Iniciativas
QUE REFORMA LA FRACCIÓN VII DEL ARTÍCULO 73 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN MATERIA DE COORDINACIÓN ENTRE LA FEDERACIÓN Y LOS ESTADOS, PRESENTADA POR EL DIPUTADO JOSÉ RANGEL ESPINOSA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI, EN LA SESIÓN DE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL MIÉRCOLES 17 DE AGOSTO DE 2005
José Rangel Espinosa, en mi carácter de diputado de la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en los artículos 71 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en los artículos 55, fracción II, 62 y 63 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presento ante esta soberanía iniciativa de Decreto para que se reforme la fracción VII del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, adicionándole un párrafo que establezca la facultad de los Estados de la Federación y de los Municipios para cobrar los impuestos federales que se generen en sus respectivas jurisdicciones, con base en las siguientes
Consideraciones
Primera. Que resulta evidente la insuficiencia de los recursos financieros que requiere el gobierno para dar respuesta a las crecientes demandas de servicios por parte de la ciudadanía y que no es pertinente incrementar los vigentes gravámenes con que es afectado un número reducido de contribuyentes, cada vez más agobiado por la carga que soporta para cubrir tales impuestos.
Segunda. Que ante tal situación debe buscarse la ampliación de la base de contribuyentes, misma que es muy raquítica porque en gran medida se encuentra circunscrita a los llamados causantes cautivos, debido a la incapacidad práctica del gobierno federal para obligar a muchos de quienes se dedican a actividades productivas o cuentan con bienes de capital, a contribuir a los gastos públicos.
Tercera. Que, además, buena parte de los contribuyentes actuales no pagan sus impuestos en la cantidad que legalmente debieran por la ineficacia e ineficiencia de las administraciones tributarias para cuidar que cada individuo o empresa lleven a cabo las manifestaciones de sus bienes o de sus operaciones mercantiles en la magnitud que en realidad procede.
Cuarta. Que es lamentable el proporcional deterioro que ha sufrido la recaudación de los impuestos federales, frente al crecimiento de la población y el de la economía nacional, a partir de los vigentes Convenios derivados de la Ley de Coordinación Fiscal celebrados con los diferentes Estados de la República, debido precisamente a la ineficiencia e ineficacia de las autoridades tributarias encargadas de hacer efectivo el pago por parte de los contribuyentes, por una parte, por la falta de interés directo en tal tarea y, por la otra, por el desconocimiento de las circunstancias específicas que imperan en cada localidad, mismas que son determinantes para procurar que cada quien pague lo que realmente le corresponde y para ampliar la base de contribuyentes.
Quinta. Que es incontrovertible el interés de las entidades federativas y, en especial, el de los ayuntamientos municipales, en cuidar que la captación de los impuestos federales se lleve a cabo con la mayor propiedad, dado que de ello depende la cuantía de las participaciones a que tienen derecho sobre tales gravámenes, y que son tales entidades públicas la que mejor conocen las circunstancias sociales y políticas que pueden determinar las modalidades a implementar para lograr la veracidad en las declaraciones y el incremento del número de contribuyentes.
Sexta. Que tal captación de gravámenes bajo la responsabilidad de los estados y municipios, abriría nuevamente a estos la posibilidad de ampliar fuentes de trabajo para profesionales y personal administrativo calificado local, dentro de sus respectivas circunscripciones, en la forma y términos que mejor convengan al desarrollo de sus economías.
Séptima. Que legalmente es a las entidades federativas y a los correspondientes municipios a quienes corresponde la determinación del como y el donde apoyar al gobierno federal en la captación de los impuestos que de acuerdo al artículo 73 nuestra Carta Magna tiene facultad para fijar el Congreso de la Unión.
Conforme a lo anteriormente expuesto y a las disposiciones legales citadas, me permito proponer a esta soberanía la aprobación del siguiente
Decreto
Único. Se adiciona la fracción VII del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos con un segundo párrafo en los términos siguientes:
Cuando tales gravámenes se deban recaudar en la circunscripción territorial de los estados de la Federación y en sus respectivos municipios, serán estos los que harán la captación de los mismos de acuerdo con lo que se establezca en los convenios de coordinación fiscal que al efecto deberán celebrarse entre la Secretaría de Hacienda y Crédito Público del Gobierno Federal y dichos estados.
Transitorios
Primero. Se abroga la Ley de Coordinación Fiscal de 22 de diciembre de 1978 y todas las disposiciones legales que se opongan a lo ordenado en este decreto.
Segundo. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dip. José Rangel Espinosa (rúbrica)
(Turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales. Agosto 17 de 2005.)
QUE ADICIONA UN PENÚLTIMO PÁRRAFO AL ARTÍCULO 26 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, PARA DAR PARTICIPACIÓN A LA CONFERENCIA NACIONAL DE GOBERNADORES EN LA PLANEACIÓN NACIONAL DEL DESARROLLO, PRESENTADA POR EL DIPUTADO RAFAEL GARCÍA TINAJERO PÉREZ, EN NOMBRE DE LA DIPUTADA MINERVA HERNÁNDEZ RAMOS, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD, EN LA SESIÓN DE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL MIÉRCOLES 17 DE AGOSTO DE 2005
Los que suscribimos, diputados federales a la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, e integrantes del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55 fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentamos ante esta H. Cámara de Diputados iniciativa de decreto por la que se adiciona un penúltimo párrafo al artículo 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para dar participación a la Conferencia Nacional de Gobernadores en la Planeación Nacional del Desarrollo, bajo la siguiente:
Exposición de Motivos
En términos de lo dispuesto por el artículo 40 de nuestra Constitución ha sido voluntad del pueblo mexicano constituirse en una república representativa, democrática, federal compuesta por estados libres y soberanos (autónomos según la teoría constitucional) en todo lo concerniente a su régimen interior, pero unidos en una federación establecida según los principios de nuestra ley fundamental.
El pacto federal mexicano, data del siglo XIX, el 31 de enero de 1824 se aprobó el Acta Constitutiva de la Federación Mexicana, a fin de otorgar a la república mexicana la característica de un estado federal y, posteriormente, el 4 de octubre de 1824 se promulgó nuestra primera Constitución, donde México se definió constitucionalmente como un país federal.
Bajo este ideal, inspirado en nuestra herencia española y el modelo de los Estados Unidos de América, se acuerda la distribución política del poder, entre la Federación y sus entidades federativas, así como las características del gobierno.
Posteriormente, ante la imposición del centralismo en 1835, la proclama del federalismo fue reivindicada por José María Luis Mora en 1837, así, a la voz de la República se le añadió la palabra "Federal, concepto novedoso, en virtud de que las fuerzas de la vieja sociedad, por su naturaleza e intereses intrínsecos, se hallaban centralizadas.
El Federalismo es una forma de estado constituida por la voluntad de entidades políticas soberanas que lo conforman, que deciden pactar entre ellas la constitución de un orden superior de gobierno, con el objetivo principal de formar una nación única, en pro del desarrollo de todas y cada una de las entidades.
En este sentido, el federalismo mexicano ha significado una alternativa de cambio gradual, para que la sociedad mexicana se reacomode, sin violentar los principios institucionales, manteniendo la articulación de las entidades federativas y la conducción del país hacia un modelo de desarrollo, basado principalmente, en la compensación entre regiones con recursos y posibilidades hacia las regiones con pocos o nulos recursos.
El Federalismo mexicano encuentra en el Sistema Nacional de Coordinación Fiscal (SNCF), uno de sus mecanismos de expresión más importantes para la armonización fiscal, así como para la mejor recaudación y administración de los ingresos públicos, y cuyos antecedentes se encuentran en las Convenciones Nacionales Fiscales de 1927, 1933 y 1947.
A pesar de que el siglo pasado se caracterizó por un fuerte centralismo, y que determinó que la Federación monopolizará los ingresos públicos más importantes, en los últimos, con la democratización del país, la lucha por el fortalecimiento del Federalismo ha tomado dimensiones y características especiales y surge un movimiento inédito denominado Conferencia Nacional de Gobernadores (Conago), cuyo antecedente inmediato es la Asociación Nacional de Gobernadores (Anago) integrada por los gobernadores de Baja California Sur, Michoacán, Zacatecas, Tlaxcala, y el Jefe de Gobierno del Distrito Federal, bajo la idea de revisar las políticas del Ejecutivo Federal en relación con las reducciones en las participaciones federales de los estados y el Distrito Federal, así como respecto de los fondos de aportaciones federales señaladas por la Ley de Coordinación Fiscal.
En este contexto, el 13 de julio del año 2002, se creó la Conferencia Nacional de Gobernadores, en un inicio por 20 gobernadores (16 del Partido Revolucionario Institucional y 4 del Partido de la Revolución Democrática integrantes de la Anago).
Esta agrupación sin precedentes, conformada por los gobernadores de la mayoría de las entidades federativas, plantea por primera ocasión en nuestra historia reciente, la posibilidad de cambiar los términos del Pacto Federal y el Sistema Nacional de Coordinación Fiscal y surge como un espacio de interlocución en la transformación de la relación federación-estados, una alternativa para la discusión y negociación en la búsqueda de soluciones a través de la articulación efectiva de políticas locales y federales, con la participación plural de las entidades federativas en las reuniones y el consenso para la toma de decisiones.
Es así que la Conago se ha convertido en un contrapeso de suma importancia para el Ejecutivo Federal, razón por la cual, en la construcción de un nuevo sistema federal, es ineludible impulsar una profunda redistribución de autoridad, responsabilidades y recursos hacia los gobiernos estatales.
En este sentido, en consideración a que la Conferencia Nacional de Gobernadores se ha convertido en una expresión de la transformación política del país, que impulsa la promoción del desarrollo social en los ámbitos nacional, estatal, regional y municipal, actualizando las relaciones interinstitucionales, con respeto y colaboración entre los órdenes de gobierno, y con el firme propósito de reafirmar el superior compromiso de las entidades federativas con el Pacto Federal e impulsar un proceso político de auténtica descentralización y el fortalecimiento del Federalismo en todos los órdenes y en todas las regiones, proponemos consolidar la Conferencia Nacional de Gobernadores, mediante su incorporación en la Planeación Nacional del Desarrollo, con la adición del artículo 26 constitucional, garantizando su permanencia como un espacio plural que contribuya al fortalecimiento del federalismo con el propósito de atender las necesidades colectivas, equilibrar, armonizar y estimular el crecimiento económico de nuestras Entidades Federativas, de nuestras regiones y municipios, en el marco de un verdadero diálogo y concertación con los poderes federales.
Por lo anteriormente expuesto, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados la presente:
Iniciativa de decreto por la que se adiciona un penúltimo párrafo al artículo 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, conforme a lo siguiente:
Único.- Se adiciona un penúltimo párrafo al artículo 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
"Artículo 26. ...
En la planeación nacional del desarrollo, se reconoce a la Conferencia Nacional de Gobernadores como el espacio institucional permanente de vinculación, consulta, deliberación, diálogo y concertación de los estados y el Distrito Federal con el Poder Ejecutivo Federal, con el propósito de atender las necesidades colectivas, así como estimular, equilibrar y armonizar el crecimiento económico.
Los programas y políticas públicas federales que tengan incidencia en las Entidades Federativas deberán adoptar los acuerdos de la Conferencia. Para tal efecto, el Ejecutivo Federal deberá considerar los acuerdos de la Conferencia en el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación, proveyendo lo necesario al efecto de su cumplimiento.
............".
Transitorio
Único.- El presente Decreto entrará en vigor el primero de diciembre de 2006.
Dado en el Salón de Sesiones de la Comisión Permanente, a los 15 días del mes de agosto de dos mil cinco.
Diputados: Minerva Hernández Ramos (rúbrica), Diana Bernal Ladrón de Guevara, Rafael García Tinajero (rúbrica).
(Turnada a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Fortalecimiento del Federalismo. Agosto 17 de 2005.)
QUE REFORMA EL SEGUNDO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 9 DE LA LEY DE AMPARO, PRESENTADA POR EL DIPUTADO LUIS MALDONADO VENEGAS, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DE CONVERGENCIA, EN LA SESIÓN DE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL MIÉRCOLES 17 DE AGOSTO DE 2005
El suscrito, Luis Maldonado Venegas, diputado federal de la LIX Legislatura del Honorable Congreso de la Unión e integrante del grupo parlamentario del Partido Convergencia, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración del Pleno de la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión, la siguiente Iniciativa con Proyecto Decreto que reforma el segundo párrafo del artículo noveno de la Ley de Amparo, de conformidad a la siguiente
Exposición de Motivos
Una de las tareas que los legisladores debemos implementar en esta etapa de nuestra vida democrática, debe ser la de modificar todas aquéllas disposiciones que aun prevalecen en nuestro orden jurídico nacional y que otorgan ventaja al Estado frente a los gobernados al presentarse una controversia en la cual es parte.
Tal es el caso del artículo noveno de la Ley de Amparo que faculta a las personas morales oficiales para ocurrir en demanda de amparo, por conducto de los funcionarios o representantes que designen las leyes, cuando el acto o la Ley que se reclamen afecte los intereses patrimoniales de aquéllas, pero en cuyo segundo párrafo, agregado en 1988, prevalece una disposición desde mi punto de vista inequitativa, porque establece lo siguiente: "las personas morales oficiales estarán exentas de prestar las garantías que en esta Ley se exige a las partes".
Ello significa en la práctica litigiosa que todas las personas físicas y morales deben respetar las garantías que la Ley de Amparo establezca pero exime de las mismas al Estado, lo cual es a todas luces injusto, por lo que considero que la Ley debe homologar a las personas morales oficiales con los mismos deberes y obligaciones que la Ley impone a las demás personas que demandan el amparo y protección de la justicia de la unión.
Además, es jurídicamente evidente que el párrafo, que hoy propongo reformar, es inconstitucional, pues contradice la fracción X del artículo 107 Constitucional, ya que esta señala:
"Los actos reclamados podrán ser objeto de suspensión en los casos y mediante las condiciones y garantías que determine la ley, paro lo cual se tomará en cuenta la naturaleza de la violación alegada, la dificultad de reparación de los daños y perjuicios que pueda sufrir el agraviado con su ejecución, los que la suspensión origine a terceros perjudicados y el interés público.
Dicha suspensión deberá otorgarse respecto de las sentencias definitivas en materia penal al comunicarse la interposición del amparo, y en materia civil, mediante fianza que dé el quejoso para responder de los daños y perjuicios que tal suspensión ocasionare, la cual quedará sin efecto si la otra parte da contrafianza para asegurar la reposición de las cosas al estado que guardaban si se concediese el amparo, y a pagar los daños y perjuicios consiguientes;"
Ello significa que la suspensión debe concederse en todo caso previa garantía, sin hacer concesiones y excepciones aunque se trate del Estado.
Y así se respetaba con anterioridad a la modificación en el año de 1988 al artículo 9 de la Ley de Amparo, pues prevalecía el siguiente criterio jurisprudencial de 1949 que encontramos en el Semanario Judicial de la Federación. Quinta Época, tomo XCIX, Pág. 555 y que a la letra dice:
"Conforme a los artículos 107, fracción VI (hoy X), de la Constitución y 125 de la Ley de Amparo, tratándose de la suspensión de actos reclamados en juicios de amparo, la suspensión debe concederse en todo caso previo otorgamiento de una garantía, sin que en tales preceptos se haga distinción alguna ni se señalen excepciones de ninguna especie; y, como, además, en la realidad de los hechos, no obstante la notoria solvencia del Estado, el particular, tropieza con tales dificultades para conseguir que se hagan efectivas las responsabilidades en que el Estado haya incurrido con motivo de la suspensión del acto reclamado por su representación legal, dificultades que, en numerosos casos, hace nugatorios los derechos adquiridos por dicho particular, ello es un motivo más para exigir que el Ministerio Público, en todo caso, otorgue la garantía que señalan, sin excepción alguna, los preceptos legales que se han mencionado."
Un ejemplo concreto de la desigualdad procesal del segundo párrafo del artículo 9 de la Ley de Amparo, se da en materia laboral. El trabajador que obtenga un laudo favorable frente a la representación patronal, en caso de que esta opte por recurrir al juicio de amparo, deberá otorgar al trabajador una garantía para asegurar la subsistencia de éste, independientemente de que la sentencia de amparo le sea favorable o confirme el laudo emitido, pero si el demandante de amparo es el Estado, éste no está obligado a otorgar al trabajador garantía alguna.
Derivado de lo anteriormente expuesto, es que someto a la consideración de ustedes el siguiente proyecto de decreto:
Artículo Único.- Se reforma el segundo párrafo del artículo 9 de la Ley de Amparo en los siguientes términos:
Artículo 9. Las personas morales oficiales podrán ocurrir en demanda de amparo, por conducto de los funcionarios o representantes que designen las leyes, cuando el acto o la Ley que se reclamen afecten los intereses patrimoniales de aquéllas.
Las personas morales oficiales sin excepción de ninguna especie deberán prestar las garantías que en esta Ley se exige a las partes.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Salón de sesiones de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, a los 16 días del mes de agosto del 2005.
Dip. Luis Maldonado Venegas (rúbrica)
(Turnada a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos. Agosto 17 de 2005.)
QUE ADICIONA Y REFORMA EL ARTÍCULO 105, FRACCIÓN II, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A CARGO DE LA DIPUTADA CRISTINA PORTILLO AYALA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD, RECIBIDA EN LA SESIÓN DE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL MIÉRCOLES 17 DE AGOSTO DE 2005
La que suscribe, Cristina Portillo Ayala, integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LIX Legislatura, en ejercicio de la facultad que me otorga la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 56, 62 y 63 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presento ante la Honorable Comisión Permanente del Congreso de la Unión, iniciativa de decreto que adiciona y reforma el artículo 105, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de acciones de inconstitucionalidad.
Exposición de Motivos
El carácter de norma fundamental que concede a la Constitución la nota de Ley Suprema del Estado, supone que todo el ordenamiento jurídico se encuentra condicionado por las disposiciones constitucionales y que ninguna autoridad estatal tiene más poderes que los que lo reconoce la Carta Magna, puesto de ella depende todo el sistema de normas e instituciones que componen aquel ordenamiento. Todo acto o relación encuentra en definitiva, en el orden jurídico fundamental, el fundamento y la justificación de su legalidad.
La supremacía de la Lex Superior sobre el resto del ordenamiento jurídico y la del Poder Constituyente sobre los poderes constituidos determina la necesidad de que toda norma y todo acto público en general sean conformes a las disposiciones constitucionales. Pero el principio de la supremacía constitucional no sería sino una mera declaración teórica, si en la misma Ley Suprema no se establecieran procedimientos para hacerlo efectivo en la dinámica política.
El control de la constitucionalidad supone la realización de un contraste entre una norma legal y otra constitucional para determinar si la primera, en cuanto norma jerárquicamente inferior, es compatible con la segunda o si, por el contrario, la contraría, en cuyo caso el órgano de constitucionalidad habrá de declararla invalida.
Con las denominadas acciones de inconstitucionalidad, el legislador intentó llevar hasta sus últimas consecuencias el principio de supremacía constitucional. Se trata de un control directo y abstracto de normas generales en virtud de que precisamente es la disposición general el objeto directo del proceso ante la Suprema Corte de Justicia, y corresponde a ella examinar en abstracto y en forma principal la compatibilidad de la disposición con la Carta Magna, al margen de la aplicación de aquella en una situación determinada y concreta.
Las acciones de inconstitucionalidad constituyen un control judicial de constitucionalidad de carácter abstracto porque se planeta única y exclusivamente en defensa de la Constitución.
Con las acciones de inconstitucionalidad se instituyó una garantía, una acción de naturaleza político-jurisdiccional, que resulta procedente cuando el orden fundamental es desconocido o violado, para restaurarlo; es decir, constituye instrumento tutelar tanto de los derechos fundamentales como de las atribuciones de los órganos de gobierno, contra su afectación por parte de las autoridades públicas.
Su base de procedencia ya no descansa en la necesaria actualización de un agravio personal y directo sobre un individuo determinado y sus resoluciones no se limitan a proteger exclusivamente a la persona del agraviado, sino por el contrario, conllevan efectos erga omnes.
Como medio de control, su pretensión última debiera consistir en la salvaguarda del orden primario o total, a través de la función interpretativa y de decisión respecto si un acto de autoridad está o no apegada a sus disposiciones. Para contribuir con ello al fortalecimiento de nuestro Estado de derecho al proporcionar un medio de mayor protección de la Magna Lex y, como consecuencia, de los gobernados en contra de todos aquellos actos normativos que atentan contra la misma.
Así, en la exposición de motivos de las reformas de mil novecientos noventa y cuatro al artículo 105 constitucional, se expone que con la introducción de estas acciones en el orden jurídico mexicano, se busca fortalecer un estado de derecho que garantice la vigencia de las normas, el apego del gobierno a la ley, la seguridad de las personas, el disfrute de su patrimonio y el ejercicio de sus libertades.
No obstante, el Constituyente estructuró las acciones de inconstitucionalidad con una serie de insuficiencias y limitaciones que las han convertido en medios de control de eficacia muy restringida, provocando que durante los diez años primeros de estar en vigor su ejercicio se manifieste muy discreto.
a) Establecer de manera expresa que todas las normas de carácter general son objeto materia de protección de las acciones de inconstitucionalidad.
Dispone el artículo 105, fracción II, párrafo primero, "de las acciones de inconstitucionalidad que tengan por objeto plantear la posible contradicción entre una norma de carácter general y esta Constitución". Señalando de manera clara que dichas acciones tienen por objeto plantear la posible contradicción entre una norma de carácter general y la Carta Magna, cuyo significado debiera ser el de cualquier norma general, independientemente de quien sea el órgano emisor o el rango de la norma. Sin embargo, en contradicción, los incisos de la misma, legitiman para el ejercicio de la acción a órganos legislativos que hayan participado en su emisión, lo cual parece que limita la acción a normas con rango de ley. Incluso en el caso del Procurador General parece que se limita a leyes y tratados internacionales, en virtud de lo cual el supuesto se cierra a normas de rango de ley dejando un vacío en relación a la posible inconstitucionalidad de otro tipo de normas generales que no pueden ser impugnadas por esta vía teniendo que recurrir a la controversia constitucional en los casos en que los supuestos se adecuaran.
Esta interpretación dejaría fuera de control constitucionalidad a diversas normas de efectos generales, entre otros: reglamentos y decretos expedidos por los Poderes Ejecutivos Federal, locales y el Jefe de Gobierno de Distrito Federal; reglamentos, bandos de policía y buen gobierno, circulares y disposiciones administrativas expedidos por ayuntamientos de municipios; circulares y disposiciones administrativas de observancia general dictadas por organismos integrantes de la Administración Pública Federal.
Por ello, en la iniciativa se proyecta reformar los incisos a), b), c), d) y e) de la fracción II del artículo 105 de la Constitución General de la República, para que de manera expresa se reconozca la procedencia de las acciones de inconstitucionalidad no sólo contra leyes y tratados internacionales, sino también contra cualesquier otra disposición de aplicación general.
b) Ampliar el plazo para la interposición de las acciones de inconstitucionalidad.
Por vía de las acciones de inconstitucionalidad, de acuerdo a la regulación vigente, solamente pueden impugnarse las disposiciones recientes, ya que la acción debe ejercitarse dentro de los treinta días naturales siguientes a la fecha de publicación de la norma.
Las acciones de inconstitucionalidad como control de constitucionalidad son prácticamente inoperantes, por lo reducido del plazo que se concede a los titulares de su ejercicio, en virtud de que la anticonstitucionalidad de una ley no es fácil de advertir, sino conforme se vaya aplicando y con el transcurso del tiempo. Además de que en este periodo es muy difícil reunir el porcentaje de legisladores a los que asiste la legitimación activa.
En efecto, un plazo tan breve limita en extremo la operatividad y eficacia del control abstracto. En primer término, es un lapso muy corto para detectar un vicio no notorio inconstitucionalidad que afecta a una norma de aplicación general. Lo realmente delicado de la cuestión está referido a defectos que no son tan claros, y la práctica demuestra que los vicios de anticonstitucionalidad de varias leyes han sido detectados varios años después de que entraron en vigor, cuando ya habría transcurrido este plazo de treinta días, haciendo improcedente su cuestionamiento, no obstante que se siguieran afectando derechos e intereses legítimos.
Impidiendo también que el medio de control abstracto funcione como correctivo a la falta de unidad jurisprudencial que se deriva del control difuso de la constitucionalidad por medio del amparo.
Del mismo modo, la brevedad del plazo determina que el ejercicio de las acciones de inconstitucionalidad se traduzca en una prolongación en sede jurisdiccional de las divergencias todavía enconadas entre minorías y mayorías parlamentarias.
Como consecuencia, en la iniciativa se propone que las acciones de inconstitucionalidad puedan ejercitarse dentro del año siguiente a la fecha de publicación de la norma.
c) Reducir el porcentaje de integrantes de los órganos legislativos requerido para el ejercicio de las acciones de inconstitucionalidad.
El artículo 105, fracción II, de la Constitución limita la legitimación activa para el ejercicio de las acciones de inconstitucionalidad a tres supuestos básicos: fracciones de órganos legislativos; Procurador General de la República, y partidos políticos.
La finalidad última de otorgar legitimación a minorías políticas parlamentarias radica en impedir la imposición de criterios de la mayoría, por la sola fuerza de los votos e incluso por encima de la Lex Suprema. Porque justamente puede ocurrir que en un órgano legislativo se forme una mayoría suficiente para aprobar una ley o tratado internacional que contravenga a la Carta Magna.
Por tanto, restringir la legitimación activa a cuando menos el treinta y tres por ciento de los integrantes de las Cámaras del Congreso de la Unión o de los órganos legislativos estatales, es evidente que atenta directamente contra el principio de protección de las minorías parlamentarias que inspira en esencia la creación de este mecanismo de control constitucional.
No existe motivo político ni jurídico para que el constituyente permanente hubiese adoptado ese criterio. La legislación española, que fue una de las que orientaron la introducción de esta institución jurídica en el derecho mexicano, concede legitimación a un séptimo de los miembros del Congreso de los Diputados, y a un quinto de los senadores, cifra que en Portugal se reduce a un décimo de los diputados. Mientras que en Francia tienen legitimación algo menos de un quinto del total de los integrantes del Senado.
Para la cada vez más divida composición plural que en un futuro inmediato se dará en las Cámaras del Congreso de la Unión y en las Legislaturas locales, la exigencia de un tercio de los representantes supondrá el necesario acuerdo de cuando menos dos de los grupos parlamentarios más numerosos para estar en condiciones de promover procedimientos de esa naturaleza. Situación que por sí sola revela que la exigencia de es cifra es excesiva para la realidad política mexicana actual.
En tal virtud, en el proyecto que se somete a consideración de esta Soberanía, se hace la propuesta de reducir significativamente la representación de la minoría actora en el correspondiente órgano legislativo, y otorgar legitimación activa para ejercer acciones de inconstitucionalidad, al equivalente del diez por ciento de los integrantes de la Cámara de Diputados de Congreso de la Unión, de los componentes de la Cámara de Senadores, de los órganos legislativos estatales y de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.
Si existe la posibilidad real que en uno de esos cuerpos legislativos se forme una mayoría suficiente para aprobar una determinada ley que incluso contradiga a la propia Constitución General de la República, es obvio y pertinente hacer más accesible el ejercicio del instrumento más adecuado para la protección jurisdiccional de la Constitución, proporcionando a las minorías parlamentarias la capacidad jurídica, real y efectiva, para acudir ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación planteando, de manera directa y abstracta, la constitucionalidad de esa ley y proteger así, al unísono, su misma expresión política minoritaria y la propia supremacía constitucional, que incuestionablemente resultará de esta manera reforzada.
Asimismo, en la iniciativa también se plantea conceder a los grupos parlamentarios legitimación activa para ejercitar las acciones de inconstitucionalidad, sin importar que se encuentren constituidos con el número mínimo de miembros que exige la ley para su formación.
En el derecho parlamentario mexicano, los grupos parlamentarios son las formas de organización que podrán adoptar los legisladores, según su afiliación de partido, a efecto de garantizar la libre expresión de las corrientes ideológicas representadas en los órganos legislativos, e indudablemente que en la actualidad constituyen por excelencia la representación de las minorías políticas parlamentarias.
Al ser instituidas como garantía constitucional en beneficio de un sector de los parlamentarios de la minoría política frente a la imposición de su criterio por la mayoría, por la sola fuerza del número de votos que la respalden e incluso por encima de la norma fundamental. Es decir, estructuradas para confiarse a una sede de juicio externa, que encuentra su fundamento legitimador en la posición súper partes del tribunal de constitucionalidad y en el reconocimiento de la ley superior que tutela y somete a ambas partes, a la mayoría y a la minoría: indudablemente que existen justificación política y razón jurídica fundadas para otorgar a los grupos parlamentarios legitimación activa para promover acciones de inconstitucionalidad, como expresión más acabada, en nuestro derecho parlamentario, de las distintas corrientes ideológicas representadas en los órganos legislativos.
d) Establecer que las resoluciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación podrán declarar la invalidez de las normas impugnadas aún cuando fueren aprobadas por mayoría simple de votos.
Para que la sentencia de la Suprema Corte pueda declarar la inconstitucionalidad con efectos generales, se requiere del voto de cuando menos ocho ministros. Es la exigencia de una mayoría reforzada, de una votación ultra-calificada, que funciona como candado y hace prácticamente inoperante la procedencia de las acciones de inconstitucionalidad, ya que el número total de ministros es de once, y si sólo asistieran a la sesión diez, nueve u ocho, bastaría el voto contrario de tres, dos o incluso de uno sólo de ellos para que la declaración de anticonstitucionalidad aprobada por los otros siete no prospera, a pesar de que cerca del noventa por ciento de los asistentes a esa sesión así lo hubieran considerado.
Con los efectos desmedidos de que la sentencia tuviera el valor de cosa juzgada, con ese carácter se impusiera a todos los poderes públicos, la Suprema Corte estuviera imposibilitada para volver a conocer de la constitucionalidad de esa misma norma y el voto favorable de siete ministros constatando la inconstitucionalidad se convirtiera en simple recomendación al órgano que expidió la norma.
Como lo observa el distinguido constitucionalista Miguel Covián Andrade, en su obra El control de la constitucionalidad en el derecho comparado, al respecto, existe una clara incongruencia entre la Constitución y la Ley Orgánica del Poder Judicial Federal, puesto que en tanto que esta ley señala un quórum de siete miembros para que pueda funcionar el Pleno de la Suprema Corte, la Constitución exige del voto de cuando menos ocho ministros para que pueda declararse la inconstitucionalidad con efectos generales. En ningún caso y en ninguna parte del mundo se da la circunstancia de que en una Constitución o en una ley derivada de ésta, se exija una votación calificada mayor al quórum de votación fijado para el órgano facultado para tomar la decisión respectiva. Sencillamente, por elemental lógica resulta imposible requerir más votos que el número de individuos que como mínimo, deben asistir a la sesión del órgano de que se trate para adoptar la decisión.
Una eventual necesidad de votación unánime para destruir los efectos de un acto que vulnera la Constitución es un espléndido mecanismo para dificultar o inclusive hacer nugatoria la función de control y asegurar la supervivencia de las infracciones a la Constitución del Estado.
Por esto, en la iniciativa se plantea que las resoluciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación podrán declarar la invalidez de las normas impugnadas aún cuando fueron aprobadas por mayoría simple de votos, que por lo demás es la mayoría requerida para resolver el medio tradicional de control de la constitucionalidad, es decir, el amparo.
En vista de las anteriores consideraciones, y con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente
Iniciativa de decreto que adiciona y reforma el artículo 105, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de acciones de inconstitucionalidad.
Único: Se adiciona y reforma el artículo 105, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo 105. La Suprema Corte de Justicia de la Nación conocerá, en los términos que señale la ley reglamentaria, de los asuntos siguientes:
I. ...
II. De las acciones de inconstitucionalidad que tengan por objeto plantear la posible contradicción entre una norma de carácter general y esta Constitución.
Las acciones de inconstitucionalidad podrán ejercitarse, dentro del año siguiente a la fecha de publicación de la norma, por:
a) Los grupos parlamentarios o el equivalente al 10% de los integrantes de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, en contra de leyes federales o del Distrito Federal expedidas por el Congreso de la Unión o cualquier otra norma federal de carácter general;
b) Los grupos parlamentarios o el equivalente al 10% de los integrantes del Senado, en contra de leyes federales o del Distrito Federal expedidas por el Congreso de la Unión o de tratados internacionales celebrados por el Estado Mexicano o cualquier otra norma federal de carácter general;
c) El Procurador General de la República, en contra de leyes de carácter federal, estatal y del Distrito Federal, así como de tratados internacionales celebrados por el Estado Mexicano o cualquier otra norma federal, local y del Distrito Federal de carácter general;
d) Los grupos parlamentarios o el equivalente al 10% de los integrantes de alguno de los órganos legislativos estatales, en contra de leyes expedidas por el propio órgano o cualquier otra norma local de carácter general, y
e) Los grupos parlamentarios o el equivalente al 10% de los integrantes de la Asamblea de Representantes del Distrito Federal, en contra de leyes expedidas por la propia Asamblea o cualquier otra norma de carácter general en el Distrito Federal. Y
f) Los partidos políticos con registro ante el Instituto Federal Electoral, por conducto de sus dirigencias nacionales, en contra de leyes electorales federales o locales; y los partidos políticos con registro estatal, a través de sus dirigencias, exclusivamente en contra de leyes electorales expedidas por el órgano legislativo del Estado que les otorgó el registro.
La única vía para plantear la no conformidad de las leyes electorales a la Constitución es la prevista en este artículo.
Las leyes electorales federales y locales deberán promulgarse y publicarse por lo menos noventa días antes de que inicie el proceso electoral en que vayan a aplicarse, y durante el mismo no podrá haber modificaciones legales fundamentales.
Las resoluciones de la Suprema Corte de Justicia podrán declarar la invalidez de las normas impugnadas aún cuando fueren aprobadas por simple mayoría de votos.
III. ...
Artículo Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Sede de la Honorable Comisión Permanente, a los diecisiete días del mes de agosto de dos mil cinco.
Dip. Cristina Portillo Ayala (rúbrica)
(Turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales. Agosto 17 de 2005.)
QUE ADICIONA LOS ARTÍCULOS 61 BIS Y 61 BIS 1 AL REGLAMENTO PARA EL GOBIERNO INTERIOR DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A CARGO DEL DIPUTADO SAMI DAVID DAVID, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI, RECIBIDA EN LA SESIÓN DE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL MIÉRCOLES 17 DE AGOSTO DE 2005
Sami David, diputado federal integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de esta LIX Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presento ante esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan los artículos 61 Bis y 61 Bis 1 al Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, de conformidad con la siguiente
Exposición de Motivos
En el marco de las reformas que el Congreso de la Unión ha emprendido durante la presente legislatura y con el propósito de dar respuestas más eficaces a la ciudadanía en la defensa y promoción de sus intereses, sean éstos de carácter particular o de grupos sociales, es necesario fortalecer las relaciones entre la sociedad civil y las instituciones de representación política del Estado mexicano.
La sociedad ha expresado de diferentes formas sus exigencias de mayor participación en los asuntos que directamente le afectan, por lo que es imperativo construir un marco jurídico más eficaz para atender los reclamos que la sociedad plantea de manera permanente.
Adecuar las normas que regulan la participación de la ciudadanía en las decisiones de los órganos del poder público, contribuirá a fortalecer de manera significativa nuestro régimen democrático, pues la participación ciudadana no tiene porque limitarse a la sola elección de sus representantes, por el contrario, ésta ya es más dinámica y demandante de mayores espacios en la vida pública del país.
El Poder Legislativo, como órgano de representación política, no ha sido ajeno al ejercicio de la participación ciudadana, pues en él se encarna el mandato popular, que adicionalmente tiene como responsabilidad establecer vínculos con las organizaciones de la sociedad civil para atender sus demandas.
Por ello se han construido puentes de comunicación con las instancias que fungen como representantes y gestores de diferentes grupos sociales, de personas físicas o morales, de organizaciones del sector público, académico, organismos no gubernamentales, gremiales, entre otros, que tratan de influir, persuadir y convencer a los legisladores para que tomen determinadas decisiones respecto de diferentes temas en los trabajos que las Comisiones o el Pleno llevan a cabo; se trata de asuntos relacionados con el contenido de una ley o decreto, aprobación o rechazo de los mismos o de cualquier otra resolución o declaración que formule el Poder Legislativo, con la finalidad de armonizar los intereses particulares que representan con los programas y objetivos de los órganos de representación popular.
Dada la importancia social, económica y política que esta actividad tiene en el país, los legisladores han empezado a retomarlo como un asunto de interés público; muestra de ello es que en las dos últimas legislaturas del Congreso, legisladores de diferentes corrientes políticas han presentado varias iniciativas para regular adecuadamente la función de quienes ejercen de manera profesional la actividad de promotores de intereses, mejor conocidos como cabilderos. Entre estas iniciativas se encuentran: la Ley Federal para la Regulación de la Actividad Profesional del Cabildeo y la Promoción de Causas, presentada el 29 de abril de 2002 por el diputado a la LVIII legislatura Efrén Leyva Acevedo, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; Ley Federal de Cabildeo, presentada el 7 de agosto de 2002 en la Comisión Permanente del Congreso de la Unión por el senador Fidel Herrera Beltrán, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; Ley Federal de Cabildeo, presentada el 22 de abril de 2004 por la diputada Cristina Portillo Ayala, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; y la Ley Federal de Actividades de Promoción de Intereses de Particulares, presentada por los diputados Antonio Morales de la Peña y Federico Döring Casar, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.
Las Cámaras de Diputados y de Senadores, como representantes políticos de la sociedad, en la actualidad requieren de un mayor intercambio de información, opiniones y conocimientos en diversas materias y con los diversos sectores representativos de la sociedad civil, así como con los otros Poderes de la Unión para una mejor y más acertada toma de decisiones en el quehacer legislativo. Por ello, en el contexto de la modernización del régimen político mexicano, es preciso establecer que la actividad del cabildeo sea reconocida como una especialidad profesional y legítima y que los órganos legislativos empiecen a identificar y a regular el ejercicio que estas personas u organizaciones, mejor conocidas como cabilderos, realizan al interior de los mismos, a fin de encauzar y transparentar sus acciones.
La presencia de los particulares en los foros legislativos para tratar sus asuntos se encuentra debidamente regulada en el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso al establecer en el artículo 29: "Las sesiones del miércoles de cada semana se destinarán a tratar de preferencia los negocios de particulares".
De origen, las Cámaras del Congreso tienen la responsabilidad de propiciar acercamientos con la sociedad civil, a fin de que de manera conjunta puedan intercambiar ideas y propuestas para tomar las decisiones más acertadas sobre los asuntos que incidan en el bienestar colectivo. Muestra de ello, es la multiplicidad de demandas que durante las últimas décadas han venido planteando los ciudadanos y las organizaciones sociales ante sus representantes políticos.
La presente coyuntura política requiere un nuevo acuerdo entre la sociedad civil y los órganos del Estado, a efecto de que ambos colaboren de manera más estrecha para dar mayor sustento a la formulación de leyes y reglamentos por una parte, y por la otra dar mayores niveles de certeza y confianza a la sociedad, tal y como quedó demostrado con la reciente reforma al artículo 77 constitucional para que los particulares puedan comparecer ante las comisiones del Congreso de la Unión, con el propósito de aportar elementos considerados como indispensables para los trabajos legislativos, siempre dentro del marco de respeto de sus garantías constitucionales.
Esta medida no puede postergarse, dada la influencia que, de facto, los cabilderos ejercen no nada más dentro de los órganos legislativos, sino también en las otras esferas del poder público. Por tanto, es menester sentar las bases para una mejor coordinación y comunicación entre los diferentes sectores de la sociedad y reconocer también que los particulares tienen el derecho de participar en la formulación de la norma jurídica y en los programas de gobierno.
En esta tesitura, se plantea la necesidad de seguir aportando los elementos más idóneos para trabajar coordinadamente con la sociedad que otorgó su confianza, para que sus representantes se desempeñen como auténticos gestores políticos, de tal manera que se puedan conciliar los intereses de las minorías con los de las mayorías, sin violentar nuestro régimen jurídico; por el contrario, buscar la fortaleza de éste en beneficio de la sociedad en general.
Con la iniciativa que hoy proponemos se busca establecer un orden que regule y de facilidades a las actividades de los particulares, contribuyendo con ello a fortalecer las garantías individuales de los mexicanos.
Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de la honorable Comisión Permanente del Congreso de la Unión el siguiente
Proyecto de decreto por el que se adicionan los artículos 61 Bis y 61 Bis 1 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo Único. Se adicionan los artículos 61 Bis y 61 Bis 1 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 61. ...
Artículo 61 Bis. Los particulares, personas físicas o morales, sean las directamente peticionarias con motivo del proceso de dictamen para la creación, reforma, adición, derogación o abrogación de disposiciones jurídicas o proposiciones con punto de acuerdo, o las que actúen con autorización de éstas en la gestión respectiva, que sistemáticamente tengan presencia en procesos de petición que se formulen ante las Cámaras y que en caso de las segundas lo hagan así por constituir una de sus actividades primordiales, podrán solicitar su inscripción ante la Secretaría General, en el caso de la Cámara de Diputados o en la Secretaría de Servicios Parlamentarios, en el caso de la Cámara de Senadores, misma que tendrá una vigencia por el tiempo de ejercicio de la Legislatura que corresponda.
Para la inscripción se solicitará:
I. En el caso de personas físicas:
a) Exposición de motivos y solicitud de inscripción por escrito;
b) Comprobante de domicilio;
c) Copia de identificación oficial vigente; y
d) Elementos de acreditación sobre su actividad sistemática.
II. En el caso de personas jurídicas:
a) Exposición de motivos y solicitud de inscripción por escrito;
b) Razón social o denominación y comprobante de domicilio;
c) Copia certificada de la escritura constitutiva y en su caso, de sus modificaciones; y
d) Elementos de acreditación sobre su actividad sistemática o de la misma forma parte de su objeto social, de acuerdo con su escritura constitutiva.
Los datos a que se refiere este artículo deberán actualizarse en cada Legislatura.
Artículo 61 Bis 1. La Secretaría General, en el caso de la Cámara de Diputados, y la Secretaría de Servicios Parlamentarios, en el caso de la Cámara de Senadores, deberán identificar si un legislador en ejercicio, forma parte de una persona jurídica peticionaria o bien, que actúe en nombre de ésta, en cuyo caso lo hará saber a las Comisiones de las que aquél forma parte, así como al Presidente de la Cámara para los efectos, de darse el supuesto, de la obligada abstención de intervenir en el asunto de que se trate, de conformidad con el artículo 82 de este reglamento, sin perjuicio de las responsabilidades en que pudiera incurrirse.
Transitorio
Artículo Único. Las presentes adiciones iniciarán su vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Salón de Sesiones de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión.- México, DF, a 17 de agosto de 2005.
Dip. Sami David David (rúbrica)
(Turnada a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias. Agosto 17 de 2005.)
Excitativas
A LAS COMISIONES UNIDAS DE SALUD, DE EDUCACIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS EDUCATIVOS, DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL, Y DE SEGURIDAD PÚBLICA, A SOLICITUD DE LA DIPUTADA IRMA S. FIGUEROA ROMERO, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD, RECIBIDA EN LA SESIÓN DE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL MIÉRCOLES 17 DE AGOSTO DE 2005
La que suscribe, diputada de la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 21 y 87 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicito respetuosamente de esta presidencia tenga a bien formular una excitativa a las Comisiones Unidas de Salud, Educación Pública y Servicios Educativos, de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Pública, a efecto de que dictaminen a la brevedad para su presentación al Pleno de éste órgano legislativo, la iniciativa con proyecto de decreto por la que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud, la Ley General de Educación, la Ley Federal del Trabajo y la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de los Sentenciados.
Consideraciones
1. El 8 de febrero de 2005, presente la iniciativa relativa a la prevención, atención, tratamiento y no discriminación de las personas infectadas por el VIH-sida.
2. En la exposición de motivos señale que el VIH-sida, como enfermedad, es descrito por primera vez en 1981, asimismo, que la perplejidad que causó este síndrome desde su aparición, no ha disminuido, quizá debido a su vinculación con dos elementos que tradicionalmente los asociábamos a la vida; el semen y la sangre.
3. Además que en la actualidad, existen recomendaciones de organismos internacionales de salud y de derechos humanos en el sentido de trabajar en campañas de sensibilización y no discriminación a pacientes con VIH-sida que enfrenten no sólo su estigmatización, sino también, las dificultades que para el combate a esta enfermedad implican los prejuicios y la desinformación.
4. En nuestro país existe insuficiencia de políticas sanitarias que apoyen con suficientes recursos los programas de prevención y tratamiento a los enfermos atacados por este mal, la intolerancia y discriminación que injustamente sufren ellos y ellas, sus familiares, allegados y amigos, la falta de medicamentos antirretrovirales en las instituciones gubernamentales, el rechazo en las escuelas, clubes, asociaciones e incluso en los hospitales, el despido injustificado de quienes se les diagnóstica la enfermedad y muchas otras situaciones inaceptables.
5. La intención de esta iniciativa es dar certidumbre jurídica y una tutela efectiva a los derechos de quienes padecen esta terrible enfermedad. Está dirigida a que las escuelas no vuelvan a rechazar o negar la matrícula a los niños afectados por ésta, o a los hijos de quienes la padecen, lo mismo que en los centros de trabajo donde han sido vejados por despidos, a los sectores de la sociedad que discriminan a los portadores lo que constituye una violación a los derechos y a la dignidad de la persona.
Por lo anteriormente expuesto y toda vez que ha transcurrido el periodo a que se refiere el artículo 87 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sin que se emita ningún dictamen, ni pronunciamiento alguno por parte de las Comisiones Unidas de Salud, de Educación Pública y Servicios Educativos, de Trabajo y Previsión Social, y de Seguridad Pública.
La que suscribe la presente, con fundamento en lo que disponen las fracciones III y XVI del artículo 21 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, solicita de esta Presidencia:
Único. Se sirva formular una excitativa a las Comisiones Unidas de Salud, Educación Pública y Servicios Educativos, de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Pública, a fin de que emitan el dictamen de la iniciativa que presenté el 8 de febrero, relativa a la prevención, atención, tratamiento y no discriminación de las personas infectadas por el VIH-sida.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de agosto de 2005.
Dip. Irma S. Figueroa Romero (rúbrica)
A LA COMISIÓN DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, A SOLICITUD DE LA DIPUTADA NORMA PATRICIA SAUCEDO MORENO, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN, RECIBIDA EN LA SESIÓN DE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL MIÉRCOLES 17 DE AGOSTO DE 2005
La que suscribe Norma Patricia Saucedo Moreno, en mi calidad de diputada Federal en la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 87, 21, fracción XVI, y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicito respetuosamente de esta Presidencia, tenga a bien formular una excitativa a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos de la Cámara de Diputados, a efecto de que se dictamine a la brevedad para su presentación ante el pleno de dicho órgano legislativo, la iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de la Propiedad Industrial, del Código Penal Federal y de la Ley Federal del Derecho de Autor, para combatir rápida y eficazmente la llamada "piratería", presentada por los Diputados Ricardo Alegre Bojórquez y Manuel López Villarreal.
Antecedentes
1.- Con fecha 1 de abril de 2004, los diputados Ricardo Alegre Bojórquez y Manuel López Villarreal, presentaron ante el pleno de la Cámara de Diputados de este H. Congreso de la Unión, la iniciativa de reformas y adiciones a diversas disposiciones de la Ley de Propiedad Industrial, del Código Penal Federal y de la Ley Federal del Derecho de Autor, para combatir rápida y eficazmente la llamada "piratería", misma que fue turnada en esa misma fecha a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con opinión de las comisiones de Cultura y de Economía.
En la exposición de motivos de la iniciativa en cuestión, se señala que:
2.- En nuestro país el sector informal, representa más del 12 por ciento del Producto Interno Bruto Nacional, según estimaciones del INEGI, mientras que la Organización Internacional del Trabajo calcula que en nuestro país alrededor de 10 millones de personas viven de la informalidad. El ejemplo más claro del sector informal, lo representa el comercio ambulante, práctica comercial que es una válvula de escape de las personas que no encuentran trabajo formal. Sin embargo, detrás del comercio ambulante se esconde el comercio ilegal, que es el más perjudicial para la economía del país, dado que es la última cadena de la delincuencia organizada que se dedica a la comercialización de productos pirata, robados y de contrabando.
3.- La llamada "piratería", cuyo concepto coloquial implica la reproducción y comercialización ilícita de obras y derechos tutelados por la propiedad intelectual, lesiona diferentes sectores industriales del país, al restarles inversiones, ganancias y empleos a las empresas legalmente constituidas; poniendo en desventaja el sector formal, ya que se genera competencia desleal, dado que la mercancía pirata es de menor o similar calidad, pero se vende a menores precios. Así el gran problema de la piratería es que cada día se vuelve más competitiva, ofrece lo último, lo más novedoso y a los mejores precios. Ante esto, los productos legítimos están siendo desplazados; y los gustos de los consumidores, distorsionados.
4.- Las pérdidas por "piratería" se concentran básicamente en cuatro sectores industriales, donde la afectación tanto de recursos humanos como financieros ha sido impresionante. En el sector de programas de cómputo, las pérdidas en nuestro país ascienden a más de 200 millones de dólares; en el sector musical, México ocupa un deshonroso tercer lugar mundial, donde 6 de cada diez discos vendidos son copias apócrifas; la industria del cine, también es un sector muy lastimado por la "piratería", perdiéndose anualmente cerca de 50 millones de dólares; y finalmente, el sector editorial, reportó en el 2003, pérdidas por unos 6 mil millones de pesos, toda vez que se calcula que se dejó de vender 10 millones de libros en todo el país, por la piratería.
5.- Lo anterior es una muestra del impacto económico y social que esta propiciando la piratería, a través de los derechos de autor, pero dicha actividad criminal se ha propagado a la reproducción y comercialización de otros productos, como perfumes, medicinas, vinos, licores, ropa y calzado entre muchas más, que violan derechos de propiedad industrial, dado que la mayoría de estos artículos goza de patente, diseños industriales, modelos de utilidad o marca.
Consideraciones
El Partido Acción Nacional, reconoce las bondades e importancia de que un país, cuente con un efectivo sistema de protección de la propiedad intelectual, tanto para el progreso y futura evolución de la sociedad, como de sus miembros.
Sin duda que la producción intelectual desempeña un papel muy importante en el desarrollo de los países, ya que esta es tan importante o más que la producción material en el proceso de construcción de un país, por la razón de que aquella es la base o fundamento de esta.
Todo esto ha convertido a la propiedad intelectual, desde su aparición en el panorama jurídico mexicano, en una preocupación fundamental, tal como queda de manifiesto mediante su incorporación como principio básico en el artículo 28 de nuestra Carta Magna. En México, este factor ha tomado matiz particular, toda vez que nuestro país, ha logrado apreciar que la protección de los derechos de propiedad intelectual es, al mismo tiempo, la salvaguarda de la cultura propia y de la cultura universal.
Para Acción Nacional, queda muy claro que el primer esclavo del imperio de la ley, y de los compromisos adquiridos por el Estado mexicano, debe ser el Poder Legislativo Federal, cuyas disposiciones legales que emerjan de este órgano estatal, debe atender al puntual cumplimiento y armonía de un orden jurídico que se ha impuesto.
Al respecto, nuestro sistema jurídico en la materia, se haya enriquecido con más de treinta instrumentos internacionales que ha suscrito el Estado mexicano, de cuyas disposiciones se desprenden compromisos concretos en respeto y promoción de los creadores intelectuales, y de los inversionistas en bienes culturales.
Por otra parte, habría que recordar que el cimiento y la importancia de la propiedad intelectual, se fundamenta en una doble necesidad, misma que se traduce, en la exigencia para que todos los hombres tengan acceso y disfrute de los frutos del saber humano, y la necesidad correlativa, que existe de estimular la investigación y el ingenio, recompensando y protegiendo por ello, a los investigadores, escritores, artistas, inventores y demás creadores intelectuales.
En Acción Nacional, somos conscientes de que dados los vertiginosos cambios que se han desarrollado en el aspecto tecnológico, es necesario llevar a cabo un trabajo claro e incluyente, que aborde aspectos verdaderamente relevantes y de fondo, en pos de un fortalecimiento de los derechos que tiene los creadores intelectuales, y los inversionistas en la producción de bienes culturales, que por igual merecen y reclaman mecanismos de protección eficaces.
Derivado de lo anterior, es que se presentó la iniciativa que por este medio solicitamos que se dictamine, contando con la participación y acuerdo de voluntades de diversas agrupaciones de protección de la propiedad intelectual.
Sin duda se trata de una iniciativa que propone dotar de elementos e instrumentos a las autoridades, para combatir de manera rápida y eficazmente la conocida coloquialmente como "piratería" de propiedad intelectual; estableciendo diversas líneas de acción para ello.
Dichas líneas de acción, que proponen vías de prevención y solución al problema de la reproducción y comercialización ilícita de bienes y derechos objeto de tutela de la propiedad intelectual, desde la perspectiva de Acción Nacional, requieren ser dictaminadas, con un ánimo responsable y crítico del contenido del mismo, analizando y valorando su impacto y viabilidad, en aras de la consecución de un marco jurídico justo, que fomente las garantías y derechos tanto de los creadores intelectuales, como de la sociedad y de las industrias culturales.
Por lo anterior, expreso las siguientes:
Consideraciones de derecho
1.- Desde el día 1 de abril de 2004 a la fecha, ha transcurrido más del tiempo que se concede en el artículo 87 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos para que las Comisiones de la Cámara competentes presenten el dictamen correspondiente a la iniciativa descrita.
2.- En tal virtud, es procedente que el Presidente de la Comisión Permanente de este H. Congreso de la Unión, en cumplimiento con lo dispuesto en el primer párrafo del artículo 122 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y en la fracción XVI del artículo 21 de su reglamento, excite a la Comisión de Justicia y derechos Humanos de la Cámara de Diputados, a fin de emitir el dictamen correspondiente.
Por lo expuesto y fundado:
A usted, C. Presidente de la Comisión Permanente de la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, atentamente pido se sirva:
ÚNICO: En los términos de lo dispuesto por los artículos 21 fracción XVI del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; excite y envíe el presente documento a la comisión de Justicia y Derechos Humanos de la Cámara de Diputados, para que presenten el dictamen respectivo a la iniciativa de reformas y adiciones a diversas disposiciones de la Ley de Propiedad Industrial, del Código Penal Federal y de la Ley Federal del Derecho de Autor, presentada por los diputados Ricardo Alegre Bojórquez y Manuel López Villarreal, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, en la sesión del martes 1 de abril de 2004.
Dip. Norma Patricia Saucedo Moreno (rúbrica)
Informes
DE LA DIPUTADA MARÍA DEL CONSUELO RODRÍGUEZ DE ALBA, DE SU PARTICIPACIÓN EN LA XVII CONFERENCIA INTERPARLAMENTARIA UNIÓN EUROPEA / PARLAMENTO AMÉRICA LATINA, EN EL MARCO DE LOS TRABAJOS DEL PARLAMENTO LATINOAMERICANO, QUE SE REALIZÓ DEL 13 AL 16 DE JUNIO DE 2005 EN LIMA, PERÚ
Dip. Wintilo Vega Murillo
Vicecoordinador de Relaciones con Grupos Parlamentarios
Presente
Me permito informar a usted que asistí como delegada del grupo de legisladores mexicanos que participamos en la XVII Conferencia Interparlamentaria Unión Europea / Parlamento América Latina, en el marco de los trabajos del Parlamento Latinoamericano, que se realizó los días del 13 al 16 de junio del presente año, en la ciudad de Lima, capital de la República del Perú, y le presento un informe de los temas tratados en dicha reunión.
Desde la primera convocatoria, en 1974, las Conferencias Interparlamentarias han desempeñado un papel fundamental como marco privilegiado de diálogo entre América Latina y la Unión Europea.
Los Parlamentos de integración, que han estado siempre a la vanguardia del proceso de profundización de las relaciones entre las dos regiones, han alentado repetidamente a los gobiernos europeos y latinoamericanos a avanzar de forma más decidida.
En este contexto, y para hacer frente a los desafíos del siglo XXI, los diputados latinoamericanos y europeos, reunidos en Lima los días 14, 15 y 16 de junio de 2005, en el marco de la XVII Conferencia Interparlamentaria UE-ALC, analizaron propuestas para profundizar la asociación entre las dos regiones sobre las bases siguientes:
A. Los lazos históricos, culturales, políticos y económicos que unen a europeos y latinoamericanos; la adhesión de todos a los propósitos y principios establecidos en la Carta de las Naciones Unidas; el respeto a la legalidad internacional; el cumplimiento de los tratados; los compromisos comunes en materia de respeto de los derechos humanos; del Estado de derecho y de las libertades fundamentales; la común predilección por el multilateralismo y la multipolaridad requieren urgentemente una Asociación Estratégica Birregional que sea verdaderamente operativa.
B. Esta asociación es un proyecto de integración entre dos regiones constituidas por 58 países y pobladas por más de 900 millones de personas. Se organiza en torno a tres ámbitos principales: el político y de seguridad, el económico y comercial, y medioambiental, social y cultural.
C. La Asociación Estratégica Birregional, proclamada en junio de 1999 durante la Cumbre de Río de Janeiro, que reunió por primera vez a los jefes de Estado y de gobierno de la Unión Europea y de América Latina y el Caribe, sigue sin embargo sin plasmarse en realizaciones concretas de envergadura.
D. El diálogo interparlamentario ha sido entre tanto muy relevante y debe seguir contribuyendo al desarrollo futuro de los acuerdos de Asociación de la Unión Europea suscritos con México en el año 2000, y con Chile en el año 2002. Estos diálogos han tenido igualmente un papel fundamental en la decisión de abrir negociaciones para un acuerdo de asociación con el Mercosur y de lograr acuerdos de este tipo con la Comunidad Andina y América Central.
E. En el ámbito económico y social, a pesar de los últimos 20 años de democracia, los riesgos para la gobernabilidad política y la exclusión social, siguen siendo los grandes problemas de América Latina. Ello se traduce en una actitud escéptica frente a la política, sus instituciones y especialmente sus partidos políticos. Ahora bien, no puede haber ni gobernabilidad democrática ni justicia social sin la presencia de partidos políticos fuertes, abiertos y democráticos. La participación política de la mujer es un elemento de cohesión y profundización democrática.
F. En el ámbito medioambiental, la Unión Europea y Latinoamérica afrontan problemas similares, si bien en América Latina es más evidente el vínculo entre la lucha contra la pobreza y la lucha por la mejora del medio ambiente. Así, al menos directamente, la Unión tiene medios para adaptarse a un ligero cambio climático. Para los países de economía claramente más agrícola y mucho más pobres de América Latina, el cambio climático tendrá efectos sociales y humanos inmediatamente perceptibles y quizás incontrolables.
G. Mientras en Europa la cifra de afectados supera el medio millón, el programa de las Naciones Unidas relativo al sida (Unaids) estima que el número de personas infectadas en América Latina se sitúa entre 1,3 y 2,2 millones. Sin embargo, la mayoría de los enfermos no tiene acceso a los medicamentos genéricos. El acceso general a éstos constituye un medio eficaz en la lucha contra estas enfermedades.
H. A pesar de las dificultades encontradas, la integración regional sigue siendo en Europa y en América Latina una etapa indispensable para la construcción de sociedades más igualitarias y prósperas, por lo que debe seguir estando en la base de la Asociación Estratégica Birregional.
1. Sobre el refuerzo de la democracia y de las instituciones políticas
Una gobernabilidad democrática eficiente requiere una democracia participativa y la presencia de partidos políticos fuertes, abiertos y democráticos. Al objeto de garantizar la credibilidad social de la actividad política y de las organizaciones que la sustentan, deben tomarse, entre otras, las siguientes medidas:
Hacer pedagogía para favorecer el reconocimiento de que la política es un instrumento imprescindible para posibilitar los cambios institucionales necesarios que impulsen el desarrollo y la dignidad de los seres humanos.
Fortalecer los partidos políticos como instrumentos para impulsar y afianzar la confianza de la sociedad civil en las propias Instituciones públicas, tal y como ha sido también preconizado por el Consenso de Cuzco del 24 de mayo de 2003. Se recomienda en particular la intensificación de encuentros y la cooperación entre los partidos políticos de Europa y América Latina.
Modernizar y adaptar los partidos políticos y sus estructuras tanto a nivel nacional como regional y local a los desafíos de una sociedad en profundo cambio, con nuevos valores que defender y con nuevos retos a los que enfrentarse.
Promover la participación activa de los ciudadanos en los proyectos políticos que vinculan el futuro de sus sociedades a través de unos partidos políticos más cercanos y abiertos. La desafección entre la ciudadanía y los partidos políticos provoca graves y negativas consecuencias en el sistema democrático.
Ante la creciente globalización de las decisiones, fortalecer los instrumentos democráticos que defienden los derechos individuales y los intereses colectivos, adoptando mecanismos que refuercen la transparencia y la eficacia en la gestión pública. La lucha contra la corrupción y el fraude pueden servir como parámetros básicos de la acción conjunta birregional.
Al objeto de neutralizar los efectos negativos y potenciar los positivos de la globalización, es preciso fortalecer las instituciones y su ámbito de actuación.
Fomentar y consolidar los bloques regionales, que están demostrando ser una garantía para la paz y para elevar los niveles de vida y seguridad de sus ciudadanos.
Se propone a tal efecto la creación de un Foro Permanente de discusión dirigido a intensificar el diálogo birregional sobre los avances producidos en materia de reformas administrativas y gobernabilidad en Latinoamérica y en la Unión Europea, promoviendo el intercambio de experiencias conjuntas.
Promover cauces innovadores de participación a partir de iniciativas tales como las llevadas a cabo por ambas regiones (por ejemplo, el presupuesto participativo practicado en Brasil o las formas tradicionales de participación política de las comunidades indígenas), con miras a establecer un espacio abierto al conjunto de la sociedad civil.
Fomentar la protección de los derechos humanos, en especial los de los grupos más vulnerables de la sociedad, y combatir la xenofobia, las manifestaciones de racismo y otras formas de discriminación e intolerancia.
Asimismo se promoverán las políticas y la cooperación birregional destinadas a luchar contra el terrorismo, el narcotráfico y el crimen organizado. Dándose cumplimiento a los tratados internacionales.
Fomentar la inversión, desde una estrategia coordinada de los gobiernos del mundo, en educación, formación y nuevas tecnologías en los países del tercer mundo, para reducir el abismo que hoy separa los países desarrollados de los que no lo son.
Promover acciones que eliminen los obstáculos que impiden el acceso y la participación de la mujer en condiciones de igualdad, teniendo en cuenta que el fortalecimiento y la calidad de la democracia requiere de la participación activa de la mujer en la política, las estructuras de los partidos políticos y las Instituciones públicas. Se felicita de la declaración del año 2005 como el Año de la Mujer Latinoamericana y Caribeña.
En los programas de cooperación de la Unión Europea se pondrá especial atención al apoyo y fortalecimiento de las instituciones y de los partidos políticos en América Latina. En este sentido, pide a la Comisión Europea la aprobación del proyecto presentado por el Parlamento Latinoamericano para esos fines. Igualmente, se apoyarán aquellas medidas que tiendan a elevar la participación de la mujer en la vida pública.
2. Sobre el refuerzo institucional de la Asociación Estratégica
Los mecanismos institucionales de la Asociación Estratégica deben ser reforzados a través de iniciativas como la siguiente:
2.1. Fijar el postulado básico de la preeminencia de la Asociación Estratégica Birregional frente a todo intento de privilegiar en el futuro enfoques bilaterales limitados a sólo determinados socios.
2.2 La puesta al día del diálogo político ministerial euro-latinoamericano para hacerlo más dinámico y efectivo, y que deberá volver a contar en todo caso con la participación al más alto nivel de los Parlamentos regionales por lo que se refiere en particular a las Cumbres, al Grupo de Río y al proceso de Diálogo de San José.
2.3 Insistir en la creación de una Asamblea Transatlántica Euro-Latinoamericana, integrada por parlamentarios del Parlamento Europeo, por un lado, y del Parlatino, Parlacen, Parlandino, CPM del Mercosur y Congresos de México y Chile, por otro.
2.4 El establecimiento de una Secretaría Permanente Euro-Latinoamericana destinada a impulsar los trabajos de la Asociación en el período entre Cumbres.
2.5 El apoyo a la Comunidad Sudamericana de Naciones proclamada en Cuzco el 8 de diciembre de 2004, que por lo que se refiere a América del Sur, podría proporcionar un techo común en materia de concertación política a diversos esquemas subregionales de integración como el Mercosur y la CAN, y que debería por lo mismo pasar a convertirse en un interlocutor privilegiado de la Unión Europea.
2.6 La profundización de la cooperación euro-latinoamericana en todos los foros internacionales de interés común, con referencia particular al sistema de Naciones Unidas y a su reforma.
2.7 La negociación y firma de una Carta Euro-Latinoamericana para la Paz y la Seguridad y el estudio de la creación en América Latina de un Centro Birregional de Prevención de Conflictos como instancia mutua para una rápida y efectiva cooperación birregional en estas materias.
2.8 Valore positivamente el ejemplo del Parlamento del Perú por haber decidido la elección directa de los representantes peruanos al Parlamento Andino.
2.9 El impulso a los procesos de integración regional en América Latina, que exige, por parte latinoamericana la aceleración de la integración en todas sus vertientes política, institucional, económica, comercial y social, y que por parte europea, no debe ser considerada una condición previa en los procesos de negociación birregional.
3. Sobre la profundización de la asociación económica y comercial
La Zona Euro-Latinoamericana de Libre Comercio, dentro de los principios de cooperación, equidad y justicia, debe ser establecida a más tardar en el año 2010, mediante la adopción de las siguientes medidas:
3.1. La conclusión de las negociaciones del Acuerdo de Asociación UE-Mercosur lo antes posible.
3.2. El inicio de negociaciones, a más tardar durante la Cumbre de Viena de sendos Acuerdos de Asociación con la Comunidad Andina y con los Países Centroamericanos no condicionados a una eventual conclusión de las negociaciones de Doha en el marco de la OMC.
3.3. El mantenimiento de las facilidades que los países andinos y centroamericanos tienen dentro del SPG comunitario hasta la entrada en vigor de dichos acuerdos.
3.4. Facilitar la liberalización progresiva de los intercambios regionales e interregionales.
3.5. La adopción de reglas comunes en el marco birregional para garantizar las libertades que se contemplan en un acuerdo equilibrado de asociación.
3.6. Búsqueda consensuada de mejores condiciones de negociación de la deuda de los países de América Latina, en línea con la reciente actitud mostrada por el G8 sobre el mismo tema y en sintonía con los términos de los acuerdos de la Cumbre Presidencial de Río de 2003.
3.7. La institucionalización de un diálogo birregional que permita a las organizaciones empresariales y sindicales de ambas regiones un debate regular sobre temas económicos, comerciales y ecológicos con un mecanismo especial de concertación entre pequeñas y mediadas empresas que se pueda extender a las cámaras de comercio.
3.8. El establecimiento de un programa de inversiones conjuntas que ayude a América Latina a integrarse en el ámbito de las infraestructuras de transporte, telecomunicaciones y energía.
4. Sobre la asociación en materia social, medioambiental y de cooperación al desarrollo
En todas estas materias se propone la adopción de medidas como las siguientes:
4.1. Alentar la adopción de políticas sólidas y eficientes, en materia de gobernabilidad democrática, asuntos sociales, finanzas públicas y fiscalidad, con el objetivo de incrementar la cohesión social y reducir la pobreza, la desigualdad y la marginalización.
4.2. Establecer mecanismos financieros innovadores, como el Fondo de Solidaridad Birregional en apoyo a las acciones de los diversos socios en materia de lucha contra la pobreza y la exclusión social, con participación y dotación de las entidades financieras internacionales públicas y privadas.
4.3 Avanzar en la adopción de legislaciones nacionales que siguiendo los convenios internacionales regulen las adopciones internacionales y en las que se tengan en cuenta prioritariamente los derechos del niño.
4.4 Condenar toda forma de explotación infantil donde quiera que se produzca así como el comportamiento de cualquier actor económico que se lucre con dicha explotación. Asimismo, condenar la trata de seres humanos, el feminicidio y en general la violencia contra la mujer. Insta a promover y cumplir toda la normativa nacional e internacional en esta materia.
4.5 Lanzar un plan global de acción prioritaria a favor de niños, niñas y adolescentes en América Latina en línea con las acciones de UNICEF.
4.6 Intercambiar información y cooperación que permita desactivar el creciente fenómeno de las bandas juveniles, maras, que amenazan la seguridad individual tanto en Centroamérica como en el resto de América Latina y en Europa.
4.7 Promover una más decidida y generosa política de cooperación al desarrollo por parte de la Unión Europea hacia la América Latina, centrada en los ámbitos social, de la educación, de la cultura, de la salud y de la migración y en la línea del cumplimiento de los Objetivos del Milenio.
4.8 Adoptar legislaciones que limiten los excesivos costos actuales de las transferencias de las remesas de los emigrantes.
4.9 Intercambiar experiencias y mejores prácticas en materia de la protección del medio ambiente basadas en el análisis y la comprensión mutua de los problemas ecológicos de mayor envergadura; la realización en América Latina de proyectos compatibles con el Acuerdo de Kyoto, basados en un desarrollo sostenible.
4.10 Reiterar el llamamiento a todas las partes para que ratifiquen cuanto antes el Protocolo de Kyoto; felicitar a todos aquellos países que lo han ratificado.
4.11 Buscar posiciones comunes sobre los temas medioambientales en los foros internacionales competentes, con el objetivo último de garantizar un desarrollo económico sostenible en ambas regiones.
4.12 La protección de la biodiversidad, particularmente en América intertropical, que deberá también beneficiarse de la contribución técnica y financiera de la Unión Europea; se propone al efecto el lanzamiento de programas específicos dirigidos a proteger y promover también en América Latina los procesos de producción que, respetuosos con la sostenibilidad, mejoren las condiciones de vida especialmente en las zonas indígenas. En este sentido, apoya la creación del Instituto Andino de la Biodiversidad y los esfuerzos de intercambio cultural entre la Comunidad Andina y el Mercosur.
4.13 La implicación de la Unión Europea en las negociaciones en el marco de la OMC, así como de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, para definir las condiciones de obtención de las licencias obligatorias necesarias para la producción de medicamentos genéricos destinados a países latinoamericanos en el caso de lucha contra las grandes epidemias.
4.14 El apoyo a las actividades relacionadas con la investigación, los estudios de postgrado y la formación en materia de procesos de integración regional.
Atentamente
Dip. María del Consuelo Rodríguez de Alba (rúbrica)
Invitaciones
DE LA COMISIÓN DE RECURSOS HIDRÁULICOS
Al Foro nacional de legisladores del agua, que se efectuará hasta el viernes 19 de agosto, en el patio sur, de las 9 a las 19 horas.
Atentamente
Dip. Fernando Ulises Adame de León
Presidente
DE LA COMISIÓN DE RELACIONES EXTERIORES
Al Modelo de las Naciones Unidas en el Congreso de la Unión Parlamun 05, que se llevará a cabo hasta el sábado 20 de agosto en diversos salones del Palacio Legislativo de San Lázaro.
Programa para embajadores
Viernes 19 de agosto
9:00 a 10:15 horas. Conferencia magistral con el embajador Bernardo Sepúlveda Amor, ex secretario de Relaciones Exteriores y ex juez ad hoc de la Corte Internacional de Justicia.
10:15 a 10:30 horas. Receso (traslado a comités).
10:30 a 12:00 horas. Tercera sesión.
12:00 a 12:15 horas. Receso.
12:15 a 13:45 horas. Actividad para embajadores (reunión con representantes del Sistema de Naciones Unidas en México) [lugar por definir].
12:15 a 13:45 horas. Cuarta sesión.
13:45 a 14:00 horas. Receso (traslado al vestíbulo del salón de plenos de la Cámara de Diputados, edificio A).
14:00 a 14:45 horas. Visita guiada al salón de plenos de la Cámara de Diputados y fotografía por comités.
14:45 a 16:15 horas. Comida de honor que ofrece el Senado de la República (vestíbulo del edificio E).
16:15 a 17:45 horas. Quinta sesión.
17:45 a 18:00 horas. Receso.
18:00 a 20:00 horas. Sexta sesión.
Sábado 20 de agosto
9:00 a 10:30 horas. Séptima sesión.
10:30 a 11:00 horas. Receso.
10:45 a 11:45 horas. Actividad para embajadores (definir lugar).
11:00 a 12:30 horas. Octava sesión.
12:30 a 13:00 horas. Receso para traslado al salón Legisladores de la República.
13:00 a 14:30 horas. Ceremonia de clausura (salón Legisladores de la República).
Atentamente
Dip. Adriana González Carrillo
Presidenta
DEL GRUPO DE AMISTAD MÉXICO-PORTUGAL
A la inauguración de la exposición El arte del azulejo en Portugal, que se llevará a cabo el lunes 22 de agosto, a las 13 horas, en el vestíbulo principal.
Esta exposición de 21 cuadros cuenta la historia de una de las manifestaciones artísticas más brillantes e interesantes de la cultura portuguesa, desde su origen hasta nuestros días.
Cabe mencionar que se contará con la distinguida presencia del excelentísimo señor Francisco Henriques da Silva, embajador de Portugal en México.
Atentamente
Dip. Lizbeth E. Rosas Montero
Presidenta
DE LA COMISIÓN DE FOMENTO COOPERATIVO Y ECONOMÍA SOCIAL
Al curso Capacitación masiva para la organización cooperativa, impartido por el doctor Clodomir Santos de Morais, catedrático de la Universidad Federal, Rondonia, Brasil, que se realizará el martes 23 y el miércoles 24 de agosto, a las 11 horas, en el auditorio del edificio E.
Atentamente
Dip. Francisco Javier Saucedo Pérez
Presidente
DEL CENTRO DE ESTUDIOS DE LAS FINANZAS PÚBLICAS
Al seminario Los nuevos paradigmas de las finanzas públicas, que se llevará a cabo hasta el miércoles 7 de septiembre, de las 16 a las 18 horas, en el auditorio norte, piso 2 del edificio A.
Programa de Actividades
Economía y finanzas públicas: experiencias recientes.
Ponente: Dr. Clemente Ruiz Durán
Martes 23 de agosto
El Consenso de Washington; elementos para el ajuste y crecimiento; liberalización de mercados; racionalización del Estado.
El Tratado de Mastrich y la Unión Europea.
Jueves 25 de agosto
La reforma en Inglaterra y la experiencia en países emergentes de América Latina.
Reformas presupuestarias en diversos países.
Tendencia en las finanzas públicas: el caso de México.
Ponentes:
Dr. Gerardo Esquivel Hernández
Mtro. Oscar M. Guerra Ford
Martes 30 de agosto
La crisis de la deuda, ajuste estructural y crecimiento; privatización y desregulación (1982-1994).
Cambios en el régimen fiscal; nivel, composición y orientación del gasto público y de la carga tributaria necesaria para su financiamiento.
Dr. Gerardo Esquivel Hernández
Miércoles 31 de agosto
Evolución y características del federalismo fiscal mexicano.
Mtro. Oscar M. Guerra Ford
Mesa redonda: Ajuste de México al nuevo paradigma de las finanzas públicas.
Ponentes:
Mtro. Ramón Castañeda Ortega
Legisladores de los diversos partidos políticos
Martes 6 de septiembre
Reforma hacendaria:
Régimen fiscal de Pemex; regímenes especiales.
Reforma presupuestaria; nueva Ley de Presupuesto.
Mtro. Ramón Castañeda Ortega
Miércoles 7 de septiembre
Alternativas de política fiscal para México.
Mesa Redonda
Legisladores de los diversos partidos políticos
Clausura del Seminario
7 de septiembre de 2005
Atentamente
Dr. Edgar J. Nolasco Estudillo
Director General Interino
DE LA COMISIÓN DE EQUIDAD Y GÉNERO
A las senadoras de la República, diputadas federales y diputadas de los HH. Congresos de los estados y del Distrito Federal, al segundo Encuentro nacional de legisladoras, que tendrá verificativo el lunes 29 de agosto, a partir de las 9 horas, en el centro de convenciones de la Secretaría de Relaciones Exteriores, situado en avenida Ricardo Flores Magón número 1, colonia Tlatelolco, México, DF.
Segundo Encuentro nacional de legisladoras. "Hacia la armonización de los ordenamientos jurídicos estatales con los instrumentos internacionales de los que México forma parte, en materia de derechos humanos de las mujeres"
Lugar: Área de conferencias, sala Juárez, salón de recepciones, sala magna, auditorio García Robles, auditorio Jesús Terán, salas 1, 2 y 4.
Programa
9:00-9:45. Registro de participantes.
Observaciones: Entrada principal.
9:45-10:00. Mensaje de bienvenida.
Palabras de la diputada Diva Hadamira Gastélum Bajo, Presidenta de la Comisión de Equidad y Género de la Cámara de Diputados.
5 minutos.
Bienvenida y apertura por parte del doctor Luis Ernesto Derbez Bautista, secretario de Relaciones Exteriores.
5 minutos.
Observaciones: Auditorio García Robles.
10:00-10:15. Receso y ajuste de tiempo.
Conferencias magistrales
10:15-10:45. Ponencia a cargo de la doctora Refugio González, subsecretaria para Asuntos Multilaterales y Derechos Humanos de la SRE.
Los tratados internacionales en materia de derechos humanos de las mujeres.
30 minutos.
10:45-11:00. Sesión de preguntas y respuestas.
15 minutos.
11:00-11:30. Ponencia a cargo de la licenciada Teresa Rodríguez, directora regional de Unifem.
El desarrollo de las mujeres a la luz de los tratados internacionales en México.
30 minutos.
11:30-11:45. Sesión de preguntas y respuestas.
15 minutos.
Observaciones: Auditorio García Robles.
11:45. Receso y ajuste de tiempo.
Conferencias magistrales
12:00-12:30. Ponencia a cargo de la licenciada Patricia Espinosa Torres, Presidenta del Inmujeres.
Legislar con perspectiva de género en México, avances, retos y perspectivas.
30 minutos.
12:30-12:45. Sesión de preguntas y respuestas.
15 minutos.
Observaciones: Auditorio García Robles.
12:45-13:15. Ponencia a cargo de diputada Rebeca Godínez y Bravo, Presidenta de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos de la Cámara de Diputados.
Aplicación de los derechos humanos de las mujeres, asignatura pendiente.
30 minutos.
13:15-13:45. Sesión de preguntas y respuestas.
15 minutos.
13:45-14:15. Ponencia a cargo del licenciado Alfredo del Valle, secretario de Servicios Parlamentarios de la Cámara de Diputados.
Proceso y procedimiento legislativo.
30 minutos.
14:15-14:30. Sesión de preguntas y respuestas.
15 minutos.
Observaciones: Auditorio García Robles.
14:30-16:00. Comida.
Observaciones: Salón de recepciones.
16:00-18:00. Mesas de trabajo sobre propuestas de reforma, adición, derogación y creación de leyes en materia de:
1. Educación y desarrollo social con perspectiva de género.
Ponencia central.
2. Salud sexual y reproductiva.
Ponencia central.
3. Presupuestos con perspectiva de género.
Ponencia central.
4. Violencia de género.
Ponencia central.
120 minutos.
Observaciones: Sala magna, sala 1, sala 2, auditorio Jesús Terán.
18:00-18:30. Conclusiones de las mesas de trabajo.
Lectura de relatorías de las cuatro mesas.
30 minutos.
Observaciones: Auditorio García Robles.
19:00. Clausura.
Palabras de la diputada Diva Hadamira Gastélum Bajo, Presidenta de la Comisión de Equidad y Género.
Palabras de legisladora local.
Palabras de clausura del diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.
Observaciones: Auditorio García Robles.
Atentamente
Dip. Diva Hadamira Gastélum Bajo
Presidenta
DE LA COMISIÓN DE SALUD
Al foro Avances tecnológicos de la radiología, y su impacto en la salud pública, que se verificará el martes 30 de agosto, de las 8:00 a las 17:30 horas, en el hotel Hyatt Regency de Acapulco, Guerrero, situado en avenida Costera Miguel Alemán, número 1, colonia Icacos.
Atentamente
Dip. José Ángel Córdova Villalobos
Presidente
DE LA COMISIÓN DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
Al Foro sobre comercialización del chile seco, que se verificará el miércoles 14 de septiembre, a las 9:30 horas, en la zona C del edificio G (Los Cristales).
Atentamente
Dip. Cruz López Aguilar
Presidente
DE LA COMISIÓN DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA
Al parlamento El binomio derecho y política frente al desafío del 2006, que se llevará a cabo hasta el lunes 31 de octubre en diferentes entidades federativas.
Considerando
Que nuestra democracia, concebida como forma de gobierno funcional y como auténtica forma de vida para la nación, se ha de ver sujeta a un proceso de constante perfeccionamiento que la coloca a la altura de los desafíos sociales contemporáneos;
Que el derecho a través de su principio de juridicidad se convierte en estructura de sostén y viabilidad para la democracia;
Que la política, desde su ancestral comprensión, se erige en el arte auténtico de concertación de los más diversos y encontrados intereses, sin perjudicar a ninguno, poniendo el producto de tal concertación al servicio y en beneficio de la nación a través del buen gobierno;
Que en la etapa que vive el país es menester contribuir al fortalecimiento de la confianza social hacia la democracia, el derecho y la política a fin de generar mediante la más amplia participación ciudadana plataformas de mayor legitimación para la actuación de los representantes de nuestros órganos primarios de gobierno;
Que, por ende, el desafío que implica el proceso electoral federal de 2006 conlleva el imperativo de lograr la victoria de la participación ciudadana sobre el fenómeno de la abstención, no sólo a través de la emisión del sufragio sino también en la producción de propuestas plurales, sustentadas en el conocimiento calificado y en la experiencia que, por su grado de pertinencia y viabilidad, contribuyen a la mejor comprensión social y al fortalecimiento de nuestras instituciones;
Que, fieles a su compromiso histórico y con vistas a esa victoria que México necesita
La H. Cámara de Diputados, a través de la Comisión de Participación Ciudadana, y la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), por conducto de la Facultad de Derecho, convocan al parlamento
El binomio derecho y política frente al desafío del 2006
El parlamento se desarrollará en distintas entidades federativas y estará estructurado a base de conferencias agrupadas en mesas temáticas relacionadas con el título del evento. En dichas mesas participan académicos, tanto docentes de la Facultad de Derecho de la UNAM como de otras instituciones invitadas, legisladores y actores políticos, así como reconocidas personas que, en su calidad ciudadana, han consagrado esfuerzo y estudio a los asuntos que se abordan.
Mediante las conferencias se pretende orientar, ampliar o, en su caso, profundizar el conocimiento y la asimilación social de los temas de las mesas. Con este sentido, se contemplan lapsos para la participación del público asistente mediante preguntas formuladas a los conferenciantes a través de formatos que serán previamente distribuidos.
La totalidad de las participaciones será recopilada en una edición, que será la memoria del parlamento y que, en su oportunidad, será entregada a las instancias correspondientes, a fin de que signifique una aportación al sistema nacional de planeación democrática en los términos del artículo 26 constitucional, así como para que sirva al enriquecimiento de la agenda legislativa nacional.
El parlamento se desarrollará bajo los auspicios y la coordinación de las instancias convocantes, de conformidad con el siguiente
Programa
Fecha: Viernes 19 de agosto.
Sede: Capilla Tolsá del Instituto Cultural Cabañas (Cabañas número 8, Plaza Tapatía); Guadalajara, Jalisco.
Temas: "Eje de la transición democrática" y "Los medios y su vocación de libertad con responsabilidad".
Fecha: Lunes 22 de agosto.
Sede: Salón Legisladores de la República de la H. Cámara de Diputados; Distrito Federal.
Temas: "La tarea legislativa frente al desafío de 2006" y "Proyecto de nación a juicio ciudadano en las elecciones de 2006".
Fecha: Martes 23 de agosto.
Sede: Salón Legisladores de la República de la H. Cámara de Diputados; Distrito Federal.
Temas: "Justicia social, ¿ideal vigente del derecho y la política?" y "El papel de los medios ante gobernantes y gobernados".
Fecha: Jueves 25 de agosto.
Sede: Villahermosa, Tabasco.
Temas: "Cultura de legalidad" y "Los medios y la cultura democrática".
Fecha: Viernes 26 de agosto.
Sede: Cancún, Quintana Roo.
Temas: "Propuestas para el fortalecimiento del derecho y la política" y "Marco axiológico del derecho y la política".
Fecha: Lunes 29 de agosto.
Sede: Aula magna Jacinto Pallares de la Facultad de Derecho de la UNAM; Distrito Federal.
Temas: "Procuración de justicia" y "El derecho y la política frente a las minorías".
Fecha: Martes 30 de agosto.
Sede: Aula magna Jacinto Pallares de la Facultad de Derecho de la UNAM; Distrito Federal.
Temas: "División de poderes" y "Pacto de civilidad electoral".
Fecha: Viernes 2 de septiembre.
Sede: Auditorio Lic. Víctor L. Treviño de la Universidad Autónoma de Nuevo León; Monterrey, Nuevo León.
Temas: "Eje de gobernabilidad democrática" y "El papel de los medios ante gobernantes y gobernados".
Fecha: Lunes 5 de septiembre.
Sede: Aula magna Jacinto Pallares de la Facultad de Derecho de la UNAM; Distrito Federal.
Temas: "La educación y el desarrollo tecnológico" y "La comunidad estudiantil frente al desafío de 2006".
Fecha: Martes 6 de septiembre.
Sede: Aula magna Jacinto Pallares de la Facultad de Derecho de la UNAM; Distrito Federal.
Temas: "La reforma hacendaria" y "Vías de participación ciudadana".
Fecha: Lunes 12 de septiembre.
Sede: Salón Legisladores de la República de la H. Cámara de Diputados; Distrito Federal.
Temas: "Cultura de legalidad" y "Eutanasia".
Fecha: Martes 13 de septiembre.
Sede: Auditorio principal de la H. Cámara de Diputados (edificio E); Distrito Federal.
Temas: "Frente al reto de los indocumentados" y "Hacia un gasto público racional y concertado".
Fecha: Lunes 19 de septiembre.
Sede: Aula magna Jacinto Pallares de la Facultad de Derecho de la UNAM; Distrito Federal.
Temas: "El bienestar y la productividad en las relaciones obrero-patronales" y "Propuestas para el fortalecimiento del federalismo".
Fecha: Martes 20 de septiembre.
Sede: Aula magna Jacinto Pallares de la Facultad de Derecho de la UNAM; Distrito Federal.
Temas: "Política de investigación en el área de la salud" y "Vías de participación ciudadana".
Fecha: Jueves 22 de septiembre.
Sede: Puebla, Puebla.
Temas: "Estado de derecho, basamento de la democracia" y "Propuestas para el fortalecimiento del derecho y la política".
Fecha: Viernes 23 de septiembre.
Sede: Unidad de Servicios Bibliotecarios y de Información de la Universidad Veracruzana; Xalapa, Veracruz.
Temas: "Estado de derecho, basamento de la democracia" y "El papel de los medios ante gobernantes y gobernados".
Fecha: Lunes 26 de septiembre.
Sede: Salón Legisladores de la República de la H. Cámara de Diputados; Distrito Federal.
Temas: "La propiedad intelectual en el desarrollo nacional" y "¿Una nueva cultura para el desarrollo nacional?"
Fecha: Martes 27 de septiembre.
Sede: Auditorio principal de la H. Cámara de Diputados (edificio E); Distrito Federal.
Temas: "Legislación electoral y transición democrática" y "Propuestas para una sociedad segura".
Fecha: Jueves 29 de septiembre.
Sede: Casa de la Cultura Jurídica del STJ (Álvaro Obregón 347, Zona Centro); Aguascalientes, Aguascalientes.
Temas: "Política frente a los indocumentados" y "Concatenación ética del derecho y la política".
Fecha: Viernes 30 de septiembre.
Sede: Acapulco, Guerrero.
Temas: "Estrategias de desarrollo turístico" y "Políticas frente a los fenómenos transculturales".
Fecha: Lunes 3 de octubre.
Sede: Aula magna Jacinto Pallares de la Facultad de Derecho de la UNAM; Distrito Federal.
Temas: "El desarrollo nacional y la globalización" y "Frente a los fenómenos transculturales".
Fecha: Martes 4 de octubre.
Sede: Aula magna Jacinto Pallares de la Facultad de Derecho de la UNAM; Distrito Federal.
Temas: "Hacia un desarrollo urbano sustentable" y "Los juegos de apuesta, ¿factor de desarrollo?"
Fecha: Jueves 6 de octubre.
Sede: Aula magna Jacinto Pallares de la Facultad de Derecho de la UNAM; Distrito Federal.
Temas: "La rendición de cuentas como fortaleza de la democracia" y "El marco axiológico de los medios de comunicación".
Fecha: Viernes 7 de octubre.
Sede: Universidad Autónoma de Chihuahua; Chihuahua, Chihuahua.
Temas: "Estado de derecho, basamento de la democracia" y "Exigencias éticas del quehacer periodístico".
Fecha: Lunes 10 de octubre.
Sede: Salón Legisladores de la República de la H. Cámara de Diputados; Distrito Federal.
Temas: "El régimen de financiamiento público a partidos y agrupaciones políticas" y "Proyecto de nación a juicio ciudadano en las elecciones de 2006".
Fecha: Miércoles 12 de octubre.
Sede: Salón Legisladores de la República de la H. Cámara de Diputados; Distrito Federal.
Temas: "Las democracias de América Latina. Fortalezas y debilidades" y "Proyecto de ciudad limpia y segura".
Fecha: Jueves 13 de octubre.
Sede: Auditorio principal de la H. Cámara de Diputados (edificio E); Distrito Federal.
Temas: "El comercio exterior en el desarrollo nacional" y "Seguridad pública. Experiencias, retos y propuestas".
Fecha: Viernes 14 de octubre.
Sede: Universidad Autónoma de Guanajuato; Guanajuato.
Temas: "Estado de derecho, basamento de la democracia" y "Marco axiológico del derecho y la política".
Fecha: Lunes 17 de octubre.
Sede: Aula magna Jacinto Pallares de la Facultad de Derecho de la UNAM; Distrito Federal.
Temas: "Democracia, partidos y ciudadanos" y "La educación como pivote del desarrollo nacional".
Fecha: Martes 18 de octubre.
Sede: Aula magna Jacinto Pallares de la Facultad de Derecho de la UNAM; Distrito Federal.
Temas: "La seguridad social en el desarrollo nacional" y "Papel del servidor público en el proyecto de desarrollo".
Fecha: Jueves 20 de octubre.
Sede: Aula magna Jacinto Pallares de la Facultad de Derecho de la UNAM; Distrito Federal.
Temas: "Desarrollo de las agrupaciones políticas, imperativo nacional" y "Derechos y deberes de los medios".
Fecha: Viernes 21 de octubre.
Sede: Salón de Directores de la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de Yucatán; Mérida, Yucatán.
Temas: "Estado de derecho, basamento de la democracia" y "Exigencias éticas del quehacer periodístico".
Fecha: Lunes 24 de octubre.
Sede: Salón Legisladores de la República de la H. Cámara de Diputados; Distrito Federal.
Temas: "La reforma energética" e "Integración de los órganos legislativos como aliciente de la democracia".
Fecha: Martes 25 de octubre.
Sede: Auditorio principal de la H. Cámara de Diputados (edificio E); Distrito Federal.
Temas: "Experiencias sobre el bienestar social" y "Seguridad pública-valores ciudadanos".
Fecha: Jueves 27 de octubre.
Sede: Auditorio principal de la H. Cámara de Diputados (edificio E); Distrito Federal.
Temas: "Binomio derecho y política frente al desafío de 2006" y "Relaciones Estado e iglesias".
Fecha: Viernes 28 de octubre.
Sede: Saltillo, Coahuila.
Temas: "Estado de derecho, basamento de la democracia" y "La mujer, fuerza vital de la transición democrática".
Fecha: Lunes 31 de octubre.
Sede: Aula magna Jacinto Pallares de la Facultad de Derecho de la UNAM; Distrito Federal.
Tema: "Sustento de gobernabilidad".
Fecha: Lunes 5 de diciembre.
Sede: H. Cámara de Diputados.
Entrega de las memorias del parlamento, por el doctor Fernando Serrano Migallón, a las instancias correspondientes.
Atentamente
Dip. Jaime Miguel Moreno Garavilla
Presidente