dictaminada, además de estar plasmado como un derecho de los socios en la fracción VIII del artículo 24.

Del artículo 63 (artículo 65 de dictamen), sociedades cooperativas consideran por una parte injusto que un socio que cause baja reciba ganancias a costa de los demás. Por otra, se reconoce lo indebido de mantener por un tiempo que pudiera llegar a ser de hasta tres años, el monto de las aportaciones obligatorias que éste hubiera aportado a la sociedad.

Estas Comisiones mediando en el equilibrio de esta ley, consideran adecuado mantener la redacción propuesta, siendo las sociedades cooperativas las que definirán, de acuerdo con el artículo 62 reformado y el presente 63 de la ley en minuta, el tiempo de devolución de las aportaciones voluntarias y de las pendientes de reembolso."

Estas dictaminadoras hacen suyas las consideraciones realizadas por la colegisladora.

Sin embargo, la única observación es que por prelación sería que el reembolso de las aportaciones le correspondería a la posibilidad financiera de la sociedad cooperativa y después a lo dispuesto en las bases constitutivas, por lo que se propone como a continuación se establece:

Artículo 64. Reembolso de Aportaciones Obligatorias

El reembolso de las aportaciones obligatorias estará condicionado a la posibilidad financiera de la sociedad cooperativa y se hará conforme al informe financiero del cierre del ejercicio social en el que se pierda la calidad de socio y posterior a ello se evaluará conforme a lo dispuesto en las bases constitutivas. En caso de muerte del socio, el reembolso se hará a sus beneficiarios.

Por lo tanto, se rechaza la adición de la colegisladora respecto al artículo 64 de la minuta y se aprueba la anterior redacción.

* En lo relativo al artículo 67 con relación a la fracción X del artículo 47 de la minuta en cuestión, se aprobó por la colegisladora en el siguiente sentido:

Artículo 67. Fondos Sociales Obligatorios

Las sociedades cooperativas deberán constituir los siguientes fondos sociales obligatorios que serán administrados por el Órgano de Administración con la aprobación del Órgano de Vigilancia:

I. - IV. (.....)

Artículo 47. Funciones del Órgano de Administración

El Órgano de Administración tendrá, entre otras, las siguientes funciones que podrá ejercer directamente o en forma delegada:

I. - IX.. (.....);

X. Manejar los fondos de la sociedad cooperativa, bajo la supervisión señalada en esta ley, por parte del Consejo de Vigilancia;

XI. - XII. (......)

De las adiciones que aprobó el Senado de la República, se consideró lo que a la letra establece: (fojas 52 y 53 del dictamen respectivo) "Se hicieron planteamientos a estas Comisiones sobre la no mención de quien o quienes administrarán este fondo. El artículo 56 de la Ley General de Sociedades Cooperativas vigente indica: (......)

Es por lo anterior, que se recibió la recomendación de adicionar un último párrafo al artículo 65 de esta ley en minuta (artículo 67 en dictamen) relativo a los "Fondos Sociales Obligatorios", en el tono siguiente: (......)

Estas Comisiones coinciden en que debe ser el Órgano de Administración quien administre no sólo este fondo sino los cuatro fondos considerados en esta ley, de común acuerdo con el Órgano de Vigilancia, con el objeto de establecer responsabilidades eficientemente al tiempo de una administración profesional de estos recursos de las cooperativas.

Lo anterior ya ha sido establecido en esta normatividad dictaminada, en la fracción X del artículo 47 de las "Funciones del Órgano de Administración".

Estas Comisiones, consideran entonces, únicamente complementar la fracción antes citada para quedar como sigue. (....)"

De lo anterior, se desprende que la colegisladora consideró para la adición que deberá ser el Órgano de Administración quien administre los cuatro fondos considerados en esta ley, de común acuerdo con el Órgano de Vigilancia.

Sin embargo, el órgano de administración cuenta con facultades excesivas, tal y como se había observado relativo al artículo 27 de la minuta en estudio, por lo que deberá ser la Asamblea General quien determine la administración de dichos fondos, para abrir la posibilidad de constituir comisiones para tales efectos, según lo establecido por el artículo 30 de la minuta.

Por lo anterior, se arriba a la conclusión de reprobar la adición del artículo 67 y la fracción X del artículo 47, respetando lo aprobado por la cámara de origen de la LVIII legislatura.

* Por lo que toca a las modificaciones del párrafo tercero del artículo 70 y artículo 71, ambos de la minuta que aprobó el órgano legislativo revisor, los que quedaron como siguen:

Artículo 70. Fondo de Previsión Social

(.....)

(.....)

El fondo de previsión social se constituirá con la aportación anual del porcentaje que sobre los ingresos netos del ejercicio social determinen las Bases Constitutivas o la Asamblea General y su importe no podrá ser limitado. El porcentaje anual destinado al fondo de previsión social podrá ser aumentado de acuerdo a la capacidad económica de la sociedad cooperativa.

Artículo 71. Fondo de Educación y Formación Cooperativa

En el presupuesto anual de gastos deberá constituirse un fondo de educación y formación cooperativa con el porcentaje que establezcan las Bases Constitutivas o la Asamblea General, el cual no podrá ser menor al dos por ciento de los rendimientos.

Respecto de las adiciones señaladas con anterioridad, se consideró lo siguiente: (fojas 53 y 54) "Uno de los aspectos más comentados de esta ley en dictamen, es la viabilidad de los diferentes fondos que se proponen, los que tienen como característica común el estar todos establecidos sobre los rendimientos del ejercicio social.

Para el caso de la conformación del Fondo de Previsión Social, diversas sociedades cooperativas consideran conveniente la precisión de que sea determinado sobre los ingresos netos y no sobre el término rendimiento.

Para el caso del Fondo de Educación y Formación Cooperativa se establece la conveniencia de que sea considerado en el presupuesto anual de gasto de la sociedad y no sobre los rendimientos.

Estas Comisiones consideran lo propuesto, por lo que proponen adecuar los artículos anteriores en los sentidos descritos."

De las anteriores consideraciones, estas dictaminadoras en obvio de repeticiones las hacen suyas; por lo que se aprueban las adiciones al párrafo tercero del artículo 70 y artículo 71.

* Con relación al artículo 73 de la minuta a estudio, se adicionó lo siguiente:

Artículo 73. Emisión de Obligaciones

Las sociedades cooperativas podrán emitir obligaciones mediante acuerdo de la Asamblea General Extraordinaria. Para estos efectos, será aplicable el Capítulo V del Título Primero de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito con excepción de lo relacionado a la emisión de obligaciones convertibles en acciones.

De la adición en cuestión, el Senado de la República consideró lo que a la letra dice: Foja 54 del dictamen) "Se sugiere especificar que el Capítulo V de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito al que se está refiriendo este artículo, corresponde al Título primero de la mencionada ley." Sobre la sugerencia de la colegisladora, se aprecia que es correcta la adición al artículo 73 de la minuta, en virtud que efectivamente corresponde al capítulo V del título primero de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito; motivo por el cual se aprueba la misma.

* Relativo al artículo 75, con relación a la fracción XVII del artículo 91 de la minuta en análisis, se aprobaron por el órgano legislativo revisor como sigue.

Artículo 75. Contabilidad y Libros Sociales

(......)

Además deberán llevar los siguientes libros sociales, que deberán ser certificados por los organismos de integración o en caso de no estar federadas por las autoridades señaladas en el artículo 11 de la presente ley:

I.- III. (.......)

(........)

Artículo 91. Funciones

Los organismos de integración de las sociedades cooperativas podrán dedicarse a cualquier actividad lícita y complementaria a las actividades de sus integrantes y tendrán, entre otras, las siguientes funciones:

I. - XVI. (.....)

XVII. Certificar los libros sociales de sus sociedades cooperativas integradas; y

XVIII. (....)

Sobre el particular, la colegisladora consideró lo siguiente en su dictamen respectivo: (fojas 54 y 55) "Estas Comisiones consideran pertinente añadir, que los libros sociales deberán de ser certificados por los organismos de integración o por las autoridades municipales o estatales correspondientes señaladas en el artículo 11 de la ley dictaminada.

Así, por una parte se incentivará un mejor conocimiento local de la situación del movimiento cooperativo en el país; por otra, una mejor regulación de las actividades cotidianas de las sociedades cooperativas.

Por lo anterior, se adiciona el siguiente texto en el artículo dictaminado: (....)"

En cuanto a las consideraciones antes descritas, estas dictaminadoras observan que los órganos de integración no podrán certificar ningún tipo de documento, en virtud de no ser autoridades envestidas de fe pública, sino única y exclusivamente son personas morales con la finalidad de integrar y en su caso unificar al sector social.

De igual forma, en el supuesto de no estar integradas a una federación los libros sociales, deberán según las adiciones, ser certificadas por autoridades, en esta hipótesis, las sociedades cooperativas tendrían que erogar de manera constante, ya que permanentemente celebran asambleas generales, los órganos registran actas y socios, por lo que son gastos innecesarios, ya que lo más importante es que las cooperativas lleven su contabilidad con las disposiciones legales aplicables.

Además, con esta disposición se homologa a los organismos de integración con los fedatarios y autoridades, ya que tendrían la misma facultad sin serlo; motivo por el cual, se desaprueba el artículo 75 y la fracción XVII del artículo 91.

* Respecto al artículo 82 de la minuta que aprobó el órgano legislativo revisor, quedó como a continuación se establece:

Articulo 82. Obligaciones del Órgano de Administración frente a los Liquidadores

Hecho el nombramiento de los liquidadores, el Órgano de Administración entregará a los liquidadores y ante Fedatario Público, todos los bienes, libros y documentos de la sociedad cooperativa en un plazo máximo de cinco días hábiles, levantándose en todo caso un inventario del activo y pasivo.

Por lo anterior, el Senado de la República consideró lo que a la letra dice: (foja 56 del dictamen) "En la búsqueda de certidumbre jurídica, se coincide sobre la necesidad de que dicha entrega sea ante un Notario o Corredor Público. Por lo que se propone adicionar al artículo en cuestión lo siguiente: (.....)" De la consideración antes descrita, se arriba a la aprobación de la adición que la colegisladora dispuso.

* Con relación al artículo 88 de la minuta, quedo como sigue:

Artículo 88. Transformación

Las sociedades cooperativas podrán transformarse en cualquier otra persona jurídica, de conformidad con las normas que señalen sus Bases Constitutivas y cubriendo los requisitos establecidos en el marco jurídico correspondiente.

De la anterior adición, el Senado de la República consideró en el dictamen respectivo lo siguiente: (foja 56) "Al respecto, se considera que las sociedades cooperativas que busquen cambiar su naturaleza en razón de su objetivo, lo haga en el marco de las disposiciones aplicables, cubriendo los requisitos y lineamientos establecidos en el marco jurídico correspondiente.

Es por tal el añadir al final de este artículo el texto siguiente:"

Sobre el particular, se considera adecuada la adición de la colegisladora en razón de sus argumentos, por lo que se aprueba la misma.

* Continuando con el análisis, respecto al artículo 99 con relación a la fracción IX del artículo 35 de la minuta, los que se aprobaron en el siguiente sentido:

Artículo 99. Informe de Auditoría

El informe de auditoría será presentado ante la Asamblea General Ordinaria, celebrada anualmente por la sociedad cooperativa o por el organismo de integración y deberá quedar a disposición de los socios, a través del Órgano de Administración o de quien determine la Asamblea.

Artículo 35. Asamblea General Ordinaria

La Asamblea General Ordinaria conocerá y resolverá respecto de los siguientes asuntos, entre otros:

I. - VIII. (.....)

El dictamen de auditoría y designación de auditores y su remuneración;

X. - XII. (.....)

De lo anterior, la colegisladora consideró lo siguiente: (foja 57 del dictamen) "Deber precisarse, conforme a lo establecido en la fracción IX del artículo 35 de la ley dictaminada, como una facultad de la Asamblea General Ordinaria celebrada anualmente." Al respecto, la adición que aprobó el órgano legislativo revisor es adecuada, por lo que se aprueba lo relativo a dichos artículos.

* Respecto a los artículos 100, 101 y 104 se aprobaron como a continuación se señalan:

Artículo 100. Promoción y Fomento de las Sociedades Cooperativas

El Gobierno Federal, de manera subsidiaria y corresponsable, deberá promover y fomentar la constitución, operación y desarrollo de las sociedades cooperativas y de sus organismos de integración, así como la difusión de los valores y principios en que se sustentan. Para ello proveerá la asistencia técnica y financiera que permita alcanzar el desarrollo competitivo de las actividades que desarrollan las sociedades cooperativas, una mayor participación de la población en las actividades económicas, el impulso del empleo digno y sostenible, el desarrollo del país y la equidad de género.

Los gobiernos estatales y municipales, en los términos de su legislación interna, podrán formular los programas que consideren adecuados para contribuir a los efectos del párrafo anterior. El Gobierno Federal podrá celebrar convenios con los Estados y Municipios de la República Mexicana con el objeto de que los tres niveles de gobierno coordinen las acciones de Fomento Cooperativo que lleven a cabo. En todo caso la participación del Gobierno será respetuosa de la autonomía de las sociedades cooperativas y de sus organismos de integración.

En la identificación de las características específicas de las acciones de fomento cooperativo adecuadas a cada sector, localidad y región del país, se tomarán en cuenta particularmente la opinión de los Estados, los municipios y los organismos de integración de las sociedades cooperativas.

Los apoyos de fomento cooperativo previstos en este artículo se canalizarán preferentemente a través de los organismos de integración de las sociedades cooperativas, sin perjuicio de que puedan llevarse a cabo directamente con estas cuando no pertenezcan a ningún organismo de integración.

Los apoyos que se concedan a las sociedades cooperativas no deberán ser menores a los que se otorguen a otras figuras jurídicas.

Artículo 101. Tipos de Apoyo

Los apoyos que el Gobierno Federal provea a las sociedades cooperativas y a sus organismos de integración por iniciativa propia y a propuesta de los estados, municipios y organismos de integración, deberán consistir entre otros y dependiendo de los programas específicos que se impulsen y el presupuesto anual aprobado para este objeto en:

I. - XVI. (.....)

(......)

Artículo 104. Dependencias y entidades competentes en el Fomento Cooperativo

Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal deberán implementar acciones de apoyo a las sociedades cooperativas de acuerdo con las reglas de operación, en el ámbito de sus respectivas competencias. En particular realizarán, además de lo establecido en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, las siguientes actividades:

I. - VIII. (.....)

Ahora bien, de las anteriores adiciones, el Senado de la República consideró lo siguiente en su dictamen: (foja 57) "En el Capítulo XI de esta ley, titulado "del Fomento Cooperativo", se establece el marco en el que se desarrollarán las relaciones entre el Gobierno Federal y las sociedades cooperativas, las cuales se desarrollarán en un ambiente en el que la autoridad reconoce la aportación significativa que las sociedades cooperativas hacen para combatir al desempleo, para provocar el desarrollo de las capacidades de autogestión y empresariales de las personas que se organizan en torno a ella y para generar espacios de trabajo en escenarios auténticamente democráticos, por lo que el Estado se obliga a proporcionar apoyos y auxilios a las sociedades cooperativas que no sean menores a los que se otorgan a otras figuras jurídicas.

La autoridad federal se obliga a fomentar y promover a la sociedad cooperativa en un esquema de respeto a su autonomía y a los principios y valores cooperativos que la respaldan, de acuerdo con la normatividad internacional establecida.

Argumentos anteriores previstos en la exposición de motivos de la iniciativa original, que estas Comisiones hacen suyos y para lo cual proponen las siguientes reformas que puntualizan de manera precisa la participación del Gobierno Federal en el fomento, constitucionalmente avalado, de las sociedades cooperativas, integrantes del sector social de la economía: (....)"

De lo anterior, se desprende que las colegisladoras contemplan en forma general, que el marco jurídico reconoce que las autoridades deberán fomentar a través de apoyos para la constitución, organización y desarrollo de las sociedades cooperativas, para efecto de combatir el desempleo.

Sin embargo, no justifica la razón por la que se reforman los artículos 100, 101 y 104 de la minuta en estudio, sino lisa y llanamente modifica la redacción de dichos preceptos.

Ahora bien, por lo que corresponde a las modificaciones del artículo 100, en su párrafo primero, en donde establece: "?alcanzar el desarrollo competitivo de las actividades que desarrollan las sociedades cooperativas, una mayor participación de la población en las actividades económicas", se considera adecuada, por lo que se aprueba dicha adición, proponiendo a la colegisladora ampliar lo siguiente en dicha frase: "? y fomentar la protección del medio ambiente, ?", a razón de dar eficacia al principio que adicionó el Senado de la República en la fracción IX del artículo 4 de la minuta.

Por lo que toca al segundo párrafo del artículo 100, se observó que se debería agregar después de los gobiernos estatales y municipales, al Gobierno del Distrito Federal y a los órganos políticos administrativos del Distrito Federal, en virtud que éstos se encuentran excluidos.

Por otra parte y siguiendo con el párrafo segundo del artículo 100, se deberá sustituir la palabra "niveles" por "ordenes" de gobierno, en virtud que la Carta Magna establece como voluntad del pueblo mexicano en constituirse en una República representativa, democrática y federal, compuesta de Estados libres y soberanos y éstos adoptaran para su régimen interior, la forma de gobierno teniendo como base su división territorial y de organización política y administrativa el municipio libre, no estando supeditado uno del otro, por lo que no corresponde la palabra "niveles", sino "ordenes" de gobierno.

De lo anteriormente expuesto, estas dictaminadoras aprueban las adiciones que realizó el órgano legislativo revisor en el artículo 100 de la minuta, agregando en sus párrafos primero y segundo para quedar como siguiente:

Artículo 100. Promoción y Fomento de las Sociedades Cooperativas

El Gobierno Federal, de manera subsidiaria y corresponsable, deberá promover y fomentar la constitución, operación y desarrollo de las sociedades cooperativas y de sus organismos de integración, así como la difusión de los valores y principios en que se sustentan. Para ello proveerá la asistencia técnica y financiera que permita alcanzar el desarrollo competitivo de las actividades que desarrollan las sociedades cooperativas, una mayor participación de la población en las actividades económicas y fomentar la protección del medio ambiente, el impulso del empleo digno y sostenible, el desarrollo del país y la equidad de género.

Los gobiernos estatales y municipales, el gobierno del Distrito Federal y los órganos político-administrativos del Distrito Federal, en los términos de su legislación interna, podrán formular los programas que consideren adecuados para contribuir a los efectos del párrafo anterior. El Gobierno Federal podrá celebrar convenios con los Estados y Municipios de la República Mexicana con el objeto de que los tres órdenes de gobierno coordinen las acciones de Fomento Cooperativo que lleven a cabo. En todo caso la participación del Gobierno será respetuosa de la autonomía de las sociedades cooperativas y de sus organismos de integración.

(......)

En cuanto a los últimos tres párrafos del artículo 100 y los artículos 101 y 104 de la minuta, estas dictaminadoras no hacen observación alguna por considerarlos adecuados, motivo por el cual son aprobadas las adiciones.

* Por otra parte y siguiendo con el análisis de las adiciones que aprobó el Senado de la República en la minuta correspondiente, se desprende que sufrieron cambios el párrafo segundo y último párrafo del artículo 14, el último párrafo del artículo 15, las fracciones XXIV y XXVI del artículo 16, artículo 17, artículo 51, la fracción III del artículo 53, párrafo primero del artículo 58, artículo 66, la fracción I del artículo 91, último párrafo del artículo 102 y la fracción IV del artículo 104.

Sin embargo, en el dictamen que aprobaron las Comisiones Unidas de la colegisladora, con relación a algunos artículos no se efectuó ningún tipo de razonamiento, o bien, en otros se señala muy someramente el porque del cambio, sin motivar la circunstancia.

Al respecto y concluido el análisis respectivo, se desglosa de los artículos en cuestión, que no sufrieron cambios sustantivos, por lo que estas dictaminadoras los consideran adecuados, motivo por el cual, se aprueba las adiciones realizadas, con excepción del artículo 58 y la fracción XXIV del artículo 16.

* Lo anterior, en virtud que dichos preceptos quedaron en la minuta como sigue:

Artículo 16. Contenido de las Bases Constitutivas

Las Bases Constitutivas de las sociedades cooperativas contendrán, al menos:

I. - XXIII. (.......)

XXIV. Procedimiento para regular la transmisión de certificados entre socios y hacia los familiares;

XXV. - XXVII (.......)

Artículo 58. Aportaciones

Las aportaciones serán obligatorias o voluntarias. Las aportaciones podrán hacerse en efectivo, bienes, derechos, servicios o trabajo. Estarán representadas por certificados de aportación que serán nominativos, indivisibles, inembargables, no negociables, intransmisibles y de igual valor. Los certificados de aportación sólo serán transferibles entre los socios y hacia los familiares, previo acuerdo del Órgano de Administración, según el procedimiento establecido en las Bases Constitutivas.

(......)

(......)

Al respecto, el órgano legislativo revisor adicionó "y hacia los familiares", abriendo la posibilidad a los socios que quieran transferir sus certificados de aportación, no solo entre los propios socios, sino a los familiares; sin embargo, el término familia según el Código Civil para el Distrito Federal establece la vinculación con el matrimonio, parentesco y concubinato, siendo que el parentesco reconoce los de consanguinidad, afinidad y civil y en otras Entidades Federativas, en sus respectivos códigos, la familia se establece en forma distinta, lo que generaría que se pudiera excluir a alguien del que se quiera transferir sus certificados.

Motivo por el cual, se arriba a la conclusión que la intención de la colegisladora es correcta; sin embargo, no es adecuada, por lo que se reprueba la misma, proponiéndose la siguiente redacción:

Artículo 16. Contenido de las Bases Constitutivas

Las Bases Constitutivas de las sociedades cooperativas contendrán, al menos:

I. - XXIII. (....)

XXIV. Procedimiento para regular la transmisión de certificados entre socios y a quien determine;

Artículo 58. Aportaciones

Las aportaciones serán obligatorias o voluntarias. Las aportaciones podrán hacerse en efectivo, bienes, derechos, servicios o trabajo. Estarán representadas por certificados de aportación que serán nominativos, indivisibles, inembargables, no negociables, intransmisibles y de igual valor. Los certificados de aportación sólo serán transferibles entre los socios y a quien determine, previo acuerdo del Órgano de Administración, según el procedimiento establecido en las Bases Constitutivas.

(......)

(......)

CUARTO.- Siguiendo con el estudio de la minuta proyecto de decreto por el que expide la Ley de Sociedades Cooperativas, se aprecia que se aprobó en votación económica la adición de la fracción IV del artículo 18 y se adiciona el artículo 20A, sin que se haya contemplado en el dictamen respecto.

Respecto a dichas adiciones, quedaron como siguen:

Artículo 18. Clases de Sociedades Cooperativas

Las sociedades cooperativas se clasifican en:

I.-III. (......)

IV. Sociedades cooperativas universitarias.

Artículo 20 A. Sociedades Cooperativas Universitarias

Son sociedades Cooperativas Universitarias aquéllas que se constituyan con el propósito de participar en el desarrollo educativo nacional mediante el impulso del ejercicio de las distintas carreras de los niveles educativos medio superior y superior, con la intervención directa de las Universidades e Instituciones de educación Superior, sus estudiantes; y opcionalmente las autoridades federales o locales, trabajadores universitarios y particulares interesados. Las Sociedades Cooperativas Universitarias podrán dedicarse a cualesquier actividad lícita con las condiciones y limitaciones que establezcan las disposiciones jurídicas correspondientes de acuerdo a la actividad de que se trate.

Al respecto, estas dictaminadoras estiman adecuadas las adiciones descritas con anterioridad, por lo que se aprueban las mismas.

QUINTO.- Una vez concluido el estudio y análisis de las adiciones y reformas de la minuta proyecto de decreto que expide la Ley de Sociedades Cooperativas que aprobó la Honorable Cámara de Senadores; estas dictaminadoras entran al estudio del artículo segundo de la minuta, con relación a la reforma de la fracción X del artículo 34 y fracción X del artículo 40 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

Al respecto, el órgano legislativo revisor no adicionó, ni reformó los preceptos legales anteriormente señalados, por lo que ya fueron aprobados por ambas Cámaras, no siendo materia de discusión, ni aprobación por parte de este instrumento legislativo.

SEXTO.- Relativo al artículo tercero de la minuta que aprobó el Senado de la República, se desprende que se reformaron el artículo 4; la fracción I del artículo 8, artículo 138 y Sexto Transitorio de la Ley de Ahorro y Crédito Popular; sin que se haya aprobado en la cámara de origen, para quedar la minuta correspondiente como sigue:

Artículo 4 Bis.

No se considerará que realizan operaciones de ahorro y crédito popular, en los términos del artículo 4o. de esta ley, las asociaciones y sociedades civiles, los grupos de personas físicas y las sociedades cooperativas que tengan por objeto exclusivamente la captación de recursos de sus integrantes para su colocación entre éstos, que cumplan con los siguientes requisitos:

I a VII. ..........

VIII. Deberán establecer de forma destacada, en toda la documentación que utilicen para instrumentar las operaciones a que se refiere este artículo, que no son Entidades de Ahorro y Crédito Popular, Sociedades Financieras Populares o Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo, así como que no están sujetas a la autorización de la Comisión, ni a la inspección y vigilancia de ninguna Federación, y que no cuentan con el Fondo de Protección a que se refiere esta Ley.

Las asociaciones y sociedades civiles, los grupos de personas físicas y las sociedades cooperativas, que cumplan con los requisitos a que se refiere este artículo podrán operar sin sujetarse a los requisitos exigidos por la presente Ley. Asimismo, no se considerará que se ubican en la prohibición establecida en el artículo 103 de la Ley de Instituciones de Crédito.

Artículo 8.

En lo no previsto por la presente Ley, a los sujetos de la misma se les aplicarán en el orden siguiente:

I. La Ley de Sociedades Cooperativas, únicamente para las Cooperativas y en todo lo que no se oponga a la presente Ley;

II a VI. ...

Artículo 138.

Los consejeros, funcionarios y administradores de las asociaciones y sociedades civiles, sociedades cooperativas y personas físicas que capten recursos en contravención a lo señalado en el artículo 4 Bis de esta Ley, así como la persona física, consejeros, funcionarios y administradores de las personas morales que capten recursos del público en contravención de lo dispuesto por el artículo 7o. de esta Ley, serán sancionados en términos de lo dispuesto por el artículo 111 de la Ley de Instituciones de Crédito.

Artículo Sexto Transitorio del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación del 27 de enero de 2003.

Concluido el plazo anterior, las asociaciones y sociedades civiles, los grupos de personas físicas y las sociedades cooperativas, que no se sujeten a lo establecido por el artículo 4-Bis de esta Ley, deberán abstenerse de captar recursos, en caso contrario se ubicarán en los supuestos de infracción previstos por la Ley de Ahorro y Crédito Popular y por las disposiciones que resulten aplicables.

De lo anterior, el Senado de la República consideró en su dictamen reformar los artículos señalados, con relación al artículo 20 de la minuta relativo a la Ley de Sociedades Cooperativas, mediante los siguientes razonamientos: (fojas 34, 35, 36, 37 y 39) "El artículo 20 de la ley en minuta, relativo a las "Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo"

(....)

Estas Comisiones, por diferentes reuniones desarrolladas con personas (sic) organizaciones e instituciones relacionadas o interesadas en el movimiento cooperativo del país, han recabado diversos señalamientos.

La Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social en la LVIII Legislatura de la Cámara de Diputados, modificó en los términos anteriores el artículo que originalmente se leía:

(.....)

La inconformidad, manifestada por grupos del sector cooperativo, es por la aplicación de la Ley de Ahorro y Crédito Popular para el desenvolvimiento y desarrollo de las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, siendo la discusión en torno a conflictos que generaría la estructura actual de esa normatividad en este tipo de sociedades cooperativas; especialmente en las pequeñas y en las no federadas, que sin tener aspiraciones pero con características para ser considerados intermediarios financieros, tendrían que regularse por una ley que así lo catalogaría, dado el proceso de intermediación financiera que efectivamente desarrollan, argumentando que no podrán cumplir con la reglamentación ahí enmarcada y tendrían una tendencia por la desaparición. Lo que afectaría el papel social y muy específico de las pequeñas sociedades cooperativas de este tipo en sus comunidades, comúnmente no cubiertas por sistemas comerciales de ahorro y financiamiento.

Estas comisiones están concientes de que la operación que interesa regular en la Ley de Ahorro y Crédito Popular es la captación de recursos, con independencia de las partes que intervengan, brindando los mecanismos de regulación de la actividad en sí misma, así como de seguridad de los recursos a favor de los ahorradores. Basado en antecedentes que expusieron la vulnerabilidad del sector ante actos fraudulentos, en perjuicio del ahorro de millones de personas en el país.

Asimismo, se reconoce la necesidad de que dicha regulación y supervisión se lleve a cabo por entes con experiencia y capacidad técnica suficiente.

Se considera además, que cualquier modificación a este artículo por el objeto y el espectro de aplicación de esta ley en dictamen sería limitada, en todo caso, se deben encontrar mecanismos y promover reformas no a esta normatividad turnada, sino a la ley de Ahorro y crédito Popular, con el objeto de analizar y ponderar el impacto real por la aplicación de la misma a las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo.

Estas Comisione han recabado señalamientos diversos, que consideran la existencia de opciones solutivas al conflicto planteado, como la elaboración por parte del Gobierno Federal de un programa de transformación o fusión de las pequeñas cooperativas de ahorro y préstamo, a cooperativas con capacidad para el sostenimiento de sus operaciones ante la aplicación de la normatividad cuestionada; o una regulación especifica para las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo pequeñas y no federadas, considerando bajo supuestos financieros y criterios que no permitan en el futuro experimentar problemas relacionados con el ahorro y el crédito popular.

Resulta importante señalar que la Ley que crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo para el Fortalecimiento de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo y de Apoyo a sus Ahorradores prevé apoyos económicos para aquellas sociedades cooperativas con secciones de ahorro y préstamo que pretenden apegarse a la Ley de Ahorro y Crédito Popular y someterse a alguno de los procesos de transformación o fusión señalados.

Estas Comisiones, no obstante el alcance definido de la ley que se dictamina, reconocen que existen varios grupos que por limitaciones en su escala de operación, les resulta complicado sujetarse a los lineamientos de una regulación y supervisión como la que se establece en la Ley de Ahorro y crédito Popular, incluso para ser ubicados en el Nivel de Operaciones más bajos.

Considerando que el 27 de enero de 2003, se publicó una reforma a la Ley de Ahorro y Crédito Popular en donde se adiciona un Artículo 4-Bis, que permite a las asociaciones y sociedades civiles, así como a los grupos de personas físicas que tengan por objeto exclusivamente la captación de recursos de sus integrantes para su colocación entre estos (impacto financiero únicamente societario), siempre que no sobrepasen los 250 integrantes y que sus activos no sean superiores a 350,000 UDIS (es decir, se trate de sujetos de pequeño tamaño), además de cubrir otros requisitos, el poder operar y captar ahorro sin la obligación de cumplir con el marco jurídico que norma el sector.

Estas Comisiones, con base en lo anterior proponen reformar, dentro de este Proyecto de Decreto, la Ley de Ahorro y Crédito Popular en su artículo 4-Bis, ampliando el régimen de excepción de manera explícita hacia las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo.

Por todo lo anterior, se resuelve reformar dentro del Artículo Tercero de este Proyecto de Decreto, el artículo 4-Bis de la Ley de Ahorro y Crédito Popular para quedar como sigue: (....)

Adicionalmente, conforme a lo establecido en el artículo 8 de la Ley de Ahorro y Crédito Popular, en lo no previsto por esa normatividad, a los sujetos de la misma se le aplicará la Ley General de Sociedades Cooperativas (únicamente para cooperativas y en todo lo que no se oponga a la Ley de Ahorro y crédito Popular).

En el sentido anterior, y con el objeto de actualizar el espectro legal de la Ley de Ahorro y crédito Popular, se propone modificar el citado Artículo 8 eliminando de su contenido "Ley General de Sociedades Cooperativas" por el de "Ley de Sociedades Cooperativas".

Es reconocimiento de esta Soberanía, el esfuerzo por entablar un diálogo solutivo entre las partes involucradas, de parte de la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social de la Cámara de Diputados en la LIX Legislatura. Por lo que, estas Comisiones expresan el total apoyo para que se continúe desarrollando el proceso emprendido en la búsqueda de un entorno consensuado y por mayoría para el marco jurídico del ahorro y el crédito popular en el país. Acuerdo media sobre el actual establecimiento de mesas de trabajo entre el Gobierno Federal y todo el sector cooperativo de ahorro y préstamo para revisar propuestas que reformarían la Ley de Ahorro y Crédito Popular y su regulación prudencial.

Creemos en este proceso y esperamos las conclusiones alcanzadas, las que serán consideradas siempre que vengan signadas por la mayoría del sector y del Gobierno Federal.

Las reformas que estas Comisiones proponen, sientan las bases de una certidumbre jurídica de mayor alcance en beneficio de todo el movimiento cooperativo del país."

Al respecto, el órgano legislativo revisor consideró no modificar o reformar el artículo 20 de la minuta con relación a la Ley de Sociedades Cooperativas, en virtud que sería más adecuado reformar diversos artículos de la Ley de Ahorro y Crédito Popular, toda vez que es importante contemplar a las sociedades cooperativas en la hipótesis de excepción contemplado en el artículo 4-bis del ordenamiento legal citado, siempre que se cumplan con diversos requisitos para no sujetarse al mismo.

Ahora bien, estas dictaminadoras estiman conveniente que se deberá analizar más a fondo la Ley de Ahorro y Crédito Popular para efecto de encontrar un equilibrio entre el sector social de la economía y las sociedades mercantiles.

Sin embargo, con las reformas que aprobó la colegisladora, son para efecto de incluir a las sociedades cooperativas dentro del marco legal en materia de ahorro y crédito popular, a razón de la nueva Ley de Sociedades cooperativas, motivo por el cual, se aprueban dichas reformas.

SÉPTIMO.- Por otra parte, la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social de la LVIII legislatura de esta Honorable Cámara de Diputados, en su dictamen y posterior minuta, se aprobó abrogar la Ley de Sociedades de Solidaridad Social, a través del artículo Tercero Transitorio.

Sin embargo, el Senado de la República resolvió en su dictamen (fojas 59 y 60) eliminar el artículo tercero transitorio a razón de lo siguiente:

"abrogar la Ley de Sociedades de Solidaridad Social, publicada en el Diario Oficial de la Federación en mayo de 1976. Expresando que las Sociedades de ese tipo constituidas a la fecha de publicación del presente Decreto continuarán rigiéndose conforme a las disposiciones de la Ley de Sociedades de Solidaridad Social.

Asimismo se señala que la Secretaría de economía promoverá las facilidades que permitan la transformación de estas sociedades en sociedades cooperativas, y recibirá de parte de la Secretaría de la Reforma Agraria y la secretaría del Trabajo y Previsión Social los registros de Sociedades de Solidaridad en su poder, para que sena integradas en el Padrón Nacional Cooperativo.

Sin embargo, es importante señalar que la Ley de Sociedades de Solidaridad Social ha permitido la existencia de un gran número de pequeñas organizaciones de trabajo asociado, especialmente en los pueblos marginados. Aproximadamente 14,100 sociedades inscritas en el Registro Agrario Nacional, más aquellas registradas por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, se verían desincentivadas; además, quedaría cerrada la posibilidad de constituir nuevas sociedades bajo esta figura idónea para la economía social, lo cual contradice el espíritu del artículo 25 constitucional. Lo anterior, es especialmente delicado en un momento en el que en nuestro país enfrenta serios problemas de desempleo, ya que el artículo 2° de la Ley de Sociedades de Seguridad Social establece textualmente que el objeto de estas sociedades es, en primer lugar, "la creación de fuentes de trabajo".

En todo caso, para estas Comisiones no queda claro cual es el propósito de desaparecer un esquema de organización social para sustituirlo por el de cooperativas, conforme a lo establecido en el Artículo Tercero Transitorio de esta Minuta en dictamen."

De lo anterior, se desprende que efectivamente no es adecuado eliminar a las sociedades de solidaridad social, en virtud que esta figura jurídica es utilizada principalmente en materia agraria, de la que depende el sector social de la economía de nuestro país, al igual que las sociedades cooperativas y otras figuras jurídicas.

En efecto, estas dictaminadoras en obvio de repeticiones se adhieren a las conclusiones de la colegisladora, en el que resolvieron eliminar el artículo tercero transitorio, que establecía abrogar la Ley de Sociedades de Solidaridad Social.

Por todo lo anteriormente expuesto y fundado, estas dictaminadoras RESUELVEN lo siguiente:

PRIMERO. Concluido el análisis correspondiente, arriban a la conclusión que fueron aprobadas las modificaciones y adiciones con relación a la minuta que aprobó el Senado de la República, siendo los artículos 2, 3, 4, 7, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 20 A, 27, 29, 35, 38, 45, 46, la fracción XI del artículo 47, 51, parcialmente el artículo 52, 53, 55, 64, 66, 70, 71, 73, 82, 88, 94, 99, parcialmente el artículo 100, 101, 102 y 104 del proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Sociedades Cooperativas.

De igual forma, se aprueban las adiciones realizadas a las diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y de la Ley de Ahorro y Crédito Popular.

SEGUNDO. Se desaprueban los artículos 10, 11, fracción XXIV del artículo 16, 25, 26, 31, 34, fracción III del artículo 47, parcialmente el artículo 52, 58, 67, 75, fracción XVII del artículo 91, 92 y parcialmente el artículo 100 del proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Sociedades Cooperativas, por lo que se solicita muy respetuosamente a la Honorable Cámara de Senadores tome en consideración las razones por las cual se desecharon los artículos anteriormente señalados, de conformidad con lo establecido por el inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Además, se solicita a la colegisladora tome en consideración las observaciones realizadas a los artículos 9, 27, fracciones VII y VIII del artículo 47, artículo 55 del proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Sociedades Cooperativas, haciendo la aclaración que dichos preceptos no fueron motivo de aprobación y rechazo por parte del presente instrumento legislativo.

De lo anterior, se aprueba por mayoría de los integrantes de las Comisiones Unidas de Fomento Cooperativo y Economía Social y de Gobernación, quienes someten a consideración de la Honorable Asamblea el siguiente:

DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE LA LEY DE SOCIEDADES COOPERATIVAS, SE REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL Y SE REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE AHORRO Y CRÉDITO POPULAR.

ARTÍCULO PRIMERO.- Se expide la siguiente:

LEY DE SOCIEDADES COOPERATIVAS

Una vez concluida la lectura por el secretario técnico, el Presidente de la Comisión, toda vez que por falta de quórum, no se puede poner a consideración el presente proyecto de dictamen, pregunta si existe algún comentario al respecto, en uso de la voz el diputado José Juan Barcenas González, menciona que independientemente del quórum, a su parecer todavía habrá que pulir dicho documento, proponiendo en sesión próxima se apruebe en lo general dicho dictamen, y se revise en lo particular casos concretos, el Presidente de la Comisión aclara que el presente dictamen recoge todas las sugerencias que los diputados externaron en las diferentes mesas de trabajo inclusive se cuenta con las minutas correspondientes para su consulta, en base a lo anterior, propone que el proyecto de dictamen sea analizado meticulosamente por parte de los integrantes y en una reunión próxima se presente pudiéndose implementar las reuniones de trabajo que sean necesarias, estando de acuerdo los presentes en la sugerencia vertida por el Presidente.

4.- Asuntos generales.

No habiendo más asunto que tratar se da por agotada la presente sesión, siendo las trece horas con cuarenta minutos del día y la hora en que se actúa.

Palacio Legislativo, a 7 de diciembre del año 2005.

Dip. Francisco Javier Saucedo Pérez (rúbrica)
Presidente
 
 
 
 
 
 
 
 

Inklusion
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