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Lectura del acta de la sesión anterior.
Comunicaciones
De la Mesa Directiva
Del C. diputado Ney González Sánchez.
De la Comisión Permanente.
De la Comisión de Agricultura y Ganadería.
De la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación.
Oficio de la Secretaría de Gobernación
Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 69-E, fracción VII, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, el titular de la Comisión de Mejora Regulatoria, remite el informe correspondiente al año 2001, sobre el desempeño de las funciones de esa Comisión y los avances de las dependencias y organismos descentralizados en sus programas de mejora regulatoria. (Turno a Comisión).
Comparecencia del Secretario de Gobernación, Análisis del Segundo Informe de Gobierno "Política Interior".
Proposiciones
Con punto de acuerdo sobre las tarifas eléctricas, a cargo del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución).
Con punto de acuerdo para solicitar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, aplique la tarifa 1F para el suministro y venta de energía eléctrica en aquellas regiones que registran la temperatura media mínima requerida en verano, tomando en consideración índices de calor y humedad determinados por la bioclimatología, a cargo del diputado Salvador López Brito, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión).
Con punto de acuerdo para que el Congreso de la Unión exhorte al Ejecutivo federal para que derogue el decreto del 7 de febrero de 2002, por el cual se eliminan los subsidios y se incrementan las tarifas de energía eléctrica, a cargo del diputado Alfredo Hernández Raigosa, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución).
Con punto de acuerdo en relación a los damnificados en el estado de Zacatecas, a cargo del grupo parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión).
ACTA DE LA SESION DE LA CAMARA DE DIPUTADOS DEL CONGRESO DE LA UNION, CELEBRADA EL MARTES DIEZ DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DOS, CORRESPONDIENTE AL PRIMER PERIODO DE SESIONES ORDINARIAS DEL TERCER AÑO DE EJERCICIO DE LA QUINCUAGESIMA OCTAVA LEGISLATURA
Presidencia de la diputada Beatriz Elena Paredes Rangel
En el Palacio Legislativo de San Lázaro de la capital de los Estados Unidos Mexicanos, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con la asistencia de doscientos ochenta y cuatro diputados, a las once horas con nueve minutos del martes diez de septiembre de dos mil dos, la Presidenta declara abierta la sesión.
La Secretaría da lectura al orden del día.
La Asamblea aprueba el acta de la sesión anterior en votación económica.
Comunicaciones de los congresos de los estados de:
Guanajuato, con acuerdo por el que se adhiere al similar del Congreso del Estado de Nuevo León, en relación con el anteproyecto de Norma Oficial Mexicana de calidad para comercializar la naranja y la Norma Oficial Mexicana sobre la cantidad mínima de fruta en las bebidas que se ostentan como jugos o bebidas de fruta. Se turna a la Comisión de Comercio y Fomento Industrial.
Guerrero, con acuerdo en relación con el accidente de feligreses indígenas del Estado de Guerrero, ocurrido el seis de agosto de dos mil dos. Se turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Oaxaca, con acuerdo por el que solicita que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de dos mil tres, se incrementen los recursos económicos destinados al apoyo de entidades federativas con alto grado de marginación, y principalmente a favor del Estado de Oaxaca. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.
Comunicación de la Cámara de Senadores, por la que informa de la designación del senador Diego Fernández de Cevallos Ramos como Presidente de la Junta de Coordinación Política para el Tercer Año de Ejercicio de la Quincuagésima Octava Legislatura. De enterado.
Comunicación de la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Senadores, con la que remite acuerdo sobre la realización del Parlamento de las Niñas y los Niños. De enterado y túrnese a la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos y a las comisiones de Participación Ciudadana y de Atención a Grupos Vulnerables.
Comunicación de la Junta de Coordinación Política, con acuerdo relativo a la creación de una Comisión Especial de Desarrollo y Estudios Metropolitanos. Se aprueba en votación económica.
Dos comunicaciones de la Junta de Coordinación Política, por las que informa de cambios en la integración de las comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública y Jurisdiccional. De enterado.
Comunicación del diputado Fernando Ortiz Arana, con la que solicita licencia por tiempo indefinido para separarse del cargo de diputado federal electo en la Segunda Circunscripción Plurinominal. La Asamblea aprueba, en votación económica, los puntos de acuerdo respectivos.
Oficios de la Secretaría de Gobernación:
Dos, con los que se remiten copias de los oficios de la Directora General de Enlace Parlamentario de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y del Coordinador de Asesores y Enlace con el Poder Legislativo de la Secretaría de Turismo, en relación con puntos de acuerdo aprobados por la Comisión Permanente. Remítase copia a los promoventes.
Dos, con los que se remiten copias de los oficios del Secretario Técnico de Planeación, Comunicación y Enlace de la Secretaría de Economía, y del Presidente de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en relación con puntos de acuerdo aprobados por la Cámara de Diputados. Remítase copia a las comisiones de Comercio y Fomento Industrial, de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Presupuesto y Cuenta Pública.
Uno, con el que remite copia del oficio del Jefe de la Unidad y Enlace Institucional con el Congreso de la Unión de la Procuraduría General de la República, en relación con un punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente, sobre la aplicación de medidas pertinentes para la información a la que tienen acceso los servidores públicos. Remítase copia al promovente.
Minuta de la Cámara de Senadores, con proyecto de decreto que concede el permiso constitucional necesario a la ciudadana María Isabel Olalde Quintanar, para prestar servicios en la Embajada de la República de Austria en México. Se turna a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública.
Presentan iniciativas con proyecto de decreto los diputados:
Herbert Taylor Arthur, del Partido Acción Nacional, que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Ahorro y Crédito Popular. Se turna a las comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Fomento Cooperativo y Economía Social.
Continúan la presentación de iniciativas con proyecto de decreto, los diputados:
Óscar Alfonso del Real Muñoz, del Partido Revolucionario Institucional, que adiciona el artículo tercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para fortalecer la educación pública superior. Se turna a las comisiones de Puntos Constitucionales y de Educación Pública y Servicios Educativos.
Ney González Sánchez, del Partido Revolucionario Institucional, que deroga diversos artículos del Capítulo Cuarto del Título Cuarto de la Ley del Impuesto sobre la Renta, y entrega una comunicación en la que informa que opta por el cargo de Presidente del Ayuntamiento del municipio de Tepic, Nayarit. Se turna la iniciativa a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, y la comunicación a la Mesa Directiva para su desahogo.
Alfredo Hernández Raigosa, del Partido de la Revolución Democrática, que adiciona una fracción trigésima primera al artículo setenta y tres de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales.
Adela del Carmen Graniel Campos, del Partido de la Revolución Democrática, que adiciona el artículo segundo de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, y un artículo nueve-bis a la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
Se turna a las comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública y de Gobernación y Seguridad Pública.
Se turna a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública.
Solicitan excitativas los diputados:
Lorenso Rafael Hernández Estrada, del Partido de la Revolución Democrática, a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, en relación con la iniciativa con proyecto de decreto que reforma la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentada con fecha tres de octubre de dos mil uno por el diputado Alfredo Hernández Raigosa. La Presidencia formula la excitativa correspondiente.
Miguel Bortolini Castillo, del Partido de la Revolución Democrática, a las comisiones de Asuntos Indígenas y de Concordia y Pacificación, en relación con una proposición con punto de acuerdo sobre acciones militares y paramilitares en el Estado de Chiapas, presentada ante la Comisión Permanente el veintiocho de agosto de dos mil dos. La Presidenta informa que la Comisión Permanente remitió en su oportunidad la relación de asuntos turnados a comisiones de la Cámara de Diputados; anuncia que en la sesión del día miércoles once de septiembre de dos mil dos se comunicarán los asuntos ya remitidos a las comisiones para su atención, y por lo que respecta al turno de la proposición de referencia, se acompañará con la excitativa solicitada.
Amador Rodríguez Lozano, a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, en relación con una minuta de la Cámara de Senadores, con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y de la Ley de Amparo, reglamentaria de los artículos ciento tres y ciento siete de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, recibida por la Cámara de Diputados el trece de abril de dos mil. La Presidenta formula la excitativa solicitada.
Héctor Sánchez López, del Partido de la Revolución Democrática, a las comisiones unidas de Puntos Constitucionales y de Asuntos Indígenas, en relación con una iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de derechos y cultura indígenas, elaborada por la Comisión de Concordia y Pacificación y presentada por el diputado Jaime Cleofas Martínez Veloz. La Presidencia obra en consecuencia.
Presidencia del diputado Eric Eber Villanueva Mukul
Beatriz Patricia Lorenzo Juárez, del Partido Alianza Social; Norma Patricia Riojas Santana, del Partido de la Sociedad Nacionalista; José Narro Céspedes, del Partido del Trabajo; José Rodolfo Escudero Barrera, del Partido Verde Ecologista de México;
Presidencia de la diputada Beatriz Elena Paredes Rangel
María Miroslava García Suárez, del Partido de la Revolución Democrática; Cuauhtémoc Cardona Benavides, del Partido Acción Nacional; y Jorge Carlos Ramírez Marín, del Partido Revolucionario Institucional.
Presentan proposiciones con punto de acuerdo los diputados:
Heidi Gertud Storsberg Montes, del Partido Acción Nacional, para que las resoluciones de la Cumbre de Johannesburgo, Sudáfrica, que tienen que ver con la visión de equidad y género, se apliquen en México. Se turna a las comisiones de Equidad y Género y de Presupuesto y Cuenta Pública, y remítase copia a la Comisión de Equidad y Género de la Cámara de Senadores.
María Miroslava García Suárez, del Partido de la Revolución Democrática, para que la Cámara de Diputados interponga una controversia constitucional contra el Ejecutivo Federal por el rescate bancario. Se turna a la Junta de Coordinación Política.
Víctor Antonio García Dávila, del Partido del Trabajo, para que se incorpore entre los temas a discusión en el presente periodo de sesiones, la iniciativa en materia de derechos y cultura indígenas elaborada por la Comisión de Concordia y Pacificación. Se turna a la Junta de Coordinación Política.
Narciso Alberto Amador Leal, del Partido Revolucionario Institucional, en torno a la recuperación del sitio arqueológico de Cantona, en el Estado de Puebla. Se turna a la Comisión de Cultura.
Luis Miguel Gerónimo Barbosa Huerta, del Partido de la Revolución Democrática, para crear una Comisión Especial encargada de establecer acuerdos, procedimientos y los órganos para que la Cámara de Diputados pueda dar cumplimiento a las responsabilidades que le establece la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, y acepta una interpelación del diputado José Francisco Blake Mora. Se turna a la Junta de Coordinación Política.
Víctor Antonio García Dávila, del Partido del Trabajo, en relación con la celebración de las fiestas patrias en el extranjero. Se turna a la Comisión de Relaciones Exteriores.
María Lilia Arcelia Mendoza Cruz, del Partido Revolucionario Institucional, en relación con el desastre agrícola en el Estado de Oaxaca. Se turna a la Comisión de Agricultura y Ganadería
María de los Angeles Sánchez Lira, del Partido de la Revolución Democrática, sobre la paz en el Medio Oriente. Se turna a la Comisión de Relaciones Exteriores.
Agotado el tiempo acordado para la duración de las sesiones, la Secretaría da lectura al orden del día de la próxima sesión y la Presidencia clausura la de hoy a las dieciséis horas con tres minutos, citando para la que tendrá lugar el miércoles once de septiembre de dos mil dos, a las diez horas, y en la que comparecerá el Secretario de Gobernación, Santiago Creel Miranda.
Dip. Beatriz Paredes Rangel
Presidenta de la Mesa Directiva
H. Cámara de Diputados
Presente
Palacio Legislativo, a 10 de septiembre de 2002.
En virtud de que he sido elegido para ocupar el cargo de presidente del municipio de Tepic, Nayarit, para el trienio que inicia el próximo 17 del presente y encontrándome en el supuesto que prevé el artículo 125 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ruego a usted tomar nota de que he optado por desempeñar el cargo de presidente municipal que le menciono.
Al expresarle mi reconocimiento y gratitud por los apoyos otorgados al desempeñar mi función como diputado federal por el estado de Nayarit y por su conducto a la Cámara en su conjunto, ruego a usted considerar la separación del cargo, a partir del día 14 del presente y ordenar el trámite respectivo en los términos legales y constitucionales que procedan.
Sin otro en particular, quedo como su amigo y seguro servidor.
Atentamente
Dip. Ney González Sánchez (rúbrica)
DE LA COMISION PERMANENTE
CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados
Presentes
Me permito remitir a ustedes los asuntos que la Tercera Comisión de la Comisión Permanente, solicitó se enviaran a la Cámara de Diputados, para su turno correspondiente.
Reitero a ustedes las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.
México, DF, a 28 de agosto de 2002.
Sen. César Jáuregui Robles (rúbrica)
Vicepresidente en funciones de Presidente
DE LA COMISION DE AGRICULTURA Y GANADERIA
Palacio Legislativo, 5 de septiembre de 2002.
Dip. Beatriz Paredes Rangel
Presidenta de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados
Presente
Estimada Presidenta:
En sesión plenaria celebrada el pasado siete de agosto, el pleno de esta comisión celebró su vigésima reunión en la que conoció el punto de acuerdo adoptado por la Comisión Permanente en su sesión de fecha tres julio pasado que, en su punto sexto, mandata la conformación de una subcomisión para profundizar en el análisis y generación de propuestas en cuanto a la liberalización comercial del sector agropecuario en el marco del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, resolviendo que quedase conformada por los siguientes diputados:
Por el Partido Revolucionario Institucional:
Dip. Miguel Ortiz Jonguitud.
Dip. Miguel Castro Sánchez.
Dip. Silverio López Magallanes.
Por el Partido Acción Nacional:
Dip. Jesús Dueñas Llerenas.
Dip. Ramón Ponce Contreras.
Dip. José María Anaya Ochoa.
Dip. Juan Mandujano Ramírez.
Dip. Francisco Javier Ortiz Esquivel.
Por el Partido de la Revolución Democrática:
Dip. Mario Cruz Andrade.
Sin más por el momento, agradezco a usted las atenciones prestadas a la presente.
Atentamente
Dip. Jaime Rodríguez López (rúbrica)
Presidente
DE LA COMISION DE VIGILANCIA DE LA AUDITORIA SUPERIOR DE LA FEDERACION
Palacio Legislativo, a 9 de septiembre de 2002.
Beatriz Paredes Rangel
Presidenta de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados
Presente
Me permito comunicar a usted que con oficio OASF/1496/02, de fecha 9 de septiembre del año en curso, la Auditoría Superior de la Federación, remite a esta Comisión de Vigilancia el Informe de Resultados derivado de la Revisión de la Cuenta Pública Federal correspondiente al ejercicio de 2000, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 3, fracción II, inciso b), de la Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda, en relación con el párrafo segundo del artículo segundo transitorio del decreto por el que se reforman los artículos 73, 74, 78 y 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de julio de 1999.
En razón de lo anterior y conforme a lo dispuesto en el artículo 10, fracción V, de la Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda, vigente para la Revisión de dicha Cuenta Pública, solicito que por su amable conducto se haga saber al pleno de esta Cámara de la presentación en tiempo y forma, del referido informe de resultados. Anexo se servirá encontrar el referido Informe de Resultados, contenido en diez tomos, con un total de veinte volúmenes, así como un CD ROM.
Le expreso mi mayor consideración y respeto.
Atentamente
Dip. Manuel Galán Jiménez (rúbrica)
Presidente
México, DF, a 9 de septiembre de 2002.
Diputado Manuel Galán Jiménez
Presidente de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación de la H. Cámara de Diputados
Presente
Por conducto de esa Comisión de Vigilancia, el 7 de noviembre de 2001 se rindió a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, el Informe Previo sobre la Revisión de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal correspondiente al ejercicio de 2000. Con base en el referido informe, esa soberanía expidió el decreto relativo a la revisión de la citada Cuenta Pública, mismo que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación del 31 de diciembre de 2001.
En cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 3º, fracción II, inciso b, y 10, fracción V, de la Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda, todos ellos en relación con los artículos segundo transitorio, párrafo segundo, del decreto por el que se reforman los artículos 73, 74, 78 y 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y cuarto transitorio del decreto por el que se expide la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, publicados en el Diario Oficial de la Federación con fecha 30 de julio de 1999 y 29 de diciembre de 2000, respectivamente, la Auditoría Superior de la Federación rinde el Informe de Resultados sobre la Revisión de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal 2000. Dicho Informe consta de diez tomos y un total de veinte volúmenes, remitiéndose al efecto, un ejemplar impreso y un disco compacto, para cada uno de los treinta integrantes de esa Comisión, y otro tanto para su Secretaría Técnica.
Reiteramos a usted la seguridad de nuestra más distinguida consideración.
Atentamente
El Auditor Superior de la Federación
CPC Arturo González de Aragón (rúbrica)
México, DF, a 5 de septiembre de 2002.
CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión
Presentes
El C. Lic. Carlos Arce Macías, titular de la Comisión de Mejora Regulatoria, en oficio fechado el 3 del mes en curso, solicita que por este conducto se haga llegar al H. Congreso de la Unión, el original del informe correspondiente al año 2001, sobre el desempeño de las funciones de esa Comisión y de los avances de las dependencias y organismos descentralizados en sus programas de mejora regulatoria en los términos de lo dispuesto por el artículo 69-E, fracción VII, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
Por lo anterior y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 27, fracción XIV, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, con el presente les acompaño el documento de referencia, para los fines procedentes.
Reitero a ustedes la seguridad de mi consideración.
Atentamente
El Subsecretario
Lic. M. Humberto Aguilar Coronado (rúbrica)
México, DF, a 3 de septiembre de 2002.
Lic. Gonzalo Altamirano Dimas
Titular de la Unidad de Gobierno
Secretaría de Gobernación
Presente
Por medio de la presente, le solicito su valiosa intervención con el fin de que se sirva hacer llegar al honorable Congreso de la Unión el informe correspondiente al año 2001 sobre el desempeño de las funciones de esta Comisión y de los avances de las dependencias y organismos descentralizados en sus programas de mejora regulatoria, en términos de lo dispuesto por el artículo 69-E, fracción VII, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
Lo anterior toda vez que, de conformidad con el artículo 27, fracción VII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, corresponde a la Secretaría de Gobernación el conducir las relaciones del Poder Ejecutivo con los otros Poderes de la Unión.
Sin más por el momento, quedo a sus órdenes.
Atentamente
Lic. Carlos Arce Macías (rúbrica)
El Titular
Palacio Legislativo, México, DF, a 9 de septiembre de 2002.
Dip. Beatriz Paredes Rangel
Presidenta de la Mesa Directiva
H. Cámara de Diputados
Presente
Con fundamento en el artículo 34, numeral 1, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y a solicitud del diputado Cuauhtémoc Cardona Benavides, subcoordinador de Relaciones Internas del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, me permito solicitar a usted la modificación en la integración de la siguiente comisión:
Sin otro particular, quedo de usted.
Atentamente
Diputado Martí Batres Guadarrama (rúbrica)
Presidente
Palacio Legislativo, México, DF, a 9 de septiembre de 2002.
Dip. Beatriz Paredes Rangel
Presidenta de la Mesa Directiva
H. Cámara de Diputados
Presente
Con fundamento en el artículo 34, numeral 1, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y a solicitud del diputado Alejandro Zapata Perogordo, coordinador adjunto del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, me permito solicitar a usted la modificación en la integración de la siguiente comisión:
Sin otro particular, quedo de usted.
Atentamente
Diputado Martí Batres Guadarrama (rúbrica)
Presidente
DE REFORMAS AL ARTICULO 2-A DE LA LEY DE COORDINACION FISCAL, PARA LA INCORPORACION DE UNA NUEVA FORMULA PARA LA DISTRIBUCION DEL 1% DE LA RECAUDACION FEDERAL PARTICIPABLE, PRESENTADA POR EL DIPUTADO EMANUEL DIAZ PALACIOS, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI, EN LA SESION DEL MARTES 10 DE SEPTIEMBRE DE 2002
El suscrito diputado federal Víctor Emanuel Díaz Palacios, integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LVIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, en ejercicio de la facultad que me otorga el artículo 70 y la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y con fundamento en la fracción II del artículo 55 y en el artículo 62, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración de esta soberanía la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 2-A de la Ley de Coordinación Fiscal.
En mi calidad de representante popular vengo a presentar ante esta soberanía una iniciativa de ley, para reformar el artículo 2-A de la Ley de Coordinación Fiscal proponiendo la incorporación de una nueva fórmula para la distribución del 1% de la Recaudación Federal Participable estipulado en la fracción III de dicho ordenamiento, proponiendo la incorporación de conceptos más actualizados en beneficio de todos los habitantes del país, ya que de aprobarse la reforma propuesta se garantizaría el crecimiento de la infraestructura hidráulica para la dotación permanente del servicio de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de sus aguas residuales en toda la nación, razón por la que quedaría incluida en el Capítulo I de dicha ley, que corresponde a la materia "de las participaciones de los estados, municipios y Distrito Federal en ingresos federales".
En función de lo ordenado por los textos constitucionales y legales invocados y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 23.1, inciso f), de la Ley Orgánica del Congreso de la Unión y 21, fracción III, del Reglamento para el Gobierno Interior del propio órgano legislativo, solicitamos a la Presidencia dé curso y ordene el trámite de esta iniciativa de ley, en términos de la normatividad vigente.
Para el efecto de sustentar la propuesta contenida en esta iniciativa de ley, hacemos a continuación la siguiente:
Exposición de Motivos
Antecedentes
El recurso agua es en este momento un recurso imprescindible para mejorar la calidad de vida o los niveles de bienestar de grandes sectores de la población que viven en condiciones de insalubridad y marginación en nuestro país.
Por tal motivo, la presente reforma pretende, además de actualizar este cuerpo normativo, el precisar el destino de los recursos del Fondo de Fomento Municipal que en la aplicación de la ley vigente se ha venido realizando y que por ende, las modificaciones que se proponen, tienen como objetivo esencial, perfeccionar los niveles de eficiencia y eficacia en la asignación de recursos financieros hacia los ayuntamientos o, en su caso, a los organismos operadores para incrementar y mejorar la infraestructura hidráulica y con ello atender de manera eficiente y oportuna los requerimientos de la población.
Todos los municipios del país, así como los organismos operadores de los sistemas de agua potable, drenaje y alcantarillado, enfrentan un alarmante y creciente rezago en materia de infraestructura hidráulica que ha puesto en riesgo todos los proyectos de desarrollo urbano comercial e industrial por la falta y calidad de estos servicios.
También es conocido que sólo unos cuantos organismos operadores trabajan con números negros, la mayoría de estos organismos operadores carecen de recursos económicos para sufragar los gastos de extracción, conducción, almacenamiento, rebombeo, distribución, captación y conducción de aguas residuales y de su saneamiento.
A pesar de que la población crece exponencialmente, la infraestructura hidráulica tiene un crecimiento muy reducido y en algunos casos es prácticamente nulo.El grave retraso en infraestructura hidráulica es patente en todo el país y en tanto éste va creciendo, la disposición de recursos económicos para abatirlo es cada vez menor.
Para agravar esta situación el decreto presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación del 21 de diciembre de 2001 que condona adeudos impagables por concepto de extracción de aguas nacionales, también obliga a los ayuntamientos y a los organismos operadores al pago de sus derechos a partir de enero del 2002. Esta fue una excelente oportunidad para los Ayuntamientos y para los organismos operadores que tienen números negros, pero para quienes no tienen recursos, es una oportunidad que no podrán aprovechar, si antes no se modifican algunos ordenamientos legales como es el caso de la Ley de Coordinación Fiscal y aplicar adecuadamente la Ley Federal de Derechos en sus artículos 224-A y 231-A por parte de la Comisión Nacional del Agua.
Esta carencia de recursos ha creado un círculo vicioso adicional que se presenta a nivel Nacional. Ni los municipios ni los organismos operadores tienen recursos económicos para incrementar su eficiencia, infraestructura, ni la calidad de sus servicios. Consecuentemente el usuario se niega a pagar por un servicio que no recibe adecuada o eficientemente y por lo tanto los organismos no tienen recursos ni para crecer, ni mucho menos para pagar sus derechos fiscales a la Federación.
Esta inercia se puede romper si logramos que las participaciones que actualmente la Federación hace llegar a los estados y a los municipios tomando como base la eficiencia en la recaudación por derechos de agua que se cobran según se estipula en el artículo 2-A de Ley de Coordinación Fiscal, se hagan llegar específicamente a los municipios para realizar, reforzar, incrementar u operar obras de infraestructura hidráulica y en caso de contar con organismos operadores, los propios municipios les hagan llegar dichos recursos para los mismos fines.
La Ley de Coordinación Fiscal en su artículo 2-A establece actualmente que el 1% de la Recaudación Federal Participable se destine a la creación del Fondo de Fomento Municipal.
La distribución del fondo a cada uno de los estados se realiza mediante una fórmula en la que se involucran dos parámetros sustanciales: la eficiencia en la recaudación por predial a cargo de los ayuntamientos y la eficiencia en la recaudación por derechos de agua a cargo de los ayuntamientos o de los organismos operadores.
El destino del 100% de dicho fondo se entrega a los ayuntamientos a través de los estados para los fines que ellos decidan utilizarlos.
Esto implica que en la actualidad los ayuntamientos se quedan con más del 70% de recursos generados por los organismos operadores, sin que los recursos de este fondo lleguen a los mismos para poder incrementar a infraestructura hidráulica, la dotación de un buen servicio y con esto su recaudación.
Esta situación además de injusta, merma notablemente todo esfuerzo por recaudar más, contrariando el espíritu del mismo artículo (basado en la eficiencia en la recaudación) y lógicamente también merma toda esperanza de incrementar la infraestructura.
Toda esta fuente de recursos que se otorga a los ayuntamientos sin un fin determinado en la actualidad a través del artículo 2-A Ley de Coordinación Fiscal debe ser destinada a los municipios específicamente para incrementar la infraestructura hidráulica y con ello la cobertura, calidad, frecuencia y continuidad del servicio y, en el caso de que existan organismos operadores, deberá ser destinada a ellos directamente a través del municipio, para que incluso puedan además, pagar los derechos a la Comisión Nacional del Agua.
Sin embargo esto no se da así, y por lo tanto se tiene que buscar la forma para hacerlos llegar directamente a los organismos operadores para los fines específicos que antes se indicaron.
El mecanismo propuesto es relativamente simple, es seguir el viejo dicho de "lo del agua al agua", o en forma jurídica significa modificar el artículo 2-A de la Ley de Coordinación Fiscal de forma tal que a través del Fondo de Fomento Municipal se destinen los recursos generados por la eficiencia en la recaudación por derechos de agua, a los ayuntamientos o en caso de existir, a los organismos operadores del país, recursos que ellos mismos generaron, para incrementar la infraestructura hidráulica y con ello la cobertura, calidad, frecuencia y continuidad del servicio.
A los ayuntamientos deberá integrárseles la parte correspondiente por la recaudación en predial, mediante una adecuación en la formula con la que se calcula actualmente el Fondo de Fomento Municipal y una adecuación en su texto, propuesta que se expone.
Si logramos hacer que esto funcione, tanto los propios municipios como sus organismos operadores podrían abatir el rezago en la infraestructura hidráulica que se presenta en todo el país y al mismo tiempo podrían consolidarse programas como el Promagua y tener acceso a los recursos fiscales que se ofrecen a través del Finfra.
Beneficios
Los beneficios que se podrán palpar inmediatamente son:
Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72, inciso h), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los artículos 55, fracción II, 62, 63 y demás relativos y conexos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, nos permitimos someter a su consideración la aprobación de la presente
Iniciativa de Decreto
Artículo Primero.- Se reforma y adiciona el artículo 2-A de la Ley de Coordinación Fiscal para quedar como sigue:
b) ...
El Fondo de Fomento Municipal se distribuirá entre las entidades mediante la aplicación del coeficiente de participación que se determinará para cada uno de ellos conforme a la siguiente fórmula:
A = (CEit-1) (IPDAit-1) / IPDAit-2
CEit= Ai / TA
TA = Suma de todas las A de todas las entidades
El importe total por entidad será asignado a cada entidad conforme la siguiente formula:
PTit = CEit * TFt
Donde:
PT = PAit + PPit
El importe a pagar por Agua Potable a la Entidad se distribuirá mediante la siguiente formula:
El importe a pagar por Predial a la Entidad se distribuirá mediante la siguiente formula:
Donde:
CEit = Coeficiente de participación en el Fondo de Fomento Municipal de la entidad i en el año para el que se efectúa el cálculo
TA = Suma de todas las Ai de todas las entidades
i = Cada entidad
CEit-1 = Coeficiente de participación de la entidad i en el año inmediato anterior a aquel para el cual se efectúe el cálculo.
IPDAit-1 = Recaudación local del predial y de los derechos de agua en la entidad i en el año inmediato anterior para el cual se efectúa el cálculo.
IPDAit-2 = Recaudación local del predial y de los derechos de agua en la entidad i en el segundo año inmediato anterior para el cual se efectúa el cálculo.
PTit = Importe total a pagar a la entidad i en el año para el que se efectúa el cálculo.
TFt = Total del Fondo de Fomento Municipal a distribuir entre las entidades.
PAit = Importe a pagar por agua potable a la entidad i en el año para el cual se efectúa el cálculo.
PPit = Importe a pagar por predial a la entidad i en el año para el cual se efectúa el cálculo.
IDAi(t-1) = Recaudación local de los derechos de agua en la entidad i en el año inmediato anterior para el cual se efectúa el cálculo.
IDAi(t-2) = Recaudación local de los derechos de agua en la entidad i en el segundo año inmediato anterior para el cual se efectúa el cálculo.
IPi(t-1) = Recaudación local del predial en la entidad i en el año inmediato anterior para el cual se efectúa el cálculo.
IPi(t-2) = Recaudación local del predial en la entidad i en el segundo año inmediato anterior para el cual se efectúa el cálculo.
La parte del Fondo de Fomento Municipal que corresponda al cálculo por eficiencia en la recaudación de los derechos de agua deberá ser destinada por los municipios para la ejecución y operación de obras de infraestructura hidráulica y saneamiento para el mejoramiento permanente del servicio público de agua potable, alcantarillado y saneamiento. En caso de contar con organismos operadores de agua potable, alcantarillado y saneamiento, los municipios les entregarán íntegramente las cantidades que reciban del Fondo de Fomento Municipal que corresponda al cálculo por eficiencia en la recaudación de los derechos de agua.
La ejecución de obra pública en materia hidráulica con las cantidades que reciban del Fondo de Fomento Municipal los Municipios o en su caso, los organismos operadores, deberá sujetarse los ordenamientos legales para su contratación, destinando los recursos para su supervisión.
Los estados garantizarán que las cantidades entregadas a sus municipios y a sus organismos operadores de agua potable, alcantarillado y saneamiento por concepto del Fondo de Fomento Municipal no sea menor a lo recaudado por los conceptos que se dejen de recibir por la Coordinación de Derechos.
Los estados verificaran y fiscalizaran que los recursos sean aplicados correctamente.
En aquellos casos que los municipios omitan la entrega de las cantidades correspondientes del Fondo de Fomento Municipal a sus organismos operadores, los estados retendrán de las subsecuentes entregas las cantidades correspondientes de dicho fondo y entregaran la parte omitida directamente a los organismos operadores para garantizar el mejoramiento permanente del servicio público así como la ejecución y operación de las obras de infraestructura hidráulica y saneamiento. Cuando se omita la entrega por más de dos ocasiones el estado entregará directamente el fondo al organismo operador afectado a partir del momento en que se realice la omisión.
Transitorios
Primero.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo.- Se le ruega a la Presidencia que la presente iniciativa de reformas a la Ley de Coordinación Fiscal sea turnada a la Comisión de Hacienda de la H. Cámara de Diputados para su discusión, análisis y aprobación.
Palacio Legislativo, a 10 de septiembre de 2002.
Dip. Víctor E. Díaz Palacios (rúbrica)
(Turnada a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público, y de Fortalecimiento del Federalismo. Septiembre 10 de 2002.)
DE REFORMAS A LA LEY DE AHORRO Y CREDITO POPULAR, PARA AMPLIAR A CUATRO AÑOS EL PLAZO FIJADO A LAS INSTITUCIONES DE AHORRO Y CREDITO POPULAR PARA QUE REALICEN SUS TRAMITES DE AUTORIZACION ANTE LA COMISION NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES, PRESENTADA POR EL DIPUTADO HERBERT TAYLOR ARTHUR, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN, EN LA SESION DEL MARTES 10 DE SEPTIEMBRE DE 2002
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 25, 71, fracción II, y 73, fracciones VII, X y XXX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39, numeral 1, inciso a), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el suscrito diputado federal, Presidente de la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social de esta LVIII Legislatura de la H. Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, someto a la consideración de esta honorable asamblea la presente iniciativa de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Ahorro y Crédito Popular, bajo la siguiente:
Exposición de Motivos
El día 4 de junio del año 2001 pasado se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley de Ahorro y Crédito Popular, la cual fue aprobada por esta LVIII Legislatura de la Cámara de Diputados. En el proceso de elaboración de esta ley se estudiaron los factores de éxito de las instituciones financieras populares en México y en el mundo, encontrándose que una de las principales determinantes de éxito de las entidades de ahorro y crédito popular es la existencia de una regulación y supervisión adecuadas para las mismas.
La Ley de Ahorro y Crédito Popular regula esta función, la cual hasta entonces se había llevado a cabo en forma desordenada por múltiples figuras jurídicas distintas, algunas reguladas, otras no; algunas supervisadas, otras sin supervisión alguna; e incluso, varias de ellas sin tener siquiera la facultad legal de captar ahorro.
Con la plena entrada en vigor de la Ley de Ahorro y Crédito Popular, sólo podrán realizar esta actividad dos tipos de figuras jurídicas: i) la sociedad financiera popular, con la naturaleza jurídica de sociedad anónima; y, ii) la cooperativa de ahorro y préstamo, con la naturaleza jurídica de sociedad cooperativa.
La sociedad cooperativa es una forma de organización social integrada por personas que tienen intereses comunes y bajo los principios de solidaridad, esfuerzo propio y ayuda mutua, con el propósito de satisfacer necesidades económicas de producción, distribución y consumo de bienes y servicios. Este tipo de sociedades se rige por los valores de autoayuda, autorresponsabilidad, la democracia, la igualdad, la equidad y la solidaridad, así como por los valores éticos de la honestidad, la transparencia, la responsabilidad y la vocación social, donde la cooperación es una actitud y un compromiso de cada uno de los miembros, con el objetivo común de mejorar en lo económico y social, fundados siempre en la ayuda mutua.
Asimismo, las instituciones que se constituirán como sociedades financieras populares contribuirán a la existencia de diversas opciones para que la gente pueda acceder al ahorro y el crédito, permitiendo plenamente la participación de la iniciativa privada en la actividad del ahorro y crédito popular.
El desarrollo que muy pronto podrá alcanzar el sector del ahorro y crédito popular en México es de suma importancia, integrando a los servicios financieros a miles de mexicanas y mexicanos que hoy carecen de ellos.
Esta ley, en sus artículos transitorios, estableció un periodo de dos años para que las instituciones que actualmente realizan la actividad de ahorro y crédito popular pudieran llevar a cabo todos los trámites necesarios para obtener la autorización de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores que les permita operar como entidades, ya sean sociedades cooperativas de ahorro y préstamo o sociedades financieras populares. Lo anterior, con el objeto de que el cumplimiento de las obligaciones previstas en la ley no se hiciera en forma abrupta, sino dentro de un periodo de tiempo razonable que permitiera a las entidades conocer plenamente la nueva norma y su regulación prudencial, participando en la elaboración de esta última, de la misma forma que lo hicieron en la elaboración de la ley.
Actualmente, en términos de lo dispuesto por el artículo tercero transitorio de la ley, las sociedades de ahorro y préstamo, las uniones de crédito que captan depósitos de ahorro, así como las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo y otro tipo de sociedades cooperativas, pero que cuenten con secciones de ahorro y préstamo, constituidas con anterioridad al inicio de la vigencia de la ley, contarían con este plazo de dos años a partir del 5 de junio de 2001 para solicitar de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores la autorización para operar como entidad de ahorro y crédito popular, sujetándose a lo dispuesto por la propia ley al efecto.
Concluido el plazo anterior, las sociedades cooperativas o de ahorro y préstamo, y las uniones de crédito que no hubieren obtenido la autorización referida, deberían abstenerse de captar recursos, en caso contrario se ubicarán en los supuestos de infracción previstos por la propia ley y por las disposiciones que resulten aplicables.
La mayoría de las sociedades que buscan integrarse a la ley y operar como entidad de ahorro y crédito han iniciado ya los actos societarios tendientes a su transformación. El Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros ha venido cumpliendo su misión de fomentar el desarrollo integral del sector, con el objeto de permitir la entrada ordenada de las instituciones de ahorro y crédito popular al nuevo esquema legal.
Sin embargo, derivado del trabajo conjunto llevado a cabo por esta Comisión de Fomento Cooperativo, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, el Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros, y principalmente, de las solicitudes presentadas por el propio sector de ahorro y crédito popular, esta iniciativa propone ampliar este periodo de transitoriedad de dos a cuatro años, modificando en lo conducente, todos los artículos transitorios relacionados con este tema.
Por otra parte, se ha analizado la conveniencia de mantener en la legislación vigente, un artículo semejante al actual 38-P de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, que establece la posibilidad de que grupos de personas físicas que tengan por objeto exclusivamente la captación de recursos de sus integrantes, para su colocación entre éstos, puedan operar sin sujetarse a los requisitos exigidos por la legislación, siempre que cumplan con ciertos requisitos como un número máximo de integrantes, activos y la ausencia de publicidad de sus operaciones.
En efecto, existen en el país numerosos grupos de personas, denominados grupos solidarios, que sin constituir una personalidad jurídica distinta, realizan actividades de ahorro de las denominadas "tandas" y se prestan dinero para sus actividades productivas. Al concluir el periodo de transitoriedad de la Ley de Ahorro y Crédito Popular, quedaría sin efectos esta posibilidad y los grupos de personas físicas que actualmente realizan esta actividad quedarían en el supuesto del artículo 7º de la Ley de Ahorro y Crédito Popular que prohíbe la captación y colocación de recursos del público, por lo que se harían acreedores a las sanciones que la propia ley establece.
Por lo anterior, esta iniciativa propone incluir un nuevo artículo 4-Bis que excluya de los requisitos exigidos por la Ley de Ahorro y Crédito Popular a los grupos de personas físicas que tengan por objeto exclusivamente la captación de recursos de sus integrantes para su colocación entre éstos y que cumplan con los requisitos señalados en esta iniciativa, para que no se abra una puerta al fraude a la ley.
En este sentido, esta iniciativa propone que el número máximo de personas que puedan integrar estos grupos sea de doscientos individuos, por lo que también se incluye la modificación al artículo 38, fracción III, para establecer que el número mínimo de socios para las Entidades con nivel de operaciones I será de doscientos individuos y de trescientos para las entidades con nivel de operaciones II a IV.
Otro punto de la iniciativa que hoy se presenta es el de la auditoría legal. No obstante que se trata de una práctica corporativa común en las sociedades, es conveniente evaluar su realización obligatoria, toda vez que, en virtud de la previsión legal de la función del contralor normativo, tal figura fue derogada en la Ley del Mercado de Valores con fecha 2 de junio de 2001, mientras que en ninguna de las demás leyes financieras se prevé su existencia. Es por esto que consideramos que no se debe exigir a las entidades de ahorro y crédito popular mas requisitos que a los demás intermediarios financieros, por lo que se propone derogar el actual segundo párrafo del artículo 32 de la ley.
En relación con el tema de la participación de las entidades no afiliadas a una federación, dentro de una confederación, se sugiere modificar el tercer párrafo del artículo 105, toda vez que al establecer que las entidades no afiliadas deberán solicitar a alguna confederación participar en su fondo de protección y que, una vez que ésta acepte, deberán convenir con alguna federación miembro de dicha confederación la celebración de un contrato de supervisión auxiliar, vuelve nugatorio el derecho previsto por el artículo 9 para que las entidades no afiliadas acudan ante la CNBV para la designación de la federación que emitirá el dictamen correspondiente y, en su caso, que realizará su supervisión auxiliar.
Asimismo, se sugiere que en el mismo tercer párrafo del artículo 105 se incluya a las entidades no afiliadas que sean supervisadas de forma auxiliar por la federación de que se trate, ya que actualmente sólo se prevé que las federaciones no afiliadas convengan con alguna confederación que sus entidades afiliadas participen en su fondo de protección.
Considerando las modificaciones propuestas respecto del artículo 105, se incluye también la adecuación del artículo noveno transitorio de la LACP conforme a dichas modificaciones.
Por lo que respecta a las operaciones que podrán realizar las entidades de ahorro y crédito popular en términos del artículo 36, se sugiere incluir en la fracción I, los depósitos retirables con previo aviso, y en la fracción III, el otorgamiento de préstamos de liquidez a aquéllas entidades que sin ser afiliadas tengan celebrado un contrato de supervisión auxiliar con la federación de que se trate, ya que actualmente sólo se considera a las entidades afiliadas.
Asimismo, la iniciativa que hoy presentamos busca también reafirmar la participación del público en general en las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, tal y como estaba permitido en la Ley General de Sociedades Cooperativas cuando la actividad de ahorro y préstamo de las cooperativas era realizada por las cooperativas de consumo. A este respecto, se propone adicionar una fracción V al artículo 38 de la Ley de Ahorro y Crédito Popular en este sentido.
Además, se propone incorporar diversas modificaciones de redacción para hacer consistentes algunos artículos que podían presentar duda en su interpretación.
Por último, respecto de la transformación a entidades de ahorro y crédito popular, los artículos transitorios de la Ley de Ahorro y Crédito Popular no establecen un procedimiento de transformación para las sociedades referidas en los mismos, lo cual genera diversos inconvenientes.
Considerando que, como parte de los procesos de transformación que inicien aquellas sociedades de ahorro y préstamo y uniones de crédito que pretendan ser autorizadas para operar como entidades de ahorro y crédito popular, debieran dejarse sin efecto las autorizaciones que les permiten operar como organizaciones auxiliares del crédito, así como que, en términos del artículo 78 de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, respectivamente, podrían revocar dichas autorizaciones; esta revocación, por ministerio de ley, ubicaría a tales sociedades en estado de disolución y liquidación, lo cual traería diversos problemas para poder iniciar operaciones como entidad de ahorro y crédito popular.
Si bien pudiera interpretarse que, al tener la Comisión Nacional Bancaria y de Valores la facultad para revocar a las uniones de crédito, así como para autorizar a las entidades de ahorro y crédito popular, no sería necesario que dichas sociedades fueran disueltas y liquidadas durante su transformación, tratándose de sociedades de ahorro y préstamo la facultad de revocación corresponde a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
En virtud de lo anterior, resulta conveniente y proponemos que la Ley de Ahorro y Crédito Popular señale que, en los casos de transformación de sociedades de ahorro y préstamo y uniones de crédito en entidades de ahorro y crédito popular, no será necesario que, a pesar de su revocación, éstas se disuelvan y liquiden previamente.
En consecuencia , por las razones y fundamentos legales expuestos, el suscrito presenta el siguiente proyecto de
Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Ahorro y Crédito Popular
Artículo Unico.- Se reforman los artículos 9º, párrafo cuarto; 36, fracciones I y III; 38, fracción III; 55, fracción I, inciso h); 60, fracción IX; 61; 67, segundo párrafo; 105, párrafo tercero; primero transitorio, segundo y tercer párrafo; segundo transitorio, tercero transitorio, primer y segundo párrafo; quinto transitorio; séptimo transitorio, primer y segundo párrafos; octavo transitorio; noveno transitorio, segundo párrafo; décimo cuarto transitorio; y décimo quinto transitorio; se adicionan un artículo 4-Bis; una fracción V al artículo 38; un tercero, cuarto y quinto párrafos al artículo tercero transitorio; un tercer párrafo al artículo noveno transitorio, y se deroga el párrafo segundo del artículo 32 de la Ley del Ahorro y Crédito Popular para quedar como sigue:
Artículo 4-Bis.-
No se considerará que realizan operaciones de ahorro y crédito popular en los términos del artículo 4º de esta ley, los grupos de personas físicas que tengan por objeto exclusivamente la captación de recursos de sus integrantes para su colocación entre éstos, que cumplan con lo siguiente:
b) El número máximo de sus integrantes será de 200 personas;
c) Sus activos no podrán ser superiores a 300,000 Unidades de Inversión (UDIS);
d) Se abstendrán de comunicar, informar, anunciar o de cualquier otra forma de naturaleza análoga o similar, dar a conocer a través de cualquier medio de publicidad o medio informativo, sus operaciones. La Comisión podrá fijar las bases para que cuando proceda por el número de integrantes y por la frecuencia, importancia y monto de las operaciones que realizan dichos grupos de personas, se ajusten a la presente ley, debiendo constituirse como entidades de ahorro y crédito popular;
e) Deberán registrarse, por conducto de un representante, ante la federación de su elección, a efecto de dar a conocer:
a. El número de sus integrantes;
b. El monto de sus activos, y
c. El lugar o lugares donde se reúnan para llevar a cabo sus operaciones.
La información citada deberá actualizarse semestralmente. En caso de no registrarse o bien de no tener actualizada la información, les serán aplicables las sanciones establecidas en esta ley. La Comisión podrá designar a la federación que deberá llevar el registro antes mencionado en caso de que un grupo de personas no elija alguna federación de manera voluntaria;
f) Deberán tener una presencia local, es decir, que deberán operar en uno o varios municipios colindantes o no, de alguna entidad federativa de la República Mexicana, y
g) Deberán establecer de forma destacada, en toda la documentación que utilicen para instrumentar las operaciones a que se refiere este artículo, que no son entidades de ahorro y crédito popular, así como que no están sujetas a la autorización de la Comisión, ni a la inspección y vigilancia de ninguna federación, y que no cuentan con el fondo de protección a que se refiere esta ley.
Artículo 9.- ...
...
...
Tratándose de aquellas sociedades que opten por el régimen de no afiliadas, deberán solicitar a alguna confederación participar en su fondo de protección, y en caso de que ésta acepte, la sociedad deberá acudir con alguna federación miembro de la confederación respectiva para que emita el dictamen correspondiente. En este último supuesto, en caso de ser favorable el dictamen, la Federación de que se trate se encargará de su supervisión auxiliar, continuando con el procedimiento señalado en el párrafo anterior. En caso de que ninguna confederación acepte administrar el fondo de protección de dicha sociedad, ésta podrá acudir directamente ante la Comisión, acreditando tal circunstancia, a efecto de que le designe a la federación que se encargará de emitir el dictamen respectivo y, en caso de ser favorable, corresponderá a dicha federación su supervisión auxiliar, continuando con el procedimiento señalado en el párrafo anterior y observando lo dispuesto por el artículo 105 de esta ley.
...
...
...
...
...
...
Artículo 32.- ...
Se deroga.
Artículo 36.- ...
I. Recibir depósitos a la vista, de ahorro, a plazo, retirables en días preestablecidos y retirables con previo aviso.
II. ...
III. Otorgar a las entidades afiliadas y no afiliadas que supervise de manera auxiliar su federación, previa aprobación del consejo de administración de dicha federación y con cargo a sus excedentes de capital, préstamos de liquidez, mismos que deben descontar de su capital, debiendo sujetarse a los requisitos y condiciones que mediante reglas de carácter general establezca la Comisión.
...
II. ...
III. El número mínimo de socios no será menor de doscientos para las entidades con nivel de operaciones I, y de trescientos para las entidades con nivel de operaciones II a IV,
IV. ...,y
V. Podrán realizar operaciones con el público en general, siempre que se permita su participación como socios en el plazo que establezcan sus bases constitutivas.
a) ...
...
h) Los mecanismos voluntarios de solución de controversias entre las entidades y sus socios o clientes;
II. ...
...
IX. Si la Federación no acredita a la Comisión, que sus Entidades afiliadas, así como aquéllas que supervisa auxiliarmente, participan en el Fondo de Protección administrado por alguna Confederación, y
Artículo 61.- Las entidades afiliadas y no afiliadas supervisadas auxiliarmente por una federación cuya autorización hubiere sido revocada por la Comisión, deberán solicitar su afiliación a una federación distinta o sujetarse al régimen de entidad no afiliada en un término no mayor a diez días hábiles a partir de la fecha en que surta sus efectos la revocación antes citada.
Artículo 67.- ...
Este comité estará formado por un mínimo de cinco personas designadas por el consejo de administración de la Federación respectiva, de entre los cuales se elegirá un presidente, el que deberá reportar los resultados de su gestión al consejo de administración y a la Comisión.
...
...
Artículo 105.- ...
...
Las federaciones que no formen parte de una confederación, deberán convenir con alguna confederación que sus entidades afiliadas y aquéllas con las que tengan celebrados contratos de supervisión auxiliar, participen en su fondo de protección. La Comisión procederá en términos de los artículos 37 y 60, con las federaciones que no logren convenir lo anterior.
...
...
Transitorios
Primero.- ...
El artículo segundo del presente decreto entrará en vigor a los cuatro años de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
El artículo tercero del presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, con excepción del artículo 26 contenido en el mismo, el cual entrará en vigor a los cuatro años de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo.- Las sociedades de ahorro y préstamo, las uniones de crédito y las sociedades cooperativas que tengan intención de sujetarse a los términos establecidos en la Ley de Ahorro y Crédito Popular, deberán registrarse ante la Comisión Nacional Bancaria y de Valores en un término no mayor a dos años contados a partir de la publicación de este decreto en el Diario Oficial de la Federación, manifestando al efecto su nombre, denominación, domicilio, número de socios y demás datos que sobre su actividad solicite dicho organismo.
Tercero.- Las sociedades de ahorro y préstamo, las uniones de crédito que capten depósitos de ahorro, así como las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo y aquéllas que cuenten con secciones de ahorro y préstamo, constituidas con anterioridad al inicio de la vigencia de la Ley de Ahorro y Crédito Popular, contarán con un plazo de cuatro años a partir de la fecha que establece el primer párrafo del artículo primero transitorio anterior para solicitar de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores la autorización para operar como entidad, sujetándose a lo dispuesto por el artículo octavo transitorio y debiendo obtener el dictamen favorable de alguna federación, con arreglo a lo dispuesto por la Ley de Ahorro y Crédito Popular.
Asimismo, los grupos de personas a que se refiere el artículo 38-P de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito contarán con el plazo de cuatro años citado en el párrafo anterior para sujetarse a lo establecido por el artículo 4-Bis de esta ley.
Concluido el plazo anterior, las sociedades y las Uniones de Crédito que no hubieren obtenido la autorización referida o los grupos de personas que no se sujeten a lo establecido por el artículo 4-Bis de esta ley, deberán abstenerse de captar recursos, en caso contrario se ubicarán en los supuestos de infracción previstos por la Ley de Ahorro y Crédito Popular y por las disposiciones que resulten aplicables.
En el caso de las sociedades de ahorro y préstamo y uniones de crédito, que tengan la intención de sujetarse a esta ley, podrán llevar a cabo la distribución y pago de remesas de dinero, así como de otros productos, servicios y programas gubernamentales, bajo las modalidades de abono en cuenta y pago en ventanilla a favor de un socio o de terceros. Lo anterior, sujeto a que cuenten con la previa autorización de la Secretaría así como de la Comisión respectivamente.
Tratándose de sociedades de ahorro y préstamo y uniones de crédito que de conformidad con lo establecido en la Ley de Ahorro y Crédito Popular sean autorizadas por la Comisión como entidades de ahorro y crédito popular, a tales sociedades les será revocada la autorización que les hubiere sido otorgada en términos de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, sin que se ubiquen en estado de disolución y liquidación.
Quinto.- Los organismos de integración que sean autorizados conforme a la Ley de Ahorro y Crédito Popular dentro del plazo de tres años a partir de la entrada en vigor de la misma, contarán con un plazo de dos años a partir de su autorización, para cumplir con el número mínimo de diez entidades y cinco federaciones afiliadas, en términos del artículo 53 de la misma ley, según se trate.
Séptimo.- Las entidades autorizadas en los primeros cuatro años a partir de la entrada en vigor de la Ley de Ahorro y Crédito Popular, podrán utilizar los recursos del fondo de protección, siempre y cuando hayan realizado aportaciones durante un plazo de dos años.
Respecto de aquéllas que se constituyan con posterioridad a los cuatro primeros años de entrada en vigor de la Ley de Ahorro y Crédito Popular, podrán utilizar los recursos del fondo de protección a partir del sexto año siguiente a la entrada en vigor de la Ley de Ahorro y Crédito Popular.
...
Octavo.- Para efectos de la fracción I del artículo 53 de la misma ley, las federaciones que soliciten su autorización dentro de un plazo de cuatro años contados a partir de la entrada en vigor de la ley, deberán presentar los documentos en que, a juicio de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, se manifieste la intención de cuando menos diez sociedades que cumplan con los requisitos del artículo 10º, con excepción de las fracciones II y IX, para afiliarse a dicha federación.
Noveno.- ...
Concluido un plazo de cuatro años a partir del inicio de vigencia de la Ley de Ahorro y Crédito Popular, las federaciones que no se encuentren en los supuestos contemplados en el párrafo anterior, podrán solicitar a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores una prórroga que no podrá exceder de dos años para continuar administrando el fondo de protección de sus entidades, de lo contrario se ubicarán en la causal de revocación prevista por la fracción IX del artículo 60 de la Ley de Ahorro y Crédito Popular.
En este último caso, el destino de los recursos que integren los fondos de protección respectivos, se determinará observando lo dispuesto en el artículo 105 de la Ley de Ahorro y Crédito Popular.
Décimo Cuarto.- Durante los cuatro años siguientes a la entrada en vigor de la Ley de Ahorro y Crédito Popular, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores contará con un plazo de ciento ochenta días naturales para emitir la resolución a que se refiere el artículo 9 de la ley citada, respecto de las solicitudes de autorización para operar como entidad que le sean remitidas por las federaciones.
Décimo Quinto.- La Comisión Nacional Bancaria y de Valores contará con un plazo de dos años contados a partir de la publicación de este decreto para emitir todas las reglas y disposiciones de carácter general que deban ser formuladas según se señala en la Ley de Ahorro y Crédito Popular.
Transitorios del Presente Decreto
Artículo Unico.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Firmada en el Palacio Legislativo de San Lázaro, el día 9 de septiembre de 2002.
Dip. Herbert Taylor Arthur (rúbrica)
(Turnada a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público, y de Fomento Cooperativo y Economía Social. Septiembre 10 de 2002.)
DE REFORMAS A LA LEY ORGANICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, PARA QUE LA MESA DIRECTIVA SE NOMBRE POR LA MAYORIA ABSOLUTA DE LOS DIPUTADOS, PRESENTADA POR LOS DIPUTADOS LUIS MIGUEL BARBOSA HUERTA Y RAFAEL HERNANDEZ ESTRADA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD, EN LA SESION DEL MARTES 10 DE SEPTIEMBRE DE 2002
Los suscritos, Luis Miguel Barbosa Huerta y Rafael Hernández Estrada, diputados a la LVIII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, sometemos a consideración de esta honorable asamblea la iniciativa de decreto que reforma la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
1. La inédita configuración política emanada del voto popular del 2 de julio de 2000, con la que se produjo la alternancia en el gobierno y se integró el Congreso más plural en la historia reciente de México, le dio un renovado impulso a la transición democrática. En esta nueva etapa el Poder Legislativo, más independiente y autónomo, ha tenido la enorme responsabilidad de contribuir a la conducción del país, al mismo tiempo que cumplir con eficacia las tareas que le son propias de un poder del Estado.
El Congreso de la Unión cumple como nunca la función constitucional de equilibrar a los otros dos poderes, de fiscalizar el desempeño del Ejecutivo y de legislar en las materias que la cambiante realidad mexicana le exige para la adecuada marcha del país y de sus instituciones.
2. El papel del Congreso mexicano en la transición política es, de esta forma, crucial pues en él se expresan prácticamente todas las visiones de país y se someten a debate los proyectos de nación. Al calor de la histórica circunstancia política que viven los Poderes de la Unión, se fragua una relación distinta entre el Presidente de la República, la Suprema Corte de Justicia de la Nación y las Cámaras del Congreso General; y entre éstos y los poderes estatales.
3. En el contexto de un gobierno dividido como el nuestro, en el que el Ejecutivo ya no domina al Poder Legislativo y, dentro de éste, ninguna fuerza política tiene mayoría absoluta, se requiere de una labor de búsqueda de consensos y acuerdos para hacer avanzar las iniciativas de los diferentes partidos políticos, así como las del propio Ejecutivo. Sin renunciar a su identidad, los grupos parlamentarios están obligados a ponerse de acuerdo en el tratamiento de los grandes problemas nacionales o a mantener sus discrepancias en un clima de respeto. Ese es el signo de los nuevos tiempos. La época en que un solo partido dominaba al Congreso e imponía su voluntad, o de las grandes mayorías aplastantes, quedó atrás. El pluralismo político creciente que se vive en todo el país es el distintivo de nuestra peculiar transición a la democracia.
4. Con motivo del inicio del primer período de sesiones ordinarias del Congreso, correspondiente al último año de ejercicio constitucional de la LVIII Legislatura, las dos principales fuerzas políticas representadas en la Cámara de Diputados han escenificado un desacuerdo que ha impedido nombrar a la Mesa Directiva de este órgano. El desacuerdo descansa en una visión hegemónica y patrimonialista -en donde ninguno cede-, en la conducción de los trabajos de un órgano por esencia plural, en el que están representadas las diversas formas de pensar y concebir la actividad política. Ese desacuerdo ha impedido dar certidumbre a los trabajos legislativos de la Cámara de Diputados que tiene frente a sí la resolución de asuntos fundamentales para la nación como son el análisis puntual de la reforma al sector eléctrico y la aprobación de Presupuesto de Egresos para el año 2003. Sin contar con las innumerables iniciativas que tendrá que discutir y desahogar el pleno, vitales para el país.
5. La trabazón política se justifica jurídicamente con el hecho de que, de acuerdo con el artículo 17, numeral 2, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se requiere el voto de las dos terceras partes de los diputados presentes para nombrar a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados y a quien la deba presidir. Esta disposición fue introducida junto con otras de igual trascendencia, como la duración anual de la Mesa, en la reforma a la Ley Orgánica que entró en vigor el 3 de septiembre de 1999. La nueva concepción de la Mesa Directiva del pleno se hizo partir de su caracterización como un órgano tutelar del imperio de la Constitución, del orden jurídico y de las libertades de los legisladores, sobre la base de que sus integrantes y, particularmente su presidente, se apartan de sus legítimos intereses partidistas para colocarse en una posición de servicio a la Cámara por su actuación suprapartidaria, como se desprende de su exposición de motivos.
El requisito de mayoría calificada buscaba atender tres preocupaciones: nombrar a una Mesa Directiva con el máximo de consenso, garantizar su desempeño institucional y reflejar con fidelidad la pluralidad de la Cámara de Diputados. Ese requisito atendió, incluso, a una conformación plural de ésta Cámara, distinta a la de hoy durante la pasada Legislatura.
6. El desacuerdo subsistente en torno al nombramiento de la Mesa Directiva en la actualidad, imposibilita a los grupos parlamentarios del PRI y del PAN para alcanzar esa mayoría calificada a la que obliga la Ley Orgánica en vigor, y ha convertido esta disposición en una camisa de fuerza. El riesgo es mayor en virtud de que existe en la ley un vacío jurídico que, de no obtenerse la mayoría calificada requerida y vencerse el plazo de 5 días por los que se prorroga el funcionamiento de la anterior Mesa Directiva, dejará a este órgano legislativo sin directiva que conduzca sus trabajos.
La disposición que obliga a alcanzar la mayoría calificada ya cumplió su cometido y es claro que en las actuales circunstancias, de una mayor pluralidad y fragmentación del voto, es inoperante. Por ello se requiere volver al criterio numérico en vigor hasta 1999, con el que la Mesa Directiva se nombraba por la mayoría absoluta de los diputados.
Adoptar este criterio permitirá resolver el desacuerdo y posibilitará a otras fuerzas, como el PRD, intervenir en su solución, para alcanzar la gobernabilidad de la Cámara de Diputados y conducir adecuadamente sus trabajos hasta su término constitucional.
Por lo antes expuesto y de conformidad con las disposiciones invocadas en el proemio, sometemos a consideración del pleno, la siguiente
Iniciativa de decreto que reforma la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo Unico. Se reforman el artículo 17, numerales 2, 3 y 7 y el artículo 19, numerales 3 y 4, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo 17.
2. La Cámara elegirá a la Mesa Directiva por el voto de la mayoría absoluta de los diputados presentes, mediante una lista que contenga los nombres de los propuestos con sus respectivos cargos.
3. La elección de los integrantes de la Mesa Directiva se hará por cédula.
4. a 6. ...
7. La elección de los integrantes de la Mesa Directiva para el segundo y tercer años de ejercicio de la legislatura, se llevará a cabo durante la sesión preparatoria de la Cámara que inicia dichos periodos. El proceso será conducido por los integrantes de la Mesa Directiva que concluye su ejercicio. Si en dicha sesión no se alcanza la mayoría absoluta requerida, esta Mesa continuará en funciones hasta el día 5 del siguiente mes con el fin de que se logren los entendimientos necesarios.
3. Toda elección de integrantes de la Mesa se realizará mediante el voto de la mayoría absoluta de los diputados presentes en el pleno.
4. Los integrantes de la Mesa Directiva sólo podrán ser removidos con el voto de la mayoría absoluta de los diputados presentes de la Cámara, por las siguientes causas:
a) ...
b) ...
c) ...
Unico. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de septiembre de 2002.
Dip. Luis Miguel Barbosa Huerta (rúbrica)
Dip. José Antonio Magallanes Rodríguez (rúbrica)
(Turnada a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias. Septiembre 10 de 2002.)
DE DECRETO QUE ADICIONA EL ARTICULO TERCERO DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN MATERIA DE FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACION PUBLICA SUPERIOR EN MEXICO, PRESENTADA POR EL DIPUTADO OSCAR ALFONSO DEL REAL MUÑOZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI, EN LA SESION DEL MARTES 10 DE SEPTIEMBRE DE 2002
El suscrito, diputado integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71 fracción II y 73 fracción XXV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 55 fracción II, 56, 62 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta honorable asamblea, la siguiente iniciativa de decreto que adiciona el artículo 3º de nuestra Carta Magna, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
Como semillero de profesionistas que participan en la vida pública o como fuente de expertos que toman decisiones políticas importantes, la educación superior pública en México constituye un baluarte fundamental de la riqueza y soberanía nacional.
Los beneficiados por la educación superior pública vemos con preocupación su problemática y contradicciones. Consideramos útil otorgarle el mejor de los cuidados, sin escatimar recursos y respetando su vida interna.
Creemos, además, que su desarrollo debe ser observado y sostenido por un Estado claro en sus fortalezas, consciente de que con la definición de una política para la educación superior pública responde positivamente a la mayoría de los mexicanos, que aspira a que sus recintos educativos sigan siendo apoyados e impulsados, de modo que alcancen los niveles de cobertura y excelencia que hoy demanda el país; sin embargo, hoy sabemos que 26 universidades públicas sufren condiciones económicas extenuantes que las ponen en peligro de desaparecer o de ceder al marasmo, víctimas de las deudas.
Ante este panorama, algunos investigadores de la educación, académicos y legisladores, nos hemos reunido para intercambiar inquietudes y hacer un análisis más riguroso acerca del estado que guarda la educación superior pública en nuestro país y cuyos materiales hemos volcado en la realización de un foro, efectuado en el mes de agosto que acaba de pasar.
En efecto, quienes nos reunimos en ese foro hemos tomado la iniciativa para discutir los problemas más acuciantes de las universidades públicas. Creemos que de su análisis y debate ha surgido un diagnóstico que nos muestra con claridad las partes álgidas que deben ser atendidas para echar adelante a las escuelas que trabajan en medio del acecho y de la crisis.
Deseamos que las conclusiones de ese foro sean lo suficientemente interesantes, para tomar en manos de este Congreso la defensa de la universidad pública, pero sobre todo que coadyuve en una postura del Estado que sea clara y a favor de ella.
Desde esta tribuna, agradecemos la participación de todos los que nos han regalado lo mejor de sus planteamientos para que este evento concluyera con un pronunciamiento claro que, ojalá, motive a los compañeros diputados. Sabemos que hay muchos temas de importancia que tendrán prioridad en la agenda legislativa de este periodo; pero el tema que hoy nos interesa y por el que deseamos una manifestación expresa de todos ustedes apoyando esta iniciativa, nos parece de significativa relevancia.
No omito mencionar que en algunos ámbitos del medio universitario me expresaron opiniones pesimistas respecto a la posibilidad de poder lograr las dos terceras partes de los votos para dar blindaje de existencia y desarrollo a las universidades públicas del país.
En especial, y solicito disculpas por recordarlo, se duda de la participación de los señores diputados del PAN; sin embargo, sé de antemano que la existencia de la universidad pública interesa a una gran mayoría de los miembros de esta bancada, cuya mayor parte es proveniente de universidades e instituciones educativas estatales. Personalmente espero que la percepción haya sido equivocada y que los diputados del Partido Acción Nacional se decidan por otorgar su apoyo a la educación superior pública de México, expresando su voto de manera favorable a ese gran proyecto.
Nuestra iniciativa es el comienzo. Sólo con este tipo de acciones sostendremos el ideal de educación superior que reclama la población mexicana. En este caso, la universidad pública merece una declaración categórica de apoyo.
Diagnóstico
1. En contraste con los logros en materia de crecimiento económico y exportaciones que sitúan al país como la novena potencia económica y séptima exportadora del mundo, México acusa grandes carencias en sus indicadores de desarrollo humano, como lo muestra la creciente concentración de la riqueza y el incesante crecimiento de los índices de pobreza a lo largo de las dos últimas décadas. Ello se expresa, entre otras cosas, en el reconocimiento oficial de la cifra de pobres en el país, que se ubica en 53.7 millones de mexicanos, o en el acusado deterioro educativo que ha significado una reducción del gasto público en educación, al pasar de 5.2 por ciento del Producto Interno Bruto en 1994, a 4.9 por ciento en 2000, no obstante los compromisos internacionales adquiridos para garantizar su elevación a 8 por ciento.
2. Por su parte, el nivel de educación superior muestra mayores problemas, a pesar de ser un sector estratégico para el desarrollo económico y social de la nación. Hoy se reconoce la formación de profesionales y científicos como uno de los indicadores más importantes del desarrollo de un país, y en el nuestro, el gasto público por alumno en educación superior disminuyó de 22 mil 756 pesos en 1982 a 17 mil 482 en 2002, a precios constantes de 2000.
Además, considerando al conjunto de los 30 países de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico, México es el país con menor inversión en educación superior por estudiante. Su gasto anual equivale a menos de la mitad del promedio de los países de dicha organización y a una quinta parte del que se ejerce en Estados Unidos. La matrícula de las universidades públicas se mantuvo estancada en el curso de la última década frente a la triplicación de ésta en las universidades privadas. La gravedad de este panorama se expresa mejor si consideramos la tasa bruta de escolarización, que se ubica, según la fuente, entre el 15 y el 19 por ciento en 2000, en contraste con el 23 por ciento en República Dominicana, 29 por ciento en Barbados, 30 por ciento en Costa Rica, 31 por ciento en Panamá y Chile, y 36 por ciento en Argentina. Esta brecha se amplía frente a países como Corea del Sur con una tasa del 68 por ciento, Estados Unidos con 81 por ciento y Canadá con 87 por ciento. Además, como evidencia de la limitada capacidad de desarrollo del país, México cuenta con 214 científicos e ingenieros en labores de investigación y desarrollo por cada millón de habitantes, frente a 532 de Costa Rica, 660 de Argentina, 2 mil 193 de Corea del Sur, 2 mil 719 de Canadá, 2 mil 831 de Alemania y 3 mil 676 de Estados Unidos.
Un punto culminante de esta situación se refiere al creciente endeudamiento de la mayoría de las universidades públicas del país, con lo que se pone en cuestión su viabilidad.
3. Esta apretada radiografía de la situación de la educación superior, y en particular de las universidades públicas, llama nuestra atención para enderezar el rumbo y otorgarles el papel estratégico que reclaman en el desarrollo y el fortalecimiento de la soberanía nacional. Es necesario reivindicar su aporte a la sociedad a través del cumplimiento de las funciones que les han sido asignadas:
Organizar y efectuar investigaciones en torno a las problemáticas filosóficas, científicas, sociopolíticas, éticas y artísticas, que ubiquen de manera permanente a cada institución en los ámbitos académicos fundamentales, básicos y aplicados, al igual que en los de mayor actualidad en todos los campos del saber y en los niveles más elevados de desarrollo del conocimiento, el pensamiento crítico y el arte, con la mira puesta en todos los problemas humanos y en la creatividad, para contribuir a la creación de alternativas y a la construcción de la equidad en todos los órdenes, para la convivencia pacífica, tolerante e igualitaria en México y en el mundo actual;
Fundamentar sus acciones en los resultados y avances del desarrollo científico, ajenas a cualquier doctrina religiosa y partidista, encaminadas a contribuir a la construcción de la ciudadanización integral, la democracia, el ejercicio pleno de los derechos humanos, la justicia, la equidad y la igualdad en todos los terrenos de la vida nacional, así como de la paz mundial;
Emprender la revisión crítica de todas las escuelas del conocimiento y las tendencias del pensamiento, con la finalidad de combatir la ignorancia, los prejuicios, la discriminación de cualquier tipo (sobre todo las de género, etnia, nacionalidad e idioma), la opresión, los fanatismos, las servidumbres, la xenofobia, el totalitarismo, el belicismo y la antidemocracia.
Ubicar la responsabilidad de financiamiento del Estado a la educación superior desde una perspectiva estratégica, por lo que será compartida por los actuales y los próximos gobiernos en un horizonte de por lo menos 20 años. El país debe dedicar a la educación superior el 1.5 por ciento del PIB en 2006 e incrementarlo de manera progresiva, manteniendo el servicio del sistema de forma gratuita, equitativa y amplia. Con ello será posible alcanzar una tasa bruta de escolarización del 60 por ciento del grupo de edad escolar correspondiente en 2024, y llegar a erogar el 4 por ciento del PIB;
La revisión del marco legislativo del sistema universitario para eliminar las ambigüedades en elementos clave como los de la autonomía, la gratuidad y el financiamiento, considerando para ello la participación amplia de las instituciones y sus comunidades.
b) La asignación de recursos económicos extraordinarios: que atiendan los rezagos acumulados y garanticen la realización continuada de los proyectos institucionales que compensen tales rezagos. Ello exige:
El establecimiento de programas de financiamiento extraordinario, manejados por organismos independientes del gobierno, para atender las carencias en regiones e instituciones históricamente desatendidas y cancelar su endeudamiento.
c) El ejercicio de la autonomía al margen de la regulación del Estado: para garantizar que las comunidades de cada institución decidan efectivamente los términos específicos y los alcances de sus proyectos. Ello exige:
El establecimiento de procedimientos de evaluación sustentados en los compromisos académicos acordados por la institución y sus comunidades;
El establecimiento de la evaluación como mecanismo de retroalimentación de la actuación institucional y, en consecuencia, la eliminación de todo posible castigo financiero ante un eventual resultado negativo.
La creación y operación de una instancia social de definición, contraloría, planeación, ejecución, seguimiento y evaluación del financiamiento público, para la buena realización de las metas propuestas.
En caso de que se realicen ajustes al gasto público, éstos no deberán ser en ningún caso aplicados al gasto correspondiente a educación superior sin la aprobación previa de la Cámara de Diputados.
d) La consolidación de una comunidad de núcleo duro: sustentada en la profesionalización de la carrera académica y la formación de equipos de trabajo que permitan potenciar los proyectos de docencia, investigación y difusión. Ello exige:
La ampliación del número de profesores de tiempo completo sobre los de medio tiempo y los de asignatura;
La consolidación de los programas de formación y actualización del personal académico de carrera;
El establecimiento de un modelo de regulación académico-laboral sustentado en una remuneración adecuada y estable, y en el reconocimiento de la trayectoria académica de largo plazo.
Decreto
Mediante el cual se adiciona el artículo tercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
"Artículo 3º.
IX. El financiamiento del Estado orientado a las instituciones de educación superior públicas y autónomas comprendidas en el presente ordenamiento, será siempre suficiente para el adecuado cumplimiento de sus funciones, objetivos y tareas, y nunca podrá ser menor al del ejercicio anual previo.
TRANSITORIOS
Unico.- Este decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 10 días del mes de septiembre de 2002.
Diputados: Oscar Alfonso del Real Muñoz, Enrique Meléndez Pérez, José Antonio García Leyva, Víctor R. Infante González, Juan Carlos Regis Adame, Jorge Luis García Vera (rúbricas).
(Turnada a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Educación Pública y Servicios Educativos. Septiembre 10 de 2002.)
QUE ADICIONA UN TEXTO A LA FRACCION XX DEL ARTICULO 27 DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, PRESENTADA POR EL DIPUTADO TOMAS TORRES MERCADO, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA, EN LA SESION DEL MARTES 10 DE SEPTIEMBRE DE 2002
El suscrito, Tomás Torres Mercado, en su carácter de diputado federal de la LVIII Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con apoyo en lo establecido en los artículos 71, fracción II, de la Constitución General y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de la Unión, propone a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto que adiciona la fracción XX del artículo 27 constitucional, con el objeto de excluir de los tratados de libre comercio el capítulo agropecuario o igualar en subsidios y apoyos a los productores nacionales con los de los países con quienes se tengan acuerdos comerciales, bajo la siguiente
Exposición de Motivos
I. Reconocemos que nuestro país ha celebrado un tratado de libre comercio con Estados Unidos y Canadá, el cual ha sido ratificado por el Senado, como la Constitución lo manda. Reconocemos la condición, la naturaleza jurídica de ese tratado con el rango de ley.
II. Conforme al orden jurídico mexicano, los tratados internacionales se ubican jerárquicamente por encima de las leyes federales y en un plano inferior respecto de la Constitución Política de nuestro país, tal como lo ha establecido nuestro máximo tribunal de justicia, al interpretar el artículo 133 constitucional.
III. Dos de los principios de los acuerdos de libre comercio son la eliminación de subsidios y la circulación de mercancías libres de aranceles. Estados Unidos se especializa en exigir a los demás lo que él no cumple. Por sistema, ha aplicado una política agropecuaria proteccionista de los productores locales. Recientemente, el Presidente de ese país publicó la Ley de Seguridad Agropecuaria e Inversión Rural (conocida como Farm Bill), en donde se contemplan subsidios agropecuarios por un monto de 183 mil 500 millones de dólares anuales en los próximos diez años; un promedio de 18.3 mil millones de dólares anuales, cantidad inferior a los 42 mil millones de dólares que destina para subsidios la Unión Europea, pero muy superior a los 6,999 millones de dólares que en promedio anual aportó nuestro país en el periodo 1999-2001.
Con la Farm Bill, Estados Unidos tomó una decisión en ejercicio de facultades soberanas, sin duda; pero con ello viola el capítulo agropecuario del Tratado de Libre Comercio de América del Norte. Se trata de un acto jurídico soberano que, sin embargo, rompe con las reglas del Tratado de Libre Comercio, específicamente las relacionadas con el capítulo VII, sobre el tema agropecuario. La cifra del subsidio norteamericano es inalcanzable para nuestro país; con ello, nos imponen condiciones de desventaja e inequidad.
Recientemente se verificó un precedente legal internacional que sanciona las prácticas desleales e inequitativas de los Estados Unidos. Una comisión especial de árbitros de la Organización Mundial de Comercio dio término a un litigio de cinco años sobre las medidas estadounidenses e impuso una sanción récord de 4 mil millones de dólares a Estados Unidos, debido a las concesiones impositivas que este país concede a algunas de sus exportaciones.
¿Hasta cuándo el gobierno mexicano obligará a los Estados Unidos a respetar las reglas del libre comercio, sobre todo en materia agropecuaria?
IV. A raíz de la entrada en vigor del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), el volumen del comercio exterior de México ha sufrido un fuerte desequilibrio, de tal forma que arroja un saldo comercial negativo para nuestro país de mil 223 millones de dólares; es decir, se importó más de lo que se exportó, lo que implicó una reducción en la producción y comercialización de productos agropecuarios de México.
Este desequilibrio en la balanza comercial se agudizará en los próximos años, debido a que en 2003 diversos productos, como café, trigo, avena, maíz palomero, elotes, arroz, caña de azúcar, fructosa, copra, habas de soya y cebada, se comercializarán libres de arancel.
V. Frente a la problemática del campo, agravada por el Tratado de Libre Comercio con Canadá y Estados Unidos, el Gobierno Federal ha decidido que no renegociará el capítulo agropecuario. Como la negociación de los tratados compete solamente al Ejecutivo federal y al Senado sólo le correspondería ratificar las eventuales modificaciones, estamos ante una disyuntiva:
b) O bien, que el Gobierno Federal iguale a los productores agropecuarios nacionales en subsidios y apoyos directos equivalentes a los otorgados por los países extranjeros a sus productores, incluidos apoyos indirectos como, por ejemplo, suprimir impuestos especiales de los combustóleos para uso agropecuario, regulación de tarifas equitativas de energía eléctrica y otros.
La propia Constitución establece que son de interés público las actividades relacionadas con la producción agropecuaria, así como la industrialización y comercialización de los productos del campo. Esto equivale a afirmar que también es asunto de interés público el hecho de garantizar la sobrevivencia del campo y posibilitar la creación de condiciones de vida digna para la población rural. VII. Conforme al derecho mexicano, es en el pueblo donde radica originariamente la soberanía nacional, y los Poderes de la Unión son depositarios de esa soberanía y responsables directos de representar al pueblo en el ejercicio de la misma. El pueblo mexicano, en particular los campesinos, exige justicia y solución a sus ancestrales problemas.
A diferencia de la postura del Poder Ejecutivo federal, los diputados no podemos defraudar la dignidad de la representación que se nos ha conferido. Es nuestro deber ponernos al lado de quienes representamos.
Por lo expuesto y con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución federal, propongo la presente
Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona la fracción XX del artículo 27 constitucional con el objeto de excluir de los tratados de libre comercio el capítulo agropecuario o igualar en subsidios y apoyos directos a los productores nacionales en relación con los productores de Estados Unidos y Canadá.
Artículo Unico.- Se adiciona un texto a la fracción XX del artículo 27 constitucional para quedar como sigue:
Artículo 27.-
Fracción XX. El Estado promoverá las condiciones para el desarrollo rural integral, con el propósito de generar empleo y garantizar a la población campesina el bienestar y su participación e incorporación en el desarrollo nacional, y fomentará la actividad agropecuaria y forestal para el óptimo uso de la tierra, con obras de infraestructura, insumos, créditos, servicios de capacitación y asistencia técnica, excluyéndola de cualquier acuerdo o tratado de libre comercio binacional o multinacional que se celebren o se hayan celebrado, a no ser que los subsidios que se otorguen a los productores agropecuarios de México sean iguales o superiores a los que brindan a los productores de los Estados extranjeros con quienes se celebren dichos acuerdos o tratados. En este caso, la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos de la Federación, así como las demás disposiciones legales relacionadas, contemplarán los recursos fiscales necesarios. Serán nulos de pleno derecho los acuerdos o tratados que contravengan la presente norma. Asimismo, expedirá la legislación reglamentaria para planear y organizar la producción agropecuaria, su industrialización y comercialización, considerándolas de interés público.
Artículo Unico.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Palacio Legislativo, a 10 de septiembre de 2002.
Dip. Tomás Torres Mercado (rúbrica)
(Turnada a las Comisiones de Puntos Constitucionales y de Desarrollo Rural. Septiembre 10 de 2002.)
DE REFORMAS A DIVERSOS ARTICULOS DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, PARA QUE EL CONGRESO DE LA UNION FIJE LA TARIFA DE USO HABITACIONAL POR CONSUMO DE ENERGIA ELECTRICA, PRESENTADA POR EL DIPUTADO ALFREDO HERNANDEZ RAIGOSA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD, EN LA SESION DEL MARTES 10 DE SEPTIEMBRE DE 2002
En ejercicio de lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y con fundamento en los artículos 55, fracción II, 56, 62 y 63 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, los que suscriben, diputados federales de la LVIII Legislatura integrantes del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentamos a la consideración de esta asamblea la siguiente iniciativa que adiciona la fracción XXXI al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, conforme a los siguientes
Antecedentes
El financiamiento del sector eléctrico no es un tema reciente en el país. Desde la nacionalización de la industria eléctrica y hasta fines de la década de los 80, el financiamiento de la expansión del servicio eléctrico se realizó con recursos del Gobierno Federal, créditos bilaterales, préstamos de la banca internacional de desarrollo y créditos de proveedores. Las restricciones presupuestales, el alto costo de la deuda y nuevas condiciones planteadas por organismos financieros internacionales obligaron a la Comisión Federal de Electricidad a recurrir a nuevas formas de financiamiento.
Esa nueva situación no fue excepcional para México. Diversos países latinoamericanos optaron por nuevos esquemas de financiamiento para la infraestructura eléctrica. En Argentina y Chile, por ejemplo, la alternativa fue la privatización de los activos y la nueva generación, con resultados poco alentadores.
México optó en 1992 por cambiar la Ley de Servicio Público de Energía Eléctrica, abriendo la inversión privada a la nueva generación, pero manteniendo la estructura de la empresa pública. Esos cambios a la ley permitieron por primera vez el autoabastecimiento de empresas privadas, la cogeneración, la pequeña producción, la producción independiente, generación para exportación y abastecimiento a particulares.
Sin embargo, esos cambios no dieron el resultado esperado, principalmente en lo que se refiere a producción independiente. En la realidad, el financiamiento principal con el que ha venido creciendo el sector eléctrico mexicano, que por cierto no requería ningún cambio en la citada ley, es el del mecanismo de contratación-arrendamiento-transferencia. Así se financiaron desarrollos como las centrales de Petacalco, Tuxpan, Topolobampo, Temascal y Samalayuca.
Bajo ese mecanismo, los agentes privados financian y construyen las plantas de generación o las líneas de transmisión y distribución. Al recibir la planta, la CFE debe encargarse de su operación mientras paga al constructor un arrendamiento equivalente al capital invertido, más una tasa de actualización.
Pero para que éste o cualquier otro tipo de financiamiento resulten viables para las compañías eléctricas públicas, éstas deberían recuperar, mediante las tarifas, el monto equivalente a la operación del sistema y al financiamiento de la inversión. En la actualidad, algunas de las tarifas están subsidiadas y el peso lo cargan CFE y Luz y Fuerza del Centro. Es claro que si los subsidios estuviesen clara y responsablemente otorgados por el Gobierno Federal o los estatales, las compañías eléctricas públicas podrían operar manteniendo sus finanzas sanas.
No obstante, no basta con la claridad en el otorgamiento de los subsidios, es indispensable su revisión. Las tarifas más subsidiadas son las de riego agrícola y las del sector residencial. En el primer caso, el aumento en el precio de la electricidad podría implicar un golpe adicional al tan castigado sector agrícola; sin embargo, sería necesario un estudio que evaluara a qué tipo de agricultores se otorga el subsidio.
En el caso del sector residencial, es revelador un análisis del Grupo de Energía y Ambiente del Instituto de Ingeniería de la UNAM sobre el porcentaje que representa el gasto en electricidad del total del gasto trimestral de las familias mexicanas. En dicho estudio se encontró que las familias de menos recursos económicos destinan en promedio 4 por ciento de su gasto total a pagar la electricidad, mientras que las de mayores recursos gastan sólo 1.7 por ciento. Esa situación refleja un sistema de subsidios a la tarifa eléctrica residencial que no responde a las características socioeconómicas de la población del país.
La política tarifaria para el sector residencial podría ser revisada considerando tres premisas básicas: garantía del servicio eléctrico a la población de escasos recursos, eliminación de los subsidios a los sectores de mayor consumo y promoción de tecnología de uso eficiente de la energía que permita mantener el nivel de servicio deseado, disminuyendo el consumo.
La CFE ha realizado en los últimos años una labor en ese sentido. La casi eliminación de los subsidios en las tarifas del sector industrial, la novedosa ampliación de las tarifas horarias a las medianas empresas, la eliminación del cargo fijo en el sector residencial o el horario de verano así lo muestran. Por si fuera poco, la CFE ya ha desarrollado programas de reconocido prestigio mundial en el terreno del uso eficiente de la energía eléctrica. Por otro lado, el ahorro de electricidad genera beneficios adicionales: al usuario le permite reducir el gasto por el servicio; y al país, diferir a más largo plazo la construcción de nueva capacidad instalada.
En otro estudio del Instituto de Ingeniería de la UNAM, se calculó un potencial técnico de conservación de cerca de 40 kw/h, lo que equivale a 25 por ciento de la nueva oferta eléctrica para el 2003. Seguramente, la consideración de criterios de factibilidad económica haría que ese potencial fuera menor; empero, es indudable que el uso eficiente de la energía eléctrica es un instrumento para disminuir las presiones financieras del sector, que da margen tanto a una reestructuración de tarifas residenciales y de riego agrícola como a la aplicación de un programa de gestión financiera del sector.
Sin embargo, el Poder Ejecutivo realiza una reestructuración contraria al interés general. Así, en comunicado oficial de la Secretaría de Hacienda con fecha 7 de febrero de 2002, se da a conocer el nuevo esquema tarifario para el cobro del consumo de energía eléctrica en los hogares, afirmando que se excluye de esta medida al 75% de los usuarios, sin embargo, en el caso de Luz y Fuerza del Centro se excluye sólo al 70%, lo que equivale a cerca de 470 mil usuarios.
De acuerdo con el decreto, el incremento en las tarifas recaerá principalmente en los rangos de consumo que realiza la clase media baja que, como se aprecia en la tabla del anexo, sufrirá incrementos de hasta el 80%.
Para un consumo de 200 kw/h promedio mensual, el incremento se eleva a 80.88%. Para un consumo de 249 kw/h promedio mensual, el incremento será de 45.96%. Para quienes tienen un consumo de 350 kw/h, el incremento se eleva a 39%.
Para los usuarios cuyo consumo promedio mensual es superior a 500 kw/h, el incremento será de tan sólo 16.85%, es decir, que los hogares donde el consumo de energía es mayor, y que es la franja donde se encuentran los hogares con mayores ingresos, el incremento será el menor de todos. En síntesis, el gobierno pretende cobrar tarifas de primer mundo a un país con salarios de tercer mundo.
Lo que el gobierno deja de percibir al mover el rango del subsidio de 125 a 140 kw/h lo recupera mediante un mayor incremento a los consumos promedios de 200 kw/h y en mucho menor medida en consumos que son mayores a 500 kw/h al mes, y lo compensa también con la nueva tarifa a la producción y provisión de bienes públicos y federales, aunque al respecto conviene señalar que el decreto del 7 de febrero es poco claro, pues no explica cómo se aplicará esta tarifa, aunque sí se señala que el incremento será de 150%.
En el decreto tampoco hallamos un compromiso del destino de los ingresos adicionales, sobre los cuales existe una contradicción entre lo que publica la Secretaría de Hacienda, la cual señala que se destinarán a reforzar la infraestructura de la industria eléctrica; y, por otra parte, el Presidente Vicente Fox afirmó que esos recursos se destinarían a obras de carácter social, como escuelas y hospitales.
Exposición de Motivos
II. Dado que el partido en el poder ha impedido que la decisión inconstitucional de aumentar los costos y eliminar el subsidio a las tarifas eléctricas sea sujeta de revisión por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, vía controversia constitucional.
III. Dado que de no darse marcha atrás a la promulgación del decreto del 7 de febrero a fin de hacer más asequibles las tarifas eléctricas, se corre el peligro de un estallido social en toda la nación mexicana.
IV. Dado que mucha gente de zonas populosas del país está optando por colgarse que pagar el brutal incremento de hasta el 184%, por la disyuntiva en que el gobierno de Vicente Fox los ha colocado de comer o robarse la luz.
V. Dado que el aumento afectó a las clases sociales con menor capacidad de contribución, viola el principio de equidad y justicia en las contribuciones, impuestos y derechos de contribuir según su capacidad económica.
Proyecto de Decreto
Artículo Primero. Se añade una fracción XXXI al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para quedar de la siguiente manera:
Artículo 73.-
El Congreso tiene facultad:
XXXI. Aprobar las tarifas de uso habitacional por consumo de energía eléctrica.
Artículo Tercero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Diputado Alfredo Hernández Raigosa (rúbrica)
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de septiembre de 2002.
(Turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales. Septiembre 10 de 2002.)
DE DECRETO QUE REFORMA Y ADICIONA LA LEY DE PRESUPUESTO, CONTABILIDAD Y GASTO PUBLICO FEDERAL, Y LA LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LOS SERVIDORES PUBLICOS, PRESENTADA POR LA DIPUTADA ADELA DEL CARMEN GRANIEL CAMPOS, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD, EN LA SESION DEL MARTES 10 DE SEPTIEMBRE DE 2002
Los suscritos diputadas y diputados a la LVIII Legislatura del H. Congreso de la Unión, con fundamento en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 55 fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, sometemos a la consideración de esta Honorable Asamblea la presente iniciativa de reformas y adiciones a la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, y la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, bajo la siguiente:
Exposición de Motivos
Cuando se trata el tema de responsabilidad legal de los gobernantes, y en general de los servidores públicos, es inevitable hacer referencia al concepto de democracia, ya que la responsabilidad que tienen frente a los gobernados es uno de los elementos de la institución político-constitucional.
El concepto de democracia adquiere una nueva dimensión con la creación del Estado liberal que surge como una reacción ante los abusos de los dictadores monárquicos y absolutistas, al reivindicar los derechos y libertades individuales mediante la participación del pueblo en la adopción de la forma de gobierno que más le convenga, en ejercicio del derecho inalienable llamado soberanía.
Como producto de la voluntad libre se crea un Estado de Derecho con base en un orden constitucional que consagra, en primer término, las garantías de los individuos, y en segundo la organización, el funcionamiento, las facultades y las atribuciones de los órganos de gobierno para que actúen en función del bienestar común.
La actuación de los gobernantes debe estar circunscrita a ese orden constitucional y a las leyes que de ella emanen y están obligados a la guarda y respeto a ese ordenamiento legal supremo; de manera que la honestidad en el desempeño de sus tareas públicas deben ser su característica fundamental y, en caso contrario, están obligados a responder por su incumplimiento.
No hay democracia si no encontramos una conjugación real de los elementos que deben tener vigencia en los Estados democráticos, como la delimitación legal de las funciones y atribuciones de los titulares de los órganos de gobierno y el respeto de éstos a la Constitución y las leyes que de ella emanen, y a la posibilidad de responsabilizar a los gobernantes cuando con su conducta contravengan las disposiciones legales.
Para evitar que el país siga siendo el botín de unos cuantos, que la actuación pública se realice en función de las instituciones consignadas en el ordenamiento constitucional y en la efectiva aplicación de las mismas a la realidad, y si el interés público y el bienestar social están antes que los intereses o el bienestar personal de los que están obligados a servir al país.
La credibilidad en las instituciones políticas se ha demeritado profundamente debido a que la conciencia pública ha sido golpeada impunemente por gobernantes irresponsables, cuando la moral política debería encontrar sus elementos de acuerdo con la Constitución, en la legalidad, en la eficiencia, la responsabilidad, y en la honestidad e imparcialidad.
La democracia debe tener como uno de sus principales fundamentos el control jurisdiccional y administrativo de los servidores públicos, cualquiera que sea su rango o nivel jerárquico.
En este contexto, quiero llamar la atención sobre el uso patrimonialista de las funciones públicas. Los apoyos económicos y administrativos que se otorgan en favor de las personas que han desempeñado el cargo de titular del Ejecutivo Federal, tradicionalmente han venido cubriéndose con cargo a los recursos previstos en el Ramo 02, correspondiente a la Presidencia de la República.
En el acuerdo presidencial del 31 de marzo de 1987, se indica que como reconocimiento del Gobierno Federal a la labor de todos aquellos servidores públicos que hayan desempeñado el cargo de presidente constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, a fin de que tanto ellos como sus derechohabientes conforme a la ley, cuenten con los recursos económicos, prestaciones de seguridad social, servicios de apoyo y de seguridad suficientes para preservar su integridad e independencia económica a que tienen derecho por haber desempeñado tan honroso y alto cargo de la Federación.
Que al concluir el período constitucional de su gestión, el ciudadano que haya desempeñado el cargo, requiere disponer para el desempeño de servicios generales a sus ordenes directas no sólo del personal de seguridad adscrito al Ejército, Armada y Fuerza Aérea, sino también del personal civil de apoyo que resulte indispensable para el desarrollo de sus actividades personales.
El ciudadano que haya desempeñado el cargo de presidente, disfrutarán mientras vivan de una pensión equivalente al sueldo total que corresponde a los servidores públicos que ocupan el cargo de secretario de Estado. Dicha pensión se otorgará con cargo al erario federal y se incrementará en la misma temporalidad y proporción.
Además, tendrán derecho a percibir las prestaciones de seguridad social que correspondan a los servidores públicos que ocupan el cargo de secretario de Estado, consistentes en seguro de vida y seguro de gastos médicos mayores con cargo al erario federal.
También tendrán a su disposición y servicio mientras vivan, para el desempeño de servicios generales a sus órdenes directas a un total de 25 empleados de la Federación adscritos a la planta de personal de la Presidencia de la República, con las siguientes categorías: Un director general; dos directores de área; cuatro subdirectores; cuatro jefes de departamento; una secretaria de director general: una secretaria de director de área; dos secretarias de subdirector; tres técnicos especializados; tres choferes; cuatro auxiliares administrativos.
Lo que significa que entre los cinco ex presidentes cuentan para su servicio personal con 125 servidores públicos, además de personal militar asignado para su seguridad, todos con cargo al erario federal. Esta estructura administrativa al servicio de los ex presidentes es costosa, ya que su servicio es pagado con recursos públicos.
Es importante destacar que la Constitución establece en el artículo 73 fracción XI, que es facultad del Congreso la creación y supresión de empleos públicos de la federación y señalar, aumentar o disminuir sus dotaciones.
Por otra parte los ex mandatarios y sus familias se han visto beneficiados de seguros de vida y gastos médicos, contratados con instituciones privadas de seguros, que son cubiertos con recursos públicos, cuando lo justo sería que recibieran las prestaciones establecidas en el Instituto de Seguridad Social de los Trabajadores del Estado.
Por otra parte, cabe mencionar que el 2 de octubre de 2001, presenté en la tribuna de la Cámara de Diputados, un punto de acuerdo para que en el marco de la discusión y aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del año 2002 y sucesivos, se considerara eliminar, de la partida correspondiente, los recursos destinados a los ex presidentes de la República.
Donde se mencionaba que, con el pago que el gobierno destina en un mes a los cinco expresidentes, se podrían pagar por ejemplo: 17 mil 362 salarios mínimos en Baja California Sur, unos 18 mil 461 en Sonora y 19 mil 542 salarios en Tabasco. Además, con los recursos destinados a los ex presidentes se podrían pagar becas del Programa Oportunidades (antes Progresa) de la siguiente forma: para tercero de primaria, 7 mil 375 becas; para cuarto, 6 mil 369 becas; para quinto, 5 mil 4 becas; y para sexto, 3 mil 787 becas.
Algunos de los ex presidentes son trabajadores en activo. Incluso Ernesto Zedillo es directivo de la Transnacional Union Pacific, empresa ferroviaria que adquirió los Ferrocarriles Nacionales que él mismo privatizó. Además de una considerable suma que recibirá de la Universidad de Yale, la ONU, la Organización Mundial de Comercio y Procter & Gamble.
Las pensiones que reciben los ex presidentes por seis años de servicio contrastan con los magros ingresos que perciben los servidores públicos jubilados y pensionados, luego de toda una vida de trabajo.
Además de resultar ofensivas en un país con más de la mitad de la población que vive en condiciones de pobreza y pobreza extrema, particularmente con millones de mexicanos con ingresos inferiores a 20 pesos diarios.
La fiscalización de las finanzas públicas es una de las principales herramientas de la mayoría de los cuerpos legislativos alrededor del mundo, para influir en el diseño de las políticas públicas, para vigilar su aplicación y para frenar y mitigar la corrupción y la mala administración dentro de las organizaciones gubernamentales a cargo del Ejecutivo.
En nuestro sistema político el poder facultado para proponer el origen, conformación y nivel de los ingresos públicos, así como ejercer el gasto, es el Ejecutivo. Por su parte, el Poder Legislativo es el encargado de examinar, discutir, modificar y aprobar las propuestas que sobre esta materia presente el Ejecutivo a su consideración.
Asimismo, la Cámara de Diputados cuenta con la prerrogativa de fiscalizar la actividad gubernamental en materia económica. Así estas dos atribuciones básicas las ejerce el Legislativo mexicano a través de la aprobación anual de la Ley de Ingresos de la Federación (LIF), del Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) y de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal.
En México, tanto la división del Supremo Poder de la Federación como la atribución fiscalizadora de la Cámara de Diputados sobre el Ejecutivo, son resultado del proceso histórico de nuestra nación que busca que la igualdad e independencia de los poderes, así como los controles entre sí, permiten un gobierno equilibrado, justo y soberano.
No obstante, aún cuando la ley le confiere esas atribuciones al legislativo, esas facultades no se han traducido en un mecanismo efectivo para la revisión de los criterios que rigen la política económica y sus consecuencias, ni para aumentar la eficiencia del gasto público ni contribuir al combate de la corrupción y de la ineficiencia gubernamental.
Las pasadas elecciones del 6 de julio, representan el fin de sistema de partido hegemónico, pero sobre todo a partir de esta fecha la Constitución no es ya un objeto manipulable por una sola fuerza política, ni se encuentra al servicio de intereses que se dirigían hacia una sola dirección, mucho menos el resultado de una interpretación que no admitía discusión alguna.
La alternancia en la Presidencia de la República no significó solamente un cambio de partido en el poder, sino que representa la posibilidad de construir un nuevo régimen con instituciones democráticas sólidas.
El proceso de cambio democrático en México no debe descuidar la segunda faceta de la democracia, que es la de supervisar y controlar a quienes han sido elegidos mediante el voto popular.
Los recursos federales deben manejarse conforme al interés nacional y tanto el seguimiento de este proceso como la definición del interés público y de la política económica a aplicar, deben resolverse con la participación obvia del Ejecutivo y del Legislativo.
El nuevo contexto político en el país, ha llevado a la ciudadanía y a algunos grupos parlamentarios de oposición a promover y fortalecer las atribuciones de la Cámara de Diputados en materia de fiscalización.
La actividad de supervisión del gasto público, simultánea a su ejercicio, existe en nuestro país; sin embargo, la dependencia encargada de realizarla es la Secretaría de la Contraloría, es decir, que es el propio Ejecutivo el encargado de vigilarse a sí mismo, impidiéndose una verdadera fiscalización del gasto público. Esta incongruencia ha exacerbado, aún más, el profundo presidencialismo que padecemos los mexicanos, al igual que los niveles de corrupción e impunidad que existen en el sector público.
En los hechos, el Legislativo desconoce casi completamente las orientaciones y directrices particulares con que el Poder Ejecutivo opera el gasto aprobado, ocurriendo lo mismo con la elaboración del Presupuesto. De esta forma, el Poder Legislativo queda marginado, como en el caso de la elaboración del Plan Nacional de Desarrollo, en la definición de la política económica a aplicar y en la vigilancia de su seguimiento.
El Congreso desconoce los anteproyectos de presupuesto que anualmente cada entidad pública envía al Ejecutivo con objeto de que éste defina el Presupuesto de Egresos de la Federación. Lo anterior impide que el Legislativo tenga una visión amplia y directa de las necesidades del sector público y del papel que éste va desempeñando en el desarrollo de la nación.
Las disposiciones vigentes que benefician a los ciudadanos que han desempeñado el cargo de presidente constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, son acuerdos del Ejecutivo que no se publicaron en el Diario Oficial de la Federación, además de que el Poder Legislativo, ha sido excluido en el establecimiento de los recursos que reciben los ex presidentes de la República, ya que la determinación de estas decisiones han sido dictadas por el titular del Ejecutivo en turno.
La presente iniciativa pretende establecer el marco legal para que se supriman la discrecionalidad y privilegios que han gozado los ex titulares del Ejecutivo Federal, ya que repercuten de manera significativa en el gasto público.
Por lo anteriormente expuesto, y con fundamento en las disposiciones invocadas en el proemio, presentamos la siguiente iniciativa de decreto que reforma y adiciona diversos artículos de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, y la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
Artículo Primero. Se adiciona un párrafo al artículo 2 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, para quedar como sigue:
"ARTICULO 2. ..........
.............
............
El gasto público federal no incluirá erogaciones por concepto de pago o previsión a servidores públicos que dejen de desempeñar su empleo, cargo o comisión."
Artículo Segundo. Se adiciona un artículo 9 Bis de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, para quedar como sigue:
"ARTICULO 9 Bis
Los servidores públicos que hayan desempeñado el cargo de Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos no podrán disponer de empleados de la Federación para el desarrollo de sus actividades personales.
Asimismo, deberán abstenerse de aprovechar la posición de su anterior empleo para autorizar la adquisición de seguros de vida y seguros de gastos médicos mayores en beneficio de él, su cónyuge o parientes consanguíneos con cargo al erario federal."
Transitorio
Unico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Palacio Legislativo de San Lázaro, 10 de septiembre de 2002.
Diputados: Adela del Carmen Graniel Campos, Humberto Mayans Canabal, Jesús Garibay García, Rogaciano Morales Reyes, Alfredo Hernández Raigosa, Juan Carlos Regis Adame, Lázaro Méndez López (rúbricas)
(Turnada a las Comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública y de Gobernación y Seguridad Pública. Septiembre 10 de 2002.)
CON PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA EL ARTICULO 26 DE LA LEY GENERAL DE BIENES NACIONALES, PRESENTADA POR LA DIPUTADA BERTHA ALICIA SIMENTAL GARCIA, DEL PARTIDO DE LA SOCIEDAD NACIONALISTA, EN LA SESION DEL MARTES 10 DE SEPTIEMBRE DE 2002
Los suscritos diputados federales a la LVIII Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, integrantes del Partido de la Sociedad Nacionalista, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, 72, 79, fracción III y 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 55, fracción II, 56, 60, 64 y 179 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, ponemos a consideración de esta honorable asamblea la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 26 de la Ley General de Bienes Nacionales, bajo el tenor de la siguiente:
Exposición de Motivos
La nueva estructura económica mundial, así como los compromisos que el país fue adquiriendo, exigían modificaciones fiscales y legales, con el objetivo de actualizar la infraestructura del transporte y hacerlo más competitivo.
En este contexto, la primera parte de la década de los noventa fue el punto de partida en la transformación de los subsectores ferroviario, portuario, carretero y aeroportuario del país. La apertura y la competencia así lo exigían. La entrada en vigor del Tratado de Libre Comercio con América del Norte (TLCAN) se presentó como un motivo de la transformación.
Los cambios no se hicieron esperar, se aprobaron leyes que permitieron a empresas privadas administrar, construir y operar estos subsectores hasta por 50 años prorrogables hasta por el mismo periodo. La disposición fue que la modernización de la infraestructura era indispensable ante esquemas de apertura comercial y globalización en la economía que, de no lograrse, se convertirían en cuellos de botella que impedirían el crecimiento nacional.
Se aprobaron reformas constitucionales que permitieron la reclasificación del transporte como área prioritaria para la nación, esto condujo a la creación de leyes que regularían el proceso de concesión a particulares, cuyo objetivo fue fomentar la competencia y promover su desarrollo.
El gobierno argumentaba que era necesario desincorporar, debido a que estos sectores no generaban recursos, no son autosuficientes y representaban un alto costo social.
El 15 de febrero de 1989, el entonces Presidente de la República Lic. Carlos Salinas de Gortari, pone en marcha un plan para construir 5 mil kilómetros de carretera con la ayuda del sector privado, y sacar al país del rezago carretero que le impedía concretar tratados comerciales con países del primer mundo.
Es así como se inicia el desastre financiero de este sector, que una década más tarde los mexicanos llamaríamos el "rescate carretero".
De esta forma, el Gobierno Federal otorgó 38 concesiones a 16 empresas privadas, particularmente constructoras, y grupos financieros, que construyeron un total de cuatro mil 760 kilómetros de carreteras de "altas especificaciones".
Al ser otorgada la concesión a estas empresas, el Gobierno Federal dirigido por Carlos Salinas de Gortari, hizo mención que se haría con estricto apego a la ley, sin embargo, en el informe de resultados sobre la Revisión de la Cuenta de la Hacienda Pública y de la del Departamento del Distrito Federal de 1993, se detectaron diversas anomalías en cuanto al procedimiento al otorgar las concesiones.
Las irregularidades detectadas no fueron únicamente en el aspecto administrativo, hubo otras como lo menciona el diputado de la pasada Legislatura Juan Antonio García Villa, de la Comisión de Vigilancia de la Contaduría Mayor de Hacienda: "prevaleció la ineptitud, la corrupción, el amiguismo y la impunidad de quienes implementaron el programa. El otorgamiento de las concesiones fue discrecional y en muchos casos ni siquiera se realizó la licitación correspondiente".
Para 1994 las consecuencias de todas éstas irregularidades eran evidentes, las autopistas concesionadas presentaban una grave crisis debido a que, el aforo estuvo mal calculado además de que por el alto costo de las tarifas de peaje, éste se había desplomado y los usuarios preferían circular por la red federal.
Pero no sólo eso, Adolfo Aguilar Zinzer, entonces diputado independiente, cita la publicación del Banco Mundial, View Point, en donde se analiza técnicamente el asunto de las concesiones carreteras mexicanas y se demuestra que el fracaso de éstos negocios de debió a "la descarada negligencia del gobierno, por la inexplicable vulnerabilidad de los mecanismos regulatorios, por la falta de previsión, vigilancia y control de las autoridades, y por la incompetencia y falta de veracidad de muchas de las empresas involucradas".
Los empresarios de la infraestructura carretera, entre los que se encontraban las tres más grandes compañías constructoras de México, ICA, Tribasa y GMD, solicitaron apoyo gubernamental argumentando que se debía evitar a cualquier costo la quiebra de sus empresas y esto se haría con bienes públicos para empresas privadas.
Al retomar el gobierno la propiedad de las autopistas con su programa de rescate financiero cuyo costo inicial fue de 26 mil 100 millones de pesos, aproximadamente el 3 por ciento del Producto Interno Bruto de 1997, sin incluir los intereses generados, ha puesto en evidencia el fracaso de las privatizaciones y concesiones llevadas o mal llevadas por el Estado y pone en el tapete de la discusión la viabilidad de este tipo de políticas.
Las empresas que obtuvieron estas concesiones se han quejado de las grandes pérdidas que les ocasionó invertir en este proyecto; sin embargo, se pone en tela de juicio tales aseveraciones, ya que no se hizo del conocimiento publico toda la información, por lo que no es posible comprobar si las concesionarias invirtieron las cifras que mencionan, pues como se ha dicho anteriormente por los legisladores que tuvieron acceso a estas licitaciones, desde el inicio este proyecto estuvo plagado de irregularidades.
Lo que llamó la atención en su momento, es que el Gobierno Federal invitara a estos mismos inversionistas en un nuevo "Programa de Obra Pública Financiada", y que además de las carreteras participaron posteriormente en las concesiones de ferrocarriles, puertos y aeropuertos, por lo que se deduce que no debe haberles ido tan mal como lo declararon, ya que ningún gobierno o inversionista inteligente se arriesga a perder de nuevo cantidades millonarias con proyectos mal diseñados, para obtener sólo pérdidas económicas.
Resulta pues, inaceptable que aún no existan candados para que el Gobierno Federal no disponga de recursos millonarios para rescatar a unas cuantas empresas, y dedique sumas comparativamente más pequeñas para la atención de millones de mexicanos en extrema pobreza que sufren día con día graves carencias en alimentación, educación y salud.
Se debe exigir a las autoridades, transparencia en el manejo del dinero público y una investigación cuidadosa y a fondo de estos hechos que lesionan no sólo la economía, sino también la confianza de los mexicanos en nuestras instituciones.
Una medida que le daría credibilidad al nuevo gobierno sería determinar la responsabilidad de cada uno de los actores de manera ética y profesional, sin revanchismo político ni cacería de brujas, solamente trasladando los adeudos a quien corresponda, que las empresas privatizadas o concesionadas entraran en el juego a muerte, ser competitivas o quebrar.
Cuando esto no ocurre, porque son de interés colectivo y no se les puede permitir quebrar se pierden las ventajas del capitalismo y la sociedad no recibe ningún beneficio de las privatizaciones, únicamente sus males.
Con el objeto de evitar que esto ocurra, esto es, que el pueblo mexicano tenga que absorber las pérdidas que las empresas privatizadas o concesionadas, por sus malos manejos, por la falta de planeación o por corrupción puedan tener, sometemos a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que reforme el artículo 26 de la Ley General de Bienes Nacionales:
Artículo Unico. Se adiciona un último párrafo al artículo 26 de la Ley General de Bienes Nacionales, para quedar de la siguiente manera:
"Artículo 26. ....
..............
Independientemente del proceso de rescate establecido, quedarán a salvo los derechos del Gobierno Federal de fincar responsabilidad al concesionario para el caso de que el rescate hubiere sido necesario por mala administración o imprudencia, malos manejos, corrupción, desvío de fondos, o cualquier otra irregularidad causada por el mismo concesionario."
Transitorios
Artículo Primero.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Artículo Segundo.- Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto.
Dado en la Honorable Cámara de Diputados el 10 de septiembre del 2002.
Diputados: Gustavo Riojas Santana, Bertha Alicia Simental García, Norma Patricia Riojas Santana (rúbricas).
(Turnada a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública. Septiembre 10 de 2002.)
El que suscribe, diputado de la LVIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 78, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y por el artículo 21, fracción XVI y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicito respetuosamente que esta Presidencia tenga a bien formular excitativa a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con relación a la iniciativa presentada por el diputado Alfredo Hernández Raigosa, del grupo parlamentario del PRD para adicionar y reformar la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentada en la sesión del miércoles 3 de octubre de 2001.
En el citado documento se vertía la preocupación respecto a la obsolescencia de algunas disposiciones de la Ley Orgánica a la luz de las circunstancias políticas actuales. Sobretodo se destacaba el hecho de que era ya un síntoma la acumulación del rezago de cientos de iniciativas que duermen en los archivos de las comisiones legislativas sin dictamen para su discusión en el pleno o bien sin un dictamen que las desechara.
En aquel momento, el número de iniciativas "congeladas" ascendía a 287, siendo esta una cifra considerable. Las circunstancias en lo general no han mostrado cambio y el rezago legislativo sigue acumulándose.
En el mes de julio del presente año, asistimos a un foro convocado por la propia Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, sobre la Ley Orgánica del Congreso de la Unión. En esa oportunidad expresé los puntos de vista de mi partido sobre este importante tema y subrayé que ya para ese tiempo el rezago legislativo era de más de 515 iniciativas de ley o de reformas a la Constitución v a las leyes reglamentarias.
Al día de hoy, de las 648 iniciativas presentadas durante la LVIII Legislatura del Congreso de la Unión están pendientes de dictaminar 523 es decir, el 81% de las mismas, cuatro de cada cinco.
Este tema cobra cada vez mayor relevancia porque la eficacia del Congreso se pone en entredicho ante la opinión pública y los derechos esenciales de los representantes no están siendo respetados. El rezago legislativo, como lo hemos hecho notar en las sesiones de la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, hace nugatorio el derecho a iniciar leyes que la Constitución reconoce, en su artículo 71, pues ese derecho queda burlado al no dictaminarse las iniciativas presentadas. El derecho a la iniciativa es, a la vez, el derecho a que ésta se dictamine.
Como grupo parlamentario, hemos planteado esquemas para que se abata el rezago y permita hacer efectivo el primer derecho que tenemos como legisladores esto es que se discutan las iniciativas de decreto que presentamos ante el pleno.
Planteamos, por ejemplo, dar plazo de 30 días para dictaminar en el sentido que sea cualquier iniciativa de decreto y que cuando transcurra el mismo y no se haya emitido el dictamen, se enliste la iniciativa en los términos en que fue presentada, en la primera sesión inmediata posterior al cumplimiento del plazo, para su discusión, modificación, aprobación o rechazo por parte del pleno.
Para esta reforma, planteamos modificar y adicionar los artículos 21, fracción XVI y 87 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General.
El primero, para establecer como obligación del Presidente de la Mesa Directiva la de inscribir en el orden del día de la primera sesión del pleno, posterior al cumplimiento, del plazo de 30 días, las iniciativas, para su discusión, modificación, aprobación o rechazo, cuando no se haya emitido el dictamen. El segundo, para establecer la obligación de las comisiones de emitir, en el plazo de 30 días, los dictámenes de los asuntos que les sean turnados.
También existen otras propuestas emanadas de otras fracciones parlamentarias, como aquella expuesta por el diputado Ricardo García Cervantes, en el sentido de "Excitar a cualquiera de las comisiones, a nombre de la Cámara, a que presenten dictamen, si han transcurrido 20 días después de aquel en que se les turne un asunto, para que lo presenten en un término de 10 días; si no se presentare el dictamen dentro de ese término y no mediare causa justificada, el o los proponentes podrán solicitar que se turne a otra comisión..."
Es evidente que la preocupación que hemos planteado es genuina y no sólo existe en nuestro grupo parlamentario. Sacando adelante esta reforma, nos acercaríamos a la forma como ya trabajan congresos de otros países y permite que no se dejen asuntos pendientes de una legislatura a otra.
Como dijimos entonces, lo reiteramos ahora, con estas reformas a la Ley Orgánica estaríamos avanzando de manera importante en el fortalecimiento del Poder Legislativo.
Es justo reconocer que en la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias hemos hecho el esfuerzo de arribar a un dictamen pero aún no lo hemos conseguido. Lograr dar este paso es fundamental para el Congreso de la Unión, ya no queda más tiempo si aspiramos a abatir el rezago legislativo y cumplir así cabalmente nuestro compromiso, es por ello que vemos la pertinencia de solicitar a esta Presidencia, como lo he dicho al principio de esta intervención, la excitativa a dicha comisión para que dictamine respecto a estas importantes reformas contenidas en diversas iniciativas de decreto.
Atentamente.
Diputado Rafael Hernández Estrada (rúbrica)
(Se excita a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias para que emita el dictamen correspondiente. Septiembre 10 de 2002.)
A LA COMISION DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO, CON RELACION A LA INICIATIVA DE DECRETO QUE REFORMA LA FRACCION VIGESIMA OCTAVA DEL ARTICULO 109 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, PRESENTADA POR EL DIPUTADO UUC-KIB ESPADAS ANCONA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD, EN LA SESION DEL MARTES 10 DE SEPTIEMBRE DE 2002
Antecedentes
1. Con fecha 9 de enero del 2002, presenté, a nombre del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, iniciativa de decreto para reformar el artículo 109, fracción XXVIII de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, misma que fue turnada a las Comisiones de Cultura y de Hacienda y Crédito Público.
2. El día 2 de abril del 2002 solicitamos a la Presidencia de la Cámara de Diputados por vez primera, excitar a las Comisiones de Cultura y Hacienda y Crédito Público, para emitir el dictamen correspondiente a la iniciativa de decreto en comento.
3. Dicha solicitud fue obsequiada por la Presidencia, con una excitativa a las Comisiones de Hacienda y Cultura a presentar el dictamen correspondiente.
4. El 9 de abril del 2002 el C. diputado Félix Salgado Macedonio solicitó a la Presidencia de esta Cámara, formular excitativa referente al mismo tema.
5. La solicitud del diputado Félix Salgado fue obsequiada con una excitativa de la Presidencia, fijando a la Comisión de Hacienda el día 30 de abril de 2002 como plazo para presentar el dictamen en comento.
6. Hasta el día de hoy, 10 de septiembre de 2002, la Comisión de Hacienda, no ha cumplido con las instrucciones de la Presidencia de esta Cámara.
7. Habiéndose alcanzado el extremo previsto en la fracción XVI del artículo 21 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, solicitamos a esta Presidencia turnar la iniciativa en comento a la Comisión de Cultura en exclusiva.
Dip. Uuc-kib Espadas Ancona (rúbrica)
(Se turna exclusivamente a la Comisión de Cultura. Septiembre 10 de 2002.)
A LA COMISION DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, PRESENTADA POR EL DIPUTADO AMADOR RODRIGUEZ LOZANO, EN LA SESION DEL MARTES 10 DE SEPTIEMBRE DE 2002
En la sesión del día 12 de abril del 2000; la Cámara de Senadores aprobó por unanimidad el proyecto de minuta con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y del Código Federal de Procedimientos Civiles; de diversas iniciativas presentadas, una por los miembros de la Comisión de Justicia a través de su Presidente, el entonces senador Juan de Dios Castro Lozano del PAN; otra del senador Alfredo Magno Garcimarrero Ochoa, del PRD; otra presentada por el suscrito entonces senador de la República del PRI y otra del entonces Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Ernesto Zedillo Ponce de León.
Las anteriores iniciativas decidieron aprobarse en conjunto, logrando la unanimidad de todos los senadores, toda vez que contienen una serie de reformas y adiciones, que mejora y actualiza diversos aspectos de la organización y funcionamiento del Poder Judicial Federal, tales como la selección de su personal; los conflictos de competencia; las atribuciones del Presidente de la Suprema Corte en su relación con el Consejo de la Judicatura. De manera muy importante establece Tribunales Colegiados especializados en ciertos delitos federales graves, como el narcotráfico.
A pesar de su importancia, han pasado casi dos años sin que hasta el momento hayan sido discutidas, a pesar de lo trascendente para la administración de justicia; por lo anteriormente expuesto y fundado, C. Presidente de la Cámara, atentamente solicito:
Unico.- Excite a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos a que presente el dictamen correspondiente de la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y del Código Federal de Procedimientos Civiles.
Dip. Amador Rodríguez Lozano (rúbrica)
(Se excita a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, para que emita el dictamen correspondiente. Septiembre 10 de 2002).
El hecho del que me ocuparé el día de hoy, es denunciar el estado físico en que se encuentra la supercarretera Cuacnopalan-Oaxaca.
Las vías de comunicación en los pueblos, juegan un papel fundamental en su desarrollo, esta no es una nueva noticia, sino que es una apreciación de una realidad que sigue teniendo vigencia.
Hasta la fecha el sureste mexicano, sobre todo el de los estados de Guerrero, Chiapas y Oaxaca, fueron quedándose rezagados por diversas razones, muchas de ellas denunciadas en esta tribuna y de las que hasta esta fecha ha habido pocas respuestas y precisamente hoy reiteraré una más.
Este rezago se acrecentó de manera notoria por la falta de comunicación terrestre, quiero decir, la construcción de carreteras para facilitar el tránsito y promover un desarrollo sustentable y equilibrado. Seguramente si esto hubiera sucedido años atrás, la consolidación de las diversas ramas de producción y de manera privilegiada, el turismo, serían hoy día una realidad.
Como es de todos sabido en la República Mexicana, de muchos años a esta fecha, se inició y terminó la construcción de una carretera seguramente la más importante que cruza todo el territorio nacional y fue bautizada popularmente como Carretera Internacional. Sobra decir que esta importante vía impulsó el desarrollo de las provincias que fue tocando.
A medida que pasó el tiempo la demanda y la necesidad de dar mayor seguridad, provocó la inevitable construcción de tramos paralelos, que hoy son modernas autopistas, sin embargo, en el tramo que cruza los estados de Oaxaca y Chiapas, esta modernización nunca se atendió, nunca se construyó, simplemente se olvidó y nunca se hizo.
Fue en el año de 1993, que se decidió privilegiar el interés social por encima del financiero y se construyó la supercarretera denominada Cuacnopalan-Oaxaca con longitud de 243 kilómetros con destino final en la capital del estado de Oaxaca, este trascendente hecho, significó un aliento a la inversión y sobre todo al desarrollo comercial y turístico, provocando la consecuente generación de empleos tan necesario y tan escasos últimamente y que hoy sirven para abatir aunque sea de manera mínima la desbandada de indígenas hacia el norte del país, que piensan en el famoso sueño americano y que como todos sabemos en el mayor de los casos, es sólo espejismo y no en pocos casos luto de los hogares de familias, que como siempre resultan ser los más necesitados y pobres.
Retornando el tema que nos ocupa, esta supercarretera de cuota que cada día incrementa sus usuarios, con disgusto y con tristeza ven que a pesar de ser una carretera de paga, los derrumbes, deslaves, asentamientos e irregularidades en la superficie de rodamiento son una constante en el tramo de estos 243 kilómetros.
Esta realidad de las pésimas condiciones en que se encuentra la pomposamente llamada supercarretera Cuacnopalan-Oaxaca, día a día se deteriora por la falta de mantenimiento y de atención que requiere esta importante vía de comunicación, deja tanto que decir, que muchos de los usuarios empiezan a mejor usar la antes mencionada Carretera Internacional por la seguridad que hasta hoy ofrece.
Adjunto a esta denuncia estamos introduciendo opiniones técnicas y un cuadro de referencia en donde se detallan las inversiones que hasta ahora se requieren y que por ahora, significan aproximadamente trescientos millones de pesos, que de manera urgente la Secretaría de Comunicaciones y Transportes debe invertir para mantener esta supercarretera y darle atención preventiva que hasta esta fecha no se ha realizado.
Diputados: José Soto Martínez, Abel Trejo González, Lilia Mendoza Cruz, Cándido Coheto Martínez, Angel Meixueiro González, Ildefonso Zorrilla Cuevas, Irma Piñeyro Arias, Edith Escobar Camacho, Pablo Jesús Arnaud, Rufino Rodríguez Cabrera, Jaime Larrazábal Bretón, Miguel Angel Moreno Tello (rúbricas).
(Turnado a las Comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública y de Comunicaciones. Septiembre 10 de 2002.)
CON PUNTO DE ACUERDO PARA QUE LAS RESOLUCIONES DE LA CUMBRE DE JOHANNESBURGO, SUDAFRICA, QUE TIENEN QUE VER CON LA VISION DE EQUIDAD Y GENERO, SE APLIQUEN EN MEXICO, PRESENTADA POR LA DIPUTADA HEIDI STORSBERG MONTES, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN, EN LA SESION DEL MARTES 10 DE SEPTIEMBRE DE 2002
Con fundamento en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el grupo parlamentario del Partido Acción Nacional somete a la consideración del Pleno, la adopción de la siguiente proposición con punto de acuerdo, en el cual se solicita respetuosamente al Titular del Poder Ejecutivo Federal y a que en el marco de la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Sostenible celebrada en Johannesburgo y a la que nuestro país asistió como líder del Grupo de Países Megadiversos Afines, cumpla con el compromiso político y ético para avanzar en la construcción de una política de desarrollo sostenible con equidad de género.
Exposición de Motivos
México acudió en calidad de líder del Grupo de Países Megadiversos Afines a la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Sostenible que auspició la Organización de Naciones Unidas en Johannesburgo.
Este grupo convocado por México, con la finalidad de concentrar a aquellos países que poseen la mayor variedad de especies animales y vegetales del planeta, funge como un mecanismo de consulta y de cooperación para promover la conservación y el uso sustentable de la diversidad biológica, proteger el conocimiento tradicional asociado a los recursos biológicos e impulsar el desarrollo de un régimen internacional que promueva y salvaguarde efectivamente la distribución justa y equitativa de los beneficios derivados de la diversidad biológica y de sus componentes.
La Cumbre de Desarrollo Sostenible que se asentó en los pilares del crecimiento económico, desarrollo social y protección al medio ambiente, constituyó una oportunidad política para renovar los esfuerzos emprendidos hace diez años en la Cumbre de la Tierra y para realizar una evaluación de los avances hacia el desarrollo sostenible. De igual modo, la Cumbre buscó convertirse en una ocasión única para que la comunidad internacional reafirmara su compromiso con la integración de los objetivos económicos, sociales y ambientales del desarrollo sostenible, así como con las medidas para avanzar en su implementación.
La transición hacia este desarrollo requiere alcanzar una mejor calidad de vida con protección del ambiente, alentar pautas de producción y consumo menos depredadoras con base en el respeto de patrones socioculturales propios, adoptar esquemas tecnológicos que eviten el deterioro, así como rediseñar políticas, instituciones y normatividades que respondan a los nuevos retos de hoy.
Esta lucha de enorme contenido humanista y en favor del bienestar común, nos obliga a que asumamos un claro compromiso para transformar el desarrollo del mundo, incorporando no sólo las perspectivas de conservación, restauración y manejo racional de los recursos naturales y del medio ambiente, sino también institucionalizando el enfoque de equidad de género en la toma de decisiones y en los acuerdos a convenir.
Un futuro sostenible sólo se podrá alcanzar fortaleciendo la dimensión social del desarrollo humano, que requiere del diseño de una política ambiental con equidad de género, en la medida en que se involucre equitativamente a las mujeres y a los hombres en el acceso, uso, control y beneficio de los recursos naturales.
El menor acceso de las mujeres a los recursos (tierra, agua, recursos pesqueros, forestales y biodiversidad), la escasa participación de las mujeres en la toma de decisiones ambientales (puestos de decisión, involucramiento en organismos públicos y sociales) y el reparto inequitativo de los beneficios del manejo y control de los recursos (acceso a créditos, programas de apoyo, capacitación, asistencia técnica, nivel de ingresos, entre otros) refuerzan la asimetría entre los géneros y aumentan la discriminación.
La agudización de los fenómenos de degradación ambiental cuyas más injustificadas víctimas son los sectores de la población más desprotegidos, como las mujeres y los niños, principalmente en zonas de extrema pobreza urbana y rural, ven vulnerado su estado de salud y su calidad de vida ante los efectos de la sequía, la desertificación, los incendios forestales, la deforestación, los desastres naturales o los desechos tóxicos.
Es por ello que en nuestra calidad de legisladores debemos pronunciarnos a favor de una participación activa y responsable de México en los foros internacionales en donde se discutan y se tomen decisiones sobre los temas de la llamada "Nueva Agenda Internacional", así como luchar para que, a propósito de promover la cooperación internacional en materia ambiental, se impulse una política de desarrollo sostenible con enfoque de género para alcanzar un desarrollo socialmente equitativo.
México como líder del grupo y a la vanguardia con los diversos compromisos ambientales en el ámbito multilateral y bilateral, no debe escatimar esfuerzos para insistir a los países que no lo han hecho, a que ratifiquen el Protocolo de Kyoto para el control de las emisiones de gas, responsables del efecto invernadero y del recalentamiento global del planeta y debe señalar en cualquier ocasión, que corresponde a los países avanzados, asumir un compromiso efectivo con el principio de "responsabilidades comunes pero diferenciadas".
Es por ello, que el grupo parlamentario del Partido Acción Nacional también solicita al Poder Ejecutivo Federal, impulsar una mayor sinergia entre los criterios y consensos alcanzados en las distintas conferencias, cumbres y reuniones mundiales, sobre todo la Cumbre que acaba de concluir en Johannesburgo con la del Financiamiento para el Desarrollo de Monterrey y con la Agenda del Desarrollo celebrada en Doha, en las cuales se acordaron medidas para facilitar el acceso a los mercados, mejorar las normas multilaterales y aumentar la ayuda financiera al desarrollo.
Por las razones expuestas con anterioridad, se presenta la siguiente proposición con punto de
Acuerdo
Artículo Unico. Se solicita respetuosamente al Titular del Poder Ejecutivo Federal, a que en el marco de la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Sostenible celebrada en Johannesburgo y a la que nuestro país asistió como líder del Grupo de Países Megadiversos Afines, cumpla con el compromiso político y ético para avanzar en la construcción de una política de desarrollo sostenible con equidad de género.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 10 días de septiembre de 2002.
Dip. Heidi Storsberg Montes (rúbrica)
(Turnada a la Comisión de Equidad y Género y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, con copia a la Comisión de Equidad y Género de la Cámara de Senadores. Septiembre 10 de 2002.)
CON PUNTO DE ACUERDO PARA QUE LA CAMARA DE DIPUTADOS INTERPONGA CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL POR LA APROBACION DE PAGARES A CARGO DEL FONDO BANCARIO PARA LA PROTECCION DEL AHORRO (FOBAPROA), PRESENTADA POR LA DIPUTADA MIROSLAVA GARCIA SUAREZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD, EN LA SESION DEL MARTES 10 DE SEPTIEMBRE DE 2002
Me permito presentar ante este pleno la siguiente proposición con punto de acuerdo, para que el H. Congreso de la Unión interponga controversia constitucional por la invasión de facultades por parte del Ejecutivo al aprobar los pagarés del Fondo de Protección para el Ahorro Bancario (Fobaproa) y que a la fecha continúa pagando el pueblo de México.
Considerandos
Lejos de lo que mucho quisieran o consideren, el Fobaproa no ha muerto. La nueva realidad que vive nuestro país exige una revisión puntual y urgente de los motivos y argumentos que orillaron al gobierno a aprobar, violando el artículo 73, fracción octava de nuestra Constitución, una deuda que los mexicanos seguimos y seguiremos pagando sin aportar ningún beneficio a la población.
Es cierto que el Ejecutivo, en el año de 1997, tuvo que hacer frente a un rescate bancario, que era su obligación, de manera rápida. Esa fase inicial la llevó a cabo, no obstante, el lapso de las negociaciones tomó mucho tiempo, concluyendo en febrero de 1998; sin embargo, se dio pie al abuso de algunas instituciones bancarias y grandes deudores, cuando en otras naciones un rescate de este tipo ha llevado alrededor de seis meses, en México tomó tres años.
Muchos actores del ámbito de la administración pública sacaron conclusiones y se tomaron atribuciones inconstitucionales para que un asunto de carácter privado, entre particulares, entre bancos y deudores, se trasladara al ámbito de influencia del Gobierno Federal y posteriormente del Poder Legislativo.
Existen vicios de origen que no se han aclarado. Cito algunos ejemplos:
2. La consecuente aprobación del Ejecutivo por cuenta propia y discrecionalmente, al margen de sus facultades constitucionales, de la deuda que, según sus argumentos, tenía el carácter de contingente.
3. El diseño del contrato con el que el auditor Michael Mackey realizó la investigación del rescate y que en ninguna línea menciona la palabra auditoría.
4. La firma de los pagarés a nombre del Gobierno Federal que hiciera la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Huelga decir que la misma fracción del artículo 73 antes aludido, señala las condiciones que deben observar los empréstitos contratados por el gobierno, y de manera expresa establece que sólo se contratarán para "la ejecución de obras que directamente produzcan un incremento en los ingresos públicos".
Otro argumento aducido por los defensores del Fobaproa-IPAB, es que el rescate bancario no es deuda pública; sin embargo, atendiendo a la definición que aporta la Secretaría de Hacienda sobre el término: "Total de obligaciones insolutas del sector público, derivadas de la contratación de empréstitos, internos y externos, sobre el crédito de la nación", resulta innegable que se trata de un crédito de la nación en virtud de que es una obligación que debe solventar el gobierno cada año por medio del Presupuesto de Egresos de la Federación.
En torno a las anteriores consideraciones hay que juzgar la Ley del Instituto de Protección al Ahorro, IPAB. ¿Qué es lo que se aprobó? En términos sencillos: los bancos regresan al Fobaproa, hoy IPAB, los pagarés que inconstitucionalmente emitió el Ejecutivo a cambio de los pasivos de las instituciones de crédito, muy probablemente afectados por grandes fraudes y otras calamidades delictuosas, créditos que estas instituciones intentarán hacer efectivos; si no lo logran, los saldos serán garantizados por instrumentos de pago que el IPAB apuntalaría con las contribuciones del pueblo que obran en el tesoro público; es decir, los instrumentos del IPAB no son los pagarés del Fobaproa que de un modo u otro resultan débitos a cargo del patrimonio de los contribuyentes. Así es como se pretendió... pretenden tapar con un dedo la inconstitucionalidad de origen del Fobaproa. Obvio es que las conclusiones caen por su propio peso. La reciente ley del rescate bancario es inconstitucional porque una decisión mayoritaria del Congreso, ley secundaria, viola la fracción octava del artículo 73 de la Carta Magna, pues se conservan los efectos de los pagarés del Fobaproa, y es inconstitucional también porque con un nuevo nombre, carga fiscal, se quiere esconder la plena invalidez de la deuda pública supuesta en los multicitados pagarés.
Por lo pronto, es prácticamente imposible dejar de cubrir esas obligaciones porque se entraría en un conflicto legal con los banqueros que mantienen su oposición a someterse a nuevas auditorias. El hecho es que los análisis que pretende llevar a cabo la Auditoría Superior de la Federación, tienen como propósito encontrar nuevos créditos irregulares.
La pregunta que debemos atender hoy es la siguiente: ¿Debemos seguir avalando un rescate bancario inconstitucional, cuando más del noventa por ciento de los bancos que operan en México son propiedad de grupos financieros extranjeros, a costa de atender gastos prioritados y estratégicos en materia social y productiva? Es por ello que debemos acudir a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a fin de que este Poder establezca la legalidad del pago de los pagarés del Fobaproa.
Recordemos que en su momento, el Gobierno Federal pretendió realizar el pago por adelantado de los pagarés de Banca Confía, y la institución adquiriente, City Bank, se negó rotundamente a recibirlo. Resulta evidente que el gran negocio de los bancos extranjeros es el cobro de los intereses que generan los pagarés del Fobaproa.
Por otra parte, de junio de 2001 a julio de 2002, los flujos de capital extranjero al sistema bancario sumaron 13 mil millones de dólares. Cabe preguntarse si esta inversión extranjera se ha traducido en algún beneficio para el pueblo de México, que sigue pagando el rescate de los bancos. Los recursos totales de las instituciones financieras que operan en México, asciende actualmente a un billón 689 mil millones de pesos, incluyendo los activos derivados de los pagarés del Fobaproa-IPAB por 758 mil millones de pesos.
Se trata, a todas luces, de un sistema bancario sólido, pero que no cumple con una de sus funciones básicas, es decir, otorgar crédito para fortalecer la infraestructura productiva de nuestro país.
Debemos también atender al hecho de que a partir de 2003, existen vencimientos de los pagarés del Fobaproa y que deben ser cubiertos con ingresos públicos, con el dinero del pueblo de México. Tan sólo en 2003, los vencimientos ascienden a más de 74 mil millones de pesos. ¿Qué obras, qué programas, qué prioridades se dejarán de atender para hacer frente a esa obligación?
Es por ello que, ante esta asamblea y ante el pueblo de México, con fundamento en los artículos 49, 73 fracción VII, 78 y 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de este pleno el siguiente punto de acuerdo:
Unico. Esta H. Cámara de Diputados acuerda interponer un recurso de controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por la inconstitucionalidad del rescate bancario y los pagos efectuados con recursos públicos.
Atentamente
Dip. Miroslava García Suárez
(Turnada a la Junta de Coordinación Política. Septiembre 10 de 2002.)
CON PUNTO DE ACUERDO PARA QUE SE INCORPORE ENTRE LOS TEMAS A DISCUSION EN EL PRESENTE PERIODO DE SESIONES, LA INICIATIVA EN MATERIA DE DERECHOS Y CULTURA INDIGENAS ELABORADA POR LA COCOPA, PRESENTADA POR DIPUTADO VICTOR ANTONIO GARCIA DAVILA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PT, EN LA SESION DEL MARTES 10 DE SEPTIEMBRE DE 2002
La decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación de declararse incompetente para conocer de los actos del poder constituyente permanente por considerar que en materia de reformas constitucionales éste es un poder superior, anula toda posibilidad de que los pueblos indios de nuestra nación puedan acceder a la autonomía que vienen reclamando desde hace siglos.
Esta decisión viene a acabar con toda posibilidad de protección legal al que aspiran los pueblos indígenas, pues las reformas constitucionales en materia de derechos y cultura indígenas que aprobó el Congreso de la Unión en abril de 2001 no satisfacen sus anhelos y recurrir a la Suprema Corte representaba una última esperanza para anular la vigencia de una reforma que no cumple con sus legítimas aspiraciones.
Debe quedar claro que con esta decisión, el Estado mexicano ha dejado constancia de que no está dispuesto a hacer ningún tipo de concesión a los pueblos indios, a quienes ve serios enemigos para sus aviesos intereses integrados en el Plan Puebla-Panamá.
En ese sentido, la decisión de la Suprema Corte de Justicia no hace mas que mostrar que el poder supremo del Estado mexicano tiene como propósito fundamental garantizar los intereses de la oligarquía que gobierna al país.
Es una muestra más de que las élites que concentran el poder económico y político de nuestra nación tienen miedo a perder el control sobre los pueblos indios, pero aún más, tienen miedo a perder el control sobre los recursos naturales de esas comunidades, porque la autonomía que reclaman más de diez millones de nuestros indígenas está vinculada directamente a crear las condiciones legales para evitar el saqueo indiscriminado de esos recursos.
Con esta decisión, el Estado mexicano incumple con lo establecido en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, a los cuales se comprometió cumplir al haber ratificado dicho convenio. Sin embargo, es importante establecer que el gobierno foxista fue obsequioso con el gobierno de los Estados Unidos al haberlo apoyado sin limites en la represión que tomaron contra el pueblo de Afganistán, bajo el argumento de que éstos eran compromisos internacionales tomados en el seno del Consejo de Seguridad de la ONU.
Sin embargo, debe quedar claro que el Convenio 169 es también un compromiso internacional suscrito por el Estado mexicano, pero el Presidente de la República no le importó darle el mismo rango que le otorgó cuando apoyó a su amigo Bush.
Compañeras y compañeros diputados.
Conforme ha transcurrido el tiempo se ha ido imponiendo la idea de que detrás de la negativa de las fuerzas políticas representadas en el Congreso de la Unión que se oponen a reconocer la autonomía y el derecho que asiste a nuestros pueblos indios, está el interés mezquino y genuino de control político y de saqueo sistemático de los recursos naturales.
Maniobraron en todos los ámbitos para impedir que se aprobara la iniciativa de reforma constitucional en materia de derechos y cultura indígena elaborada por la Cocopa. El engaño hacia los pueblos y comunidades indígenas se perpetró una y otra vez.
Aún así, los pueblos indios tuvieron fe en la legalidad e interpusieron controversias constitucionales en contra de la reforma constitucional publicada en agosto de 2001, en total fueron más de 330 municipios indígenas los que se inconformaron en contra de la citada reforma constitucional, ofreciendo todo tipo de pruebas, tanto testimoniales como periciales, con la intención de aportar a la Suprema Corte elementos sobre las instancias indígenas que debieron ser consultadas y la forma en la cual se toman las decisiones en las comunidades y pueblos indios.
Sin embargo, la propia Corte las consideró innecesarias argumentando que sólo se trataba de la aplicación del derecho. Y efectivamente el derecho que se pretende aplicar a los pueblos indios no corresponde a su realidad.
Por esa razón, el grupo parlamentario del Partido del Trabajo hace un llamado al Ejecutivo federal para que cumpla con los compromisos asumidos durante su campaña y honre su palabra, al tiempo que debe hacer un nuevo esfuerzo junto con el Congreso de la Unión para reponer el procedimiento legislativo y que el tema de la reforma indígena sea parte de la agenda del Congreso de la Unión en este periodo se sesiones ordinarias.
Estamos convencidos de que con el paso del tiempo quedará demostrado por la fuerza de los hechos, que política e históricamente la resolución emitida por la Suprema Corte es improcedente porque no garantiza la solución de fondo de los reclamos de nuestros pueblos indios.
Por esa razón, el grupo parlamentario del Partido del Trabajo plantea que es necesario reponer el procedimiento legislativo con base en la iniciativa de reforma elaborado por la Cocopa, porque en dicha iniciativa se recogen las aspiraciones de autonomía de nuestras comunidades plasmadas en los Acuerdos de San Andrés Larráinzar, los cuales están en concordancia con lo que estipula la norma 169 de la Organización Internacional del Trabajo.
Asimismo, postulamos que es necesario que el Congreso de la Unión redefina el papel de la Cocopa y que el comisionado para la Paz en Chiapas, don Luis H. Alvarez, que ha sido una persona comprometida con la lucha por la democracia en nuestra nación, revalore su papel en calidad de Comisionado, toda vez que consideramos que el cargo que le ha asignado el Presidente Fox de convertirlo en una simple figura decorativa, no es digna de su jerarquía.
Hacemos un llamado al pueblo y en particular a los pueblos indios para continuar luchado por el reconocimiento de sus derechos y al EZLN le decimos desde aquí que no está solo en su lucha.
Ahora tenemos la exigencia de estar a la altura de lo que reclaman nuestros compatriotas indígenas. Por lo tanto, nuestra obligación moral y legislativa será replantear en el seno de nuestro Congreso la discusión y aprobación de la Ley Cocopa en materia de derechos y cultura indígenas.
Sólo así estaremos cumpliendo con nuestro deber de aportar al México moderno la tranquilidad y la paz que necesita para transitar hacia una senda de progreso y desarrollo estable que reconozca el papel de todos los sectores sociales y la pluralidad étnica de nuestra nación.
Por las consideraciones expuestas, el grupo parlamentario del Partido del Trabajo, con fundamento en lo que se dispone en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete al pleno de esta soberanía el siguiente punto de
Acuerdo
Artículo Unico.- Que el pleno de esta soberanía incorpore entre los temas a discusión en el presente periodo de sesiones ordinarias el conocimiento del tema de la iniciativa de Ley Cocopa.
Diputados: Alberto Anaya Gutiérrez, Coordinador; José Narro Céspedes (rúbrica), vicecoordinador; Rosalía Peredo Aguilar (rúbrica), Jaime Cervantes Rivera (rúbrica), Rosa Delia Cota Montaño, Félix Castellanos Hernández, Víctor Antonio García Dávila (rúbrica), Juan Carlos Regis Adame (rúbrica).
(Turnada a la Junta de Coordinación Política. Septiembre 10 de 2002.)
CON PUNTO DE ACUERDO EN TORNO A LA RECUPERACION DEL SITIO ARQUEOLOGICO DE CANTONA, PRESENTADA POR EL DIPUTADO ALBERTO AMADOR LEAL, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI, EN LA SESION DEL MARTES 10 DE SEPTIEMBRE DE 2002
Los suscritos, diputados federales, integrantes de la LVIII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión con fundamento en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, fracción II del artículo 55 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta soberanía el siguiente punto de acuerdo en torno a la "Recuperación del sitio arqueológico de Cantona, ubicado en la cuenca oriental del estado de Puebla entre los municipios de Tepeyehualco y Cuyoaco".
Antecedentes
Dentro de las zonas arqueológicas más importantes pero menos conocida del altiplano central está la de Cantona. El rescate de esta urbe prehispánica de gran complejidad arquitectónica, fue uno de los 14 proyectos estratégicos de investigación arqueológica que se llevaron a cabo entre 1992 y 1994 en nuestro país, bajo el patrocinio del Instituto Nacional de Antropología e Historia. La dirección del Proyecto Arquitectónico Cantona corresponde al arqueólogo Angel García Cook, un profesionista y mexicano ejemplar, quien asumió como objetivos principales del proyecto: identificar los orígenes de esta gran ciudad, conocer el desarrollo y causas de su desaparición; así como observar las relaciones y vínculos con otros sitios y regiones.
Ubicación
El sitio arqueológico de Cantona, se ubica al norte de la cuenca oriental de Puebla y al oriente del altiplano central de México. Permanece asentado sobre un derrame de lava volcánica (Malpais) a una altura sobre el nivel del mar de 2,480 a los 2,600 metros.
Cantona se encuentra enclavada dentro del municipio de Tepeyahualco de Hidalgo en su mayor extensión y una pequeña parte corresponde al municipio de Cuyoaco, ambos del estado de Puebla; es un asentamiento con tres áreas principales de arquitectura denominadas Unidades Norte, Centro y Sur. Las Unidades Norte y Centro cubren una superficie mayor a los 3.5 kilómetros cuadrados cada una y la Unidad Sur cubre alrededor de 5 kilómetros cuadrados, por lo tanto son poco más de 12.6 kilómetros cuadrados la superficie total de este asentamiento prehispánico (1.265 hectáreas) ver plano anexo.
Importancia histórica
Cantona fue el primer término para nombrar esta ciudad prehispánica; quizá utilizaron este nombre para indicar una región, cantón, o una gran casa, Cantona.
Según resultados de investigaciones recientes se plantean cuatro ocupaciones en el sitio que van de los años 600 a.c. al 1050 d.c. colocándose la de mayor relevancia en el periodo Clásico (600 a 950 d.c.).
Se trata de una megalópolis del centro-norte de la cuenca de Oriental, ubicada en una zona de escasa vegetación muy densa en vestigios materiales y, cuya importancia se debe a la explotación (y exportación) de la obsidiana de los yacimientos de Oyameles-Zaragoza, entre otras razones. Hoy se sabe con certeza que su apogeo se produjo entre el Clásico Tardío y el Posclásico Temprano; es decir, entre el siglo VII y el siglo X. Hubo en ella de siete a ocho mil patios o unidades habitacionales, y alrededor de 25 mil estructuras arquitectónicas.
Cantona es una de las pocas ciudades del México antiguo cuya planificación urbana fue sumamente elaborada, con abundantes calles, unidades habitacionales cerradas, bien definidas y comunicadas entre sí. Destaca que esta ciudad militar y comercial Cantona fue contemporánea de Teotihuacán y Cholula durante el periodo Clásico.
Tenía un amplio y elaborado sistema de comunicación, con calzadas elevadas y numerosos callejones, pasillos, escalinatas y rampas. Poseía además una intrincada red de patios delimitados por muros perimetrales, casi todos dentro de otras estructuras arquitectónicas. Se han descubierto restos de altares, pirámides y aposentos, lo mismo que evidencias de cuando menos 24 juegos de pelota. En ningún otros asentamiento prehispánico de México se han encontrado hasta ahora tantos de estos juegos como en Cantona. De la existencia de esta urbe se supo a fines del siglo XVIII, cuando se le mencionó en las Gacetas de José Antonio Alzate; no obstante se considera al francés Henri de Saussure como su descubridor formal, en 1855. Estudios cada vez más serios comenzaron a realizarse desde la década de 1930, pero fue hasta 1993 cuando se inició un programa de investigación arqueológica con el fin de definir el asentamiento, observar su origen y desarrollo, precisar sus relaciones intra y extra regionales y tratar de entender su abandono y desaparición; entre otras cosas se ha logrado explotar y habilitar una mínima parte de esta gran ciudad prehispánica.
El asentamiento arqueológico esta integrada por tres grandes unidades, la mayor al extremo sur, la cual cubre una superficie en torno a los 5 kilómetros cuadrados y las otras dos alcanzan los 3.5 kilómetros cuadrados cada una, llamadas Unidad Centro y Norte.
La Unidad Sur, la menos destruida a pesar del intenso saqueo sufrido y el pastoreo de ganado caprino, es la que deja ver con mayor claridad la planificación y urbanización de la ciudad. Las otras dos se han visto muy afectadas y su arquitectura transformada por el cultivo con maquinaria, llevado a cabo en una buena parte del área.
La atención se ha concentrado en la Unidad Sur, la más saqueada y sin embargo la de mejor apariencia física y sobre la cual se han habilitado quince grandes unidades arquitectónicas para visita: calzada 1; patio 2; patio 13; acceso poniente; conjunto del juego de pelota 5; conjunto del juego de pelota 6; plaza central y juego de pelota 22; el palacio; conjunto del juego de pelota 7 y del juego 23; plaza oriente o mirador; terrazas o unidad 13; unidad 12 y calzada 2.
Prioridades
En la actualidad, ante las perspectivas que abre el proyecto regional "Gran Visión" en el sentido de modernizar las vías de comunicación entre las poblaciones Amozoc-Perote a través de la construcción de una nueva carretera que sin duda vendrá a darle mayor relevancia a la Zona Arqueológica Cantona, es urgente la materialización de proyectos en vistas a mejorar la infraestructura con que actualmente se cuenta en el sitio. Debe considerarse, sobre todo, la convicción de los poblanos teniendo prioridad los siguientes:
Puntos de acuerdo
Primero: Que la Comisión de Cultura de esta Honorable Cámara de Diputados, con la participación de los legisladores -senadores y diputados- que se interesen en el tema realice una visita al centro arqueológico de Cantona, de manera previa a la presentación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el 2003, a efecto de conocer en detalle la importancia de estos bienes culturales e históricos.
Segundo: Que para propiciar un esfuerzo conjunto de los tres ordenes de gobierno y de los diversos órganos del Estado involucrados en la toma de decisiones, se formule atenta invitación al Gobierno del estado de Puebla, al Congreso local de ese estado; a las dependencias federales: Conaculta-INAH; SEP; SHyCP y Secretaría de Turismo; para que asistan a este encuentro de los poderes de la Unión y del estado de Puebla con un símbolo vivo que es, a la vez, muestra de la grandeza histórica de México.
Tercero: Que derivado de lo anterior, se someta a la consideración de este pleno los requerimientos presupuestales de carácter federal, que deberán ser incluidos para financiar el rescate y desarrollo de la zona arqueológica de Cantona.
Mucho agradeceré se dé turno a la Comisión de Cultura para los efectos procedentes con la súplica de que haga valer las facultades de gestión e iniciativa que les confiere la ley, en bien de la identidad y el rescate de los valores que nos son propios.
Palacio Legislativo, San Lázaro, a 10 de septiembre de 2002.
Diputados: Jaime Alcántara Silva, Alberto Amador Leal, Víctor Díaz Palacios, Cutberto Cantorán Espinosa, Melitón Morales Sánchez, Benito Vital Ramírez, Araceli Domínguez Ramírez, Concepción González Molina, Adela Cerezo Bautista (rúbricas).
(Turnada a la Comisión de Cultura. Septiembre 10 de 2002.)
CON PUNTO DE ACUERDO PARA CREAR UNA COMISION ESPECIAL ENCARGADA DE ESTABLECER ACUERDOS, PROCEDIMIENTOS Y LOS ORGANOS PARA QUE LA CAMARA DE DIPUTADOS PUEDA DAR CUMPLIMIENTO A LAS RESPONSABILIDADES QUE LE ESTABLECE LA LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA GUBERNAMENTAL, PRESENTADA POR EL DIPUTADO LUIS MIGUEL GERONIMO BARBOSA HUERTA, DEL PRD, EN LA SESION DEL MARTES 10 DE SEPTIEMBRE DE 2002
Consideraciones
Día a día, la sociedad mexicana es enterada de hechos, cifras, estadísticas, referencias, dineros, aportaciones, denuncias, conversaciones, contenidas en documentos que son generados en el ejercicio del poder público y que se encuentran en posesión de las distintas esferas e instancias de gobierno.
La intransparencia y oscuridad que por todo el pasado mexicano caracterizó a los actos públicos y que fueron los medios perversos para el florecimiento del abuso del poder, de la violación de los derechos humanos, de la corrupción y de la ilegalidad impune, generaron en la sociedad nacional la impresión de que todo lo relativo a la cosa pública era secreto y como consecuencia malo.
De ahí que cuando, por ejemplo, el Instituto Federal Electoral sube a su página de Internet la lista de aportaciones que los militantes y simpatizantes hacen a los partidos políticos; cuando las cámaras del Congreso de la Unión y sus grupos parlamentarios se apresuran a publicar datos duros que no indican nada de los estados financieros sobre los recursos públicos que manejan; cuando el Poder Judicial Federal y su Tribunal Electoral hacen públicas por medios electrónicos algunas de sus resoluciones, entre otros casos, a la sociedad mexicana esto le resulta extraordinario.
Sin regatear mérito alguno al hecho, la pregunta que se podría formular estaría orientada a saber si las disposiciones referidas al IFE, al Congreso y al Poder Judicial Federal como ejemplos, forman parte del esquema general de transparencia que deberán de implementar dentro de su estructura de funcionamiento antes de un año, o son meras ocurrencias mediáticas que responden a una coyuntura política determinada y que en el caso de la imputada al Instituto Federal Electoral, por la forma de su presentación, habría abonado al creciente cuestionamiento a los partidos políticos.
Este comportamiento de algunas entidades del Estado mexicano, se da en el marco primero de la discusión, hoy de la conceptualización y enseguida y por mucho tiempo del dimensionamiento del tema de la transparencia gubernamental y del acceso a la información pública. Está de moda hablar de transparencia gubernamental, mucho o casi todo se empieza hacer en su nombre, lo cierto es que la reciente ley de la materia, efectivamente deberá permitir que se instale una auténtica transición política, que los mexicanos ejerciten sus derechos fundamentales de manera plena al poseer información suficiente, que el Estado democrático encuentre el reconocimiento y respaldo de su pueblo y que la relación entre gobierno y sociedad se modifique para bien, al generar una nueva cultura del ejercicio del poder público y de la participación de la sociedad en el fenómeno político. Pero todo ello, solo se podrá alcanzar si nuevamente legisladores, funcionarios de gobierno, intelectuales, periodistas, medios de información, universidades, empresas especializadas y sociedad en general, se involucran nuevamente para que el espiritu, los objetivos y los tiempos de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental se cumplan.
A partir de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, de fecha once de junio del año en curso, al ponerse en vigencia nuestra Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se ponen en marcha diversos plazos y acciones, en esta ocasión solo me referiré a dos de ellos: el primero con vencimiento el día de manana miércoles 11 de septiembre, referente a la designación por parte del Ejecutivo Federal, de los primeros cinco integrantes del Instituto Federal de Acceso a la Información Pública, órgano regulador en materia de información, competente para resolver controversias entre particulares y autoridades, mediante procedimientos seguidos en forma de juicio, con funciones de supervisar el cumplimiento de la ley, de promover el ejercicio del derecho de acceso a la información y de fomentar una nueva cultura de manejo de la misma, tanto entre los servidores públicos como entre los ciudadanos.
Esta designación, la de los primeros cinco integrantes del Instituto, constituye el primer mandato cronológico que la ley impone, el Ejecutivo Federal deberá enviar los nombramientos a la Cámara de Senadores para su objeción, con ello habrá cumplido con un mandato de la ley, pero también habrá violado de entrada los fines y objetivos de la misma, la razón: carecer de transparencia el proceso de nombramiento y negar a los particulares el acceso a la información de dicho proceso, que acaso lo ortodoxo, lo afín con los objetivos de la ley, no hubiera sido tomar tan importante decisión, en base a los resultados de una consulta pública, en las que se hubieran escuchado las voces de las universidades, de los académicos, de los informadores, de las organizaciones privadas vinculadas con el tema y en general de la sociedad.
Otro de los plazos y mandatos que está en marcha, con vencimiento al día 11 de junio del año 2003, es de la incumbencia del Poder Legislativo en su conjunto, y de esta Cámara de Diputados en particular, se refiere a la obligación de crear los órganos, establecer los criterios e instrumentar los procedimientos institucionales para proporcionar a los particulares el acceso a la información pública, generada y que se genere en la actuación de los legisladores como servidores públicos y del órgano con atribuciones legales y constitucionales, se deberán publicar reglamentos y acuerdos de carácter general para ello.
Amigas y amigos legisladores: el Congreso de la Unión y esta Cámara de Diputados deben honrar los fines y el espíritu del valioso instrumento legal que generamos, aquí la transparencia debe ser genuina y no simulación, el acceso a la información pública debe ser completo y no encubridor.
Por ello, a esta Cámara de Diputados hago una proposición para que tome el siguiente acuerdo:
Unico.- Esta H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, acuerda crear una comision especial que tenga por finalidad establecer los acuerdos, criterios, procedimientos institucionales, así como para integrar una propuesta de reglamento, para que esta Cámara cumpla oportunamente con las obligaciones que le impone la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Informacion Pública Gubernamental.
México, Distrito Federal, a 10 de julio de 2002.
Dip. Luis Miguel G. Barbosa Huerta (rúbrica)
(Turnada a la Junta de Coordinación Política. Septiembre 10 de 2002.)
CON PUNTO DE ACUERDO EN RELACION A LAS FIESTAS PATRIAS EN EL EXTRANJERO, PRESENTADA POR EL DIPUTADO VICTOR ANTONIO GARCÍA DAVILA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PT, EN LA SESION DEL MARTES 10 DE SEPTIEMBRE DE 2002
El grupo parlamentario del Partido del Trabajo acude a esta honorable tribuna, con la finalidad de proponer un punto de acuerdo con relación a la decisión del Gobierno Federal, por conducto de la Cancillería, de suspender las celebraciones que con motivo de las fiestas patrias se han realizado tradicionalmente en todas nuestras representaciones diplomáticas en el exterior.
Un país sin historia, sin patriotismo y sin tradiciones, es un país sin identidad. Una nación que se deja trasculturizar permanentemente; tiene a un pueblo a la deriva del destino marcado por el poder mediático de las naciones, estructuradas bajo la mercadotecnia y la publicidad con formas de vida en la que los valores están muy lejanos a lo que ha sido cada país.
México ha sido una de las naciones de la región y del mundo con más tradiciones y con una cultura propia de las más ricas del orbe.
Para desgracia de los mexicanos, recalco, de los mexicanos, los gobiernos neoliberales han pensado que este país nació cuando llegaron al poder, creen que se puede borrar de un plumazo la historia que nos ha proporcionado los valores culturales que han sido ejemplo para muchos otros pueblos.
Esta conmemoración es una fiesta del pueblo y para el pueblo que no debe, por ninguna circunstancia, suspenderse al capricho de personeros de gobiernos ajenos a los mexicanos.
Además, todas las naciones del mundo, incluyendo aquellas cuyo ingreso nacional es precario, mantienen la celebración de su independencia en sus representaciones en el exterior.
En tal sentido, no entendemos cómo el señor Jorge Castañeda se atreve, so pretexto de falta de presupuesto, a suspender dicha celebración; cuando sabemos que en su dependencia se ha incrementado el gasto corriente o de plano tienen subejercicios en aquellos rubros que también son prioritarios.
La inexistencia de una política exterior ha permitido que el titular de Relaciones Exteriores maneje arbitrariamente las relaciones de nuestro país con sus similares. El caso de Cuba es elocuente; en donde a pesar de que nuestro embajador había conseguido recursos para sufragar la conmemoración, de plano se le indicó que no se realizara por ningún motivo.
Esta acción, es una más de las manifestaciones del canciller Castañeda en contra de la isla caribeña, dañando paulatina y pertinazmente las relaciones diplomáticas de México con pueblos hermanos.
Continuando con las disposiciones dictadas desde regímenes anteriores para permitir la importación desmedida y sin control alguno de formas de vida ajenas a nuestra población, que han invadido ámbitos que van desde la diversión hasta los contenidos en los programas educativos, el gobierno del Presidente Fox ha tomado con mucho más ímpetu y energía el combate a nuestra cultura, a nuestro patriotismo y en pocas palabras a los valores que nos han dado identidad.
Sabemos que al gobierno actual lo que menos le interesa es conservar la mexicanidad de su población, se maneja de acuerdo a los vaivenes de modas culturales o de veleidades de funcionarios que, pareciera ser, marcan la política de las dependencias a su cargo basados en lineamientos dictados en el exterior.
El pasado 31 de agosto la Cancillería instruyó a sus 134 representaciones diplomáticas en el mundo que por falta de presupuesto, no se celebren las fiestas patrias sí eso significaba comprometer recursos de la nación, pero si lograran conseguir apoyo de la empresa privada, podían hacerlo.
La celebración de las fiestas patrias representa para todos los mexicanos un acontecimiento de gran relevancia, sobre todo si éstos se encuentran fuera de nuestro país.
Por las consideraciones anteriores, nos permitimos plantear con fundamento en lo que se dispone en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el siguiente:
Punto de Acuerdo
Artículo Unico.- Que esta H. Cámara de Diputados se pronuncie a favor de que la Secretaría de Relaciones Exteriores restablezca la celebración que de las fiestas patrias se venía realizando en todas las representaciones de nuestro país en el exterior, para lo cual deberá proveerlas de los recursos que anteriormente les proporcionaba, en el entendido de que podrán utilizar los recursos, que por cuenta propia puedan allegarse.
Diputados: Alberto Anaya Gutiérrez, Coordinador; José Narro Céspedes (rúbrica), vicecoordinador; Rosalía Peredo Aguilar (rúbrica), Jaime Cervantes Rivera (rúbrica), Rosa Delia Cota Montaño, Félix Castellanos Hernández, Víctor Antonio García Dávila (rúbrica), Juan Carlos Regis Adame (rúbrica).
(Turnada a la Comisión de Relaciones Exteriores. Septiembre 10 de 2002.)
CON PUNTO DE ACUERDO EN RELACION AL DESASTRE AGRICOLA EN EL ESTADO DE OAXACA, PRESENTADA POR LA DIPUTADA MARIA LILIA ARCELIA MENDOZA CRUZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI, EN LA SESION DEL MARTES 10 DE SEPTIEMBRE DE 2002
Palacio Legislativo, a 10 de septiembre de 2002.
Aunque durante la pasada década los suministros de alimentos a nivel mundial se han incrementado más rápidamente que el crecimiento global de la población, la inseguridad alimentaria sigue siendo de grandes proporciones. La Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) estima que unos 824 millones de personas la padecen, 93 por ciento de las cuales vive en países en desarrollo, no tiene suficientes alimentos para satisfacer sus necesidades básicas.
El problema no radica en el aumento de la oferta de alimentos sino en su distribución geográfica y en la falta de acceso a ellos. Representa por ello un desafío especial para las áreas rurales el que las fuentes del crecimiento agrícola deben experimentar un cambio fundamental. El pasado modelo, consistente en expandir el territorio agrícola, está llegando ya a sus límites. Cerca del 80 por ciento del crecimiento de la producción agrícola deberá venir ahora de una intensificación y
Considerando
Primero. Que la degradación de la tierra agrícola y la disminución de la fertilidad del suelo continúan siendo una amenaza, especialmente en los países en desarrollo.
Segundo. Que en el estado de Oaxaca, la degradación de los suelos, las técnicas de monocultivos y otros fenómenos naturales y culturales, pero sobre todo la circunstancia específica de sequía por la que hoy transitamos, han orillado al sector agrícola oaxaqueño a una situación de emergencia. La pérdida de cosechas ha contribuido también a generar un clima de riesgo para la seguridad alimentaria en el estado.
Tercero. Que, con base en las cifras preliminares obtenidas entre la Secretaría de Desarrollo Agropecuario y Forestal del gobierno del estado y la Delegación Estatal de la Sagarpa, hasta el viernes 30 de agosto del año en curso se contaba con un total de 42,502 hectáreas de siniestro total, cifra que hoy, a estas fechas, ha aumentado. Los cultivos más afectados son maíz, con 70,000 hectáreas; frijol, con 1,915 hectáreas; sorgo, con 2,853 hectáreas; y ajonjolí, con 600 hectáreas en Valles Centrales y el Istmo.
Cuarto. Que actualmente las instituciones del gobierno estatal y del federal que dan atención al sector han establecido un operativo de verificación en campo para poder determinar con mayor precisión los daños causados. A pesar de las lluvias tardías, los siniestros se han convertido en pérdidas totales de 94,776 hectáreas. Donde aún se espera que se agudicen las pérdidas es en la región de Valles Centrales, con más de 70 mil hectáreas de maíz y de frijol en más de 1,900 hectáreas.
Por ello, con fundamento en los artículos 23 y 25 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicitamos al pleno de la asamblea que este asunto sea turnado a la Comisión de Agricultura de esta H. Cámara de Diputados.
Punto de Acuerdo
Unico.- Se solicita se declare al estado de Oaxaca zona de desastre agrícola y se instruya a la Comisión Nacional del Agua y a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Recursos Naturales y Pesca para que, con base en la sección II, artículo 46, en su fracción III, del Capítulo V de la Instrumentación y Mecánica de Operación del Fondo de Desastres Naturales, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 15 de marzo del presente año, soliciten ante la Secretaría de Gobernación se destinen recursos para aliviar en parte este grave problema que está aconteciendo en el estado de Oaxaca.
Diputados: Abel Trejo González, Lilia Mendoza Cruz, Edith Escobar, Irma Piñeyro Arias, Ildefonso Zorrilla Cuevas, Pablo Arnaud, Miguel Angel Moreno T., José Soto M., Cándido Coheto Martínez, Jaime Larrazábal Bretón, Angel Meixueiro González, Rufino Rodríguez Cabrera (rúbricas).
(Turnada a la Comisión de Agricultura y Ganadería. Septiembre 10 de 2002.)
CON PUNTO DE ACUERDO PARA IMPULSAR LA PAZ EN MEDIO ORIENTE, PRESENTADA POR LA DIPUTADA MARIA DE LOS ANGELES SANCHEZ LIRA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD, EN LA SESION DEL MARTES 10 DE SEPTIEMBRE DE 2002
Habida cuenta del grave riesgo para la paz y la seguridad internacional que significan los conflictos armados que actualmente convulsionan gran parte de nuestro mundo, me permito presentar a consideración del pleno la siguiente proposición con punto de acuerdo en virtud de los siguientes:
Considerandos
Considerando que el pueblo de Irak y su gobierno siguen siendo hostilizados y amenazados con un nuevo ataque a su territorio, población y recursos, sin que para ello existan argumentos jurídicos sólidos apegados a la práctica del derecho internacional, los legisladores mexicanos debemos ratificar por la vía de los hechos la aplicación del derecho, el cual debe privar en la relación entre las naciones para su libre y pacífico desarrollo, teniendo como fundamento los principios que han enorgullecido durante décadas nuestra política exterior, misma que postula la no intervención, autodeterminación de los pueblos y la solución pacífica de las controversias, por lo que promueve el respeto a la soberanía de cada nación.
Es menester que los legisladores mexicanos nos manifestemos por la aplicación del derecho y por el respeto que toda nación debe tener en su soberanía y forma de gobierno. México es un país que tiene como principios de política exterior los consagrados en la fracción X del artículo 89 de nuestra Carta Magna y son los siguientes: la autodeterminación de los pueblos; la no intervención; la solución pacifica de las controversias; la proscripción de la amenaza o uso de la fuerza en las relaciones internacionales; la igualdad jurídica de los Estados, la cooperación internacional para el desarrollo; y la lucha por la paz y la seguridad internacionales.
Estos principios que nos rigen en materia internacional nos comprometen como nación a no aprobar actos violatorios que lesionen el ámbito interno de competencia de los demás Estados y por ende rechazamos el que una nación sea amenazada con un ataque a su territorio, población y recursos, sin que exista previo a ello un fundamento y una motivación sustentada en el derecho internacional que cimiente de manera legal dicha intervención militar.
Por lo anterior expuesto y con fundamento en el artículo 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a su consideración y aprobación del pleno de este H. Congreso de la Unión, el siguiente
Punto de Acuerdo
Primero.- Rechazamos cualquier agresión y/o intervención política o militar en contra del pueblo de Irak, por lo que exigimos que la Organización de las Naciones Unidas envíe una comisión de observadores para certificar si ese país en realidad produce o no armas químicas o bacteriológicas las cuales son consideradas como una amenaza para la humanidad, y principal justificación para llevar a cabo una escalada militar, que sería de consecuencias incalculables para la población civil en caso de que la sociedad internacional guarde silencio aun y cuando no se haya certificado que verdaderamente existen tales armas.
Segundo.- Asimismo, solicitamos a ese organismo público internacional revise y certifique las condiciones que prevalecen actualmente en detrimento del pueblo y gobierno de Irak derivadas del embargo económico impuesto unilateralmente, ocasionando efectos devastadores y de manera particular a niños, mujeres y adultos mayores.
Tercero.- Expresamos por este conducto nuestra más amplia solidaridad y apoyo al pueblo de Irak para que en base a su inalienable derecho como nación soberana pueda elegir de manera pacífica y sin injerencias externas la forma de su gobierno y se autodetermine libremente con los mecanismos establecidos en la Norma Máxima de esa nación.
Este punto de acuerdo está avalado por diputados (as) federales, diputados (as) locales de todos los partidos políticos, y por senadoras de la República del PRI y PRD.
Diputados: Maricela Sánchez Cortés (PRI), José Narro Céspedes (PT), Petra Santos Ortiz (PRD), Juan Carlos Regis Adame (PT), María de los Angeles Sánchez Lira (PRD), Olga Haydeé Flores Velásquez (PRI), Marta Angélica Bernardino Rojas (PRD), Concepción González Molina (PRI), Martha Sofía Tamayo Morales (PRI), Magdalena Núñez Monreal (PRD), Flor Añorve Ocampo (PRI), Francisco Solís Peón (PAN), Edmundo Delgado R. (PRI), Eugenia Flores Hernández (PT), Víctor A. García Dávila (PT), Félix Salgado Macedonio (PRD), Juana Bonilla Jaime (PRD), José Alfredo Contreras Suárez, Martí Batres Guadarrama (PRD), José Manuel del Río Virgen (CDPPN), Rosario Tapia Medina (PRD), Esveida Bravo Martínez (PVEM), Silvia Romero Suárez (PRI), Arturo Hernández Tapia (PRD), Rocío Merlo Nájera, Rodrigo Carrillo Pérez (PRD), Augusto Gómez Villanueva (PRI), Emilio Ulloa Pérez (PRD), Pedro Miguel Rosaldo Salazar (PRD), Rufino Rodríguez Cabrera (PRD), Hortensia Aragón Castillo (PRD), Norma Patricia Riojas Santana (PSN), José A. Calderón Cardoso (PAS), Beatriz Lorenzo Suárez (PAS), Enrique Herrera y Bruquetas (PRD) (rúbricas).
Senadores: María del Carmen Ramírez García (PRD) (rúbrica).
Lic. Marta S. Camarena (PRI), Profra. Juana Torres Ochoa (PAN), Lic. Ma. del Carmen Izaguirre (rúbricas).
(Turnada a la Comisión de Relaciones Exteriores. Septiembre 10 de 2002.)
A su décima quinta reunión de trabajo, que se llevará a cabo el miércoles 11 de septiembre, a las 9 horas, en el salón D del restaurante Los Cristales.
Orden del Día
* Acta de la sesión anterior.
* Presentación del proyecto de informe final.
DE LA COMISION DE SEGURIDAD SOCIAL
A su reunión ordinaria mensual, que se efectuará el miércoles 11 de septiembre, a las 9 horas, en el salón E del restaurante Los Cristales.
Orden del Día
2. Lectura y aprobación del orden del día.
3. Lectura y aprobación, en su caso, del acta de la reunión anterior, realizada el 27 de junio.
4. Informe de la Comisión de Seguridad Social por el periodo comprendido del 1 de marzo al 31 de agosto de 2002.
5. Análisis de anteproyectos de dictamen pendientes de trámite legislativo.
6. Asuntos generales.
7. Clausura de la reunión.
DEL COMITE DEL CENTRO DE ESTUDIOS SOCIALES Y DE OPINION PUBLICA
A su desayuno reunión de trabajo, que se realizará el miércoles 11 de septiembre, a las 9:30 horas, en el salón A del restaurante Los Cristales.
Atentamente
Dip. José Antonio Hernández Fraguas
Presidente
DE LA COMISION ESPECIAL DE GANADERIA
A su reunión de trabajo, que se realizará el miércoles 11 de septiembre, a las 11 horas, en el patio sur.
Orden del Día
1. Lista de asistencia.
2. Lectura del acta.
3. Presentación de los representantes del sector porcícola en México.
4. Comentarios.
5. Clausura.
Atentamente
Dip. Arturo B. de la Garza Tijerina
Presidente
DE LA COMISION DE EQUIDAD Y GENERO
A su reunión de trabajo con funcionarios de la Secretaría de Salud y del Instituto para la Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio del Estado (ISSSTE), para el seguimiento del ejercicio del presupuesto asignado a mujeres, el miércoles 11 de septiembre, a las 12 horas, en el salón C del restaurante Los Cristales.
Atentamente
Dip. Concepción González Molina
Presidenta
DE LA COMISION DE PESCA
A su reunión ordinaria de trabajo, que se realizará el miércoles 11 de septiembre, a las 14:30 horas, en el salón E del restaurante Los Cristales.
Orden del Día
1. Lista de asistencia.
2. Lectura del acta de la asamblea anterior.
3. Intervención del Dr. Jerónimo Ramos Saenz Pardo, comisionado nacional de Acuacultura y Pesca, quien expondrá las políticas pesqueras que ha instrumentado el Gobierno de la República para atender el desarrollo de la pesca en nuestro país.
*Sesión de preguntas y respuestas.
4. Proyecto de dictamen que presenta la Comisión de Pesca en relación al punto de acuerdo presentado por el diputado Jaime Larrazábal Bretón en el sentido de que la flota atunera se retire a 30 millas de las costas oaxaqueñas.
5. Asuntos generales.
6. Clausura.
Atentamente
Dip. Guillermo Díaz Gea
Presidente
DE LA COMISION DE JUVENTUD Y DEPORTE
A su reunión plenaria de trabajo, el martes 17 de septiembre, a las 15 horas, en el salón B del restaurante Los Cristales.
Orden del Día
2. Lectura y aprobación del orden del día.
3. Proyectos de dictamen pendientes de trámite legislativo.
4. Informe de actividades de la Comisión en el periodo comprendido de septiembre de 2001 a febrero de 2002.
5. Informe de actividades del encuentro parlamentario en materia de juventud y deporte España-México.
6. Comentarios en relación a la iniciativa de Ley de Cultura Física y Deporte del Senado de la República.
7. Asuntos generales.
DE LA COMISION DE FORTALECIMIENTO DEL FEDERALISMO
A su décima octava reunión ordinaria, que se efectuará el miércoles 18 de septiembre, a las 11 horas, en el salón C del restaurante Los Cristales.
Orden del Día
2. Lectura y, en su caso, aprobación del orden del día.
3. Lectura y, en su caso, aprobación de la minuta de la décima séptima reunión ordinaria (24 de julio).
4. Discusión y votación de asuntos legislativos presentados en la décima séptima reunión ordinaria y en la décima tercera reunión de Junta Directiva.
5. Asuntos generales:
a) Presentación de la propuesta de programa de reuniones con académicos.
b) Presentación de la propuesta de programa de reuniones con el Ejecutivo.
DE LA COMISION DE COMERCIO Y FOMENTO INDUSTRIAL
A su reunión de trabajo el miércoles 25 de septiembre, a las 11 horas, en el salón B del restaurante Los Cristales.
Atentamente
Dip. Diego Alonso Hinojosa Aguerrevere
Presidente
DE LA COMISION DE DESARROLLO SOCIAL
A la comparecencia de la Lic. Josefina Eugenia Vázquez Mota, titular de la Secretaría de Desarrollo Social, que se llevará a cabo el miércoles 2 de octubre, a las 10 horas, en el salón Legisladores de la República (Salón Verde).
Atentamente
Dip. Francisco Javier Cantú Torres
Presidente
DE LA COMISION DE RADIO, TELEVISION Y CINEMATOGRAFIA
A su reunión de trabajo con el Instituto Mexicano de Cine, el miércoles 2 de octubre, a las 11 horas, en el salón C del restaurante Los Cristales.
Orden del Día
2. Declaración de quórum.
3. Intervención de Imcine.