- Final de resultados de la Comisión de Investigación del Funcionamiento de Conasupo y sus Empresas Filiales (Resumen Ejecutivo).
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Noviembre, 1999
Presentación
Con base en el acuerdo de creación de esta Comisión Investigadora, sancionado por el Pleno de esta H. Cámara de Diputados el 30 de ctubre de 1997, en el que se estableció la vigencia de esta Comisión por un año y la cual fue posteriormente prorrogada a propuesta de la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política; que acordó someter a la consideración del Pleno ".....extender la vigencia de esta Comisión durante un lapso de hasta por un año, contado a partir de la fecha en que formalmente deberían cesar sus actividades....."1. Me presento ante esta asamblea dentro del término de vigencia legal estipulado, en mi calidad de Presidente en turno de la Comisión de Investigación del Funcionamiento de CONASUPO y sus Empresas Filiales; a dar cuenta de los resultados y conclusiones a los que hemos arribado en el cumplimiento del mandato que nos fue encomendado por esta soberanía.
El presente documento, corresponde a un Resumen Ejecutivo del Informe Final de Resultados por Línea de Investigación, que fue debidamente entregado a la Junta de Coordinación Política dentro del plazo legal, el 29 de octubre de 1999, y que consta de cinco tomos conteniendo los informes parciales por línea de investigación y que se componen de 451 fojas útiles; acompañados de 46 (cuarenta seis) tomos de anexos documentales asociados a cada línea, con sus respectivos dictámenes y que son parte integral de las conclusiones y recomendaciones a las que hemos arribado los Diputados integrantes de esta Comisión.
I. Institucionalización de la Comisión
Por las dudas e insatisfacciones que arrojaron las conclusiones de la Comisión de Investigación del Funcionamiento de CONASUPO y sus Empresas Filiales de la LVI Legislatura, el 30 de octubre de 1997, los Coordinadores de los Grupos Parlamentarios de la LVII Legislatura Federal, de la H. Cámara de Diputados, informaron al Pleno sobre la integración de la Comisión de Investigación del Funcionamiento de CONASUPO y sus Empresas Filiales. El 6 de noviembre de 1997 se instaló formalmente la Comisión, quedando integrada por 10 Diputados; 2 por cada Fracción Parlamentaria. También se acordó que la presidencia sería rotatoria con duración de tres meses cada una.
Con la aprobación de las seis Líneas de Investigación, del Programa de Trabajo y la Ruta Crítica, de la Comisión, en sus 2ª y 9ª Reuniones de Trabajo, se definió con mayor precisión la estructura orgánica y metodológica que orientó los trabajos de ésta.
A partir de la instalación de la Comisión, se realizaron diversas acciones que permitieron formalizar institucionalmente a la propia Comisión.
Fue determinante para la realización de las actividades de la Comisión, la regularización de la integración de un cuerpo técnico, que diera contenido a las líneas de investigación aprobadas.
La definición de la Secretaría Técnica y los asesores por fracción parlamentaria, permitió se delimitara con mayor precisión el universo de trabajo y la construcción de hipótesis que guiaron las indagaciones.
Con base en ello, se integraron grupos de trabajo, se nombraron responsables, se elaboraron los cronogramas respectivos y se regularizó la plantilla de personal.
1. Organización y Funcionamiento de la Comisión
Desde la integración de la Comisión el 30 de octubre de 1997, se han convocado 37 Reuniones de Trabajo, acordándose en la última, declararse en sesión permanente con cinco sesiones. De ellas, 28 tuvieron quórum y se realizaron con la presencia de la mayoría de los grupos parlamentarios representados.2
2. Instalación de la Secretaría Técnica y del Cuerpo de asesores
Se nombró el cuerpo de asesores de la Comisión (uno por cada fracción parlamentaria), y se regularizó la plantilla de personal, con su consiguiente estructura organizativa.
Se efectuó la regularización administrativa del mobiliario y equipo de la Comisión.
Se integraron subcomisiones por línea de investigación.
Un aspecto que permitió el avance de los trabajos de investigación, fue la comunicación que se logró establecer con las diversas instituciones, para solicitar información ó bien para pedir su colaboración en tareas específicas. En general, la respuesta que se tuvo en ambos casos fue positiva, aunque en ocasiones no fue lo suficientemente expedita de acuerdo a la dinámica que la Comisión había emprendido.
Instituciones a las que se les solicitó información documental:
II. Planeación y Programación de las Actividades de la Comisión
Con la finalidad de orientar y darle continuidad a los trabajos de investigación, se aprobó una Ruta Crítica que estableció el marco general de los asuntos a indagar, partiendo de aquellos que en la anterior Comisión no se habían investigado o se habían investigado insuficientemente; así como también, de aquellos asuntos que habían quedado como recomendaciones para profundizar
1. Líneas de Investigación
Establecido el objeto de investigación desde la segunda reunión de trabajo de la Comisión, realizada el 27 de noviembre de 1997 en la que se aprobaron por unanimidad las seis líneas de investigación a las que se aplicaría el trabajo de la Comisión, y que fueron:
Línea 1: Revisión de los contratos exclusivos de distribución de harina de maíz de MICONSA y tráfico de maíz subsidiado en el periodo 1990-1993
Línea 2 y 4: Revisar y verificar si las cuentas bancarias o cualquier tipo de inversión o préstamo con instituciones de crédito, nacionales o extranjeros, directamente o mediante terceros de CONASUPO y sus Empresas Filiales, se pudieran haber utilizado para realizar operaciones no usuales de dinero.
Línea 3: Revisar el proceso de desincorporación de las inversiones en acciones y en la venta de los activos de MICONSA Guerrero, S.A. de C.V., MICONSA Atlacomulco, S.A. de C.V., y de las plantas productoras de LICONSA.
Línea 5: Importación de leche contaminada con radiactividad
Línea 6: Seguimiento de las denuncias interpuestas ante la PGR por el área jurídica de CONASUPO, así como de la SECODAM, en contra de funcionarios de CONASUPO y sus Empresas Filiales, principalmente las irregularidades de los pagos hechos a MASECA.
Se procedió a definir el universo y el marco general de los trabajos.
2. Ruta Crítica y Programación del Trabajo
En la 9ª Reunión de Trabajo celebrada el 3 de marzo de 1998, se estableció dicho universo de trabajo con la aprobación de la ruta critica, que se fue operativizando a través de los Programas de Trabajo e Informes de Avances de Actividades de las ocho presidencias en turno que tuvo la Comisión.
3. Contratación de Despachos Asesores
En la 18ª Reunión de Trabajo de la Comisión, celebrada el 8 de junio de 1999 según acuerdo 02 y 03/18-08706/98, se aprobó por unanimidad de los diputados presentes, contratar al Despacho Jurídico Dr. Carlos Daza Gómez y al Despacho Contable González Cerroblanco y Cía.; con el objeto de :
".............
2) Elaborar un Informe sobre el estado procesal en que se encuentran las denuncias presentadas ante la PGR, según los resultados del Informe Final de la Comisión de la LVI Legislatura.
3) Elaborar un Informe del estado procesal en que se encuentra el total de averiguaciones previas tramitadas ente la PGR por diversos delitos cometidos contra CONASUPO y sus Empresas Filiales?"; esto para el caso del Dr. Carlos Daza Gómez.
Tales decisiones se basaron en las propuestas presentadas por ambos despachos y en el prestigio profesional de dichas firmas.
El Contador González Cerroblanco, fue contratado nuevamente según lo aprobado en la 29ª Reunión de Trabajo celebrada el 2 de marzo de 1999 por unanimidad de votos de los diputados presentes; con el objeto de que realizara una auditoría financiera a CONASUPO4; que contemplara las actividades correspondientes a las Líneas de Investigación 2 y 4.
Los informes finales presentados por los despachos fueron reproducidos y distribuidos con todos los anexos a los diputados integrantes de la Comisión. Dichos documentos forman parte como anexos del presente informe. Los resultados presentados por ellos y las recomendaciones que formularon fueron insumos para la realización de este informe final y sus conclusiones y comentarios fueron tomados como opiniones calificadas de especialistas en la materia.
III. Metodología
1. Revisión Documental
El trabajo que desarrolló la Comisión parte de un acopio de información ante las distintas instancias que intervinieron en los hechos materia de la investigación, la cual, previo análisis, permitió establecer los elementos de juicio de los acontecimientos.
Inicialmente se revisó el informe de la Comisión de Investigación del Funcionamiento de CONASUPO y sus Empresa Filiales de la LVI Legislatura, así como los informes parciales y finales, con sus respectivos anexos, de los despachos Bladinieres y Cía., y Barriguete y Asociados, quienes fueron los consultores encargados de realizar la indagatoria.
Asimismo, de los documentos entregados por C. Víctor Quintana Armella , Diputado e integrante de la Comisión CONASUPO en la LVI Legislatura por el PRD a esta Comisión, se revisaron 17 carpetas.
Se comenzó por solicitar información a las diferentes instancias involucradas con el fin de obtener las diferentes visiones de quienes participaron en los hechos. La documentación enviada por ellas era recibida en las oficinas de la Comisión y se notificaba a los asesores y Diputados para su revisión.
Este análisis permitió establecer juicios más sólidos y a su vez, se hizo indispensable profundizar aún más en los elementos que se iban presentando.
2. Comparecencias y Entrevistas
Como complemento del análisis documental y para la reconstrucción de los hechos respecto a las seis líneas de investigación, la Comisión acordó realizar una serie de comparecencias y entrevistas a personajes clave que proporcionaran información relevante y calificada, ya sea por su participación en el plano técnico o bien en la toma de decisiones, por tal razón, se realizaron las comparecencias y entrevistas siguientes:
Con la finalidad de tener información lo más completa posible, que ayudase a clarificar el proceso de desincorporación de empresas, la Comisión decidió citar a comparecer a los exfuncionarios que en el momento de la compraventa tuvieron un cargo de responsabilidad en la toma de decisiones. Ante la negativa o imposibilidad de acudir a este Recinto Legislativo de los exfuncionarios, o bien por haber solicitado que se hicieran por escrito, se optó por enviarles un cuestionario para que informaran de su intervención en este proceso, así como explicaran el por qué de algunas decisiones tomadas.5
Los funcionarios a los que se les envío cuestionario fueron:
Con base en la Ruta Crítica de cada una de las seis Líneas de Investigación y buscando profundizar en la localización de documentación que acreditara las investigaciones que realizó la Comisión, se realizaron visitas a:
A la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias, (CONASENUSA).
A la Casa de Gobierno del Gobierno del Estado de Guerrero.
A las Instalaciones de la Procuraduría General de la República (en diversas ocasiones).
A las instalaciones de la Compañía Nacional de Subsistencias Populares (en diversas ocasiones).
A la sede de Leche Industrializada CONASUPO, S.A. de C.V.
En este marco la Comisión de Investigación del Funcionamiento de CONASUPO y sus Empresas Filiales de la LVII Legislatura de la H. Cámara de Diputados, presenta los siguientes resultados y conclusiones a las que llegó en las seis líneas de investigación que desarrolló:
Línea de Investigación No. 1
Asunto: Revisión de los Contratos exclusivos de distribución de harina de maíz de MICONSA y tráfico de maíz subsidiado
Desarrollo y Resultados de la Investigación
El asunto al que se refiere esta línea de investigación, es derivado de los resultados alcanzados por la anterior Comisión de Investigación del Funcionamiento de CONASUPO de la LVI Legislatura; la que señaló en su informe final, que el despacho asesor Barriguete, Alonso López y Cía. S. C. practicó una revisión de las relaciones comerciales de MICONSA con los principales clientes y proveedores, destacando los contratos exclusivos de distribución de harina de maíz, al respecto el referido despacho señaló, que no estuvo en condiciones de verificar en qué consistían los servicios de comercialización proporcionados a MICONSA por las siete empresas privadas de distribución de harina de maíz y mencionaba a su vez que:
"Al parecer, la propia contratación de las empresas mencionadas obedeció a la finalidad de hacer negocios con el sistema CONASUPO con beneficios injustificables, cuyo monto debe ser materia de cuantificación precisa."
"Por lo anterior, esta Comisión propone al Ejecutivo Federal se practiquen las investigaciones y en su caso las averiguaciones previas y consignaciones respectivas, en contra de los funcionarios de la filial MICONSA, responsables de las decisiones correspondientes y de los particulares que se beneficiaron por esas irregularidades supuestamente ilícitas, durante el período comprendido entre los meses de julio de 1990 a julio de 1992".6
En cumplimiento de la recomendación de la Comisión CONASUPO de la LVI Legislatura presentó denuncia de hechos el 11 de octubre de 1996 y se abrió la Averiguación Previa 10220/FEFPB/96
El día ocho de noviembre de 1996 se realizó el Acuerdo de Radicación y Acumulación de la A.P. 10219/FEFPB/96 a la A.P. 10220/FEFPB/96, por tratarse de los mismos inculpados y los mismos denunciantes y ser hechos relacionados.7
En el marco de las denuncias presentadas por CONASUPO ante la Procuraduría General de la República y la solicitud de ésta de que le aportara mayores elementos para proseguir sus indagatorias, el organismo contrató la firma Hernández Lozano, Marrón y Cía, S.C. (BDO), para la formulación de informes destinados a determinar el quebranto patrimonial que haya podido sufrir la empresa Maíz Industrializado CONASUPO, S.A. de C.V., (MICONSA) durante el período de 1982 a 1992.
Entre los asuntos revisados, se indagó sobre los referidos contratos exclusivos suscritos por Maíz Industrializado CONASUPO, S.A. de C.V., y siete empresas de distribución.
En este informe, los asesores dejan constancia de las dificultades y limitaciones del sistema de archivo y guarda de la documentación y la imposibilidad de emitir opinión alguna sobre la determinación del daño patrimonial que haya podido sufrir Maíz Industrializado CONASUPO, S.A. de C.V., producto de estos contratos.
Teniendo como antecedentes estos hechos y con base en que existía una Averiguación Previa abierta en relación a este asunto, y teniendo en cuenta la necesidad de profundizar en las indagaciones que permitieran "?la cuantificación precisa?" del daño patrimonial ocasionado a MICONSA, por estas acciones, nuestra Comisión decidió en su 9ª Reunión de Trabajo, que la Línea de Investigación No. 1 fuera:
"Revisión de los Contratos exclusivos de distribución de harina de maíz de MICONSA y el tráfico de maíz subsidiado en el periodo 1990-1993".
El objetivo planteado fue:
"Ahondar en las investigaciones que han detectado irregularidades, las cuales se cometieron al proporcionar servicios de comercialización de harina de maíz nixtamalizado por parte de empresas privadas de distribución y sus fuentes de financiamiento; así como verificar la legalidad de las licitaciones públicas de los contratos de distribución."
Para el cumplimiento de dicho objetivo, se procedió a revisar y analizar la documentación y dictámenes profesionales existentes; A saber:
Revisión del informe del despacho Hernández Lozano Marron y Cía, S.C. (BDO), contratado por CONASUPO a petición de la PGR, de julio de 1997.
Revisión del dictamen técnico de los expedientes de las Averiguaciones Previas AP 10219/FEFPB/96 y AP 10220/FEFPB/96, realizado por el despacho jurídico del Dr. Carlos Daza Gómez, Consultor contratado por esta Comisión de Investigación.
La localización de documentación en las dos visitas realizadas a las bodegas del Fideicomiso, por miembros de esta Comisión, del equipo técnico de la misma y del despacho contable González Cerroblanco, asesor de esta Comisión; permitió avanzar en esta línea de investigación, en la medida que la localización de documentos específicos aportaron elementos para reconstruir el proceso y establecer una cronología de acciones y evolución de los contratos; y con ello confirmar las irregularidades que ya habían sido detectadas pero no suficientemente documentadas.
Así, se logró obtener documentación relativa a los contratos de distribución, convenios de modificación a los mismos y minutas de las reuniones que sostenían personal directivo de MICONSA y representantes de las siete empresas distribuidoras; así como facturas por ventas, pago de servicios, fletes, etc; lo que viabilizó poder estimar el detrimento ocasionado a MICONSA por los contratos de distribución y venta de harina de maíz nixtamalizada.8
A los resultados de la evolución de los contratos de distribución de harina de maíz nixtamalizado que celebró Maíz Industrializado CONASUPO, S.A., de C.V. y siete empresas distribuidoras, se sumó la revisión realizada por el Despacho González Cerroblanco y Cía. de las operaciones. Dicha revisión permite mostrar el costo financiero que representó para MICONSA estos contratos y el trato privilegiado que se les otorgó a estas empresas. Los nombres de las siete comercializadoras son:
Conclusiones
Con base en lo antes dicho, concluimos que:
1. La celebración de los contratos de distribución exclusiva de harina de maíz nixtamalizada, no era necesaria dada la infraestructura de almacenamiento y comercialización del sistema CONASUPO. Por otra parte, se presume que el alto costo de los servicios de distribución y el incumplimiento en los pagos por parte de las distribuidoras que afectaron el flujo de efectivo de MICONSA, aceleraron la venta de las plantas propiciando el cierre de MICONSA corporativo.
2. Las empresas distribuidoras no tenían una antigüedad mayor a seis meses anterior a la firma de los contratos de distribución, fueron constituidas entre el 16 de julio y el 11 de septiembre de 1990 y los contratos fueron celebrados entre el 20 de julio de 1990 y el 1 de marzo de 1991 respectivamente, y ninguna contaba con el capital social que asegurara su solvencia ni la experiencia que se requería para garantizar el cumplimiento de los contratos. Lo anterior, fue constatado en el análisis de los contratos, convenios de modificación y minutas de reunión; de lo que se desprende el atraso en los pagos con una creciente cartera vencida, y la baja penetración en el mercado. La evaluación realizada por MICONSA al finalizar los contratos determinó que las ventas y distribución fue menor que la que realizaba MICONSA antes de la firma de éstos.10
3. Las condiciones contractuales y sus posteriores modificaciones, beneficiaron de manera importante a los distribuidores, ya que contemplaban penas convencionales y el pago de altas comisiones, hasta del 20% del monto de las ventas; lo que podría afectar el costo financiero de MICONSA, contraviniendo lo establecido en el artículo 70 del Reglamento a la Ley del Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público y otras disposiciones aplicables a la materia.
4. Los siete contratos de distribución y venta de harina de maíz nixtamalizada se asignaron por invitación directa nominativa, debiendo ser convocados por lo menos 3 proveedores por cada contrato, en virtud de que los montos promedio de las operaciones mensuales serían de $307,828.12 M.N., y excedían el límite establecido por la Ley de Egresos de la federación para 1990 que era de $286,810.00 M.N.
5. Siendo empresas independientes, ubicadas en diferentes partes del país, todas ellas fueron constituidas ante el mismo notario público (Lic. Ramón Diez Gutiérrez Sentíes, Notario Público No. 16, Tlanepantla Estado de México), bajo un mismo modelo y, ninguna contaba con el capital social que aseguraba su solvencia para contratar, ni la experiencia que se requería para garantizar el cumplimiento del mismo.
6. De todo lo anterior, se desprende el trato privilegiado que se les otorgó a las empresas distribuidoras; pues no solo fueron favorecidas con contratos de elevada cuantía, innecesarios toda vez que sus principales clientes fueron filiales, delegaciones y clientes institucionales de CONASUPO. Al final se les compraron sus activos, se les pagaron gastos de operación y se les recibió cartera vencida de difícil recuperación; lo que se infiere de la garantía del 40% del valor de la misma que las distribuidoras otorgaron a MICONSA.
7. Con base en la suma de las operaciones de la distribuidora Mercadotecnia y Estrategia Metropolitana, S.A. de C.V., el detrimento financiero estimado, ocasionado a Maíz Industrializado CONASUPO, S.A. de C.V. por los siete contratos de distribución de harina de maíz, corresponde a un monto de $49,115´205,643.00 m/n (cuarenta y nueve mil ciento quince millones, doscientos cinco mil, seiscientos cuarenta y tres pesos, moneda nacional).11
8. Se recomienda a la PGR deslindar y/o fincar responsabildades a los integrantes de la Comisión Interna de Administración y Programación de MICONSA: Ing. Carlos Alamán Bueno, Lic. Mario Torres López, Lic. José Rodríguez Gaspar, Ing. Luis M. Arruti Pérez M., Alejandro Gardea Sánchez, Ing. Angel Pérez Cantú, C.P. Jorge Segura Senday, Lic. Diego Valdiosera Reyes, Lic. Salvador Yañez Campero, Lic. Alejandro Vélez Sáenz y las empresas: Servicios de Mercadería, S.A. de C.V., Comercialización y Proveeduría de Básicos, S.A. de C.V.; Mayoristas de Básicos del Noroeste, S.A. de C.V.; Distribuidores de Harinas Industrializadas, S.A. de C.V., probables responsables de las irregularidades detectadas.12
9. Si bien esta línea de investigación, fue planteada separada de la desincorporación de MICONSA Atlacomulco que se rinde en la línea tres, ambos hechos tienen una alta vinculación y concatenación; por los empresarios y funcionarios que participaron en ellos. Por lo que, la P.G.R. deberá profundizar en su investigación a fin de comprobar o desechar la hipótesis de asociación delictuosa y el detrimento patrimonial respectivo.
Dictamen
El dictamen del informe final de esta línea de investigación, fue aprobado por unanimidad de los miembros presentes en lo general y en lo particular, en la Segunda Sesión Permanente de la 37ª Reunión de Trabajo de esta Comisión; realizada el día 19 de octubre próximo pasado.13
Líneas de Investigación 2 y 4
Asunto: Revisar y verificar si las cuentas bancarias o cualquier tipo de inversión con instituciones de crédito, nacionales o extranjeras, directamente o mediante terceros de CONASUPO y sus Empresas Filiales, se pudieran haber utilizado para realizar operaciones no usuales de dinero.
Revisar los créditos solicitados por CONASUPO y sus Empresas Filiales a distintos grupos financieros y a Instituciones nacionales de crédito
Los asuntos a los que se refieren las líneas de investigación 2 y 4 contenidas en el presente informe, no fueron lo suficientemente explorados en la Comisión que investigó el Funcionamiento de la CONASUPO y sus Empresas Filiales, en la LVI Legislatura.
Objetivos
Los objetivos planteados en torno a estas acciones fueron:
Detectar supuestas irregularidades y/o desvíos de recursos producto de las operaciones con créditos otorgados a la empresa paraestatal por diversas organizaciones auxiliares de crédito, de instituciones de banca múltiple nacionales y extranjeras, y demás sociedades del ramo financiero.
Para llevar a cabo tales objetivos, y con apego a las facultades que los ordenamientos legales dan a las comisiones de investigación, se contrató -después de revisar varias propuestas- al Despacho González Cerroblanco y Cia para que realizara, en el caso de las líneas 2 y 4, una auditoría financiera. Esta contratación fue aprobada por el pleno de la propia Comisión en la 18ª reunión de trabajo llevada a cabo el día lunes 8 de junio de 1998, mediante el acuerdo 03/18-08/06/98. También, la Comisión de Régimen Interno y Coordinación Política (actualmente Junta de Coordinación Política), al tener conocimiento de este hecho por conducto de la Comisión Investigadora, dio su aprobación, previa a la autorización de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de esta H. Cámara, quien apoyó en la revisión y aprobación de los contratos respectivos de la prestación de servicios profesionales del despacho en comento.
Los ordenamientos legales en virtud de lo cuales la CONASUPO usó recursos económicos, están contenidos principalmente, en la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y su Reglamento; en la Ley General de Deuda Pública; en los Decretos de Presupuestos de Egresos de la Federación y en las leyes de Ingresos respectivas.
En cuanto al marco operativo, este se encuentra contenido en los manuales de organización dictaminados y aprobados por su Órgano de Gobierno, para el periodo respectivo.
La metodología que se llevó a cabo para esta líneas de investigación, consistió en revisar la documentación de la Comisión de Investigación de CONASUPO de la LVI Legislatura, concentrada en los archivos de la actual Comisión investigadora. A partir de esa información se elaboró la ruta crítica, integrando los temas de las dos líneas de investigación, en una sola.
Se solicitó información a diferentes dependencias federales, bancarias y financieras para estar en posibilidades de reconstruir los procesos respecto de los cuales, la CONASUPO y sus Empresas Filiales, usaron y aplicaron los recursos financieros.
Dada la complejidad de los asuntos a indagar en estas líneas, se acordó la contratación de un despacho especialista y perito en la materia, el cual fue presentando programas de trabajo, sujetos a la consideración de los diputados integrantes de la Comisión, con el fin orientar sus indagatorias apegados a los objetivos señalados con anterioridad.
Se contrató al Despacho González Cerroblanco y Cía. para realizar una auditoria financiera a la CONASUPO.
Dado el universo de información a revisar, se concertó con la CONASUPO, la instalación de mesas de trabajo en la sede del edificio corporativo de finanzas de la paraestatal, en donde se trabajó de manera exhaustiva durante dos meses.
Durante el transcurso de la investigación, se solicitó a la CONASUPO la documentación base para llevar a cabo los trabajos.
La metodología empleada por el despacho de auditores en lo referente a la revisión de la documentación, consistió en la selección de las muestras documentales por línea de investigación y actividades. Se seleccionaron las muestras con base en la documentación disponible y el muestreo se concretó a la revisión de la documentación del periodo comprendido entre 1986 a 1990.
Los criterios con que se seleccionaron las cuentas, fueron por operaciones más cuantiosas y por operaciones que ofrecían duda.
El desempeño de la labor profesional del despacho, fue conforme a las normas y procedimientos de auditoría generalmente aceptados aplicados de acuerdo a las circunstancias.
Con la auditoría financiera llevada a cabo a la CONASUPO y desarrollada en este informe por parte del despacho González Cerroblanco y Cía, contratado por esta Comisión se lograron cubrir los objetivos para los cuales se integraron las presentes líneas de investigación.
Conclusiones
Con base en las actividades llevadas a cabo, esta Comisión concluye que:
1. Manejo de cuentas de cheques
Tomando como base las revisiones y auditorias llevadas a cabo, tanto por los órganos de control interno como externo con anterioridad, se muestran irregularidades detectadas. Empero, los aspectos financieros se abordaron en forma muy limitada y se les dio preferencia a los sistemas de operación implantados en el Organismo. La presente auditoría financiera, muestra, en los casos que se profundizó, violaciones a la normatividad vigente.
El manejo poco claro de las cuentas de cheques, y el procedimiento administrativo establecido por el cual se tenía dinero disponible y pendiente para hacer anticipos de compras, posibilitaba la malversación de los recursos.
La práctica común de sobregirar las cuentas permitía disfrazar la situación real financiera de la empresa para diferentes fines. Esto se constató en por lo menos diez cuentas de bancos nacionales revisadas. Análogas situaciones se observaron en los movimientos de fondos en plazas foráneas (bancos internacionales).
Para que el organismo tuviera un control eficiente en el manejo de los recursos, por tipo de origen, (asignación presupuestal, ingresos propios, subsidios, créditos recibidos, etc), debía de contar con cuentas específicas para cada uno de esos rubros evitando también los traspasos entre cuentas, ya que esto posibilitaba perder el control de los recursos. Los movimientos de las cuentas de cheques no fueron claros en cuanto a ese propósito, y se usaron para distintos destinos como por ejemplo las inversiones en mesa de dinero lo cual hace difícil la transparencia en el uso y destino de éstos.
Además, de acuerdo a la ley, la autorización de transferencias, por parte de la Secretaría de Programación y Presupuesto a las dependencias coordinadoras de sector, quienes procederían a la asignación de los recursos a las entidades paraestatales bajo su coordinación, deberían verificar previamente que, entre otras cosas, las entidades no contaran con recursos ociosos o aplicados en operaciones que originaran rendimientos de cualquier clase.14
En resumen:
Los sobregiros, el uso inadecuado de las cuentas para disponer todo tipo de recursos, realizar diversos tipos de operaciones, los traspaso entre las cuentas y el registro de operaciones estimadas, le restaba claridad a la operación, lo que propiciaba la falta de control de los mismos, y en general la falta de claridad en los movimientos; lo que facilitó una posible malversación de fondos.
2. Inversiones en mesa de dinero, mercado de futuros, Over Night Accounts y en países de baja imposición fiscal
Se contrataba deuda pública para financiar al Organismo, aunque éste contaba -como se demostró- con recursos ociosos invertidos en mesa de dinero, mercado de futuros, Over Night Accouts y en países de baja imposición fiscal. De acuerdo a la ley con respecto de las disponibilidades financieras con que contaran las empresas paraestatlaes durante el ejercicio presupuestal, esas no deberían invertirse a través de mecanismos bursátiles salvo, en el caso de los valores emitidos por el sector público. Por lo tanto, éstas operaciones fueron ilegales.
Debido a la confusión e irregularidad en los registros contables, no fue posible verificar los intereses generados en las cuentas de la CONASUPO, fueran reintegrados a la Tesorería General de la Federación.
3. Presupuesto asignados y ejercidos
El sobreejercicio presupuestal observado entre los años 1987 a 1990 presupone la deficiente planeación y programación de los recursos públicos, a sí como también de las actividades de la paraestatal. En 1988 el presupuesto ejercido fue casi el doble de lo autorizado; la mayoría de ese sobreejercicio correspondió a la contratación de deuda pública.
De acuerdo con los informes de la Contaduría Mayor de Hacienda, la necesidad de esos recursos se justificó por razones de política social:
4. Triangulaciones financieras
En la práctica común, las triangulaciones son debidas al manejo del dinero para compra de productos o pago de prestación de servicios a través de instituciones financieras. De las operaciones revisadas, se constató que en algunas de éstas, estaban previstas desde su autorización. Sin embargo, las triangulaciones que involucraron al Banco Nacional de Comercio Exterior y al Banco de México para radicar recursos en la agencia del Banco Internacional en Gran Caimán -país de baja imposición fiscal- solamente se justifican si fue una exigencia del proveedor o estaba establecido en el contrato. Esa situación no se pudo verificar.
Por tanto, debido a la falta de claridad en el manejo de los recursos del organismo, así como también la falta de transparencia en el uso y destino de los mismos, esas vías pudieron haberse utilizado para realizar operaciones no usuales de dinero.
5. Relaciones comerciales con aseguradoras
Con base en documentos allegados por esta Comisión15, existe evidencia de que la empresa VERTEX Agente de Seguros S.A. de C.V. fungió como intermediaria entre Aseguradora Mexicana S.A. (ASEMEX) y CONASUPO. En donde la paraestatal realizó contratos de diversos seguros, por la cantidad $1,680,689,051 (equivalente a $646,674 USD) en el año de 1991. Cabe destacar, que esta intermediación era innecesaria, toda vez que existía el acuerdo que establece que las Secretarías de Estado y Departamentos Administrativos y las entidades que componen la Administración Pública Paraestatal, deberán contratar con Aseguradora Mexicana, S.A. y Aseguradora Hidalgo. S.A., los seguros necesarios para el desempeño de sus actividades16. En la empresa Vertex Agente de Seguros S.A. de C.V., el CP Juan Gómez Caro y CP Juan Manuel Gómez Gutiérrez. formaban parte del Consejo de Administración en calidad de comisarios, probados prestanombres de Raúl Salinas de Gortari por la PGR.
6. Mermas
La ausencia de un control de inventarios confiable significó la posibilidad de un desvío importante de los productos. Esta Comisión considera que el gasto en mermas no es aceptable, ya que:
Recomendaciones
Por todo lo anteriormente expuesto con relación a las líneas de investigación 2 y 4 esta Comisión presenta al Ejecutivo Federal, las siguientes recomendaciones:
1. Por la envergadura del posible daño patrimonial por la cantidad de $1,454,456'187,445 de pesos, (un billón, cuatrocientos cincuenta y cuatro mil, cuatrocientos cincuenta y seis millones, ciento ochenta y siete mil cuatrocientos cuarenta y cinco pesos moneda nacional) de gasto en el concepto registrado en mermas y el que pudiera resultar del deficiente manejo de inventarios, se le solicita a la autoridad competente ahondar en la investigación y determinar la presencia o no de un hecho ilícito, ya que se presume que ese concepto fue utilizado para el desvío de recursos.
2. Solicitamos a la PGR profundice en las investigaciones de las transacciones comerciales entre la CONASUPO y la empresa VERTEX Agente de Seguros S.A. de C.V.
3. Se recomienda a la autoridad competente, profundice en la investigación sobre la triangulación de operaciones financieras con las diversa instituciones de crédito nacionales e internacionales.
4. Se recomienda a la autoridad competente realice el seguimiento de la operación realizada a través del cheque No 375440 por un monto de $86,000'000,000 de pesos, (ochenta y seis mil millones) así como la diferencia de $10,000'000,000 (diez mil millones) de pesos entre la conciliación y el estado de cuenta de Banca Serfín, de la cuenta No. 01-12255-5 al 31 de Enero de 1991.
Dictamen
El dictamen del Informe Final de estas Líneas de Investigación, fue aprobado por unanimidad en lo general y por seis votos a favor y uno en contra en lo particular, en la Quinta Sesión Permanente de la 37ª Reunión de Trabajo de esta Comisión; realizada el día 28 de octubre del presente año.17
Línea de Investigación No. 3
Asunto: Revisar el proceso de desincorporación y venta de los activos de MICONSA, tanto Guerrero como Atlacomulco, así como de las plantas y marcas de leche de LICONSA.
Objetivo:
El objetivo planteado para esta línea de investigación fue:
Ahondar en las investigaciones referentes a la existencia de irregularidades en la desincorporación y venta de activos de MICONSA Guerrero, MICONSA Atlacomulco y plantas y marcas de leche de LICONSA, así como investigar los aspectos que permitan conocer la fuente de financiamiento de las empresas que adquirieron los bienes de estas Filiales.
Desarrollo y Resultados de la Investigación
Los antecedentes iniciales de esta línea son los resultados presentados por la Comisión de Investigación sobre CONASUPO de la LVI Legislatura, los que se inician con los referidos a la compraventa de LICONSA y posteriormente se exponen los relativos a MICONSA.
Sobre la venta del paquete de las unidades industriales de LICONSA, sus centros de acopio y las marcas de leche, el informe del despacho Barriguete sugirió que:
"....se investigue si las compañías adquirientes contaban con la experiencia necesaria para el manejo de ese tipo de plantas; el origen de los recursos de que se dispuso para su adquisición y si se realizó el pago al Gobierno Federal por 2.5 millones de pesos; en razón de que un mismo adquirente compró las plantas de LICONSA en Aguascalientes y en ciudad Delicias, Chihuahua; así como las marcas de leche propiedad de LICONSA...."
Sobre todo el proceso de desincorporación, el informe final de dicha Comisión concluye que:
"....se propone hacer del conocimiento del Ejecutivo Federal los hechos anteriores para que por conducto de sus instancias competentes, investigue en torno a la legalidad de las operaciones antes descritas y, en su caso, proceda a fincar las responsabilidades administrativas y a efectuar las consignaciones procedentes ante las autoridades judiciales competentes...."
Método de Trabajo
Con base en la ruta crítica aprobada por el pleno de la Comisión en su 2ª Reunión de Trabajo, se procedió a la compilación y revisión del material documental que se encuentra en los archivos de esta Comisión, así como de los que se solicitaron posteriormente.
El Informe que se presenta, da cuenta de los resultados iniciales que el cuerpo de asesoría técnica de la Comisión elaboró. Éstos sirvieron de base para que los despachos asesores -contable y jurídico- realizaran su propia revisión e investigación de esta línea. Los informes presentados por ellos, se revisaron y fueron considerados para la elaboración de este Informe.
Una de las primeras acciones realizadas por esta Comisión fue la revisión del Informe Final y sus respectivos anexos y documentación de la Comisión de la LVI Legislatura. La revisión tuvo como objetivo continuar con la indagación que respecto a la desincorporación inició la anterior Comisión.
En tanto que esta Línea integra tres asuntos como son la desincorporación de empresas y marcas de leche de LICONSA, MICONSA Guerrero, y MICONSA Atlacomulco, que si bien comparten la estrategia de compraventa no así el proceso específico, como se describe más adelante. Es por ello, que se presenta divido cada asunto en este Informe.
Como parte de la metodología utilizada para la investigación de esta línea, se convino en la reconstrucción del proceso de desincorporación a partir de la elaboración de una cronología de los principales hechos de este proceso.
En esta reconstrucción del proceso de compraventa de las plantas y marcas de leche de LICONSA y empresas de MICONSA fue necesario recurrir a diversos documentos que permitiesen ubicar este proceso en el contexto de la modernización de la empresa pública. Asimismo, fue necesaria la revisión de la legislación que regulaba la compraventa y de los libros blancos en los que se compila toda la documentación a este respecto.
La revisión documental de esta línea, se complementó con la visita a las tres plantas industrializadoras de LICONSA ubicadas en Aguascalientes, Delicias, Chih., y Acayucan, Ver. Se realizaron tres visitas a los archivos del liquidador, ubicado en la ciudad de Monterrey, Nuevo León. Como complemento de esta acción, se realizaron entrevistas a sujetos considerados "clave" por el papel que tuvieron en este proceso. La información de esta acción se señala en el desarrollo del informe.
Con relación al proyecto MICONSA Guerrero, se realizó una visita al estado y a diferentes dependencias gubernamentales para la búsqueda de información. Si bien el Secretario de Gobierno dio las facilidades para acceder a los archivos, la recopilación de documentación no fue posible en su totalidad dado el descuido en que se encuentra el almacén y la falta de organización de los documentos. Los resultados de la visita, se consignan en el capítulo VI: "Desincorporación de MICONSA". 18
Por último, es importante señalar que ante la imposibilidad para que comparecieran los exfuncionarios: Dr. Jaime Serra Puche, Lic. María Elena Vázquez Nava, Lic. Ignacio Ovalle Fernández, Dr. Pedro Aspe Armella, Dr. Aaron Schwarztman y al Dr. Jacques Rogozinski, se optó por enviarles las preguntas por escrito. La información que proporcionaron se presenta en el capítulo VII: "La visión de los funcionarios públicos".19
Desincorporación de LICONSA
El Gobierno Federal dio a conocer una lista de las entidades susceptibles de desincorporación en la que se encontraban algunos activos de LICONSA, como son las plantas industrializadoras de Aguascalientes, Delicias, Chih, y Acayucan, Ver. En este proceso de venta se incluyeron las marcas de leche: Mileche, Nutrileche, Vitalac y Plenilac.20
Con la venta de estas empresas, se realizarían ajustes a la participación del Estado en la industrialización y comercialización de leche, promoviendo sobre todo la participación de industriales y ganaderos nacionales.
Hay que recordar que CONASUPO era, hasta 1998, la única entidad autorizada para importar leche. En ese entonces, ocupaba el primer lugar de los países importadores de leche, ante el desabasto nacional y la poca producción interna.
Las plantas industrializadoras que se pusieron a la venta en 1991, estaban identificadas como las tres plantas mayores de LICONSA en cuanto a producción.
Estas tres plantas en conjunto producían un poco más del 30% del volumen total de producción de LICONSA, según el Informe de Actividades de 1991 del Consejo de Administración.
Respecto a las marcas, Nutrileche y Mileche, éstas tenían una amplia presencia en el mercado nacional; de las marcas Plenilac y Vitalac, son de leche maternizada, es decir para infantes, las cuales distribuye el IMSS y el DIF, por lo que tienen un mercado cautivo.
El monto total esperado de la venta de estas tres empresas y las marcas de leche ascendía a $202,258'450,000. (doscientos dos mil doscientos cincuenta y ocho millones, cuatrocientos cincuenta mil pesos M.N). Esta cantidad era sin contar intereses.
Los contratos de compraventa y los pagos de las desincorporaciones
Se desarrollaron de la siguiente manera:
5. Respecto a las penalizaciones en caso de que el comprador no cubra el tercer pago, el contrato señala lo siguiente: se revoca la autorización de venta; se rescinda el contrato en su perjuicio y se proceda a declarar desierta la licitación, aplicando las siguientes penas: en primer lugar el depósito de garantía y sus rendimientos financieros y los pagos realizados hasta el momento, los cuales serán entregados a la Tesorería, y en segundo lugar, la devolución al Gobierno Federal de la Unidad Industrial de Aguascalientes y sus Centros de Acopio. No comprende la pena las acciones emitidas por el Grupo de Leche de Jalisco, S. A. de C. V., que quedarán libres de toda carga y en poder de sus propietarios.
Los pagos y la reestructuración de pasivos
De acuerdo con la cláusula cuarta del contrato, el primer pago de $8'000,000.00 M.N. a realizar el 3 de octubre de 1991, fue cubierto hasta el 9 de diciembre del mismo año, mediante préstamo del Banco de Crédito Rural de Occidente S.N.C. y de acuerdo al informe del M.A. y L.A.F. Apolinar Soto Rangel, fue pagado mediante un cheque por $6'412,012.41 M.N. y otro de una empresa filial de Operadora de Lácteos de Aguascalientes S.A. de C.V. por $1'587,987.95 M.N.
Del pago del I.V.A., por la cantidad de $11'185,950.00 M.N. a liquidar el 6 de noviembre de 1991, no se tiene evidencia de su cumplimiento, para este efecto se solicitó la declaración de impuestos al Comisionista.
El segundo pago por la cantidad de $17'867,000.00 M.N. a pagar el 5 de noviembre de 1991, no se tiene evidencias; para el efecto se solicitó copia del recibo, pagaré o carta de crédito al Comisionista.
El tercer pago por $69'099,000.00 M.N. más intereses, a pagar el 3 de enero de 1992, fue cubierto hasta el día 5 de agosto de 1993, según consta en recibo oficial de la Tesorería de la Federación No. G-5376150, con el cheque de caja No. 223054, a cargo del Banco de Crédito Rural de Occidente, S.N.C., por la cantidad de $93'919,510.52 M.N., que comprende $69'099,000.00 M.N., de capital y $24'820,510.52 M.N., de intereses.
En esta operación se otorgaron garantías consistentes en pagaré (el contrato de compraventa no señala importe); garantía prendaria de la totalidad de las acciones de la empresa Grupo Leche de Jalisco S.A. de C.V., acciones que según acta de asamblea de fecha 7 de septiembre de 1991 importan la cantidad de $30'113,458.00., integrado por un capital fijo de $10,000.00 M.N., y un capital variable de $30'103,345.80 M.N.
En la revisión documental, se encontraron dos convenios de reestructuración de pasivos celebrados entre la Tesorería de la Federación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, representada por el Lic. Víctor Márquez Cumming y Operadora de Lácteos de Aguascalientes, representada por el Lic. Carlos Barrón Maldonado.
Primer convenio: 15 de julio de 1992
El 6 de enero de 1992 debió de haberse pagado el adeudo de $72,770'536,977 (setenta y dos mil setecientos setenta millones quinientos treinta y seis mil novecientos setenta y siete pesos, M.N.), que incluye $3,671'536,977 correspondiente a intereses ordinarios.
El contrato especifica que el deudor se ha visto imposibilitado para pagar la cantidad adeudada, por lo que el 1° de abril solicitó a través del Banco agente (CREMI), a la Unidad de Desincorporación de la SHCP una reestructuración al pago mencionado, el cual se autoriza con base en las cláusulas siguientes:
- Pagar a más tardar el 20 de mayo de 1992 la carga financiera acumulada que ascendía a $3,671'536,977 (tres mil seiscientos setenta y un millones quinientos treinta y seis mil novecientos setenta y siete pesos, M.N)
- Vencimiento del nuevo plazo de pago de la deuda principal ($69,099'000,000) más los intereses considerando los CETES a 28 días más tres puntos, el 15 de agosto de 1992.
- Como garantía, se señala un pagaré con aval en lo personal del C. Carlos Barrón Maldonado, a favor de la Tesorería de la Federación.
- Se especifica que queda subsistente el contrato de compra venta del 3 de octubre de 1991.
- Respecto al incumplimiento, se señala que la Tesorería de la Federación y la Unidad de Desincorporación determinarán las penalidades correspondientes y se ejecutarán las garantías señaladas.(sic)
Lic. Víctor Marquez Cumming - Asesor del Tesorero de la Federación
Lic. Carlos Barrón Maldonado - Director de OLASA
Testigos de honor:
Por la Unidad de Desincorporación de la Secretaría de Hacienda:
Lic. Rafael García Rosas - Subcoordinador General
Lic. Ernesto Montes Macedo - Director de Enajenación de Entidades Paraestatales
Banca CREMI, S. A.:
Dr. Pedro Zamora Sánchez - Coordinador Corporativo del Grupo Financiero
Segundo convenio de reestructuración 15 de enero de 1993:
Se establece el 30 de junio de 1993 como fecha para el pago del adeudo total, especificando que si no se cumple se tiene como plazo perentorio e improrrogable el 16 de agosto de 1993, aumentando a 9 puntos más los intereses de acuerdo a los CETES a 28 días.
En caso de incumplimiento se rescindirá el contrato o en su caso el acreedor podrá exigir el cumplimiento del contrato de compraventa haciendo efectivas las garantías. Además, se aplicará por concepto de pena convencional la totalidad de los pagos que el deudor haya realizado hasta el 15-I-93.
Como garantías se señalan las siguientes, las cuales sustituyen a las anteriores:
- Pagaré con aval en lo personal del C. Carlos Barrón Maldonado, a favor del acreedor por $86'218,657.30.
- Continuarán en depósito como garantía prendaria a favor del acreedor la totalidad de las acciones de la empresa Grupo Leche de Jalisco, S. A. de C.V.
- La escritura correspondiente a la Unidad Aguascalientes quedará pendiente de firma.
Lic. Víctor Marquez Cumming - Asesor del Tesorero de la Federación
Lic. Carlos Barrón Maldonado - Director de OLASA
Testigos de honor:
Por la Unidad de Desincorporación de la Secretaría de Hacienda:
Lic. Rafael García Rosas - Subcoordinador General
Lic. Ernesto Montes Macedo - Director de Enajenación de Entidades Paraestatales
Banca CREMI, S. A.:
Lic. Luis Enríquez de Rivera - Director Fiduciario
1. La empresa compradora fue Operadora de Lácteos de Delicias S. A. de C. V., representada por el señor Carlos Barrón Maldonado.
2. Banca Cremi fue el agente de LICONSA.
3. Los pagos se tendrían que haber realizado de la siguiente manera:
5. Para garantizar el pago, el comprador entrega a la Tesorería las siguientes garantías:
5. Los socios del comprador suscriben y entregan en este acto los siguientes pagarés:
7. El comprador pagará regalías por concepto de uso de marcas $200'000,000 (doscientos millones de pesos M.N.) mensuales más IVA. A la fecha de la firma del contrato las regalías ascienden a $550'000,000 (quinientos cincuenta millones de pesos) incluyendo el IVA.
El precio de la compraventa de las marcas fue por un total de N$26'400,000 (veintiséis millones cuatrocientos mil nuevos pesos M. N.) incluido el IVA.
La SHCP designó como beneficiaria del producto de la venta de las marcas a la TESOFE, por lo que sustituye a LICONSA en los derechos de compra venta.
El deudor MASA ha cubierto en pagos parciales N$4'800,000. (cuatro millones ochocientos mil nuevos pesos M.N.).
MASA se obliga a pagar el adeudo total a más tardar el 30 de junio de 1993 más los intereses considerando los CETES a 28 días más tres puntos, quedando como fecha perentoria e improrrogable el 16 de agosto de 1993, con un aumento a 9 puntos respecto a los CETES.
En caso de incumplimiento se rescindirá el contrato de compraventa y se podrán hacer efectivas las garantías. En caso de no cumplirse lo anterior se estipula una pena convencional por la totalidad de los pagos realizados hasta el 20-XII-91.
Garantías: Pagaré a cargo del deudor y a favor del acreedor con aval solidario y personal del Sr. Carlos Barrón Maldonado por la suma de N$26'400,000 (veintiséis millones cuatrocientos mil nuevos pesos M. N.), más los intereses correspondientes.
Los socios del deudor renuevan los pagarés siguientes:
El segundo de Operadora de Lácteos de Aguascalientes por la cantidad de N$8'670,403.60 (ocho millones seiscientos setenta mil cuatrocientos tres nuevos pesos 60/100 M.N.).
El tercero de Operadora Metropolitana de Lácteos por la cantidad de N$8'670,403.60 (ocho millones seiscientos setenta mil cuatrocientos tres nuevos pesos 60/100 M.N.).
NOTA: En este convenio las cantidades aparecen como nuevos pesos y en el contrato de compra venta como pesos.
El Convenio fue firmado por:
Lic. Víctor Marquez Cumming - Asesor del Tesorero de la Federación
Lic. Carlos Barrón Maldonado - Director General de OLASA
Testigos de honor
Por la Unidad de Desincorporación de la Secretaría de Hacienda:
Lic. Rafael García Rosas - Subcoordinador General
Lic. Ernesto Montes Macedo - Director de Enajenación de Entidades Paraestatales
Banca CREMI, S.A:
Lic. Luis Enríquez de Rivera - Director Fiduciario
1. Banca Cremi, agente de LICONSA fue el banco comisionista.
2. La venta de esta planta tuvo algunos puntos de interés. Por un lado, los compradores presentan un esquema asociativo, una carta de intención de asociarse con una empresa extranjera y constituyen una nueva empresa. El esquema es el mismo que para la compra de la planta de Aguascalientes, como se puede advertir en lo siguiente.
La SHCP presentó a la consideración de la Comisión Intersecretarial de Gasto Financiamiento en su sesión ordinaria del 18-IX-91 la problemática y falta de entendimiento entre el ganador de la licitación de las marcas y el comprador, a lo cual dicha Comisión determinó que la SHCP resolviera la negociación sobre las marcas, ciñéndose estrictamente a las bases de venta.
La SHCP autorizó el 18-X-91 la venta de la planta según el oficio JRS/0307/91.
El 29 de noviembre de 1991 la SHCP (Ref. JRS/0334/91) dio una prórroga de cinco días hábiles para formalizar este contrato, suspendiendo temporalmente la cancelación a la autorización de venta dispuesta en el oficio GARR/299/91 del 19-XI-91.
El comprador declara que Productos de Leche S. A. de C. V., representada por el Sr. Enrique del Toro Estrada y que el Sr. Carlos Mireles García, en lo personal, participaron en el proceso de licitación de la Planta propiedad de LICONSA, presentando la oferta de compra y que constituyeron la empresa La Llanura, S. A. de C. V., para adquirir el patrimonio de la planta, y que en lo futuro en esta empresa tendrá participación la Unión General Obrero Campesino y Popular. Asimismo, cuentan con el convenio de cesión de derechos a favor del comprador.
Los señores Enrique del Toro Estrada y Carlos Mireles García son apoderados legales del comprador y son accionistas mayoritarios de La Llanura, S.A. de C.V.
Que en su oferta, los representantes presentaron cartas de intención para asociarse con Ault Foods Limited, Nacional Financiera, S.N.C. y la Unión General Obrero Campesina y Popular.
Que para formalizar la asociación con Ault Foods Limited y Nacional Financiera, S.N.C., se llevará a cabo en breve un incremento en el capital social de La Llanura, S. A. de C. V. Asimismo, la Unión General Obrero Campesino Popular irá adquiriendo su participación accionaria en la medida en que Nacional Financiera, le vaya vendiendo, lo cual quedó plasmado en la carta de intención que presentaron para la oferta de la planta.
4. Los pagos debieron de realizarse de la siguiente manera:
Solicita el Embajador canadiense que la SHCP revise el procedimiento seguido por Banca Cremi y Leche Industrializada CONASUPO, respecto a la venta de marcas.
Sobre este mismo asunto, el Vicepresidente de Desarrollo Internacional de la empresa canadiense Ault International manda un oficio el 11 de febrero, al Lic. Rafael García Rosas, Subcoordinador General de la Unidad de Desincorporación de la SHCP.
El 3 de marzo de 1993 el Coordinador General de la Unidad de Desincorporación Jacques Rogozinski, le responde al Embajador Canadiense con oficio JRS/047/93 concluyendo "que el proceso de licitación de las MARCAS, se ha apegado a las bases de Licitación y a la normatividad existente; y que la problemática tiene su origen en el incumplimiento de los compromisos entre los señores Carlos Mireles, Enrique del Toro y la UGOCEP, establecidos tanto en su oferta para la compra de la unidad industrial Acayucan como el contrato de compra venta respectivo."
Los pagos para la planta de Acayucan
De acuerdo con la cláusula quinta del contrato, el primer pago de $5'321,200.00 M.N., con vencimiento el 5 de diciembre de 1991 fue cubierto con cheque certificado a favor de la Tesorería de la Federación por $1'622,362.40 M.N., dinero proveniente de la cancelación del contrato de depósito No. 3156-6 celebrado por el comprador con Banca CREMI, S. A. y, $1'617,637.40 M.N., pagados en efectivo.
El pago del IVA por la cantidad de $2'081,200.00 M.N., supuestamente fue cubierto en la fecha de la firma del contrato mediante entrega al Comisionista de un cheque certificado a favor de la Tesorería de la Federación.
El segundo pago, por la cantidad de $6'640,000.00 M.N., más el ajuste a los inventarios y demás activos circulantes, se cubre con dos pagarés que vencen el 6 y 27 de enero de 1992. El tercer pago, por la cantidad de $20'160,100.00 M.N., más los intereses del periodo 5 de diciembre de 1991 al 5 marzo de 1992, fue cubierto mediante carta de crédito irrevocable con vencimiento al 5 de marzo de 1992.
En esta operación solamente se otorgan como garantías un pagaré y una carta de crédito irrevocable ambos con importe igual al tercer pago.
Los bancos que inicialmente prestaron el dinero para la compra
Como se puede advertir en los contratos y la documentación revisada, Banca Cremi fue el agente comisionista designado por LICONSA y avalado tanto por la Unidad de Desincorporación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, como el intermediario entre los compradores y los otros bancos a los que se les solicitaron préstamos.
Para la adquisición de las plantas de Aguascalientes y Delicias, así como para la compra de las marcas de leche, los compradores solicitaron préstamos. Banrural de Occidente, Banca Cremi y Nacional Financiera fueron las instituciones que acordaron las condiciones y coordinación para el financiamiento a los ganaderos e industriales.
Los aspectos más relevantes fueron:
Banca Cremi se compromete a otorgar créditos al Grupo Leche de Jalisco por N$70'000,000.00, el cual podrá ser descontado con Nafin de conformidad con los lineamientos establecidos en sus programas. Más el avío que requiera la empresa para su adecuada operación.
Banrural se compromete a otorgar a la Unión Ganadera Regional de Jalisco un crédito puente por N$30'000,000.00, el cual será sustituido en forma individualizada por los productores de leche del estado de Jalisco que participen como accionistas de la Sociedad Grupo Leche de Jalisco S. A. de C. V., mismo que será descontado con Nafin al amparo del Programa para el otorgamiento de créditos a la micro y pequeña empresa.
Banrural y Banca Cremi se comprometen a ejercer los financiamientos en forma paralela, de tal manera que el calendario de ministraciones se enlace con el de pagos que se requieran para llevar a la operación de compraventa de la planta, a la tasa estipulada por Nafin en C.P.P.+6 puntos.
Con relación a los contratos de reestructuración de pasivos, nuevamente participaron las tres instituciones financieras: Banca Cremi, Banco Rural de Occidente y Nacional Financiera, quienes fueron los responsables de diseñar la mecánica operativa.
Las empresas desincorporadas en la actualidad
Como parte de los trabajos de indagación de la Comisión CONASUPO, y con la finalidad de comprobar información respecto a la operación de las tres plantas desincorporadas, el cuerpo técnico de la Comisión realizó visitas a los estados de Aguascalientes, Jalisco y Chihuahua, del 5 al 7 de agosto de 1998.
De las tres plantas de LICONSA originalmente vendidas, actualmente sólo está trabajando la de Aguascalientes; la planta de Delicias está cerrada y su maquinaria y equipo ha sido trasladado a la planta de Aguascalientes. La planta de Acayucan por problemas de pago de salarios y prestaciones fue tomada por los trabajadores hace tres años y todavía está cerrada; está planta fue intervenida por Bancomer.
La información más relevante fue proporcionada por el Lic. Ricardo Lecumberri López director general del grupo que adquirió Aguascalientes, Delicias y las marcas de leche, quien fue enviado por los 13 bancos acreedores, los cuales asumen la coordinación de las plantas, con base en un acuerdo entre los bancos y los dueños. Se precisa que no es una intervención y que no hay un contrato firmado de por medio. El motivo de esta decisión fue evitar un pleito legal que les puede llevar varios años, con lo que se presentaría un problema no solo de tiempo sino también económico.
Los bancos toman esta decisión en diciembre de 1996, con la finalidad de reestructurar la empresa; ordenar la contabilidad y mantener las plantas y la estructura comercial funcionando, con la filosofía de mantener las fuentes de empleo y la eficiencia de la empresa, para posteriormente poder venderla.
El Lic. Lecumberi confirmó la información de que el problema en la compraventa de las plantas fue el sobreapalancamiento de las empresas, que se basaron en préstamos tanto para la compra como para la reestructuración de pasivos; aunado a esta situación está la falta de experiencia administrativa de quien estuvo al frente para manejar las empresas.
Actualmente trabajan constituidos en un Comité integrado por los 13 bancos, los seis dueños y el Lic. Ricardo Lecumberri. El banco agente es Serfin en la actualidad.
El involucramiento de los ganaderos se dio a través de Carlos Barrón, quien se presentó en la Unión Ganadera Regional de Jalisco que era presidida por Rodolfo Villaseñor Vázquez, posteriormente a una visita del entonces Presidente de la República Carlos Salinas de Gortari al estado, en la que le hicieron saber su necesidad de apoyo para comercializar la leche y la necesaria conjunción de esfuerzos ante la apertura que podría implicar el Tratado de Libre Comercio, frente al desabasto nacional de leche y la creciente importación de este producto.
Ante el esquema asociativo presentado por Carlos Barrón y la expectativa de crecimiento de la empresa, los ganaderos estuvieron de acuerdo en participar, proponiendo vender una o dos vacas para iniciar la compra. Carlos Barrón respondió que no era necesario, que el dinero se los iba a prestar el banco, que ellos simplemente quedarían como avales solidarios.
Y efectivamente el dinero lo prestaron los bancos y ellos quedaron como deudores.
Los ganaderos desconocen los manejos administrativos y financieros que se dieron, ya que no se les informaba. La relación era directa entre Carlos Barrón (recuérdese que tenía poder amplísimo) y Rodolfo Villaseñor, presidente de la Unión de Ganaderos, socio principal de la empresa compradora y por lo mismo actual dueño de parte de ella.
Los ganaderos están conscientes que la deuda está en Fobaproa, pero ellos ya tienen convenida la liberación de la deuda.
A la distancia, tienen la sensación de que abusaron de su buena fe y de que Barrón no era un buen administrador; que el error fue comprar con puro apalancamiento y manejarse con préstamos, sin inversión directa por parte de los socios.
El destino de la deuda
Al basar la adquisición de las empresas y las marcas de leche en el sobre apalancamiento y préstamos bancarios, con el aval de Nacional Financiera, Banca Cremi y las Secretarías de Hacienda, Programación y Presupuesto, y CONASUPO, la deuda aparece como cartera vencida siendo vendida por los derechos de cobro a FOBAPROA.
Asimismo, es necesario continuar indagando el monto total de la deuda que está en FOBAPROA, no sólo respecto a las tres plantas desincorporadas y las marcas de leche, sino también respecto a las empresas que se asociaron para la compra, así como a los dueños, ya que el Sr. Carlos Barrón sí aparece en la lista de deudores, como se advierte en el cuadro siguiente.
Conclusiones generales y recomendaciones Respecto a LICONSA
Los resultados que se derivan del Informe aquí desarrollado respecto a la DESINCORPORACIÓN DE EMPRESAS DE LICONSA muestran una serie de irregularidades que se pueden resumir en los siguientes puntos:
1. Los precios recomendados por el banco agente (Banca CREMI), aceptados por la Comisión Intersecretarial de Gasto Financiamiento y autorizados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, están por debajo de los precios de avalúo, salvo las marcas.
2. Los precios recomendados por el banco agente, aceptados por la Comisión Intersecretarial de Gasto Financiamiento y autorizados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público están por debajo de las mejores ofertas recibidas, salvo la planta de Acayucan, Ver. y las Marcas de leche.
3. El precio final ofertado y convenido para las plantas de Aguascalientes, Delicias y las Marcas, resultaron mayores que los recomendados por el banco agente y, el de la planta de Acayucan, Ver., menor. Los dos primeros casos son por demás dudosos por la sobrevaluación que presentaron, y el último violó la norma establecida que impedía adjudicar a un precio menor en 20% al de la postura base.
4. Las empresas que ganaron las licitaciones para la compra de las plantas y marcas de leche violaron las cláusulas de los contratos de compraventa, en cuanto a las fechas de pago; y no se aplicaron las penalidades convenidas ni se hicieron efectivas las garantías.
5. Se fijaron y aceptaron en los contratos de compraventa, garantías imprecisas e insuficientes y, en última instancia, muy cómodas para los compradores, ya que las constituían con instrumentos de pago o con los propios activos de las plantas.
6. Haber adjudicado a compradores, con evidente insolvencia económica, lo que se demostró con la morosidad de los pagos más importantes, mismos que fueron negociados con créditos de BANRURAL y otras instituciones financieras, manipulando las políticas de descuento de créditos blandos de NAFINSA e involucrando a los pequeños productores para lograrlo.
7. En el proceso de desincorporación de las Plantas de LICONSA Aguascalientes y Delicias Chih., que se llevaron a cabo en el año de 1991, los servidores públicos y responsables de la desincorporación omitieron promover y aplicar las penalidades correspondientes por la falta de pago oportuno en la compraventa tanto de las plantas referidas, así como de las marcas Mileche, Nutrileche, Vitalac y Plenilac, siendo que de acuerdo al contrato y los lineamientos que establece la Ley, no promovieron recurso legal alguno para que no se viera afectada la Federación.
8. Los funcionarios públicos que participaron en este proceso son: el Dr. Pedro Aspe Armella, titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el Dr. Jacques Rogozinski, Coordinador General de la Unidad de Desincorporación, la doctora María Elena Vázquez Nava, Titular de la Secogef, y el Lic. Roberto Abarca Ochoa, Director Adjunto de Banca Cremi, quienes tenían la obligación de hacer efectiva las garantías al momento en que se incumplía con lo establecido en el contrato. Cabe resaltar que indebidamente los Servidores Públicos y los compradores acordaron dejar en garantía el mismo objeto materia de la licitación.
9. Estos hechos pueden ser constitutivos de un ilícito penal, debiéndose indagar por qué Banca Cremi es el Agente Comisionista en la desincorporación teniendo el 10% de capital accionario de la empresa compradora Operadora Metropolitana de Lácteos.
Se recomienda al Ejecutivo Federal instruir a las dependencias que correspondan, para que investiguen el proceder de los siguientes exfuncionarios por su presunta participación en las irregularidades señaladas en este Informe: Dr. Pedro Aspe Armella, Dr. Jacques Rogozinski, Dr. Jaime Serra Puche, Dr. Aarón Schwartzman, Lic. Ignacio Ovalle Fernández y, particularmente la Lic. María Elena Vázquez Nava.
Desincorporación de MICONSA Atlacomulco
En la LVI Legislatura, se inició la investigación sobre MICONSA Atlacomulco, ordenada al despacho BARRIGUETE ALONSO LOPEZ Y CIA., S. C., quien encontró irregularidades en el proceso de venta del 99.45% de las acciones de dicha empresa, manifestación que hizo en su informe final, dentro del cual además resaltan los siguientes puntos:
1. Investigar el origen de los fondos con los cuales la empresa "Abastos Especializados, S.A de C.V., pudo cumplir con la obligación de pagar el precio de las acciones que fue muy superior al monto de su capital social.
2. Participación en la licitación para la venta de las acciones empresas aún no constituidas.
3. La firma de un contrato de maquila con la empresa "Abastos Especializados, S.A. de C.V." que le permite a ésta cumplir con una de las obligaciones principales de las bases de licitación.
4. En el contrato se acepta el pago de penas convencionales y se paga a la empresa antes mencionada la cantidad de $2,750'000,000 por este concepto, lo que viola las disposiciones contenidas en la Ley y Reglamento de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público.21
El informe concluye que hubo irregularidades en la desincorporación de las plantas industrializadas de MICONSA:
En la Averiguación Previa Número 10220/FEPFB/96, el Ministerio Público Federal ejercitó acción penal sin detenido en contra de Efrén Díaz Castellanos, director general de MICONSA, Marcos Quintana Kuinhe, Gerente de la planta MICONSA Tlalnepantla, José Refugio Rafael Ringle Díaz, Director de Administración y Finanzas de MICONSA, los tres funcionarios públicos en la época de la comisión del delito y de Fredy Azcorra Rejón, representante legal de Harina de Maíz Atlacomulco, S.A. de C.V., antes Abastos Especializados, S.A. de C.V.; por considerarlos probablemente responsables del delito de ejercicio indebido del servicio publico, solicitando ante el órgano jurisdiccional obsequiara orden de aprehensión, en contra de los citados, misma que se giró y ejecutó únicamente en contra de José Refugio Rafael Ringle Díaz, Director de Administración y Finanzas de MICONSA y Fredy Azcorra Rejón, representante legal de Harina de Maíz Atlacomulco, S.A. de C.V. antes Abastos Especializados, S.A. de C.V.; quedando hasta la fecha pendiente por cumplimentar las ordenes de aprehensión en contra de; Efrén Díaz Castellanos, Director General de MICONSA, y de Marcos Quintana Kuinhe, Gerente de la planta MICONSA Tlalnepantla, quienes a la fecha se encuentran prófugos de la justicia.22
Desarrollo y Resultados de la Investigación
Propuesta para la Adquisición de la Planta
La cantidad ofrecida se integró de la siguiente manera:
En las Bases de Licitación se estableció el precio base de $6,500'000,000.00 (Seis mil quinientos millones de pesos 00/100 M.N.) y la obligación de reconocer el adeudo que reportara la empresa a favor de Maíz Industrializado CONASUPO, S.A. de C.V., la empresa Abastos Especializados, S.A. DE C.V., ofertó $6,600'000,000.00 (Seis mil seiscientos millones de pesos 00/100 M.N.).
En los Contratos de Compraventa se especificó que la forma de pago sería, 50% a la firma del contrato y el 50% restante en un plazo de un mes contado a partir de la fecha de la firma del contrato. La cantidad antes mencionada se cubrió mediante diversos cheques y el día 14 de noviembre de 1990, se firmó el Acta de Finiquito del Importe de las Acciones de MICONSA Atlacomulco, S.A. DE C.V.
Con fecha 19 de diciembre de 1990 y mediante cheque de caja No. 242/74432/1428 del Banco Nacional de México a favor de la Tesorería de la Federación, correspondiente a la participación accionaria de MICONSA en la empresa MICONSA Atlacomulco, S.A. DE C.V.
Por escritura pública No. 6682 del 16 de abril de 1991, firmada ante la fe del Notario Público No. 16 Lic. Ramón Diez Gutiérrez Sentíes, se cambió la denominación de la empresa por MINSA Atlacomulco, S.A. de C.V. y con fecha 31 de julio de 1992 cambia a HARINA DE MAIZ, S.A. de C.V.
Por convenio del día 15 de noviembre de 1990 Abastos Especializados, S.A. DE C.V. reconoce y se obliga a pagar a MICONSA la cantidad de $13,720'841,180.00 (Trece mil setecientos veinte millones ochocientos cuarenta y un mil ciento ochenta pesos 00/100 M.N.) como resultado del pasivo que finalmente se determinó a cargo de ésta y en la misma fecha se firma contrato de maquila en el que intervienen MICONSA, MICONSA Atlacomulco S.A. DE C.V. ya privatizada y Abastos Especializados, S.A. DE C.V., fungiendo MICONSA Atlacomulco S.A. DE C.V. como maquiladora y autorizando a MICONSA a que descuente de las liquidaciones mensuales la cantidad de $500'000,000.00 (Quinientos millones de pesos 00/100 M.N.) por concepto de abono al pasivo reconocido por Abastos Especializados, S.A. DE C.V. Con este hecho se asumen derechos y obligaciones de una empresa que ya no existía.
En esa misma reunión se reconoce un saldo a cargo de MICONSA por la cantidad de $2,076'085,872.00(Dos mil setenta y seis millones ochenta y cinco mil ochocientos setenta y dos pesos 00/100 M.N.) por concepto de penas convencionales, cantidad que fue pagada.
Conclusiones respecto a MICONSA Atlacomulco
1. La transferencia al Gobierno Constitucional del Estado de México de los derechos y obligaciones que al Gobierno Federal correspondían en la empresa MICONSA Atlacomulco, S.A. de C.V. autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Publico el 22 de enero de 1988, soporte legal para la venta de las acciones de esta empresa conforme a las normas y lineamientos del Estado de México, no se concretó sino hasta el momento mismo de la venta, toda vez que tanto CONASUPO como MICONSA vendieron sus acciones directamente a la empresa Abastos Especializados, S.A. DE C.V.; contraviniendo lo publicado en el Diario Oficial de la Federación de esa fecha.
2.El Acuerdo para la desincorporación de los Organismos Auxiliares y Fideicomisos y el Acuerdo por el que se reagrupan o resectorizan estos Organismos y Fideicomisos para su desincorporación, publicados en la Gaceta del Gobierno del Estado de México los días 30 de enero y 14 de septiembre de 1990 consideran a los Fideicomisos tenedores de la parte accionaria del citado Estado en la Empresa MICONSA Atlacomulco S.A. de C.V., no así a la Empresa MICONSA Atlacomulco, S.A. de C.V.; por lo que dichas acciones fueron indebidamente vendidas, toda vez que debieron ser transmitidas conforme lo establecido en la Escritura Constitutiva y en lo dispuesto en la Ley de Sociedades Mercantiles.
3. Conforme a estos ordenamientos el proceso de la transmisión de acciones debió haber sido autorizado por el Consejo de Administración y concretado mediante el endoso. Asimismo se establece en la fracción V del artículo 229 de la Ley General de Sociedades Mercantiles que las sociedades se disuelven por la perdida de las dos terceras partes del capital social, en este proceso se vendió el 99.45% de las acciones.
4. En el proceso que nos ocupa, cuando las gestiones para la venta de las acciones iniciaron desde el 5 de octubre y concluye el 31 de octubre con la firma de los contratos de compraventa. Es hasta el 8 de noviembre se lleva a cabo Asamblea General Extraordinaria del Consejo de Administración de MICONSA Atlacomulco, S.A. de C.V. para autorizar la transmisión y endoso de las acciones que ya habían sido vendidas, considerando que con esta acción se busco legalizar el proceso.
5. Es importante señalar que en la Escritura las acciones A y AA quedan expresamente reservadas a CONASUPO y MICONSA sin posibilidad de posesión o adquisición por ninguna otra persona moral o física, esto impedía que ambos Organismos vendieran directamente sus acciones. En la misma Asamblea General Extraordinaria se modificó la cláusula décimo segunda, permitiendo la posesión o adquisición por otras personas físicas o morales.
6. El mismo ordenamiento establece en su artículo 234 que una vez disuelta la Sociedad, ésta se pondrá en liquidación para lo que se nombrará al liquidador a quien se le entregarán todos los bienes, libros y documentos de la sociedad; a éste le corresponde concluir las operaciones sociales, cobrar lo que se deba, vender los bienes de la sociedad, liquidar a cada socio, practicar el balance final de la liquidación y obtener del Registro Público de Comercio la cancelación del contrato social, hecho que no fue llevado a cabo.
7. Considerando que la empresa se encontraba en un estado latente de quiebra y con base en la fracción II del Artículo 229, relativa a la disolución de las sociedades que al texto dice: "Por imposibilidad de seguir realizando el objeto principal de la sociedad o por quedar éste consumado", sería importante conocer las razones por las cuales no se procedió a liquidar la empresa y si se decidió la venta.
8. Con respecto a la forma en que fue llevado a cabo el proceso de venta, por su importancia se señala lo siguiente:
9. Que al igual que las empresas a las que se les adjudicó los contratos para la venta y distribución de harina de maíz nixtamalizada, la empresa Abastos Especializados, S.A. DE C.V., se constituyó el 27 de julio de 1990 ante el mismo Notario Público, Lic. Ramón Diez Gutiérrez Sentíes, en los mismos términos que las otras, y que los accionistas fueron uno de cada una de las siete de las empresas comercializadoras de harina de maíz (ver Informe Línea 1)
10. Es de cuestionarse que si las siete empresas distribuidoras de harina también habían sido creadas con el capital social mínimo y contrataron con MICONSA servicios de gran cuantía, Abastos Especializados, S.A. DE C.V. fue constituida de igual forma para la compra de las acciones, por lo que habría que investigar de dónde se obtuvieron los fondos para cubrir la compra de las citadas acciones. Es importante señalar que las empresas distribuidoras de harina acumularon grandes saldos en su contra con MICONSA por falta de pago, y que para dar por terminados los contratos de distribución de harina de maíz endosaron a MICONSA su cartera vencida y entregaron sus activos para cubrir sus saldos deudores y obtener el finiquito.23
11. Que el monto de la operación requería de licitación pública y no haberse realizado por invitación a tres proveedores.
12. Que aún cuando se llevó a cabo invitación a tres empresas: Abastos Especializados, S.A. de C.V., Tablex, S.A. de C.V. y Promotora Empresarial Toluca, S.A. de C.V., ésta última se constituyó el 10 de octubre de 1990, fecha posterior al envío de la invitación que fue el día 5 del mismo mes. Lo anterior pone en duda la legalidad del proceso, sobre todo si se considera que sólo Abastos Especializados, S.A. de C.V. fue la única empresa que presentó postura, y dicha postura satisfizo las condiciones propuestas en las bases de licitación. Siendo este el caso, debió haberse vuelto a licitar.
Con respecto al contrato de maquila se anota lo siguiente:
13. MICONSA Atlacomulco, S.A. de C.V., tenía un elevado pasivo, equivalente, según propuesta para la adquisición de la planta Atlacomulco de la empresa Abastos Especializados, S.A. de C.V., al 83% de los activos totales de la planta, considerado en el mismo documento como "endeudamiento sumamente alto que coloca a la planta en una situación financiera muy difícil".
14. Toda vez que las bases de licitación para la venta de las acciones de MICONSA - Atlacomulco, S.A. de C.V. establecieron que el ganador debería reconocer el adeudo de ésta a favor de Maíz Industrializado CONASUPO, S.A. de C.V., el 15 de noviembre de 1990 Maíz Industrializado CONASUPO, S.A. de C.V. y Abastos Especializados, S.A. de C.V. firman convenio de reconocimiento de adeudo por la cantidad de $13,720'841,180.00 M.N., cantidad que corresponde al adeudo del maíz suministrado por MICONSA a MICONSA Atlacomulco, S.A. de C.V. en 1989.
15. En la misma fecha MICONSA, MICONSA Atlacomulco, S.A. de C.V. y Abastos Especializados, S.A. DE C.V., firman contrato de maquila, en el que en la cláusula novena se establece que para amortizar la deuda suscrita con la empresa Maíz Industrializado CONASUPO, S.A. de C.V., ésta le descontará de las liquidaciones mensuales $500'000,000.00, y que si MICONSA suspende los servicios materia de este contrato o incumple las obligaciones que tiene por mas de dos meses consecutivos o tres discontinuos en el plazo de un año, se entenderá reducido el pasivo que a su cargo tenga en la proporción señalada.
16. Asimismo, en el citado contrato MICONSA Atlacomulco, S.A. DE C.V. ya vendida, queda como "LA MAQUILADORA" asumiendo la responsabilidad del pago, y sin embargo los $500'000,000.00 mensuales se abonan a la deuda de Abastos Especializados, S.A. de C.V, quien reconoce el adeudo según las Bases de Licitación y Contrato de Compraventa.
17. De lo anterior, se deduce que MICONSA se pagó a sí misma, lo que contraviene lo dispuesto en el Reglamento a la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público; asimismo, Abastos Especializados, S.A. de C.V. fue beneficiada con el contrato de maquila, que le permitió generar recursos para pagar el adeudo aceptado por las bases de licitación.
18. Por lo expuesto en los puntos que anteceden, se puede suponer que Abastos Especializados, S.A. de C.V. se creó para poder recuperar el pasivo que MICONSA Atlacomulco, S.A. DE C.V. tenía con MICONSA.
19. En sesión extraordinaria del Consejo de Administración No. 2/92 de fecha 26 de febrero de 1992, en la que se trató la terminación del contrato de maquila, se comentó que la buena cosecha de maíz en esos años había propiciado una disminución de la demanda de la harina de maíz, por lo que la capacidad instalada se encontraba subutilizada aproximadamente en un 40% y que debido a lo anterior no se justificaba en su momento contratar producción por maquila puesto que significaba agravar más esa situación.
20. No era necesario el contrato de maquila, sin embargo la firma de éste originó un gasto financiero de cincuenta y un mil quinientos treinta y nueve millones de pesos y permitió además el pago de trece mil setecientos veinte millones de pesos de la deuda que la empresa Abastos Especializados, S.A. de C.V. tenía con Maíz Industrializado CONASUPO, S.A. de C.V.
21. No se dio cumplimiento a lo establecido en el Diario Oficial de la Federación del 22 de enero de 1988. Al no cumplir en tiempo y forma con lo dispuesto en el Diario Oficial de la Federación y al no haber sido incluido este proceso en los Acuerdos publicados en la Gaceta del Gobierno del Estado de México, se contravino lo dispuesto en la Escritura Constitutiva de la Empresa MICONSA Atlacomulco, S.A. de C.V. y en la Ley de Sociedades Mercantiles. Con la Asamblea General Extraordinaria del 8 de noviembre de 1990 se simularon actos con lo que se buscó legalizar la venta realizada con anterioridad.
22. El no haber cancelado en tiempo el contrato social en el Registro Público de Comercio, permitió que hasta el 19 de abril de 1991 Abastos Especializados, S.A. de C.V. operara bajo el nombre de MICONSA Atlacomulco, S.A. de C.V., suscribiendo a nombre de éstos contratos como el de maquila con responsabilidades contractuales que correspondían a Abastos Especializados, S.A. de C.V. Aunado a ello se mantuvo viva la clave presupuestal de Miconsa Atlacomulco en el presupuesto de egresos de la federación durante dos años, a pesar de ser una empresa que ya no existía.
23. Todo esto fue para cubrir el adeudo del suministro de maíz de 1989 correspondiente a 53,000 toneladas.
MICONSA Guerrero
Con base en la recomendación que emitió la Comisión CONASUPO de la LVI Legislatura y por entender los miembros esta Comisión de Investigación, que el asunto de la desincorporación de MICONSA Guerrero estaba insuficientemente investigado se decidió sumarlo como asunto a investigar en la Línea de Investigación No. 3, referida a los procesos de desincorporación de las empresas filiales de CONASUPO. A partir de ésto, se procedió a la compilación y revisión del material documental que se encontraba en los archivos de esta Comisión, así como de los que se obtuvieron en los archivos del Liquidador de MICONSA en el "Fideicomiso No. 7694, constituido en Banpaís, S.A. para la administración de las bodegas que contienen los archivos de empresas del sector paraestatal en liquidación", y que está ubicado en la ciudad de Monterrey, N.L.
Dado el volumen de información sobre MICONSA en poder del Fideicomiso, aproximadamente 6000 cajas, con un sistema de rastreo "por sistema", que opera con determinadas variables (palabras claves) con las cuales se codificó la documentación y que no siempre corresponde finalmente al tema; en la primera visita se revisaron un universo de 300 cajas y en la segunda 1200, totalizando una localización y lectura de 75,000 documentos. De ellos, se identificaron y fotocopiaron 305 documentos (algunos de ellos se protocolizaron) y conforman el universo documental que soporta la presente investigación.
Paralelamente, se solicitó a CONASUPO, SECODAM y la PGR, documentación que completó la información sobre el problema investigado.
Papel importante jugó sin duda, la posibilidad que brindó la Procuraduría General de la República de acceso, a través de la instalación de una mesa de trabajo entre la PGR y esta Comisión, al expediente de la Averiguación Previa respectiva y que posibilitó el dictamen elaborado por el despacho del Dr. Carlos Daza Gómez, Asesor Jurídico contratado por esta Comisión.
En ese marco de colaboración, como complemento a la revisión bibliográfica, y teniendo en cuenta el papel que tuvo en ese proceso, se presenció las declaraciones rendidas ante el Ministerio Público en calidad de testigo del C.P. Salvador Giordano Gómez, en relación a su participación como Director General de MICONSA y en particular sobre los hechos que conciernen a MICONSA Guerrero.24
Finalmente, cabe señalar que la Averiguación Previa 10218/FEPFB/96 referida a las irregularidades encontradas en la construcción de la planta productora de harina de maíz en Acapulco, Guerrero, se encuentra actualmente en consulta del no ejercicio de la acción penal, toda vez que argumenta la PGR que cuando se presentó ya estaba prescrita.25
Visita al Estado de Guerrero
Para completar el acopio de información y buscando reconstruir la participación que tuvo el Gobierno del estado de Guerrero, en la construcción de la planta de maíz nixtamalizado de Acapulco, se decidió realizar una visita al estado, para localizar en los archivos del Gobierno documentación que permitiera conocer las razones que tuvo para no desarrollar la supervisión de la obra y contratar sin licitación a la empresa constructora, aceptando que se empezara la obra sin un proyecto técnico específico acorde a las características topográficas del terreno y del municipio. Asimismo, se buscaba conocer las acciones correctivas y punitivas que tomó el Gobierno del estado contra los funcionarios involucrados en dichas irregularidades.
Interesaba conocer también, la situación de dominio del terreno en el que se ubicó la planta, así como las condiciones en que se encontraban las instalaciones; lo que ameritaba una visita al Registro Público de la Propiedad de Acapulco y una revisión ocular a la planta.
A la visita asistieron diputados integrantes de la Comisión acompañados del cuerpo técnico. Se tuvo una reunión con el Secretario de Gobierno de la entidad y los Secretarios del Gabinete para poder acceder a los archivos respectivos. En la reunión se acordó el nombramiento de enlaces por secretaría del ejecutivo del estado de Guerrero; por parte de la Comisión CONASUPO, se determinó que el enlace fuese la Secretaría Técnica. El Lic. Celestino Baylón, Contralor General del estado de Guerrero, fue nombrado coordinador. Las secretarías con las cuales se trabajaron fueron:
Posteriormente se visitó el terreno de MICONSA, en donde advertimos la construcción de dos torres contenedoras para la harina de maíz (silos), un edificio de cuatro pisos abandonado, así como un piso construido con un letrero de Escuela Telesecundaria Samuel Quiroz Cabrera con clave de centro de trabajo: 12ETV0425, la cual nunca funcionó.
En el terreno se tenía previsto construir la Academia de Policía, existe una placa de inicio de obra del 6 de septiembre de 1991, la cual no se concluyó.
Existen vehículos abandonados, los cuales ha decomisado Hacienda por ser extranjeros irregulares.
El recorrido por el terreno fue guiado por el Coronel Figueroa. Hay personal policiaco de planta en las instalaciones para evitar el asentamiento de paracaidistas, que ya se había dado en una ocasión
Con relación a la búsqueda de documentos en el archivo muerto de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obra Pública, se visitaron las instalaciones en las que se encuentra tanto el archivo como el almacén. El archivo está en tres pequeños cuartos; la documentación está desordenada, no tienen las cajas identificador, además que mucha cajas están rotas y los documentos en el suelo. El resultado de esta búsqueda, se consigna en la minuta de trabajo firmada por el Subsecretario de Obras y la Secretaría Técnica de la Comisión. En la minuta se establece el acuerdo de que la Subsecretaría continuará la búsqueda de documentos y los entregará a la Contraloría, ya que ahí se hará el acopio documental de las demás secretarías incluida la propia contraloría. Dada la dimensión, características y condiciones del trabajo de revisión documental en el archivo de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, se decidió que lo asumieran los Asesores y la Secretaria Técnica en su conjunto. A pesar de ello, solamente se pudo revisar el contenido de uno de los pequeños cuartos (ver anexo fotográfico). Hasta el momento de elaboración de este informe, no ha sido posible concretar la entrega de documentos encontrados sobre el proyecto MICONSA Guerrero, en cuya búsqueda quedaron comprometidos.26
Resultados de la Investigación
Como antecedente, se señala que originalmente la construcción de esta obra se tenía contemplada para ser llevada a cabo en Huamantla, Tlaxcala, con una inversión prevista de $25,715 millones de pesos, sin contar para su ejecución con la totalidad del proyecto, ya que se decía era similar al de Atlacomulco, Edo. de México.
La obra de construcción de la planta de harina de maíz de MICONSA Tlaxcala fue suspendida por insuficiencia de recursos y posteriormente, a solicitud del Gobierno del estado de Tlaxcala, se canceló su construcción; transfiriéndose el proyecto al estado de Guerrero.
El 27 de agosto de 1987, CONASUPO celebró un Convenio de Asociación Industrial con el Estado de Guerrero para la instalación de una planta productora de harina de maíz.27
El 3 de marzo de 1998 se constituyó la empresa MICONSA Guerrero, S.A. de C.V. en la cual MICONSA participaba con el 49% de las acciones y el Gobierno del estado y los futuros socios de la propia entidad con el 51%. A saber:
Sin embargo, para el 8 de marzo de 1989 según el informe de la Dirección General de MICONSA rendido en la sesión 294 del Consejo de Administración de la empresa, manifiesta que "............ a la fecha el costo se estima en $60,000 millones aproximadamente....."
"...............El Gobierno del estado de Guerrero se comprometió a aportar $17,984 millones y a la fecha sólo ha entregado $2,995 millones. Por su parte, MICONSA ha aportado $18,811 millones, que rebasan en más de $6,000 millones el presupuesto autorizado para este proyecto en 1988."
"...............En virtud de que el costo del proyecto se ha incrementado substancialmente, MICONSA y el Gobierno estatal acordaron practicar una auditoría técnica externa y solicitan la intervención de la Contraloría General de la Federación a efecto de definir la situación real de este proyecto. Por ello, previo acuerdo del Presidente del Consejo, se suspendieron las obras y sólo se efectúan los gastos indispensables."
Por su parte, el Oficio No. GG/029/89 emitido por el C.P. Salvador Giordano Gómez, Director General de Maíz Industrializado CONASUPO S.A. de C.V., dirigido a la Lic. María Elena Vazquez Nava, Secretaría de la Contraloría General de la Federación, solicitando la intervención directa de la Secretaría en la inversión del proyecto MICONSA Guerrero. Entre los asuntos descriptos destaca:
"...............El presupuesto original aprobado en el mes de marzo de 1988, que ya consideraba algunos factores de ajuste, ascendió a $35,271.0 millones. Al mes de diciembre de 1988 dicho presupuesto modificado totalizó $63,646.5, lo cual representó un incremento del 80.5%."
"................el incremento obedeció a diversas causas, destancándose entre las principales: diferencia de volúmenes entre Proyecto Huamantla y el Proyecto Guerrero, adecuaciones de las cimentaciones de las estructuras de todos los edificios; incrementos en mano de obra especializada que se trasladó de la ciudad de México lo cual incrementó el concepto de pago de viáticos; adecuaciones a los terrenos por ser de aluvión y de inundaciones, etc."(*)
Paralelamente, en la atenta nota informativa dirigida al Ing. Raúl Salinas de Gortari, Director de Planeación de CONASUPO de parte de C.P. Salvador Giordano Gómez, Director General de MICONSA, éste le informa sobre el Proyecto MICONSA Guerrero, que se observaron diversas irregularidades que pueden dar lugar a fincamiento de responsabilidades administrativas y que se hicieron del conocimiento de SECOGEF. Asimismo, enumera una síntesis de las irregularidades administrativas:
"....................
Del análisis de la documentación que soporta los hechos descritos, se desprende que:
El catálogo del proyecto para la construcción de la planta industrializadora de harina de maíz, fue trasladado de Tlaxcala al estado de Guerrero. A pesar de las diferencias geográficas, de suelo, ambientales, económicas y de legislación vigentes; no se realizaron adecuaciones y se presupuestó en base al proyecto original de Tlaxcala.
Si bien MICONSA encargó la elaboración de estudios de factibilidad para la instalación en Acapulco Gro., de una planta elaboradora de harina de maíz nixtamalizado, dicho estudio no manifiesta las ventajas o desventajas de instalar la planta en ese municipio; a pesar de ello se tomó la decisión de construirla. No existió un estudio amplio que considerara:
También en la adjudicación e instrumentación de los Contratos y Convenios, se detectaron situaciones anómalas, tales como:
Por parte de los representantes del Gobierno del estado: adjudicación de la obra pública a ejecutarse con recursos Federales sin estar legalmente facultado para tal efecto; el no acreditar su capacidad técnica y registro para la supervisión de la obra; el autorizar pagos sin tomar en consideración el proyecto y avance de obra.
Por parte de los entonces representantes MICONSA Guerrero S.A. de C.V.: Adjudicación directa de contratos de obra pública sin sujetarlos a concurso; convalidación indebida del contrato de obra pública No. SDUOP-IED-021-88, adjudicado irregularmente por representantes del Gobierno del estado. Autorización de pagos de anticipos superiores a los legalmente permitidos el no requerir a los representantes del Gobierno del estado su capacidad técnica y registro para la supervisión de la obra y autorizar y consentir el avance de la misma sin contar con el proyecto correspondiente.
Conclusiones respecto a MICONSA Guerrero
Lo antes expuesto nos permite concluir que:
1. Maíz Industrializado CONASUPO, S.A. de C.V. y el Gobierno del estado de Guerrero cometieron negligencia en los procesos de planeación, programación, presupuestación, adjudicación y contratación, que aunado a la falta de una adecuada supervisión provocó que la localización, el costo y los plazos de ejecución de la obra, sufrieran cambios sustanciales; ocasionando con ello el encarecimiento en un 80% del valor de la obra y un quebranto a los recursos públicos aplicados.
2. MICONSA Guerrero, S.A. de C.V., no contó con los estudios de factibilidad y viabilidad que establecieran las ventajas o desventajas que justificaran la localización de la planta en el municipio de Acapulco, Gro.
3. MICONSA Guerrero, S.A. de C.V. no contó con el proyecto de obra civil definitivo para la construcción de la planta de Acapulco; sin embargo, se contrató la obra y se iniciaron trabajos sobre estimaciones; contraviniendo con ello la disposición en los artículos 33 y 56 de la Ley de Obras Públicas.
4. El Gobierno del estado de Guerrero, adjudicó en forma directa a Bace Construcciones S.A. de C.V. el contrato SDUOP-IED-021/88 para la planta de Acapulco, sin tener las facultades para adjudicar directamente ni por convocatorias, inversión federal; además de que esta adjudicación no fue fundamentada, contraviniendo los artículos 33 y 56 de la Ley de Obras Públicas.
5. MICONSA Guerrero S.A. de C.V. firmó indebidamente un convenio de ampliación del contrato No. IF-88004-Gro., para la obra civil de la misma planta con la empresa constructora Role, S.A. por la cantidad de $6?188,468.10 M.N., violando la cláusula 8ª párrafo 5 del propio contrato, e incrementando el monto final contratado en un 193%.
6. La supervisión de la obra fue adjudicada en forma directa al gobierno del estado a través de un convenio de apoyo técnico y supervisión, que establecía que MICONSA se comprometía a entregar el proyecto de supervisión y el Gobierno del estado a realizarla. Ambas partes incumplieron: MICONSA nunca entregó el proyecto objeto de la supervisión y el estado autorizó pagos sin tomar en consideración el proyecto de obra.
7. El gobierno del Estado de Guerrero realizó de manera deficiente y negligente la supervisión de la obra de la planta industrializadora de harina de maíz, ubicada en el municipio de Acapulco.
8. Lo anterior, originó un sobre pago por la cantidad de $10,715,200. M.N, resultado del avance de la obra real contra estimado.
9. Maíz Industrializado CONASUPO, S.A. de C.V. sufrió un daño patrimonial de $15,140,053.00, generado por su aportación en la empresa MICONSA Guerrero S.A. de C.V.
10. Negligencia y ocultamiento de la verdad por parte de los funcionarios involucrados al no presentar ante la Procuraduría General de la República la denuncia penal correspondiente por los hechos acontecidos y del daño patrimonial sufrido por el gobierno federal.
11. Omisión por parte de la SECOGEF de las funciones de vigilancia y control de los procesos administrativos y las conductas de los servidores públicos del Poder Ejecutivo; al haber constatado a través de su auditoría a Maíz Industrializado CONASUPO S.A. de C.V., serias irregularidades que podían constituir delito y no haber presentado la denuncia penal correspondiente.
12. Omisión del Gobierno de Guerrero, al estar enterado de las serias irregularidades constatadas por los auditores externos y SECOGEF, y no actuar sancionando administrativamente a los responsables y presentando la denuncia penal correspondiente.
13. Negligencia por parte de las autoridades de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial como cabeza de Sector, y de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en el seguimiento y control del ejercicio del presupuesto asignado a Maíz Industrializado CONASUPO S.A. de C.V., para la construcción de la planta industrializadora de harina de maíz en Acapulco, Gro.
14. Negligencia y ocultamiento de la verdad por parte de las autoridades de CONASUPO, que como integrantes del Consejo de Administración de MICONSA, estuvieron enterados de las serias irregularidades detectadas por las auditorías (externas y de Secogef) y no presentaron la denuncia correspondiente.
15. Los funcionarios a los que se deberá deslindar y/o fincar responsabilidad son:
El dictamen del Informe Final de esta Línea de Investigación es:
Línea de Investigación No. 5
Asunto: Importación de leche contaminada con radiactividad.
Objetivo:
Determinar si la leche importada de Irlanda estaba contaminada con radiactividad.
Desarrollo y Resultados de la Investigación
El 26 de abril de 1986 un reactor nuclear en Chernobyl accidentalmente provocó una de las catástrofes más significativas, que la humanidad haya vivido.
Muy poca fue la información disponible que detallara la naturaleza y magnitud de la catástrofe, fue bastante el tiempo que le tomó a las autoridades responsables, tanto nacionales como internacionales, estructurar los programas operativos con la suficiente eficacia para abordar el problema.
Hubo una nube radiactiva que viajó durante los siguiente días a través de los países circunvecinos, que según los informes del Nuclear Energy Board, de Dublín, fue entre mayo 2 y 4 que dicha nube afectó a Irlanda, debido a la lluvia que cayó sobre ese país justo cuando se encontraba sobre su territorio. La contaminación del aire no resultaba un gran problema pero fue precisamente la lluvia que depositó todo el material radiactivo sobre la tierra.
Entonces, la contaminación llegaba a todos los alimentos cultivados y a los animales que comían de los pastizales afectados.
El 5 de mayo de 1987, ante la gravedad del accidente nuclear de Chernobyl, se emitió un Alerta Mundial.
A partir de ese momento, las autoridades irlandesas y europeas implantaron una serie de programas de monitoreo en las zonas afectadas, en los alimentos y básicamente en las personas. Seis meses después se determinó cuál había sido el verdadero afecto del problema.
Uno de esos programas se enfocó específicamente a estudiar los radionucleidos que más se concentran en la leche, a fin de determinar cuales podían ser lo elementos radiactivos que podrían ser ingeridos por el ser humano y que además, causaran efectos dañinos en la salud. Una vez que se conoció la presencia de contaminantes radiactivos en el aire se comenzaron a realizar estudios en la leche, sin haber encontrado contaminación alguna en los momentos cercanos del accidente. Fue hasta tiempo después, que se detectó el aumento de los niveles radiactivos.
Irlanda fue de los países más afectados en este producto aunque no el único, según lo muestran los estudios que determinaron el viaje que realizó la nube radiactiva así como los de afectación.
Sin lugar a duda este suceso toma por sorpresa no únicamente a México sino a toda la comunidad internacional, precisamente por tratarse de un acontecimiento que nunca se había sufrido en la historia de la humanidad.
El 30 de mayo de 1986, se reunió la Comunidad Económica Europea, (CEE), para establecer la norma de "grado máximo de contaminación radiactiva permisible en alimentos".
Los organismos internacionales que intervinieron en este asunto al igual que los países directamente afectados en Europa por este accidente, no dieron aviso a los países de América sobre las medidas a adoptar sobre todo en materia de control de los alimentos que estaban importando del continente europeo. Las indagaciones emprendidas directamente por Brasil, Argentina y México a principios de 1987 en materia de contaminación de alimentos, permitieron identificar la magnitud de la naturaleza del problema así como adoptar diferentes medidas sanitarias para la protección de la población. Hasta meses después se recibiría la información técnica sobre este asunto por parte de algunos de los organismos internacionales involucrados. La comunidad internacional sólo contaba con dos referencias:
En este contexto se suceden los acontecimientos motivo de investigación de esta línea, ya que México importó de la República de Irlanda (como lo venía haciendo desde 1979), diversas cantidades de leche en polvo en base seca destinadas a cubrir las necesidades de productos y abasto en nuestro país. En 1986, 28,174.470 Tm y en 1987, 39,000 Ton. métricas.
Destacan como hechos históricos, las importaciones de leche del año de 1986 y 1987, las primeras, más cercanas al momento del accidente, cuando no existían normas ni especificaciones; y las segundas, ya bajo ciertas condiciones y reglas de carácter internacional y nacional.
Para 1986, México importa más de 200,000 toneladas métricas de leche en polvo; de ellas 28,174.470 Tm corresponden a leche suministrada por la Irish Dairy Board de la República de Irlanda.
Entre junio y octubre de 1986 llegaron a México, provenientes de Irlanda, cinco embarques de leche en polvo que resultaron con diversos niveles de contaminación radiactiva.
De estos embarques, Irlanda no presentó certificado de niveles de radionúcleidos en la leche, porque México no lo exigía.
Fue hasta fines de ese año cuando se realizó la reunión internacional más significativa relativa a los niveles de contaminación aceptables para el consumo humano, efectuada del 1 al 5 de diciembre de 1986 en Roma, Italia, llamada del Codex Alimentarius; antes de esto no existía ninguna norma o especificación técnica de alcance mundial, por ello, todos los alimentos que circulaban en el comercio internacional no estaban restringidos.32
En dicha reunión se estableció la norma técnica de 370 bq/kg de alimentos vigentes por un año y 1507ba/kg para los años subsecuentes.
Fue en este contexto que CONASUPO recibe el reporte de la Compañía Whayt Vales, de que le había vendido leche en polvo con una contaminación de 2700 Bq/kg de cesio 137 en base seca.
CONASUPO envía 5 muestras de esa leche al Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares (ININ), quien confirma la existencia de Cesio radiactivo. Siendo la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias (CONASENUSA) el organismo técnico especializado en mediciones radiológicas; se le solicita su intervención, quien a su vez confirma los estudios que ININ; por lo que se inicia un programa de muestreo de la leche existentes en las bodegas de CONASUPO-LICONSA.
Posteriormente se tendrían noticias de que en otros países habían surgido problemas similares.
No se le notifica a la Secretaría de Salud del nuevo requerimiento. Esta dependencia desconocía lo que estaba ocurriendo hasta ese momento.
Una vez enterada la SSA a través del comunicado del embajador de México en Brasil de lo que ocurría, se verificó el 23 de febrero de 1987 la primera reunión de un grupo de trabajo integrado para atender el problema de la entrada a México de leche contaminada con Cesio radiactivo proveniente de Irlanda. En dicho grupo de trabajo quedaron representados LICONSA, CONASUPO, SSA y CONASENUSA.
CONASENUSA recomendó a CONASUPO rechazar la leche contaminada con Cesio radiactivo para evitar la irradiación innecesaria a la población.33
Debido a que la recomendación de la CONASENUSA de regresar la leche contaminada no prosperó por los problemas de Comercio Internacional que le acarrearía a la CONASUPO, se efectuó el 27 de febrero del mismo año, una 2ª Reunión del Grupo de Trabajo; con la siguiente agenda:
Para abril de 1987 CONASUPO formalizó el Convenio con la exportadora irlandesa Irish Dairy Board, que estableció que el límite total de elementos radiactivos sería de 370 bq/kg, siguiendo las recomendaciones internacionales.
El 25 de mayo de 1987, CONASUPO le dirige un oficio a CONASENUSA en el que le plantea que de las 28.000 toneladas métricas de leche en polvo irlandesa importadas en 1986, no se habían podido muestrear 11,333.075 TM, pues se habían comercializado entre septiembre de 1986 y enero 1987. Anexa lista de empresa a las que se comercializó el producto:
En el mes de junio se sucedieron dos acontecimientos significativos para esta historia, el día 3 ingresó a Veracruz el barco Adventure conteniendo leche Irlandesa; el día 9 la CONASENUSA "recomendó" que todo embarque de leche de procedencia europea no rebasará los 50 bq/kg (un límite más estricto que el internacionalmente aceptado); el día 14 ingresó a Veracruz el barco Tenacious también con leche irlandesa.
La leche transportada por estos barcos fue la que suscito una gran polémica, no solo por el desconocimiento que se tenía en esa época de lo que significaba la radiación, sus consecuencias y límites permisibles para los humanos, además de que se enfrentó el diferendo suscitado por la aceptación de normas técnicas internacionales y la aplicación en el país de otras medidas más estrictas para los productos importados.
Esto último provocó que se celebrara el 8 de julio de 1987 una reunión en la que participaron representantes de la SSA, CONASUPO y CONASENUSA; con el objeto de discutir los problemas de carácter técnico para ver la posibilidad de diluir la leche en polvo contaminada con 44 Bq/kg., a fin de disminuir ese nivel. 34
Finalmente el grupo determinó no llevar a cabo la dilución con proporciones más grandes de mezclas y cancela la prueba de dilución definitivamente, por lo inestable de los resultados obtenidos.
Posteriormente, el 21 de enero de 1988, el Grupo de los Cien en Conferencia de prensa, denunció la compra de 17,000 toneladas de leche en polvo radiactiva y exigió al gobierno su devolución al país de origen.
Este es el momento en que la opinión pública es enterada de la importación de leche contaminada con Cesio radiactivo. La atención se centra en los embarques de 1987.
Después de nueve meses de discusiones, embargos precautorios en las aduanas marítimas y bodegas anteriores análisis científico, pruebas fallidas de reutilización de la leche contaminada, denuncias de grupos ecologistas, reuniones en alto nivel entre diversas autoridades, rumores de todo tipo sobre supuestos "efectos" en la población por el consumo de leche contaminada, comparecencias de funcionarios ante la Cámara de Diputados, negociaciones con la empresa Irlandesa, etc.; finalmente, el 18 de febrero de 1988 la Secretaría de Salud ordenó oficialmente la devolución de la leche en cuestión.
Durante este tiempo y después de rigurosos análisis, se fueron liberando y comercializando paulatinamente, diversos embarques que registraban niveles de bequereles por debajo de las normas internacionalmente aceptadas.
El 16 de marzo de 1988 salieron del puerto de Veracruz dos barcos, el Sonora y el Pheasand, con puerto de destino en Rotherdam, Holanda y Cork, Irlanda, habiéndose comprobado documentalmente su llegada a Europa; posteriormente, CONASUPO recupero el costo total de la leche devuelta.
Como conclusión de esta historia, en agosto de 1988 se publico en el Diario Oficial la norma técnica 316 emitida por la Secretaría de Salud, en ella se fijo en 50 bq/kg como límite máximo de radiactividad para la leche producida en los países europeos, constituyéndose en una de las normas más estrictas del mundo ya que en noviembre de ese mismo año, la nueva reunión del Codex Alimentarius la fijó en 150 bq/kg.
Por ello y según el análisis riguroso, objetivo, respaldado documentalmente y expresado por el acuerdo de las opiniones de los asesores de todas las fracciones parlamentarias de esta comisión, las conclusiones técnicas fueron las siguientes:
Conclusiones
1. La Compañía Nacional de Subsistencias Populares (CONASUPO) sí importó leche de Irlanda contaminada con Cesio radiactivo en 1986 y 1987.
2. La Compañía Nacional de Subsistencias Populares, negligentemente importó leche contaminada con Cesio radiactivo procedente de Irlanda, en 1986.
3. La Compañía Nacional de Subsistencias Populares en 1987, con conocimiento de causa, importó leche contaminada con Cesio radiactivo procedente de Irlanda.
4. La Compañía Nacional de Subsistencias Populares podía haber evitado comprar leche contaminada con Cesio radiactivo procedente de Irlanda, ya que tenía, al menos, tres proveedores que podían suministrar leche en polvo, con calidad similar a la de Irlanda, pero sin Cesio radiactivo.
5. No se encontró evidencia alguna que probara la compra, a menor precio del previamente acordado en los contratos respectivos, de la leche en polvo procedente de Irlanda, durante 1986 o 1987.
6. La primera recomendación de la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias fue la de no exponer a la población mexicana a una dosis innecesaria de Cesio radiactivo. Debido a que la Compañía Nacional de Subsistencias Populares impuso criterios comerciales que impedían la devolución de la leche en polvo procedente de Irlanda, se tuvo que conformar un Grupo de Trabajo especial entre la CONASUPO, LICONSA, Secretaría de Salud y la CONASENUSA, para atender el problema que representaba la leche contaminada con Cesio radiactivo.
7. Como la Compañía Nacional de Subsistencias Populares seguiría importando leche contaminada con Cesio radiactivo, la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias, y la Secretaría de Salud, se vieron precisadas a hacer inversiones extraordinarias en infraestructura y equipos de medición para poder detectar los niveles de contaminación radiactiva con que llegaba la leche en polvo procedente de Irlanda.
8. La Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias no pudo muestrear 12,920.63 Toneladas Métricas, de un total de 28,378 Toneladas Métricas, de leche en polvo procedente de Irlanda durante 1986, porque ya habían sido comercializadas entre los meses de septiembre de 1986 y enero de 1987. De esas toneladas no se pudieron establecer niveles de radiactividad contenidos.
9. Con base a los muestreos que pudo llevar a cabo la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias durante 1986 y 1987, y de acuerdo a su opinión institucional, los niveles de radiactividad con que llegaba la leche en polvo procedente de Irlanda, siempre estuvieron dentro de los márgenes de recomendaciones internacionales establecidos por la Comisión del Codex Alimentarius, para alimentos contaminados accidentalmente con radiactividad.
10. La leche contaminada con Cesio radiactivo que ingresó al país durante 1987 y que no cumplía el criterio señalado por la Secretaría de Salud de 50 Bq/kg y/o el establecido por la comisión del Codex Alimentarius de 150 Bq/kg para leche contaminada con Cesio radiactivo, fue devuelta a Irlanda y el importe respectivo reembolsado.
11. La Secretaría de Salud informó que a la fecha, no hay evidencia de enfermedades potencialmente asociadas al consumo de leche contaminada con Cesio radiactivo, que en el caso del Cesio137 tiene una vida promedio de 30 años, y que no se desarrolló un seguimiento epidemiológico especial para atender a la población que consumió la leche contaminada con Cesio radiactivo.
Dictamen
El dictamen del documento de Informe Final de esta línea de investigación, fue aprobado en la Primera Sesión Permanente de la 37ª Reunión de Trabajo, realizada el 12 de octubre del presente año; como sigue:
1. Se aprobó por unanimidad la parte técnica del documento sin las conclusiones.
2. Se rechazó las conclusiones que contenía originalmente la 7ª versión este Informe Final, en una proporción de cinco votos en contra y un voto a favor.
3. Se acuerda por mayoría, incluir las consideraciones que sustentan las conclusiones que se propuso sustituyan a las que contenía el documento técnico.
4. Por mayoría de cinco votos a favor y uno en contra se aprueba incluir al documento técnico las nuevas conclusiones.
Línea de Investigación No. 6
Asunto: Seguimiento de las denuncias interpuestas ante la Procuraduría General de la República por el área jurídica de CONASUPO, así como de la SECODAM, en contra de funcionarios de CONASUPO y sus Empresas Filiales, principalmente las irregularidades de los pagos hechos a MASECA.
Objetivos:
Conocer y verificar el resultado de las acciones emprendidas por las instancias de control, en contra de funcionarios de CONASUPO y sus Empresas Filiales.
Determinar si existieron irregularidades en un pago realizado por CONASUPO a MASECA (proveedor), por concepto de un supuesto deterioro financiero ocasionado por falta de un pago oportuno a esta última.
Esta línea de investigación tuvo tres vertientes:
1. El seguimiento a las denuncias presentadas por CONASUPO, Secodam y algunos Diputados de la Comisión CONASUPO de la LVI Legislatura ante la Procuraduría General de la República.
2. Valoración del proceder de la PGR ante las denuncias presentadas.
Identificación de posibles hechos delictivos ya detectados por Secodam los cuales tuvieron una sanción administrativa, siendo que ameritaban una denuncia de hechos ante la PGR.
Como parte de la metodología utilizada para la integración de esta línea, se convino en la instalación de una Mesa de Trabajo entre la Procuraduría General de la República y la propia Comisión, la cual operó durante tres meses, entre el Ministerio Público Federal asignado por la Procuraduría y el Despacho Jurídico del Dr. Carlos Daza Gómez, como asesor jurídico especializado de la Comisión CONASUPO. Dicha Mesa de Trabajo tomó como base dos documentos que la propia PGR hizo llegar a la Comisión, en los cuales se hacía una síntesis del estado procesal que guardaban las denuncias presentadas por la CONASUPO, principales delitos denunciados, el número de las denuncias y la entidad federativa donde se denunciaron los hechos.
En esta reconstrucción del proceso de integración de las denuncias hechas por CONASUPO y de las Averiguaciones Previas de la PGR, participaron activamente, además del Despacho del Dr. Daza, el equipo técnico asesor de la Comisión, ya que fue necesario recurrir a diversos documentos que permitiesen ubicar este proceso en el contexto de los trabajos de investigación de la Comisión CONASUPO de la LVI Legislatura y, desde luego, las actividades realizadas por la propia CONASUPO ante la SECODAM y ante la PGR, para sancionar a los servidores públicos infractores de la ley y garantizar el resarcimiento del daño efectuado a la paraestatal, conforme a derecho. Asimismo, fue necesaria la revisión de la legislación que regula a la empresa pública y a los servidores públicos, para poder tener una base jurídica confiable y un criterio sustentado en el cabal cumplimiento de las leyes y normas nacionales.
Como complemento de esta acción, se realizó la comparecencia del Subprocurador de Procedimientos Penales "A" de la PGR, Lic. Everardo Moreno Cruz, el día 26 de marzo de 1998, ante el Pleno de la Comisión CONASUPO; así como dos Reuniones de Trabajo entre la Comisión y el Subprocurador en las instalaciones de la Procuraduría General de la República.
En dicha comparecencia el Subprocurador de Procedimientos Penales "A", Lic. Everardo Moreno Cruz, informó a la Comisión que se tenían tres grupos de investigaciones:
El día 9 de septiembre de 1998, se verificó una Reunión con el Subprocurador de Procedimientos Penales "A", Lic. Everardo Moreno Cruz, en las oficinas de la PGR, en la cual se convino instalar una Mesa de Trabajo entre la Comisión CONASUPO de la LVII Legislatura y la Procuraduría General de la República.
Después de los trámites correspondientes quedaron como operadores de ésta, por la PGR, la Dirección General del Ministerio Público Especializado "A", a cargo del Lic. Aquiles Monter, y por la Comisión CONASUPO, el Asesor Jurídico de la misma, Dr. Carlos Daza Gómez. En dicha Mesa, el Dr. Daza pudo revisar las Averiguaciones Previas que se relacionaban con las investigaciones de la Comisión.
Producto de esta Mesa de Trabajo, el despacho del Dr. Daza llegó a las conclusiones generales que entregó a la Comisión en su Informe Final del día 22 de febrero de 1999, páginas 35 a la 38 (Anexos 1):
El día 7 de octubre de 1998, la Procuraduría General de la República, interrogó al C.P. Salvador Giordano Gómez. Durante el interrogatorio estuvo presente la Comisión CONASUPO a invitación de la PGR.
Dicho interrogatorio causó la inconformidad de la Comisión CONASUPO debido a que la PGR envío un Ministerio Público improvisado que no tenía los suficientes conocimientos como para hacer que el interrogatorio pudiera desprender elementos suficientes para encuadrar la conducta del señor Giordano, durante su estancia en la Dirección General de MICONSA y en la SECOGEF, en las diversas irregularidades detectadas. A este interrogatorio asistió el Asesor Jurídico de la Comisión, Dr. Carlos Daza Gómez.
Al comparar las declaraciones del C.P. Salvador Giordano con las investigaciones de la Línea 3, queda constatado que Salvador Giordano mintió en cuanto al papel que jugó en los hechos de MICONSA-Atlacomulco, MICONSA-Guerrero y los contratos exclusivos de distribución de harina de maíz nixtamalizada entre 7 empresas comercializadoras y MICONSA, S.A. de C.V.35
Pagos realizados por CONASUPO a Maseca por un supuesto deterioro financiero
AP: 12096/FESPLE/96
La Comisión trabajó en dos vías convergentes:
b) El primer convenio fue materia de controversia de diferentes Secretarías de Estado y CONASUPO contra la empresa MASECA, por lo que este caso se debería analizar y resolver jurídicamente, ya que existen dos dictámenes, ambos elaborados por distintos grupos de trabajo: en el primero, se resuelve por la negativa al pago; el segundo, elabora la norma respectiva. El problema que está presente es que los pagos se realizaron antes de que se elaborara la norma.
c) Es de hacerse notar, que dentro de la argumentación dada para justificar el retraso en el pago de los subsidios, que originaron el supuesto daño financiero a MASECA, se menciona la falta de presupuesto. Sin embargo, al revisar entre otros documentos, los dictámenes de los auditores externos de CONASUPO de 1982-1996, se encontró que siempre existió partida presupuestal, pero no disponibilidad, para subsidios.
d) Los resultados a los que llega el despacho jurídico permiten asegurar que se trató de un pago indebido, en el cual estuvieron involucrados los miembros del Consejo de Administración que autorizaron el pago, pese a que ya existía un dictamen sobre su improcedencia.
e) Esta AP, se encuentra actualmente en reserva.36
1. Algunos servidores públicos que estuvieron en distintos niveles de responsabilidad de la CONASUPO y sus Empresas Filiales, causaron daño patrimonial a las mismas. El estudio de las 101 averiguaciones previas, en las que se señala un monto de $9,162'304.544 (nueve millones ciento sesenta y dos mil trescientos cuatro pesos, con cincuenta y cuatro centavos, M.N.) como daño patrimonial, así lo determina.37
2. Esta Comisión determina que la CONASUPO actuó con negligencia e irresponsabilidad, ya que la mayoría de la Averiguaciones Previas presentadas por esta paraestatal, no se hicieron en tiempo y forma. Esto ocasionó que operara la prescripción y en consecuencia, el no ejercicio de la acción penal. Lo anterior queda corroborado, con la Averiguación Previa 12021/FESPLE/96, relacionada con la importación de frijol chino, que al ser consignada ante el Juzgado Noveno de Distrito en materia Penal del Distrito Federal, éste negó la orden de aprehensión por haber prescrito la acción penal. Sin embargo, se apeló esta resolución y aún se está en espera de que el Segundo Tribunal Unitario del Primer Circuito, resuelva dicha apelación.
3. Algunos otros presuntos ilícitos no fueron denunciados por la CONASUPO, hasta que la Comisión de Investigación del Funcionamiento de CONASUPO y sus Empresas Filiales de la LVI Legislatura, hizo las recomendaciones al Ejecutivo Federal sobre diversos hechos. Como fue el caso de la Averiguación Previa 10218/FEPFB/96, relacionada con las irregularidades de MICONSA Guerrero, S.A. de C.V., que actualmente se encuentra en consulta en la propia Procuraduría General de la República, para determinar si operó o no la prescripción.
4. Si bien existe un fiscal especial, Lic. Aquiles Monter, según informó el C. Subprocurador, Lic. Everardo Moreno, éste no realizó funciones de coordinación de las distintas averiguaciones previas en proceso por diversos delitos cometidos en contra de la paraestatal y sus empresas filiales. A pesar de habérsele solicitado a la Procuraduría General de la República, a través del Lic. Everardo Moreno, en las distintas reuniones de trabajo, que era necesario buscar la conexidad que había entre los delitos y los indiciados para establecer si eran delitos aislados e independientes unos de otros, o bien formaban parte de una cadena. Este tipo de análisis permitiría establecer si eran producto de una organización delictiva, ya que al analizar las averiguaciones previas se encuentran elementos suficientes para que la Procuraduría General de la República hubiera iniciado las diligencias necesarias, a fin de determinar si las averiguaciones previas 12096/FESPLE/96, 10218/FESPLE/96, 10220/FESPLE/96, 10219/FESPLE/96, 3521/DAFJM/98, SCGD/GGI/027/97 y 12589/FESPLE/96 tenían conexidad entre ellas y determinar quien o quienes más podían estar involucrados.
5. El proceso abierto en contra de Salvador Giordano Gómez (SCGD/GGI/027/97), acusado de enriquecimiento ilícito, tiene relación directa con el caso CONASUPO, toda vez que ese hecho fue durante el tiempo que prestó sus servicios para dicha empresa. Es necesario destacar que, hasta que la Comisión CONASUPO de la LVI Legislatura hizo la recomendación respectiva al Ejecutivo Federal, la SECODAM instruyó a la CONASUPO presentar denuncia en contra de Salvador Giordano Gómez (Ref. CAJ-03134 del 11 de octubre de 1996), aunada a la denuncia de algunos diputados de la propia LVI Legislatura, en las que se señalan una serie de irregularidades presuntamente cometidas por Giordano; sin embargo, la Procuraduría General de la República lo requirió sólo como testigo de uno de los casos en contra de Raúl Salinas de Gortari; y como esa era otra Averiguación Previa que llevaba otra fiscalía, a Giordano no se le interrogó como indiciado.
6. La participación del Ministerio Público Federal en el interrogatorio de Salvador Giordano Gómez, celebrado el 17 de octubre de 1998, quien se encontraba bajo arraigo domiciliario para servir como testigo en uno de los casos en contra de Raúl Salinas de Gortari, fue deficiente y dio muestras del nulo conocimiento que tenía el Ministerio Público Federal del caso CONASUPO, pues al interrogar a Salvador Giordano sobre su actuación como funcionario de la CONASUPO y de la SECOGEF en torno a las irregularidades detectadas en Maíz Industrializado CONASUPO, S.A. de C.V., y de sus diversas plantas industrializadoras de harina de maíz nixtamalizada, particularmente la de MICONSA Guerrero, S.A. de C.V., en las respuestas que éste daba, el Ministerio Público Federal no pudo detectar que estaba mintiendo.
7. De la declaración de Salvador Giordano cabe resaltar que el Lic. Mario Alberto Torres representante legal de Maíz Industrializado CONASUPO, S.A. de C.V., realizó una propuesta de denuncia penal sobre las irregularidades MICONSA Guerrero, de la cual Salvador Giordano sólo enteró al entonces Procurador General de la República, Enrique Álvarez del Castillo, según consta en su interrogatorio, sin que Giordano realizara denuncia formal de los hechos, cómo era su obligación por el cargo que ostentaba.
8. Un grave error de la Procuraduría General de la República, se muestra en el caso de Salvador Giordano Gómez, que al estar involucrado en la Averiguación Previa 10218/FESPLE/96, referida a MICONSA Guerrero en la que estuvo involucrado como funcionario de CONASUPO y como Subsecretario de la SECOGEF, en el interrogatorio que se le formuló, él enfáticamente niega tener conocimiento ni mucho menos responsabilidad alguna, con lo que miente a la autoridad, de acuerdo a las constancias procesales que integran la averiguación.
9. De estos elementos relacionados con Salvador Giordano Gómez, la Procuraduría General de la República no profundizó las investigaciones, siendo que se relacionan con las irregularidades detectadas, por la Comisión CONASUPO de las LVI y LVII Legislaturas, en los procesos para la desincorporación de las empresas filiales de CONASUPO; en donde se encuentran violaciones al marco normativo vigente. Los funcionarios y empresarios a los que se les deberá deslindar o fincar responsabilidades son:
10. Los procesos administrativos ante la Secretaría de la Contraloría y Desarrollo Administrativo, que tuvieron resolución en contra de los servidores públicos involucrados, no pudieron ser sujetos de revisión y comprobación de su total cumplimiento, dado que la Tesorería General de la Federación no entregó la información que la Comisión le solicitó para verificar que las sanciones económicas aplicadas se hubiesen cumplido, explicando que no era posible saber si se había cubierto, o no, el pago de la sanción, debido a que ni la SECODAM ni la Tesorería tienen un sistema de seguimiento del cumplimiento de las sanciones económicas a que se hacen acreedores los servidores públicos.
11. La Secretaría de la Contraloría y Desarrollo Administrativo no fue uniforme en su criterio al realizar las determinaciones de qué asuntos eran competencia de la Procuraduría General de la República, es decir de carácter penal, y qué asuntos eran de carácter administrativo, provocando impunidad, y en consecuencia, posible responsabilidad para los servidores públicos de la SECODAM.
12. El pago realizado por la CONASUPO a MASECA, por concepto de deterioro financiero, de acuerdo al finiquito del 5 de Diciembre de 1989, fue indebido, en virtud de que se llevó a cabo sin que existiera normatividad que lo fundamentara al momento de hacerlo y contravenía un acuerdo del propio Consejo que había declarado improcedente dicho pago. Los integrantes del Consejo de Administración de CONASUPO que aprobaron dicho pago son los siguientes: Dr. Jaime Serra Puche; Lic. Eugenio Carrión Rodríguez; Lic. Jorge de la Vega Domínguez; Dr. Pablo Lara Ontiveros; Lic. José Luis Perdigón Labrador; Lic. Jorge Terrones López; Dr. Jorge Espinoza de los Reyes; Lic. Carlos Ruíz Sacristán; y Comisario, Roberto Alor Terán.
RECOMENDACIONES
1. Se exhorta a la Procuraduría General de la República y a la Secretaría de la Contraloría y Desarrollo Administrativo para que informen a la sociedad el monto de los daños ocasionados a la CONASUPO; y a cuánto asciende el resarcimiento de los mismos, es decir, el monto de la reparación del daño a favor de dicha paraestatal y sus filiales
2. Se solicita a la Procuraduría General de la República, revoque el auto de reserva de la Averiguación Previa 12096/FESPLE/96, dado que existen nuevos elementos que acreditan que el pago fue indebido y, consecuentemente, lo que procede es ejercitar acción penal por los delitos de Ejercicio Indebido de Servicio Público y Uso Indebido de Atribuciones y Facultades.
3. Se le solicita al Poder Ejecutivo Federal gire las instrucciones a la SECODAM para que informe sobre el cumplimiento de las sanciones y el monto ingresado a la Tesorería General de la Federación, por efecto del cumplimento de dichas sanciones.
4. Con respecto a la Averiguación Previa 10218/FEPFB/96, relacionada con las irregularidades en la construcción de la planta de MICONSA Guerrero, S.A. de C.V., en caso de que la Dirección General de Control de Procedimientos Penales de la Procuraduría General de la República resuelva el no ejercicio de la acción penal por haber operado la prescripción, se deberá de recurrir al amparo indirecto ante un Juez de Distrito.
5. Que el Ejecutivo Federal instruya a la Procuraduría General de la República a llevar a cabo una investigación más a fondo sobre la conexidad de hechos delictivos en las diversas Averiguaciones Previas relacionadas con la COANSUPO y sus Empresas Filiales, y la posible participación de Salvador Giordano Gómez, y cómplices.
6. Es necesario que la Procuraduría General de la República investigue si las múltiples deficiencias contenidas en las denuncias presentadas por la CONASUPO fueron intencionales, para determinar si con ello los representantes legales de dicha paraestatal pretendían lograr la impunidad de los involucrados en las denuncias.
7. Es indispensable que la Procuraduría General de la República asigne personal especializado del Ministerio Público Federal, que esté dedicado de manera específica a la investigación de los presuntos delitos cometidos en perjuicio de la CONASUPO y sus Empresas Filiales.
Daño Patrimonial al Erario Público
Daño patrimonial al Erario Público Federal, generado por las irregularidades detectadas en las seis Líneas de Investigación, de acuerdo a la auditoría practicada a las operaciones de CONASUPO y sus empresas filiales, con resultados al 25 de junio de 1999:
Dictamen
El dictamen de las conclusiones en relación al daño patrimonial al erario público federal generado por las irregularidades detectadas en las seis líneas de investigación, fue aprobado por mayoría de votos de los diputados presentes en la quinta sesión permanente de la 37ª Reunión de Trabajo de esta Comisión, realizada el 28 de octubre del presente año; como sigue:
"......................
Dip. Juan José Cruz Martínez: Ponemos a consideración de los señores Diputados lo siguiente: Las conclusiones en relación al daño patrimonial al Erario Público Federal:
El daño patrimonial al Erario Público Federal, de acuerdo a la auditoría practicada a las operaciones de CONASUPO y sus Empresas Filiales, con resultados al 25 de junio de 1999, es de 1 billón 631 mil 352 millones, 919 mil 220 pesos. Pago de comisiones por contratos exclusivos de distribución de harina de maíz, 49 mil 115 millones, 205 mil 643 pesos; pago de maquila a MICONSA Atlacomulco, S.A. de C.V., 54 mil 289 millones, 475 millones, 475 mil 90 pesos; pago indebido del deterioro financiero a Maseca, 15 mil 760 millones, 979 mil pesos; diferencia en la venta de plantas y marcas de LICONSA, 57 mil millones, 150 mil pesos, faltante de leche en polvo irlandesa de 1986, 4 mil 477 millones, 875 mil pesos con 42 centavos, diferencia en la venta de MICONSA Atlacomulco, S.A. de C.V., 11 mil 279 millones, 310 mil pesos; inversión no recuperada en la planta MICONSA Guerrero, S.A. de C.V., 15 mil 140 millones, 53 mil 600 pesos; sobreprecio pagado en la construcción de la planta de MICONSA Guerrero S.A. de C.V., 9 mil 718 millones, 686 mil 400; Mermas, mil 414 millones de millones, 456 millones, 187 mil 445 pesos.
".............Está a consideración la aprobación de los datos dados a conocer por el daño patrimonial al Erario Público Federal.
Los Diputados que estén de acuerdo en la aprobación de este punto, sírvanse manifestarlo.
Aprobado por mayoría.............."45
Notas:
1 Oficio CRICP/19/10/98/0028/ELM/PFE/amf. Del 19 de octubre de 1998.
2 Informe Final Primera Partes. Relación de Asistentes a las Reuniones de Trabajo de la Comisión Conasupo.
3 Informe Final. Primera Parte. Tomo II. Relación de Documentos que se han solicitado a diferentes dependencias . Octubre 1999.
4 Informe Final. Primera Parte. Tomo III. Contratos de Prestación de Servicios.
5 Informe Final de la Línea de Investigación No. 3. Anexo3.4 Tomo. Visión de los Funcionarios.
6 Informe Final......... LVI Legislatura; Comisión Investigadora.
7 Informe Final de Actividades "B" Despacho Jurídico Dr. Carlos Daza Gómez. 22 de febrero 1999.
8 Ver Informe Final de la Línea No. 1 y los ANEXO 1.1 Convenios y Contratos TOMO I. TOMO II Daño Patrimonial
9 Ver Informe Final de la Línea No. 1 y los ANEXO 1.1 Convenios y Contratos TOMO I. TOMO II Daño Patrimonial
10 ANEXO 1.1. TOMO I. Convenios y Contratos; oficio de las empresas harineras.
11 Informe Final Línea 1 ANEXO 1.1 TOMO II. Informe Final de Auditoría. González Cerroblanco y Cía, Marzo 1999.
12 Informe Final Línea 1 ANEXO 1.1 TOMO II Informe Final de Auditoría. González
13 Informe Final. Primera Parte. TOMO 1. Minuta de la Segunda Sesión Permanente de la 37ª Reunión de Trabajo
14 Art. 32DPEF 1986; Art 30 1987; Art 26 DPEF 1989; Art 26 DPEF 1990;
15 Anexos V.QUI-017, V.QUI-008, V.QUI-009
16 Acuerdo Presidencial signado a los veintinueve días del mes de abril de mil novecientos ochenta y uno por José López Portillo
17 Informe Final. Primera Parte. Tomo I. Acta de la Quinta Sesión Permanente de la 37ª Reunión de Trabajo.
18 Informe Final de la Línea de Investigación No. 3
19 Idem.
20 Primer Acuerdo 90-XIV-E-91 de la Comisión Intersecretarial Gasto-Financiamiento. En: "Actas del Consejo de Administración", sesión 239 del 25 de marzo de 1991. Como observación, se señala que en la sesión del Consejo 240 existe otra relación de activos con el mismo número de acuerdo pero éste para los centros de recría y de acopio, el encargado de la venta en este caso es Liconsa. En el primer caso, se señala a Banca Cremi, S.N.C. como la responsable de la venta.
21 Informe Final de la Línea de Investigación No. 3. Anexo 3.2 MICONSA Atlacomulco Tomo II
22 Informe Final de Actividades "B" Despacho Jurídico. Dr. Daza Gómez. Febrero 1999 Anexo 6.1
23 Informe Final de la Línea de Investigación No. 1.
24 Av. Previa SCGD/661/027/97. Proceso 97/98-1 Juzgado de Distrito décimo primero en materia penal en el D.F. y A.P. 3521/DAFMJ/98, Mesa I-DAMS/98, Anexo 1. Informe Final de Actividades "B". Dr. Carlos Daza Gómez.
25 Informe Final.......... Dr. Carlos Daza Gómez, Anexo 1, A.P. 10218/FEPFB/96
26 Anexo 3.3 MICONSA Guerrero. Tomo III Ver Minuta de Trabajo, en Informe de la visita al Estado de Guerrero, Chilpo. Gro. Marzo 199, pags. 30,31 y 32.
27 La presente cronología, se basó en el Informe de la Auditoría practicada a Maíz Industrializado CONASUPO S.A. de C.V. (Construcción de la planta indutrializadora de harina de maíz, en Acapulco, Gro.) por la Dirección General de Auditoría Gubernamental de la Secretaría de la Contraloría General de la Federación (SECOGEF) del 31 de mayo de 1989; el Informe de Resultados de la Auditoría practicada al proyecto MICONSA Guerrero por la empresa de auditoría externa Ginfos, S.A. de C.V. del 13 de noviembre de 1989; el escrito de denuncia que presentó el Apoderado General de CONASUPO ante la Procuraduría General de la República, por irregularidades detectadas en la construcción de la planta de Maíz Industrializado CONASUPO, S.A. de C.V.; la AP 10218/FEPFB/96 con sus anexos, la revisión de correspondencia entre el Gobierno del estado de Guerrero, MICONSA y SECOGEF; y copias de todos los contratos y convenios a que se refiere esta cronología.
28 Informe Final de la Auditoría a Diversos Aspectos del Funcionamiento de CONASUPO y sus Empresas Filiales. González Cerroblanco y Cia. Marzo de 1999.
29 Dictamen de la Revisión de Evaluación Técnica de Normatividad del Proyecto de MICONSA Guerrero. Resumen Ejecutivo. Noviembre de 1989, MICON-079.
30 Ibid..... Informe SECOGEF. 31 de mayo de 1989. SECODAM-007.
31 Informe Final de la Línea de Investigación No. 3. Anexo 3.3. MICONSA Guerrero. Tomo I y II.
32 Informe Final de la Línea de Investigación No. 5. Pp. 46,47
33 Informe Final de la Línea de Investigación No. 5. Pag. 60. Anexo 5.3 Tomo II. Cronología de Hechos y Acciones. 1986-1988
34 Informe Final de la Línea de Investigación No. 5 Anexo 5.3 Tomo II Cronología de Hechos. Informe de las pruebas de dilución.
35 Cuestionario de la Nota Informativa emitida por la Comisión CONASUPO de la LVII Legislatura, el día 19 de octubre de 1998. Anexo 2
36 Ver Informe Final de la Línea de Investigación no. 6.
37 Esta cantidad es resultado del estudio de las 101 averiguaciones previas que realizó el Dr. Carlos Daza, y no considera indexación alguna. Anexo Y
38 Precio de maquila y penas convencionales
39 Avalúo mínimo menos precio final convenido.
40 Importe de 8,714.125 TM al costo de adquisición de $513,863.99 TM. (se incluyen 3,720.875 TM. reportadas como devoluciones por no haber encontrado evidencia de que éstas sean leche irlandesa de 1986).
41 Parte proporcional del Gobierno Federal (49%), sobre la base de $23,019'000,000.00
42 Aportación total del Gobierno Federal menos equipo recuperado.
43 Parte proporcional de la inversión del Gobierno Federal sobre la base de $10,715'200,000.00
44 Total contabilizado en el periodo de 1986-1990, sin deducción alguna en virtud de que los conceptos considerados como mermas estaban debidamente protegidos con los seguros correspondientes.
45 Versión Estenográfica de la Quinta Sesión de la 37ª Reunión de Trabajo de esta Comisión; celebrada el 28 de octubre de 1999.
Acta de dictamen técnico del Informe final de esta Comisión
Línea número 1
Siendo las ... horas del día de la fecha y encontrándose reunida la Comisión que investiga el caso Conasupo y sus Empresas Filiales, los abajo firmantes miembros de esta Comisión emitimos el siguiente dictamen por Línea de Investigación:
Dip. Agustín Miguel Alonso Raya, PRD, (aprobado; rúbrica)
Dip. Alberto López Rosas, PRD, (aprobado; rúbrica)
Dip. Margarita Pérez Gavilán, PAN, (aprobado; rúbrica)
Dip. Abelardo Perales Meléndez, PAN, (aprobado; rúbrica)
Dip. Jaime Hugo Talancón Escobedo, PRI
Dip. Enrique Jackson Ramírez, PRI
Dip. Juan José Cruz Martínez, PT, (aprobado; rúbrica)
Dip. José Luis López López, PT, (aprobado; rúbrica)
Dip. Verónica Velasco Rodríguez, PVEM
Dip. Aurora Bazán López, PVEM, (aprobado; rúbrica)
México, DF, a 28 de octubre de 1999
Acta de dictamen técnico del Informe final de esta Comisión
Líneas número 2 y 4
Siendo las ... horas del día de la fecha y encontrándose reunida la Comisión que investiga el caso Conasupo y sus Empresas Filiales, los abajo firmantes miembros de esta Comisión emitimos el siguiente dictamen por Línea de Investigación:
Dip. Agustín Miguel Alonso Raya, PRD, (aprobado; rúbrica)
Dip. Alberto López Rosas, PRD, (aprobado; rúbrica)
Dip. Margarita Pérez Gavilán, PAN, (aprobado; rúbrica)
Dip. Abelardo Perales Meléndez, PAN, (aprobado; rúbrica)
Dip. Jaime Hugo Talancón Escobedo, PRI
Dip. Enrique Jackson Ramírez, PRI
Dip. Juan José Cruz Martínez, PT, (aprobado; rúbrica)
Dip. José Luis López López, PT, (aprobado; rúbrica)
Dip. Verónica Velasco Rodríguez, PVEM
Dip. Aurora Bazán López, PVEM, (aprobado; rúbrica)
México, DF, a 28 de octubre de 1999
Acta de dictamen técnico del Informe final de esta Comisión
Línea número 3
Siendo las ... horas del día de la fecha y encontrándose reunida la Comisión que investiga el caso Conasupo y sus Empresas Filiales, los abajo firmantes miembros de esta Comisión emitimos el siguiente dictamen por Línea de Investigación:
Dip. Agustín Miguel Alonso Raya, PRD, (aprobado; rúbrica)
Dip. Alberto López Rosas, PRD, (aprobado; rúbrica)
Dip. Margarita Pérez Gavilán, PAN, (aprobado; rúbrica)
Dip. Abelardo Perales Meléndez, PAN, (aprobado; rúbrica)
Dip. Jaime Hugo Talancón Escobedo, PRI
Dip. Enrique Jackson Ramírez, PRI
Dip. Juan José Cruz Martínez, PT, (aprobado; rúbrica)
Dip. José Luis López López, PT, (aprobado; rúbrica)
Dip. Verónica Velasco Rodríguez, PVEM
Dip. Aurora Bazán López, PVEM, (aprobado; rúbrica)
México, DF, a 28 de octubre de 1999
Acta de dictamen técnico del Informe final de esta Comisión
Línea número 5
Siendo las ... horas del día de la fecha y encontrándose reunida la Comisión que investiga el caso Conasupo y sus Empresas Filiales, los abajo firmantes miembros de esta Comisión emitimos el siguiente dictamen por Línea de Investigación:
Dip. Agustín Miguel Alonso Raya, PRD, (aprobado; rúbrica)
Dip. Alberto López Rosas, PRD, (aprobado; rúbrica)
Dip. Margarita Pérez Gavilán, PAN, (aprobado; rúbrica)
Dip. Abelardo Perales Meléndez, PAN, (aprobado; rúbrica)
Dip. Jaime Hugo Talancón Escobedo, PRI
Dip. Enrique Jackson Ramírez, PRI
Dip. Juan José Cruz Martínez, PT, (aprobado; rúbrica)
Dip. José Luis López López, PT, (aprobado; rúbrica)
Dip. Verónica Velasco Rodríguez, PVEM
Dip. Aurora Bazán López, PVEM, (aprobado; rúbrica)
México, DF, a 28 de octubre de 1999
Acta de dictamen técnico del Informe final de esta Comisión
Línea número 6
Siendo las ... horas del día de la fecha y encontrándose reunida la Comisión que investiga el caso Conasupo y sus Empresas Filiales, los abajo firmantes miembros de esta Comisión emitimos el siguiente dictamen por Línea de Investigación:
Dip. Agustín Miguel Alonso Raya, PRD, (aprobado; rúbrica)
Dip. Alberto López Rosas, PRD, (aprobado; rúbrica)
Dip. Margarita Pérez Gavilán, PAN, (aprobado; rúbrica)
Dip. Abelardo Perales Meléndez, PAN, (aprobado; rúbrica)
Dip. Jaime Hugo Talancón Escobedo, PRI
Dip. Enrique Jackson Ramírez, PRI
Dip. Juan José Cruz Martínez, PT, (aprobado; rúbrica)
Dip. José Luis López López, PT, (aprobado; rúbrica)
Dip. Verónica Velasco Rodríguez, PVEM
Dip. Aurora Bazán López, PVEM, (aprobado; rúbrica)
México, DF, a 28 de octubre de 1999
Indice de Anexos
Línea No. 1: Contratos exclusivos de distribución de harina de maíz de MICONSA.
ANEXO 1.1 Convenios y Contratos
TOMO I Convenios y Contratos
Minutas de reuniones
Carta de invitación
Relación de facturas
Oficios de harineras
Finiquito
TOMO II Daño Patrimonial
Informe Auditoría González Cerroblanco
Informe Despacho Jurídico Daza Gómez
Línea No. 2 y 4: Operaciones no usuales de dinero y revisión de los créditos solicitados por Conasupo.
ANEXO 2.1 Marco de referencia
ANEXO 2.2 Auditoría Financiera
ANEXO 2.3 Actividad E
ANEXO 2.4 Actividad A, F y J
ANEXO 2.5 Actividad D
ANEXO 2.6 Actividad H
ANEXO 2.7 Actividad G
ANEXO 2.9 Actividad C
ANEXO 10 Vertex
ANEXO 11 Contratos de Seguros
TOMO I Contratos de Seguros
TOMO II Pólizas de ASEMEX
Línea No. 3: Desincorporación de las inversiones en acciones y en la venta de los activos de MICONSA Guerrero, SA de CV, MICONSA Atlacomulco, SA de CV, y de las plantas productoras de LICONSA.
ANEXO 3.1 Liconsa
TOMO I Contexto de la desincorporación
TOMO II Contexto de la desincorporación
TOMO III Cronología de la desincorporación
TOMO IV Cronología de la desincorporación
TOMO V Cronología de la desincorporación
TOMO VI Cronología de la desincorporación
ANEXO 3.2 Miconsa Atlacomulco
TOMO I Marco normativo
TOMO II Desincorporación y venta
ANEXO 3.3 Miconsa Guerrero
TOMO I 1988-1989
TOMU II 1990
TOMO III 1993-1999
TOMO IV Registro Público de la Propiedad, Acapulco, Gro.
ANEXO 3.4 Visión de los Funcionarios
TOMO I Respecto de Liconsa y Miconsa
Línea No. 5: Importación de leche contaminada con radiactividad
ANEXO 5.1 Antecedentes
TOMO I LVI Legislatura-1988
TOMO II LVII 1996-97
ANEXO 5.2 Desarrollo de Investigación
TOMO I Enterramiento en la Anderson Clayton
ANEXO 5.3 Resultados de la Investigación
TOMO I Accidente de Chernobyl
TOMO II Cronología 1986-1988
ANEXO 5.4 Comparecencias y Entrevistas
TOMO I Dr. Jaime Martuscelli
Lic. José Ernesto Costemalle
TOMO II Ing. Miguel Medina
Quím. Ana María Carrera
TOMO III Lic. Héctor Fernández
Dr. Guillermo Soberón
TOMO IV Humberto Mosconi Castillo
Trabajadores de la Anderson Clayton
Línea No. 6: Seguimiento de las denuncias interpuestas ante la PGR y pagos hechos a Maseca
ANEXO 6.1 Informe Dr. Carlos Daza
ANEXO 6.2 Dictámenes Técnicos Daza
ANEXO 6.3 Dictámenes Técnicos Febrero, 99
ANEXO 6.4 Dictámenes Línea 5
ANEXO 6 5 Nota Informativa a la PGR
ANEXO 6.6 Informe González Cerroblanco, Marzo 1999
Considerando
1. Que con fecha 4 de noviembre de 1997 las Comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Presupuesto y Cuenta Pública, acordaron crear una Subcomisión de su seno, para investigar todo lo relacionado con los programas del Gobierno Federal para el saneamiento financiero de bancos y deudores.
2. Que la Comisión de Vigilancia de la Contaduría Mayor de Hacienda, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo décimo quinto transitorio del Decreto de Presupuesto de Egresos para 1998 creó la Subcomisión para dar seguimiento a la aplicación de los recursos destinados a los programas de apoyo a deudores y de saneamiento financiero.
3. Que igualmente, la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política acordó en su oportunidad, la creación del Comité Técnico de Seguimiento de las Auditorías practicadas a las Operaciones del Fondo Bancario de Protección al Ahorro.
4. Que a la fecha, por información de las comisiones respectivas, las Subcomisiones y Comité Técnico a que se refieren los puntos uno al tres anteriores han concluido totalmente los objetivos para los cuales fueron creados, en cuya razón resulta procedente que las comisiones respectivas den formalmente por terminados sus trabajos, a la vez que esta Junta de Coordinación Política, en atención a la desaparición de la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política por virtud de las reformas a la Ley Orgánica del Congreso, acuerde la terminación de los trabajos del Comité Técnico mencionado.
5. Que en atención a la naturaleza de la Junta de Coordinación Política como la expresión de la pluralidad de la Cámara y Organo Colegiado en el que se impulsan entendimientos y convergencias políticas con las instancias y órganos que resulten necesarios, resulta pertinente recomendar a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público, de Presupuesto y Cuenta Pública, y de Vigilancia de la Contaduría Mayor de Hacienda, procedan a dar formalmente por terminados los trabajos de las Subcomisiones, además de acordarse la terminación de los trabajos del Comité de referencia.
En razón de las anteriores consideraciones, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 33 y 34, párrafo 1 inciso g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y en los acuerdos parlamentarios relativos a la creación de las subcomisiones y comité materia de este acuerdo, la Junta de Coordinación Política, emite el siguiente
Acuerdo
Primero.- Se recomienda a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público, y de Presupuesto y Cuenta Pública, dar por terminados los trabajos de la Subcomisión para investigar todo lo relacionado con los Programas del Gobierno Federal para el saneamiento financiero de los bancos y deudores; así como, a la Comisión de Vigilancia de la Contaduría Mayor de Hacienda, los de la Subcomisión para dar seguimiento a la aplicación de los recursos destinados a los programas de apoyo a deudores y de saneamiento financiero.
Segundo.- Se dan por concluidos los trabajos del Comité Técnico de seguimiento a las auditorías practicadas a las operaciones del Fondo Bancario de Protección al Ahorro, creado por el Pleno de la Cámara a propuesta de la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política.
Tercero.- Corresponderá a la Comisión de Vigilancia de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Cámara de Diputados dar seguimiento a las acciones y actividades que haya realizado el Comité Técnico de Seguimiento a las Auditorías del Fobaproa, en función de las facultades que le confiere la Ley de Protección al Ahorro Bancario en términos del artículo Décimo Séptimo Transitorio de dicha Ley.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los veinticuatro días del mes de noviembre de 1999
Por la Junta de Coordinación Política
Dip. Arturo Núñez Jiménez (rúbrica)
Presidente
Dip. Carlos Medina Plascencia (rúbrica)
Coordinador del Grupo Parlamentario del PAN
Dip. Pablo Gómez Alvarez
Coordinador del Grupo Parlamentario del PRD
Dip. Jorge Emilio González Martínez
Coordinador del Grupo Parlamentario del PVEM
Dip. Ricardo Cantú Garza
Coordinador del Grupo Parlamentario del PT
De conformidad con el último párrafo del artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y del artículo 41 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, diputados y diputadas de la LVII Legislatura presentamos el pedido para la integración de una comisión investigadora de Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo.
El propósito especifico de la comisión de investigación será el de investigar el sistema de jubilaciones, el otorgamiento de las mismas y los nombres y asignaciones de quienes habiendo sido altos funcionarios de la institución gozan de jubilación así como el de las pensiones de los deudos de éstos.
La comisión deberá presentar informe a la Cámara la cual remitirá el mismo al titular del Poder Ejecutivo federal.
Palacio Legislativo, a 23 de noviembre de 1999.
Diputados del PRD: Pablo Gómez Alvarez, Jesús Martín del Campo Castañeda, Sergio Valdés Arias, José Luis Gutiérrez Cureño, Carlos Heredia Zubieta, Patria Jiménez Flores, Miguel Alonso Raya, Cuauhtémoc Velasco, Pedro Salcedo García, Lenia Batres Guadarrama, Alfonso Ramírez Cuellar, Jorge Ricardo Fernández, Luis Villanueva Valdovinos, Armando Aguirre Hervis, José Antonio Alemán García, Alvaro Arceo Corcuera, Norma Gabriela Argáiz Zurita, María del Socorro Aubry Orozco, Abraham Bagdadi Estrella, Margarita Barajas Olea, Israel Barraza Ayala, Bernardo Bátiz Vázquez, Clara Brugada Molina, Antonio Cabello Sánchez, Isael Petronio Cantú Nájera, Lázaro Cárdenas Batel, Ana Lilia Ceballos Trujeque, Ricardo Cervantes Peredo, Rufino Contreras Velázquez, Armando Chavarría Barrera, Gonzalo de la Cruz Elvira, Angélica de la Peña Gómez, Angel de la Rosa Blancas, Francisco de Souza Mayo, Marcelino Díaz de Jesús, José Díaz Reyes, Susana Esquivel Farías, Jesús Flores Carrasco, Claudia Carmen Fragoso López, Víctor Galván Gazcón, Luis Gálvez Gasca, Julieta Gallardo Mora, Fabiola Gallegos Araujo, José Luis García Cortés, Plutarco García Jiménez, Ricardo García Sáinz Lavista, Sergio George Cruz, Juan José González Davar, Adolfo González Zamora, Francisco Guevara Alvarado, Justiniano Guzmán Reyna, Joaquín Hernández Correa, Agapito Hernández Oaxaca, Antonio Lagunas Angel, Samuel Lara Villa, Teobaldo López Huertas, Alvaro López Ríos, Alberto López Rosas, Martha Irene Luna Calvo, Francisco Luna Kan, Samuel Maldonado Bautista, Alberto Martínez Miranda, Luis Meneses Murillo, Benito Mirón Lince, Victorio Montalvo Rojas, Martín Mora Aguirre, Carlos Morales Velázquez, Porfirio Muñoz Ledo, David Noyola Martínez, María de la Luz Núñez Ramos, Silvia Oliva Fragoso, Primitivo Ortega Olais, Sergio Benito Osorio Romero, María de los Dolores Padierna Luna, Antonio Palomino Rivera, Gilberto Parra Rodríguez, Manuel Pérez García, César Pineda Castillo, Cristina Portillo Ayala, Antonio Prats García, Felipe Rodríguez Aguirre, Mariano Sánchez Farías, José Sánchez Luna, Guadalupe Sánchez Martínez, Pablo Sandoval Ramírez, Enrique Santillán Viveros, Bernardo Segura Rivera, Demetrio Sodi de la Tijera, Saúl Solano Castro, Miguel Solares Chávez, Anastacio Solís Lezo, Ranulfo Tonche Pacheco, Estrella Vázquez Osorno, Violeta Vázquez Osorno, Esperanza Villalobos Pérez (rúbricas).
Diputados Independientes: Rogelio Chabolla García, Marcelo Luis Ebrard Casaubón (rúbricas).
Diputados del PT: Ricardo Cantú Garza, Juan José Cruz Martínez, José Adán Denis Macías, Baldemar Dzul Noh, Luis Patiño Pozas (rúbricas).
Diputados del PAN: Juan José Rodríguez Prats, Joaquín Montaño Yamuni, Eduardo Mendoza Ayala, Fernando Covarrubias, Adalberto Balderrama, Alvaro Elías Loredo, Pilar Valdez, Margarita Pérez Gavilán, Benjamín Gallegos Soto, Julio Castrillón, Antonio Galaviz, Jorge Humberto Zamarripa Díaz, Sandra Segura Rangel, Gustavo Villanueva García, Jesús Torres León, Felipe Jarero Escobedo, Porfirio Durán Reveles, Alberto Cifuentes Negrete, Fernando González Corona, Jeffrey Jones, Javier Algara, Juan Carlos Gutiérrez F., Martín Matamoros, Abelardo Perales Meléndez, Jorge Esparza, María Antonia Durán López, Patricia Espinosa Torres, Gustavo Vicencio Acevedo, Arturo Sáiz Calderón, Fortunato Alvarez, Jesús García León, Juan Carlos Ruiz García, José Jesús Montejo Blanco, Edgar Martín Ramírez Pech, Carlos Medina Plascencia, Jorge López Vergara, Beatriz Zavala Peniche, Baldemar Tudón Martínez, Germán Rufino Contreras, Carmen Escobedo Pérez, Héctor Flavio Valdez García, Javier Corral Jurado, Juan Bueno Torio, Javier Paz Zarza, Rogelio Sada, Gerardo Buganza Salmerón, Marco Antonio Adame Castillo, Juan Carlos Espina von Roehrich, Felipe de Jesús Cantú Rodríguez, Ramón María Nava González, José Antonio Alvarez Hernández, Felipe de Jesús Preciado, Rocío Morgán Franco, Margarita Chávez Murguía, Juan Cruz Martínez, María Elena Cruz Muñoz, Salvador Olvera, Leticia Villegas, Julio Faesler, Mario G. Haro, Francisca Haydeé García (rúbricas).
Considerando
1. Que es del interés de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, expresado por diversos diputados integrantes de la LVII Legislatura, conocer a mayor profundidad el diseño y operación del sistema de jubilaciones y pensiones que establece la normatividad aplicable al régimen laboral de Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo, a efecto de tener elementos de juicio sobre la operación de dicha institución en relación con sistemas análogos. Mas allá de la discusión pública que se ha dado en torno a información reciente sobre los montos que por concepto de pensiones otorga la citada institución financiera, el caso forma parte de un problema más complejo, tanto en términos presupuestales como de evaluación y seguimiento del gasto.
2. Que los bancos de desarrollo, al igual que diversas entidades del sector público son entidades de control presupuestario indirecto. Esto significa que el control y evaluación de su ejercicio de gasto lo realiza la Secretaría Coordinadora de Sector y no la Cámara de Diputados.
Al no estar sometidas a control presupuestario directo estas entidades, su política salarial, de prestaciones, y en general su política de gasto, no se somete a la autorización del Poder Legislativo, salvo en lo que se refiere a las transferencias que algunas de estas entidades reciben de su coordinadora de sector.
En el caso particular de la banca de desarrollo, es común que se reconozca la antigüedad de funcionarios que han trabajado en dependencias del gobierno federal asociadas al sector hacendario o financiero. Estas decisiones normalmente las toma su órgano de gobierno de manera discrecional. El problema no radica exclusivamente en lo que se refiere a pensiones sino también incluye otras prestaciones como préstamos personales a los que puede acceder personal de la banca de desarrollo.
Aún si la banca de desarrollo en situaciones normales no recibe transferencias del Gobierno Federal, dichas prestaciones sí implican un costo para el erario público en tanto que disminuyen la cantidad de recursos que, en su caso, podrían aportar al fínanciamiento del presupuesto.
3. Que en atención a las facultades y atribuciones que señala el artículo 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal a cargo de la Secretaría de la Contraloría y Desarrollo Administrativo del Gobierno Federal, resulta pertinente que, en primera instancia, se solicite a dicha dependencia del Ejecutivo Federal, proporcione a esta Cámara de Diputados, por conducto de las Comisiones Unidas de Presupuesto y Cuenta Pública y de Hacienda y Crédito Público, la información relacionada con el esquema de prestaciones de la institución financiera mencionada en el punto anterior, de manera que esta Soberanía pueda contar con elementos suficientes para el objetivo señalado.
De igual manera, es pertinente que las comisiones unidas antes mencionadas, creen una subcomisión de su seno que se encargue de recibir, analizar y evaluar dicha información, para los efectos señalados.
4. Que adicionalmente a las anteriores consideraciones, se tiene conocimiento de que el 29 de septiembre del presente año, mediante oficio CVCMH/320/99, la Presidencia de la Comisión de Vigilancia de la Contaduría Mayor de Hacienda solicitó al C. Contador Mayor de Hacienda información correspondiente "... al registro o relación oficial actual de las jubilaciones tempranas del Banco Nacional de Comercio Exterior, de Nacional Financiera, SC, y del Banco de México, con sus respectivos beneficiarios". Lo anterior, en atención al turno que fuera remitido a esa Comisión por la Mesa Directiva, de la proposición con punto de acuerdo presentada en la misma fecha por diputados de los grupos parlamentarios de los Partidos Acción Nacional, de la Revolución Democrática, y del Trabajo.
Con base en las anteriores consideraciones, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, párrafo 1; 44, párrafo 4, y 45, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos mexicanos, y en ejercicio de lo dispuesto por los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, los suscritos, sometemos a consideración de esta Cámara de Diputados, emita el siguiente
Acuerdo
Primero.- Se instruye a las Comisiones Unidas de Presupuesto y Cuenta Pública y de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados, a efecto de que soliciten oficialmente a la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo del Gobierno Federal, y demás autoridades competentes, toda la información relacionada con el diseño y operación del sistema de jubilaciones y pensiones, de Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo.
Se instruye igualmente a las comisiones unidas mencionadas, a crear una subcomisión de su seno, encargada de la recepción, análisis y evaluación de la información citada en el párrafo anterior.
Segundo.- Previa la entrega de la información solicitada, y una vez realizados los análisis y evaluaciones por parte de la subcomisión a que se refiere el punto anterior, las Comisiones Unidas de Presupuesto y Cuenta Pública y de Hacienda y Crédito Público, presentarán al Pleno de la Cámara de Diputados, en un término no mayor de 30 días a partir de la expedición del presente acuerdo, los resultados del estudio sobre las características y naturaleza del régimen de jubilación y pensiones de la Institución de referencia, con las observaciones y comentarios que juzguen pertinentes, a efecto de aportar a esta soberanía los elementos de juicio sobre la operación de dicha institución en la materia de que se trata.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro a los veintitrés días del mes de noviembre de 1999.
Dip. Arturo Núñez Jiménez, Coordinador del Grupo Parlamentario del PRI.
Diputados: Wintilo Vega Murillo, Víctor Manuel López Balbuena, Angelina Muñoz Fernández, Sadot Sánchez Carreño, Juan Manuel Sánchez Carreón (rúbricas).
Siendo las diecisiete horas veinte minutos del martes dieciséis de noviembre de mil novecientos noventa y nueve, en el salón de usos múltiples del edificio D, primer piso, se reunieron los diputados integrantes de la Comisión de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública, de conformidad a la convocatoria publicada en la Gaceta Parlamentaria de fecha 15 de noviembre del presente año, para el desahogo del siguiente orden del día:
1. Verificación del quórum
Se pasó lista de asistencia, encontrándose presentes los CC. diputados: Ricardo García Sáinz, Marcelo Luis Ebrard Casaubón, Javier Castelo Parada, Cuauhtémoc Velasco Oliva, Santiago Gustavo Pedro Cortés, Fortunato Alvarez Enríquez, Felipe de Jesús Cantú Rodríguez, Luis Fernando González Corona, Roberto Ramírez Villareal, Felipe de Jesús Rangel Vargas, Arturo Sáiz Calderón García, Agustín Miguel Alonso Raya, José del Carmen Enríquez Rosado, Carlos Heredia Zubieta, Sergio Benito Osorio Romero, Luis Rojas Chávez.
En virtud de que se contó con el quórum reglamentario, el Presidente de la Comisión, dip. lic. Ricardo García Sáinz, dio por iniciada la reunión.
2. Análisis, discusión y votación del anteproyecto de dictamen con proyecto de decreto que reforma los artículos 9 y 10 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 1999. Aprobado el día 26 de octubre de 1999, por la subcomisión creada para tal efecto.
Se procedió a someter a votación la dispensa de la lectura del dictamen, aprobándose por unanimidad. Acto seguido se sometió a votación el proyecto de dictamen y se aprobó el siguiente:
Acuerdo
Primero.- Se aprueba por unanimidad el dictamen con proyecto de decreto que reforma los artículos 9 y 10 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 1999.
Segundo.- Se asume el compromiso para dar mayores apoyos a la comercialización de granos en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el año 2000.
3. Asuntos Generales
No habiendo asuntos en cartera y siendo las dieciocho horas, se declara finalizada la reunión.
Dip. Ricardo García Sáinz
Presidente (rúbrica)
Dip. Guillermo Barnes García
Secretario
Dip. Marcelo Ebrard Casaubón
Secretario (rúbrica)
Dip. Javier Castelo Parada
Secretario (rúbrica)
Dip. Cuauhtémoc Velasco Oliva
Secretario (rúbrica)
DE LA COMISION DE CIENCIA Y TECNOLOGIA
A su reunión con rectores de las Universidades Públicas de todo el país, el miércoles 24 de noviembre, a las 9 horas, en el salón de usos múltiples del edifico D, primer nivel.
El tema principal de la reunión será el presupuesto para educación.
Atentamente
Lic. Luis Cisneros Moro
Secretario técnico
DE LA COMISION DE PATRIMONIO Y FOMENTO INDUSTRIAL
A su reunión con funcionarios de la Secofi y de la Red Cetro-Crece, el miércoles 24 de noviembre, a las 11 horas, en el salón C del restaurante Los Cristales.
Atentamente
Dip. Juan Bueno Torio
Presidente
DE LA COMISION DE FORTALECIMIENTO MUNICIPAL
A su décimo quinta reunión ordinaria, el miércoles 24 de noviembre, de las 13 a las 14 horas, en el salón de usos múltiples ubicado en el edificio D, primer nivel.
Orden del Día
1. Lista de asistencia y declaración de quórum legal.
2. Lectura y aprobación, en su caso, de minuta correspondiente a sesión anterior.
3. Presentación de Informe sobre acuerdos.
4. Análisis preliminar sobre fondos municipales en el paquete fiscal 2000 presentado por el Ejecutivo.
a) FAISM
b) FAFOMUN: Sistema de Compensación de Derechos de Agua a su cargo
c) Régimen de pequeños contribuyentes (Contaremos con la presencia del lic. Juan José Paullada Figueroa, procurador fiscal de la Federación, del lic. Mario Gabriel Budebo, coordinador general de Política de Ingresos y Coordinación Fiscal, así como de la lic. Evelyne Rodríguez Ortega, directora general de Programación y Presupuesto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público).
5. Asuntos generales.
Atentamente
Dip. Juan Marcos Gutiérrez González
Presidente
DE LA COMISION DE INVESTIGACION DEL IMPACTO ECOLOGICO AMBIENTAL DE LA EMPRESA DE PARTICIPACION ESTATAL MAYORITARIA EXPORTADORA DE SAL SA DE CV
A su reunión del miércoles 24 de noviembre, a las 11 horas, en la sala E, de la planta baja, del restaurante Los Cristales.
Orden del Día
1. Lista de asistencia.
2. Presentación del objetivo de la reunión.
3. Presentación por parte del embajador Andrés Rozenthal.
4. Sesión de preguntas y respuestas por parte de los diputados participantes.
5. Clausura.
Atentamente
Dra. Yolanda Alanís Pasini
Secretaria técnica
DEL COMITE DE ADMINISTRACION
A su reunión el miércoles 24 de noviembre, a las 14:30 horas, en el salón B del restaurante Los Cristales.
Atentemente
Ing. Enrique Sánchez Cabanillas
Secretario técnico
DE LA COMISION DE DESARROLLO SOCIAL
Al Coloquio Internacional Enfrentando el reto del Desarrollo Social, que se llevará a cabo los días 24 y 25 de noviembre de 1999, en el salón de actos del Palacio de Minería.
Con el propósito de fortalecer el debate y provocar una amplia reflexión sobre los retos que enfrenta México para la superación de pobreza y la desigualdad y encontrar elementos que enriquezcan la vertiente del marco jurídico y normativo, la Comisión de Desarrollo Social de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión y la Universidad Autónoma Metropolitana han convocado a investigadores, legisladores y funcionarios públicos especialistas en desarrollo social, a reflexionar y analizar los diversos enfoques y experiencias internacionales de las políticas públicas de desarrollo social y combate a la pobreza.
Programa del Coloquio Internacional: Enfrentando el reto del Desarrollo Social
Miércoles 24 de noviembre
10:00 horas Evento inaugural
10:00 Intervención a cargo del dr. Edmundo Jacobo, secretario general de la Universidad Autónoma Metropolitana.
10:10 Marco de referencia, diputada Clara Brugada Molina, Presidenta de la Comisión de Desarrollo Social.
10:15 Intervención del dr. Carlos Jarque Uribe, secretario de Desarrollo Social.
10:30 Declaratoria de Inauguración, diputado Presidente de la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados, Arturo Núñez Jiménez.
Maestra de ceremonias: dip. María del Carmen Corral Romero, secretaria de la Comisión de Desarrollo Social.
10:45 Receso
Mesa 1. Los modelos contemporáneos de la política social
11:00 Verónica Silva, Ministerio de Planificación y Cooperación de la República de Chile.
11:30 Rolando Franco, Comisión Económica para América Latina.
12:00 Marcos Villamán, asesor de la Presidencia de República Dominicana.
12:30 José Adelantado Gimeo, Universidad Autónoma de Barcelona, España.
13:00 Comentarista: Manuel Canto Chac, investigador de la UAM-X.
Comentarista: Pedro Moreno, investigador de la UAM-X.
14:00 Receso
Moderador: diputado Carlos Sobrino Sierra, secretario de la Comisión de Desarrollo Social
Mesa 2. La legislación sobre el desarrollo social
16:00 Dip. Isabel Chamorro Santamaría, Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica.
16:30 Dr. Debbi Singh Saini, Institute for Integrated Learning in Management, (IILM) Nueva Delhi, India.
17:00 José Luis Ruiz Navarro, Letrado de las Cortes Generales del Congreso de los Diputados de España.
17:30 Dip. Clara Brugada Molina, Presidenta de la Comisión de Desarrollo Social.
18:00 Comentarista: Dr. Fernando Castro y Castro Presidente de la Fundación Miguel Alemán.
Comentarista: Dr. Miguel Carbonell y Sánchez, investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas, UNAM.
Moderador: Diputado Rubén Fernández
Presidente de la Comisión de Población y Desarrollo
Jueves 15 de noviembre
Mesa 3. Experiencias innovadoras y nuevos actores en el desarrollo social
10:00 Arles Caruso, Montevideo, Uruguay.
10:45 Equidad de género, María de la Paz López, UNIFEM-ONU
11:30 Diversidad cultural, Francisco López Bárcenas, Asociación Mexicana para Naciones Unidas.
12:15 Gobierno local y desarrollo social, Gonzalo de la Maza, Santiago, Chile.
13:00 Comentarista: Leonardo Meza, Fundación Friedrich Ebert
Comentarista: Dra. Lucía Alvarez, Investigadora de la UNAM.
13:45 Receso
Moderador: Diputado Luis Patiño Pozas, secretario de la Comisión de Desarrollo Social.
Mesa 4. México: programas sociales y experiencias regionales
16:00 Conferencia Magistral, dr. Carlos Jarque Uribe, Secretario de Desarrollo Social, México.
16:30 Progresa y la superación de la pobreza, dra. Martha Schteingarth, Colegio de México.
17:00 Centralización/Descentralización de los programas sociales.
Dr. Gabriel Torres, Centro de Investigaciones y Estudios sobre Antropología Social de Occidente.
17:30 Desarrollo Productivo, Armando Bartra, Instituto de Investigaciones Rurales Maya AC.
18.00 Comentarista: Johnatan Molinet.
Moderador: Diputado Armando Aguirre Hervis, secretario de la Comisión de Desarrollo Social.
19:00 Evento de clausura
Presentación de la relatoría del coloquio a cargo del Dr. Edmundo Jacobo, secretario general de la UAM.
Clausura.
Maestro de ceremonias: Dip. Carlos Sobrino Sierra.
Atentamente
Dip. Clara Brugada Molina
Presidenta
DE LA COMISION DE DISTRIBUCION Y MANEJO DE BIENES DE CONSUMO Y SERVICIOS
A su reunión plenaria de trabajo, el jueves 25 de noviembre, a las 12 horas, en el salón Libertadores, ubicado en el edificio H, primer piso.
Orden del Día
1 . Lista de asistencia y declaración de quórum.
2. Lectura de conclusiones del acta anterior.
3. Análisis de la Iniciativa de Reformas y Adiciones a la ley General de Salud.
4. Propuesta para estudiar el marco jurídico de la Ley Federal de Protección al Consumidor.
5. Análisis de la Iniciativa de Decreto sobre el Derecho a la Alimentación.
6. Asuntos generales.
Atentamente
Dip. Víctor Manuel López Balbuena
Presidente
DE LA COMISION DE PROGRAMACION, PRESUPUESTO Y CUENTA PUBLICA
A su reunión plenaria, el jueves 25 de noviembre, a las 12 horas, en el salón E del restaurante Los Cristales.
Orden del Día
1. Verificación del quórum.
2. Instalación de la sesión permanente de la Comisión de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública, para el análisis, discusión y aprobación del proyecto de dictamen de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal para el ejercicio fiscal de 1998 y del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2000.
3. Asuntos generales.
Atentamente
Dip. Ricardo García Sáinz
Presidente
DE LAS COMISIONES UNIDAS DE RELACIONES EXTERIORES Y DE FORTALECIMIENTO DEL FEDERALISMO
A la visita a la Cámara de Diputados de una Delegación de la Comisión General de las Comunidades Autónomas de la Cámara de Senadores de las Cortes Generales del Reino de España, presidida por el señor don Joaquín Espert Pérez-Caballero, el jueves 25 de noviembre.
Programa de actividades
12:50 horas Recepción en la acera oriente de avenida Congreso de la Unión por los secretarios técnicos de las Comisiones de Relaciones Exteriores, de Fortalecimiento del Federalismo y del Comité de Asuntos Internacionales, acompañados por el director de Relaciones Interinstitucionales y de Protocolo.
Encuentro en la escalinata principal con una Comisión Plural de Diputados encabezada por los Presidentes de las Comisiones de Relaciones Exteriores, de Fortalecimiento del Federalismo y del Comité de Asuntos Internacionales, diputados Alfredo Phillips Olmedo, Ernesto A. Millán Escalante y Julio Faesler Carlisle, respectivamente.
13:50 horas Comida reunión de trabajo que ofrece en honor de la Delegación de la Cámara de Senadores de las Cortes Generales del Reino de España, el diputado Arturo Núñez Jiménez, Presidente de la Junta de Coordinación Política y Presidente de la X Reunión Interparlamentaria México-España, con la participación de diputados de las Comisiones de Relaciones Exteriores, de Fortalecimiento del Federalismo y del Comité de Asuntos Internacionales, de la LVII Legislatura de la Cámara de Diputados.
Intervención del diputado Francisco José Paoli Bolio, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.
Intervención del senador don Joaquín Espert Peréz-Caballero, Presidente de la Comisión General de las Comunidades Autónomas del Senado Español.
Intervención del diputado Ernesto A. Millán Escalante, Presidente de la Comisión de Fortalecimiento del Federalismo,
Intercambio parlamentario sobre el Tema Organización Territorial del Estado Mexicano.
Sesión de preguntas y respuestas.
Entrega de la Medalla Conmemorativa de la LVII Legislatura de la Cámara de Diputados.
Firma del Libro de Visitantes Distinguidos.
Atentamente
Dip. Alfredo Phillips Olmedo
Presidente de la Comisión de Relaciones Exteriores
Dip. Ernesto A. Millán Escalante
Presidente de la Comisión de Fortalecimiento del Federalismo
DE COMISION DE ASENTAMIENTOS HUMANOS Y OBRAS PUBLICAS
A su décima primera reunión plenaria, el jueves 25, a las 16 horas, en el salón Leona Vicario ubicado en el edificio H planta baja.
Orden del Día
1. Lista de asistencia.
2. Lectura y dictamen de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
3. Lectura y dictamen de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
4. Asuntos generales.
Atentamente.
Dip. Angelina Muñoz Fernández
Presidenta
DE LA COMISION DE PROGRAMACION, PRESUPUESTO Y CUENTA PUBLICA
A su reunión de trabajo con funcionarios del Instituto Federal Electoral, el lunes 29 de noviembre, a las 17 horas, en el salón Presidentes, ubicado en el edificio H, segundo nivel.
El objeto de dicha reunión será realizar el análisis de los resultados de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal correspondiente al ejercicio fiscal de 1998.
Atentamente
Dip. Ricardo García Sáinz
Presidente
DE LA COMISION DE LA REFORMA AGRARIA
Al Coloquio Internacional Reforma Agraria y Desarrollo: la Transformación de la Sociedad Rural en el siglo XXI, el cual se llevará a cabo los días 6, 7 y 8 de diciembre, en la ciudad de Puebla.
Atentamente
Dip. Joel Guerrero Juárez
Presidente
DE LA COMISION DE RELACIONES EXTERIORES
A la reunión y desayuno que sostendrán diputados con el excelentísimo embajador Bilahari Kausíkan, enviado especial del primer ministro de Singapur y subsecretario de Relaciones Exteriores de ese país, el miércoles 1 de diciembre, a partir de las 8:30 horas.
Programa de Actividades
8:30 horas. Recepción en la acera oriente de avenida Congreso de la Unión por los secretarios técnicos de las Comisiones de Relaciones Exteriores y del Comité de Asuntos Internacionales, acompañados por el director de Relaciones Interinstitucionales y de Protocolo.
Desayuno que ofrecen en su honor los integrantes de la Comisión de Relaciones Exteriores.
10:15 horas. Entrevista con el diputado Francisco José Paoli Bolio, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.
Visita guiada11:30 horas. Traslado al Salón de Sesiones
Video introductorio en inglés