De los Grupos Parlamentarios de la H. Cámara de Diputados.
El Presidente informa que a las puertas del Salón de Sesiones, se encuentra el ciudadano José Rivera Carranza, electo como diputado suplente en el décimo segundo distrito electoral federal del Estado de Guanajuato, y designa una comisión que lo acompañe en el acto de rendir su protesta de ley. Terminado el acto protocolario, entra en funciones de inmediato. La Secretaría informa, a las doce horas con cuarenta y nueve minutos, del registro de cuatrocientos cuarenta y seis diputados. Se ordena el cierre del sistema electrónico de asistencia. Se refiere al tema el diputado Francisco Patiño Cardona, del Partido de la Revolución Democrática. Hablan sobre el mismo tema los diputados: Miguel Angel Gutiérrez Machado, del Partido Acción Nacional; Desde su curul, el diputado Tomás Torres Mercado apoya el trámite solicitado por el diputado Oscar Alfonso del Real Muñoz. La Asamblea no lo considera de urgente resolución. El Presidente explica el procedimiento para desahogar el dictamen de la Comisión de Equidad y Género, con proyecto de Ley del Instituto Nacional de las Mujeres. En votación económica, la Asamblea dispensa la segunda lectura.
Reitero a ustedes las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.
Documentos Constitutivos
DE LOS GRUPOS PARLAMENTARIOS DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS
GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
ACTA DE LA REUNION CONSTITUTIVA DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL DE LA LVIII LEGISLATURA DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL HONORABLE CONGRESO DE LA UNIÓN Y DE LA ELECCIÓN DE SU COORDINADORA
LOS PRESUNTOS DIPUTADOS ELECTOS DE MAYORÍA RELATIVA Y REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL ABAJO FIRMANTES, REUNIDOS A LAS 17:00 HORAS DEL DÍA CATORCE DEL MES DE JULIO DE DOS MIL, EN EL AUDITORIO "PLUTARCO ELÍAS CALLES", SITO EN EL NÚMERO 59 DE LA AVENIDA DE LOS INSURGENTES, COLONIA BUENAVISTA, MÉXICO, DISTRITO FEDERAL, INTEGRAMOS EL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL; Y, CON BASE EN LA CONVOCATORIA EXPEDIDA POR EL COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL DE NUESTRO PARTIDO Y EN LOS ARTÍCULOS 26 DE LA LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y 87 DE LOS ESTATUTOS DE AQUÉL, PROCEDIMOS A LA ELECCIÓN DEMOCRÁTICA DEL COORDINADOR DE DICHA FRACCIÓN PARLAMENTARIA, HABIENDO SIDO ELEGIDA COMO TAL LA C. LIC. BEATRIZ ELENA PAREDES RANGEL.
PARA CONSTANCIA Y VALIDEZ DE LA PRESENTE ACTA, FIRMAMOS AL CALCE QUIENES INTEGRAMOS EL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL Y QUIENES INTERVENIMOS EN DICHO ACTO.
Diputados: Aceves del Olmo Carlos Humberto, Aguilar Borrego Enrique Alonso, Aguilar García Patricia, Aguilar Solís Samuel, Alcántara Silva Jaime, Ali de la Torre Jesús, Alvarado Cook Oscar, Alvarez Martínez Nicolás Lorenzo, Amador Leal Narciso Alberto, Anderson Nevarez Hilda Josefina A., Andrade Sánchez Justino Eduardo, Añorve Baños Manuel, Añorve Ocampo Flor, Arizpe Jiménez Miguel, Ayala Velázquez Benjamín Baduy Isaac Rosa Elena, Bailón Celestino, Barrón Fonseca José Jaime, Basilio Sotelo Norma Enriqueta, Beaurregard de los Santos Lorena, Berlín Montero Jorge Carlos, Bres Garza Claudio Mario, Buenfil Montalvo Edilberto Jesús, Burgos Pinto Jesús, Callejas Arrollo Juan Nicolás, Calzada Padrón Feliciano, Cantorán Espinosa Cutberto, Cantú Segovia Eloy, Carballo Bustamante Andrés, Cárdenas Elizondo Francisco, Carreras López Juan Manuel, Carvajal Moreno Gustavo, Castañeda Salcedo Salvador, Castro González Francisco, Castro López Florentino, Castro Sánchez Miguel, Cerezo Bautista Adela, Cervantes Andrade Raúl, Cervantes Mandujano Beatriz, Chapa Hernández María Elena, Chávez Presa Jorge Alejandro, Coheto Martínez Vitalico Cándido, Cornejo Torres Carlos, Correa Ceseña José Manuel, Cosío Gaona Salvador, Cruz Gutiérrez Jesús Alejandro, Cruz Morales Maricruz, Dávila Montesinos Marco Antonio, De la Garza Tijerina Arturo Bonifacio, De la Madrid Cordero Enrique Octavio, De la Riva Pinal José Gerardo, De la Rosa Godoy Jesús, Del Real Muñoz Oscar Alfonso, Díaz De la Vega Fernando, Díaz Gea Guillermo, Díaz Medina José Manuel, Díaz Palacios Víctor Emanuel, Díaz Pimentel Juan Ramón, Dip Rame Elías, Domínguez Castellanos Roberto, Domínguez Domínguez Nemesio, Domínguez Ramírez María Luisa Araceli, Donis García Gustavo Alonso, Duarte Jáquez César Horacio, Echeverría Ruíz Rodolfo Antonio, Enríquez Ortega Hortencia, Esquiliano Solís Héctor Nemesio, Estrada Colín Ismael, Fayad Meneses Omar, Félix Hays Rubén Benjamín, Flores Galván Edgar Consejo, Flores Velásquez Olga Haydée, Fuentes Domínguez Roberto Javier, Galán Jiménez Manuel, Gandarilla Carrasco Víctor Manuel, García Farías Rubén, García Fernández María de las Nieves, García González Javier, García Leyva José Antonio, García Morales Marcelo, García Vera Jorge Luis, Garza González Manuel, Gómez Villanueva Augusto, González Aguilera José Luis, González Balderas Gustavo Adolfo, González Guzmán Rodolfo Gerardo, González Molina Concepción, González Sánchez Ney, González Villalva Raúl Homero, Gracia Sánchez Roque Joaquín, Granja Ricalde Federico, Guajardo Villarreal Ildefonso, Guerra Garza Abel, Guillén Torres José María, Gutiérrez Santiago, Hernández Flores Eugenio Javier, Hernández Fraguas José Antonio, Hernández González Jaime, Hernández Hilaria Justino, Hinojosa Herrera Josefina, Hopkins Gámez Guillermo, Huicochea Vázquez Heriberto, Infante Fierro Policarpo, Infante González Víctor Roberto, Irizar López Aarón, Jaimes García José, Larrazabal Bretón Jaime Arturo, Leines Barrera Eduardo Abraham, León Lerma Arturo, Levin Coppel Oscar Guillermo, Leyva Acevedo Efrén Nicolás, Leyva Mendívil Juan, López Cruz Esther, López González Francisco Javier, López Hernández Rafael, López Hernández Santiago, López Magallanes Silverio, López Mora Marcos Paulino, Lugo Espinoza Gustavo, Luzanilla Contreras Julián, Maldonado Aguilar Sergio, Mantecón Rojo Jaime, Manterola Sáinz Pedro, Márquez Hernández Ranulfo, Martínez Bárcenas Celia, Martínez Nava Juan Manuel, Martínez Orta Flores Enrique, Martínez Pérez J. Timoteo, Martínez Rodríguez Lorena, Martínez Veloz Jaime Cleofas, Mayáns Canabal Humberto Domingo, Medellín Milán José Manuel, Meléndez Pérez Enrique, Mendicuti Pavón José Ignacio, Mendieta Cuapio Albino, Mendoza Cruz María Lilia Arcelia, Meza Escalante Martha Ofelia, Monroy Pérez Hermilo, Montelongo Gordillo Maricruz, Moo y Can José Feliciano, Morales Sánchez José Melitón, Moreno Tello Miguel Angel Donaciano, Nazar Morales José Jacobo, Ocampo Fernández Ricardo Augusto, Ochoa Toledo Alfredo, Ojeda Delgado Gustavo Nabor, Oroz Ibarra María del Rosario, Orozco Alfaro J. Jesús, Ortiz Arana Fernando, Ortiz Jonguitud Miguel, Ortiz Ortíz Héctor Israel, Paredes Gloria Juan, Paredes Rangel Beatriz Elena, Pavón Jaramillo Laura Hermelinda, Payan Novoa Manuel, Penchyna Grub David, Pineda Velázquez Héctor, Piñeyro Arias Antonia Irma, Preciado Cuevas Roberto, Priego Oropeza Enrique, Priego Ortíz Luis, Quintanilla Rentería José Manuel, Ramírez Gamero José, Ramírez Marín Jorge Carlos, Ramos Rodríguez Enrique, Reyna García José Jesús, Ríos Alarcón Francisco, Rito Salinas Bulmaro, Rocha Diaz Salvador, Rodríguez Barrera Rafael, Rodríguez Escalona Ernesto Higinio, Rodríguez López Jaime, Rodríguez Lozano Amador, Romero Apis José Elías, Romero Deschamps Carlos Antonio, Romero Suárez Silvia, Rubio Valdez Luis Gerardo, Ruíz Ángeles Roberto, Sánchez Campuzano Francisco Javier, Sánchez Cortés Maricela, Sánchez González Martha Silvia, Sandoval Ochoa Jorge Esteban, Santiago Ramírez César Augusto, Schettino Pérez Jorge, Sepúlveda Fayad Juan Manuel, Sicilia Salgado Raúl Efrén, Silva Beltrán Reyes Antonio, Soberanis González José del Carmen, Solís Acero Felipe, Sosa Castelán Gerardo, Soto Martínez José, Soto Monzón Carlos Rodolfo, Taracena Martínez Jésus Adelfo, Trejo González Abel, Treviño Gutiérrez Librado, Trujillo Íñiguez Agustín, Ugalde Montes José Luis, Uriarte Rico Olga Margarita, Vallarta Ceceña José Álvaro, Varón Levy Eddie James, Vázquez Castillo Jaime, Vega Pérez Miguel, Velázquez Hernández J. Socorro, Vidal Pérez Julio César, Viggiano Austria Alma Carolina, Villar Martínez Simón Iván, Vital Ramírez Benito, Yunes Zorrilla José Francisco, Zamora Cruz Adolfo, Zavala Echavarría Roberto, Zorrilla Cuevas Nahum Ildefonso (rúbricas).
Diputados priístas que ocupan cargos directivos dentro del Grupo Parlamentario.
Vicecoordinación General
Dip. Rafael Rodríguez Barrera
Vicecoordinación Parlamentaria y de Debate Legislativo
Dip. Manuel Añorve Baños
Dip. Jorge Carlos Ramírez Marín
Dip. Juan Manuel Sepúlveda Fayad
Vicecoordinación de Asuntos Estratégicos
Dip. Fernando Díaz de la Vega
Vicecoordinación Administrativa
Dip. Florentino Castro López
Dip. Manuel Medellín Milán
Dip. Adela Cerezo Bautista
Vicecoordinación de Gestoría Social
Dip. Lorena Martínez Rodríguez
Vicecoordinación de Comunicación Social
Dip. Rodolfo Echeverría Ruiz
Dip. Ney González Sánchez.
Vicecoordinación de Relaciones con el PRI
Dip. Jaime Vázquez Castillo
Dip. Manuel Garza González
Dip. Felipe Solís Acero
Vicecoordinación de Asuntos Internacionales
Dip. Víctor Díaz Palacios
Dip. Eddie Varón Levy
Vicecoordinación de Formación y Diplomados
Dip. Víctor Infante González
Dip. Ildefonso Zorrilla Cuevas
Dip. Eduardo Andrade Sánchez
Vicecoordinación de Actividades y Eventos
Dip. Edilberto Buenfil Montalvo
NORMAS PARA LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL DE LA LVIII LEGISLATURA DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN.
CAPITULO PRIMERO
DEL OBJETO E INTEGRACION DEL GRUPO
Artículo 1. Las presentes normas tienen por objeto regular la organización y funcionamiento interno del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LVIII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, así como los derechos y obligaciones de sus integrantes para dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 26, párrafo 3, inciso b) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 2. Estas normas se establecen en concordancia con la Declaración de Principios, el Programa de Acción y los Estatutos del Partido y se orientan por los siguientes criterios:
a) Promover el pleno ejercicio de las atribuciones que la Constitución otorga a los ciudadanos diputadas y diputados;
b) Garantizar la libre expresión de la corriente ideológica representada por el Partido Revolucionario Institucional y la de cada uno de sus integrantes, así como promover un ambiente de respeto y tolerancia en la discusión y quehacer de los trabajos legislativos;
c) Fomentar la unidad y mantener la acción coordinada de todos sus integrantes; así como permitir la agilidad y oportunidad en el posicionamiento del Grupo respecto de cuestiones políticas y legislativa;
d) Realizar los postulados y principios que sostiene el Partido, así como las plataformas electorales de éste y los acuerdos que tomen sus órganos de dirección;
e) Contribuir a la formación de consensos en el seno de la Cámara que promuevan la actividad legislativa en un marco de acción eficaz y responsable en beneficio de la Nación, y
f) Propiciar el enaltecimiento de la labor legislativa y el prestigio del Congreso de la Unión.
Artículo 3.
CAPITULO SEGUNDO
DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE SUS INTEGRANTES
Artículo 4. Las diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario tendrán, además de las facultades, prerrogativas e inmunidades que les garantizan la Constitución y las leyes, los siguientes derechos:
a) Obtener el apoyo del Grupo Parlamentario, por conducto de sus órganos, para la realización de su trabajo parlamentario y para la elaboración de iniciativas, puntos de acuerdo, excitativas, posicionamientos, votos particulares, así como el impulso para su análisis, discusión y aprobación en las comisiones legislativas y en el Pleno;
b) Participar de las prerrogativas y subvenciones que correspondan al Grupo para fortalecer el trabajo legislativo;
c) Obtener el apoyo del Grupo para realizar labores de gestoría ante cualquier autoridad u organismo público;
d) Recibir el apoyo del Grupo para la difusión adecuada de las actividades que realice en su calidad de representante de la Nación;
e) Ser informados oportunamente de las actividades del Grupo;
f) Intervenir con pleno derecho en todas las reuniones que se convoquen en relación con el Grupo;
g) Formular propuestas para el mejor funcionamiento del Grupo Parlamentario;
h) Participar a nombre del Grupo en eventos partidistas estatales, nacionales e internacionales;
i) Formar parte de los órganos del Grupo Parlamentario;
j) Participar con voz y voto en las deliberaciones y determinaciones de los órganos del Grupo;
k) Recibir el apoyo que sea necesario para hacer valer los derechos a que se refiere el artículo 61 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
1) Promover reformas y adiciones al contenido de estas normas; y,
m) Los demás que se determinen por el Grupo Parlamentario.
Artículo 5.
a) Asistir a las reuniones del Grupo Parlamentario y de sus órganos, a las que fuesen convocados;
b) Ejercer con esmero y eficacia, salvo causa justificada, los cargos internos del Grupo y los camarales, así como las comisiones que les sean encomendadas por el Grupo Parlamentario;
c) Realizar labores de gestoría a favor de sus electores y en general de los grupos que demanden este servicio;
d) Cubrir las cuotas al Partido y otras aportaciones que acuerde el Grupo;
e ) Atender a los ciudadanos y a las organizaciones sociales.
f) Coadyuvar con los trabajos internos del Grupo;
g) Propiciar que la imagen pública del Grupo y sus integrantes sea positiva y prestigie la función camaral y de Partido mostrando conductas y actitudes de honestidad, transparencia y compromiso con la demandas de la sociedad,
h) Informar a la Coordinación del Grupo Parlamentario acerca de toda gestión que realicen ante él personas físicas o morales para promover sus intereses en el proceso legislativo;
i) Las demás que determine la Asamblea General del Grupo Parlamentario.
CAPITULO TERCERO
LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL GRUPO
Artículo 6. Para su funcionamiento interno el Grupo Parlamentario contará con los siguientes órganos:
a) Asamblea General;
b) Coordinación;
c) Vicecoordinaciones;
d) Consejo Consultivo;
e) Conferencia de Directivos de Comisiones; y,
f) Comité de Estudios Legislativos y Comités de Apoyo.
Artículo 7. La Asamblea General se forma por todos los integrantes del Grupo, y se reunirá a convocatoria de la Coordinación o cuando lo soliciten a la misma por lo menos el 40% de los integrantes del Grupo. En este último caso la solicitud se hará por escrito motivado y suscrito por quienes hagan la propuesta, debiendo hacerse constar los temas que proponen para ser tratados por la Asamblea General.
La Asamblea General sesionará válidamente con la asistencia de más de la mitad de sus integrantes en primera convocatoria, la cual deberá hacerse por lo menos con 48 horas de antelación. Excepcionalmente el Coordinador podrá convocar con menos tiempo de antelación cuando se encuentre la Cámara en período de sesiones. Si a la hora señalada para su realización no estuviesen presentes más de la mitad de sus integrantes, en segunda convocatoria, para efectuarse una hora después, sesionará válidamente con el número de diputadas y diputados que se encuentren presentes.
La Asamblea General se ocupará exclusivamente de los temas para los que fue convocada.
Artículo 8. Corresponde a la Asamblea General:
a) Dictar las normas complementarias que sean necesarias para el adecuado funcionamiento del Grupo;
b) Tomar los acuerdos sobre asuntos relevantes que deban ser comunicados al Comité Ejecutivo Nacional del Partido;
c) Fijar la posición del Grupo respecto de votaciones sobre proyectos de reformas o adiciones constitucionales;
d) Elegir al titular de la Coordinación del Grupo Parlamentario cuando falte absolutamente la persona electa en los términos del artículo inmediato siguiente o quien le haya sustituido;
e) Aprobar, a propuesta del Coordinador del Grupo, a quienes deban desempeñar el cargo de Vicecoordinadores;
f) Aprobar, a propuesta de la Coordinación, los nombres de quienes deban ser presentados por el Grupo Parlamentario, como candidatos a Consejero Presidente y Consejeros Electorales del Consejo General del Instituto Federal Electoral, de acuerdo con el artículo 41 constitucional y las disposiciones relativas del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales;
g) Las demás que se deriven de estas normas o de las complementarias que dicte.
Artículo 9.
En las reuniones plenarias se harán del conocimiento del Grupo asuntos de interés para el mismo y a ellas se podrá invitar a funcionarios, dirigentes sociales, académicos o personas de reconocido prestigio en algún campo de actividad determinada, para ilustrar el criterio del Grupo sobre los asuntos que lo requieran. También podrán realizarse deliberaciones con objeto de intercambiar opiniones respecto de asuntos legislativos o políticos, según sea el caso.
Artículo 10. La Coordinación del Grupo Parlamentario es ejercida por uno de sus integrantes, el cual es elegido dentro del mes anterior al inicio del primer período ordinario de sesiones del primer año de ejercicio de la Legislatura, en los términos de la convocatoria expedida para el efecto por el Partido, con base en el artículo 14, apartado 4, inciso e) de la Ley Orgánica del Congreso de la Unión.
Las ausencias temporales del Coordinador serán cubiertas por el Vicecoordinador que el primero determine.
En caso de ausencia absoluta, la sustitución del Coordinador será determinada por la Asamblea General en votación secreta. En primera vuelta se requerirán los votos de las dos terceras partes de los integrantes presentes. De no lograrse dicha mayoría calificada se procederá a una segunda vuelta en la que participarán los dos candidatos que hayan obtenido la votación más alta y la elección se hará por mayoría.
El ejercicio de la Coordinación será por el tiempo que dure la Legislatura.
Artículo 11. Además de las funciones y atribuciones legales y reglamentarias, el titular de la Coordinación del Grupo Parlamentario tendrá las siguientes atribuciones:
a) Representar, para todos los efectos legales, al Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión;
b) Designar, a nombre del Grupo, a quienes deban representarlo en órganos o funciones de la Cámara, cuya designación no esté prevista por otra disposición aplicable;
c) Convocar, elaborar el orden del día y presidir la Asamblea General y el Consejo Consultivo;
d) Proponer a la Asamblea General la designación de Vicecoordinadores, indicando su denominación y funciones;
e) Integrar grupos de diputadas y diputados y personal profesional especializado para la atención de los asuntos que las circunstancias requieran, o para realizar estudios específicos;
f) Dirigir la gestión administrativa del Grupo Parlamentario.
g) Emitir las disposiciones reglamentarias de las presentes normas para el debido funcionamiento del Grupo Parlamentario y realizar las acciones necesarias para el cumplimiento de sus atribuciones, así como para cumplir lo previsto en los Estatutos del Partido, en su carácter de Coordinador de Acción Legislativa;
h) Poner a consideración de la Asamblea el programa de trabajo del Grupo Parlamentario antes de cada período ordinario;
i) Las demás que se deriven de estas normas o de las complementarias que apruebe la Asamblea.
Artículo 12. El Grupo Parlamentario contará con las Vicecoordinaciones que sean necesarias para la organización y desarrollo de las actividades del mismo.
Artículo 13. Los Vicecoordinadores asistirán al Coordinador en las tareas que se desprendan de su propia denominación y en aquellas específicas que el mismo les encomiende.
Artículo 14. El Consejo Consultivo se integrará por el Coordinador del Grupo, los Coordinadores de las diputaciones de las entidades federativas y los Coordinadores de los grupos de diputadas y diputados encuadrados por sectores y organizaciones partidistas o por circunscripción.
En el caso de que una entidad cuente con un solo diputado, éste será integrante del Consejo Consultivo en representación de la misma.
Artículo 15. El Consejo Consultivo se reunirá a convocatoria del Coordinador para desahogar las consultas y sugerencias que sobre cuestiones políticas, le sean planteadas por aquél y, lo auxiliará en la toma de decisiones de interés general de la fracción, así como en la atención de asuntos relacionados con las entidades federativas y con los intereses y demandas de la organización sectorial del partido.
Las diputadas y diputados que tengan interés en alguno de los temas a tratar podrán acudir a las sesiones del Consejo Consultivo.
Artículo 16. El Comité de Estudios Legislativos se integrará por diputadas y diputados con amplia experiencia legislativa o jurídica y serán invitados por la Coordinación para auxiliar a las diputadas y diputados que lo solicitan en la formulación de iniciativas y proyectos de dictámenes, así como para apoyar la elaboración de proyectos de pronunciamientos políticos y puntos de acuerdo, y la emisión de opiniones y recomendaciones diversas.
Artículo 17. La Conferencia de Directivos de Comisiones estará integrada por el Coordinador y las diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario que presidan Comisiones o Comités o sean Secretarios de los mismos y por quienes encabecen a los Grupos de Trabajo. Esta Conferencia se reunirá para reflexionar acerca de temas de interés nacional relacionados con las materias de las comisiones y comités de la Cámara.
Las reuniones de la Conferencia podrán ser plenarias o especializadas, según sea el caso. La Conferencia informará al Grupo sobre los trabajos de las Comisiones y Comités.
Cuanto el trabajo parlamentario y legislativo lo requiera, o lo aconseje el interés de la Fracción, el Coordinador podrá convocar a reuniones con juntas del Consejo Consultivo y la Conferencia, a fin de intercambiar reflexiones, ideas y criterios que coadyuven al mejor desempeño del Grupo.
CAPITULO IV
DE LA ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO LEGISLATIVO
Artículo 18. Para la organización del trabajo legislativo se formarán tantos Grupos de Trabajo como sean necesarios, para distribuir entre ellos los temas que sean necesarios someter a estudio y que complementen el trabajo de los integrantes del Grupo Parlamentario en las Comisiones.
Estos Grupos de Trabajo no tendrán que corresponder necesariamente a las Comisiones existentes en la Cámara y su integración se orientará por los principios de funcionalidad, representatividad y debida organización de las tareas legislativas.
Los Grupos de Trabajo rendirán un informe escrito que contenga conclusiones y recomendaciones sobre líneas de acción para el Grupo Parlamentario.
En la organización del trabajo legislativo participará la Conferencia de Directivos de Comisiones a la que se refiere el artículo 18 de estas normas, según lo requieran las agendas legislativa y política del quehacer parlamentario del Grupo.
Artículo 19. Los Grupos de Trabajo participarán en el análisis de los temas que les correspondan y formularán los pronunciamientos, proyectos y propuestas que deban ser presentados en la Comisión correspondiente de la Cámara por los integrantes del Grupo integrados formalmente a dicha Comisión.
CAPITULO QUINTO
DE LOS ESTIMULOS
Artículo 20. El Grupo Parlamentario contará con un Comité de Estímulos a la Labor Legislativa y Parlamentaria de las diputadas y diputados que lo integran, que se distingan por el cumplimiento de su función representativa, por su gestoría y reivindicaciones populares, por su solidaridad con el Grupo, por el enaltecimiento que con su conducta hagan de la actividad parlamentaria del priísmo, por su participación en los medios de comunicación escrita o electrónica y por su participación singular en eventos que prestigien al Congreso, la Cámara, el Partido y el propio Grupo Parlamentario.
Cada año el Comité dará a conocer las bases para el otorgamiento de los premios y estímulos, las diferentes categorías de los mismos, las formas de postulación de los nominados y la integración de los jurados que discernirán su otorgamiento.
Los integrantes del Comité serán designados por la Asamblea General.
CAPITULO SEXTO
DEL FONDO DE AHORRO
Artículo 21. El Grupo Parlamentario constituirá un fondo de ahorro que se integrará con las aportaciones mensuales de las diputadas y diputados que determine el propio Grupo o la Cámara, en su caso, y su operación estará a cargo de la unidad administrativa que determine el Coordinador.
Artículo 22. La Coordinación establecerá los mecanismos y procedimientos que garanticen la transparencia y eficiencia en el manejo del fondo, determinará las reglas para la obtención de préstamos provenientes del mismo y los métodos de información a las diputadas y diputados sobre el manejo de dicho fondo.
CAPITULO SÉPTIMO
DE LA FUNDACION
Artículo 23. El Grupo Parlamentario constituirá una Fundación, apoyado en la Legislación aplicable a la materia. La Asamblea General determinará, en su caso, los campos de especialización de dicha Fundación, así como las formas más adecuadas para su financiamiento.
CAPITULO OCTAVO
DE LA REFORMA Y ADICION A ESTAS NORMAS
Artículo 24. Para reformar las presentes normas se requerirá la aprobación de las dos terceras partes de los miembros presentes en la Asamblea General, siempre que asistan a la sesión la mayoría absoluta de sus integrantes.
Artículo 25. Las normas complementarias se expedirán por la Asamblea General con la aprobación de la mayoría absoluta de los miembros presentes, siempre que asistan a la sesión la mayoría absoluta de sus integrantes.
TRANSITORIOS
UNICO. Las presentes normas de organización y funcionamiento entrarán en vigor el día de su entrega a la Secretaría General de la Cámara de Diputados y regirán durante el tiempo de ejercicio de la LVIII Legislatura.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de octubre de 2000
GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO ACCION NACIONAL
Acta Constitutiva del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.
En la ciudad de México, Distrito Federal, siendo las doce horas del día primero de septiembre del año dos mil, en las instalaciones del Palacio Legislativo de San Lázaro, conforme a la convocatoria previamente expedida, se reunieron los ciudadanos Diputados electos cuyos nombres y firmas aparecen en la lista que se agrega a la presente acta como apéndice número uno, con el objeto de proceder a la constitución del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, en la Cámara de Diputados de conformidad con lo establecido en el artículo 26 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.
Presidió la Sesión el Licenciado Felipe de Jesús Calderón Hinojosa en su calidad de Coordinador del Grupo Parlamentario, de conformidad con el artículo 2 del Reglamento de Relaciones entre el Partido Acción Nacional y los funcionarios de elección postulados por el PAN, lo cual que se acredita con la copia del oficio en el que consta el nombramiento realizado por el Lic. Luis Felipe Bravo Mena, Presidente del Comité Ejecutivo Nacional del Partido Acción Nacional, documento que se acompaña a la presente acta como apéndice número dos. Asimismo, y fungió como Secretario el Diputado Cuauhtémoc Cardona Benavides, por haber sido designado en este acto por los presentes.
En virtud de encontrarse presente la totalidad de los Diputados electos postulados por el Partido Acción Nacional, parte integrante de la Coalición "Alianza por el Cambio", el Presidente declaró legalmente instalada la Sesión y válidos los acuerdos que en ella se tomen. Acto seguido, el Secretario sometió a consideración de los presentes el siguiente:
Orden del Día
1. Constitución del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.
2. Normatividad para el funcionamiento interno del Grupo Parlamentario de conformidad con los Estatutos Generales del Partido Acción Nacional.
3. Asuntos Generales.
Primero.- Se constituye el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión dentro de la Quincuagésima Octava Legislatura, conforme a lo establecido en el artículo 26 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.
Segundo.- El grupo se rige por el Reglamento de las relaciones entre el Partido Acción Nacional y los funcionarios públicos de elección postulados por el PAN, cuya copia se agrega a la presente acta como apéndice número tres. Las normas contenidas en dicho Reglamento regirán el funcionamiento interno del Grupo Parlamentario.
Tercero.- Se señala como sede del Grupo Parlamentario el Palacio Legislativo de San Lázaro.
Se suspendió momentáneamente la Sesión para la redacción de la presente acta, hecho lo cual fue leída por el Secretario, aprobada por unanimidad de los presentes y firmada por el mismo, dándose por terminada la sesión a las catorce horas del día de su fecha.
Lic. Felipe de Jesús Calderón Hinojosa (rúbrica)
Coordinador del Grupo Parlamentario del PAN
Dip. Cuauhtémoc Cardona Benavides (rúbrica)
Integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional LVIII Legislatura
Aceves Pérez, Jaime; Aguilar Moreno, José Marcos; Aguirre Solís, Roberto; Alamilla Padrón, Celita Trinidad; Alcalde Virgen, Moisés; Alcocer Flores, Juan; Aldana Burgos, Luis Artemio; Alvarado García, Edgar Eduardo Alvarez Bernal, María Elena; Alvarez Bruneliere, Silvia; Alvarez Sotelo, Gumercindo; Anaya Llamas, José Guillermo; Anaya Ochoa, José María Arano Montero, Francisco; Araujo Sánchez, Enoch; Arellanes Cervantes, Fanny; Arnal Palomera, Eduardo; Arnaud Carreño, Pablo de Jesús; Arredondo García, Arcelia; Avila Márquez, Benjamín; Bañales Castro, José; Barrón Romero, Rafael; Blake Mora, José Francisco; Borbón Vilches, Bernardo; Borunda Zaragoza, José Carlos; Botello Montes, José Alfredo; Bravo y Mier, Alfonso Guillermo; Bueno Campos, Roberto Eugenio; Buenrostro Díaz, Gustavo César Jesús; Calderón Hinojosa, Felipe de Jesús; Camacho Galván, Hugo; Campos Quiroz, Nelly; Candiani Galaz, Mauricio Enrique; Cano Cortezano, Juan de la Cruz Alberto; Cantú Torres, Francisco Javier; Cardona Benavides, Cuauhtémoc; Castañeda Pomposo, Javier Julián; Castellanos Ramírez, Julio; Castro y del Valle, Manuel; Cepeda Sierra, Pedro Pablo; Chávez Palacios, María Elena; Chico Goerne, Cobián Francisco J.; Cisneros Gómez, José Abraham; Coronado Olmos, Tomás; Covarrubias Zavala, Raúl; Cuevas Melo, Abel Ignacio; De Silva Ruiz, Francisco de Jesús; Dorador Pérez Gavilán, Rodolfo; Duarte Dávila, Juan Manuel; Dueñas Llerenas, J. Jesús; Enríquez Flores, Armando; Escobedo Zoletto, Neftalí Salvador; Esparza Hernández, Francisco; Espino Barrientos, Manuel de Jesús; Esquivel Martínez, Hilario; Fernández González, Lucio; Flores Chávez, Francisco Javier; Flores Gutiérrez, Carlos Alberto; Funes Díaz, Lionel; Galarza González, Adrián Salvador; Galván Antillón, María Eugenia; García Cabeza de Vaca, Francisco; García Cervantes, Ricardo Francisco; García Flores, Orlando Alfonso; García Gaytan, María del Rocío; García Sepulveda, Sergio; García Velázquez, Raúl; García Zalvidea, Juan Ignacio; Garza Guevara, Jesús Mario; Garza Martínez, Rómulo; Gloria Morales, José Antonio; Goicoechea Luna, Emilio Rafael José; Gómez Mont y Urueta, María Teresa; González Herrera, Roger Antonio; González Reza, Héctor; Gracia Guzmán, Raúl; Grande López, Beatriz Guadalupe; Guadarrama López, Francisco; Gutiérrez Dávila, Francisco Hugo; Gutiérrez Gutiérrez, Alejandro Enrique; Gutiérrez Hernández, Miguel; Gutiérrez Machado, Miguel Angel; Hernández Rojas, Mercedes; Hernández Santillán, Julián; Herrera Avila, Fernando; Hinojosa Aguerrevere, Diego Alonso; Huerta Díaz, Mauro; Hurtado Torres, José de Jesús; Jurado Contreras, Francisco Ezequiel; Lara Rivera, Jorge Alberto; León Castañeda, José Gaudencio; Lizárraga López, Julio César; López Brito, Francisco Salvador; López Escoffie, Silvia América; López Macías, Victoria Ruth Sonia; López Mares, María Guadalupe; López Orduña, Salvador; López Sandoval, José de Jesús; Lozano y Pardinas, José Tomás; Luna Salas, José Carlos; Maldonado Domínguez, Oscar Romeo; Mandujano Ramírez, Juan; Mantilla y González de la Llave, José; Mantilla Martínez, Miguel Angel de J.; Martínez Aldana, Tereso; Martínez Colín, María Cruz; Martínez Cruz, Miguel Angel; Martínez Cue, Fernando J.; Martínez González, Raúl; Martínez Macías, Martha Patricia; Martínez Ramírez, Manuel Braulio; Méndez Alarcón, Héctor; Méndez Herrera, Alba Leonila; Meza de la Rosa, Gregorio Arturo; Minjares Jiménez, José Manuel; Mireles Pérez, Rodrigo David; Monraz Sustaita, César Alejandro; Morales Barragán, Martín Gerardo; Mouriño Terrazo, Juan Camilo; Muciño Pérez, José Benjamín; Nava Vázquez, José César; Navarrete González, Noé; Navarrete Montes de Oca, Tarcisio; Novales Arellano, José Luis; Núñez Murillo, José María Eugenio; Ocampo Velázquez, Rodolfo Guadalupe; Ochoa Patrón, Oscar; Olvera Castillo, Amado; Olvera Nieto, Felipe; Orozco Garza, Manuel Wistano; Orozco Martínez, Rafael; Ortiz Esquivel, Francisco Javier; Pacheco Castañeda, Vicente; Padilla Silva, Clemente; Padres Elías, Guillermo; Pallares Bueno, Carlos; Paniagua Jiménez, Ramón; Pastrana Gómez, Bernardo; Pazos de la Torre, Luis Alberto; Pellegrini Pérez, Germán Arturo; Pérez Cruz, Orestes Eugenio; Pérez Esquer, Marcos; Pérez Noriega, Fernando; Ponce Contreras, Ramón; Ramírez Agama, Rafael; Ramírez Avila, Francisco Raúl; Ramírez Cabrera, Francisco; Ramírez del Valle, Daniel; Ramírez Guzmán, Griselda; Ramírez Núñez, Ulises; Ramírez Sánchez, Rafael; Raymundo Toledo, Carlos; Reyes Oviedo, Mario; Reyes Roel, César Patricio; Ríos Bernal, Jaime Tomás; Rivera Cabello, José María; Rivera Pérez, Adrián; Rivera Pérez, Eduardo; Rodríguez Alvarez, José Mario; Rodríguez Ferrusca, Javier; Rodríguez López, José Roque; Rodríguez Torres, David; Romero Aceves, Rigoberto; Romero Reyna, Valdemar; Sáinz Lozano, Juan Carlos; Salazar Silva, Jaime; Salinas Torre, Armando; San Miguel Cantú, Arturo; Sánchez Nava, Luis Fernando; Sánchez Rodríguez, Alfonso; Sandoval Silvera, Mario; Santibáñez García, Luis Miguel; Saro Boardman, Ernesto; Serrano Peña, Mónica Leticia; Sheffield Padilla, Francisco Ricardo; Solís Alatorre, Martín Hugo; Sondon Saavedra, Víctor Hugo; Sotelo Salgado, Esteban; Soto Gómez, Máximo; Soto Reséndiz, José Ramón; Storsberg Montes, Heidi Gertud; Taboada Contreras, Héctor; Tapia Bahena, María Teresa; Taylor Arthur, Herbert; Tejeda Vázquez, José María; Torres Origel, Ricardo; Torrijos Mendoza, Miguel Angel; Ugalde Cardona, Fernando; Ulloa Vélez, Alonso; Urdapilleta Núñez, Jorge; Usabiaga Arroyo, Javier; Vaca Betancourt Bretón, José Sergio R.; Valenzuela Cabrales, Carlos Alberto; Vázquez Mota, Josefina Eugenia; Velasco Monroy, Felipe; Velasco Ramos, María Isabel; Vicente Díaz, Alfonso; Vidrio Rodríguez, Juvenal; Vilches Mares, Joel; Villa Preciado, Enrique Adolfo; Villarreal Castro, Néstor; Villarreal García, Luis Alberto; Villegas Flores, Carlos Nicolás; Viniegra Orta, Apuleyo; Yoselévitz Fraustro, Samuel; Zapata Perogordo, José Alejandro; Zepeda Berrelleza, Hugo Adriel (rúbricas).
Reglamento de las relaciones entre el Partido Acción Nacional y los funcionarios públicos de elección postulados por el PAN
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Los funcionarios públicos de elección postulados por Acción Nacional desempeñarán sus funciones con honestidad, eficiencia y espíritu de servicio conforme a los Principios de Doctrina, programas de acción política, plataformas del partido y los criterios generales y acuerdos tomados por los órganos estatutarios competentes. Sus relaciones con el partido se regirán conforme a los Estatutos y a este reglamento. Artículo 2. Cuando en un órgano de poder público hubiere varios funcionarios miembros de Acción Nacional constituirán un "grupo". El Presidente del Comité correspondiente designará un coordinador de entre ellos, tomando en cuenta la opinión del grupo y del propio Comité. Cuando el Presidente del Comité figure como funcionario de elección en el grupo, él será el coordinador, salvo que considere conveniente designar a otro miembro del grupo para ocupar tal puesto en los términos arriba descritos.
Cuando en un órgano de poder público hubiere un solo funcionario postulado por el PAN, éste asumirá los derechos y responsabilidades a que se refiere este reglamento, incluido el informe que deberá rendir en forma semestral del desempeño de su función y de la utilización de lo equivalente al fondo del grupo.
Artículo 3. Los grupos celebrarán sesiones ordinarias regularmente en las fechas que así lo acuerden y sesiones extraordinarias cuando sea necesario; estas últimas requerirán de convocatoria previa. Las decisiones se tomarán por mayoría de votos de los asistentes. El coordinador tendrá voto de calidad en caso de empate. Las decisiones obligan a todos los integrantes del grupo.
Artículo 4. Para efectos de este reglamento, el concepto "total de percepciones" comprende el importe total de las cantidades netas que se reciban oficialmente, sea cual fuere la denominación que les dé la entidad pagadora, menos los aguinaldos o gratificaciones anuales que tienen un régimen especial, así como los gastos y viáticos para fines específicos.
Artículo 5. En tanto esté vigente el artículo 49 inciso C del COFIPE o su equivalente, el Comité Ejecutivo Nacional devolverá a los Diputados Federales y Senadores, en el momento en que reciba el financiamiento por este concepto, el 50% de sus aportaciones. El resto del ingreso que el partido reciba por este concepto se ingresará al fondo de la COFIPU y para su aplicación se estará a lo dispuesto por el reglamento correspondiente. De igual forma se procederá con los Diputados Locales y funcionarios municipales en los casos en que su legislación local prevea la subrogación a la que se refiere el mencionado artículo del COFIPE.
Artículo 6. Para los efectos de este reglamento, y en tanto no se modifique la estructura política del Distrito Federal, el Comité Regional y los Comités Directivos Distritales tendrán las mismas facultades y atribuciones que los Comités Directivos Estatales y Municipales respectivamente; en consecuencia, siempre que en el presente reglamento se mencione Comité Directivo Estatal y Comité Directivo Municipal se entenderá Comité Directivo Regional y Comité Directivo Distrital. Asimismo, cuando se refiera a Diputados Locales o Diputación Local se entenderá como representante a la Asamblea o Asamblea de Representantes del Distrito Federal.
CAPITULO II
DE LOS RECURSOS DEL GRUPO
Artículo 7. Cada grupo integrará, de sus recursos propios e institucionales un fondo destinado a cubrir exclusivamente los gastos que se presupuesten.
El remanente que al término de un período quedara será puesto a disposición del grupo siguiente.
Artículo 8. Cada grupo deberá designar de entre sus miembros una Comisión de Vigilancia que supervise el manejo del fondo y revise los informes que el Tesorero deberá presentar al grupo para su análisis y aprobación. Asimismo, presentará un informe para efectos de que se incluya en el que rinda el Coordinador semestralmente.
CAPITULO III
DE LOS COORDINADORES
Artículo 9. El Coordinador deberá estar en comunicación permanente con el Presidente del Comité correspondiente y podrá participar con derecho a voz en las sesiones del Comité.
Artículo 10. Las atribuciones y obligaciones de los Coordinadores son:
a) Organizar al grupo para su mejor desempeño.
b) Encargarse de los asuntos administrativos. Al efecto, nombrará un Tesorero, contratará al personal necesario y cuidará del desempeño del mismo.
c) De acuerdo con los criterios generales del Comité respectivo, establecer comunicación con los Coordinadores o representantes de otros partidos, así como con funcionarios públicos a fin de promover las actividades y resoluciones pertinentes, debiendo mantener una actitud congruente con la orientación ideológica y doctrinaria del partido, sin comprometer ni la independencia del partido ni la de sus miembros.
d) Planear las actividades de grupo, sobre la base de una distribución equitativa de las tareas, sometiéndolas a la aprobación de sus integrantes.
e) Previa consulta con el Presidente de su respectivo Comité, aprobar las comisiones no reglamentarias o viajes al extranjero de los miembros del grupo, así como la propuesta para la designación de integrantes de la Comisión Permanente en el caso de los Legisladores.
f) Presentar ante su respectivo Comité un informe semestral de la labor del grupo en el que se incluya el de la tesorería.
g) Convocar al grupo para llevar a cabo sesiones de trabajo en las que se evaluarán las actividades realizadas, cuyas conclusiones constarán por escrito y se turnarán al Comité respectivo. En el caso de ayuntamientos, dicha evaluación se llevará a cabo en forma periódica, y tratándose de Congresos al término de cada período de sesiones.
h) Al finalizar su gestión, presentar a su respectivo Comité un informe global de la misma y entregar, bajo inventario, los bienes muebles e inmuebles propios del grupo, así como los saldos de los fondos, de acuerdo con los informes financieros.
i) Nombrar cuantas comisiones sean necesarias para el buen desempeño de las funciones del grupo.
j) Vetar, previa consulta con el Presidente del Comité respectivo, los acuerdos y decisiones que considere contrarios a los Principios, plataformas o directrices generales del partido.
CAPITULO IV
DE LAS OBLIGACIONES DE LOS FUNCIONARIOS
Artículo 12. Son obligaciones de los funcionarios de elección:
a) Actuar de manera coordinada con el grupo al que pertenezcan y a falta de éste con el Presidente de su respectivo Comité.
b) Cooperar en las actividades del partido, de preferencia en la entidad de su residencia, de acuerdo con el respectivo Comité y con su Coordinador.
c) Abstenerse de gestionar o aceptar donaciones o favores especiales que impliquen colocarlos en una situación de dependencia que afecte su gestión. Toda percepción al margen de lo oficial y fiscalmente documentada deberá ser analizada y en su caso aprobada por el Comité Directivo Estatal correspondiente o el Comité Ejecutivo Nacional en su caso.
d) Contribuir económicamente al sostenimiento del partido en los términos de este reglamento. El Comité respectivo establecerá el mecanismo que garantice la recaudación oportuna de las cuotas.
e) Solicitar la autorización previa del coordinador para hacer viajes al extranjero o aceptar comisiones no reglamentarias.
f) Informar, en coordinación con los Comités respectivos, de sus actividades y gestiones a los ciudadanos de su jurisdicción, por lo menos una vez al año.
g) Asistir puntualmente a las juntas de trabajo, así como a los cursos, seminarios o eventos similares a que sean citados por la Coordinación o por los Comités respectivos.
CAPITULO V
DE LOS GOBERNADORES
Artículo 13. Los Gobernadores mantendrán su relación con el Partido Acción Nacional a través de los Presidentes del Comité Directivo Estatal y del Comité Ejecutivo Nacional en los términos del artículo primero.
Artículo 14. Los Gobernadores asistirán a las reuniones del partido que se les invite, en la medida que no interfieran con las funciones propias de su cargo.
Artículo 15. Las cuotas con que los Gobernadores contribuirán al sostenimiento del partido serán acordadas en cada caso con el Presidente del Comité Ejecutivo Nacional.
CAPITULO VI
DE LOS DIPUTADOS FEDERALES Y SENADORES
Artículo 16. Los Legisladores Federales estarán vinculados al Comité Ejecutivo Nacional y a su Presidente en los términos de los Estatutos y del artículo primero de este reglamento, a través de su Coordinador.
Artículo 17. Los funcionarios a los que se refiere este capítulo deberán mantenerse en contacto con la organización del partido en su entidad y participar en los planes de trabajo. En el supuesto de que en una misma entidad federativa residieran varios legisladores, el Presidente del Comité Directivo Estatal podrá designar a uno de ellos para que sirva de enlace entre los Diputados de esa entidad.
Artículo 18. Los Diputados Federales y Senadores contribuirán al sostenimiento del partido con una cuota del 15% sobre el total de sus percepciones mensuales.
Artículo 19. Las cuotas a que se refiere el artículo anterior, serán distribuidas de la siguiente manera:
a) Al fondo del grupo: 15%
b) Al Comité Municipal cabecera del distrito por el que haya sido electo el diputado: 20%
c) Al Comité Estatal: 30%
d) Al Comité Ejecutivo Nacional: 35%
Artículo 20. Al finalizar cada período ordinario de sesiones la Diputación y los Senadores harán, por escrito, una evaluación de las actividades legislativas.
CAPITULO VII
DE LOS DIPUTADOS LOCALES
Artículo 21. Los Diputados Locales estarán vinculados al Comité Directivo Estatal y a su Presidente en los términos de los Estatutos y del artículo primero de este reglamento, a través de su Coordinador.
Artículo 22. Funcionará una Coordinación Nacional de Diputados Locales que tendrá por objeto contribuir a la mejor comunicación y capacitación de los Diputados. La Coordinación Nacional de Diputados Locales estará integrada por un Coordinador y cinco Subcoordinadores.
El Coordinador Nacional será designado por el Presidente del CEN, tomando en cuenta la opinión de los Diputados Locales. Los Subcoordinadores serán nombrados por el Coordinador Nacional a propuesta de los Diputados Locales. La duración de sus respectivos cargos será de un año, con la posibilidad de ser reelectos por un año más.
Artículo 23. La Coordinación Nacional tiene como atribuciones y obligaciones las siguientes:
a) Facilitar la transmisión de experiencias, prestación de asesorías y todo tipo de apoyos para el mejor desempeño del trabajo legislativo de los grupos parlamentarios locales.
b) Convocar con la debida anticipación a las Reuniones Ordinarias Nacionales de Diputados Locales que se llevarán a cabo de manera semestral.
c) Convocar a reuniones extraordinarias cuando así lo considere pertinente.
d) Presentar un informe al final de su gestión, el cual contendrá las actividades realizadas y un reporte financiero.
e) Encargarse de los asuntos administrativos, contratar el personal necesario y cuidar el desempeño del mismo.
f) Mantener actualizado el directorio de Diputados y darle una adecuada difusión.
g) Promover la distribución de un órgano informativo, con objeto de mantener una adecuada comunicación entre los Diputados Locales.
A los Diputados Locales cuyo lugar de residencia esté muy alejado de la capital de la entidad federativa de que se trate y esto los obligue a pernoctar en la capital durante los períodos de sesiones, la cuota a que se refiere el primer párrafo de este artículo les será reducida al l 3% durante los períodos de sesiones.
El total de las aportaciones mensuales de los Diputados Locales postulados por el partido, será distribuido de la siguiente manera:
18% 13%
FONDO DEL GRUPO 3.6% 2.6%
COMITE DIRECTIVO MUNICIPAL 5.4% 3.9%
COMITE DIRECTIVO ESTATAL 5.4% 3.9%
COMITE EJECUTIVO NACIONAL 3.6% 2.6%
10% DE GRATIFICACIONES O AGUINALDO 100% AL CDE.
En el caso de los Diputados electos por el principio de representación proporcional el porcentaje de la cuota destinado al CDM lo recibirá el CDE.
Artículo 25. Al finalizar cada período ordinario de sesiones la Diputación Local hará, por escrito, una evaluación de las actividades legislativas.
CAPITULO VIII
DE LOS FUNCIONARIOS MUNICIPALES
Artículo 26. Para el cumplimiento de lo establecido en el artículo primero, los Presidentes Municipales estarán vinculados al Presidente del Comité Directivo Estatal y, en su caso, por decisión de éste, también al Presidente del respectivo Comité Directivo Municipal. Los demás integrantes del ayuntamiento se vincularán con el Comité Directivo Municipal correspondiente y su Presidente a través de su Coordinador.
Artículo 27. Los funcionarios municipales de elección postulados por Acción Nacional, están obligados a:
a) Acudir en consulta a su respectivo Comité Estatal o Municipal para tomar las decisiones que en el desempeño de su cargo puedan afectar al partido o a su imagen.
b) Procurar la celebración de reuniones preparatorias de Cabildo.
c) Mantener contacto con el Coordinador Estatal de Funcionarios Municipales, o en su defecto directamente con el Presidente del partido en el estado.
d) Programar su asistencia a las reuniones del partido que convengan a su cargo y a los fines del partido, de acuerdo con el Presidente del Comité correspondiente.
e) Cooperar en las actividades del partido, sin involucrar ni comprometer al personal ni los recursos del gobierno municipal.
Para el caso de percepciones que se reciban como aguinaldo o gratificación anual, la tasa que se aplicará será únicamente del 10%. El total de las aportaciones será distribuido de la siguiente manera:
Fondo del Cuerpo Colegiado: 3%
Comité Directivo Municipal: 9%
Comité Directivo Estatal: 1.5%
Comité Ejecutivo Nacional: 1.5%
10% de gratificación o aguinaldo 100% al CDM.
TRANSITORIOS
(Reforma del 1 de agosto de 1997)
UNICO. Las reformas a los artículos 18 y 19 del presente reglamento, aprobadas por el Comité Ejecutivo Nacional en sesión ordinaria del 1 de agosto de 1997, entrarán en vigor a partir del mes de septiembre del mismo año.
GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA
ACTA DE CONSTITUCION DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA DE LA LVIII LEGISLATURA DE LA CAMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNION
En la Ciudad de México, Distrito Federal a los cuatro días del mes de agosto del año 2000, estando reunidos los suscritos Diputados electos a la LVIII Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 párrafo tercero incisos a), b) y c) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, con esta fecha hemos acordado lo siguiente:
1º De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26, párrafo tercero, inciso a) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, los suscritos hemos decidido constituirnos en el Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LVIII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, por lo que remitimos como anexo 1 la lista de los integrantes del mismo.
2º Asimismo, y de conformidad con el artículo 26, párrafo tercero inciso b) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, los suscritos adjuntamos al presente como anexo número 2, el Reglamento del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LVIII Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.
3º Según lo dispuesto en el artículo 26, párrafo tercero inciso c) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, acordamos designar al C. Dip. Martí Batres Guadarrama Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LVIII Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión y a los Diputados que se mencionan en el anexo 3 en los cargos de dirección que se señalan.
Diputados: Martí Batres Guadarrama, Rubén Aguirre Ponce, Lorenzo Rafael Hernández Estrada, Ricardo Moreno Bastida, Félix Salgado Macedonio, María de los Angeles Sánchez Lira, Emilio Ulluoa Pérez, Arturo Herviz Reyes, Alfredo Hernández Raigosa, Esteban Daniel Martínez Enriquez, Miguel Bortolini Castillo, Víctor Hugo Cirigo Vázquez, José Delfino Garcés Martínez, Elías Martínez Rufino, David Augusto Sotelo Rosas, Alejandro Gómez Olvera, Raquel Cortés López, José Antonio Magallanes Rodríguez, Ramón León Morales, Petra Santos Ortiz, Gregorio Urías German, Tomas Torres Mercado, Hortencia Aragón Castillo, Luis Herrera Jiménez, Genoveva Domínguez Rodríguez, Uuc Kib Espadas Ancona, Auldárico Hernández Gerónimo, Norma Reyes Teran, Héctor Sánchez López, Erick Villanueva Mukul, Luis Miguel Jeronimo Barbosa Huerta, Alejandra Barrales Magdaleno, María Miroslava García Suárez, Francisca Patiño Cardona, María del Rosario Tapia Medina, Rodrigo Carrillo Pérez, Manuel Duarte Ramírez, Silvano Aureoles Conejo, Mario Cruz Andrade, Rafael Servín Maldonado, Sergio Acosta Salazar, José de Jesús Garibay García, Cuauhtémoc Rafael Montero Esquivel, Rogaciano Morales Reyes, Adela del Carmen Graniel Campos, Rosalinda López Hernández, Bonifacio Castillo Cruz, Pedro Miguel Rosaldo Salazar, Alfonso Oliverio Elías Cardona, Magdalena del Socorro Núñez Monreal, Martha Angélica Bernardino Rojas (rúbricas).
ANEXO 1
Relación de Diputados que forman el Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LVIII Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.
1 . Dip. Sergio Acosta Salazar.
2. Dip. Rubén Aguirre Ponce.
3. Dip. Hortencia Aragón Castillo.
4. Dip. Silvano Aureoles Conejo.
5. Dip. Luis Miguel Jeronimo Barbosa Huerta.
6. Dip. Alejandra Barrales Magdaleno.
7. Dip. Martí Batres Guadarrama.
8. Dip. Martha Angélica Bernardino Rojas.
9. Dip. Miguel Bortolini Castillo.
10. Dip. Rodrigo Carrillo Pérez.
11. Dip. Bonifacio Castillo Cruz.
12. Dip. Víctor Hugo Cirigo Vázquez.
13. Dip. Raquel Cortés López.
14. Dip. Mario Cruz Andrade.
15. Dip. Genoveva Domínguez Rodríguez.
16. Dip. Manuel Duarte Ramírez.
17. Dip. Alfonso Oliverio Elías Cardona.
18. Dip. Uuc Kib Espadas Ancona.
19. Dip. José Delfino Garcés Martínez.
20. Dip. María Miroslava García Suárez.
21. Dip. José de Jesús Garibay García.
22. Dip. Alejandro Gómez Olvera.
23. Dip. Adela del Carmen Graniel Campos.
24. Dip. Lorenzo Rafael Hernández Estrada.
25. Dip. Auidarico Hernández Gerónimo.
26. Dip. Alfredo Hernández Raigosa.
27. Dip. Luis Herrera Jiménez.
28. Dip. Arturo Herviz Reyes.
29. Dip. Ramón León Morales.
30. Dip. Rosalinda López Hernández.
31. Dip. José Antonio Magallanes Rodríguez.
32. Dip. Esteban Daniel Martínez Enriquez.
33. Dip. Elías Martínez Rufino.
34. Dip. Cuauhtémoc Rafael Montero Esquivel.
35. Dip. Rogaciano Morales Reyes.
36. Dip. Ricardo Moreno Bastida.
37. Dip. Magdalena del Socorro Núñez Monreal.
38. Dip. Francisca Patiño Cardona.
39. Dip. Norma Reyes Teran.
40. Dip. Pedro Miguel Rosaldo Salazar.
41. Dip. Félix Salgado Macedonio.
42. Dip. María de los Angeles Sánchez Lira.
43. Dip. Héctor Sánchez López.
44. Dip. Petra Santos Ortiz.
45. Dip. Rafael Servín Maldonado.
46. Dip. David Augusto Sotelo Rosas.
47. Dip. María del Rosario Tapia Medina.
48. Dip. Tomas Torres Mercado.
49. Dip. Emilio Ulluoa Pérez.
50. Dip. Gregorio Urías German.
51. Dip. Erick Villanueva Mukul
ANEXO 2
REGLAMENTO DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA
EN LA CAMARA DE DIPUTADOS DEL CONGRESO DE LA UNION.
CAPITULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.-
El Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la Cámara de Diputados se constituye de acuerdo con el artículo 70 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 26 de la Ley Orgánica del Congreso General.
Artículo 2.-
El Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática se integrará con los diputados miembros de dicho partido, con aquellos que, sin serlo, fueron candidatos del mismo y con quienes, a solicitud propia y por acuerdo mayoritario de la Asamblea del Grupo Parlamentario, ingresen a éste.
Artículo 3.-
Los miembros del Grupo Parlamentario tienen los derechos y obligaciones que señala la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Orgánica y el Reglamento del Congreso General, la Ley Federal del Responsabilidades de los Servidores Públicos, así como el Estatuto del Partido y el presente ordenamiento.
Artículo 4.-
El presente reglamento es de observancia obligatoria para los miembros de Grupo Parlamentario.
CAPITULO SEGUNDO
DEL PLENO DEL GRUPO
Artículo 5.-
El pleno del Grupo es la máxima instancia de discusión y resolución. Se reunirá una vez al mes ordinariamente y extraordinariamente cuando así sea convocado por acuerdo de la Mesa Directiva o de, por lo menos, treinta por ciento de los diputados del Grupo. Las sesiones estarán reservadas a los miembros del Grupo. No obstante, la Mesa Directiva, o los miembros del Grupo a través de esta, podrán invitar a quienes consideren puedan auxiliar el desarrollo de algún punto del orden del día.
Artículo 6.-
El pleno será conducto por el presidente de debates del pleno o, en su ausencia, por un miembro del Grupo nombrado en el pleno respectivo. Los acuerdos se tomarán por mayoría de votos de los presentes. El quórum se integrará con la presencia de más de la mitad de los integrantes del Grupo, en primera convocatoria, o por treinta por ciento de los mismos, en segunda convocatoria. El pleno deberá ser convocado por escrito, acusando de recibo los diputados con 48 horas de antelación por lo menos, señalando orden del día, fecha, hora y lugar de realización. En casos de urgencia a juicio de la Mesa Directiva. Se hará de manera inmediata.
Artículo 7.-
Son atribuciones del pleno:
a) Elegir y remover a los integrantes de la Mesa Directiva de la Comisión de Vigilancia de la Administración Interna y de la Comisión Jurisdiccional;
b) Aprobar el plan de trabajo anual del Grupo y el programa legislativo, así como, en su caso, las propuestas e informes de la Mesa Directiva;
c) Evaluar, en el último pleno ordinario de cada año legislativo, la labor de los integrantes de la Mesa Directiva y de presidentes y secretarios del Grupo en comisiones y comités;
d) Aprobar, a propuesta de las reuniones generales de área la posición del grupo ante las iniciativas de ley o decreto de sus propios integrantes y de las que sean presentadas en nombre del Grupo;
e) Aprobar, a propuesta de las reuniones generales de área, la posición del Grupo frente a las iniciativas del Ejecutivo y de otros grupos parlamentarios, diputados o legislaturas locales;
f) Aprobar, en el mes de octubre, el proyecto de presupuesto anual del Grupo para la Cámara, y en el mes de enero, el presupuesto desglosado del Grupo;
g) Recibir el informe financiero anual del Grupo dentro de los treinta días siguientes al 31 de diciembre de cada año. La recepción del informe financiero del tercer año de la legislatura se realizará antes del 31 de julio;
h) Aprobar, en los treinta días posteriores a la presentación del informe financiero anual, el dictamen de la Comisión de Vigilancia de la Administración Interna del Grupo;
i) Elegir a sus representantes ante la Comisión Permanente del Congreso;
j) Elegir a sus representantes ante la Mesa Directiva de la Cámara;
k) Elegir y remover a los miembros de las juntas directivas así como a los integrantes de los comités y comisiones de la Cámara que correspondan al Grupo;
l) Elegir a los miembros del Consejo General del Instituto Federal Electoral que correspondan al Grupo;
m) Elegir a los miembros del Consejo Nacional del partido que correspondan al Grupo de acuerdo con el Estatuto. Esta elección será secreta y sólo tomarán parte los miembros del partido con afiliación vigente, de acuerdo con el procedimiento que al efecto se establezca previamente:
n) Aprobar los dictámenes de la Comisión Jurisdiccional;
ñ) Aprobar cuotas extraordinarias del Grupo, o de sus miembros, para la atención de un problema urgente;
o) Aprobar el nombramiento o remoción del oficial mayor y del tesorero del Grupo;
p) Elegir al coordinador de Comunicación Social;
q) Garantizar que, en la integración de representaciones del Grupo, ningún genero exceda el setenta por ciento; y
r) Las demás que se deriven del presente Reglamento y del Estatuto del Partido.
Artículo 8.-
Las discusiones en el pleno se ajustarán a las siguientes reglas.
a) La mesa Directiva presentará un proyecto de orden del día, mismo que será puesto a consideración del pleno a su inicio;
b) Los asuntos a discutir se presentarán por escrito, debiendo incluir propuestas;
c) Los asuntos se discutirán sucesivamente en lo general y en lo particular;
d) La discusión en lo general se realizará mediante dos listas de oradores en contra y a favor. Después de que hayan hecho uso de la palabra dos oradores en cada sentido, hasta por cinco minutos cada uno, se preguntará si el asunto está suficientemente discutido. En caso de negativa se continuará la discusión con la misma regla; en caso de afirmativa se procederá a la votación;
e) La discusión en lo particular se realizará solamente sobre aquellos puntos que hayan sido reservados antes de la votación en lo general. Para cada punto podrán hablar hasta dos oradores a favor y dos en contra, hasta por cinco minutos cada uno, después de lo cual se procederá a preguntar si se encuentra suficientemente discutido; si no es así, se abrirá una nueva ronda en contra y a favor, hasta que el pleno opine que se encuentra suficientemente discutido, y se procederá a votar;
f) Cuando se presente propuesta de alternativa por escrito, intervendrán sucesivamente un orador por cada proyecto, luego de lo cual se formulará una lista de oradores a favor de cada propuesta y otra para los oradores en contra. Después de que hayan intervenido dos oradores de cada una las listas, hasta por cinco minutos cada uno, se preguntará si el asunto está suficientemente discutido, si no es así, se abrirá una nueva ronda, hasta que el pleno opine que se encuentra suficientemente discutido, y se procederá a votar cada una de las propuestas;
g) Los miembros del Grupo tendrán derecho a hablar, hasta por tres minutos, para responder alusiones personales, inmediatamente después del orador que las haga. Quien haya hecho la alusión no podrá responder de inmediato si es aludido;
h) Las sesiones del pleno durarán, cuando más, el tiempo para que fueron convocadas, a menos que sean prorrogadas por acuerdo mayoritario. Ninguna discusión podrá suspender son el acuerdo del pleno; y
i) El tiempo de las intervenciones, así como el formato de discusión, podrá ser modificados por el pleno, de acuerdo con la naturaleza e importancia del asunto a debate.
CAPITULO TERCERO
DE LA MESA DIRECTIVA
Artículo 9.-
La Mesa Directiva del Grupo Parlamentario se integra con quince diputados, elegidos por el pleno a través de voto secreto, y se compone de un coordinador general, un vicepresidente de debates del pleno y doce coordinadores de las siguientes áreas: Administración Interior, Comunicación Social, Desarrollo Económico, Desarrollo y Medio Ambiente, Equidad Social, Finanzas Públicas, Integración Parlamentaria, Justicia y Seguridad, Política Interior, Política Social, Proceso Legislativo y Relaciones Internacionales.
Artículo 10.-
En la primera sesión del Grupo, convocada por el Comité Ejecutivo Nacional del Partido, se discutirán los lineamientos para la integración y funcionamiento del Grupo y se procederá, si hubiere acuerdo del pleno a elegir al Coordinador General y al Vicecoordinador General, mediante votaciones sucesivas de carácter secreto y en cédulas.
Artículo 11.-
Las elecciones de los miembros restantes de la Mesa Directiva se realizarán después de aprobarse, si las reformas al presente Reglamento. Este proceso comicial se llevará a cabo mediante cédulas, una para cada cargo, en urnas separadas.
Artículo 12.-
Los miembros del Grupo son elegibles para cualquier cargo. Los candidatos podrán nombrar a un representante ante las mesas receptoras. En caso de candidaturas únicas, no se llevará a cabo la votación correspondiente y será declarado elegido el candidato único.
Artículo 13.-
En el primer pleno del Grupo de cada año de la legislatura, se somete al pleno la ratificación o remoción de cada uno de los integrantes de la Mesa Directiva,
En caso de aprobarse por mayoría de votos alguna remoción, se procederá a la elección respectiva. La remoción del coordinador general procederá con la aprobación de las dos terceras partes de los diputados miembros del Grupo, ante lo cual se incluirá la elección en el orden del día del pleno inmediato posterior.
Artículo 14.-
Ningún diputado podrá pertenecer simultáneamente a la Mesa Directiva del Grupo y una Junta Directiva de comisión ordinaria o especial de la Cámara quién se encuentre en esta situación deberá optar de inmediato por un solo puesto, excepto los integrantes de la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política.
Artículo 15.-
La Mesa Directiva del Grupo se reunirá, al menos, una vez por semana y tomará decisiones por mayoría de sus integrantes. La Mesa Directiva de comisión ordinaria o especial de la Cámara; quien se encuentre en esta situación deberá de inmediato por un solo puesto, excepto los integrantes de la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política.
Artículo 16.-
Son funciones de la Mesa Directiva:
a) Coordinar las actividades del Grupo y dirigir los aparatos administrativos y de apoyo.
b) Conducir las negociaciones con los otros grupos parlamentarios de la Cámara, en el marco de la línea aprobada por el pleno y las reuniones generales de área del Grupo;
c) Aplicar la política de alianzas determinada por el Grupo, con base en los lineamientos aprobados por el Consejo Nacional y en coordinación con el Comité Ejecutivo Nacional del Partido;
d) Elaborar y presentar los proyectos de programa legislativo, presupuestos, estados financieros y demás informes que deba someter a la aprobación del pleno conforme a este reglamento;
e) Coordinar el trabajo de los miembros del Grupo en las comisiones y comités de la Cámara;
f) Nombrar a los representantes del Grupo ante reuniones y actos, nacionales e internacionales, de acuerdo con los lineamientos que al respecto elabore y someta a la aprobación del pleno;
g) Convocar, cuando lo considere conveniente, a reuniones de portavoces del Grupo;
h) Cuando no sea posible convocar al pleno, nombrar a los integrantes de las comisiones de protocolo que le correspondan al Grupo, y convocar a los miembros de las comisiones correspondientes para el nombramiento de los integrantes de las comisiones especiales y de investigaciones afines;
i) Decidir a solicitud de los miembros de alguna comisión o área, sobre los proyectos que deban encomendarse a asesores externos;
j) Presentar al pleno, para su aprobación, las propuestas de oficial mayor y tesorero. Nombrar al secretario técnico de la Mesa Directiva;
k) Remover a los miembros de la asesoría y los aparatos administrativos del Grupo, cuando así lo decida o por resolución del pleno;
l) Aprobar los lineamientos de salarios, tabulador, funciones, capacitación, distribución y honorarios del personal y prestatarios al pleno. Previamente la Mesa Directiva sesionará con los trabajadores para conocer sus puntos de vista;
m) Aplicar y vigilar que se apliquen los acuerdos del pleno y de las reuniones generales de área, de portavoces y de las coordinaciones regionales del Grupo en lo que a cada instancia competa;
n) Elaborar el informe que debe presentar el Grupo en cada sesión ordinaria del Consejo Nacional del Partido;
o) Elaborar y organizar la presentación ante los medios de comunicación del informe general anual de labores y financiero del Grupo;
p) Estar presente y apoyar la realización del pleno; y
q) Las demás que establezcan el presente Reglamento y los acuerdos del pleno del Grupo.
Artículo 17.-
Son funciones del Coordinador General:
a) Las señaladas en la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos;
b) Convocar y conducir las reuniones de la Mesa Directiva, de acuerdo con este Reglamento;
c) Aplicar y vigilar la aplicación de los acuerdos del pleno y de la Mesa Directiva del Grupo;
d) Coordinar con el auxilio de la Mesa Directiva, la actividad de los diputados en el curso de las sesiones plenarias de la Cámara.
e) Fungir el vínculo de relación del Grupo con los coordinadores de los otros grupos parlamentarios de la Cámara;
f) Coordinarse con el Comité Ejecutivo Nacional del Partido;
g) Fungir como portavoz del Grupo Parlamentario, con el apoyo del coordinador de Comunicación Social;
h) Presentar un informe de actividades del Grupo en cada sesión ordinaria del Consejo Nacional del Partido;
i) Presentar al pleno del Grupo un informe de actividades semestralmente: y
j) Las demás que establezca el presente Reglamento y los acuerdos del pleno del Grupo.
Artículo 18.-
Son funciones del Vicecoodinador General:
a) Sustituir al Coordinador General en sus ausencias temporales;
b) Auxiliar el Coordinador General en el cumplimiento de sus funciones;
c) Presentar el pleno del Grupo un informe de sus actividades semestralmente, y
d) Las demás que establezcan el presente Reglamento y los acuerdos de la Mesa Directiva y en el pleno.
Artículo 19.-
Las áreas se conformarán por el coordinador responsable de cada una de ellas, los diputados y diputadas del Grupo miembros de las comisiones y comités de la Cámara respectivas y de las áreas internas de trabajo del Grupo que les correspondan.
Las áreas articularán el trabajo de los diputados del Grupo en los comités y comisiones de la Cámara y de las áreas internas de trabajo, para lo cual asumirán las funciones señaladas en el presente Reglamento y las que les encomiende el pleno o la Mesa Directiva en el uso de sus atribuciones. Corresponderá a cada área la articulación del trabajo de las siguientes áreas internas, comisiones y comités:
I.- Area de Administración Interior:
1.- Comité de Administración.
2.- Tesorería del Grupo.
3.- Administración del Grupo.
II.- Area de Comunicación Social:
1.- Comité de Comunicación Social.
2.- Comisión de Radio, Televisión y Cinematografía.
3.- Dirección de Comunicación Social del Grupo.
III.- Area de Desarrollo Económico.
1.- Comisión de Artesanías.
2.- Comisión de Comercio.
3.- Comisión de Ciencia y Tecnología.
4.- Comisión de Comunicaciones y Transportes.
5.- Comisión de Fomento Cooperativo.
6.- Comisión de Patrimonio y Fomento Industrial.
7.- Comisión de Reforma Agraria.
8.- Comisión de Turismo.
IV.- Área de Desarrollo y Medio Ambiente:
1.- Comisión de Agricultura.
2.- Comisión de Asuntos Hidráulicos.
3.- Comisión de Bosques y Selvas.
4.- Comisión de Desarrollo Regional y Apoyo a la Producción.
5.- Comisión de Ecología y Medio Ambiente.
6.- Comisión de Ganadería.
7.- Comisión de Pesca.
V.- Area de Equidad Social:
1.- Comisión de Asuntos de la Juventud.
2.- Comisión de Asuntos Indígenas.
3.- Comisión de Atención y Apoyo a Discapacitados.
4.- Comisión de Equidad entre los Géneros.
5.- Comisión de Pensionados y Jubilados.
VI.- Area de Finanzas Públicas.
1.- Comisión de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública.
2.- Comisión de Hacienda y Crédito Público.
3.- Comisión de Vigilancia de la Contaduría Mayor de Hacienda.
4.- Comisión de Energéticos.
VII.- Area de Integración Parlamentaria:
1.- Comisión de Información, Gestoría y Quejas de la Cámara.
2.- Comisión de Participación Ciudadana.
3.- Relaciones Internas del Grupo.
4.- Atención Ciudadana del Grupo.
5.- Relaciones Legislativas.
6.- Coordinaciones Estatales y Regionales de los Diputados del Grupo.
VII.- Area de Política Interior:
1.- Comisión de Concordancia y Pacificación.
2.- Comisión del Distrito Federal.
3.- Comisión de Fortalecimiento del Federalismo.
4.- Comisión de Fortalecimiento Municipal.
5.- Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.
6.- Comisión de Población y Desarrollo.
7.- Comisión de Protección Civil.
IX- Area de Política Social:
1.- Comisión de Asentamientos Humanos y Obras Públicas.
2.- Comisión de Cultura.
3.- Comisión de Deporte.
4.- Comisión de Desarrollo Social.
5.- Comisión de Distribución y Manejo de Bienes de Consumo y Servicios.
6.- Comisión de Educación.
7.- Comisión de Salud,
8.- Comisión de Seguridad Social.
9.- Comisión de Trabajo y Previsión Social.
10.- Comisión de Vivienda.
X.- Area de Proceso Legislativo:
1.- Comité de Asuntos Editoriales.
2.- Comité de Biblioteca e Informática.
3.- Comité de Estudios Legislativos.
4.- Instituto de Investigaciones Legislativas.
5.- Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.
6.- Comisión de Corrección de Estilo.
7.- Asesoría Parlamentaria del Grupo.
8.- Capacitación de los Miembros del Grupo.
XI.- Area de Relaciones Internacionales:
1.- Comisión de Relaciones Exteriores.
2.- Comisión de Asuntos Fronterizos.
3.- Comisión de Asuntos de la Frontera Sur.
4.- Representaciones en el Extranjero.
5.- Representaciones ante los Parlamentos Internacionales
XII.- Área de Seguridad y Justicia:
1.- Comisión de Defensa Nacional.
2.- Comisión de Derechos Humanos.
3.- Comisión Jurisdiccional.
4.- Comisión de Justicia.
5.- Comisión de Marina.
6.- Comisión de Seguridad Pública.
Artículo 20.-
El coordinador de Administración Interior tendrá las siguientes funciones:
a) Dirigir las áreas administrativas del Grupo, con base en los lineamientos que determinarán los salarlos, tabulador, funciones, capacitación y honorarios del personal;
b) Elaborar el anteproyecto de presupuesto anual del Grupo y someterlo a la aprobación de la Mesa Directiva. Este deberá contener desglosadas las partidas destinadas a pagado de personal y sueldos, por cada una de las áreas, así como los gastos previstos para actividades y capacitación del Grupo;
c) Elaborar los informes financieros del Grupo y someterlos a aprobación de la Mesa Directiva;
d) Organizar la cotización ordinaria al Partido de los miembros del grupo afiliados y enviarla a la Oficialía Mayor del Comité Ejecutivo Nacional
e) Proporcionar la información precisa que le requiera la Comisión de Vigilancia de la Administración Interna;
f) Coordinar el trabajo de los diputados del grupo en el Comité de Administración de la Cámara y en todos los asuntos administrativos y de tesorería de la misma,
g) Cubrir los requerimientos administrativos del Grupo, con base en los lineamientos que sobre asignación de boletos de avión, viáticos y prestación de servicios apruebe el pleno;
h) Convocar a reunión general de área para hacer la evaluación anual del trabajo de los miembros del Grupo que no formen parte de juntas directivas de comisiones y comités de la Cámara;
i) Coordinarse y apoyarse en sus funciones con la Mesa Directiva; y
j) Las demás que establezcan el presente Reglamento y los acuerdos del pleno del Grupo.
Artículo 21.-
El coordinador de Comunicación Social tendrá las siguientes funciones:
a) Coordinar las labores legislativas y políticas de los diputados miembros del Grupo en las comisiones de la Cámara que le corresponda, por medio de reuniones generales de área;
b) Presentar, para su aprobación en el pleno, los lineamientos a que se sujetará la política de comunicación del Grupo:
c) Planificar, de común acuerdo con la Mesa Directiva, las actividades de comunicación social del Grupo;
d) Apoyar al portavoz del Grupo Parlamentario en cada materia;
e) Supervisar las tareas de la Dirección de Comunicación Social del Grupo;
f) Establecer las relaciones necesarias con el área de Comunicación Social de la Cámara;
g) Convocar a reunión general de área para hacer la evaluación anual del trabajo de los miembros del Grupo que no formen parte de las juntas directivas de comisiones y comités de la Cámara;
h) Presentar semestralmente al pleno un informe de actividades del área; y
i) Las demás que establezcan el presente Reglamento y los acuerdos del pleno del Grupo.
Artículo 22.-
Los coordinadores de Desarrollo Económico, Desarrollo y Medio Ambiente, Equidad Social, Finanzas Públicas, Política Interior, Política Social, y Seguridad y Justicia tendrán las siguientes funciones:
a) Coordinar el trabajo legislativo y político de los diputados del Grupo en las comisiones ordinarias, especiales y de investigación que les correspondan,
b) Organizar la elaboración y presentación de las iniciativas legislativas del Grupo y sus integrantes, así como de sus posiciones ante aquellas provenientes del Ejecutivo y de otros grupos parlamentarios o diputados,
c) Dirigir el trabajo de asesoría del área, con base en el plan de trabajo aprobado en reunión general del área;
d) Convocar a reunión general de área por lo menos una vez al mes, y de portavoces del Grupo ante las comisiones que les correspondan cuando lo consideren necesario,
e) Coordinar la estrategia para el debate del pleno de la cámara, respecto de los dictámenes provenientes de las comisiones que les correspondan, con los integrantes de éstas;
f) Subdividir las reuniones generales de área por materias afines, cuando lo consideren necesario;
g) Convocar a reunión general de área para hacer la evaluación anual del trabajo de los miembros del Grupo que no formen parte de juntas directivas de comisiones y comités de la Cámara;
h) Presentar semestralmente al pleno un informe de labores del área;
i) Coordinarse y apoyarse en sus funciones con la Mesa Directiva, y
j) Las demás que establezcan el presente Reglamento y los acuerdos del pleno del Grupo.
Artículo 23.-
El coordinador de integración Parlamentaria tendrá las siguientes funciones:
a) Coordinar las labores legislativas y políticas de los diputados miembros del Grupo en la Comisión de Información, Gestoría y Quejas;
b) Promover y coordinar la participación de los diputados del Grupo en las tareas de atención ciudadana, iniciativas populares, gestoría y quejas junto con los integrantes de la Comisión;
c) Promover y coordinar las relaciones del Grupo con movimientos y organizaciones sociales, civiles y políticos, así como las gestiones para la solución de problemas que se planteen al Grupo;
d) Promover el apoyo y la solidaridad del Grupo y del Partido hacia las causas democráticas v las demandas sociales;
e) Promover y coordinar la participación de los diputados del Grupo en las tareas de apoyo al Partido en todos sus niveles;
f) Coordinar las relaciones del Grupo con los diputados locales del Partido y mantenerlos Informados de las posiciones legislativas del mismo, especialmente en materia de reformas constitucionales;
g) Programar periódicamente actividades culturales, recreativas y debates políticos entre los diputados del Grupo;
h) Elaborar, en reunión general de área, los lineamientos para la representación del Grupo en eventos, visitas e invitaciones, así como para la asignación de boletos de avión, viáticos y prestación de servicios a sus miembros, y someterlos a aprobación del pleno;
i) Realizar sus funciones de acuerdo con el plan de trabajo aprobado en reunión general de área, misma que se integrará por los titulares de las coordinaciones regionales que el Grupo haya acordado formar y con el portavoz de la Comisión de Información, Gestoría y Quejas;
j) Convocar a reunión general de área por lo menos una vez al mes;
k) Convocar a reunión general de área para hacer la evaluación anual de trabajo de los miembros del Grupo que no formen parte de juntas directivas de comisiones y comités de la Cámara;
l) Presentar semestralmente al pleno un informe de labores del área;
m) Coordinarse y apoyarse en sus funciones con la Mesa Directiva; y
n) Las demás que establezcan el presente Reglamento y los acuerdos del pleno del Grupo.
Artículo 24.-
El coordinador de Proceso Legislativo tendrá las siguientes funciones:
a) Coordinar las labores legislativas y políticas de los diputados miembros del Grupo en las comisiones y comités de la Cámara que le correspondan, por medio de reuniones generales de área;
b) Coordinar la presentación de las iniciativas legislativas del Grupo, así como de sus posiciones ante aquellas provenientes del Ejecutivo y de otros grupos parlamentarios o diputados;
c) Dirigir la asesoría interdisciplinaria del Grupo, así como los servicios de cómputo, documentación y producción editorial, de acuerdo con las normas establecidas en este Reglamento;
d) Coordinarse con los otros coordinadores a efecto de que los servicios de cómputo, documentación y producción editorial respondan a los requerimientos de cada área de trabajo;
e) Sistematizar el trabajo legislativo del Grupo en intervenciones, puntos de acuerdo, iniciativas, foros y participación de sus miembros en comisiones y comités de la Cámara;
f) Planificar la capacitación de los diputados del Grupo con base en los lineamientos que serán presentados al pleno;
g) Coordinar la asesoría externa acordada por la Mesa Directiva;
h) Dirigir la presentación del. informe. anual del trabajo interdisciplinario realizado por los asesores ante el pleno;
i) Convocar a reunión general de área para hacer la evaluación anual del trabajo de los miembros del Grupo que no formen parte de juntas directivas de comisiones y comités de la Cámara;
j) Presentar semestralmente al pleno un informe de labores del área;
k) Coordinarse y apoyarse en sus funciones con la Mesa Directiva; y
l) Las demás que establezcan el presente Reglamento y los acuerdos del pleno del Grupo.
Artículo 25.-
El coordinador de Relaciones Internacionales tendrá las siguientes funciones:
a) Coordinar las labores legislativas y políticas de los diputados miembros del Grupo en las comisiones de la Cámara que le correspondan, por medio de reuniones generales de área;
b) Promover y coordinar la participación de los diputados del Grupo en las tareas de relaciones internacionales y atención de los asuntos fronterizos y de mexicanos en el extranjero;
c) Elaborar, en reunión general de área, los lineamientos para el nombramiento de representantes del Grupo a eventos y reuniones en el extranjero, así como asambleas de organismos internacionales y someterlos a aprobación del pleno,
e) Atender a las delegaciones extranjeras que sean recibidas por el Grupo y/o por la Cámara;
f) Convocar a reunión general de área para hacer la evaluación anual del trabajo de los miembros del Grupo que no formen parte de las juntas directivas de comisiones y comités de la Cámara;
g) Presentar semestralmente al pleno un informe de actividades del área;
h) Coordinarse y apoyarse en sus funciones con la Mesa Directiva; y
i) Las demás que establezcan en el presente Reglamento y los acuerdos del pleno del Grupo.
CAPITULO CUARTO
DE LAS COORDINACIONES REGIONALES
Artículo 26.-
Las coordinaciones regionales se integrarán por el titular de la coordinación, un vicecoordinador y los diputados que pertenezcan a la circunscripción o a los estados que comprenda la coordinación.
Artículo 27.-
Son funciones de los coordinadores regionales:
a) Coordinar las actividades de los diputados miembros del Grupo Parlamentario por estados y/o regiones del país, para una mejor labor política de los mismos;
b) Ser el vínculo entre estas agrupaciones y la Mesa Directiva del Grupo para la promoción de los apoyos necesarios;
c) Coordinarse y apoyarse en sus funciones con el coordinador de integración Parlamentaria y la Mesa Directiva;
d) Presentar al pleno un informe de sus actividades semestralmente, y
e) Las demás que establezcan el presente Reglamento y los acuerdos del pleno del Grupo.
Artículo 28.-
Corresponderá al pleno de los diputados de cada coordinación el nombramiento y remoción de su coordinador y vicecoordinador, de acuerdo con las reglas que al efecto establezca. Mínimamente, los someterá a ratificación anual.
CAPITULO QUINTO
DE LOS PORTAVOCES DEL GRUPO ANTE LAS COMISIONES Y COMITES DE LA CAMARA.
Artículo 29.-
Los diputados del Grupo desempeñarán sus funciones integrados en comisiones y comités, de conformidad con el artículo 43 de la Ley Orgánica del Congreso General.
Artículo 30.-
En cada comisión y comité habrá un portavoz del Grupo. Sus funciones serán
a) Coordinar la participación de los miembros del Grupo en las tareas de la comisión o el comité y fomentar la elaboración de proyectos e iniciativas;
b) Presentar, en reunión general de área, un informe semestral de las actividades de los miembros en la comisión o comité respectivo;
c) Presentar al pleno y a la Mesa Directiva la información que le requiera respecto de asuntos en trámite en la comisión o comité;
d) Convocar, por lo menos una vez al mes, a los miembros del Grupo a reuniones de trabajo para la elaboración de iniciativas o examen de las presentadas por el Ejecutivo u otros grupos parlamentarios;
e) Informar, en reunión general de área, de los asuntos que se encuentren en proceso y coordinar el trabajo de los miembros del Grupo en la comisión o el comité con el coordinador correspondiente;
f) Asistir a las reuniones de portavoces que sean convocadas; y
g) Organizar la participación de los miembros de la comisión en los debates en el pleno de la Cámara cuando se discuta un dictamen procedente de la misma, en coordinación con la Mesa Directiva del Grupo.
Artículo 31.-
El portavoz del Grupo será el presidente o secretario de la comisión o el comité. En caso de existir ambos, el secretario auxiliará al presidente en su función de portavoz.
GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MEXICO
ACTA DE CONSTITUCION Y ELECCION DE COORDINADOR DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MEXICO
En la Ciudad de México, Distrito Federal, siendo las 11:00 horas del día 31 de julio del 2000; reunidos en la sede del Partido Verde Ecologista de México, los Diputados Federales electos a la LVIII Legislatura pertenecientes a dicho instituto político, han tomado los siguientes acuerdos:
I.- Constituirse como grupo parlamentario el cual se denominará
"GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MEXICO".
II.- El nombramiento del C. DIPUTADO ELECTO BERNARDO DE LA GARZA HERRERA, como coordinador del grupo parlamentario.
III.- El nombramiento de los C. DIPUTADOS ELECTOS FRANCISCO DE PAULA AGUNDIS ARIAS y ALEJANDRO RAFAEL GARCIA SAINZ, como vice-coordinador y vocero, respectivamente.
IV.- Entregar este documento a la Secretaría General de la Cámara de Diputados, para su formal conocimiento.
DIPUTADOS: BERNARDO DE LA GARZA HERRERA, FRANCISCO DE PAULA AGUNDIS ARIAS, ALEJANDRO GARCIA SAINZ ARENA, ARTURO ESCOBAR Y VEGA, ESVEIDA BRAVO MARTINEZ, DIEGO COBO TERRAZAS, NICASIA GARCIA DOMINGUEZ, OLGA PATRICIA CHOZAS Y CHOZAS, MARIA TERESA CAMPOY RUY SANCHEZ, MARIA CRISTINA MOCTEZUMA LULE, JULIETA PRIETO FUHRKEN, SARA GUADALUPE FIGUEROA CANEDO, JOSE ANTONIO AREVALO GONZALEZ, ERIKA ELIZABETH SPEZIA MALDONADO, CONCEPCION SALAZAR GONZALEZ, JOSE RODOLFO ESCUDERO BARRERA (rúbricas).
REGLAMENTO DEL PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MEXICO PARA REGULAR LAS RELACIONES ENTRE DICHO INSTITUTO POLITICO Y LOS DIPUTADOS FEDERALES A LA LVIII LEGISLATURA.
Capítulo primero.
De las Disposiciones Generales.
Artículo 1. El Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en la Cámara de Diputados se constituye de acuerdo con el artículo 70 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 26 de la Ley Orgánica del Congreso General.
Artículo 2. Los candidatos de elección popular postulados por el Partido Verde Ecologista de México desempeñarán sus labores respetando siempre la ideología del partido, sus estatutos, sus programas y plataformas políticas. Su desempeño deberá en todo momento ser honorable y eficiente y por sobre todo deberá buscar sin excepción el progreso y el bienestar de México y de sus ciudadanos.
Artículo 3. Cuando existan cinco o más elementos del PVEM estos formarán un Grupo Parlamentario. Dentro del Grupo Parlamentario deberá ser nombrado un coordinador, siguiendo el procedimiento marcado en los estatutos del PVEM para tal efecto.
Para la LVIII legislatura de la Cámara de Diputados el Grupo Parlamentario del PVEM en primera instancia quedará conformado por los siguientes ciudadanos:
DIP. BERNARDO DE LA GARZA HERRERA
DIP. FRANCISCO DE PAULA AGUNDIS ARIAS
DIP. ALEJANDRO RAFAEL GARCIA SAINZ ARENA
DIP. ARTURO ESCOBAR Y VEGA
DIP. ESVEIDA BRAVO MARTINEZ
DIP. DIEGO COBO TERRAZAS
DIP. NICASIA GARCIA DOMINGUEZ
DIP. OLGA PATRICIA CHOZAS Y CHOZAS
DIP. MARIA TERESA CAMPOY RUY SANCHEZ
DIP. MARIA CRISTINA MOCTEZUMA LULE
DIP. JULIETA PRIETO FUHRKEN
DIP. SARA GUADALUPE FIGUEROA CANEDO
DIP. JOSE ANTONIO AREVALO GONZALEZ
DIP. ERIKA ELIZABETH SPEZIA MALDONADO
DIP. CONCEPCION SALAZAR GONZALEZ
DIP. JOSE RODOLFO ESCUDERO BARRERA
DIP. MIGUEL ANGEL TORRIJOS MENDOZA
Artículo 4. Los miembros del Grupo Parlamentario tienen los derechos y obligaciones que señala la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Orgánica del Congreso General, el Reglamento Interno de la Cámara de Diputados, la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, así como el Estatuto del Partido y el presente Reglamento.
Artículo 5. El presente Reglamento es de observancia general y obligatoria para los miembros del Grupo Parlamentario y podrá ser modificado mediante común acuerdo entre los miembros del Grupo y la Comisión Ejecutiva Nacional.
Capítulo segundo.
Del Pleno del Grupo Parlamentario.
Articulo 6. El Pleno del Grupo es la máxima instancia de discusión, toma de acuerdos y de resolución. Se reunirá una vez al mes ordinariamente, y extraordinaria mente cuando así sea convocado por acuerdo del Coordinador parlamentario, o por los órganos nacionales de dirección partidaria.
A las sesiones sólo podrán asistir los miembros del Grupo y de la Comisión Ejecutiva Nacional. A petición expresa de algún Diputado el coordinador podrá permitir la presencia de invitados especiales o asesores para auxiliar el tratamiento de algún asunto de la orden del día.
Artículo 7. Las sesiones plenarias se llevaran a con la frecuencia establecida en los estatutos del PVEM o a falta de este conforme lo decidan sus integrantes y serán conducidas por el Coordinador Parlamentario o por la persona que él designe. Los acuerdos se tomarán por mayoría de votos de los presentes.
El quórum del Grupo se establecerá con la mitad de los integrantes del Grupo Parlamentario a la primera convocatoria o por el 35 por ciento de los mismos a la segunda convocatoria.
El pleno será convocado por escrito señalando Orden del Día, lugar, hora y fecha de reunión con por lo menos 48 horas de anticipación.
En casos de urgencia el Coordinador Parlamentario citará de forma inmediata por los medios pertinentes.
Artículo 8. Cuando la magnitud de la decisión lo amerite se procederá mediante el "voto verde" en la cual el coordinador, a nombre del equipo, negociará junto con el CEN la decisión, que en éste caso será definitiva e irrevocable para todos1os miembros del grupo. Es causal de sanción económica el proceder sin disciplina cuando se determine el "voto verde".
Artículo 9. Son facultades del Pleno:
a) Aprobar el plan de trabajo para cada período de sesiones del Grupo Parlamentario del programa legislativo y del trabajo en comisiones, así como recibir informes y evaluar el desempeño individual y colectivo.
b) Aprobar, a propuesta del coordinador la posición del Grupo ante las iniciativas de ley o de decreto presentadas a la Cámara de Diputados por el Ejecutivo, otros grupos parlamentarios, legisladores y legislaturas locales.
Artículo 10.
a) El coordinador parlamentario presentará un proyecto de orden del día que será puesto a consideración.
b) Los asuntos a discutir serán presentados por escrito y deberán contar con propuestas de acuerdo.
c) Los asuntos se discutirán de lo general a lo particular. Un orador a favor de la propuesta y otro en contra. En caso de no estar el asunto suficientemente discutido, se continuará la discusión con la misma regla, en caso de afirmativa, se procederá a la votación. En caso de empate el coordinador tendrá voto de calidad.
d) La discusión en lo particular se realizará únicamente sobre los puntos que hayan sido reservados en la discusión general, el procedimiento de discusión será el mismo del inciso c.
e) Las sesiones no durarán más tiempo para el que fueron convocadas a menos que sean prorrogadas por acuerdo.
Capítulo Tercero.
De la dirección del Grupo Parlamentario
Artículo 11. La dirección del Grupo Parlamentario recae en un coordinador que será designado en conformidad con lo que marcan los estatutos del PVEM.
A criterio del Grupo Parlamentario y por la complejidad del trabajo legislativo podrá ser nombrado un vicecoordinador y un vocero de prensa.
Artículo 12. En las primeras sesiones del Grupo, se discutirán los lineamientos generales de funcionamiento y distribución de tareas. Si hubiere recomendación del Grupo Parlamentario se elegirá vicecoordinador y un vocero de prensa. En caso de no ser designado vocero de prensa la responsabilidad recaerá en el coordinador Parlamentario y en el equipo de asesores.
Artículo 13. Son funciones del Coordinador.
a) Conducir las negociaciones con otros grupos parlamentarios de la Cámara de acuerdo a los lineamientos de la dirección nacional del Partido.
b) Aplicar la política de alianzas.
c) Elaborar y presentar los proyectos de programa legislativo, presupuesto e informes.
d) Coordinar los trabajos del Grupo para que reciban apoyo para el desempeño en sus comisiones y comités.
e) Nombrar a los representantes del grupo ante comisiones, reuniones, actos y encuentros, nacionales o internacionales.
f) Convocar a reuniones.
g) Ser vocero oficial del grupo, únicamente en caso de que no se designe algún otro.
h) Coordinar el trabajo en asuntos especiales que involucren comisiones especiales, grupos de apoyo externos o trabajos de investigación especial.
i) Aplicar y cumplir los acuerdos del pleno.
j) Los demás que se establezcan por acuerdo del Pleno.
Artículo 14.
a) Las señaladas en la Ley orgánica del Congreso General de los Estados Unidos mexicanos.
b) Coordinar la estrategia para el debate en el pleno ya sea para la discusión de iniciativas, puntos de acuerdo, toma de posición ante asuntos de coyuntura.
c) Designar a los oradores que habrán de intervenir en el debate.
d) Fungir como Vínculo del Grupo con otros Grupos Parlamentarios.
e) Coordinarse con la Dirección Nacional del Partido.
f) Fungir como portavoz del Grupo con apoyo del Vocero oficial si lo hubiera.
g) Presentar informes anuales de sus actividades al Partido y a la Fracción.
h) Promover y coordinar las labores legislativas y políticas de los Diputados miembros del Grupo con el fin de garantizar su unidad, cohesión, colaboración y apoyo mutuo.
i) Promover y coordinar la participación de los diputados en tareas de atención ciudadana, iniciativas populares, gestoría social.
j) Promover y coordinar las relaciones del Grupo Parlamentario con movimientos y organizaciones sociales, civiles, empresariales para la atención y solución de peticiones y demandas.
Artículo 15.
a) Sustituir al Coordinador General en sus ausencias temporales.
b) Auxiliar al coordinador general en el cumplimiento de sus funciones.
c) Vigilar, supervisar y contabilizar la asistencia del Grupo a las sesiones del congreso.
d) Los demás que se establezcan por instrucciones del coordinador.
Artículo 16.
Artículo 17. El vocero del Grupo tendrá las siguientes responsabilidades:
a) Definir una política de atención sistemática a medios de comunicación, preparar conferencias de prensa semanales, apoyar al portavoz del Grupo Parlamentario.
b) Elaborar las publicaciones periódicas del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Capítulo quinto.
De los Legisladores Integrantes de El Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Artículo 18. Los legisladores asistirán con puntualidad a las sesiones ordinarias y extraordinarias, así como a las reuniones de sus comisiones. La falta sin justificación será motivo de sanción económica teniendo que donar 3 días de sueldo al PVEM o a alguna asociación civil con actividades ambientales o ecológicas.
Las faltas reiteradas serán motivo de sanción estatutaria.
Artículo 19. Los legisladores deberán subir a tribuna de acuerdo con las instrucciones del Coordinador para fijar posición y elevar el prestigio y la autoridad del Grupo Parlamentario en el debate de la Nación.
Artículo 20. Los Legisladores integrantes de El Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, tendrán derecho a:
a) Formar parte de las comisiones y comités de la Cámara.
b) Participar en los debates de la Cámara.
c) Participar en la toma de las decisiones de la Fracción Parlamentaria.
d) Votar y ser votado para cumplir tareas o asumir cargos de responsabilidad.
e) Representar al Grupo en la República o en el Extranjero.
f) Proponer iniciativas políticas y legislativas para ser adoptadas por el grupo.
g) Recibir asesoría que requiera para el desempeño de sus tareas políticas y legislativas.
h) Ser apoyado por el Grupo para la presentación de sus iniciativas.
i) Ser apoyado por el Partido para el pleno ejercicio de sus derechos que le otorgan los estatutos del partido.
j) Los demás que requiera para su pleno desempeño como miembro del partido y legislador de la República.
Artículo 21.
a) Servir, representar y defender con constancia, honradez los intereses del pueblo que los eligió y del partido que los postuló.
b) Practicar la ecología mediante su comportamiento.
c) Realizar por lo menos semestralmente un acto público ante su representados con el fin de informar de sus actividades y recoger propuestas de la población.
d) Encabezar la lucha por la preservación del ambiente y realizar los mejores esfuerzos para que se apliquen en México los criterios del Desarrollo Sustentable.
e) Realizar giras de trabajo en apoyo al partido.
f) Asistir puntualmente, permanecer y participar en sesiones de la Cámara, del congreso general, así como de las comisiones y comités.
g) Cumplir los trabajos que le sean encomendados.
h) Cumplir los Estatutos del Partido Verde Ecologista de México.
i) Atender las convocatorias de los órganos de dirección partidarios.
j) Concurrir a las sesiones del Pleno del grupo.
k) No hacer uso de su investidura para ejercer o promover influencia ilegítima sobre autoridades o servidores públicos, cometer faltas administrativas, actuar con prepotencia o exigir trato privilegiado. No invocar su carácter de legislador en ejercicio de actividades privadas, mercantiles, de negocios.
l) Buscar el prestigio, la unidad, colaboración y cohesión de la Fracción del Partido Verde.
Capítulo sexto.
De las Sanciones.
Artículo 22. El incumplimiento de las normas establecidas por el presente Reglamento implica una falta que lesiona gravemente el prestigio y la autoridad del Grupo parlamentario y por ende del propio Diputado, toda acción que viole de manera constante al presente estatuto provoca irremediablemente la pérdida de imagen de todos los legisladores del Partido Verde y su autoridad frente a la Directiva de la Cámara y frente a los otros partidos.
Artículo 23. Las sanciones establecidas por el presente Reglamento no pueden obligar a ningún legislador a seguir conductas que no estén dispuestos a cumplir por voluntad propia. Las sanciones son pues puramente de carácter moral, salvo que expresamente se encuentren señaladas en el presente documento, y aplicadas por la comisión de honor y justicia del PVEM.
a) Amonestación. Ante faltas al Reglamento.
b) Extrañamiento. Ante faltas reiteradas y constantes.
c) Advertencia. Si la comisión de honor y justicia del PVEM así lo decide.
d) Expulsión. Ante conductas graves contra la Institución partidaria.
Capítulo séptimo.
De las iniciativas y puntos de acuerdo.
Artículo 24. Las iniciativas de ley o decreto presentadas por el Partido Verde Ecologista de México, deberán ser acordes con el programa y línea política del partido, su misión ecológica y su visión humanista. Deberán ser consultadas con la Dirección Nacional y sometidas a amplia difusión con el fin de ganar aval y apoyo de amplios sectores de la población. Previas a su presentación podrán ser sometidas a consideración de grupos y sectores interesados.
Los Puntos de Acuerdo que sometan los Diputados al pleno de la Cámara deberán ser puestos a consideración del Coordinador parlamentario.
Los asuntos polémicos o que no vayan de acuerdo a la línea política del partido no podrán ser presentados a nombre del Partido Verde.
Transitorio.
Unico. El presente Reglamento del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en la H. CAMARA DE DIPUTADOS, entrará en vigor a partir de su aprobación en la primera sesión plenaria del Grupo.
GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO DEL TRABAJO
Acta de Sesión
En la Ciudad de México, Distrito Federal; a los cuatro días del mes de septiembre del año dos mil, en la sala de juntas del Partido del Trabajo que se encuentran situadas en el Edificio B primer piso de la H. Cámara de Diputados, ubicada en Avenida Congreso de la Unión No. 66, colonia El Parque, Delegación Venustiano Carranza, C. P. 15969, siendo las doce horas, dio inicio la reunión de los Diputados Federales del Partido del Trabajo a la LVIII Legislatura. En la misma los Diputados Federales manifiestan su voluntad de constituirse en Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo de conformidad con lo que establece el Artículo 70 párrafo tercero (le la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Artículo 26 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. Toda vez que en el Artículo 130 de los Estatutos del Partido del Trabajo se establece como facultad de la Comisión Ejecutiva Nacional, la de designar a los coordinadores de los Grupos Parlamentarios, dicha instancia de dirección partidista acordó la designación como Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo en la H. Cámara de Diputados del DIP. ALBERTO ANAYA GUTIÉRREZ y como Vicecoordinador del mismo Grupo del DIP. JOSE NARRO CÉSPEDES, siendo además integrantes de dicho Grupo Parlamentario los Diputados ROSALÍA PEREDO AGUILAR, ROSA DELIA COTA MONTAÑO, FELIX CASTELLANOS HERNÁNDEZ, JAIME CERVANTES RIVERA, JUAN CARLOS REGIS ADAME y JORGE ALBERTO RODRÍGUEZ PASOS. No habiendo más asuntos que tratar se levanta la sesión a las doce treinta horas. Firman autentificando la presente los Diputados Federales ROSALÍA PEREDO AGUILAR, ROSA DELIA COTA MONTAÑO, ALBERTO ANAYA GUTIÉRREZ, JOSÉ NARRO CÉSPEDES, FELIX CASTELLANOS HERNÁNDEZ, JAIME CERVANTES RIVERA, JUAN CARLOS REGIS ADAME, y JORGE ALBERTO RODRÍGUEZ PASOS.
Diputados: Alberto Anaya Gutiérrez, José Narro Céspedes, Jaime Cervantes Rivera, Rosa Delia Cota Montaño, Félix Castellanos Hernández, Jorge Alberto Rodríguez Pasos, Juan Carlos Regis Adame (rúbricas)
DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS
I.- REALIDAD NACIONAL
1.- El tipo de relaciones sociales capitalistas imperantes en México es responsable de condiciones de subdesarrollo y dependencia de nuestra economía, de haber creado un mercado interno estrecho, de instalar una capacidad productiva tecnológicamente obsoleta y no suficiente empleadora de trabajo, de favorecer el auge del capital especulativo y mercantil, de marginar del crecimiento a regiones enteras del país, de contaminar y devastar el medio ambiente y sobre todo, de mantener en la miseria a la mayoría del pueblo, gracias a la explotación del trabajo y a la extracción del excedente del producto campesino.
2.- El Gobierno Federal y los gobiernos estatales han actuado como núcleos ordenadores del Estado, siendo los originales aparatos de dominación política de las masas populares, ejerciendo sobre ellas la coerción y la represión con el ejército y la policía. Esta última, caracterizada por su violencia, corrupción y delincuencia ha sido, además, la responsable directa de incontables violaciones a las garantías individuales, derechos sociales y humanos especialmente los del pueblo trabajador.
El ejercicio del poder público ha dejado de ser monopolio del partido de Estado (PRI), otros partidos que han arribado al gobierno en algunos estados y municipios reproducen la misma cultura política caracterizada por la demagogia, el autoritarismo y la corrupción.
3.- El Estado ha intentado permanentemente aniquilar la capacidad del pueblo de tomar iniciativas, haciéndolo sentir incapaz de resolver sus problemas por cuenta propia y de crear alternativas autónomas.
Los aparatos del Estado, además de los gobiernos y de los represivos, que sirven para dominar a las masas cumpliendo funciones corporativas paternalistas, controladoras y hegemónicas. Estos aparatos son los sindicatos y las organizaciones campesinas y de colonos que están controladas por el Estado (CTM, CNC, FNOC, etc) que se encuentran en un proceso de erosión, los partidos políticos tradicionales, escuelas y medios masivos de comunicación y el sistema educativo.
Estos aparatos son algunos de los que han mantenido sistemáticamente marginado al pueblo de las decisiones en los asuntos políticos al pueblo de las decisiones en los asuntos políticos y se le ha manipulado ideológicamente, convirtiendo a la sociedad en un conglomerado de individuos y grupos dependientes para que la dominación no tenga que caracterizarse siempre por la represión.
4.- Desde mediados del siglo pasado, las principales iniciativas estratégicas para promover la acumulación capitalista y fortalecer a la gran burguesía privada han provenido de los grupos sociales que detentan el poder del Estado. Estos grupos sociales también son responsables, de la instauración del corporativismo de Estado, de la manipulación y control del desarrollo de las clases trabajadoras de la ciudad y del campo. Todas estas acciones son las que han permitido que dichos grupos sociales mantengan el predominio en el bloque de clases en el poder y sean por lo tanto los responsables fundamentales de nuestra estructura social y de la crisis que padecemos.
5.- Las contradicciones entre las distintas fracciones al interior del bloque en el poder dominante y al interior del propio Estado, han permitido la formación de un nuevo gobierno que pugna por reconstruir sobre bases más modernas su sistema de dominación y aplicar un nuevo modelo de acumulación capitalista, basado en las estrategias económicas que imponen en el Fondo Monetario Internacional y el Banco Mundial y otras entidades financieras que han llevado a la quiebra de las micro, pequeña y mediana empresas, y como consecuencia la depauperación de los niveles de vida de la clase trabajadora y en general de la población. Esta situación ha generado una coyuntura de recambio del proyecto histórico para el país, que estará determinado por las acciones y la correlación de fuerzas de los actores sociales participantes.
6.- El desarrollo económico de México está dirigido por el bloque dominante y por el Estado. El Estado capitalista mexicano lo orienta estratégicamente para beneficiar este bloque y para su propio beneficio y no para resolver los problemas del conjunto de la sociedad. La aplicación abierta de políticas contra el interés general del país son impuestas desde los altos niveles del capital nacional e internacional.
El sistema político en México es una expresión básicamente consecuente y derivado de la estructura económica del sistema general que se vive en nuestra sociedad y por lo tanto tiende a garantizar el dominio de la oligarquía capitalista y preservar su modo de producción. Ello es así aunque en la definición del poder público se busque conciliar los intereses contradictorios de las diversas clases y estratos sociales o cuando menos establecer las condiciones para la convivencia.
La inmensa mayoría de los problemas de la sociedad mexicana se derivan de la naturaleza negativa de este sistema y por lo tanto, la solución de raíz sólo se dará mediante una transformación profunda que elimine la explotación, como base de las relaciones entre los hombres.
Como una consecuencia de lo anterior existen más de 10 millones de indígenas y su explotación y discriminación hace más de 500 años, no solo continua sino que se ha recrudecido, negándoles la solución a sus demandas de democracia, justicia, dignidad y autonomía.
A pesar de la importancia histórica, social y cultural de los pueblos indígenas, sus condiciones de vida siguen siendo deplorables y sus derechos continuamente vulnerados.
7.- Por lo que se refiere a las masas populares, existe un sector importante del pueblo mexicano, que de mayoritario se ha convertido en minoritario, que aún mantiene esperanzas en el Estado y lo apoya activamente creyendo obtener beneficios directos que mejoren su nivel de vida. Pero la mayoría de las masas populares, aunque no confía en el Estado ni lo apoya activamente, carece de una dirección organizada para luchar por su autonomía de clase. Solamente un sector de masas, también minoritario, ha elevado su conciencia de clase y se ha reorganizado para luchar por su autonomía.
II.- TRABAJO
8.- El trabajo es la actividad creadora y transformadora del ser humano y única fuente generadora de la riqueza social y humana. El pasado y el futuro del hombre y la mujer tienen en el trabajo el soporte fundamental para la supervivencia de su vida material y espiritual.
9.- A través de su proceso histórico, el trabajo ha sido el eje en torno al cual se han conformado las estructuras sociales. Sin embargo todos los sistemas sociales que han existido se han sustentado en la explotación del trabajo del hombre por el hombre. Esta situación sólo podrá ser superada cuando logremos alcanzar una sociedad equitativa y con igualdad de oportunidades y condiciones para todos los hombres, y es mediante el trabajo digno del ser humano que podemos hacer posible esta inspiración.
10.- Por el carácter constructivo y transformador del trabajo, nuestra agrupación ha asumido el nombre de Partido del Trabajo. Consideramos que debe existir un trabajo digno y humano sobre bases autogestivas y comunitarias. No existen poseedores de mejores conocimientos, sino de conocimientos diferentes que al socializarse y compartirse generan los cimientos de una nueva cultura y sociedad.
11.- Reconocemos los constantes cambios tecnológicos por los que atraviesa el mundo, y que dan al trabajo intelectual un papel cada vez de mayor incidencia sobre el trabajo manual en el proceso de transformación.
12.- Luchamos por una sociedad justa, equitativa y democrática basada en el trabajo, en la incorporación de los constantes cambios tecnológicos a los procesos productivos y en el uso racional de los recursos naturales. Nuestro objetivo es evolucionar constante y permanentemente hacia un futuro mejor, en donde podamos alcanzar la plena satisfacción material y espiritual del ser humano.
La sociedad no encontrará su equilibrio hasta que no gire alrededor del sol del trabajo.
III.- LINEA DE MASAS
13.- La principal contribución al pueblo mexicano de los movimientos sociales desde 1968, ha sido el haber colocado a las masas y no al partido o al Estado en el puesto de mando. Por ello nuestro principio fundamental es la línea de masas. La línea de masas es la línea orientadora fundamental para todo nuestro trabajo en lo político, económico, social, organizativo y en la implementación de las políticas públicas. Nos sirve como medio de vinculación con el pueblo, de orientación de sus luchas y de herramienta básica para sistematizar sus experiencias. Es partir de la idea de que sin las masas fundamentales de obreros, campesinos, profesionistas, intelectuales, empleados, jornaleros, los pequeños comerciantes, los empresarios medio y pequeños, indígenas, estudiantes y demás sectores populares, no se puede efectuar la transformación del país. Implica la necesidad de integrarse plenamente a las masas, aprender de sus luchas, y de sistematizar y sintetizar sus experiencias. La línea de masas hace hincapié en la necesidad de desarrollar la capacidad de las masas para decidir organizada y democráticamente la solución de sus problemas concretos y la conducción de sus luchas sociales. La línea de masas es un proceso liberador, porque permite aprender a basarse en sus propias fuerzas.
14.- Ha sido el ejercicio de la línea de masas lo que nos ha distinguido de otras organizaciones políticas, porque nuestras organizaciones realizan prácticas de masas y establecen relaciones de masas a masas; porque el propio pueblo participa, mediante procedimientos populares en la solución de sus problemas; porque, por lo tanto, no depende principalmente de fuerzas o aparatos ajenos sino de sí mismo, de sus propias fuerzas.
15.- La línea de masas nos lleva a colocar en primer plano las iniciativas populares y a cuidar que los objetivos y programas de nuestras organizaciones, sean la sistematización de sus mejores ideas y de sus principales demandas.
16.- Nuestra línea de principios nos lleva a actuar, a cada paso, conforme a las decisiones de las masas populares tomadas en asamblea; obligándonos a proceder de acuerdo al ejercicio de lo que es, en última instancia, una verdadera democracia directa y centralizada. Es este nuestro principio fundamental.
17.- La democracia directa y centralizada es la base de la autonomía popular cuyas organizaciones se mantendrán autónomas respecto a cualquier partido o Estado, aún después de la conquista del poder político nacional y así no arrancarle a las masas su papel histórico de transformación revolucionaria.
IV.- ETICA Y POLITICA
18.- Nuestro principio ético central y supremo es servir al pueblo.
Nos comprometemos a servir al pueblo, pregonando con el ejemplo.
Quien no vive para servir, no sirve para vivir.
19.- Nuestros principios fundamentales son los siguientes: la libertad, la democracia, la justicia, la equidad, la igualdad, el respeto, la solidaridad, la honradez, la verdad, la lealtad, la perseverancia, el espíritu de servicio, la modestia, la tolerancia, la bondad, el amor, el trabajo, la audacia, la congruencia y el respeto, superación a la soberanía del pueblo.
20.- Aspiramos a construir, desde hoy, los fundamentos éticos de la sociedad futura a través de la educación y la práctica de la ética revolucionaria, basada en estos principios, que permitan la conformación de un nuevo orden social, humano igualitario, equitativo y justo.
La política petista se guía por la ética de servir al pueblo y no servirse del pueblo.
21.- Las camarillas burocráticas y el burocratismo partidista, gubernamental y sindical, llevan a la corrupción y la demagogia en todos los órdenes. La corrupción moral y económica debe ser vencida. La demagogia como manipulación de las conciencias, debe ser superada por la cultura de la rectitud y la integridad.
Nuestra política es combatir a los regímenes y a las políticas que han sumido a México en la explotación económica, opresión política, la desigualdad social, corrupción moral y enajenación cultural.
22.- Todas las personas que militan en el PT se identifican con la ética revolucionaria y la toman como base en sus relaciones recíprocas y en su conducta hacia las mujeres y hombres sin distinción de raza, color, creencias o nacionalidad.
Quien renuncie, en los hechos, a practicar los principios de nuestra ética, no será digno de ser petista.
Nuestros basamentos éticos y políticos surgen de un reclamo nacional y de nuestra militancia que debe ser atendido.
V.- TRANSFORMACION REVOLUCIONARIA DEL MILITANTE
23.- El objetivo central de nuestro proyecto, no es sólo la conquista del poder público, sino sobre todo, la transformación de la sociedad.
El cambio de la sociedad sólo es posible a través de la transformación individual y social; empezando por la transformación revolucionaria del militante.
24.- Todos los que queremos transformar la sociedad, los que queremos ser revolucionarios, tenemos que quitarnos nuestras actitudes e ideas burguesas y aprender las actitudes e ideas revolucionarias.
Lo más importante para acabar con las actitudes e ideas burguesas es eliminar las prácticas egoístas del tú o yo excluyente e impulsar las prácticas solidarias socialistas del tú y yo incluyente.
Reivindicamos el papel revolucionario del individuo en la historia y para lograr lo anterior es ligarse a las masas y participar con el pueblo en sus luchas, la formación teórica-ideológica y la práctica de la autocrítica, la crítica y la lucha ideológica; es decir, hacer de la línea de masas, también, un estilo de vida.
VI.- PODER POPULAR
25.- La democracia directa y centralizada es el sustento del poder del pueblo. Este poder se ha de desarrollar política, económica y culturalmente, como condición de un México independiente, próspero, justo y democrático.
Los petistas no queremos hacer política a nombre del pueblo, queremos que el pueblo haga su política y nosotros junto con él, esto es hacer política popular. La construcción del poder popular, la autogestión y la autonomía plena de las organizaciones de masas son nuestra esencia.
26.- Nuestras luchas no se reducen a una simple posición contestataria, sino que la lógica misma de nuestros principios nos obliga, para resolver nuestros problemas, a plantear posiciones propositivas y a que las organizaciones de masas construyan su autonomía frente al Estado. Y además los espacios políticos que se conquisten al seno del pueblo no sean corporativizados y nos permitan conquistar el consenso ciudadano. Así, el fortalecimiento de nuestros movimiento no se limita a ser el contrapeso de los detentadores de los poderes político y económico, sino que en los hechos busca crear una fuerza política nacional que le dispute a los capitalistas su Estado y su Gobierno para ponerlo al servicio del pueblo. Y en él generamos nuevas formas de organización -autogestionarias y autogobernadas- y vamos construyendo nuevas prácticas y relaciones sociales, así como una cultura alternativa.
27.- Mostramos en nuestras prácticas cotidianas en qué consiste la democracia participativa, una sociedad solidaria, democrática y una organización descentralizada. Demostramos como se van formando las masas en el ejercicio mismo del poder y cómo es posible desatar las iniciativas y la creatividad del pueblo para emprender las transformaciones que México exige para ser un país libre, democrático y justo.
28.- El bienestar económico y social se conquista mucho más que demandarse, se va construyendo en nuestras organizaciones a partir de nuestro propio poder. En el movimiento urbano popular, ha sido el ejercicio del poder de masas el pilar fundamental sobre el cual hemos podido mejorar nuestras condiciones de vida. El movimiento campesino no solamente ha conquistado la tierra -que es su principal medio de producción-, sino también ha incrementado la productividad de su trabajo y retenido el excedente que genera. El movimiento obrero empieza a mostrar que sus luchas y su poder, además de servirle para mejorar sus condiciones de trabajo y su nivel de vida, también le sirven para crear una industria m s productiva y más generadora de empleo.
El movimiento magisterial ha consolidado importantes posiciones democráticas y sigue bregando por mejorar su nivel de vida. A estas luchas debe agregarse una propuesta alternativa de bienestar para el pueblo, un proyecto educativo que permita a todos los niños y jóvenes de México, aprender a pensar críticamente, a analizar por sí mismos las realidades naturales y sociales, a expresarse verbalmente y por escrito con precisión, a conocer los valores y tradiciones de nuestra identidad nacional, etc.; un proyecto educativo que abarque la capacitación de trabajadores de la ciudad y del campo para las tecnologías modernas y los empleos productivos regionales.
VII.- SOBERANIA NACIONAL
29.- La soberanía nacional reside esencial y originalmente en el pueblo. Todo el poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste. El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno de manera democrática.
29.- La soberanía nacional no sólo está sustentada en la dimensión o tamaño de la propiedad del Estado, sino al final de cuentas, en la capacidad de identidad nacional y fortaleza política y económica del propio pueblo mexicano. Por esto, también hemos de desarrollar el poder y la cultura popular.
El Estado no debe perder su carácter rector de la economía nacional y debe preservar aquellas industrias estratégicas para su desarrollo, como el petróleo y la industria eléctrica, entre otras.
VIII.- PARTIDO
31.- Los cambios necesarios para el nuevo poder popular y nuestro proyecto autogestionario no pueden lograrse en el marco político actual. Sin embargo es posible utilizar algunos espacios estatales en beneficio del pueblo. Y conforme a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es a través de los partidos políticos que se tiene acceso al ejercicio del poder público. Por ello, y como un instrumento complementarlo de lucha, es que formamos un partido político nacional. Lo formamos como Partido del Trabajo porque esta actividad es común a todos los individuos que integramos el pueblo mexicano, porque el trabajo es el principal creador de la riqueza universal, y porque algún día lo convertiremos también en una realización del ser humano.
32.- El partido es un organismo cuya línea es expresión de la línea de masas. Es subproducto del proceso de la lucha de las masas populares, es una forma de organizar y de centralizar algunas de sus acciones. Nace del seno de las organizaciones sociales y es un instrumento de servicio en la construcción de movimientos y demás organizaciones del pueblo para que vaya conquistando cada vez mayor poder político y económico. Está subordinado al proceso de lucha del pueblo mexicano, vive de sus prácticas y relaciones de masas, no se aprovecha o cae en la manipulación, se desarrolla como instrumento de las organizaciones sociales, pone el poder público al servicio del fortalecimiento del poder popular.
33.- Nuestro Partido aplica el principio de servir al pueblo, permanece estrechamente vinculado a las masas populares, integrado a sus luchas, compuesto fundamentalmente por los mejores representantes obreros, campesinos, colonos, profesionistas, intelectuales y empresarios patriotas, mexicanos que se identifiquen y simpaticen con la línea políticoideológica del partido; recoge las tradiciones de lucha de nuestro pueblo, tanto las actuales como las que se han librado en el pasado contra capitalistas, terratenientes e imperialistas extranjeros.
Hace suyas las tradiciones y las enseñanzas de Francisco Villa, Ricardo Flores Magón, Emiliano Zapata, Rubén Jaramillo y de todos los luchadores y luchadoras sociales contemporáneos, de las acciones obreras y campesinas de los años posteriores a la Revolución Mexicana hasta nuestros días, Nuestro partido está enraizado en la historia nacional, con un funcionamiento que prefigure los rasgos socialistas y democráticos de la sociedad del mañana: libertad de expresión, de crítica, de disidencia, donde las decisiones mayoritarias son acatadas sin menoscabo del respeto de las minorías y donde es un hecho consistente y no formal, la férrea unidad de acción. Le sirve y no se sirve de él, aprende de sus experiencias para poder devolverlas, más adelante, como enseñanzas revolucionarias y respeta e impulsa la autonomía y la democracia en las organizaciones populares.
34.- Los objetivos estratégicos de las luchas de un partido línea de masas, así como su línea política, no consisten en un proyecto predeterminado por un grupo, sino que son la sistematización periódica de las mejores experiencias e ideas de las masas y de sus organizaciones sociales. Solamente así, el partido político se mantendrá como una organización de las masas en el seno del poder del Estado, en lugar de ser, como en otros casos, un aparato de Estado más, incrustado en la sociedad para organizarla políticamente conforme a los intereses de dominación prevalecientes. Así, los actores sociales definirán y controlarán los actos del gobierno.
35.- Para que el partido político se mantenga sujeto a las voluntades y decisiones de la base, pero actúe como una sola entidad, funcionará dentro de una democracia centralizada, donde prevalezca la opinión de la mayoría, se respete la de la minoría y sobre todo, se busque el consenso general.
36.- Nuestro partido político es un partido nacional, federado, y frentista. Existirán aspectos, puntos de vista y opiniones encontradas. Esto no nos atemoriza, sabemos que la confrontación de ideas es un elemento fundamental de la vida de cualquier organización política. Por ello no tememos expresar nuestros desacuerdos ni pretendemos ocultarlos hipócritamente, para dar una falsa apariencia de monolitismo. Los procesos unitarios estarán permanentemente caracterizados por modalidades y ritmos diferentes. Habrá siempre la conciencia del respeto a la autonomía de cada organización que lo integra y el conocimiento que la diversidad nos enriquece. Funcionamos con el principio de unidad política-lucha ideológica, como un mecanismo de revolucionarización permanente.
37.- La importancia que concedemos a la autonomía de las organizaciones que nos lleva lógicamente a exigir la independencia del Partido -tanto económica como política y propagandística- respecto a cualquier organización internacional o de extranjeros, así como de ministros de cultos de cualquier religión o secta y por ello no se celebran pactos o acuerdos que subordinen o sujeten al Partido a cualquiera de las personas físicas o morales mencionadas.
IX.- ECONOMÍA Y DESARROLLO
38.- La situación de explotación, opresión y empobrecimiento de las grandes mayorías de mexicanos es un resultado del sistema económico capitalista. Este ha producido el mayor desarrollo de la ciencia, de la tecnología y de la productividad en la historia de la humanidad, pero también uno de los órdenes sociales más desiguales y una enorme concentración de la propiedad y de la riqueza en general.
39.- En la sociedad mexicana actual podemos reconocer cuatro formas fundamentales de propiedad:
a) La gran propiedad privada capitalista
nacional y extranjera.
b) La propiedad privada de carácter individual o familiar.
c) La propiedad
pública.
d) La propiedad social constituida por cooperativas, comunidades, ejidos, sindicatos y asociaciones civiles.
40.- El Partido del Trabajo lucha por un nuevo orden económico que devuelva a la sociedad los recursos y la riqueza que el gran capital le ha quitado y donde desaparezcan la explotación del hombre por el hombre y el trabajo asalariado. Una economía que tenga por objeto el bienestar humano y el desarrollo social.
41. Como vía hacia ese orden igualitario, el PT reconoce un periodo histórico de transición económica donde coexisten el sector social, el público y el sector privado; pero donde se combata la existencia y formación de monopolios y oligopolios, por el contrario impulsaremos las formas colectivas de propiedad y de organización productiva, y donde el sector estatal se coloque al servicio de los intereses de toda la sociedad.
X. POR UNA SOCIEDAD ECOLÓGICA
42.- Nos comprometemos a construir una sociedad ecológica, que viva en armonía con la naturaleza y para ello construir una cultura ecológica en toda la población, como condición necesaria para evitar la contaminación y deterioro del medio ambiente.
43.- La contaminación y la destrucción desmedida de los ecosistemas en el capitalismo, es el resultado del afán de lucho desmedido de los particulares y de la irresponsabilidad del Estado, que los lleva a explotar irracionalmente a la naturaleza. Estamos a favor de combatir la industria sucia y apoyar a la pequeña y mediana empresa para que avance en sus procesos de industria limpia, así como legislar para evitar la irracional destrucción de la naturaleza.
44.- Estamos a favor de un medio ambiente sano con ciudades limpias y poblaciones sanas.
Estamos a favor de la biodiversidad, de proteger a la naturaleza y combatir la depredación del medio ambiente y de los ecosistemas.
Buscamos un desarrollo ecológico con productividad, que genere una explotación racional de la naturaleza y la preservación de sus recursos naturales.
Buscamos un desarrollo económico, social, sostenible y sustentable en armonía con la naturaleza.
Nos pronunciamos por las fórmulas alternativas que permitan un uso general de energías y tecnologías limpias, no contaminantes.
XI.- JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
45.- El Partido del Trabajo reivindica la vigencia plena de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1950), de los Derechos de la Mujer (1975, 1985, 1995), de los Derechos de las Minorías y de los Pueblos Indios acordados en el Convenio 169 de la OIT y los Derechos en Favor de la Infancia (1990). Su observancia, defensa y promoción es tarea fundamental y debe de ser parte de la nueva cultura, en donde se pregone con los hechos y el ejemplo.
46.- Estamos a favor del derecho a la vida como derecho inalienable del ser humano y por una sociedad que proteja ese derecho sin discriminación alguna.
47.- Las garantías individuales, sociales y políticas deben ser parte esencial de los derechos fundamentales de todos los mexicanos.
48.- Nos pronunciamos por el fortalecimiento, autonomía e independencia de los organismos defensores de los derechos humanos, superando las limitaciones jurídicas que tienen actualmente, para poder contar con instrumentos institucionales que garanticen estos derechos.
49.- Nuestra propuesta está enmarcada en un proceso de construcción de una nueva sociedad, en donde no tengamos explotación ni opresión hacia el hombre ni hacia la mujer, como única garantía de vigencia plena de los derechos humanos.
50.- También planteamos un Estado de justicia social, rompiendo con la tradición liberal individualista, que ha significado una mentira y la injusticia para la mayoría de los mexicanos.
51.- El Partido del Trabajo plantea que se fortalezca la independencia y funciones de los órganos integrantes del Poder Judicial Federal y Estatal y que los Jueces y Magistrados así como el Procurador General de la República y los Procuradores Generales de las Entidades Federativas sean electos democráticamente, mediante voto libre y secreto por parte de la sociedad.
52.- Pugnar porque la población cuente con mejores medios de defensa frente a la administración pública federal, estatal y municipal.
Pugnar por el fortalecimiento de los Organismos Administrativos Federales y Locales para que estos puedan ser autónomos de Poder Ejecutivo y de plena jurisdicción.
53.- Para lograr una plena justicia social en favor de las clases sociales más necesitadas, nos proponemos presentar iniciativas de Ley que tiendan a equilibrar las desigualdades sociales y que estén en favor de la defensa de obreros, campesinos y de clases medias populares.
54.- Se propone crear mecanismos jurídicos que permitan que todas aquellas personas que han sido objeto de acusaciones infundadas por parte del Ministerio Público, y que en los procesos correspondientes se demuestre su inocencia, sean indemnizados por daño moral, económico y psicológico conforme a lo que establezcan las leyes y se les otorgue una declaración pública que les restituya su buena reputación y sus derechos morales.
55.- Se pugnará por crear mecanismos jurídicos que garanticen el cumplimiento de la responsabilidad económica extracontractual por parte del Estado y en favor de los particulares.
XII ESTADO SOCIAL DE DERECHO
56.- Como partido político respetamos el Estado de derecho y por ende nos obligamos a observar la Constitución y las leyes e instituciones que de ella emanen, así como a conducir nuestras actividades por medios pacíficos y por la vía democrática. No obstante, señalamos que pugnaremos porque desaparezcan las leyes que permiten la represión y explotación del pueblo.
57.- Los Convenios o Tratados Internacionales que México signe, deberán ser ampliamente consultados con el pueblo y difundirlos en todos los sectores, especialmente aquellos a los que dichos documentos se refieran, y que una vez firmados sean respetados con carácter de ley y sancionados debidamente cuando no se cumplan.
58.- El Estado Mexicano, es un conjunto de poderes, contradictorios entre sí. Hasta ahora, el Poder Ejecutivo a utilizado y manipulado a los Poderes Legislativo y Judicial, violentando la autonomía de los mismos y la soberanía del pueblo.
El fortalecimiento de la autonomía de los Poderes de la Unión y en particular la autonomía de los Municipios, donde el pueblo ejerza el poder es una tarea fundamental del Partido. Es ahí donde las organizaciones sociales y el pueblo pueden crear un instrumento directo al servicio de la sociedad y demostrar lo que es el ejercicio democrático, honesto y eficaz de un gobierno al servicio del pueblo.
59.- También hemos de pugnar porque el poder del Estado se emplee en salvaguardar los derechos del individuo, del ciudadano y los derechos sociales, que han sido conquistas de las mejores luchas de la humanidad y que están consagrados en la Constitución de la República. En cuanto a las libertades individuales se insistirá en las de expresión, creencia religiosa, manifestación, profesión, actividad económica, movimiento, petición y asociación.
PROGRAMA DE ACCION
I.- OBJETIVOS SOCIALES
1.- Luchamos porque sean las masas populares, a través de sus movimientos, su acción colectiva y sus prácticas de democracia directa y participativa, quienes logren destruir las relaciones sociales capitalistas, la explotación, la opresión del hombre y la enajenación consumista, para construir una sociedad en comunidades, es decir, en diferentes formas de asociación libre de individuos solidarios que promuevan el desarrollo integral del ser humano.
2.- Pugnamos porque todos los trabajadores de la ciudad y del campo seamos propietarios y poseedores colectivos de los medios de producción, por hacer del trabajo una realización del hombre y la mujer, por instaurar un sistema democrático de organización de la producción y su distribución, sustituyendo la autoridad y la disciplina despótica del gran capital, por la autogestión y la disciplina establecidas colectivamente por los trabajadores, así como por una economía al servicio de las necesidades del pueblo.
El neoliberalismo ha llevado a la pobreza a la inmensa mayoría del pueblo mexicano y a más de la mitad a la pobreza extrema, siendo los sectores más afectados las mujeres y los niños; también ha perjudicado a sectores importantes de las clases medias, empresariales y profesionistas, los cuales habrán de jugar un papel significativo en un nuevo orden económico, redistribuidor de las riquezas.
3.- Nos comprometemos a terminar con la injusta distribución nacional, regional y social de la riqueza y por garantizar, a partir de nuestras propias fuerzas productivas, un creciente bienestar a la población más que un simple reparto de la miseria. Estamos a favor de una sociedad moderna, productiva, eficiente y sustentable.
4.- Proponemos llevar a cabo una reforma urbana integral que acabe con el centralismo de las grandes ciudades y su crecimiento desmesurado; con la desigualdad ciudad-campo y los desniveles regionales producto del capitalismo. Luchamos contra la escasez y la especulación del suelo, de la vivienda y de los medios de consumo necesarios, especulación provocada por el gran capital y el Estado. Estamos a favor de una vivienda digna y un hábitat que mantenga el equilibrio ecológico para todos los mexicanos. Igualmente nos pronunciamos por llevar los servicios urbanos a los poblados rurales. De la misma manera la reforma urbana debe ser democrática y tendiente al control de los servicios por las comunidades.
5. Luchamos contra cualquier tipo de impunidad, de autoritarismo, de corrupción, de gigantismo, de despotismo burocrático y policíaco del Estado. Estamos a favor de la construcción y desarrollo de órganos de poder popular, independientes de los aparatos de Estado, que desconcentren la actividad estatal, asumiendo tareas generales y dando cauce a la iniciativa de las masas para administrar y gobernar en el país, hasta que todo el poder sea del pueblo organizado. Asimismo, el Partido promoverá la realización de acciones del poder público tendiente a solucionar las carencias de los distintos sectores de ciudadanos. Nuestro proyecto no concibe la política como un instrumento de dominación y enriquecimiento, la nueva política que practicamos es y debe ser un instrumento al servicio del pueblo.
6.- Luchamos contra un Estado que actúa como si la nación mexicana fuera patrimonio suyo; que ha convertido la propiedad nacional en propiedad privada, la soberanía nacional en una supuesta soberanía del Estado. Luchamos porque las organizaciones sociales sean dueñas del manejo de las empresas y ocupen los espacios dejados por las desestatizaciones y para que la soberanía nacional dependa del poder del pueblo mexicano más que de la fortaleza de su Estado. Porque los actores principales de la historia mexicana sean los sujetos sociales y no los detentadores del poder del estado.
La corrupción en el poder público ha sido auspiciada por el grupo político y económico dominante en el Estado mexicano organizado desde 1929 en el PRI. Una de las formas más corrosivas de la vida pública que han impuesto es la desmesurada asignación salarial de servidores públicos y representantes populares que constituye un premio, prebenda y estímulo al servilismo, docilidad y protección de su régimen político, que a su vez provoca una nefasta cultura de arribismo y oportunismo económico y político en los procesos por participar en la estructura de poder público y político y una grave ofensa al promedio de ingresos de los mexicanos.
Nos pronunciamos, como un método por combatir la corrupción en la vida pública y evitar que los salarios de servidores públicos y representantes populares constituyan un elemento de motivación distorsionada para participar en cargos de Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial y colaterales, por una reducción de estas percepciones en todos los estratos y ámbitos del poder público de Estado mexicano para convertir esta actividad pública en un verdadero compromiso de servicio al pueblo y no un cargo para lucrar.
Hacemos nuestra la tesis de Benito Juárez en el sentido de que los representantes populares y servidores públicos sean revocables y remunerados con una modesta medianía, pero al mismo tiempo, incrementar la vigilancia ciudadana y las sanciones para quienes abusen y realicen y promuevan prácticas de corrupción desde dentro y desde fuera del poder público.
Se luchará, además por la participación popular en las grandes decisiones sociales, y para ello, se promoverá el interés de todos los ciudadanos en la solución de los problemas nacionales.
Instrumentaremos el referéndum en todas sus modalidades, el plebiscito, la iniciativa popular, la revocación de mandato, la afirmativa ficta y el derecho a la voz ciudadana. Estos son procedimientos efectivos de la democracia directa y participativa, que permiten el integral ejercicio democrático del conjunto de la sociedad sobre su propio destino.
Impulsaremos la cultura de las alianzas y coaliciones y seremos fervientes promotores de los acuerdos y consensos con los partidos de oposición y sectores progresistas que aceleren y profundicen el proceso de cambio democrático, el bienestar social y la alternancia en el poder publico.
7.- Luchamos por desarrollar una actividad cultural y científica, una educación con valores éticos puesta por entero al servicio de las masas, impartiendo una enseñanza democrática, científica y gratuita. Una educación de nuevo tipo que combine la enseñanza teórica con el trabajo productivo, el aula con la fábrica y la unidad de producción agropecuaria, con el conocimiento científico, con sus aplicaciones prácticas en las condiciones de México. Estamos por un desarrollo científico y tecnológico que sirva para alcanzar una creciente productividad del trabajo, acortando el tiempo disponible para la producción material y permitiendo avanzar en el proceso de liberación de los individuos, ampliando el tiempo disponible para las actividades y facultades individuales, no determinadas por la necesidad económica. Una educación que luche contra el individualismo, el egoísmo y desarrolle en forma multilateral las capacidades y la solidaridad de los individuos.
8.- Luchamos porque las masas de trabajadores del campo construyan una sociedad rural democrática, a través de:
a)
Una reforma al artículo 27 constitucional que restituya el derecho a la tierra a las comunidades rurales, a la copropiedad del hombre y la mujer en lo que estaba considerado como patrimonio familiar.
b) Un reparto agrario, que reduzca la pequeña propiedad a 20 hectáreas de riego o sus equivalentes.
c) Que los campesinos organizados en cooperativas, unidades colectivas y demás figuras asociativas controlen y eleven la calidad de producción, comercialización, abasto e industrialización, reconvirtiéndolo tecnológicamente, acompañado de educación y capacitación; de mayor y mejor inversión pública y privada y financiamiento, con créditos blandos.
d) Un control por los pequeños productores agropecuarios organizados en formas de cooperativas y unidades colectivas que controlen el proceso de producción, comercialización, abasto e industrialización, con la tecnología más adecuada.
e) Un control por las comunidades agrarias y organizaciones sociales campesinas, de los servicios de beneficio social como son: el abasto, la educación la vivienda, la salud, las comunicaciones y la seguridad pública.
g) La defensa del ejido y la propiedad comunal.
h) La reforma democrática y efectiva de la legislación agraria.
en el hogar,
posibilidades
cultura,
Luchamos porque la mujer sea considerada sujeto de creación, acción, opinión y decisión. Es decir, sujetos sociales e individuales de transformación social.
Luchamos por que se les dé atención a todos los jóvenes y se les otorguen espacios educativos, culturales, deportivos y de trabajo.
Promoveremos grupos activos de personas de la tercera edad en donde puedan desarrollar su capacidad creadora y que su experiencia siga enriqueciendo a la comunidad.
l0.- Luchamos por terminar con las distintas formas de opresión que pesan sobre los pueblos indígenas para rescatar, respetar, promover y difundir sus manifestaciones culturales, su lenguaje y sus tradiciones, al mismo tiempo que elevar su nivel de vida e impedir que sean discriminados. El Partido promoverá la restitución de sus tierras y el apoyo para impulsar su desarrollo agropecuario y en todos los órdenes. Igualmente nos pronunciamos en contra del saqueo de los recursos naturales en territorio indígena.
Nos pronunciamos por el cumplimiento y plena observancia de los "Acuerdos de San Andrés".
11.- Luchamos por una sociedad ecológica que establezca una relación armoniosa entre la naturaleza y el desarrollo social y económico y que garantice el desarrollo sustentable del país. Luchamos por crear y fortalecer una cultura ecológica de corresponsabilidad que cuide y proteja nuestra biodiversidad y los ecosistemas. Ante la grave contaminación que vivimos del aire, tierra y agua y ante la inmoderada e irracional devastación y depredación de nuestra flora y fauna. Exigiremos la inmediata aplicación de la ley contra todos los agentes que contaminen o afecten nuestros recursos naturales en el campo y en la ciudad, en particular a las empresas contaminantes que están protegidas por autoridades corruptas.
Buscaremos políticas que permitan:
a) Un ordenado desarrollo turístico que impida la explotación ilegal de nuestros recursos naturales
b) El respeto y establecimiento de nuevas áreas naturales protegidas.
c) Incrementar el presupuesto orientado a la preservación del medio ambiente
d) Apoyo a la pequeña y mediana industria para que implanten procesos no contaminantes; y
e) La incorporación del sector académico y especialistas en esta materia al sistema educativo.
13.- Luchamos por establecer una verdadera solidaridad con los pueblos del mundo y especialmente con los latinoamericanos; solidaridad que se exprese cultura, política y económicamente.
14.- Luchamos, por lo tanto, por una sociedad autogestionaria, ética, libre, justa, próspera, productiva, eficiente, plural, democrática, ecológica, humanista y socialista. La sociedad a la que aspiramos es radicalmente diferente a la que existe en algunos países que han distorsionado la construcción socialista, donde priva una organización del trabajo opresiva y burocrática y los productores directos están al margen de la toma de decisiones, donde la estratificación social perdura en lugar de extinguirse y el Estado en lugar de incorporar a las masas a la gestión de sus asuntos, se ha convertido en una máquina cada vez más opresiva, centralista y totalizadora.
II. ESTRATEGIA Y TACTICAS
15. Para que el sistema capitalista deje de ser dominante y la sociedad cambie, se requiere construir el bloque de las masas populares que derrote a los explotadores y opresores, transforme sus propias prácticas y actitudes para que pueda construir nuevas relaciones sociales. Para ello, el bloque de las masas populares debe luchar colectiva y organizadamente en todos los terrenos: el ético, el político, el económico, el ideológico, el social y el cultural. Los miembros del partido impulsaremos eslabonadamente la lucha por satisfacer los intereses inmediatos del pueblo y al mismo tiempo, por alcanzar los objetivos estratégicos. Ello implica también no olvidar el conjunto al atender la parte y lograr que un adelanto particular tenga consecuencias en la totalidad. En este sentido, debemos sistematizar y evaluar permanentemente el trabajo de las organizaciones de masas para mantenerlas cohesionadas y protegidas de la represión estatal. De igual forma debemos definir claramente en cada coyuntura histórica la línea política, la concepción global del Estado y las relaciones de fuerza entre las clases sociales, de tal modo que nos permita establecer la estrategia y la táctica adecuadas. Debemos definir nuestro sistema de alianzas tácticas y estratégicas.
16.- El proceso de transformación es un proceso de destrucción/construcción. Destrucción de las relaciones sociales de explotación, opresión, dependencia y sometimiento; relaciones sociales que inhiben las iniciativas populares y que fomentan el economicismo, el localismo y el politicismo autoritario, y al mismo tiempo, la construcción de nuevas relaciones sociales que permitan el acceso del pueblo a un mayor control de sus propias condiciones de existencia y de trabajo en las fábricas, el sindicato, la comunidad, la educación, los medios masivos de comunicación y la sociedad en su conjunto. Nuevas relaciones sociales que permitan subordinar el Estado a las masas y a éstas crear una cultura hegemónica surgida desde abajo. En este proceso se impulsa la construcción de nuevas formas de organización y autogobierno de las masas desde la base, su educación ética y política permanente y el surgimiento de una nueva cultura. Todos estos son elementos indispensables para construir una nueva sociedad.
Luchamos por lograr triunfos parciales y el cumplimiento de objetivos tácticos dentro de la línea general de los objetivos estratégicos, de tal manera que la lucha por reformas sociales, políticas y económicas, se encuadra en la concepción revolucionaria de la lucha popular prolongada, ininterrumpida y por etapas, para lograr la nueva sociedad que queremos.
El objetivo primordial de nuestra participación política no es la conquista del poder del Estado. Este es sólo un medio que nos permite, una vez conquistado el poder del Estado, transformarlo, y colocarlo al servicio de la sociedad civil. Nuestro fin último es la transformación integral de la sociedad.
El PT no busca el poder para sí, impulsa a la sociedad a que lo asuma siendo el Partido sólo el instrumento. El ser y que hacer del PT es luchar por un Partido enteramente nuevo, un Estado de nuevo cuño, pero sobre todo por una nueva sociedad.
17.- Nuestra estrategia para que la relación de fuerzas nos favorezca nacionalmente debe basarse en la construcción de organizaciones autónomas, independientes y democráticas de masas, donde ya se empiece a vivir nuestro proyecto de sociedad alternativa. Este proyecto hegemónico incluye, la construcción de una fuerza organizada con prácticas democráticas de masas. Una lucha ética, ideológica y cultural en las propias organizaciones sociales que ayude a formar al hombre nuevo y a la nueva sociedad.
También considera la unificación política del bloque de las masas populares mediante la construcción de una conciencia solidaria que admita sacrificar algunos intereses particulares para trascender el aislamiento y la dispersión de las luchas populares, levantando organizaciones de masas de nuevo tipo; la apertura de espacios políticos que sirven de condición para la construcción de organizaciones sociales y de la unidad del bloque de las masas populares.
Buscamos la construcción de un amplio sistema de alianzas sociales, tendientes al desarrollo de un bloque social popular que nos permita derrotar al neoliberalismo.
18.- Nuestras tareas permanentes en las organizaciones de masas consisten en la democratización, la lucha por mejores condiciones de vida y de trabajo, la movilización para la conquista y defensa de la libertad política y por construir la unidad del bloque de las masas populares, entendido como la alianza de todos los explotados y oprimidos bajo el gran capital. Debemos luchar por convertir las organizaciones de masas en escuelas de lucha y de gobierno donde aprendan éstas a ejercer su poder, a autogobernarse y se combata la ideología burguesa, para que estén las masas en condiciones de impedir nuevas formas de opresión y subordinación y evitar la reconquista de sus organizaciones por la burguesía. En una palabra, debemos luchar por la construcción de una democracia directa y centralizada en las organizaciones de masas.
19.- Las organizaciones sociales no son el único lugar donde se enfrenta el proyecto democrático de las masas. La lucha se da también en otras instituciones como la familia, el sistema escolar (incluyendo universidades) y los medios masivos de comunicación. En estos espacios debemos también trabajar constructivamente en lo ético, ideológico, político y cultural para apoyar el proceso de unidad del bloque de las masas populares y su constitución en una fuerza organizada con prácticas democráticas de masas.
20.- Es importante entender que la lucha no avanzará en todo México de manera homogénea y a la misma velocidad. Las regiones que componen la formación social mexicana son desiguales y diferentes. Las clases sociales y fracciones de clase tienen también rasgos distintos en cada región. Esto explica que el proceso de transformación de la sociedad no se desarrolle, ni se desarrollará, con el mismo tiempo político y que tendrá que ser respetado el ritmo del conjunto de los procesos. Será necesario entonces armonizar e integrar el conjunto desigual de los procesos transformadores, de tal manera que nos permita orientar el movimiento bajo una misma línea política y en una misma dirección. La garantía de la correcta conducción de la transformación en México dependerá de nuestra capacidad para combinar acertadamente el conjunto desigual y complejo de procesos y subordinarlos a la dirección y dominio del proceso principal en cada etapa.
21.- Como la transformación en nuestro país no se va a realizar de un sólo golpe, el proceso será prolongado y atravesará por diferentes etapas de desarrollo, que necesariamente deben eslabonarse de una manera ininterrumpida, para darle continuidad al proceso. Cuando la lucha se estanque en una dirección, habrá que cambiar de terreno para seguir avanzando en beneficio del pueblo. Lo anterior nos obliga a adecuar la estrategia y la táctica a las necesidades de las diferentes etapas. Las formas de lucha y de organización también deberán cambiar como consecuencia de los objetivos fijados en cada etapa.
22.- Los miembros de las organizaciones sociales y del partido no deberán ser dogmáticos, sino tener la capacidad, la actitud y el sentido crítico para detectar los cambios prevalecientes, para ser suficientemente flexibles y diestros en generar nuevas alternativas y buscar nuevos caminos. Un revolucionario debe de ser crítico y creativo. Debe tener una gran capacidad para adecuarse a las nuevas situaciones.
23.- Existen contradicciones al interior del Estado mexicano y, además todos sus aparatos están inmersos, de una manera u otra, en la lucha de clases de tal suerte que sus políticas expresan los cambios en la correlación de fuerzas entre los grupos sociales. Actualmente, en los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial existen espacios políticos donde el bloque de las masas populares ha colocado y seguirá colocando de manera creciente representantes populares y servidores públicos los cuales deben instrumentar políticas, que beneficien a la sociedad y extiendan el horizonte de su poder a otros grupos sociales.
24.- Debemos impulsar el desarrollo de una etapa caracterizada por la movilización masiva encabezando la lucha por las demandas cotidianas, la constitución de organismos dirigentes colectivos, amplios y verdaderamente representativos y la exigencia a los servidores públicos de responder y negociar con comisiones numerosas, creando comités ciudadanos representativos que ejerzan las funciones de contraloría social sobre el desempeño de los servidores públicos del Partido del Trabajo y de todos los demás. Es necesario lograr la asimilación uniforme de las distintasexperiencias y un desarrollo armónico de los distintos sectores del partido. Ocupa un lugar importante en nuestras tareas actuales, la formación y capacitación congruente con la práctica de cuadros partidarios y de masas, generando activistas capaces de convertirse en dirigentes en el partido y en las organizaciones de masas.
Para alcanzar este objetivo el partido desarrollara programas para la permanente formación ética, ideológica, y política de cuadros de masas, partidarios, servidores públicos y representantes populares del partido, en el ideario revolucionario. Asimismo se establecerán los programas tendientes a preparar la participación activa y equitativa de los militantes del partido en los procesos políticos electorales.
III. POLITICAS
25.- Promover una soberanía basada en la autonomía política, la participación democrática del pueblo y la independencia económica. Fortalecer con los países no alineados el proceso mundial de la paz. Oponerse a la división del mundo en bloques de tendencia imperialista, político-militares y a la dependencia de los países subdesarrollados respecto a los industrializados. Estrechar los lazos de amistad con los pueblos del mundo y en especial los latinoamericanos.
26.- Promover políticas tendientes a erradicar el presidencialismo, el autoritarismo, el corporativismo, la corrupción, el nepotismo, la impunidad y todo tipo de violencia antipopular de cualquier aparato de Estado. Promoveremos políticas que hagan respetar la democracia y las iniciativas de las masas, y erradiquen el fraude electoral y la relación paternalista de dependencia respecto al Estado y cualquier partido político.
27.- Promoveremos las políticas que hagan inviables los monopolios ideológicos, económicos y políticos. Estamos por la alternancia en los poderes ejecutivos de los Estados y de la Federación. El poder se debe compartir y son sanos los gobiernos de coalición, de acuerdo a la coyuntura y correlación de fuerzas, en beneficio del pueblo. En esta etapa y en las sucesivas es de principal importancia la construcción de poderes municipales de nuevo tipo, en donde ejercitemos nuestro proyecto de administraciones públicas democráticas, al servicio de la sociedad.
28.- Promover políticas que no descarguen el peso de la crisis sobre las espaldas del pueblo trabajador de la ciudad y del campo. Este requiere de trabajo y bienestar desde ahora. El empleo productivo y el ingreso del pueblo son palancas básicas para salir de la crisis y emprender el desarrollo económico. Es necesario fortalecer el mercado interno para proporcionar el suficiente número anual de empleos y atender el bienestar económico de las masas populares. Estamos a favor de la implantación del seguro del desempleo, en forma escalonada.
29.- Las políticas económicas deben apoyar la lucha antiimperialista y la promoción de la integración de nuestra economía a varias cuencas y regiones internacionales, procurando que sea en igualdad de condiciones y sobre todo cuidando de no afectar la soberanía nacional.
30.- Se han de dictar políticas permanentes que en el ámbito nacional, estatal y municipal, promuevan la autogestión, la cogestión y la gestión compartida de las actividades económicas por los sectores públicos, social y privado.
31.- El sector privado que actúa como inversión productiva es factor importante de desarrollo económico, en tanto participe en el proceso de globalización y desarrollo del país con un carácter nacionalista y reinvierta sus ganancias al mismo tipo de producción productiva y no a la especulativa. Estamos a favor del equilibrio en las finanzas públicas y que el gobierno concerte con los empresarios, obreros y campesinos los objetivos y metas macroeconómicos fortaleciendo el poder adquisitivo del salario y de la población.
32.- Se apoyará la transferencia tecnológica a la industria y al campo, para lograr en éste, la autosuficiencia alimentaria y que sus excedentes nos permitan mejorar nuestro nivel y calidad de vida y de competitividad en el mercado internacional. Se vigilará que la transferencia sea adecuada a nuestra realidad, para que no genere enclaves, sino desarrolle nuestra capacidad productiva en general e incremente los ingresos de los trabajadores.
33.- Se promoverán políticas que tiendan a incrementar el proceso de industrialización de la economía. En este sentido habrá que garantizar el ahorro y la inversión productiva de manera equilibrada entre el sector primario y secundario, y entre los sectores sociales, privado y estatal de la economía.
34.- Lucharemos por implantar las medidas necesarias que logran la soberanía alimentaria en el país, que promuevan las agroindustrias y la pequeña industria rural. Lucharemos también por la defensa del ejido y la propiedad comunal.
35.- El sector financiero deberá apoyar el desarrollo rural, a la pequeña y mediana industria, y no exclusivamente al gran capital.
36.- El capitalismo de Estado no es un medio eficaz para el logro del bienestar del pueblo, ni es eficiente para desarrollar las fuerzas productivas del país. No se promoverán medidas que tiendan a fortalecer el capitalismo de Estado; más bien se apoyarán políticas que obliguen a la inversión pública a desarrollar la infraestructura básica que aún requiere el país.
37.- Proponemos llevar a cabo una Reforma Fiscal e integral, que sea sencilla, clara y precisa. El principio básico debe ser que pague más impuestos, quien más gane. Ello debe implicar una nueva distribución de los impuestos directos, gravar los flujos de capitales internacionales, principalmente los especulativos y los fondos de inversión, así como los capitales ociosos. En los países capitalistas neoliberales existe la tendencia a aumentar los impuestos indirectos sobre los directos. Esto en apariencia hace más justo el pago de impuestos porque quien más consume más paga, sin embargo los más poderosos sólo consumen una parte mayor de lo que ganan, acumulando el resto, lo cual también debe ser gravado.
En los impuestos indirectos al consumo, como el IVA, se debe diferenciar claramente el consumo suntuario el cual debe tener mayor gravamen, bajar el IVA para los bienes de consumos necesario y poner en tasa "cero" una mayor cantidad de bienes básicos.
En lo referente al gasto, con el objeto de contar con un federalismo equitativo, que dé mayores recursos y también mayor competencia fiscal a los Estados y Municipios, para los cuales en la actualidad mantienen una proporción injusta, de 80% a la federación, 16% a los Estados y 4% a los Municipios. Proponemos que gradualmente estos porcentajes varíen hasta alcanzar el nivel de 50% para la Federación, 30% para los Estados y 20% para los Municipios
38.- Se debe procurar mejorar drásticamente el nivel productivo de sectores económicos marginados y empresas pequeñas. También se impulsará el desarrollo de regiones deprimidas del agro y fundamentalmente, el ingreso de los sectores populares.
39.- Se promoverá la regularización de la propiedad de la tierra urbana y la instalación de servicios urbanos en las colonias marginadas de las ciudades y en las comunidades rurales. Se adoptarán medidas para evitar los abusos de los casatenientes y para reducir radicalmente la deficiencia de vivienda popular. Se promoverán medidas para extender la atención médica del Seguro Social a las colonias marginales y a las comunidades rurales. Se buscará reglamentar el derecho de los pobladores urbanos para que puedan decidir, inclusive vía referéndum y plebiscito, los asuntos de su propia ciudad.
40.- La contaminación en las ciudades y el deterioro de los recursos naturales, (bosques, suelos y aguas) en el medio rural son alarmantes. Además de una política que implante medidas radicales para resolver dichos problemas, se deberán promover campañas que incluyan una cultura ecológica en todos los sectores de la población.
41.- La juventud y la niñez constituyen la mitad de la población mexicana y son el presente y el futuro del país. Habrá que promover su desarrollo humano e integral, creándoles condiciones de igualdad de posibilidades y oportunidades a todos los niveles, además del deporte de masas y de excelencia y la recuperación educativa. Por lo tanto, deberemos promover las reformas educativas necesarias para garantizar el desarrollo de estos dos grupos de población, mientras logramos el poder político para hacer el cambio estructural del sistema educativo mexicano.
42.- La educación y la cultura representan el eje fundamental de la equidad social y del desarrollo y progreso del país.El estado garantizará e impartirá una educación integral, ética, laica, pública, crítica, gratuita y científica, así como la formación científica y tecnológica que nos permita un desarrollo moderno y participativo. La comunicación masiva se abrirá a las organizaciones sociales y su programación será verdaderamente educativa no deformante. El partido promoverá la apertura de la comunicación masiva para que cumpla objetivos educativos y no sea alienante.
43.- Estamos a favor de promover una política deportiva integral. Estamos por implementar el deporte a nivel masivo para todas las edades. Pondremos especial énfasis en el deporte infantil y juvenil.
44.- Pugnaremos por promover Institutos Estatales de Protección y apoyo a pensionados, jubilados y grupos vulnerables, que les garanticen recreación, asistencia social, deporte, cultura, empresas sociales generadoras de empleo, alimentación y atención médica.
45.- Estamos en contra de la política neoliberal que se aplica en el país desde hace trece lustros porque ha profundizado la polarización de la sociedad. Hoy hay más pobres y menos ricos con fortunas mayores. El neoliberalismo también ha destruido las cadenas productivas y fracturado el aparato nacional.
46.- Combatiremos el desempleo impulsando empresas familiares, la micro, pequeña y mediana empresa privada. Fomentaremos las empresas sociales para impulsar el desarrollo y el autoempleo.
47.- Instrumentaremos programas permanentes de capacitación y adiestramiento de mano de obra para incorporar a la actividad productiva a importantes sectores de la población, y lograr la especialización y profesionalización de los trabajadores.
48.- Apoyaremos a las industrias de punta porque eso va a permitir que México se inserte productivamente en la actual revolución tecnológica, es decir en el campo de la microelectrónica, computación telecomunicaciones, robótica, cibernética y biotecnología. Apoyaremos a las empresas que tengan ventajas competitivas en el mercado internacional.
49.- la política oficial está dirigida a favorecer a unos cuantos grupos económicos. La falacia del neoliberalismo sustenta un supuesto libre juego de las fuerzas del mercado, pero en los hechos los grupos monopólicos y oligopólicos determinan en lo fundamental, junto con la complicidad de la gran burocracia política estatal, la marcha de la economía condenando a la pequeña y mediana empresa a su debilitamiento y a la quiebra. Planteamos una política que regule a los monopolios y oligopolios. Estamos a favor de la defensa de los derechos de los consumidores.
50.- El gasto público debe utilizarse para reactivar la economía y corregir los desequilibrios que ha generado el neoliberalismo. Debe utilizarse para capacitar la fuerza de trabajo, la salud, la vivienda, la educación, alimentación, las empresas agropecuarias y las obras de infraestructura necesarias para el desarrollo económico y social.
51.- El pago del servicio de la deuda externa ahoga toda posibilidad de desarrollo económico. Estamos a favor de una renegociación de la deuda que disminuya intereses y que posibilite la recuperación de la economía y generación de empleos. Igualmente nos pronunciamos por una auditoría a la deuda externa que verifique montos, gastos y deslinde responsabilidades.
Asimismo, repudiamos el desvío ilegal de recursos públicos al FOBAPROA y al rescate carretero a favor del PRI y grandes empresarios. Pugnaremos por que se deslinden responsabilidades y se castigue a los culpables.
52.- Por el respeto a los derechos humanos, sociales, laborales, políticos, electorales y culturales de los mexicanos residentes en el extranjero. Se debe pugnar por incluir el tema migratorio en el Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos y Canadá, y para garantizar estos derechos demandamos al Gobierno que asuma la defensa enérgica de nuestros connacionales en el extranjero.
También pugnamos porque estos mexicanos ejerzan su derecho a votar en las elecciones del Poder Ejecutivo federal
53.- Vamos por una nueva cultura empresarial, una nueva cultura laboral, por un nuevo sindicalismo.
Queremos una nueva cultura empresarial, más competitiva, que aumente la calidad total, la productividad y por lo tanto, los salarios y prestaciones sobre la base de la incorporación de tecnología de punta y no sobre la explotación salvaje de los trabajadores.
Planteamos una nueva cultura laboral que signifique capacitación, adiestramiento y aumento permanente de la productividad de los trabajadores para contribuir a crear una nueva industria nacional más competitiva.
Buscamos un nuevo sindicalismo propositivo, que busque el aumento de la eficiencia y la productividad de los trabajadores a cambio del aumento creciente de su bienestar económico y social. Rechazamos el sindicalismo improductivo, que protege la ineficiencia, el desgano, el ausentismo y la irresponsabilidad de los trabajadores.
I.- DEL NOMBRE, EMBLEMA, LEMA Y DOMICILIO
ARTICULO 1.- Su nombre es PARTIDO DEL TRABAJO.
ARTICULO 2.- Su emblema es un recuadro negro con fondo rojo; con una estrella de cinco picos de color amarillo oro en la parte superior, y ocupando un mayor espacio, situadas en la parte inferior de la estrella, las siglas PT en color amarillo oro. Los colores que caracterizan al Partido del Trabajo son rojo y amarillo oro.
ARTICULO 3.- Su lema es UNIDAD NACIONAL, ¡TODO EL PODER AL PUEBLO!.
ARTICULO 4.- El domicilio de la sede nacional del Partido del Trabajo estará ubicado en la Ciudad de México, Distrito Federal. Sus estatales, municipales, delegacionales y en su caso distritales, tendrán su domicilio en el lugar de su residencia.
II.- DEL CARACTER DEL PARTIDO
ARTICULO 5.- El Partido del Trabajo es un Partido Político Nacional del Pueblo y para el Pueblo. Es democrático, popular, independiente y antiimperialista. Lucha por una sociedad autogestionaria, justa, con igualdad social de condiciones y oportunidades en un ambiente de libertades y ecológicamente sustentable.
ARTICULO 6.- El Partido del Trabajo considera a la Línea de Masas como la línea fundamenta para todo trabajo que se realice, tanto a su interior como entre las masas, que permita ir construyendo el poder popular alternativo.
ARTICULO 7.- El Partido del Trabajo es un proyecto integral y total. Es promotor de la autogestión social, su eje organizativo fundamental es el territorio, e igualmente es un proyecto electoral y de opinión pública.
III.- PRINCIPIOS ORGANIZATIVOS Y DE FUNCIONAMIENTO
ARTICULO 8.- Nuestro Partido es independiente en lo económico, político y propagandístico, respecto a cualquier Gobierno extranjero, organización internacional o ministros de culto de cualquier religión o secta. No se celebrarán pactos o acuerdos qué subordinen o sujeten a nuestro Partido a Gobiernos extranjeros o cualquiera dé las personas físicas o morales mencionadas.
ARTICULO 9.- El Partido del Trabajo es una organización política federada y frentista, que como Partido Político es de masas y de lucha social, formado por organizaciones políticas, partidos locales y ciudadanos. Las organizaciones sociales autogestivas son autónomas respecto al Partido.
El Partido agrupa así a distintas expresiones en una sola posición política e ideológica y es un instrumento al servicio del pueblo en la lucha revolucionaria para transformar a México
ARTICULO 10.- El Partido del Trabajo norma su funcionamiento a través de los siguientes principios:
a) Nuestro modelo de funcionamiento es la democracia centralizada, por esto entendemos la aplicación de la línea de masas en materia de funcionamiento partidario y que implica la combinación equilibrada de la democracia directa y la democracia representativa.
Por democracia centralizada también entendemos las tareas por parte de la dirección de centralizar la democracia, es decir, las discusiones, planteamientos, propuestas, e iniciativas de los militantes y de las distintas instancias organizativas del Partido. Este funcionamiento permite la socialización de las decisiones, de la información, de las experiencias, los conocimientos y las tareas.
Los órganos de dirección retoman los acuerdos y adoptan las medidas necesaria, para que se instrumenten en forma ejecutiva y eficiente.
Esta forma de funcionamiento, nos permite superar la verticalidad autoritaria y burocrática que caracteriza a otras organizaciones.
b) El funcionamiento de la Dirección será colegiado, combinará la decisión colectiva con la responsabilidad personal.
c) Las decisiones de trascendencia se tomarán por consenso y si no es posible, se tomarán por mayoría calificada de 66% de los votos de los individuos presentes. Las decisiones secundarias y operativas se tomarán por mayoría simple. Se respetará a las minorías porque la historia demuestra que ellas pueden tener la razón.
La búsqueda de acuerdos mediante la autocrítica crítica, lucha ideológica fraterna y el consenso será una práctica permanente al interior del Partido.
d) Habrá tolerancia recíproca para que puedan sostenerse posiciones diferentes.
e) La autocrítica, la crítica y la lucha ideológica tendrá como finalidad que los integrantes del Partido se pongan de acuerdo sobre las concepciones y los asuntos esenciales de la lucha social, política y electoral.
f) Podrá haber rotación de militantes en los cargos de responsabilidad, recomendándose nunca hacerlo al 100%, para aprovechar la experiencia y dar continuidad a los trabajos de Dirección.
g) Todos los integrantes de los órganos de Dirección, son responsables ante los miembros del Partido y la sociedad, de cumplir y hacer cumplir los Documentos Básicos, las políticas, acuerdos y resoluciones del Partido. Los miembros de los órganos de dirección podrán ser removidos en cualquier momento por causa justificada, por quienes los designaron, o por la instancia que corresponda, conforme a los procedimientos señalados en los Estatutos.
h) Este funcionamiento implica también, la subordinación de la minoría a la mayoría, de los militantes al Partido y de las instancias inferiores a las superiores.
a) Los procesos sociales de masas.
b) La lucha política y electoral y
c) La lucha ideológica
y la Unidad Políticafraterna y propositiva y
d)
La formación teórica, ideológica y práctica de los cuadros dirigentes y de masas
ARTICULO 12.- La integración y la participación en las instancias del Partido, será democrática y equitativa conforme al nivel de desarrollo, el peso específico, la representación política, electoral y social que tengan las estatales, las distritales, las municipales o las corrientes de opinióndel Partido
ARTICULO 13.- El derecho a la libre discusión, a la autocrítica, a la crítica y a la lucha ideológica debe estar garantizado, respetando las instancias y buscando las formas adecuadas para realizarlas y siendo materia de sanción todo comportamiento que quiera ahogarlas. En el Partido del Trabajo se reconocen las corrientes de opinión, debiendo estas sujetarse a las normas de funcionamiento siguientes:
a) Deben actuar con fraternidad, con respeto, acatar la disciplina, los acuerdos y resolutivos y velar en todo momento por la unidad del Partido.
b) Deben respetar la estructura nacional, estatal, distrital, municipal y los órganos de dirección del Partido.
c) Pueden manifestar sus puntos de vista a nivel personal o de corriente de opinión. No podrán hacerlo a nombre del Partido.
d) Abstenerse de realizar gestiones ante autoridades o cualquier otra instancia a nombre del Partido.
IV.- DE LOS MILITANTES, AFILIADOS Y SIMPATIZANTES
DE LOS MILITANTES
ARTICULO 14.- Son militantes del Partido del Trabajo, los mexicanos, mujeres y hombres, que acepten y suscriban los Documentos Básicos y sus políticas específicas, que participen activa y permanentemente en una instancia del Partido, en una organización social y sus luchas, apliquen las líneas políticas del Partido, actúen con honestidad, disciplina y pugnen por conservar su unidad.
ARTICULO 15.- Son derechos de los militantes del Partido:
a) Votar y ser votados para los órganos de dirección del Partido en todos los niveles y para todas las Comisiones que integran su estructura orgánica, cuando cumplan los requisitos estatutarios para ello.
b) Votar y ser votados como candidatos del partido a los cargos de elección popular.
c) Discutir, proponer y votar libremente en torno a las líneas generales del trabajo de masas, ideológico, teórico, político y organizativo del Partido, en las instancias respectivas.
d) Recibir la orientación para realizar su trabajo entre las masas y partidario. Recibir el apoyo necesario en el cumplimiento de sus tareas de acuerdo a las posibilidades del Partido. Ser informado. de las actividades del Partido en todas sus instancias y regiones. A excepción de los problemas que por su propia naturaleza delicada deben tratarse con reserva y discreción.
e) Manifestar y sostener sus puntos de vista en todas las instancias del partido y formar parte de corrientes de opinión, respetando la normatividad estatutaria y no cayendo en prácticas divisionistas.
f) Recibir el apoyo del Partido para su formación teórico política, participando en el Sistema Nacional de Escuelas de Cuadros del Partido, asistiendo a los cursos de formación que las diversas instancias de este organicen o a cualquier evento de formación organizado por el Partido.
g) Ser designados para representar al Partido en los diferentes Foros nacionales e internacionales.
h) Ser promovido, en forma justa y equitativa, recibir estímulos y reconocimientos del Partido cuando destaque por su trabajo realizado.
i) Expresar sus puntos de vista libremente con un afán constructivo y propositivo en los periódicos y revistas del Partido.
j) insertar texto anterior.
k) insertar texto anterior.
1) Libertad para emitir opiniones, críticas y autocríticas en todas las instancias del Partido.
a) Participar en una instancia de base del Partido e informar periódicamente en ella o en las de dirección correspondientes, de sus actividades.
b) Participar activa y permanentemente en una organización social.
c) Acatar los resolutivos de los Congresos y demás instancias del partido y llevar a la Práctica sus líneas generales.
d) Cumplir con las tareas que le sean encomendadas por las organizaciones sociales y por el Partido, en sus diversas instancias.
e) Respetar la estructura orgánica del Partido, obedecer su disciplina y acatar sus órganos de dirección.
f) Preservar la unidad del Partido.
g) Defender al Partido en todo lugar y momento.
h) Cuidar de los recursos materiales, bienes muebles e inmuebles del Partido que estén bajo su responsabilidad y firmar los resguardos correspondientes. Dar cuenta del destino de los mismos y en su caso, reintegrarlos de inmediato en buen estado cuando le sean requeridos por. las instancias partidarias. En caso de incumplimiento o negativa se procederá judicialmente en su contra, por parte de la instancia correspondiente o por parte de las instancias superiores del partido.
i) Pagar la cuota que le corresponda.
j) No dirimir conflictos interpartidarios en los medios de comunicación externos. No permitir ni propiciar la injerencia del estado en la vida del Partido.
k) Aplicar en todas sus actividades la línea de masas.
l) Los integrantes de la Comisión Ejecutiva Nacional, los Comisionados Políticos Nacionales y los miembros de los Organos Electorales Nacionales, de las Comisiones Ejecutivas Estatales y los que ocupen un cargo de responsabilidad pública y representación popular deberán entregar su declaración patrimonial, ante la Comisión Nacional de Contraloría y Fiscalización, a más tardar dos meses después de su elección o nombramiento.
m) Los militantes y afiliados que ocupen cargos de representación popular y de servidores públicos, deberán comprometerse a aportar las cuotas al Partido de acuerdo a los siguientes criterios:
I. Se entiende por percepciones: los sueldos, salarios y honorarios netos.
II. Las cuotas que se recauden por este concepto se destinarán al Sistema Nacional de Escuelas de Cuadros cuando estas provengan del ámbito Federal y para las Escuelas Estatales cuando provengan del ámbito Estatal y Municipal, cuando. exista Escuela de Cuadros Municipal, los ingresos se entregarán en ese ámbito.
III. De existir cotizaciones demostrables hacia organizaciones sociales, éstas serán deducibles de las percepciones netas.
Los criterios anteriores se presentan en el siguiente Tabulador:
TABULADOR
PERCEPCION NETA CUOTA
Hasta 5 salarios mínimos mensuales 2%
De 6 hasta 12 salarios mínimos mensuales 5%
De 13 hasta 30 salarios mínimos mensuales 10%
De 31 hasta 42 salarios mínimos mensuales 15%
De 43 salarios mínimos en adelante 20%
m) Aplicar la línea de masas para todo trabajo que se realice.
n) Educarse teórica y políticamente en el Sistema Nacional de Escuelas de Cuadros del Partido.
o) Libertad para emitir opiniones, críticas y autocríticas en todas las instancias del Partido.
ARTICULO 17.- Son afiliados al Partido del Trabajo los mexicanos hombres y mujeres que acepten la Declaración de Principios, Programa de Acción y Estatutos y colaboren con algunas tareas del partido, especialmente las electorales. Sus derechos son:
a) Presentar propuestas a las diferentes instancias del partido sobre aspectos políticos,
electorales, técnicos, organizativos
y de la lucha de masas.
b) Capacitarse teórica y políticamente en las Escuelas de Cuadros.
c) Conocer y discutir los documentos públicos e internos del Partido.
d) Votar y ser votados para designar a los candidatos del Partido a los cargos de elección popular.
e) Recibir orientación para realizar su trabajo entre las masas y ser informado de las actividades del Partido en todas sus instancias. Se excluyen un reducido número de problemas que por su naturaleza delicada no pueden informarse abiertamente.
f) Manifestar y sostener sus puntos de vista en las instancias del Partido y formar parte de corrientes de opinión, respetando la normatividad estatutaria.
g) Los afiliados podrán estar incorporados en. algún organismo de base del partido.
ARTICULO 18.- Son obligaciones de los afiliados:
a) Aceptar los documentos básicos.
b) Acatar y practicar la línea política, acuerdos y resoluciones del Partido.
c) Educarse teórica y políticamente en el Sistema Nacional de Escuelas de Cuadros del Partido y estar actualizado de la situación local, nacional e internacional.
d) Aplicar la línea de masas para todo trabajo que se realice.
e) Participar en algún nivel de trabajo partidario y además en las organizaciones sociales o en algunas franjas de la sociedad.
f) Aportar las cuotas establecidas por la instancia del partido donde se milite.
g) Los afiliados deberán promover la afiliación permanente en lo individual de personas al Partido del Trabajo y el ingreso formal será revisado por los organismos de dirección correspondientes cuando se considere pertinente.
h) Cumplir con los compromisos contraidos con el partido y las organizaciones sociales.
i) Promover el voto en los distintos procesos electorales de nuestra opción partidaria.
j) No dirimir conflictos interpartidarios en los medios de comunicación externos. No permitir ni propiciar la injerencia del Estado en la vida del partido.
Cotizar al Partido en los términos que establece el Art. 16 Inciso m.
DE LOS SIMPATIZANTES
ARTICULO 19.- Son simpatizantes aquellas personas que se identifiquen con el proyecto general del Partido, con su lucha social, política, electoral y ciudadana y promuevan el voto por nuestra opción partidaria.
ARTICULO 20.- Los simpatizantes del Partido participarán principalmente en la lucha electoral, ciudadana, sectorial, social y colaborarán en aspectos financieros, de infraestructura, técnicos y en cualquier apoyo en general. Los simpatizantes tendrán los siguientes derechos:
a) Conocer las líneas fundamentales de nuestro trabajo político, así como la Declaración de Principios, el Programa de Acción y los Estatutos de nuestro Partido.
b) Conocer nuestra política para cada sector del pueblo.
c) Libertad para emitir opiniones y críticas.
ARTICULO 21.- Son obligaciones de los simpatizantes:
a) Conocer nuestra línea política y Documentos Básicos.
b) Promover el voto a favor de nuestro Partido.
c) Participar en los actos más relevantes del Partido del Trabajo.
d) No dirimir conflictos interpartidarios en los medios de comunicación.
V.- DE LOS PROCEDIMIENTOS DE INGRESO
ARTICULO 22.- Los requisitos de ingreso al Partido del Trabajo son:
a) Estar comprometido en la lucha del pueblo mexicano.
b) Conocer la línea del Partido y coincidir con ella, así como con sus documentos básicos.
c) No militar en otra organización partidaria nacional o antagónica al Partido.
d) Integrarse a una instancia del Partido.
e) Presentar una solicitud de ingreso de manera individual, libre y voluntaria.
f) Cubiertos los requisitos, el Partido podrá aceptar la solicitud de ingreso y emitir la constancia de afiliación.
g) En caso de que la constancia de ingreso respectiva no sea emitida en un plazo de 30 días esta se dará por aceptada. Los afiliados podrán ser promovidos a militantes.
VI.- DE LAS INSTANCIAS DE DIRECCION Y OTROS ORGANOS DEL PARTIDO
ARTICULO 23.- Las instancias de Dirección del Partido son:
Nacionales.
a) Congreso Nacional.
b) Consejo Político Nacional.
c) Comisión Ejecutiva Nacional.
Otros órganos nacionales:
a) Comisión Nacional de Contraloría y Fiscalización
b) Comisión Nacional de Garantías, Justicia y Controversias.
a) Congreso Estatal.
b) Consejo Político Estatal.
c) Comisión Ejecutiva Estatal.
a) Comisión Estatal de Contraloría
y Fiscalización.
b) Comisión Estatal de Garantías,
Justicia y Controversias
a) Congreso Municipal.
b) Consejo Político Municipal.
c) Comisión. Ejecutiva Municipal.
d) Organismos del Partido en las comunidades y en las organizaciones sociales.
VII.- DEL CONGRESO NACIONAL
ARTICULO 24.- El Congreso Nacional es el órgano máximo de dirección y decisión del Partido. Sus acuerdos y resoluciones serán obligatorios para todas sus instancias, militantes y afiliados.
ARTICULO 25.- El Congreso Nacional se integra por:
a) La Comisión Ejecutiva Nacional,
Comisión Nacional De Contraloría y Fiscalización y la Comisión Nacional de Garantías, Justicia y Controversias
b) Por los Legisladores Federales y Locales del Partido. Comisionados Políticos Nacionales.
c) Presidentes Municipales del Partido.
d) Representantes Nacionales ante los órganos electorales federales.
e) Delegados en el número y proporción que se establezca en la convocatoria respectiva, que emita la instancia convocante, tomando en cuenta:
* Crecimiento y consolidación de las organizaciones sociales
* El desarrollo político e ideológico del partido,
* Compromiso con el Proyecto nacional del partido,
* Resultados electorales, y
* Peso específico de cada estatal
ARTICULO 27.- El Congreso Nacional podrá ser convocado en forma extraordinaria, cuando sea necesario, por las mismas instancias señaladas en el artículo anterior.
El Congreso Nacional Extraordinario deberá ser convocado cuando menos con un mes de anticipación a su celebración, y sólo tratará el o los puntos para los que expresamente fue convocado. Deberá publicarse la convocatoria por lo menos en un periódico de circulación nacional, quince días naturales antes de la celebración del Congreso.
ARTICULO 28.- Son atribuciones del Congreso Nacional:
a) Conocer y resolver sobre el informe de la Comisión Ejecutiva Nacional.
b) Determinarla línea teórico-ideológica.
c) Fijar la línea política estratégica y táctica.
d) Realizar las reformas y los cambios que se consideren convenientes en la Dec1aración de Principios, el Programa de Acción y los Estatutos del Partido.
e) Nombrar en el número que lo acuerde el propio Congreso a los integrantes de la Comisión Ejecutiva Nacional. De entre sus miembros nombrará a la Comisión Coordinadora en el número que se acuerde.
f) Analizar y en su caso aprobar el informe de la Comisión Nacional de Finanzas, el informe sobre los dictámenes de la Comisión de Contraloría y Fiscalización y fijar la política financiera del Partido
g) Realizar Convenios para constituir Alianzas y/o Coaliciones totales o parciales y candidaturas comunes con otras Instituciones Políticas Nacionales y Estatales, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos por la legislación Federal Electoral, por las Constituciones políticas de los Estados y las correspondientes legislaciones electorales en las entidades federativas y en el Distrito Federal, y por las disposiciones electorales establecidas por los órganos electorales correspondientes.
Para instrumentar estas atribuciones se faculta y autoriza plena y ampliamente a la Comisión Ejecutiva Nacional.
Se faculta y autoriza de manera exclusiva a la Comisión Ejecutiva Nacional como máximo órgano electoral equivalente al Congreso Nacional en materia de Coaliciones y/o Alianzas totales o parciales y candidaturas comunes, para que se erija y constituya en Convención Electoral en el momento en que por si misma lo considere conveniente, donde se apruebe la realización y firma de convenios, la postulación, registro y substitución de los candidatos al Poder Ejecutivo Federal, del Distrito Federal y candidatos a Diputados Federales y Senadores por mayoría relativa y representación proporcional y Lista Nacional de Senadores, y de Diputados Locales por ambos principios y de Delegados del Distrito Federal; de candidatos propios del Partido y de las Alianzas y/o Coaliciones totales o parciales y candidaturas comunes en los ámbitos nacional y en el Distrito Federal.
El registro y sustitución de los candidatos antes mencionados podrá efectuarse también por la representación del partido ante los órganos electorales federales. En caso de que existe dos o mas registros, prevalecerá el que realicen las instancias nacionales.
Se faculta amplia y exclusivamente a las Comisiones Ejecutivas Estatales como máximo órgano en materia electoral, equivalente al Congreso Estatal, para que se erija y se constituya en Convención Estatal Electoral, en el momento que por si misma lo considere conveniente, para aprobar la formación de Alianzas y/o Coaliciones totales y/o parciales, candidaturas comunes, y para la realización y firma de convenios, postulación, registro y substitución de los candidatos a Gobernador del Estado, Jefe de Gobierno del Distrito Federal, Diputados Locales, Delegados y Ayuntamientos, por los principios de mayoría relativa y representación proporcional.
En las Entidades Federativas donde se participe en Alianzas y/o Coaliciones total y/o parcial y candidaturas comunes a nivel Estatal, Distrital y Municipal, los convenios respectivos que aprueben y firmen las Comisiones Ejecutivas Estatales deberán ser aprobados y ratificados por la Comisión Ejecutiva Nacional. Estos convenios podrán firmarse supletoriamente por la Comisión Ejecutiva Nacional. En caso de firmarse convenios distintos por la Comisión Ejecutiva Estatal y Comisión Ejecutiva Nacional prevalecerá el que suscriba y aprueba la Comisión Ejecutiva Nacional. También se faculta y autoriza a la Comisión Ejecutiva Nacional para que acuerde y firme los convenios, registre, y substituya. a los candidatos propios del Partido, de la Alianza y/o Coalición y de candidaturas comunes en las distintas Entidades Federativas, Distrito Federal, distritos locales, delegaciones y ayuntamientos con los partidos nacionales, locales y organizaciones políticas coaligadas, respectivamente para Gobernador, Jefe de Gobierno, Diputados Locales, Delegados y Ayuntamientos por los principios de mayoría relativa y representación proporcional.
El registro y sustitución de los candidatos antes mencionados podrá efectuarse también por la representación del partido ante los órganos electorales estatales. En caso de que exista dos o mas registros, prevalecerá el que realicen las instancias estatales.
h)
A solicitud de la Comisión Ejecutiva Nacional, de la Comisión Coordinadora Nacional, de la Comisión Nacional de Garantías, Justicia y Controversias y de las Comisiones Ejecutivas Estatales, resolverá y lo ratificará sobre la expulsión de dirigente y militantes de/ Partido; y
i) Además resolverá sobre los asuntos que él mismo determine.
ARTICULO 30.- Los documentos objeto de análisis del Congreso Nacional deberán ser previamente conocidos y discutidos por los militantes. Es responsabilidad de los organismos convocantes que el debate sea democrático y que las diversas opiniones sean conocidas por el conjunto de los miembros del Partido antes del Congreso.
VIII.- DEL CONSEJO POLITICO NACIONAL
ARTICULO 31.- El Consejo Político Nacional es el órgano máximo de dirección y decisión del Partido entre Congreso y Congreso.
ARTICULO 32.- El Consejo Político, Nacional se reunirá ordinariamente cada tres meses; y de manera extraordinaria cada vez que se considere necesario, convocándose con tres días naturales de anticipación.
ARTICULO 33.- El Consejo Político Nacional será convocado por la Comisión Ejecutiva Nacional y a negativa u omisión de esta por lo menos con la aprobación por mayoría simple del 50% de las Comisiones Ejecutivas Estatales, con un mínimo de 1.5 días naturales de anticipación a la celebración del mismo.
ARTICULO 34.- El Consejo Político Nacional se integra por:
a) La Comisión Ejecutiva Nacional.
b) Los Comisionados Políticos Nacionales.
c) Los Senadores de la República.
d) Los Diputados Federales o Locales y Presidentes Municipales.
e) Los representantes del Partido ante los órganos electorales nacionales.
f) Los delegados de cada Entidad federativa en el número siguiente: cinco delegados por estado con desarrollo político consolidado del Partido; tres delegados en el caso de los estados con desarrollo político medio; dos delegados en el caso de estados con desarrollo político incipiente. La anterior clasificación de conformidad con el dictamen que para tal efecto emita la Comisión Ejecutiva Nacional.
ARTICULO 35.- El quórum del Consejo Político Nacional será del 50% más uno de sus integrantes. Sus acuerdos y resoluciones serán válidos con el voto del 50% más uno de sus integrantes presentes.
ARTICULO 36.- Son atribuciones del Consejo Político Nacional las siguientes:
a) Instrumentar la ejecución de los acuerdos y resoluciones del Congreso Nacional.
b) Convocar a la celebración del Congreso Nacional ordinario y extraordinario.
c) Definir la política financiera del Partido entre Congreso y Congreso.
d) Impulsar las tareas necesarias para elevar el nivel teórico y político de los militantes. Igualmente definirá la política general del Sistema Nacional de Escuelas de Cuadros.
e) Establecer la política general de comunicación social del Partido y sus órganos de información, análisis político, teórico y de debate.
f) Aprobar y promover referéndums y plebiscitos en toda la organización cuando haya posiciones encontradas o cuando se tengan que decidir cuestiones fundamentales para el futuro del Partido.
g) Decidir sobre los nombramientos de nuevos integrantes de la Comisión Ejecutiva Nacional por ampliación o sustitución.
h) Designar en caso de renuncia, expulsión y suspensión y por incurrimiento sistemático o incapacidad física o mental de alguno de sus miembros, a los sustitutos de las Comisiones Nacionales de Contraloría y Fiscalización y de Garantías Justicia y Controversias.
i) Se deroga.
j) Nombrará o ratificará a los Comisionados Políticos Nacionales.
k) Decidirá la posición del partido ante la coyuntura política nacional e internacional.
l) Aprobará y ratificará la política de alianzas y la fusión con. otras organizaciones Políticas y partidarias.
m) Definir en cada etapa la política general para la construcción de organizaciones sociales y la construcción del partido.
n) Conocer de los informes y dictámenes que emitan las Comisiones Nacionales de Contraloría y la de Controversias y Sanciones y ratificar o rechazar sus dictámenes.
o) Aprobar los Reglamentos y normas de la Comisión Ejecutiva nacional y de sus Comisiones.
p) Todas aquellas que por la naturaleza de sus funciones le sean afines o se presenten y que no sean contrarias a los lineamientos acordados por el Congreso Nacional.
IX.- DE LA COMISION EJECUTIVA NACIONAL
ARTICULO 37.- La Comisión Ejecutiva Nacional es el órgano ejecutivo, con carácter colectivo y permanente del Partido, entre sesión y sesión de las Instancias Nacionales de Dirección. Su funcionamiento es colegiado y combinará la dirección colectiva con la responsabilidad individual. Sesionará ordinariamente una vez a la semana y en forma extraordinaria cuando se considere necesario.
ARTICULO 38.- La Comisión Ejecutiva Nacional será elegida por el Congreso Nacional, en el número que este acuerde, tomando en cuenta la opinión y propuesta de las instancias estatales.
ARTICULO 39.- Son atribuciones de la Comisión Ejecutiva Nacional:
a) Ejecutar, coordinar, promover y supervisar el cumplimiento de los acuerdos de las instancias de Dirección Nacional.
b) Dirigir la actividad general del Partido y dar cuenta de su gestión ante el Congreso Nacional y el Consejo Político Nacional.
c) Representar al Partido ante las autoridades, organismos políticos y sociales y eventos y organizaciones nacionales e internacionales.
d) Convocar al Congreso Nacional y a las asambleas del Consejo Político Nacional.
e) Nombrar Por ampliación o sustitución a los representantes del partido ante las autoridades electorales federales y ante los organismos electorales estatales y municipales.
f) En Las entidades donde existan conflictos y desacuerdos graves, previo acuerdo de la Comisión Ejecutiva Nacional, la Comisión Nacional de Finanzas directamente recaudará y se hará cargo de la administración de las prerrogativas correspondientes. De igual manera nombrará o sustituirá a los representantes del Partido ante los órganos electorales locales.
En las entidades federativas, donde la prerrogativa que por derecho le corresponda al partido y que rebase los cien salarios mínimos mensuales, se mancomunará la firma de la Comisión de Finanzas Estatal con el representante de la Comisión Nacional de Finanzas y su ejercicio será aprobado por la Comisión Ejecutiva Nacional previa presentación del presupuesto de egresos.
g) Nombrar y remover a los Comisionados Políticos Nacionales.
h) Administrar las finanzas y el patrimonio del Partido y establecer las normas de organización administrativa de nuestro Instituto Político. Auditar cada seis meses las finanzas de las distintas entidades del país y al término de cada proceso electoral local o federal, y además cuando a petición del 50% mas uno de los integrantes de la Comisión Ejecutiva Estatal, o cuando a juicio de la Comisión Ejecutiva Nacional o de la Comisión Nacional de Contraloría y Fiscalización o de la Comisión Estatal de Contraloría y Fiscalización, se considera necesario.
j) Es facultad exclusiva de la Comisión Ejecutiva Nacional convocar a las Conferencias
Sectoriales de los sectores del Partido. También está facultada para definir el orden del día y los demás asuntos concernientes a estos eventos. Así como,
convocar a la Asociación de Legisladores y Exlegisladores del Partido.
k) Convocar junto con las Comisiones Ejecutivas Estatales o a través de los Comisionados Políticos Nacionales en su caso, a la celebración de los Congresos Estatales. La Comisión Ejecutiva Nacional nombrará una representación que asistirá al Congreso Estatal a fin de sancionar la validez de los acuerdos y resoluciones. Si existen desacuerdos graves en las instancias estatales, la convocatoria para el Congreso Estatal la realizará únicamente la Comisión Ejecutiva Nacional.
l) Crear las instancias administrativas, financieras, de control, de operación, de supervisión y seguimiento necesarias para cumplir el objeto del Partido, así como, nombrar a los responsables de las mismas.
m) Elaborar y aprobar los manuales de organización de las instancias administrativa y financiera y supervisar su aplicación.
n) Resolver sobre las controversias que resulten de la aplicación de estos Estatutos y sus reglamentos.
o) En caso. de corrupción conflictos, y, de situaciones políticas graves, de indisciplina a la línea general del Partido o de desacuerdos sistemáticos en los órganos de dirección locales que impidan su buen funcionamiento, nombrará o ratificará un Comisionado Político Nacional para reorganizar, depurar e impulsar el desarrollo del Partido. El Comisionado Político Nacional asumirá la representación política administrativa, patrimonial y legal del Partido en la entidad federativa. Esta instancia tendrá la obligación de convocar a la brevedad posible, una vez superados los conflictos, a un Congreso Estatal para nombrar a la Comisión Ejecutiva Estatal definitiva. En los casos donde el Partido tenga necesidad de fortalecerse nombrará o ratificará a Comisionados Políticos Nacionales para impulsar su crecimiento y desarrollo.
p) Con base en lo establecido en el inciso g) del Articulo 28 de los presentes Estatutos, se determinan las siguientes facultades y atribuciones de esta Comisión Ejecutiva Nacional para:
I. Aprobar y suscribir Convenios de Alianza y/o Coalición o Candidaturas Comunes totales o parciales para los tipos de elección de que se trate, con los requisitos que refiere la ley de la materia en el ámbito federal, estatal, municipal y del Distrito Federal.
II. Aprobar y suscribir la Declaración de Principios, Programa de Acción y Estatutos para la Alianza y la Coalición o Candidaturas comunes de que se trate.
III. Aprobar Participar en Alianza y/o Coalición y Candidaturas Comunes de que se trate y de manera expresa contender bajo la Declaración de Principios, Programa de Acción y Estatutos únicos de la Alianza y/o Coalición, aprobados en el inciso II.
IV. Aprobar y suscribir la Plataforma Electoral de la Alianza y/o Coalición o Candidaturas Comunes conforme a la Declaración de Principios, Programa de Acción y Estatutos adoptados por la Alianza, Coalición o Candidaturas comunes de que se trate.
V. Aprobar la postulación, el registro y en su caso la sustitución de un determinado candidato para la elección presidencial, de Jefe de Gobierno, Diputados Locales por ambos principios, Delegados en el Distrito Federal, así como, de candidatos a ocupar el cargo de Senadores y Diputados Federales por los principios de mayoría relativa, representación proporcional y lista nacional de senadores para la Alianza y/o Coaliciones totales o parciales, o Candidaturas Comunes.
VI. Aprobar el Programa de Gobierno a que se sujetarán los candidatos de la Alianza y/o Coalición y Candidaturas Comunes, en caso de resultar electos, conforme a la Plataforma Electoral, Declaración de Principios, Programa de Acción y Estatutos adoptados por la Alianza, Coalición o Candidaturas comunes de que se trate.
VII. Aprobar y suscribir el programa legislativo que impulsarán los candidatos de la alianza y/o coalición y candidaturas comunes cuando sean electos, como Diputados Federales, Senadores, Diputados Locales en las entidades federativas y el Distrito Federal.
VIII. Aprobar y suscribir todos los demás aspectos concernientes a las Alianzas y/o Coaliciones y Candidaturas Comunes y que se requieran por la ley de la materia en el ámbito federal, estatales y del Distrito Federal.
IX. En el caso que las legislaciones estatales en materia electoral no permitan una intervención directa de la Comisión Ejecutiva Nacional, ésta autorizará o delegará en las Comisiones Ejecutivas Estatales y/o Municipales, o de cualquier otro ámbito, para actuar conforme a los subincisos del I al VIII, que preceden y en la parte que corresponda.
q) Todas aquellas que por la naturaleza de Sus funciones le sean afines y que no sean contrarias a los lineamientos acordados por el Congreso Nacional, el Consejo Político Nacional y los presentes Estatutos.
así como a los eventos nacionales y estatales que el partido organice.
En las Estatales donde atraviesan conflictos y a juicio de la comisión Ejecutiva Nacional, no existan condiciones para nombrar sus representantes y delegados al Congreso Nacional, Consejo, Político Nacional, Convenciones Electorales, y demás eventos convocados por el Partido, la propia Comisión Ejecutiva Nacional los nombrará directamente.
En las Estatales y en las Municipales donde atraviesan por conflictos, la Comisión Ejecutiva Nacional tendrá facultad para suspender, cancelar o posponer los Congresos, y Consejos Políticos Estatales y municipales, y en su caso, las convenciones Electorales correspondientes.
También tendrá facultades para suspender, remover o sustituir, nombrar y reestructurar parcial o totalmente a las Comisiones: Ejecutivas Estatales, Distritales y Municipales. En este caso, la Representación legal, política, patrimonial y administrativa recaerá sobre el Comisionado Político Nacional, previa designación de la Comisión Ejecutiva Nacional.
ARTICULO 41.- Una representación de la Comisión Ejecutiva Nacional acreditará a los delegados en los Congresos Estatales en donde existan conflictos y también instalará y sancionará los resultados del Congreso Estatal. En estos casos sólo asistirán los delegados al Congreso Estatal.
ARTICULO 42.- La Comisión Ejecutiva Nacional se organizará para su trabajo en comisiones Nacionales que considere necesarias las cuales serán cuando menos las siguientes:
a) Coordinadora
b) Organización
c) Movimientos Sociales y Ciudadanos
d) Asuntos Electorales.
e) Comunicación Social.
f) Capacitación Política y Electoral.
g) Prensa y Propaganda.
h) Orientación Ideológica.
i) Finanzas.
y será aprobado por el Consejo Político Nacional.
Cada Comisión elaborará un Plan de Trabajo e Informe semestral que se someterá a la aprobación de la Comisión Ejecutiva Nacional, además de informar permanentemente de sus actividades.
X.- DE LAS FINANZAS Y PATRIMONIO DEL PARTIDO
ARTICULO 43.- La Comisión Ejecutiva Nacional nombrará una Comisión Nacional de Finanzas. Esta Comisión contará con el apoyo técnico y material para cumplir con sus tareas.
ARTICULO 44.- Son funciones de la Comisión Nacional de Finanzas:
a) Administrar todos los recursos financieros que por cualquiera de los rubros legalmente establecidos reciba el Partido, con base en los lineamientos fijados por el Congreso Nacional.
b) Controlar el patrimonio del Partido conjuntamente con la Comisión Ejecutiva Nacional.
c) Promover acciones y actividades diversas, con la finalidad de incrementar los fondos financieros del Partido.
d) Llevar la contabilidad del Partido.
e) Elaborar un proyecto anual de ingresos y egresos del Partido con base en partidas presupuestales, misma que será aprobada por la Comisión Ejecutiva Nacional.
f) Recibir los recursos del financiamiento público, de las actividades propias y de las donaciones, para depositarlos a nombre del Partido, en forma mancomunada en una institución bancaria.
g) Rendir cada 6 meses al Consejo Político Nacional y cada tres años al Congreso Nacional, a nombre de la Comisión Ejecutiva Nacional, un informe completo sobre la administración que guarda los recursos del Partido.
h) Elaborar el informe trimestral y anual de ingresos y egresos del Partido y, una vez aprobado por la Comisión Ejecutiva Nacional, hacer entrega del mismo a las Autoridades Federales Electorales en los términos de la legislación Electoral Vigente.
XI.- DE LA COMISION NACIONAL DE CONTRALORIA.
ARTICULO 45.- La Comisión Nacional de Contraloría y Fiscalización es de carácter permanente y estará integrada por tres miembros y sus respectivos suplentes, que no sean integrantes de la Comisión Ejecutiva Nacional, que serán nombrados por el Congreso Nacional y durarán en su encargo hasta el siguiente Congreso Nacional.
ARTICULO 46.- La Comisión Nacional de Contraloría y Fiscalización tendrá las más amplias facultades de fiscalización y revisión de la información financiera de la Comisión Nacional de Finanzas y de todo órgano nacional, estatal y municipal, que maneje fondos o bienes del partido, incluyendo las finanzas de los grupos parlamentarios en el Congreso de la Unión y en los Estados. Podrá ordenar auditorías internas y externas y proponer a la Comisión Ejecutiva Nacional las medidas para perfeccionar los métodos y sistemas de control que considere convenientes.
ARTICULO 47.- La Comisión Nacional de Contraloría y Fiscalización rendirá informe trimestral a la Comisión Ejecutiva Nacional y semestral al Consejo Político Nacional y someterá a la consideración del propio Consejo el dictamen sobre las finanzas generales, bienes y patrimonio del Partido, que deberá presentarse en el Congreso Nacional. Para todas las actividades de la Comisión Nacional de Contraloría y Fiscalización se le darán todas las facilidades.
XII. DE LA COMISION NACIONAL DE GARANTIAS Y CONTROVERSIAS
ARTICULO 48.- La Comisión Nacional de Garantías, Justicia y Controversias es de carácter permanente y estará integrada por siete miembros y sus respectivos suplentes, que no sean integrantes de la Comisión Ejecutiva Nacional o de la Comisión Nacional de Contraloría y Fiscalización. Serán nombrados por el Congreso Nacional y durarán en su encargo hasta el próximo Congreso Nacional.
ARTICULO 49.- Los integrantes de la Comisión Nacional de Garantías Justicia y Controversias son recusables y también podrán declararse impedidos para conocer alguna queja en los siguientes casos:
a) Si tienen interés personal en el asunto que haya motivado la queja o bien cuando exista conflicto de intereses.
relaciones personales
ARTICULO 50.- La Comisión Nacional de Garantías, Justiciay Controversias tendrá las siguientes facultades:
a) Proteger los derechos de los militantes y afiliados consignados en los artículos 15 y 17
y demás relativos de los presentes Estatutos.
b) Garantizar el cumplimiento de estos estatutos.
c) Atender los conflictos cotidianos en las estatales. Los conflictos políticos graves y urgentes que surjan en las estatales deberán ser atendidos por la Comisión Ejecutiva Nacional y el Consejo Político Nacional.
d) La Comisión Ejecutiva Nacional podrá canalizar los conflictos graves y urgentes que estime pertinentes para atender, darles seguimiento y solucionar, en su caso.
e) Resolver sobre las controversias que resulten de la aplicación de estos Estatutos y sus reglamentos.
f) Se deroga.
g) Los integrantes de esta comisión tendrán derecho a ser oídos en todos los órganos e instancias del Partido.
ARTICULO 51.- La Comisión Nacional de Garantías, Justicia y Controversias será competente para conocer:
a) De las quejas por actos u omisiones de los órganos nacionales en única instancia.
b) De las quejas por actos u omisiones de los órganos estatales y municipales en segunda instancia después del dictamen correspondiente de la Comisión Estatal de Garantías y Controversias, o cuando esta no haya sido integrada o no dictase resolución en 60 días a partir de la presentación, del escrito de queja en única instancia.
ARTICULO 52.- La Comisión Nacional de Garantías, Justicia y Controversias deberá emitir dictamen sobre las quejas, consultas y controversias en un plazo máximo de 60 días naturales contados a partir de la fecha de presentación del recurso correspondiente. El dictamen será presentado ante la Comisión Ejecutiva Nacional que resolverá el caso en primera instancia. La resolución final corresponderá al Consejo Político Nacional si el interesado apelará a esta instancia. De excederse el plazo se considerará emitida la resolución en sentido favorable al quejoso, debiéndose instrumentar en forma inmediata la ejecución de la misma.
XIII.- DEL CONGRESO ESTATAL
ARTICULO 53.- El Congreso Estatal es la máxima autoridad en una entidad Federativa y en el Distrito Federal de un estado, subordinada a los órganos de Dirección Nacional.
ARTICULO 54.- El Congreso Estatal se integra por:
a) La Comisión Ejecutiva Estatal,
la Comisión Estatal de Contraloría y Fiscalización, la Comisión Estatal de Garantías, Justicia y Controversias.
b) Los Comisionados Políticos Nacionales adscritos.
c) Los legisladores locales, Presidentes Municipales y Regidoresdel Partido en el Estado.
d) Representantes Estatales ante los órganos electorales, y
e) Delegados en Congresos Municipales, en el número y en la proporción que se establezca para tal efecto en la convocatoria respectiva, que emita la instancia convocante, tomando en cuenta:
* Crecimiento y consolidación de las organizaciones sociales
* El desarrollo político e ideológico del partido,
* Compromiso con el proyecto nacional del partido,
* Resultados electorales, y
* Peso especifico de cada municipal
ARTICULO 56.- El Congreso Estatal podrá ser convocado en forma extraordinaria en los mismos términos y por las mismas instancias señaladas en el artículo anterior. Deberá convocarse con cuando menos con un mes de anticipación a su celebración y sólo tratará el o los puntos para los que expresamente fue convocado. Deberá publicarse la convocatoria en un periódico de circulación estatal cuando menos con quince días naturales antes de su realización.
ARTICULO 57.- El Consejo Político Nacional o la Comisión Ejecutiva Nacional convocarán en forma supletoria al Congreso Estatal, cuando vencido el plazo para su realización no lo hicieren las instancias estatales respectivas o no estuvieran integradas.
ARTICULO 58.- El quórum del Congreso Estatal será del 50% más uno de sus integrantes. Sus acuerdos serán válidos con el voto del 50% más uno de los presentes.
ARTICULO 59.- Son atribuciones del Congreso Estatal:
a) Conocer y resolver sobre el informe de la Comisión Ejecutiva Estatal.
b) Proponer cambios en la línea teórico-ideológica de conformidad con los lineamientos emitidos por los órganos nacionales.
c) Fijar la línea política, estratégica y táctica de conformidad con los lineamientos emitidos por los órganos nacionales.
d) Proponer cambios a la estructura general del partido y a los Documentos Básicos.
e) Nombrar a los integrantes de la Comisión Ejecutiva Estatal de conformidad con los lineamientos emitidos por los órganos nacionales.
f) Nombrar de entre sus integrantes a los delegados del Congreso Nacional en el. número y proporción que fije la convocatoria nacional respectiva.
g) Analizar y en su caso aprobar el informe de la Comisión Estatal de Finanzas y el informe sobre los dictámenes de la Comisión Estatal de Contraloría y Fiscalización.
h) Nombrar a las Comisiones Estatales de Contraloría y Fiscalización y de Garantías, Justicia y de Controversias
XIV.- DEL CONSEJO POLITICO ESTATAL
ARTICULO 60.- El Consejo Político Estatal es el órgano máximo de dirección y decisión estatal del Partido entre Congresos Estatales Ordinarios.
ARTICULO 61.- El Consejo Político Estatal se reunirá ordinariamente cada tres meses y de manera extraordinaria cada vez que se considere necesario, convocándose con tres días naturales de anticipación.
ARTICULO 62.- El Consejo Político Estatal será convocado por la Comisión Ejecutiva Estatal o por la Comisión Ejecutiva Nacional, o por lo menos el 50% de las Comisiones Ejecutivas Municipales. Convocado con 7 días naturales de anticipación a la realización del mismo.
ARTICULO 63.- El Consejo Político Estatal se integra por:
a) La Comisión Ejecutiva Estatal,
la Comisión Estatal de Contraloría y Fiscalización y la Comisión Estatal de Garantías, Justicia y Controversias.
b) Los Comisionados Políticos Nacionales adscritos.
c) Los Diputados Locales y Presidentes Municipales.
d) Los representantes del Partido ante los órganos electorales.
e) Los delegados de cada municipio en el número que se determine en la convocatoria respectiva.
ARTICULO 65.- Son atribuciones del Consejo Político Estatal las siguientes.
a) Implementar los acuerdos y resoluciones del Congreso Estatal y de los órganos nacionales.
b) Convocar a la celebración del Congreso Estatal ordinario y extraordinario.
c) Definir la política financiera del Partido en el Estado entre Congreso y Congreso.
d) Impulsar las tareas necesaria para elevar el nivel teórico y político de los militantes. Deberá proponer las necesidades al Sistema Nacional de Escuelas de Cuadros.
e) Establecer la política general de comunicación social del Partido y sus órganos de información, análisis político, teórico y de debate.
f) Promover referéndums y plebiscitos en toda la entidad cuando haya posiciones s para el futuro encontradas o cuando se tengan que decidir cuestiones fundamentales del Partido en la entidad.
g) Decidir sobre los nombramientos de nuevos integrantes de la Comisión Ejecutiva Estatal por ampliación o sustitución.
h) Designar a los integrantes de las Comisiones Estatales de Contraloría y Fiscalización y de Garantías Justicia y Controversias por renuncia, expulsión, suspensión, imposibilidad física o irresponsabilidad sistemática.
i) Nombrar. o ratificar a los representantes del Partido ante los organismos electorales locales.
j) Definir en cada etapa la política general para la construcción de organizaciones sociales y la construcción del partido.
k) Ratificar o rectificar los informes y dictámenes que emitan las Comisiones de Contraloría y Fiscalización y de Garantías, Justicia y ControversiasEstatales.
l) Todas aquellas que por la naturaleza de sus funciones le sean afines o se presenten y que no sean contrarias a los lineamientos acordados por el Congreso Estatal y los órganos nacionales.
XV.- DE LA COMISION EJECUTIVA ESTATAL
ARTICULO 66.- La Comisión Ejecutiva Estatal es el órgano ejecutivo, con carácter colectivo y permanente del Partido, entre sesión y sesión de las Instancias Estatales de Dirección. Su funcionamiento es colegiado. Sesionará ordinariamente una vez a la semana y en forma extraordinaria cuando se considere necesario.
ARTICULO 67.- La Comisión Ejecutiva Estatal será elegida por el Congreso Estatal, en ?el número que este acuerde, tomando en cuenta las propuestas y opiniones de los municipales.
ARTICULO 68.- Son atribuciones de la Comisión Ejecutiva Estatal:
a) Administrar las finanzas y el patrimonio del Partido y rendir cuentas a la Comisión Ejecutiva Nacional,
cada tres meses.
b) Es facultad de las Comisiones Ejecutivas Estatales como órganos máximos en materia electoral, equivalente al Congreso Estatal, para que se erija y se constituya en Convención Estatal Electoral, en el momento que por si misma lo considere conveniente, para aprobar la conformación de Alianzas y/o Coaliciones totales y/o parciales, candidaturas comunes, y para la realización y firma de convenios, postulación, registro y substitución de los candidatos a Gobernador del Estado, Jefe de Gobierno del Distrito Federal, Diputados Locales, Delegados y Ayuntamientos, por los principios de mayoría relativa y representación proporcional.
c) Las Comisiones Ejecutivas Estatales, para dar cumplimiento a lo establecido en el inciso que precede, deberá proceder en los términos señalados en el inciso o) subincisos del I al VIII del artículo 39 de los presentes Estatutos, ajustando sus acciones a lo estipulado en las Constituciones Políticas de los Estados y las Leyes Electorales correspondientes.
d) Convocar al Congreso Estatal y a las asambleas del Consejo Político Estatal.
e) Nombrar por ampliación o sustitución a los representantes del partido ante las autoridades electorales federales en la entidad y ante los organismos electorales estatales, distritales y municipales.
f) En los municipios donde existan conflictos y desacuerdos en el nombramiento de los representantes del Partido ante los órganos electorales, la Comisión Ejecutiva Estatal nombrará o sustituirá en su caso a los representantes del Partido ante los órganos electorales.
g) Administrar las finanzas y el patrimonio del Partido y rendir cuentas a la Comisión Ejecutiva Nacional.
h) Representar al Partido en el ámbito estatal, en cualquier asunto de carácter legal, nombrar representantes legales y en general establecer. convenios de todo género en los marcos de la legislación vigente.
i) Convocar, junto con las Comisiones Ejecutivas Municipales o los Comisionados Políticos Nacionales en su caso, a la celebración de los Congresos Municipales. La Comisión Ejecutiva Estatal nombrará una representación que asistirá al Congreso Municipal a fin de sancionar la validez de los acuerdos y resoluciones. Si existen desacuerdos en las instancias estatales, la convocatoria y la acreditación de delegados para el Congreso Municipal la realizará y la sancionará la Comisión Ejecutiva. Nacional, debiendo asistir únicamente los delegados electos.
j) Auditará cada seis meses las finanzas estatales y al término de cada proceso electoral; y además cuando lo requieran el 50% mas uno de los integrantes de la Comisión Ejecutiva Estatal y así como también cuando a juicio de la Comisión Ejecutiva Nacional o de la Comisión Nacional de Contraloría y Fiscalización o de la Comisión Estatal de Contraloría y Fiscalización, se considere necesario se practicará auditoría a las finanzas estatales.
ARTICULO 69.- La Comisión Ejecutiva Estatal convocará a los órganos de Dirección Municipales con el fin de que nombren a sus representantes y delegados a las instancias de Dirección Estatal que correspondan, así como a los eventos: estatales y municipales que el Partido organice.
En caso de que existan conflictos en los Municipales y a juicio de la Comisión Ejecutiva Estatal, no se garanticen las condiciones para nombrar sus representantes y delegados al Congreso Estatal, Consejo Político Estatal, Convenciones Electorales y demás eventos convocados por el Partido, la propia Comisión Ejecutiva Estatal los nombrará directamente, en su caso, por el Comisionado Político Nacional adscrito.
En los Municipios donde atraviesan por conflictos, la Comisión Ejecutiva Estatal tendrá facultad para suspender, cancelar o posponer los Congresos y Consejos Políticos Municipales, y en su caso, las Convenciones Electorales Municipales.
ARTICULO 70.- Una representación de la Comisión Ejecutiva Estatal o Nacional, acreditará a los delegados en los Congresos Municipales conflictivos. También instalará y sancionará los resultados del Congreso Municipal, en estos casos, sólo asistirán los delegados acreditados.
ARTICULO 71.- La Comisión Ejecutiva Estatal se organiza para su trabajo en Comisiones Estatales que considere necesarias, las cuales serán cuando menos las siguientes:
a) Coordinadora.
b) Organización.
c) Movimientos Sociales y Ciudadanos.
d) Asuntos Electorales.
e) Comunicación Social.
f) Capacitación Política y Electoral.
g) Prensa y Propaganda.
h) Orientación Ideológica.
i) Finanzas.
aprobado por el Consejo Político Nacional.
Cada Comisión elaborará un Plan de Trabajo e Informe semestral que se someterá a la aprobación de la Comisión Ejecutiva Estatal, además de informar permanentemente de sus actividades.
ARTICULO 72.- Una representación de la Comisión Ejecutiva Estatal o Nacional, acreditará a los delegados en los Congresos . Municipales conflictivos. También instalará y sancionará los resultados del Congreso Municipal, en estos casos, sólo asistirán los delegados acreditados.
XVI.- DE LAS FINANZAS ESTATALES DEL PARTIDO
ARTICULO 73.- La Comisión Ejecutiva Estatal nombrará una Comisión de Finanzas. Esta Comisión contará con el apoyo técnico y material para cumplir con sus tareas.
ARTICULO 74.- Son funciones de la Comisión de Finanzas:
a) Con base en los lineamientos fijados por el Congreso Nacional, administrar los recursos financieros, que por cualquiera de los rubros legalmente establecidos reciba el Partido:
b) Conjuntamente con la Comisión Ejecutiva Estatal administrar el patrimonio del Partido.
c). Con la finalidad de incrementar los fondos financieros del Partido, se promoverán acciones y actividades diversas.
d) Llevar la contabilidad del partido.
e) Elaborará un proyecto de ingresos y egresos del Partido con base en partidas presupuestales, mismas que serán aprobadas por la Comisión Ejecutiva Estatal, de conformidad con los lineamientos establecidos por los órganos nacionales.
f) Recibir los recursos del financiamiento público, de las actividades propias y de las donaciones, para depositarlos a nombre del Partido, en forma mancomunada en una institución bancaria.
g) Rendir cada 6 meses al Consejo Político Estatal y cada tres años al Congreso Estatal, a nombre de la Comisión Ejecutiva Estatal, un informe. completo sobre la administración que guarda los recursos del Partido.
h) Elaborar los informes trimestral y anuales de ingresos y egresos del Partido y, una vez aprobado por la Comisión Ejecutiva Estatal, hacer entrega del mismo a las Autoridades Federales Electorales en los términos de la Legislación Electoral vigente.
ARTICULO 73.- Son funciones de la Comisión de Finanzas:
XVIII.- DE LA COMISION ESTATAL DE CONTRALORIA Y FISCALIZACION.
ARTICULO 75.- La Comisión Estatal de Contraloría y Fiscalización es de carácter permanente y estará integrada por tres miembros y sus respectivos suplentes, que no sean integrantes de ningún órgano de dirección del Partido. Serán nombrados por el Congreso Estatal y durarán en su encargo hasta el siguiente Congreso Estatal.
ARTICULO 76.- La Comisión Estatal de Contraloría y Fiscalización tendrá las más amplias facultades de fiscalización y revisión de la información financiera de la Comisión de finanzas, de las finanzas de la fracción parlamentaria estatal y de todo órgano, Estatal y Municipal, que maneje fondos o bienes del partido. Podrá ordenar auditorías internas y externas y proponer a la Comisión Ejecutiva Estatal las medidas para perfeccionar los métodos y sistemas de control que considere convenientes.
ARTICULO 77.- La Comisión Estatal de Contraloría y Fiscalización rendirá informe trimestral a la Comisión Ejecutiva Estatal y semestral al Consejo Político Estatal cuando considere oportuno y someterá a consideración del propio Consejo el dictamen sobre las finanzas generales, bienes y patrimonio del Partido, que deberá presentarse en el Congreso Estatal.
XIX.- DE LA COMISION ESTATAL GARANTIAS, JUSTICIA Y CONTROVERSIAS
ARTICULO 78.- La Comisión Estatal de Garantías, Justicia. y Controversias es de carácter permanente y estará integrada por siete miembros y sus respectivos suplentes, que no sean integrantes de la Comisión Ejecutiva Estatal o de la Comisión Estatal de Contraloría. Serán nombrados por el Congreso Estatal y durarán en su encargo hasta el próximo Congreso Estatal.
ARTICULO 79.- Los integrantes de la Comisión Estatal de Garantías Justicia y Controversias, son recusables y también podrán declararse impedidos para conocer alguna queja en los siguientes casos:
a) Si tienen interés personal en el asunto que haya motivado la queja o bien cuando exista conflicto de intereses.
parentesco
relación personal
ARTICULO 80.- La Comisión Estatal de Garantías, Justiciay Controversias tendrá las siguientes facultades:
a) Proteger los derechos de los afiliados consignados en los Estatutos, frente a cualquier violación.
b) Garantizar el cumplimiento de estos Estatutos por parte de las instancias del Partido, militantes, afiliados y simpatizantes.
c) Atender los conflictos cotidianos en el Estado. Los conflictos políticos graves y urgentes deberán ser atendidos por la Comisión Ejecutiva Estatal y el Consejo Político Estatal.
d) Presentar sus dictámenes ante los Organos de Dirección Estatales para su ratificación o rectificación.
e) Los integrantes de esta Comisión tendrán derecho a ser oídos en todos los órganos e instancias del Partido.
f) Establecer las responsabilidades a que se hacen acreedores los militantes, afiliados y simpatizantes por el incumplimiento de las obligaciones establecidas por los presentes estatutos.
Justicia
a) De las quejas por actos u omisiones de los órganos estatales en primera instancia.
b) De las quejas, consultas o controversias de significado estatal, en primera instancia
Justicia
XX.- DE LOS ORGANOS MUNICIPALES DE DIRECCION
ARTICULO 83.- El Congreso Municipal es la máxima autoridad de un Municipio, subordinada a los Organos de Dirección Estatal y Nacional.
ARTICULO 84.- El Congreso Municipal se integra por:
a) La Comisión Ejecutiva Municipal y Comisionados Políticos Nacionales adscritos.
b) Los miembros del Partido con cargos de representación popular en el municipio, y
c) Los militantes y afiliados al partido.
ARTICULO 86.- El Congreso municipal podrá ser convocado en forma extraordinaria por las mismas instancias señaladas en el artículo anterior, con cuando menos quince días naturales de anticipación a su realización. Deberá publicarse en un periódico de circulación municipal, en caso de que éste no exista la publicación será en periódico estatal, cuando menos con siete días naturales de anticipación a su realización y sólo tratará el o los puntos para los que expresamente fue convocado.
ARTICULO 87.- El Consejo Político Nacional o la Comisión Ejecutiva Nacional, convocarán en forma supletoria al Congreso Municipal cuando vencido el plazo para su realización no lo hicieren las instancias estatales respectivas o no estuvieran integradas.
ARTICULO 88.- El Congreso Municipal será convocado en forma extraordinaria por el Consejo Político Nacional o la Comisión Ejecutiva Nacional cuando así se considere conveniente, o a propuesta de la Comisión Nacional de Garantías, Justicia y Controversias.
ARTICULO 89.- El quórum del Congreso Municipal será del 50% más uno de sus integrantes. Sus acuerdos serán válidos con el voto del 50% más uno de los presentes.
ARTICULO 90.- Son atribuciones del Congreso Municipal:
a) Conocer y resolver sobre el informe de la Comisión Ejecutiva Municipal.
b) Proponer cambios a la línea teórica-ideológica de conformidad con los lineamientos emitidos por los órganos nacionales.
c) Fijar la línea política, estratégica y táctica en el municipio de conformidad con los lineamientos emitidos por los órganos nacionales y estatales.
d) Proponer cambios a la estructura general del partido y a los Documentos Básicos.
e) Nombrar a los integrantes de la Comisión Ejecutiva Municipal de conformidad con los lineamientos emitidos por los órganos nacionales.
f) Nombrar de entre sus integrantes a los delegados ante el Congreso Estatal en el número y proporción que fije la convocatoria nacional respectiva.
g) Analizar y en su caso aprobar el informe de la Comisión Municipal de Finanzas.
XXI.- DEL CONSEJO POLITICO MUNICIPAL
ARTICULO 91.- El Consejo Político Municipal es el órgano máximo de dirección y decisión municipal del Partido entre Congresos Municipales.
ARTICULO 92.- El Consejo Político Municipal se reunirá ordinariamente cada tres meses y de manera extraordinaria cada vez que se considere necesario, convocándose con tres días naturales de anticipación.
ARTICULO 93.- El Consejo Político Municipal será convocado por la Comisión Ejecutiva Municipal o por la Estatal, o por cuando menos el 50% de los Organismos de Base, con 7 días de anticipación a la celebración del mismo.
ARTICULO 94.- El Consejo Político Municipal se integra por:
a) La Comisión Ejecutiva Municipal,
y en su caso por los Comisionados Políticos Nacionales designados.
b) Delegados de cada comunidad u organismo de base que se determine en la convocatoria respectiva.
ARTICULO 96.- Son atribuciones del Consejo Político Municipal las siguientes:
a) Instrumentar los acuerdos y resoluciones del Congreso Municipal, de las instancias estatales y nacionales.
b) Convocar a la celebración del Congreso Municipal ordinario y extraordinario.
c) Definir la política financiera del Partido en el municipio entre Congreso y Congreso.
d) Impulsar las tareas necesarias para elevar el nivel teórico y político de los militantes, planteando sus necesidades a la Escuela Nacional de Cuadros.
e) Promover referéndums y plebiscitos en todo el municipio cuando haya posiciones encontradas o cuando se tengan que decidir cuestiones fundamentales para el futuro del Partido..
f) Decidir sobre los nombramientos de nuevos integrantes de la Comisión Ejecutiva Municipal por ampliación o sustitución.
g) Nombrar o ratificar a los representantes del Partido ante los organismos electorales locales.
h) Definir en cada etapa la política general para la construcción de organizaciones sociales y la construcción del partido.
XXII.- DE LA COMISION EJECUTIVA MUNICIPAL
ARTICULO 97.- La Comisión Ejecutiva Municipal es el órgano ejecutivo, con carácter colectivo y permanente del Partido, entre sesión y sesión de las Instancias Municipales de Dirección. Su funcionamiento es colegiado. Sesionará ordinariamente una vez a la semana y en forma extraordinaria cuando se considere necesario.
ARTICULO 98.- La Comisión Ejecutiva Municipal será elegida por el Congreso Municipal, en el número que este acuerde, tomando en cuenta la opinión de las comunidades y organismos de base.
ARTICULO 99.- Son atribuciones de la Comisión Ejecutiva Municipal:
a) Ejecutar, coordinar, promover y supervisar el cumplimiento de los acuerdos de las instancias de Dirección Municipal.
b) Dirigir la actividad general del Partido y dar cuenta de su gestión ante el Congreso Municipal y el Consejo Político Municipal.
c) Representar al Partido ante las autoridades, organismos políticos y sociales y eventos municipales.
d) Convocar al Congreso Municipal y a las asambleas del Consejo Político Municipal.
e) Nombrar por ampliación, recomposición o sustitución a los representantes del Partido ante las autoridades electorales federales y ante los organismos electorales municipales, conforme a estos Estatutos.
f) Administrar las finanzas y el patrimonio del Partido y rendir cuentas a la Comisión Ejecutiva Estatal, cada tres meses.
g) Representar al Partido en cualquier asunto de carácter legal, nombrar apoderados legales y en general establecer convenios de todo género, en el ámbito de su competencia, en los marcos de la legislación vigente.
h) Convocar junto con los Comisionados Políticos Nacionales en su caso, a la celebración del Congreso Municipal. La Comisión Ejecutiva Estatal nombrará una representación que asistirá al Congreso Municipal a fin de sancionar la validez de los acuerdos y resoluciones. Si existen desacuerdos en las instancias estatales, la convocatoria y la acreditación de delegados para el Congreso Municipal la realizará y la sancionará la Comisión Ejecutiva Nacional, a través de la representación que nombre.
ARTICULO 100.- La Comisión Ejecutiva Municipal convocará a los Organismos de Base en las comunidades y organizaciones sociales con el fin de que nombren a sus representantes y delegados a las Instancias de Dirección Municipal que correspondan y a los eventos municipales que el partido organice.
De presentarse conflictos para cumplir con las convocatorias, la Comisión Ejecutiva Municipal, y en su caso el Comisionado Político Nacional, nombrará directamente a los delegados o representantes a los eventos que el partido organice.
ARTICULO 101.- La Comisión Ejecutiva Municipal se organizará para su trabajo en las Comisiones Municipales que considere necesarias, las cuales serán cuando menos las siguientes:
a) Coordinadora.
b) Organización.
c) Movimientos Sociales y Ciudadanos.
d) Asuntos electorales.
e) Comunicación Social.
f) Capacitación Política y Electoral.
g) Prensa y Propaganda.
h) Orientación Ideológica.
i) Finanzas.
III.- DE LOS ORGANOS DISTRITALES DE DIRECCION DEL PARTIDO.
ARTICULO 101 BIS.- Estas instancias de Dirección del partido, estarán homologadas a su nivel con la instancia municipal en su estructura, funciones, obligaciones, facultades en sus términos.
XXIV.- DE LAS FINANZAS MUNICIPALES DEL PARTIDO
ARTICULO 102.- La Comisión Ejecutiva Municipal nombrará una Comisión de Finanzas. Esta Comisión contará con el apoyo técnico y material para cumplir con sus tareas.
ARTICULO 103.- Las funciones de la Comisión de Finanzas Municipales estarán homologadas en su competencia a las Nacionales y Estatales.
XXV.- DE LOS ORGANISMOS DE BASE DEL PARTIDO EN LAS COMUNIDADES Y ORGANIZACIONES SOCIALES
ARTICULO 104.- El Partido de Trabajo tiene su esencia en el poder del pueblo, su eje fundamental de organización es el territorio, el eje secundario los sectores.
ARTICULO 105.- Se debe construir en cada comunidad urbana y rural, y en cada organización social al Partido del Trabajo. Esta territorialización del Partido implica enraizarlo en toda la sociedad. Se deberán impulsar formas organizativas de acuerdo a la idiosincrasia del lugar y del sector. Existen expresiones al interior del Partido que hacen necesaria la conformación de organismos de base; éstos tendrán reconocimiento con un mínimo de tres integrantes y sus actividades partidistas estarán supeditadas a los órganos de dirección municipales u homólogos. Estos organismos partidistas comunitarios y sociales nos permitirán estar en todo tiempo y en todo lugar; siendo las bases de los órganos municipales del Partido.
ARTICULO 106.- La construcción comunitaria y social del Partido, tiene como funciones la gestión, la cogestión y la autogestión, encaminadas a atender la problemática de la sociedad. Deberá construir el poder político democrático del pueblo, atender a su educación ética y política e involucrarlo en la lucha electoral.
ARTICULO 107.- Es obligación de las instancias de dirección del Partido la formación del ejército promotor del voto petista con base en los organismos del partido de cada comunidad y organización social. Esta estructura deberá construirse previa y durante la realización de los procesos electorales a todos los niveles.
XXVI.- DE LAS CONFERENCIAS SECTORIALES
ARTICULO 108.- Las Conferencias Sectoriales son espacios de discusión, análisis de propuestas y, sobre todo de construcción de la línea política, para realizar trabajo de masas en las distintas franjas del tejido social mexicano.
ARTICULO 109.- Las Conferencias Sectoriales son Conferencias, no estructuras paralelas al Partido. No deben tener estructura orgánica permanente de ningún tipo.
ARTICULO 110.- Las Conferencias Sectoriales funcionarán de acuerdo a los distintos sectores sociales en que tiene influencia el Partido.
ARTICULO 111.- Serán convocadas por la Comisión Ejecutiva Nacional por lo menos cada seis meses. La convocatoria y el orden del día de las Conferencias se realizará por la misma Comisión Ejecutiva Nacional, previa consulta con la seccional correspondiente.
XXVII.- DE LAS SANCIONES
ARTICULO 112.- Son motivo de sanción las siguientes acciones:
a) Los actos de corrupción fundados y probados.
b) El incumplimiento de los acuerdos tomados en las diferentes instancias Partido.
c) Practicar una línea teórico-ideológicay una línea política diferente a la aprobada por el Partido
d) Exponer y dirimir ante los medios de comunicación y en las instancias gubernamentales del Estado, conflictos intrapartidarios.
e) Promover acciones de divisionismo.
f) Cuando los representantes populares y servidores públicos del Partido, no coticen en los términos del artículo 16 inciso m) de éstos estatutos, se les sancionará de la siguiente manera: Por ningún motivo podrán ser postulados a ocupar cargos de representación popular, ni propuestos a cargos del servicio público.
g) No presentar, quienes tienen obligación de hacerlo, la declaración patrimonial.
h) Practicar el nepotismo. Se entiende por nepotismo el aprovecharse del cargo de dirección partidista o en el Estado para designar personalmente a familiares en cargos de responsabilidad.
i) Quien haga uso inadecuado del patrimonio del Partido.
j) Toma de oficinas u otras instalaciones del Partido por cualquier medio.
k) Agresiones físicas.
l)Practicar una línea política diferente a la aprobada por el Partido. Exponer ante los medios de comunicación y en las instancias gubernamentales del Estado conflictos intrapartidarios.
m) No cotizar.
n) Por calumniar, injuriar o difamar a militantes y dirigentes del Partido, sin fundamento, causa o motivo justificado.
a) Advertencia formal.
b) Destitución del puesto de responsabilidad partidaria
c) Separación temporal del Partido.
d) Expulsión definitiva,
y en su caso, promover la acción judicial que corresponda.
y en su caso de no cumplir ésta con su obligación, deberán ser acordadas, o bien,
ARTICULO 115.- Todo sancionado tendrá derecho a apelar ante los órganos de dirección superiores del Partido.
Se le otorgará el derecho de audiencia ante la instancia que corresponda. En lo posible los cargos de los que se le acuse, deberán formularse en su presencia en la instancia correspondiente previa cita por escrito. En caso de inasistencia sin causa justificada, se procederá a aplicar la sanción a que se haga acreedor.
Los problemas de funcionamiento o de comportamiento y las criticas, deberán tratarse en la instancia del partido con la presencia del o de los directamente involucrados.
XXVIII.- DE LAS ELECCIONES
ARTICULO 116.- La política electoral del Partido del Trabajo y sus candidatos a cargos de elección popular será determinada a través de una Convención Electoral Nacional, estatal, distrital, delegacional o municipal según sea el caso. En dichas convenciones se aprobará la plataforma electoral del Partido, misma que será presentada ante las autoridades electorales competentes y será sostenida y difundida por los candidatos en las campañas electorales.
ARTICULO 117.- La elección de los candidatos se realizará por sus respectivas convenciones a través del voto universal directo y secreto o por aclamación. Los candidatos habrán de reunir las siguientes características:
a) Lealtad al proyecto y postulados del Partido.
b) Congruencia con los principios del Partido y su práctica política.
c) No tener antecedentes de corrupción.
d) Compromiso con las luchas sociales y desarrollo del Partido.
La Convención Estatal Electoral aprobara la postulación de candidato a Gobernador, ratificará y podrá aprobar la postulación de los miembros de los Ayuntamientos y Diputados Locales por ambos principios.
La Convención Electoral del Distrito Federal aprobará la postulación del Jefe de Gobierno, ratificará y podrá aprobar las candidaturas a Delegados y a Diputados Locales por ambos principios
ARTICULO 118.- La Comisión Ejecutiva Nacional se reserva el derecho de vetar, en cualquier momento a todos los niveles, a candidatos de dudosa honorabilidad que no reúnan el perfil político adecuado.
Nadie podrá ser postulado nuevamente a puesto de representación proporcional, sin que haya transcurrido un período de cuando menos tres años.
La Comisión Ejecutiva Nacional analizará y resolverá casos que por estrategia de desarrollo y consolidación del Partido y que por así convenir al interés y necesidades del mismo no deberán ser considerados de acuerdo al Párrafo anterior.
En los casos donde las legislaciones locales posibiliten la vía de representación proporcional derivada de la competencia por mayoría relativa serán discutidas y acordadas por la Comisión Ejecutiva Nacional.
ARTICULO 119.- En aquellos lugares donde se presenten desacuerdos graves en materia de selección de candidatos a todos los niveles, se faculta a la Comisión Ejecutiva Nacional para resolver las diferencias y seleccionar, postular y registrar a los candidatos correspondientes directamente o a través de la representación del partido ante el Instituto Federal Electoral.
XXIX.- DE LA ESCUELA NACIONAL DE CUADROS
ARTICULO 120.- Es la instancia permanente responsable de la educación política e ideológica de los militantes, afiliados y simpatizantes, de acuerdo con los lineamientos del Partido, en los ámbitos nacional, regional, estatal y municipal.
ARTICULO 121.- Se constituye como un organismo de la Comisión Ejecutiva Nacional, con estructura operativa y reglamentación propia, bajo responsabilidad de la Comisión de Capacitación Política y Electoral y dependiente de la Comisión Ejecutiva Nacional y el Consejo Político Nacional.
ARTICULO 122.- Entre sus facultades tendrá un sistema de reconocimientos y de promoción, con validez curricular dentro del Partido, como un criterio de elegibilidad a ser candidato a ocupar cargos de representación popular y dirigencia del Partido.
ARTICULO 123.- El Sistema Nacional de Escuelas de Cuadrosse coordinará con la Fundación Política y Cultural del Partido.
XXX.- DE LA FUNDACION POLITICA Y CULTURAL DEL PARTIDO
ARTICULO 124.- Sus objetivos son:
a) Fomentar y difundir las opiniones del Partido.
b) Promover espacio de. análisis y debate sobre temas de importancia nacional e internacional.
c) Desarrollar proyectos y actividades de investigación, análisis, capacitación y sistematización histórica del Partido y su contribución a la construcción de la cultura general y política.
ARTICULO 125.- Se constituye como organismo independiente de la línea cultural y política del Partido, así como de la Comisión Ejecutiva Nacional y del Consejo Político Nacional, con autonomía en su administración, operación y procuración de fondos. Estará bajo la responsabilidad de la Comisión de Difusión Ideológica y en su conjunto de la Comisión Ejecutiva Nacional.
ARTICULO 126.- Sus planes, proyectos y ejercicio de presupuesto serán aprobados y supervisados por la Comisión Ejecutiva Nacional y la Comisión de Contraloría del Partido, respectivamente.
ARTICULO 127.- A los directivos de la Fundación los designará la Comisión Ejecutiva Nacional y deberán ser ratificados por el Consejo Político Nacional.
ARTICULO 128.- Los directivos de la fundación serán reconocidos militantes, integrados a movimientos sociales y a las actividades del Partido.
XXXI.- DE LOS GRUPOS PARLAMENTARIOS
ARTICULO 129.- Los senadores de la República, los diputados federales y locales, regidores y síndicos deberán mantener y defender el proyecto general del Partido y sus posiciones políticas.
Se constituirá la Asociación Nacional de Legisladores y ex legisladores del Partido con el objeto de intercambiar experiencias, Formación Teórica, Política y Legislativa y Elaboración de Iniciativas; También se formara la Asociación Nacional de Alcaldes, Regidores y Síndicos del partido para intercambiar experiencias, para formarse teórica, legal y políticamente acentuando los aspectos del nivel municipal. Estas Asociaciones se reunirán por lo menos dos veces al año.
ARTICULO 130.- Los Coordinadores de los Grupos Parlamentarios en el Congreso de la Unión y sus instancias organizativas, y la participación de sus legisladores en comisiones, serán nombradas por la Comisión Ejecutiva Nacional, previas consultas.
El Coordinador del Grupo Parlamentario del Congreso Local, y sus instancias organizativas y la participación de sus legisladores en comisiones, serán nombrados por sus correspondiente Comisión Ejecutiva Estatal, previas consultas. En caso de conflictos y desacuerdos en las instancias Estatales, serán nombrados por la Comisión Ejecutiva Nacional.
Las respectivas licencias de los legisladores a todos los niveles, serán autorizadas por la Comisión Ejecutiva Nacional y en los estados por la Comisión Ejecutiva Estatal. ARTICULO 131.- Los aspectos no previstos por los presentes Estatutos y sus Reglamentos en relación a los Grupos Parlamentarios federal y locales serán decididos por sus correspondientes Comisiones Ejecutivas Nacional y Estatales
TRANSITORIO
UNICO: Las presentes reformas a sus documentos básicos que se proponen a la Declaración de Principios, Programa de Acción y Estatutos entrarán en vigor a partir del mismo día de su aprobación por el IV Congreso Nacional Ordinario, del Partido del Trabajo.
El Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional se constituye con las diputadas y diputados afiliados a dicho partido político, que integren la LVIII Legislatura de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. Las diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario tendrán, además de las obligaciones que derivan de la Constitución, la Ley Orgánica, el Reglamento Interior, los Documentos Básicos del Partido y el Código de Etica Partidaria, las siguientes obligaciones: Contará también con los demás instrumentos de apoyo previstos en estas normas y los que acuerde la Asamblea. El Grupo Parlamentario podrá constituirse en Reunión Plenaria que se compone por todos los integrantes del Grupo para fines informativos o de mera deliberación. Por no tener carácter resolutivo, podrá efectuarse cualquiera que sea el número de integrantes presentes. El Coordinador podrá delegar en los Vicecoordinadores las atribuciones que estime pertinentes de acuerdo a la distribución del trabajo que determine informando de ello a la Asamblea. En forma unánime, los presentes estuvieron conformes con el anterior Orden del Día y se procedió a su desahogo, llegando a los siguientes acuerdos: Artículo 11. Los miembros del grupo podrán recurrir el veto a que se refiere la fracción j) del artículo anterior de este reglamento ante el Comité respectivo. En el caso de los Diputados electos por el principio de representación proporcional y de los Senadores, el porcentaje de la cuota destinado al Comité Municipal lo recibirá el correspondiente Comité Estatal. Cuando se trate de aguinaldo o de percepciones distintas a las ordinarias mensuales, la cuota será del 10% y corresponderá en su totalidad al Comité Ejecutivo Nacional. Artículo 24. Las cuotas que los Diputados Locales entregarán al partido para contribuir a su sostenimiento serán del 18% del total de sus percepciones. Para los conceptos de aguinaldo o gratificación anual, la tasa que se le aplicará será únicamente del 10%. Artículo 28. Las cuotas que los funcionarios municipales de elección entregarán al partido para contribuir con su sostenimiento serán del 15% del total de sus percepciones cuando éstas superen los cinco salarios mínimos regionales. Aquellos que reciban menos de cinco salarios mínimos acordarán con el Presidente del Comité respectivo el monto de su cuota mensual. 2.- Relación con las Secretarías del Comité Ejecutivo Nacional, los Comités Estatales y los Grupos Parlamentarios de las Entidades Federativas. d) Coordinar el nombramiento de representantes del Grupo en eventos y reuniones en el extranjero, así como en asambleas de organismos internacionales; Por lo que, a efecto de dar cumplimiento a lo señalado por el Artículo 26 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se levanta la presente Acta, firmando al calce todos los que participaron, para ratificación y constancia de la misma. Las discusiones del Grupo Parlamentario se ajustarán al siguiente procedimiento: Son responsabilidades del Coordinador: Son funciones del vicecoordinador, si fuese designado: Cada legislador tendrá bajo su encargo un área de atención y trabajo específico, de manera que el Grupo cuente con especialistas en temas prioritarios definidos internamente; genere opinión pública, debate e iniciativas legislativas con independencia del trabajo en comisiones de cada integrante del Grupo. Son obligaciones de los miembros del grupo: El desarrollo del capitalismo ha llevado al predominio del gran capital privado que monopoliza y controla enormes recursos productivos y la mayor porción de los mercados; arruina y destruye a la propiedad individual y familiar, ahoga y limita al sector social y pone al sector público a su servicio. La concentración del capital se realiza a costa de toda la sociedad. f) La sindicalización de los obreros agrícolas. 9.- Luchamos por tomar medidas concretas en todos los órdenes para acabar con la opresión de la mujer, que lleven a la socialización del trabajo a terminar con la discriminación y opresión por razones de sexo en la producción social y en la dirección política de la sociedad, que promuevan una transformación ideológica de las conciencias, que terminen con la ideología y la organización patriarcal de la sociedad. Luchamos por transformar las condiciones de trabajo para establecer la igualdad de oportunidades y entre la mujer y el hombre, de tal suerte que se logren cambiar también las condiciones adversas en que actualmente se mueve la niñez mexicana en el orden afectivo, social y material, que permita un desarrollo equilibrado y autónomo en los niños y garanticen, por medio de la colectividad y no sólo del Estado, su protección en materia de salud, afecto, educación, bienestar y recreación. 12.- Luchamos porque nuestro país sea soberano e independiente, terminando con la dependencia científica, tecnológica y comercial de los Estado Unidos y de cualquier otro país imperialista, porque no practique una política de expansión y dominación sobre los países pequeños. Porque promueva una política de paz, amistad y ayuda mutua entre los pueblos. Luchamos para que haya un cambio en la correlación de fuerzas en el ámbito mundial dentro de una perspectiva que permita en el futuro suprimir las barreras nacionales y bloques internacionales, en aras del interés de toda la humanidad. ARTICULO 11.- El Partido del Trabajo se construye participando y desarrollando. Su implantación será territorial, nacional, estatal, distrital y municipal como aspecto central y sectorial como secundario ARTICULO 16.- Son obligaciones de los militantes: DE LOS AFILIADOS Manifestar sus puntos de vista a nivel personal sin involucrar al Partido en su conjunto. Las Comisiones Ejecutivas Municipales aceptarán la solicitud de afiliación de los simpatizantes. En caso de negativa injustificada las solicitudes se podrán hacer ante las Comisiones Ejecutivas Estatales o ante la Comisión Ejecutiva Nacional. II) Estatales. Organos de Dirección Otros órganos estatales III) Municipales. En los órganos de Dirección y otras comisiones, el Distrito Federal y Delegaciones estarán homologados a los Estados y Municipios respectivamente. ARTICULO 26.- El Congreso Nacional se reunirá cada tres años en forma ordinaria. Podrán emitir la convocatoria la Comisión Ejecutiva Nacional, el Consejo Político Nacional o a negativa u omisión de estas cuando menos con la aprobación por mayoría simple del 50% de las Comisiones Ejecutivas Estatales. La convocatoria deberá emitirse por lo menos con dos meses de anticipación a su celebración y difundirse en forma amplia a todas las instancias estatales y publicarse por lo menos en un periódico de circulación nacional quince días naturales antes de la celebración del Congreso. ARTICULO 29.- El quórum del Congreso será del 50% más uno de sus integrantes. Los acuerdos serán válidos con el voto del 50% más uno de los integrantes presentes. Para acordar la venta de bienes inmuebles, la disolución del Partido, el cambio de hombre y emblema se requerirá el 66% de los votos de los delegados presentes. Entidad federativa en el número siguiente: cinco delegados por estado con desarrollo político consolidado del Partido; tres delegados en el caso de los estados con desarrollo político medio; dos delegados en el caso de estados con desarrollo político incipiente. La anterior clasificación de conformidad con el dictamen que para tal efecto emita la Comisión Ejecutiva Nacional. i) Representar al Partido en cualquier asunto de carácter legal, otorgar poderes, nombrar apoderados legales y en general establecer convenios de todo género en los marcos de la legislación vigente. ARTICULO 40.- La Comisión Ejecutiva Nacional, convocará a los órganos de Dirección Estatales con el fin de que nombren a sus representantes y delegados a las instancias de Dirección Nacional que correspondan Las funciones de cada comisión estarán definidas en el reglamento correspondiente que expedirá la Comisión Ejecutiva Nacional Coordinar, junto con las direcciones nacional y estatales, la elaboración de los informes de ingresos y egresos de las campañas electorales, y presentarlos a las autoridades federales electorales, en los términos de la legislación electoral vigente. Si tuvieran parentesco, amistad o enemistad manifiesta con alguna de las partes. Fincar las responsabilidades a que se hagan acreedores los miembros del Partido, por el incumplimiento de los presentes Estatutos. De las quejas, consultas o controversias de significado nacional en única instancia, y de las de significado estatal o municipal en segunda instancia, de conformidad con los requisitos y excepciones establecidos en la fracción anterior. ARTICULO 55.- Será convocado ordinariamente cada tres años, previo a la realización del Congreso Nacional, por el Consejo Político Estatal o la Comisión Ejecutiva Estatal. En caso de no hacerlo esas instancias podrán convocar el Consejo Político Nacional o la Comisión Ejecutiva Nacional. La convocatoria deberá emitirse y difundirse a todos los municipios en la forma más amplia posible, con una anticipación de cuando menos dos meses a la fecha de su celebración, y deberá publicarse en un periódico de .circulación estatal cuando menos quince días naturales antes de su realización. ARTICULO 64.- El quórum del Consejo Político Estatal será del 50% más uno de sus integrantes. Sus acuerdos y resoluciones serán válidos con el voto del 50% más uno de sus integrantes presentes. Todas aquellas que por la naturaleza de sus funciones le sean afines y que no sean contrarias a los lineamientos acordados por el Congreso Nacional, el Consejo Político Nacional y los presentes Estatutos. Las funciones de cada Comisión estarán definidas en el reglamento correspondiente que expedirá la Comisión Ejecutiva Nacional y será Coordinar, junto con las Direcciones Estatal y Municipales, la elaboración de los informes de ingresos y egresos, de las campanas electorales y presentarlos a las autoridades federales electorales, en los términos de la legislación electoral vigente. Si tuvieran amistad o enemistad manifestada con alguna de las partes. ARTICULO 81.- La Comisión de Garantías, y Controversias será competente para conocer, ARTICULO 82.- La Comisión Estatal de Garantías, y Controversias deberá presentar dictamen ante la Comisión Ejecutiva Estatal sobre las quejas, consultas y controversias en un plazo máximo de 60 días naturales contados a partir de la fecha de presentación del recurso correspondiente. La Comisión Ejecutiva Estatal resolverá en primera instancia sobre el caso y el Consejo Político Estatal en su caso en segunda instancia. En caso de inconformidad el interesado podrá apelar a las instancias nacionales correspondientes. ARTICULO 85.- Será convocado ordinariamente cada tres años, previo a la realización del Congreso Estatal, por el Consejo Político Estatal o la Comisión Ejecutiva Estatal. En caso de no hacerlo esas instancias podrán convocar el Consejo Político Nacional o la Comisión Ejecutiva Nacional. La convocatoria deberá emitirse y difundirse a todo el Municipio en la forma más amplia posible con una anticipación de cuando menos dos meses a la fecha de su celebración y publicarse cuando menos quince días naturales antes, en un periódico de circulación municipal donde éste exista. Las demás atribuciones que el mismo Congreso Municipal determine, dentro de su competencia. ARTICULO 95.- El quórum del Consejo Político Municipal será del 50% más uno de sus integrantes. Sus acuerdos y resoluciones serán válidos con el voto del 50% más uno de sus integrantes presentes. Todas aquellas que por la naturaleza de sus funciones le sean afines o se presenten y que no sean contrarias a los lineamientos acordados por el Congreso Estatal y los órganos estatales y nacionales. Todas aquellas que por la naturaleza de sus funciones le sean afines y que no sean contrarias a los lineamientos acordados por el Congreso Nacional, el Consejo Político Nacional, el Congreso Estatal, el Consejo Político Estatal y por los presentes, Estatutos. ARTICULO 113.- El militante y afiliado que contravenga la disciplina del Partido será sancionado según la gravedad de la falta, de la siguiente manera: ARTICULO 114.- Las sanciones serán acordadas por la instancia en que se milite, ser ratificadas o rectificadas por la instancia inmediata superior, excepto las sanciones de los incisos c) y d) del artículo inmediato anterior, que pueden ser aprobadas o ratificadas por la Comisión Ejecutiva Nacional o el Consejo Político Nacional o el Congreso Nacional. Las sanciones contenidas en los incisos a) y b) también podrán ser ratificadas o rectificadas por la Comisión Ejecutiva Nacional o por el Consejo Político Nacional o por el Congreso Nacional. La Convención Nacional Electoral aprobara la postulación del candidato a la Presidencia de la República. También ratificará o podrá aprobar la postulación de los candidatos a senadores y diputados federales por ambos principios y además podrá aprobar y ratificar la lista de senadores. Recaudar fondos para cumplir con su cometido.