- De la Comisión de Régimen Interno y Consideración Política. (Cambios de integrantes de Comisión).
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SESION DEL VIERNES 11 DE DICIEMBRE DE 1998. INICIO 10 HORAS
Lectura del acta de la sesión anterior.
Comunicaciones
Del Congreso del estado de Querétaro.
De la Comisión de Régimen Interno y Consideración Política. (Cambios de integrantes de Comisión).
Iniciativas de ciudadanos diputados
Que adiciona un artículo 190 Bis a la Ley General de Salud, a cargo del C. dip. Alejandro Jiménez Taboada, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión).
Que adiciona un párrafo segundo, a la fracción V, del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del C. dip. Manuel García Corpus, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión).
Reformas y adiciones a la Ley del Impuesto al Valor Agregado, a cargo del C. dip. Juan Manuel Félix León, de la Comisión de Bosques y Selvas. (Turno a Comisión).
Que adiciona la fracción XXXVI al artículo 3; la fracción 21 al artículo 15 y reforma el artículo 39 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, a cargo del C. dip. Lino Cárdenas Sandoval, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión).
Que adiciona y reforma diversas disposiciones de las Leyes Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos y de Instituciones de Crédito, a cargo de diputados integrantes de la Comisión de Asuntos Fronterizos. (Turno a Comisión).
De reformas a los artículos 40 de la Ley General de Educación y párrafo IV del artículo 15 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, a cargo del C. dip. Benjamín Gallegos Soto, del grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión).
De reformas a los artículos 27 y 28 constitucionales, en materia de Hidrocarburos, a cargo de la C. dip. Pilar Valdés González Salas, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión).
De reformas a los artículos 258, 259, 263 y 265 de la Ley del Seguro Social, a cargo del C. dip. Gonzalo Rojas Arreola, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión).
De adición de un artículo transitorio al Decreto Aprobatorio del Presupuesto de Egresos de la Federación para 1999, a cargo del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión).
De Ley Reglamentaria del artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al Sector Social de la Economía, a cargo del C. dip. Gustavo Arturo Vicencio Acevedo, del grupo parlamentario del PAN. (Turno a Comisión).
Proposiciones
Con Punto de Acuerdo sobre la No Modificación al artículo 36 de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo del C. dip. José Adán Deniz Macías. (Turno a Comisión).
Para una distribución equitativa de apoyos directos para el campo mexicano, a cargo del C. dip. Sergio Valdés Arias, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión).
Con Punto de Acuerdo sobre la Iniciativa de Decreto que reforma la Ley de Coordinación Fiscal y el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para 1999, a cargo del C. dip. Luis Meneses Murillo, del grupo parlamentario del PRD. (Turno a Comisión).
Con Punto de Acuerdo para que las Comisiones de Trabajo y Previsión Social y de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública, intervengan en el conflicto entre los trabajadores de la Sección 65 del Sindicato Minero y la Empresa Mexicana de Cananea, a cargo de la diputación de Sonora. (Turno a Comisión).
Con Punto de Acuerdo para cambiar la denominación de la Comisión de Atención y Apoyo a Discapacitados, a cargo del C. dip. Eliher Saúl Flores Prieto, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión).
Excitativa
A la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política, a cargo del grupo parlamentario del PRD.
Dictámenes a discusión
De la Comisión de Ganadería con Proyecto de Ley de Organizaciones Ganaderas. (Publicado en la Gaceta Parlamentaria el 9 de diciembre.- Discusión y Votación).
De las Comisiones Unidas de Vivienda y del Distrito Federal, con Proyecto de Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal. (Publicado en la Gaceta Parlamentaria el 9 de diciembre.- Discusión y Votación).
DE LA CRICP
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 34, 27 incisos b y d; y 45, fracciones I y VI de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como por el artículo 21, fracción III, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y por los artículos quinto y noveno del Acuerdo Parlamentario relativo a las Sesiones, Integración del Orden del Día, los Debates y las Votaciones de la Cámara de Diputados, aprobado en la sesión efectuada el 6 de noviembre de 1997, adjunto a la presente podrá encontrar el siguiente documento signado por el dip. Arturo Núñez Jiménez, coordinador del grupo parlamentario del PRI, donde solicita cambios en comisiones. Lo anterior para que se le dé el trámite correspondiente.
QUE ADICIONA UN ARTICULO 190 BIS A LA LEY GENERAL DE SALUD, A CARGO DEL DIP. ALEJANDRO JIMENEZ Taboada, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de Mexico
Jorge Emilio González Martínez, Aurora Bazán López, Jorge Alejandro Jiménez Taboada, Gloria Lavara Mejía y Verónica Velasco Rodríguez, diputados de la LVII Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrantes del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 31 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, 56, 60 y 64 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicitamos se turne a la Comisión de Salud, para su dictamen y posterior discusión en el Pleno de la H. Cámara de Diputados de la LVII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, la siguiente iniciativa de ley:
Exposición de Motivos
En los países en desarrollo, el consumo de cigarrillos por adulto se elevó de 1400 cigarrillos por año a 1500, y aún se espera un incremento de 1.7 por ciento por año.
El consumo frecuente del tabaco hace propensas a las personas que fuman, a padecer diversas enfermedades pulmonares, que van desde una simple tos o el descenso en sus defensas, hasta el enfisema pulmonar o cáncer en los pulmones, consecuencia directa e inmediata de esa adicción y que en última instancia, conducen a la muerte.
Actualmente se producen alrededor de 3 millones de muertes al año derivadas del consumo del tabaco en el mundo, de las cuales sólo una tercera parte ocurre en los países en desarrollo. Si la tendencia actual persiste, la mortandad por esta causa será aproximadamente de 10 millones anualmente, de manera que ésta, en un lapso 30 o 40 años, ocurrirá principalmente hasta en un 70 por ciento, en los países en desarrollo.
Parece fácil decir que cada 10 segundos una persona muere a causa del tabaco, pero en realidad es trágico.
Por lo anterior, al tratarse de un asunto de orden público, interés social y materia de salubridad general, según se desprende del artículo 1 in fine, y de la lectura de la fracción XX del artículo 3 de la Ley General de Salud, corresponde al Estado la obligación de erradicar los males producidos por el consumo del tabaco al establecer para ese efecto un programa contra el tabaquismo.
Huelga decir, que según investigaciones recientes, se demuestra que el consumo del tabaco hace que, al ser frecuente, se convierta en una adicción difícil de erradicar, que requiera de tratamientos psicológicos y médicos, y causa daño, o inestabilidad en la salud de los consumidores.
Ante tal panorama, se muestra como urgente la adopción tanto de medidas preventivas para desincentivar el consumo del tabaco, como de aquellas otras orientadas a remediar los efectos nocivos que dicho consumo produce a los que ya, el día de hoy, padecen los efectos negativos del consumo del tabaco.
Dejar de adoptar acciones preventivas contra los efectos de la adicción al tabaco, redundará en la muerte innecesaria y prematura de 100 millones de personas, aproximadamente, de hoy y hasta el año 2030.
Los riesgos de fumar son considerablemente más elevados de lo que se cree, especialmente cuando se comienza a fumar durante la adolescencia. Los fumadores persistentes tienen un 50 por ciento de posibilidades de morir a consecuencia del cigarro. Fumar, de hecho, ha sido considerado como el más grande y previsible factor de muerte prematura, incapacidad y enfermedades.
Ante el Pleno de esta Asamblea fueron propuestos y aprobados en fechas recientes por este grupo parlamentario, dos puntos de acuerdo orientados a la prohibición de fumar en el interior de este recinto durante las sesiones, y en los lugares donde las Comisiones lleven a cabo sus reuniones de trabajo. Dichas medidas pueden y deben hacerse extensivos a otros edificios públicos donde igualmente concurren un número importante de personas, muchas de las cuales no tienen el menor interés en fumar pero que los efectos de los cigarrillos de aquellos otros que sí fuman, los afectan involuntariamente en su salud.
La propuesta que ahora presentamos, está orientada a erradicar ese mal que afecta en su salud a los que no tiene interés ni deseo de fumar, adicción con efectos bastante negativos, como hemos venido diciendo, que los afectaría directa aunque no inmediatamente.
Las consecuencias negativas en la salud por fumar no son tan inmediatas como sucede con otras sustancias peligrosas. Existe una demora de 30 a 40 años entre la relación de fumar y la muerte, eso hace que los riesgos del uso del tabaco sean subestimados por el público, e incluso por muchas de las autoridades responsables de la protección y promoción de la salud pública.
Por todo lo anterior, el grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, como salvaguarda de la salud y de las condiciones de vida de los habitantes de nuestro país, presenta la iniciativa para evitar que quienes no desean consumir tabaco, con los consabidos efectos negativos que se producen en la salud, permitir que continúen afectando a los llamados fumadores pasivos que no tienen por qué padecer los efectos de un mal social al que ellos no contribuyen.
Por ello, sometemos a esta Cámara de Diputados de la LVII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, la presente iniciativa de:
DECRETO mediante el cual se adiciona un artículo 190-Bis a la Ley General de Salud
ARTICULO UNICO.- Se adiciona un artículo 190-Bis a la Ley General de Salud, para quedar como sigue:
Artículo 190 Bis.- Queda prohibido fumar en el interior de los edificios públicos de jurisdicción federal, así como en los espacios cerrados de la misma índole, con excepción de aquellos destinados para los fumadores.
A todo el personal, visitantes y público en general que se encuentren en el interior de los edificios públicos de jurisdicción federal, que fumen o inciten a fumar a otro cigarros, cigarrillos o pipas, haya sido o no apercibido de la prohibición, serán sancionado por la autoridad administrativa que determine el reglamento correspondiente, con multa equivalente a cinco días de salario mínimo. Si se trata del personal administrativo que labora en el interior de los edificios públicos mencionados, la sanción será impuesta por su superior jerárquico.
La multa podrá ser aumentada al doble si el que comete la conducta sancionada, reincide.
Transitorio
UNICO.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la H. Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a los 11 días del mes de diciembre de 1998.
Dip. Jorge Emilio González Martínez, dip. Verónica Velasco Rodríguez, dip. Alejandro Jímenez Taboada, dip. Gloria Lavara Mejía, dip. Aurora Bazán López.
QUE ADICIONA UN PARRAFO SEGUNDO, A LA FRACCION V, DEL ARTICULO 115 DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A CARGO DEL C. DIP. MANUEL GARCIA CORPUS, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
Los que suscribimos, diputados a la LVII Legislatura del Congreso de la Unión, en ejercicio de la facultad que nos otorga la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de 108 Estados Unidos Mexicanos y con apoyo en lo previsto en los artículos 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentamos ante ustedes, la presente Iniciativa de Decreto por el que se adiciona un párrafo segundo a la fracción V del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Exposición de Motivos
I. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo 115 que las entidades federativas adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo y popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa, el municipio libre.
II. El propio artículo establece que cada municipio será administrado por un ayuntamiento de elección popular directa, sin que medie autoridad alguna entre aquel y el gobierno del estado.
III. Que igualmente el citado artículo 115 constitucional, dispone que los municipios, con el concurso de los estados, cuando así fuere necesario y lo determinen las leyes, tendrán a su cargo los siguientes servicios públicos:
b) Alumbrado público.
c) Limpia.
d) Mercados y Centrales de Abasto.
e) Panteones.
f) Rastro.
g) Calles, parques y jardines.
h) Seguridad Pública y Tránsito, e
i) Los demás que las legislaturas locales determinen según las condiciones territoriales y socioeconómicas de los municipios, así como su capacidad administrativa y financiera
V. Que existen cerca de un millón de lotes urbanos irregulares ubicados en ejidos y comunidades en todo el territorio nacional, con una extensión cercana a las 100 mil hectáreas.
VI. Que falta actualizar y generar la cartografía de los terrenos nacionales, de colonias agrícolas y ganaderas, de cuerpos de agua y de reservas ecológicas.
VII. Que no existe una eficiente coordinación y concertación entre el gobierno municipal con 108 gobiernos estatales y de la federación para sumar experiencias, voluntades, acciones y recursos para resolver problemas de producción agropecuarios.
VIII. Que la investigación técnica y científica se encuentra desarticulada, careciendo los campesinos de capacitación e información agrarias suficientes, lo que ha frenado la consolidación de la organización socioeconómica ejidal y comunal por carecer la instancia municipal de facultades y recursos para coadyuvar a la atención de la cuestión agraria.
IX. Que las figuras asociativas agropecuarias sufren de una serie de problemas administrativos, contables, fiscales e incluso de desviación de recursos en gran medida porque carecen del apoyo de cualesquiera de esa naturaleza por parte de la Autoridad Municipal.
X. Que en el campo mexicano vive uno de tres mexicanos, lo que numéricamente sustenta la necesidad de que los gobiernos municipales atiendan de manera directa la cuestión agropecuaria.
XI. Que la descapitalización de los núcleos agrarios y de las unidades de producción son factores de estancamiento de la producción rural, que induce a los campesinos con tierra a buscar opciones de ingresos como el trabajo jornalero y el migratorio.
XII. Que la organización social de los campesinos por excelencia, como lo son el ejido y la comunidad, ha sufrido de hecho su desintegración al registrarse la explotación individual de la tierra en superficies menores a la de cinco hectáreas en las dos terceras partes de la propiedad social, al no contar con recursos financieros, tecnológicos, científicos y de infraestructura y administrativos para desarrollarse.
XIII. Que desde hace tres décadas, el crecimiento de la producción agropecuaria ha sido inferior, en promedio, al crecimiento de la producción total. El ingreso agregado del sector agropecuario está rezagado en comparación con el ingreso de otros sectores económicos y acentuada la desigualdad de su distribución. El producto agropecuario, como proporción del Producto Interno Bruto nacional, actualmente representa el 7.2 por ciento, que significa la mitad de la que aportaba en 1960.
XIV. Que todos estos factores han repercutido negativamente en la economía de los campesinos a grado tal que se encuentran circunscritos en la categoría económica de pobreza extrema y pobreza a secas.
XV. Que debe de existir una relación estrecha, directa, objetiva, realista, y eficaz entre el gobierno y los campesinos lo cual habría de mejorarse con la participación del gobierno municipal atendiendo la producción agropecuaria como una facultad constitucional de los ayuntamientos y, en particular, de una Regiduría.
Por ello, y para ser sometida a la LVII Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, presentamos la presente Iniciativa
De Decreto por el que adiciona un párrafo segundo a la fracción V del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
ARTICULO UNICO. Se adiciona un párrafo segundo a la fracción V del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo 115.-...
V...
Los municipios podrán intervenir directamente en el desarrollo integral de los núcleos agrarios, mediante la aportación de recursos para la diversificación de las actividades económicas, estimular la organización de los campesinos para combatir las desventajas del minifundio, capacitación de los campesinos en aplicación de tecnología y para generar proyectos productivos y comerciales, creación de infraestructura agropecuaria, promover la canalización de recursos al sector rural y a través de aquellos mecanismos idóneos que las circunstancias de cada núcleo agrario requiera, sobre todo tratándose de grupos o comunidades indígenas. Los municipios podrán coordinarse para el cumplimiento de este objetivo en términos del ultimo párrafo de la fracción III del presente artículo.
UNICO.- E1 presente decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en Diario Oficial de la Federación.
H. Cámara de Diputados.- México, DF, 10 de diciembre de 1998.
REFORMAS Y ADICIONES A LA LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, A CARGO DEL C. DIP. JUAN MANUEL FELIX LEON, DE LA COMISION DE BOSQUES Y SELVAS
Iniciativa de Decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 10-B de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y se adiciona la fracción I, inciso a, del artículo 2-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, en lo relativo a los ejidos y comunidades forestales
Los suscritos, diputados a la LVII Legislatura del H. Congreso de la Unión integrantes de la Comisión de Bosques y Selvas, con fundamento en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el artículo 55 , fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta Honorable Cámara de Diputados la presente Iniciativa de Decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 10-B de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y se adiciona la fracción I, inciso a del artículo 2-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, en lo relativo a los ejidos y comunidades forestales, tomando en consideración la siguiente:
Exposición de motivos
I. Derivado del marco legal establecido en el artículo 27 constitucional y la Ley Agraria, los campesinos e indígenas de nuestro país habitan en terrenos que tienen en posesión constituyendo núcleos agrarios y poblacionales bajo el régimen Ejidal o Comunal, los cuales por causas ancestrales, que datan desde la época de la conquista y dominación española, se encuentran ubicadas en regiones de México que se caracterizan principalmente por:
g) Carencia de vías de comunicación o cuando estas existen, son deficientes.
h) Escasez o carencia de servicios públicos.
i) Falta de fuentes de empleo.
j) Deficiencia en los servicios de educación pública elemental.
III. Actualmente, debido al crecimiento demográfico natural, aunado a la imposibilidad de nuevos repartos o ampliaciones agrarias para la creación de otros ejidos y comunidades que dote de terrenos laborables a los nuevos pobladores, se ha ocasionado el problema de migración de los campesinos indígenas a las ciudades en busca de empleos y mejores condiciones de vida, fenómeno este último que día con día, no ha resuelto el problema de los migrantes y, por el contrario, agrava el problema social en los centros urbanos de población, al propiciar el crecimiento de los denominados cinturones de miseria, que rodean a las grandes ciudades y en donde viven en condiciones de pobreza extrema.
IV. México tiene una variedad de formas y relieves, que lo convierten en uno de los países del mundo con un gran potencial de recursos forestales. De la actual superficie forestal del país, sean estos recursos forestales de zonas áridas y semiáridas, bosques de clima templado-frío o selvas tropicales y subtropicales, el 75 por ciento están en posesión de ejidos y comunidades.
V. México es uno de los 12 países en el mundo que son considerados como megadiversos, albergando entre el 60 y el 70 por ciento de la biodiversidad del planeta, por lo que el manejo, la conservación, la protección y el fomento de los recursos forestales es de interés público. Ante esta responsabilidad, la sociedad en general debe apoyar las acciones tendientes a alcanzar su sustentabilidad.
VI. Las experiencias desarrolladas en los últimos años, en diversos estados de la República, con relación a modelos de organización colectivos de los núcleos de población de campesinos indígenas para el aprovechamiento de los recursos forestales existentes en los territorios que tienen en posesión, han demostrado ser las mejores alternativas para contribuir a solucionar considerablemente la problemática mencionada líneas arriba.
VII. El recurso forestal ha sido preservado por las comunidades gracias a sus ancestrales costumbres y a su organización comunal, así como a la experiencia que han adquirido algunas comunidades en el aprovechamiento de sus recursos forestales, de lo cual han recibido importantes beneficios, suplantando parcialmente al Estado en la función de proporcionar una serie de servicios públicos, tales como:
j) Alumbrado público
k) Asistencia médica
l) Caminos rurales
m) Edificios municipales
n) Unidades deportivas
o) Pensiones a ancianos
p) Construcción de escuelas, entre otros.
IX. La figura jurídica del ejido o comunidad emanada y fundamentada en el artículo 27 constitucional y en la Ley Agraria, constituye el fundamento para quedar incluida en el ámbito de aplicación fiscal, ya que su fin es eminentemente social y no de lucro particular.
X. Gracias a la buena administración de sus recursos forestales, muchos ejidos y comunidades llevan a cabo otras actividades comerciales que son resultado del beneficio que obtienen de sus productos forestales, por lo que las disposiciones fiscales respecto a los ingresos de esas otras actividades comerciales deben ser las mismas que se aplican al ingreso por sus actividades forestales.
XI. La Ley Agraria, en su artículo 108, permite a los ejidos y comunidades establecer empresas para el aprovechamiento de sus recursos naturales, o de cualquier índole, así como la prestación de servicios.
XII. Respecto al Impuesto sobre la Renta, las comunidades y ejidos han estado exentos del pago del mismo, desde que se inició la vigencia de dicha Ley y hasta 1989 se les consideró dentro del título "De las personas morales con fines no lucrativos", y por ende, exento del pago del impuesto, cualquiera que fuere la actividad que realizara, lo cual es justo ya que la finalidad de los ejidos y comunidades no es el fin de lucro, ni el enriquecimiento de unas cuantas personas, sino contribuir en el bienestar de toda la comunidad, resultando en obras de beneficio social, y en este sentido, supliendo parcialmente a la Federación, Estado o Municipio en la realización de dichas obras.
Por tal razón, en 1990 al cambiar al título II "De las personas morales", siguen exentas del pago de dicho impuesto sobre la renta, como se entiende con la lectura del artículo 10-B cuarto párrafo, que dice:
c) Ejidos y Comunidades
d) ......."
XIII. La aplicación de este criterio quedó demostrado y reconocido ante autoridades fiscales en el ámbito central y local. Sin embargo, por el cambio de funcionarios fiscales, vuelve a suscitarse la controversia, si los ingresos por otras actividades distintas a la forestal, deben pagar el impuesto sobre la renta o no; por lo que se considera que se debe reformar el artículo 10-B para dejar claro, y sin lugar a interpretaciones erróneas, la exención de este impuesto para todas las actividades que realicen las comunidades y ejidos.
XIV. En materia de retención por pagos a terceros que hacen los ejidos y comunidades, no se tiene tal obligación ya que al estar exentos del pago del impuesto sobre la renta, no son contribuyentes del mismo y por lo tanto no les son aplicables las disposiciones de dicha Ley, recayendo en quien les preste servicios, la obligación de enterar o cumplir con las obligaciones fiscales que le corresponda.
XV. Con relación al Impuesto al Valor Agregado por lo que se refiere a la actividad forestal, el artículo 2-A de dicha Ley menciona: "EI impuesto se calculará aplicando la tasa del 0 por ciento a los valores a que se refiere esta Ley cuando se realicen los actos o actividades siguientes:
b) Animales y vegetales que no estén industrializados".
La madera aserrada de las comunidades y ejidos no debe considerarse industrializada por el simple hecho de presentarse cortada, aserrada, aplanada o en trozos ya que con estas características no ha sido sometida a proceso alguno ni de conservación ni de industrialización y también es cierto y es por derecho, que el artículo 3 del Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado precisa, sin dejar lugar a dudas, lo que debe entenderse como que no se industrializa, en particular respecto a los vegetales. Dicho artículo a la letra dice: "Para los efectos de la fracción I, inciso a, del artículo 2-A de la Ley se considera que no se industrializan los animales y vegetales por el simple hecho de que se presenten cortados, aplanados, en trozo, frescos, salados, secos, refrigerados, congelados o empacados, ni los vegetales por el hecho ".
Y siendo así, la madera que se enajena por los ejidos y comunidades,. se realiza en dos formas:
4. Aserrada. Aplicando el mismo criterio que en la enajenación de la madera en trozo, es claro y sin lugar a dudas que la madera aserrada por los ejidos y comunidades que tienen la propiedad de los vegetales, también causa IVA a tasa 0 por ciento, ya que el mismo artículo, mencionado arriba, hace mención que se considera que no siendo así se debe aplicar el artículo 5 del Código Fiscal de la Federación que a la letra dice:
El Reglamento de la Ley del IVA establece que no se considera que se industrializan los vegetales por el simple hecho de que se presenten cortados, y aplicando la definición de aserrar que contempla la lengua española, aserrar quiere decir: "serrar" y esta a su vez significa "cortar con la sierra". Bajo este razonamiento e interpretación estricta de la Ley del IVA y su Reglamento, se debe concluir que la madera aserrada, que es cortada tal y como dice él artículo 3 de este Reglamento, debe causar tasa 0 por ciento para ejidos y comunidades, por lo que debe quedar plasmado de manera precisa.
Iniciativa de Decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 10-B de la Ley del Impuesto sobre la Renta y se adiciona la fracción I, inciso a, del artículo 2-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, en lo relativo a los Ejidos y Comunidades Forestales
ARTICULO PRIMERO.- Se reforma el cuarto párrafo y se adiciona un quinto párrafo del artículo 10-B de la Ley del Impuesto sobre la Renta, para quedar como sigue.
Artículo 10-B.- "..."
"No pagarán el Impuesto Sobre la Renta por los ingresos que obtengan por todas sus actividades, las personas morales que se señalan a continuación:
c) Ejidos y Comunidades
d) ...
"..."
"Las personas morales a que se refieren los incisos anteriores, quedan exceptuadas de las obligaciones en materia de retención señaladas en esta Ley".
Artículo 2-A.- "..."
"Animales y Vegetales que no estén industrializados entendiéndose como tales los que se presenten cortados, aplanados, en trozos, frescos, salados, secos, refrigerados, congelados o empacados, ni los vegetales por el hecho de ser sometidos a procesos de corte, aserrado, secado, limpiado, descascarado, despepitado o desgranado, salvo el hule".
PRIMERO.- Se derogan todas aquellas disposiciones que se opongan al presente Decreto.
SEGUNDO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la H. Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a los 10 días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y ocho.
Dip. Manuel Hernández Gómez, Presidente de la Comisión de Bosques y Selvas (rúbrica).
QUE ADICIONA LA FRACCION XXXVI AL ARTICULO 3; LA FRACCION 21 AL ARTICULO 15 Y REFORMA EL ARTICULO 39 DE LA LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO Y LA PROTECCION AL AMBIENTE, A CARGO DEL C. DIP. LINO CARDENAS SANDOVAL, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
El suscrito, Lino Cárdenas Sandoval, diputado de la LVII Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto por la fracción II del artículo 71 y artículos 72 y 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 31 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 55 fracción II, 56, 60 y 64 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estado Unidos Mexicanos, se permite someter a la consideración de esta Asamblea la presente iniciativa de ley que adiciona la fracción XXXVI al artículo 3, la fracción XX al artículo 15 y reforma al artículo 39, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
Exposición de Motivos
A poco más de dos siglos de operar con base en los planteamientos de un modelo de desarrollo, sustentado en el uso desmesurado de los recursos naturales con la finalidad de lograr un continuo "progreso", apenas empezamos a tomar conciencia de las consecuencias de este actuar.
En tan sólo dos siglos y medio la humanidad casi ha agotado los recursos energéticos cuya formación implicó millones de años. Hemos limitado nuestra capacidad creativa para crear o utilizar otras fuentes alternas de energía a costa de terminar en poco tiempo los recursos heredados. Esta tendencia ha de revertirse si queremos hacer más duradera y digna la vida en nuestro único espacio: la Tierra. Es vital entonces, modificar nuestras actitudes prepotentes hacia la naturaleza, a partir de aceptamos como parte de ella.
Ramón Folch, al igual que otros investigadores señalan que bastaron poco más de 250 años para darnos cuenta de los efectos de la sociedad industrial, originada a partir de la invención del motor y de todas las actividades generadas en torno a él. Hemos vivido a partir de la explotación del sol de ayer y basando nuestro desarrollo en un recurso limitado e irrepetible.
La problemática ambiental vivida en el mundo, manifestada en los niveles de contaminación del agua, tierra y aire, la extinción de numerosas especies animales y vegetales, la erosión de los suelos, la escasez de agua para usos domésticos, la destrucción de enormes superficies de la cubierta forestal, la destrucción de la capa de ozono, entre otros, evidencian la crisis de un modelo de desarrollo socio económico y de los patrones de comportamiento del hombre en la naturaleza.
La conducta y; las actitudes destructivas del hombre hacia la naturaleza, es decir hacia sí mismo, son parte de un aprendizaje y una cultura construida a lo largo del tiempo. Al respecto coincidimos con el biólogo Humberto Maturana, quien señala lo siguiente: "No nacemos ni amando ni odiando a nadie en particular, ¿Cómo entonces lo aprendemos... ¿Cómo es que el ser humano es capaz de llegar a odiar con tanta virulencia, como para llegar a destruir a otros aun a costa de su propia destrucción en el intento...". ¿Qué determina el aprendizaje de esas conductas... ¿Cómo es que los sistemas educativos no han logrado consolidar un sistema de valores a favor de la vida...
Han transcurrido casi 30 años de haberse realizado la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente Humano, en Estocolmo Suecia (1972), donde se planteó la necesidad de concretar acciones para revertir las tendencias destructivas hacia el medio ambiente. A partir de entonces se han generado una diversidad de acciones a favor del hombre y la naturaleza. Se han creado organismos no gubernamentales, se han definido nuevas políticas en el ejercicio gubernamental, se han perfeccionado los primeros sistemas jurídicos en materia ambiental, las instituciones educativas empiezan a valorar la importancia de la educación ambiental, las instituciones de educación superior ofertan cada día un mayor número de cursos en este campo, los medios de información empiezan a abrir espacios para el abordaje de estos asuntos y la sociedad parece sensibilizarse ante los efectos de los desequilibrios ecológicos vividos en los últimos tiempos.
Los esfuerzos son insuficientes si se considera el avance acelerado del deterioro de los ecosistemas. Los fenómenos climáticos y meteorológicos son una muestra de los desequilibrios ecológicos originados por la conducta humana.
Como lo señala Teresa Kwiatkowska, durante los últimos años han crecido "las evidencias de que la conducta humana (benigna o destructiva) hacia la naturaleza depende en grado significativo de la conciencia, los valores, las pautas culturales, la educación e incluso la sensibilidad de las personas. En consecuencia, es imposible proteger y conservar el mundo natural de manera eficaz ignorando los valores y principios normativos que motivan y rigen nuestro comportamiento.
El fortalecimiento de un sistema de valores a favor de la vida, la creación de un paradigma de integración hombre naturaleza, de una cultura de desarrollo sostenible, de una conducta proactiva y respetuosa hacia el medio ambiente se constituye en un reto impostergable.
La educación es un medio para lograrlo. La tarea no tiene un mañana, pues cada minuto, cada segundo no aprovechado, es un tiempo en contra de la vida.
Existen referencias de educación ambiental desde principios del presente siglo, sin embargo, es hasta fines de la década de los años sesenta y principios de los setenta cuando sus planteamientos se empiezan a operar.
1972, año en el cual se celebró la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente Humano, marca el nacimiento de la educación ambiental. A partir de entonces adquiere relevancia y se le otorga patente internacional. 5 años más tarde, en la Conferencia Intergubernamental sobre Educación Ambiental, realizada en Tbilisi, "confirió un sentido más amplio a las deliberaciones en esta materia y constituyó una prolongación de los planteamientos formulados en el Seminario Internacional sobre Educación Ambiental, realizado en Belgrado en 1975 y sentó las bases del Programa Internacional de Educación Ambiental iniciado en ese mismo año".
Destacan como finalidades de la educación ambiental, según la Conferencia de Tbilisi, las siguientes:
* Propiciar una comprensión integrada de las características complejas del medio natural y del transformado por el ser humano.
* Coadyuvar a la formación de una conciencia sobre la importancia de la relación entre el ambiente y el desarrollo.
* Propiciar la adquisición de una amplia gama de destrezas y habilidades científicas y tecnológicas... para la prevención y resolución de problemas ambientales.
* Incorporar la dimensión ambiental y del desarrollo en los diversos niveles, modalidades y áreas de conocimientos de los sistemas escolarizados...
* Crear las condiciones para facilitar la comprensión de las interdependencias económicas, políticas y ecológicas del mundo actual, en donde las decisiones políticas de los diferentes países tienen consecuencias de alcance internacional...
* Creación de la Subsecretaría de Ecología SEDUE, y dentro de su estructura la Dirección de Educación Ambiental, en el gobierno del presidente Miguel de la Madrid Hurtado.
* Diagnóstico, en 1983, sobre formación ambiental en las instituciones de educación superior realizado en el marco del Programa de Desarrollo y Medio Ambiente de El Colegio de México.
* Decreto presidencial del 14 de febrero de 1986, donde se destaca la instrucción a la Secretaría de Educación Pública para adoptar las medidas pertinentes a efecto de iniciar una pedagogía ecológica nacional.
* En 1986, firma del Acuerdo Especial entre el Centro de Estudios sobre la Universidad (CESU) de la UNAM y la Dirección General de Promoción Ambiental y Participación Comunitaria, con la finalidad de revisar la situación de la dimensión ambiental en los programas de estudio y en los materiales de enseñanza de los niveles de educación preescolar, primaria, secundaria y normal.
* Creación del Programa Nacional de Educación Ambiental (PRONEA). Representa un esfuerzo intersectorial de amplia cobertura, en el que participaron las Secretarías de Salud, de Educación Pública y de Desarrollo Urbano y Ecología. Mediante este programa fue posible la distribución del libro Introducción a la Educación Ambiental a maestros de preescolar y primaria.
* En 1989, firma del acuerdo con el CESU para desarrollar un nuevo estudio en el nivel de Educación Media Superior y realización del Seminario Permanente de Ecología y Educación Ambiental.
* En 1988, realización del I Encuentro Nacional "La Formación de Profesionistas ante la Problemática Ambiental", realizado en Querétaro a convocatoria de la Sedue, ANUIES, FES y la Universidad de Querétaro.
* Segundo y tercer encuentro, en 1990 en Tonatico, México, y 1991 en Chapala, Jalisco, respectivamente.
Los antecedentes antes señalados representan la inquietud por desarrollar algunas acciones en pro del ambiente. A pesar del reconocimiento internacional de la educación ambiental, aún no es valorada en su justa dimensión en nuestro país. Prueba de ello es la falta de una política de educación ambiental, el desarrollo de acciones en forma aislada, la carencia de una cultura de la prevención de los problemas ambientales y desequilibrios ecológicos, de la conservación, restauración y protección del medio ambiente, la falta de métodos, materiales educativos y contenidos para la promoción de la educación ambiental, entre otros.
A partir de la Nueva Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, se ha generado un proceso de legislación local conformada a partir del modelo de legislación federal. No obstante este importante avance, en política de educación ambiental no ha sucedido así.
La educación ambiental, como lo ha expresado Gaudiano, puede verse desde tres vertientes:
2. Como estrategia de concientización pública, representa una respuesta a un conjunto de demandas de actualidad ante la crisis ambiental.
3. Desde la perspectiva de la formación de cuadros profesionales y especialidades para la prevención y resolución de problemas ambientales específicos.
La educación ambiental no solamente es un problema de contenidos, es necesario avanzar hacia la integración y aplicación de un proyecto educativo ambiental que contemple:
Conocimientos:
* Asimilados y construidos a partir de procesos de la observación, el análisis y la experiencia práctica en diferentes tipos de medio ambiente.
* Promoviendo desde los primeros años de vida, a través de diversos procedimientos pedagógicos, soluciones a los problemas ambientales.
* Creando actitudes a favor del medio ambiente
Se considera por tanto oportuno poner a consideración de esta soberanía la necesidad de adicionar a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, una fracción XX al artículo 15 que refiera e incluya un principio en materia de educación ambiental. Este principio es básico en el sentido de orientar el quehacer gubernamental y de la sociedad en su conjunto hacia la integración de esfuerzos para crear un sistema de valores, de actitudes y conductas, dirigidas hacia la prevención del deterioro ambiental, la preservación y restauración del equilibrio ecológico, así como la protección del ambiente.
La creación de proyectos de desarrollo sostenible, no puede considerarse al margen de un proyecto educativo ambiental de la nación y de la participación social. Al hablar de proyecto educativo se hace referencia no solamente a lo escolarizado, sino también a los procesos no formales e informales de la educación.
Asimismo se pone a consideración de esta Honorable Asamblea, la modificación del artículo 39 de la misma Ley, pues la concepción que sobre educación ambiental se señala es limitativa.
Es importante considerar de manera explícita en este articulo los elementos básicos que han de caracterizar el modelo de educación ambiental a aplicarse en MXpais. Señalar la importancia de la generación de conocimientos, valores y competencias pero también la forma de promover su apropiación o desarrollo por la sociedad; de igual forma la difusión y la capacitación o formación de cuadros técnicos en materia ecológica y ambiental, tanto para conocer con mayor profundidad la naturaleza, sus comportamientos, la interacción de sus elementos, como para la implementación de proyectos de desarrollo sostenible.
Es importante no reducir la educación ambiental a contenidos ecológicos, ni mucho menos sólo a la educación básica. Ha de destacarse la necesidad de crear y aplicar metodologías en todos lo niveles educativos para trascender el objetivo de informar y estar informado acerca de asuntos ambientales. Hablar de conocimiento implica hablar de conductas congruentes y comprometidas en favor de la vida. Hablar de información no necesariamente implica estar a favor de ésta.
Hablar de conocimiento implica también hablar de una cultura del quehacer científico. De impulsar líneas de investigación y aprovechar los resultados.
Respecto a la apropiación de conocimientos, desarrollo de competencias y asimilación de valores por parte de la sociedad es primordial la participación de los medios de comunicación social, de la escuela y la propia sociedad.
Es importante el involucro de los medios de comunicación en tareas de educación ambiental. La influencia de éstos en la sociedad requiere ser aprovechada en la creación de valores y actitudes favorables hacia la vida. Las acciones publicitarias pueden incorporar mensajes educativos ambientales dirigidos a alcanzar este objetivo.
Hacer referencia a la capacitación en el articulo 39 de la Ley General del equilibrio ecológico y la protección al ambiente, es muy importante pues establece la pauta de quienes han de participar tanto en la formación de cuadros técnicos especializados en la materia como de las tareas de investigación para incrementar nuestro conocimiento sobre la naturaleza.
La educación ambiental, como lo señala Leff: "constituye estratégicamente, el medio para transitar hacia una sociedad sostenible. Ello exige revaluar y actualizar los programas de estudio, renovar los contenidos con base a los avances del saber y la democracia ambiental. La educación para el desarrollo sustentable requiere de nuevas orientaciones y contenidos, nuevas prácticas pedagógicas donde se plasmen las relaciones de producción de conocimientos y los procesos de circulación, transmisión y diseminación del saber ambiental. Se plantea la necesidad de incorporar los valores ambientales y nuevos paradigmas del conocimiento en la formación de los nuevos actores de la educación ambiental y el desarrollo sustentable".
Las nuevas visiones acerca de los asuntos ambientales y en particular de la educación ambiental plantean la necesidad de mejorar continuamente nuestro marco normativo, esto con el propósito de regular el comportamiento de todos los mexicanos desde una perspectiva integral y estratégica, y, hacer factible la aplicación de modelos de desarrollo sostenible y de esta manera no comprometer el sustento de las generaciones futuras.
Por lo anterior, se pone a consideración de esta soberanía la siguiente:
Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se adiciona una fracción XXXVI al artículo 3, la fracción XX al artículo 15 y se reforma el artículo 39 de la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente
UNICO.- Se adiciona una fracción XXXVI al artículo 3, una fracción XX al artículo 15 y se reforma el artículo 39 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al ambiente, para quedar como sigue:
Art. 3.-
I a XXXV...
XX. La educación ambiental es un medio para valorar la vida a través de la prevención del deterioro ambiental, preservación, restauración, y el aprovechamiento sostenible de los ecosistemas y con ello evitar los desequilibrios ecológicos y daños ambientales.
El gobierno, además, promoverá la participación comprometida de los medios de comunicación masiva en proyectos de educación ambiental no formal a fin de desarrollar y fortalecer un sistema de conocimientos, valores competencias y actitudes que permitan la asimilación socializada de un proyecto de desarrollo sostenible y por tanto el respeto hacia la naturaleza; promoverá, además, que los mensajes publicitarios de empresas u organizaciones incorporen en forma paralela mensajes educativos ambientales con la perspectiva de favorecer la asimilación o desarrollo de valores, competencias y conocimientos; así como la elaboración de diversos materiales educativos para su uso en las escuelas de los diferentes niveles educativos y por la sociedad entera.
La Secretaría, con la participación de la Secretaría de Educación Pública, deberá promover la colaboración de las instituciones de educación superior y los organismos dedicados a la investigación educativa, científica y tecnológica en:
* El desarrollo de planes y programas, así como los correspondientes contenidos en materia ambiental para la educación básica y media superior, la capacitación y actualización de docentes en asuntos ambientales y la formación de profesionales en materia ambiental y ecológica.
* La investigación de las causas y efectos de los fenómenos ambientales.
* La formación de investigadores para conocer el comportamiento y funcionamiento de la naturaleza, la interacción de sus elementos, el desarrollo, fortalecimiento y aplicación de proyectos de desarrollo sostenible, etc.
* La formación de profesionales en educación y comunicación ambiental.
Transitorio
UNICO.- La presente iniciativa entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Salón de Sesiones, H. Cámara de Diputados, a.. de... 1998.
Dip. Lino Cárdenas Sandoval (rúbrica)
DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONAN Y REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LAS LEYES MONETARIA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y DE INSTITUCIONES DE CREDITO, A CARGO DEL GRUPO PLURAL DE DIPUTADOS DE DIFERENTES PARTIDOS REPRESENTADOS EN LA COMISION DE ASUNTOS FRONTERIZOS
Los suscritos diputados miembros de la Comisión de Asuntos Fronterizos de la H. Cámara de Diputados, de manera plural y en ejercicio de la facultad constitucional que nos confieren los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 55, fracción II, 56, y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a esta soberanía una iniciativa de Ley que pretende solucionar el fenómeno del envío de dinero del extranjero a nuestro país, por trabajadores migrantes mexicanos con residencia en los Estados Unidos de América, asunto que ha cobrado un interés de carácter nacional puesto que cada día los montos de divisas extranjeras transferidos del extranjero a sus beneficiarios, aumentan en forma exorbitante, pero también se incrementan en la misma proporción, las quejas en contra de los negocios mercantiles de distintas denominaciones, centros cambiarios, casas de bolsa o intermediarios bursátiles e inclusive, establecimientos comerciales que operan como receptores de las transferencias, cuyas principales quejas se refieren a las altas comisiones que cobran por este servicio, máxime que cuando el beneficiario pretende recibir su importe, el bajo tipo de cambio que se le paga, oscila entre 5 y 7 centavos por dólar por debajo del tipo de cambio de equilibrio, llegando a extremos que se pensaban ya superados, puesto que las tiendas de muebles y aparatos electrodomésticos que operan como centros cambiarios, en algunas ocasiones inducen a los beneficiarios a adquirir bienes de consumo como forma de pago, negándose en otras ocasiones a realizar la transacción aduciendo carencia de efectivo para cumplirla.
Por lo tanto, se impone una solución que vaya más allá de recomendaciones, sugerencias o procedimientos administrativos de queja, que no han resuelto el fondo del problema y por ende, se estima que los impedimentos de carácter legal para que el beneficiario reciba efectivamente la moneda extranjera deben ser eliminados, ya que resultan anacrónicos e incumplen la voluntad de las partes conforme con las normas consensuales reguladas por el derecho civil, en cuanto que el objeto o la cosa susceptible del trato debe ser entregada en la misma calidad, cantidad, y moneda convenida, normas consensuales que también validan el derecho internacional y cuyos aspectos se contemplan y relacionan en la siguiente:
Exposición de Motivos
Antecedentes
Conforme con el Estudio Binacional México-Estados Unidos sobre Migración, la población nacida en México que vivía en Estados Unidos de América en marzo de 1996, alcanzó un volumen de entre 7 a 7,3 millones de personas de todas las edades, de los que entre 4.7 y 4.9 millones de mexicanos eran residentes documentados y entre 2.3 y 2.4 millones eran indocumentados, estimándose que por año, dicha suma se incrementa en alrededor de 300 mil migrantes por año.
Por otro lado, es de estimarse que el 80 por ciento de los residentes mexicanos obtuvieron en 1996 ingresos anuales inferiores a 20 mil dólares y el 35 por ciento del total de los migrantes mexicanos vivían en situación de pobreza, lo cual no fue óbice para que remitiesen en el año de 1997, según cifras del Banco de México, 4,890 millones de dólares cifra a la que habría de sumarse los montos en efectivo que traen consigo los connacionales cuando ingresan a nuestro país y cuyos montos no son reportados.
Conforme con el censo norteamericano de 1990, el 90 por ciento de la población de residentes mexicanos en Estados Unidos se encuentra viviendo en los estados de California, Texas, Illinois y Arizona y las principales ciudades en donde laboran, por orden en el número de habitantes, son los Angeles, Valle de San Joaquín, San José, San Francisco, San Diego, El Paso, Valle del Río Grande, San Antonio, Houston, Dallas, Chicago, Tucson y Phoenix y las fuentes proporcionan y permiten conocer el origen de los migrantes que son, principalmente, de los estados de Aguascalientes, Chihuahua, Colima, Durango, Guerrero, Guanajuato, Jalisco, Michoacán, Nayarit, Oaxaca, San Luis Potosí y Zacatecas.
Ahora bien, a pesar de la difícil situación en que se encuentra el migrante mexicano en cuanto que a pesar de las disposiciones legales norteamericanas, con el inicio de vigencia y reformas a la Ley de Inmigración de los Estados Unidos, el Servicio de Inmigración y Naturalización ha visto incrementado su presupuesto y utilizando sofisticado equipamiento y tácticas que violentan los derechos humanos, (se) han incrementado las deportaciones y supuestas "salidas voluntarias" de mexicanos; que a pesar del clima hostil en que se desenvuelven, en lugar de la falsa denominación con que se les ha clasificado con mexicanos de segunda clase, cumplen con el deber legal y moral de asumir la manutención de sus familias y así, a pesar del distanciamiento físico de sus seres queridos remiten a diario millones de dólares cuyos destinatarios ven esquilmado el monto remitido y aprovechándose los intermediarios financiero de una legislación laxa y que a partir de 1991 quedaron fuera del control de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Banco de México y de Comisión Nacional Bancaria y de Valores, operan como negocios mercantiles y se les denomina centros cambiarios con diversas denominaciones, cuando son personas morales y simples remeseros, cuando son personas físicas y aprovechándose de una legislación inadecuada, en convivencia con diversas empresas extranjeras como son Western Union y Money Gram quienes operan con amplias redes de agencias entre otras Elektra, Bital, Woolworth y Banca Promex, así como Banamex quien opera con la segunda de las empresas extranjeras citadas, y a su vez las agencias de American Express operan con las cadenas comerciales Gigante y Salinas y Rocha, y a mayor abundamiento debe destacarse que en este rubro también se destaca la presencia de algunos bancos como Bancrecer, que sólo cuenta con permiso para operar en el estado de Illinois y también Bancomer y Serfin que participan con oficinas que operan en la transferencia de fondos.
Las inconformidades respecto de los usuarios del servicio tanto en los Estados Unidos de América como de los beneficiarios de los fondos en nuestro país, han llegado a los tribunales extranjeros, de cuyos litigios, su contenido y resultados, diversos foros en el país han sido receptores de las ilicitudes y voracidades de quienes prestan este servicio en el extranjero; sin embargo en nuestro país los motivos de inconformidad no han tenido un justo y tratamiento por razones obvias puesto que los beneficiarios en algunas ocasiones por la suma urgencia, notoria inexperiencia o extrema miseria reciben al tipo de cambio que sea el importe de la transacción en moneda nacional e ignoran las instancias administrativas de queja, ya que las mismas han confirmado la ineptitud y pobreza de resultados en cuanto a satisfacer la reparación del daño o bien obtener una regulación adecuado, justa, equitativa que ponga fin a los esquilmos que a diario ascienden a millones de dólares y que los prestadores del servicio traducen en lucros indebidos aprovechándose del marco legal inadecuado en materia de transferencia de divisas extranjeras.
Quizá, con el mismo temor con el que se acercaban a las tiendas de raya los ciudadanos mexicanos desvalidos que por cientos de miles produjo el Porfiriato, en cuyo periodo las cuentas siempre resultaban con saldo rojo en contra de los trabajadores, también hoy, a 100 años de distancia, los familiares y beneficiarios de los ciudadanos mexicanos desvalidos del sigo XX que el sistema económico neoliberal expulsa por millones a los Estados Unidos de América, con ese mismo temor, hoy también ellos se acercan a las modernas tiendas de raya, para dejar ahí una buena parte del sudor, dolor y trabajo del migrante mexicano, al aplicarse al dólar enviado un convenenciero tipo de cambio que debe terminar, puesto que este año, las ganancias ascenderán a más de mil 200 millones de dólares en perjuicio de los trabajadores migrantes y sus familiares.
El monto de lo enviado debe entregarse en forma completa y total a sus beneficiarios, toda vez que el precio del servicio de la transferencia en cuestión, ya fue pagado en el lugar en donde se presto dicho servicio y por lo tanto su beneficiario debe recibir en forma íntegra la divisa extranjera remitida. No se puede seguir tolerando que el mal llamado mexicano de segunda, que tuvo el valor de dejar familia y raíces, arriesgando en muchos casos su propia vida con la encomiable intención de dar a sus seres queridos una nueva oportunidad para mejorar las condiciones de vida de su familia y tratar de proporcionar una educación para sus hijos que aquí en México se les niega.
Por las anteriores consideraciones y precisando que con respecto a las estadísticas, esta exposición de motivos se fundamenta en los estudios denominados Envío de Dinero de Estados Unidos a México de la Procuraduría Federal del Consumidor, de fecha 1 de agosto de 1998; el número 9 del boletín que el Instituto Electoral del estado de Zacatecas publicó el 1 de octubre del presente año, así como publicaciones en medios de difusión impresos de circulación nacional y en suma, con opiniones de especialistas vertidas en reuniones de trabajo de la Comisión de Asuntos Fronterizos; de igual manera, se tomó en cuenta las quejas que sobre este asunto se expusieron el 29 de noviembre de este año los participantes del seminario denominando Los Derechos de los Migrantes en los Estados Unidos, convocado y organizado por esta Comisión con la participación de otros organismos especializados en la materia y las opiniones para resolver los abusos en el tipo de cambio que se aplica a las transferencias de divisas por distinguidos participantes e invitados al II Foro Intersecretarial del Programa Paisano, celebrado en la ciudad de Zacatecas en noviembre 26 y 27 del presente año, con la participación en ambos eventos de diputados y asesores de nuestra Comisión, urgieron a resolver este asunto dándole una solución que termine de una buena vez por todas con los abusos en cuestión y por ello estimamos que la iniciativa en cuestión, de elevarse y aprobarse por esta soberanía resolvería el problema planteado, por lo que sometemos a su consideración el siguiente:
Proyecto de decreto por el que se adicionan y reforman diversas disposiciones de las Leyes, Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos y de Instituciones de Crédito
ARTICULO PRIMERO.- Se adiciona al articulo 2, de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos un inciso d para que el texto íntegro del numeral disponga lo siguiente:
Artículo 2.- Las únicas monedas circulantes serán:
b) Las monedas metálicas de veinte pesos, diez, cinco, dos y un pesos, y de cincuenta centavos, veinte, diez y cinco centavos, con los diámetros, composición metálicas, cuños y demás características que señalan los decretos relativos.
Cuando los decretos relativos prevean aleaciones opcionales para la composición de la moneda metálica, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a propuesta del Banco de México, determinará su composición metálica señalando algunas de las aleaciones establecidas en el decreto respectivo o sustituyendo la así señalada por otra de ellas.
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público publicara en el Diario Oficial de la Federación las resoluciones en las que se determine la aleación que se utilizará en la composición metálica de las monedas de que se trata.
c) Las monedas metálicas conmemorativas de acontecimientos de importancia nacional, en platino, en oro, en plata o en metales industriales, con los diámetros, leyes o composiciones metálicas, pesos, cuños y demás características que señalen los decretos relativos.
d) Es moneda de curso legal en los Estados Unidos Mexicanos, las que se transfieran por cualquier medio ya sea electrónico, documental, telegráfico o de cualquiera otra índole, de países extranjeros por parte de Instituciones Financieras, Bursátiles, Bancarias, Agencias Extranjeras o nacionales cuyo giro les permita realizar estas operaciones, las que deberán solventarse entregando a sus beneficiarios o consignatarios la moneda extranjera en que se realizó la remisión, o bien mediante su conversión al tipo de cambio que oferte la Institución cambiaria, a elección del beneficiario o consignatario titular de dicha transferencia en moneda extranjera.
Solamente los ciudadanos mexicanos podrán ejercitar en su favor los derechos que se consignan en este inciso.
Artículo 8.- La moneda extranjera no tendrá curso legal en la República, salvo en los casos en que la Ley expresamente determine otra cosa. Las obligaciones de pago en moneda extranjera contraidas dentro o fuera de la República, para ser cumplidas en ésta, se solventarán entregando el equivalente en moneda nacional al tipo de cambio que rija en el lugar y fecha en que se haga el pago.
En tratándose de transferencias de divisas extranjeras provenientes de cualquier país, que se realicen por cualquier medio electrónico, documental telegráfico o de cualquier otra índole, y cuando el beneficiario o titular de la remisión en divisa extranjera sea ciudadano mexicano el pago de dicha obligación será mediante la entrega de la divisa o moneda extranjera consignada, remitida o utilizada por el remitente o consignatario a favor del beneficiario, o bien dicho valor transferido convertido a pesos mexicanos al tipo de cambio vigente u ofertado por la institución en el momento de la operación, a elección del titular, beneficiario o consignatario.
Este tipo de cambio se determinará ...
ARTICULO TERCERO: Se adiciona el artículo 4 transitorio de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, para que el texto íntegro del numeral quede como sigue:
Artículo 4.- Las obligaciones de pago de moneda extranjera contraidas dentro de la República para ser cumplidas en ésta, se solventarán en los términos del artículo 8 de esta Ley, a menos que el deudor demuestre, tratándose de operaciones de préstamos, que la moneda residida del acreedor fuera moneda nacional de cualquier clase, o que tratándose de otras operaciones, la moneda en la que se contrajo originalmente la operación, fue moneda nacional de cualquier clase; en estos casos las obligaciones de referencia se solventarán en monedas nacionales, en los términos de los artículos 4 y 5 de esta Ley respectivamente, al tipo que se hubiere tomado en cuenta al efectuarse la operación para hacer la conversión de la moneda nacional recibida a la moneda extranjera, o si no es posible fijar este tipo a la paridad legal.
En tratándose de operaciones de transferencia de divisas extranjeras realizadas en el exterior mediante las que se remitan, transfieran o consignen divisas extranjeras a favor de ciudadanos mexicanos con residencia en nuestro país, éstas deberán solventarse en la misma moneda en que fueron realizados y su pago será en la misma divisa o bien en pesos mexicanos al tipo de cambio vigente u ofertado por la institución en el momento de su pago, siempre a elección del beneficiario o consignatario de dicha operación en divisa extranjera.
ARTICULO CUARTO.- Se adicionan a los artículos 45-A y 45-B de la Ley de Instituciones de Crédito, para que el texto íntegro de los numerales queden como sigue:
Artículo 45-A.- Para efectos de esta Ley se entenderá por:
II. Institución Financiera del Exterior: La entidad financiera constituida en un país con el que México haya celebrado un tratado o acuerdo internacional en virtud del cual se permita el establecimiento en territorio Nacional de Filiales; y
III. Sociedad Controladora Filial: La sociedad mexicana autorizada para constituirse y operar como sociedad controladora en los términos de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras y en cuyo capital participe una Institución Financiera del exterior.
IV. En tratándose de transferencias de divisas extranjeras para ser cubiertas, solventadas o pagadas a favor de ciudadanos mexicanos con residencia en el país, las instituciones descritas en las fracciones anteriores, tendrán la obligación de que su filial o entidad financiera con la que opere en nuestro país deberán entregar al beneficiario, titular o consignatario de dicha operación o transferencia en divisa extranjera, la moneda utilizada o bien su equivalente al tipo de cambio vigente u ofertado por la Institución al momento de la operación.
Lo anterior siempre a elección del beneficiario o consignatario de la transferencia de divisa extranjera
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público estará facultada para interpretar para efectos administrativos las disposiciones sobre servicios financieros que se incluyen en los tratados o acuerdos internacionales a que hacen mención el párrafo anterior así como para proveer a su observancia.
Transitorios
ARTICULO UNICO. El presente decreto entrará en vigor el día 1 de enero de 1999. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación.
Palacio Legislativo, 3 de diciembre de 1998
Los suscritos diputados de la Comisión de Asuntos Fronterizos; estamos de acuerdo en lo general con el contenido del decreto por el que se adicionan y reforman diversas disposiciones de las Leyes, Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos y de Instituciones de Crédito: Dip. Genaro Alanís de la Fuente PRI (rúbrica), dip. Omar Bazán Flores PRI (rúbrica), dip. Carlos Froylán Camacho Alcázar PAN (rúbrica), dip. Leobardo Casanova Magallanes PRI (rúbrica), dip. Rogelio Chabolla García INDEP (rúbrica), dip. Trinidad Escobedo Aguilar PAN (rúbrica), dip. Jorge Tomás Esparza Carlo PAN (rúbrica), dip. José Ricardo Fernández Candia PAN (rúbrica), dip. Eliher Saúl Flores Prieto PAN (rúbrica), dip. Julieta Ortencia Gallardo Mora PRD (rúbrica), dip. Francisco García Castells PRI (rúbrica), dip. Antonia Mónica García Velázquez PRI, dip. Rigoberto Armando Garza Cantú PRI, dip. Martha Dalia Gastélum Valenzuela PRD (rúbrica), dip. Isaías González Cuevas PRI (rúbrica), dip. José de Jesús González Reyes PAN (rúbrica), dip. Juan Antonio Guajardo Anzaldúa PRD (rúbrica), dip. Juan Marcos Gutiérrez González PAN, dip. Carlos Antonio Heredia Zubieta PRD (rúbrica), dip. Martha Irene Luna Calvo PRD (rúbrica), dip. María Mercedes Maciel Ortiz PT (rúbrica), dip. Héctor Mayer Soto PRI (rúbrica), dip. Gilberto Parra Rodríguez PRD (rúbrica), dip. Roberto Pérez de Alba Blanco PRI (rúbrica), dip. Miguel Antonio Rubiano Reyna PRI (rúbrica), dip. Guillermo Santín Castañeda PRI, dip. Saúl Solano Castro PRD (rúbrica), dip. Odorico Vázquez Bernal PRI (rúbrica), dip. Horacio Veloz Muñoz PRI (rúbrica), dip. Martha Veyna Soriano PRI (rúbrica).
DE REFORMAS A LOS ARTICULOS 40 DE LA LEY GENERAL DE EDUCACIÓN Y PARRAFO IV DEL ARTICULO 15 DE LA LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, A CARGO DEL C. DIP. BENJAMIN GALLEGOS SOTO, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO ACCION NACIONAL
El que suscribe Benjamín Gallegos Soto, diputado federal en ejercicio ante esta LVII Legislatura, comparezco ante esta Soberanía con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71 fracción II y 73 fracción VII de la Constitución General de la República y del artículo 55 fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos a someter la siguiente Iniciativa de reforma a los artículos 40 de la Ley General de Educación y al párrafo cuarto del artículo 15 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, misma que se sustenta en los siguientes antecedentes y exposición de motivos:
Antecedentes
I. Es obligación de los mexicanos contribuir a los gastos públicos de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y Municipios de manera equitativa y proporcional que dispongan las leyes, según dispone la fracción IV del artículo 31 de la Constitución General de la República.
II. La ley del Impuesto al Valor Agregado establece las bases sobre las cuales se determinan los sujetos afectos a dicho tributo, así como las modalidades de su cobro y condiciones de su exención de pago por los particulares y el Estado.
III. El artículo 15 de la citada ley establece los supuestos de exención del pago del impuesto al valor agregado en el caso de prestación de servicios, y en particular, la fracción cuarta se refiere a la prestación de servicios educativos.
IV. Por otra parte, la garantía constitucional de acceso a la educación prevista por el artículo tercero de la Constitución General de la República se instrumenta en las disposiciones de la Ley General de Educación.
V. La Ley General de Educación previene en su capítulo de procesos educativos, en sus artículos 37, 39 y 40, 105 diferentes tipos y modalidades de educación distinguiendo entre la educación de tipo básico, medio superior y superior así como la educación inicial, especial y la educación para adultos y previene, igualmente, la facultad que tienen los particulares de impartir servicios educativos.
VI. El artículo 40 de la Ley General de Educación establece que la educación inicial tiene como propósito favorecer el desarrollo físico, cognoscitivo, afectivo y social de los menores de cuatro anos de edad. Incluye orientación a padres de familia o tutores para la educación de sus hijos o pupilos.
Exposición de Motivos
El sistema educativo nacional necesita del apoyo de todos los sectores, públicos y privados, para mejorar el nivel de enseñanza y aprendizaje de todos los mexicanos.
La educación es un proceso ininterrumpible de intercambio de experiencias que comienza desde que un nuevo ser ve la luz al abrigo de sus padres, y prosigue permanentemente en el entorno en el que cada uno nos desenvolvemos; en este aspecto el Estado juega un papel primordial: la coadyuvancia y colaboración en la correcta formación del individuo a quien se deben proporcionar todos los medios para su mejoramiento personal y su desenvolvimiento dentro del tejido social.
El proceso educativo comienza -formalmente hablando y como función de estado- cuando los menores se encuentran previos a ingresar a la etapa preescolar, esto est en lo que la Ley denomina Educación Inicial y que tiene como destino primordial a los infantes menores de cuatro años y tiene como propósito el "... favorecer el desarrollo físico, cognoscitivo, afectivo y social de los menores... y se dirige, inclusive a los jefes de familia o tutores para la educación de sus hijos o pupilos por así disponerlo la Ley General de Educación en el referido artículo 40.
Sin embargo el artículo en cita no identifica con precisión las características de los servicios de educación inicial sino que se limita a describir sumariamente sus propósitos; luego que las posiciones doctrinarias resulten a veces encontradas.
Con todo, los padres de familia entienden perfectamente cuándo inicia el ciclo de formación inicial de los hijos fuera del hogar, esto es, cuándo ponen en manos de otras personas -particulares o el Estado- a sus hijos para que colaboren en su proceso de aprendizaje y conocimiento. En esta etapa se encuentra, sin duda, las llamadas guarderías.
En efecto, concebidas inicial y constitucionalmente como una prestación de naturaleza social destinada a las madres trabajadoras al servicio del estado, las guarderías han evolucionado de simples recintos de custodia de menores para convertirse en verdaderos centros de educación de los infantes; en ellos, los niños tienen sus primeros contactos con el mundo fuera de su hogar, dan sus primeros pasos en el conocimiento formal y aprenden a convivir con otros niños en un incesante y apasionante intercambio de experiencias. Este nuevo mundo debe ser mostrado adecuadamente y los menores deben ser conducidos por profesionales. Por ello la Ley General de Educación obliga a las instituciones de educación inicial a obtener la autorización y el reconocimiento oficial para ser consideradas dentro del sistema educativo mexicano, según dispone con claridad el artículo 39 del mismo cuerpo normativo.
Ahora considerando que el quehacer educativo es una preocupación en la que todos estamos involucrados y en la que todos acordaron exentar a las instituciones que presten servicios educativos del pago del Impuesto al valor agregado al establecer en la fracción IV del artículo 15 de la ley regulatoria de dicho tributo lo siguiente:
"Artículo 15.- No se pagará el impuesto por la prestación de los siguientes servicios:
...
...
IV. Los de enseñanza que preste la Federación, el Distrito Federal, los Estados, los Municipios y sus organismos descentralizados, y los establecimientos de particulares que tengan autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios, en los términos de la Ley General de Educación, así como los servicios educativos de nivel preescolar".
La razón de lo anterior deriva de que la Ley General de Educación no contempla expresamente el concepto de guarderías como instituciones de educación inicial, pero no cabe duda de que del contenido genérico del artículo 40 de ésta ley obtenemos la conclusión de que éstas forman parte del proceso educativo dentro del sistema educativo nacional.
Luego entonces que para mantener los principios de equidad y proporcionalidad consagrados por la Constitución General en materia de servicios educativos y con el objeto de precisar, sin lugar a dudas, quienes son los sujetos beneficiados por el régimen de excepción en el pago del IVA a que se refiere la fracción cuarta del artículo 15, ejerciendo así una interpretación auténtica del numeral, emanada del propio legislador se propone se expida el siguiente proyecto de:
Decreto
ARTICULO PRIMERO.- Se adiciona el artículo 40 de la Ley General de Educación para quedar como sigue:
Artículo 40.- La educación inicial tiene como propósito favorecer el desarrollo físico, cognoscitivo, afectivo y social de los menores de cuatro años de edad. La educación inicial incluye orientación a los padres de familia o tutores para la educación de sus hijos o pupilos quienes podrán recibirla en guarderías o instituciones afines con reconocimiento oficial.
ARTICULO SEGUNDO.- Se reforma el párrafo cuarto del artículo 15 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado para quedar como sigue:
Artículo 15.-
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...
IV. Los de enseñanza que preste la Federación, el Distrito Federal, los Estados, los Municipios y sus organismos descentralizados, y los establecimientos de particulares que tengan autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios, así como los servicios educativos de nivel inicial y preescolar en los términos señalados por el artículo 40 de la Ley General de Educación.
Dip. Benjamín Gallegos Soto, dip. Leticia Villegas, dip. Javier Algara, dip. Patricia Espinosa (rúbricas).
DE REFORMAS A LOS ARTICULOS 258, 259, 263 Y 265 DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL, A CARGO DEL C. DIP. GONZALO ROJAS ARREOLA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA
Los suscritos, diputados integrantes de la LVII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión en ejercicio de la facultad que nos confiere la Fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y con fundamento y apoyo en los diversos fracción II del artículo 55 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentamos ante el pleno de esta H. Cámara de Diputados, una iniciativa de reformas a la Ley del Seguro Social vigente, fundándola en la siguiente:
Exposición de Motivos
l. Considerando que la Reforma del Estado en que se encuentra inmersa la sociedad Mexicana, reclama una mayor pluralidad política, y que esta se expresa en el hecho de integrar con la mayor representatividad los órganos de gobierno y de la administración pública centralizada y descentralizada y que el Instituto Mexicano del Seguro Social es un organismo público descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propios, y que los órganos Superiores del IMSS, como la Asamblea General, el Consejo Técnico y la Comisión de Vigilancia en tanto órganos de Gobierno, de representación legal y de fiscalización interna requieren también de la mayor representatividad posible en función de los actuales escenarios políticos y sociales del país.
2. Considerando que en la actual composición de los órganos superiores del Instituto Mexicano del Seguro Social, integrado conforme a la normatividad vigente por diversas instancias de carácter tripartito, esto es Gobierno Federal, Patronal y Trabajadores, se encuentra desequilibrado en la representación de los trabajadores al omitir a un representante del Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social, quienes son los que con su trabajo y participación cotidiana hacen posible la realización de los fines de la seguridad social en nuestro país, esto es garantizar el derecho a la salud, la asistencia médica, la protección de los medios de subsistencia y los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo, garantizados por el estado, y quienes, paradójicamente, no ocupan ninguna posición en los órganos superiores, no obstante su importantísima función en la prestación de los servicios y en el conocimiento de la problemática del IMSS.
3. Considerando que el Derecho a la Seguridad Social, forma parte del Derecho Social mexicano y que por sus propias características el Derecho Social es proteccionista y tutelar de la Seguridad Social Mexicana, es indispensable establecer un sano equilibrio en la composición de los Organos Superiores del Instituto.
En virtud de que los diputados federales, en tanto representantes populares nos debemos a los intereses de la sociedad en su conjunto y de los diversos sectores que la integran, y tomando en cuenta que el Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social, por medio de escrito de fecha 3 de diciembre de 1998, y por acuerdo signado por el Comité Ejecutivo Nacional de dicha organización sindical que es una de las organizaciones más importantes de trabajadores organizados en México, con más de 350 mil afiliados a todo lo largo y ancho del país, solicitó a la Presidencia de la Comisión de Seguridad Social de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, que hiciera suya la propuesta de reformas y adiciones a la Ley del Seguro Social que nos ocupa, a efecto de concretar una vieja demanda de dicha organización sindical, misma que, incluso, se encuentra plasmada en sus estatutos sindicales.
En mérito de lo anterior y con fundamento en la facultad conferida por el artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se presenta la siguiente iniciativa de decreto que reforma los artículos, 258, 259, 263 y 265 de la Ley del Seguro Social vigente.
Iniciativa de decreto que reforma los artículos 258, 259, 263 y 265 de la Ley del Seguro Social
ARTICULO PRIMERO.- Se reforma el artículo 258 de Ley del Seguro Social, para quedar como sigue:
Artículo 258.- La autoridad suprema del Instituto es la Asamblea General integrada por treinta y tres miembros que serán designados en la forma siguiente:
II. Once por las Organizaciones Patronales;
III. Once por las Organizaciones de Trabajadores.
Artículo 259.- El Ejecutivo federal establecerá las bases para determinar las organizaciones de trabajadores y de patrones que deban intervenir en la designación de los miembros de la Asamblea General, pero en todo caso siempre deberá ser considerada en dicha designación el Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social.
ARTICULO TERCERO.- Se reforma el artículo 263 de la Ley del Seguro Social para quedar como sigue:
Artículo 263.- El Consejo Técnico es el órgano de gobierno, representante legal y el administrador del Instituto y estará integrado hasta por quince miembros, correspondiendo designar cinco de ellos a los representantes patronales en la Asamblea General, cinco a los representantes de los trabajadores y cinco a los representantes del estado, con sus respectivos suplentes y el ejecutivo federal cuando lo estime conveniente, podrá disminuir a tres la representación estatal.
El Secretario de Salud y el Director General serán siempre consejeros del Estado, presidiendo este último el Consejo Técnico, igualmente el Secretario General del Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social será siempre consejero de los trabajadores.
Párrafo cuarto.- sin modificación;
Párrafo quinto.- sin modificación;
Artículo 265.- La Asamblea General designará a la Comisión de Vigilancia que estará compuesta por nueve miembros. Para formar esta Comisión cada uno de los sectores representativos que constituyen la Asamblea, propondrá tres miembros propietarios y tres suplentes, quienes durarán en sus cargos seis años y podrán ser reelectos. La elección puede recaer en personas que no formen parte de dichos sectores. El ejecutivo federal cuando lo estime conveniente podrá disminuir a dos miembros la representación estatal. La designación será revocable, siempre que la pidan los miembros del sector que hubiese propuesto al representante de que se trate o porque medien causas justificadas para ello. En todo caso el acuerdo definitivo corresponde a la Asamblea General, la que resolverá lo conducente en los términos del reglamento, mediante procedimiento en que se oiga en defensa al miembro cuya remoción se solicite.
Transitorios
PRIMERO.- El presente decreto entrara en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Sala de Sesiones, H. Cámara de Diputados, México Distrito Federal, a 10 de diciembre de 1998.
Diputados que suscriben la presente iniciativa:Dip. Gonzalo Rojas Arreola (rúbrica), dip. Jorge Emilio González Martínez, dip. Verónica Velasco Rodríguez, Luis Patiño Pozas, María Mercedes Maciel, dip. Ricardo Cantú Garza, dip. Carolina O...Farril Tapia.
DE ADICION DE UN ARTICULO TRANSITORIO AL DECRETO APROBATORIO DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION PARA 1999, A CARGO DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA
Con fundamento un el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, los suscritos diputados firmantes sometemos a la consideración de esta Honorable Asamblea, solicitando se turne a la Comisión de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública, la siguiente Proposición de adición de un artículo Transitorio al Decreto Aprobatorio del Presupuesto de Egresos de la Federación para 1999 y que tiene por objeto posibilitar el ejercicio del sufragio de los ciudadanos mexicanos que residen en el extranjero para las elecciones de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos a celebrarse en el año 2000, con base en la siguiente:
Exposición de Motivos
El derecho de los ciudadanos mexicanos a votar en el extranjero quedó establecido en el año 1996, cuando todos los partidos políticos, en el marco de la reforma electoral federal de ese año, por unanimidad modificaron la fracción III del artículo 36 de nuestra Carta Magna, con el objeto de eliminar el candado que establecía que los mexicanos sólo podían votar "en su distrito electoral".
Posteriormente, en la reforma legal al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, el Congreso de la Unión incluyó en el artículo Octavo transitorio del artículo Primero del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de dicho Código, entre otros ordenamientos legales, el mandato al Consejo General del Instituto Federal Electoral de designar una comisión de especialistas en diversas disciplinas relacionadas con la materia electoral, para realizar los estudios de las modalidades para que los mexicanos residentes en el extranjero puedan ejercer su voto en las elecciones para Presidente de los Estados Unidos Mexicanos en el año 2000, procediéndose a proponer, en su caso, a las instancias competentes, las reformas legales correspondientes.
La primera conclusión que se deriva de ese artículo transitorio y a la que seguiremos fieles en concordancia con nuestra Carta Magna, es que el propósito para el que fue creada y que cubrió la comisión de especialistas que designó el Consejo General del Instituto Federal Electoral, no fue el de establecer si los ciudadanos mexicanos que residen en el extranjero tienen o no derecho al voto; sino, esencialmente, el de determinar las iniciativas y propuestas para establecer los mecanismos respectivos que garanticen el ejercicio de ese derecho constitucional.
Al respecto, el 16 de noviembre del presente año fue presentado ante el Consejo General del IFE el Informe Final de la Comisión de Especialistas que estudia las modalidades del voto de los mexicanos residentes en el extranjero, mismo en el que se asienta como conclusión básica que no hay condición del derecho al voto de los mexicanos residentes en el extranjero, por lo que siempre habrá, en la gama de posibilidades, alguna que satisfaga las condiciones que el principio de realidad impone.
Sin embargo, en los términos presentes, el citado artículo octavo transitorio del Cofipe establece como condicionante para el ejercicio del sufragio de los mexicanos en el extranjero, que se encuentre integrado y en operación el Registro Nacional de Ciudadanos, y que haya sido expedida la cédula de identificación ciudadana.
En ese sentido, el propio párrafo segundo del artículo de referencia indica que: "Si al aplicarse los procedimientos técnicos y administrativos que atiendan al logro del propósito señalado...., se presentaran inconsistencias en la información de los registros civiles del país que impidieran la adecuada expedición o utilización de la cédula de identidad ciudadana en las elecciones federales del año 2000, se harán al efecto los planteamientos de ajuste que se requieran".
Por su parte, si bien la Secretaría de Gobernación, en cumplimiento del mandato del Cofipe, publicó en el Diario Oficial de la Federación el 30 de junio de 1997, el Acuerdo que da a conocer el "Programa para el establecimiento del Registro Nacional de Ciudadanos y la expedición de la correspondiente cédula de identificación ciudadana", hoy es un hecho reconocido oficialmente por el Subsecretario de Población y Asuntos Migratorios, Fernando Solís Cámara, y por el director general del Registro de Población e Identificación Personal, Horacio Bernal, ante las Comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales, Población y Desarrollo y Relaciones Exteriores, en reunión celebrada el 25 de mayo de este año, que se "considera inviable que para el proceso electoral del año 2000 se pueda integrar un Registro Nacional Ciudadano que garantice condiciones de seguridad, cobertura y confiabilidad" y que para esas fechas se pueda "expedir una cédula de identidad ciudadana".
Por añadidura, el artículo 41 de nuestra Constitución Política señala que el Instituto Federal Electoral tiene a su cargo las actividades relativas al Padrón Electoral y la Lista Nominal de Electores. De esta suerte, la credencial de elector con fotografía, que posiblemente sería uno de los instrumentos de identificación para el ejercicio del voto en el exterior, sólo puede ser emitida por el Registro Federal de Electores.
Bajo esas consideraciones queda establecido fehacientemente que, en los términos establecidos por el artículo octavo transitorio del COFIPE, hemos arribado a la situación que en el mismo se prevé, a saber: que, por una parte, no existen condiciones para "la adecuada expedición o utilización de la cédula de identidad ciudadana en las elecciones federales del año 2000", por lo que habrán de hacerse "al efecto los planteamientos de ajuste que se requieran"; y, por otra parte, que el Consejo General del IFE entregó ya al Congreso el Informe final de la Comisión de Especialistas del IFE, mismo en el que se encuentran desarrolladas "las modalidades para que los mexicanos residentes en el extranjero puedan ejercer su voto en las elecciones para Presidente de los Estados Unidos Mexicanos en el año 2000" y las propuestas al mismo Congreso de las reformas legales correspondientes.
Cubiertas estas dos condiciones previstas en el Cofipe y en concordancia con el ordenamiento constitucional establecido en la fracción III del artículo 36, corresponderá al Congreso de la Unión estudiar las conclusiones de dicho informe y elaborar las reformas legales correspondientes para que los mexicanos residentes en el extranjero puedan ejercer su voto en las elecciones para Presidente de los Estados Unidos Mexicanos en el año 2000.
No obstante, persiste la circunstancia de que cualquiera que sea la modalidad que el Congreso considere como la más adecuada y viable en ese horizonte, la misma deberá contar, para hacerse efectiva, con una partida presupuestal para cubrir el costo relativo al registro de electores y emisión del voto y que deberá ejercerse entre el año de 1999 y el año 2000 (el presupuesto programado por la comisión de especialistas para las modalidades básicas, oscila entre los 76,060,458.0 millones de dólares y los 356, 373,159.9 millones de dólares americanos).
Sin embargo, considerando que el Congreso, atendiendo al contenido de nuestra Carta Magna, habrá de aprobar en tiempo y forma los ordenamientos jurídicos que reglamenten y ordenen el ejercicio del derecho del voto de los mexicanos residentes en el extranjero en el primer semestre del próximo año, es razonable prever que el Poder Ejecutivo tendrá que asignar una partida presupuestal al Instituto Federal Electoral para que comience de inmediato, so pena de poner en riesgo el ejercicio de un derecho constitucional, los trabajos relativos al registro de votantes en el extranjero y/o de establecimiento de mecanismos para la emisión del voto, según haya sido la modalidad adoptada por el Poder Legislativo.
Teniendo en cuenta que la materia en cuestión es de una alta complejidad jurídica y será materia de debate entre los partidos políticos y sus grupos parlamentarios en las cámaras que componen este Congreso hasta quedar plasmada como ley; que la modalidad del voto será materia de decisión del Congreso, necesariamente, durante el primer semestre del próximo año; que la comisión de especialistas estableció un piso presupuestal programado mínimo y un techo máximo para las modalidades básicas consideradas y que del mismo se ejercería, durante los meses que resten en 1999 -posteriores a la autorización de las reformas en cuestión-, aproximadamente dos tercios del presupuesto, de acuerdo con la información sobre esa materia contenida en el estudio; y que la modalidad más baja implica un ejercicio del 90 por ciento hasta el año 2000, razón por la que quedaría fuera del cálculo a considerar: puede establecerse como previsión razonable la cantidad de 208 millones de dólares americanos, en números redondos, como partida a asignarse para cubrir los trabajos del IFE en esa materia, independientemente de la modalidad que adopte el Congreso, cifra que es equivalente a un tercio del presupuesto programado considerando la media entre el mínimo y el máximo propuestos por la comisión de especialistas, y en el conocimiento de que, si la modalidad adoptada fuese la de menor presupuesto y cuyo ejercicio se llevaría a cabo en un 90 por ciento aproximadamente hasta el año 2000, los fondos no requeridos no podrán ser utilizados por dicho instituto.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, se somete a consideración la siguiente:
Proposición de adición de un Artículo Transitorio al Decreto Aprobatorio del Presupuesto de Egresos de la Federación para 1999 y que tiene por objeto posibilitar el ejercicio del sufragio de ciudadanos mexicanos que residen en el extranjero en la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos en el año 2000
Artículo Transitorio.- El Poder Ejecutivo de la Federación, a través de las autoridades hacendarias, asignará una partida adicional de un monto igual al equivalente en pesos de 208 millones de dólares americanos, al Presupuesto del Instituto Federal Electoral correspondiente al ejercicio de 1999, a fin de que el mismo esté en condiciones de cubrir las primeras acciones durante los meses que resten de ese año, relativas al ejercicio del voto de los mexicanos residentes en el extranjero en las elecciones de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos en el año 2000, según la modalidad que adopte el Congreso de la Unión, y sólo en el caso de que se apruebe el paquete de reformas legales correspondientes.
Dicha partida se reservará como fondo etiquetado en un fideicomiso en el que, de acuerdo con la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, el Banco de México funja como fiduciario. Dicho fondo sólo podrá liberarse a favor del Instituto Federal Electoral, una vez que el Congreso haya aprobado el paquete de reformas legales relativas al voto de los mexicanos en el extranjero. Entretanto, los intereses que dicho fondo genere se sumarán al capital inicial y formarán parte adicional de la partida que se asigne a dicho instituto.
En caso de que la modalidad de registro y emisión del voto aprobadas por el Congreso requieran de una partida menor a la establecida, los fondos no aplicables a dicho fin, el voto de los mexicanos en el exterior, no podrán ser liberados a favor del Instituto Federal Electoral y quedarán congelados hasta el fin del ejercicio fiscal, momento en el que se disolverá el fideicomiso creado para tal fin. De igual forma, en caso de liberarse los recursos a favor del Instituto Federal Electoral, el fideicomiso quedará disuelto.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de diciembre de 1999.
Por el Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática: Dip. Porfirio Muñoz Ledo, dip. Pablo Gómez Alvarez, dip. Carlos Heredia Zubieta, dip. Jesús Martín del Campo, dip. Demetrio Sodi de la Tijera, dip. José Luis Gutiérrez Cureño, dip. Martha Dalia Gastélum, dip. Lázaro Cárdenas Batel, dip. Juan Antonio Guajardo Anzaldúa, dip. Gilberto Parra, dip. Samuel Maldonado Bautista, dip. Alvaro Arceo Corcuera, dip. Patria Jiménez Flores, dip. María del Carmen Escobedo Pérez, dip Socorro Aubry Orozco, dip. Julieta Gallardo Mora, dip. Saúl Solano Castro, dip Gilberto López y Rivas, dip Guadalupe Sánchez Martínez.
DE LEY REGLAMENTARIA DEL ARTICULO 25 DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN LO REFERENTE AL SECTOR SOCIAL DE LA ECONOMIA, A CARGO DEL C. DIP. GUSTAVO ARTURO VICENCIO ACEVEDO, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN
Los suscritos diputadas y diputados a la LVII Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrantes de distintos grupos parlamentarios, con fundamento en la fracción II del Artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, sometemos a la consideración de esta honorable Asamblea la presente iniciativa de Ley Reglamentaria del Artículo 25 Constitucional en lo referente al Sector Social de la Economía, bajo la siguiente
Exposición de Motivos
México ha padecido una serie interminable de crisis económicas producto de múltiples factores, tanto internos como externos, lo que nos obliga a buscar el surgimiento de nuevas bases para un crecimiento sólido y autosostenido, basado más en lo que los mexicanos podemos lograr por nosotros mismos que depender de un entorno internacional cada vez más caótico e impredecible.
Es urgente encontrar fórmulas alternativas que nos lleven a una equitativa distribución de la riqueza, a un abatimiento de las desigualdades sociales, a encontrar mecanismos de crecimiento del empleo que impulsen la capacidad organizacional y autogestiva de la sociedad a fin de que el ser humano pueda vivir y desarrollarse dignamente.
Es por ello que los diputados que suscribimos la presente iniciativa creemos que, con unidad en los objetivos, creatividad y propuestas concretas, podemos replantear las bases de nuestro modelo económico y abrir nuevos caminos para el desarrollo humano.
Ante el fracaso del socialismo real, basado en una economía centralmente planificada, los teóricos del capitalismo han proclamado el fin de la historia, en virtud de que no encuentran ninguna alternativa institucional sistemática seria para los países del orbe al capitalismo basado en el mercado. Sin embargo es claro que las leyes del mercado del capitalismo insensible no traerán por sí solas la paz duradera a los pueblos del mundo basada en la justicia social, la solidaridad y el respeto a la dignidad del ser humano.
Ante este aparente callejón sin salida, existe una alternativa que, sin pretensiones absurdas de tratar de excluir a los sectores público y privado como factores esenciales de todo modelo económico, tiene los elementos filosóficos y prácticos que pueden darle un nuevo sentido a los millones de mexicanos que requieren de oportunidades de realización personal, supervivencia y encauzamiento de sus capacidades. Dicha alternativa es el sector social de la economía, entendido como el sistema socioeconómico conformado por el conjunto de entidades sociales organizadas en formas asociativas identificadas por prácticas autogestionarias, solidarias, democráticas y humanistas, para el desarrollo integral del ser humano como sujeto, actor y fin de la economía.
En México, dicho sector está reconocido a nivel de nuestra Carta Magna, en virtud de que el Artículo 25 Constitucional nos habla de que "Al desarrollo económico nacional concurrirán, con responsabilidad social, el sector público, el sector social y el sector privado, sin menoscabo de otras formas de actividad económica que contribuyan al desarrollo de la nación..."
"...Bajo criterios de equidad social y productividad el Estado apoyará e impulsará a las empresas de los sectores social y privado de la economía, sujetándolos a las modalidades que dicte el interés público y al uso, en beneficio general, de los recursos productivos cuidando su conservación y el medio ambiente.
"La ley establecerá los mecanismos que faciliten la organización y la expansión de la actividad económica del sector social; de los ejidos, organizaciones de trabajadores, cooperativas, comunidades, empresas que pertenezcan mayoritariamente y exclusivamente a los trabajadores y en general, todas las formas de organización social para la producción, distribución y consumo de bienes y servicios socialmente necesarios..."
A pesar de que este precepto constitucional tiene más de quince años de vida no se ha creado la ley que lo reglamente para su operatividad. Tenemos frente a nosotros la oportunidad histórica de dotar a ese sector de la sociedad de definición, certidumbre jurídica y un camino a recorrer en búsqueda de mejores realidades.
En cifras, los conocedores de la economía solidaria afirman que la participación del sector social de la economía en su conjunto en la generación del PIB nacional oscila entre el 2 y el 4 por ciento y da empleo a alrededor de 4 millones de personas, que representan el 13 por ciento de la PEA del país, calculada en cerca de 51 millones de personas. Actualmente dicho sector estaría integrado por un total de 26,392 ejidos, 2118 comunidades agrarias, 10,558 cooperativas con registro vigente, cerca de 600 empresas propiedad de los trabajadores y un número indeterminado de otras figuras asociativas de segundo y tercer nivel.
Ante la indefinición jurídica en la que ha vivido, tenemos el ejemplo de la actividad financiera del sector social la que se ha organizado y ha creado mecanismos informales que otorgan financiamientos a los integrantes del mismo con una serie de facilidades, además de dedicarse a la captación del ahorro popular. Tal es el caso de las cajas populares o cajas de ahorro que durante mucho tiempo operaron sin un marco legal específico. Eran sociedades de carácter eminentemente social, sin fines de lucro, formadas por campesinos, obreros y empleados. Este tipo de organizaciones en la actualidad toman la figura jurídica ya sea de sociedades cooperativas de ahorro y crédito o de sociedades de ahorro y préstamo, reguladas estas últimas por la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito.
Por la inexistencia de una regulación adecuada y de instrumentos de impulso al núcleo que nos ocupa, es necesario destacar que el noventa y nueve por ciento de los activos del Sistema Financiero Nacional pertenece al sector privado y tan solo el uno por ciento al sector social en su conjunto. Asimismo debe considerarse que de las veinte Sociedades de Ahorro y Préstamo (SAPs) autorizadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la fecha sólo funcionan trece, lo que nos muestra la imperiosa necesidad de definir estrategias para cumplir con el mandato constitucional para el desarrollo del sector social de la economía, generando normas y promoviendo acciones que faciliten su organización y expansión.
Ese pequeño nicho del mercado financiero nacional, que conforman 2,500 organizaciones, con el uno por ciento del capital financiero, cristaliza la esperanza de los mexicanos de bajos recursos para lograr el financiamiento indispensable para su actividad económica productiva. Como consecuencia se presenta la paradoja de que un tercio de la captación del ahorro popular es depositada en los bancos, quienes además de beneficiarse con estos depósitos reciben toda clase de apoyos especiales. Las organizaciones financieras del sector social requieren de acciones de fomento por parte del Estado, siendo una alternativa sustentable frente a la banca comercial.
Si bien se ha tomado al aspecto financiero como paradigma, esta situación se repite en cada una de las facetas de la economía nacional. Como ejemplo tenemos al sistema de subsidios, que no contempla la responsabilidad humanista del sector social y no se usan para su aplicación criterios de equidad y de productividad. Insistimos, debemos establecer los mecanismos que faciliten la organización y la expansión de la actividad económica del sector social, incentivando su regulación y operación.
Aún en el caso de las cooperativas, en el que se ha logrado una legislación específica, esta ha resultado insuficiente para el crecimiento del sector. De esta forma, actualmente sólo las cooperativas Cruz Azul y Refrescos Pascual han logrado el carácter empresarial que debiera caracterizar a todas las organizaciones del sector. Si comparamos esta situación con el movimiento a favor de los trabajadores en el resto de Latinoamérica, especialmente en Colombia y Venezuela, y muy particularmente con el movimiento cooperativo en España, nos damos cuenta del enorme rezago de nuestro país en el desarrollo del sector social de la economía.
Con el presente proyecto de ley se pretende impulsar y dar la debida importancia al sector que nos ocupa, porque estamos seguros de que una mayor participación del mismo en el ámbito nacional, contribuirá a solucionar los problemas de empleo, pobreza y desarrollo regional que enfrenta nuestro país, con el apoyo decidido y firme a proyectos productivos, como factores esenciales que elevan la dignidad de los seres humanos.
En el capítulo primero se definen los principios, valores, prácticas y características que toda entidad del sector social deberá de cumplir para ser considerada como tal. Lo fundamental es entender a este sector, como ya se mencionó anteriormente, como el sistema socioeconómico conformado por el conjunto de entidades sociales organizadas en formas asociativas identificadas por prácticas autogestionarias, solidarias, democráticas y humanistas, para el desarrollo integral del ser humano como sujeto, actor y fin de la economía. Lo importante, no es el capital, no es el lucro por el lucro mismo; es la persona humana como sujeto, actor y fin de la actividad económica,
El capítulo segundo trata del funcionamiento del sector social. En el se contempla la creación del Consejo Nacional de las Entidades del Sector Social de la Economía como su máximo órgano de representación y apoyo, el cual tiene la característica de ser autogestionario con el fin de tener la coordinación y fortaleza para impulsar y desarrollar todas sus potencialidades en favor de los mexicanos, en especial a los que el sistema económico actual no les representa ninguna oportunidad de vida digna.
En el mismo capítulo se busca cumplir a cabalidad con el precepto constitucional referente a la obligación del Estado de apoyar e impulsar a la economía solidaria, mediante la creación del Instituto Nacional del Sector Social de la Economía. Dicho instituto sería un órgano mixto, con representantes del sector público y del social, el cual tendrá entre sus atribuciones la de coordinar todos los esfuerzos del Estado para el desarrollo de las entidades del sector que nos ocupa, vigilar y controlar el buen manejo de las entidades que lo conforman, así como conformar un organismo de conciliación y arbitraje. Asimismo, entre sus facultades estará la de proponer para su aplicación a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público un régimen diferenciado del que rige a los sectores público y privado en materia del servicio financiero, de ahorro, crédito y de seguros. Con ello se contribuirá a establecer reglas diferenciadas a las que rigen al sector privado, ya que no pueden medirse igual a las entidades financieras cuyo fin último es el lucro, con aquellas, también de carácter económico pero cuya finalidad es el desarrollo del ser humano en base a la solidaridad y a la mejor distribución del ingreso.
En el mismo capítulo se establecen las normas generales de la estructura organizativa del sector, la cual contempla la asociación de entidades tanto de segundo como de tercer nivel, es decir, organización tanto a nivel regional en federaciones, y aquellas a nivel nacional en confederaciones, así como asociaciones de carácter sectorial.
Otra importante figura establecida en la ley es la creación del Registro Nacional de las Entidades del Sector Social de la Economía, el cual se concibe como el órgano concentrador del registro e información de todas las entidades del sector, con el objeto de elaborar las estadísticas necesarias para apoyar su desarrollo. Con base en el principio de subsidiariedad, este Registro dependerá del Consejo Nacional del mismo Sector Social, fortaleciendo así su autonomía frente al gobierno.
En la parte final de este capítulo se establecen los requisitos legales para que una entidad pueda ser considerada como parte del sector, y los derechos y obligaciones de todos los socios que las conforman.
El capítulo cuarto trata del fomento y financiamiento de las entidades del sector que nos ocupa, donde se establece la obligatoriedad de que cada entidad constituya un fondo para dicho fin y con base al principio de solidaridad todos los socios velen por el fortalecimiento de sus respectivas organizaciones.
Con la misma finalidad se contempla la creación de un Fondo General o común de todas las entidades de la economía solidaria con el objeto de dar seguridad, otorgar, administrar y fomentar créditos para los proyectos de fortalecimiento y expansión de las entidades de la economía solidaria. El capital del Fondo se constituirá con aportaciones privadas por parte de sus miembros, así como con asignaciones de recursos públicos.
Finalmente se contemplan otros incentivos fiscales, que sumados a los que el Instituto del sector pueda proponer a las instancias gubernamentales correspondientes, sirvan como motores de desarrollo de la economía solidaria.
En el quinto y último capítulo, se establecen sanciones para aquellos que simulen tener carácter de integrantes del sector social o que no cumplan con los principios que los rigen y caracterizan, con el objeto de obtener los beneficios referidos con anterioridad.
En síntesis, la presente iniciativa de ley busca contar con un marco de claridad, organización y fomento para el desarrollo y consolidación de este tan importante factor de la economía nacional, acorde con su naturaleza diferente, ni pública ni privada, sino solidaria.
En consecuencia con las razones y fundamentos legales anteriormente expuestos se presenta la siguiente iniciativa de
Ley reglamentaria del artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en lo referente al sector social de la economía
CAPITULO I
Disposiciones generales
Artículo 1.- La presente ley es reglamentaria del artículo 25 constitucional en lo que se refiere al sector social de la economía, es de interés público y de observancia general en toda la República y sin perjuicio de la legislación y de las normas de carácter local que corresponda expedir a las entidades federativas y municipios.
Esta ley define y establece los mecanismos de organización, promoción y fortalecimiento de dicho sector como un sistema eficaz para contribuir al desarrollo social y económico, al fortalecimiento de la democracia y a la equitativa distribución de la propiedad y del ingreso.
Artículo 2.- Para la presente ley se denomina SECTOR SOCIAL DE LA ECONOMIA al sistema socioeconómico conformado por el conjunto de entidades sociales organizadas en formas asociativas identificadas por prácticas autogestionarias, solidarias, democráticas y humanistas, para el desarrollo integral del ser humano como sujeto, actor y fin de la economía.
El sector social concurrirá al desarrollo social y económico del país mediante la realización de actividades de producción, distribución, prestación y consumo de bienes y servicios socialmente necesarios.
El Estado apoyará e impulsará a las entidades del sector social de la economía bajo criterios de equidad social y productividad, sujetándolas a las modalidades que dicte el interés público y al uso, en beneficio general, de los recursos productivos, cuidando su conservación y el medio ambiente.
Artículo 3.- El sector social esta constituido por los ejidos, cooperativas, comunidades, mutuales, sociedades rurales, sociedades de ahorro y préstamo, cajas de ahorro, cajas populares, cajas de solidaridad, empresas que pertenezcan mayoritaria o exclusivamente a los trabajadores y en general de todas las formas de organización social para la producción, distribución, consumo y prestación de bienes y servicios socialmente necesarios y cuyo funcionamiento se apegue a los principios generales que establece la presente ley.
Igualmente forman parte del sector los organismos de integración de grado y tipo que fueren constituidos por las organizaciones referidas en el párrafo anterior.
Artículo 4.- Para los efectos de esta ley, se entiende por:
I. Entidades del Sector, a las organizaciones, empresas y sociedades del sector social de la economía;
III. Registro o RENASE, al Registro Nacional de las entidades del sector social de la economía;
IV. Instituto, al Instituto Nacional del Sector Social de la Economía.
Artículo 6.- Las organizaciones y empresas que forman parte del sector social gozarán de autonomía en cuanto a su régimen interno siguiendo los ordenamientos dispuestos por las leyes que las rijan y sus estatutos y poseerán plena libertad para el ejercicio de sus actividades y desarrollo de sus capacidades autogestivas siempre y cuando sean lícitas.
Artículo 7.- Son fines del sector social de la economía:
II. Contribuir al desarrollo socioeconómico del país;
III. Generar prácticas que consoliden una cultura solidaria, creativa emprendedora;
IV. Contribuir al ejercicio y perfeccionamiento de la democracia participativa;
V. Participar en el diseño de planes, programas y proyectos de desarrollo económico y social;
VI. Garantizar a sus miembros la participación y acceso a la formación, el trabajo, la propiedad, la información, la gestión y distribución equitativa de beneficios sin discriminación alguna.
II. Afiliación y retiro voluntario;
III. Administración democrática, participativa, autogestionaria y emprendedora;
IV. Trabajo en beneficio mutuo y de la comunidad;
V. Copropiedad en los medios de producción;
VI. Participación económica de los asociados en justicia y equidad;
VII. Tratándose de organizaciones que se dediquen a la producción de bienes o servicios, por lo menos el ochenta por ciento de las personas que presten servicios personales deberán ser socios de las mismas;
VIII. Destino de excedentes a la prestación de servicios de carácter social, al crecimiento de sus reservas y fondos, y a reintegrar a sus asociados parte de los mismos en proporción al uso de los servicios o a la participación en el trabajo de la empresa;
IX. Capacitación técnico administrativa permanente y continua para los asociados;
X. Promoción de la cultura solidaria y de la protección del medio ambiente entre sus miembros y hacia la comunidad;
XI. Integración y colaboración con otras organizaciones del mismo sector.
CAPITULO II
Del Funcionamiento del Sector Social
Del Consejo Nacional de las Entidades del Sector
Artículo 10.- Se crea el Consejo Nacional de Entidades del Sector Social de la Economía, como un organismo con personalidad jurídica y patrimonio propio que formula y coordina a nivel nacional las políticas, estrategias, planes, programas y proyectos generales pertinentes al sistema de la economía solidaria.
Artículo 11.- Son funciones del Consejo:
II. Formular, coordinar, promover la ejecución y evaluación a nivel nacional de las políticas, estrategias, planes, programas y proyectos generales al interior del sector, en términos de lo dispuesto por la Ley de Planeación y demás disposiciones aplicables a las actividades que desarrollen;
III. Promover la integración de los componentes de dicho sistema:
IV. Aprobar sus propios estatutos y reglamentos internos;
V. Participar en la elaboración, consecución y verificación del Plan Nacional de Desarrollo, en términos de lo dispuesto por la Ley de Planeación y demás disposiciones aplicables a las actividades que desarrollen;
VI. Ser órgano consultivo del Gobierno Federal en la formulación de políticas relativas a la economía solidaria, en términos de lo dispuesto por la Ley de Planeación y demás disposiciones aplicables a las actividades que desarrollen;
VII. Designar las comisiones técnicas especializadas que sean necesarias;
VIII. Trazar las políticas en materia de educación solidaria;
IX. Promocionar y asesorar para la constitución de empresas sociales;
X. Instruir a los miembros de las empresas sociales en el funcionamiento de las mismas brindando capacitación administrativa, contable, fiscal, legal y comercial;
XI. Apoyar en la gestoría a favor de las empresas del sector en trámites ante cualquier instancia pública o privada;
XII. Brindar en coordinación con las demás dependencias del Poder Ejecutivo, de los tres órdenes de gobierno, capacitación a las empresas y organizaciones del sector social en actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas, pecuarias, pesqueras y demás actividades de explotación y aprovechamiento de recursos naturales, así como para la transformación de productos;
XIII. Promover en el ámbito nacional e internacional los bienes y servicios producidas por las entidades del sector social;
XIV. Convocar a la creación de órganos de integración y representación de las empresas del sector social considerando los lineamientos que señalen las leyes respectivas;
XV. Convocar y apoyar para la creación de instituciones financieras que requiera el sector social de acuerdo a sus características, las cuales deberán ser administradas por el propio sector;
XVI. Conformar el Registro Nacional de las Entidades del Sector Social de la Economía;
XVII. Nombrar representantes para el Instituto Nacional del Sector Social de la Economía;
XVIII.- Realizar y mantener actualizado un dictamen técnico para crear y manejar un Fondo de Fomento del Sector Social de la Economía, con el objeto de otorgar, administrar y fomentar créditos para los proyectos de fortalecimiento y expansión de las entidades de dicho sector;
XIX. Las demás que establezca su reglamento interno.
El Consejo podrá conformar consejos estatales con funciones similares al nacional, en su ámbito regional.
Artículo 13.- La Asamblea General será el órgano supremo del Consejo. Estará integrada por un representante de cada uno de los componentes del sistema, elegidos democráticamente por el respectivo sector a través de sus órganos de integración, de acuerdo a las normas estatutarias de dicho Consejo:
II. Un representante de los consejos estatales elegido de acuerdo con el reglamento del Consejo
III. Un representante de la Secretaría de Desarrollo Social
IV. Ejecutar sus acuerdos y decisiones
V. Elaborar el presupuesto y los programas de trabajo
VI. Presentar a la Asamblea los estados financieros y los informes de su actuación para su aprobación
Artículo 16.- El Consejo se financiara con los aportes de todas las empresas del sector social, así como con los de los organismos de segundo y tercer grado representados en el mismo, según las reglas establecidas en su reglamento.
Del Instituto Nacional del
Sector Social de la Economía
Artículo 17.- Se crea el Instituto Nacional del Sector Social de la Economía como un organismo público descentralizado con patrimonio propio y autonomía en el ejercicio de sus funciones, el cual tiene como objetivos:
II. Crear condiciones favorables para su crecimiento y consolidación;
III. Ejercer la vigilancia y control de las entidades del sector, tomando en cuenta el balance social propio del sector;
IV. Garantizar el cumplimiento de las disposiciones de la presente ley.
II. Formular y ejecutar programas y proyectos de apoyo público a la promoción, fomento y desarrollo del sector;
III. Constituir un órgano superior de conciliación y arbitraje propia del sector social, a fin de promover y procurar la conciliación de intereses al interior y entre las entidades del sector como vía preferente para la solución de conflictos, actuando como árbitro en los casos en que las partes así lo designen;
IV. Ejercer la fiscalización, vigilancia y control de las entidades del sector en concordancia con lo que establezca el Consejo;
V. Proponer para su aplicación a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público un régimen diferenciado del que rige a los sectores público y privado en materia del servicio financiero, de ahorro, crédito y de seguros;
VI. Denunciar ante las autoridades competentes la comisión de delitos y faltas que se cometieran contra entidades del sector;
VII. Elaborar su propio reglamento
El Consejo directivo estará conformado por cuatro representantes del gobierno federal y cuatro del Consejo Nacional de las Entidades del Sector Social de la Economía. Estos últimos serán designados por la mayoría de su Asamblea a propuesta de la Junta Directiva.
De los Organismos de Grado
Artículo 20.- Las entidades del sector podrán asociarse entre sí para el mejor cumplimiento de sus fines, en organismos de segundo grado o federaciones, de carácter regional o estatal. Aquellos de índole económica serán especializados en determinado ramo o actividad. En dichos organismos podrán participar además otras instituciones de derecho privado sin animo de lucro que puedan contribuir o beneficiarse de las actividades de éstos.
Los mínimos necesarios para constituir organismos de segundo grado serán los establecidos por la ley específica que corresponda. De no existir dicha ley se tomará como base la Ley General de Sociedades Cooperativas.
Artículo 21.- Los organismos de segundo grado podrán crear organismos de tercer grado o confederaciones, de índole nacional o sectorial, con el propósito de orientar procesos de desarrollo del movimiento y unificar acciones de defensa y representación nacional o internacional.
Los mínimos necesarios para constituir organismos de tercer grado serán los establecidos por la ley específica que corresponda. De no existir dicha ley se tomará como base la Ley General de Sociedades Cooperativas.
Artículo 22.- Los organismos de tercer grado deberán precisar claramente en sus estatutos su radio de acción, los sectores económicos o las formas asociativas o solidarias que representan.
Artículo 23.- Los organismos de integración ejercerán de pleno derecho la representación y defensa de los derechos e intereses de sus afiliadas y de la rama de actividad en que actúan, así como de los beneficios y preferencias que concede esta y demás leyes a las entidades del sector social de la economía.
Podrán prestar u obtener en común servicios profesionales y técnicos de asesoría, asistencia técnica, educación, capacitación, investigación científica y tecnológica.
Artículo 24.- Los organismos de segundo y tercer grado deberán registrarse ante el Consejo del sector, a través del RENASE, a fin de que le sea reconocida su representatividad.
Del Registro Nacional del Sector Social
Articulo 25.- Para constituirse legalmente las entidades del sector deberán celebrar una asamblea constitutiva suscribiendo un acta de la misma, en la que se precisarán como mínimo los siguientes requisitos:
b) Denominación, objeto y domicilio legal de la entidad que se pretende establecer;
c) La clase de entidad que desean establecer, determinando, en su caso, de manera precisa los establecimientos que vayan a depender de ella;
d) El patrimonio inicial y las aportaciones de los socios para la crear y sostener la entidad;
e) Las personas que van a fungir como representantes y/o administradores y la forma de substituirlos;
f) La duración de la entidad;
g) Los estatutos o instrumentos de regulación interna.
Aquellas figuras jurídicas del sector social que estén reglamentadas por leyes específicas, pueden optar por realizar su registro según lo establezca dicha normatividad. En todo caso las dependencias públicas de registro tendrán la obligación de informar al RENASE sobre todas las entidades del sector social que obtengan su registro ante ellas.
La constitución de la entidad que corresponda surtirá efectos ante terceros una vez aprobado el registro por el organismo de referencia, mismo que contará con una plazo de treinta días hábiles a partir de la presentación de la solicitud. Transcurrido ese plazo sin respuesta se entenderá que la solicitud ha sido aceptada.
Artículo 26.- Se crea el Registro Nacional de Entidades del Sector Social con objeto de:
b) Dar publicidad a los bienes y servicios que presten las organizaciones, empresas y sociedades que conforman el Sector, así como su localización en el territorio nacional.
Artículo 27.- El Registro se conformará con las inscripciones de las entidades legalmente constituidas.
Artículo 28.- El registro de las entidades será requisito para la certificación de las funciones propias del sector ante las autoridades que lo requieran.
Artículo 29.- En la inscripción de las entidades se anotarán los datos del acta constitutiva. Las modificaciones a los dichos datos deberán ser inscritas.
Artículo 30.- Las entidades recibirán una constancia de su inscripción en el RENASE y el número correspondiente.
Artículo 31.- Cualquier persona podrá solicitar información al RENASE sobre entidades del sector social.
Artículo 32.- El Consejo publicará anualmente un compendio de información básica sobre las entidades del sector social registradas, su capacidad y cobertura de bienes y servicios que ofrecen.
CAPITULO III
De las Entidades del Sector Social
Artículo 33.- Se reconocerá personalidad jurídica como tales a las entidades del sector que reúnan los siguientes requisitos:
II. Constituirse con tal carácter haciéndolo constar en el acta de su asamblea constitutiva;
III. Registrarse y ser reconocido como tal por el Registro Nacional de Entidades Sociales de la Economía (RENASE), en los términos de la presente ley y de los reglamentos respectivos.
II. Explotación de bienes propiedad de la nación, así como prestación de servicios públicos, siempre y cuando obtengan los permisos o concesiones respectivos;
III. De educación, salud, gremiales, deportivas, recreacionales, culturales y sociales en beneficio de los socios y la comunidad; IV. Financieras, de seguros, crédito, ahorro y préstamo;
V. En general cualquier actividad económica licita.
Artículo 36.- Las entidades del sector adoptarán la estructura organizativa que marque su ley respectiva, y que más se adecúe a sus necesidades, incluyendo en todo caso un órgano de decisión en el que participen todos sus miembros, por sí mismos o por representación de un mandatario designado en los términos de su reglamentación interna y que será la autoridad máxima en dicha persona moral, a saber, la asamblea general. Cada miembro de la entidad del sector social, tendrá derecho a un voto en los acuerdos que tome el órgano deliberante.
Artículo 37.- Las entidades del sector deberán considerar, al constituirse y suscribir sus estatutos internos, la existencia de los órganos responsables de la ejecución de las resoluciones del órgano u órganos de decisión. Podrán delegar sus funciones meramente ejecutivas en gerentes o coordinadores quienes ejercerán sus funciones de acuerdo a las directrices que les impartan aquellos.
Artículo 38.- Las entidades del sector deberán considerar, al constituirse y suscribir sus estatutos internos, la existencia de los órganos responsables de la vigilancia y control interno de las operaciones sociales, administrativas y económicas de dicha entidad. Estará dotada de autonomía e independencia en el ejercicio de sus funciones, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 38 de esta ley.
Artículo 39.- Los integrantes de los órganos directivos serán designados por la voluntad de la mayoría del órgano de decisión, pudiendo ser revocados sus mandatos por decisión mayoritaria de sus miembros. Aquellos de control interno, podrán ser designados por voluntad de una minoría que, según las normas internas de cada entidad del sector tengan la representatividad adecuada.
Artículo 40.- Los socios tendrán al menos los siguientes derechos y obligaciones
I. Derechos
b) Recibir información sobre el estado administrativo y financiero de la entidad de la cual forme parte,
c) Disfrutar de los servicios y otros beneficios que genere la entidad a la que pertenece;
d) Participar de las utilidades de la entidad a la que este asociado, en los términos y modalidades que las normas internas lo acuerden
e) Los demás que la propia Asamblea acuerde
b) Participar en las asambleas de organismo del cual forme parte .
c) Prestar sus servicios en el mismo.
Artículo 42.- Las entidades del sector podrán celebrar contratos, actos, operaciones y acuerdos entre sí o con empresas del sector privado y con el sector público siempre que fueren necesarios o convenientes a sus fines y objeto social.
Artículo 43.- Las entidades del sector realizarán programas de planificación estratégica para su desarrollo progresivo, elaborarán informes sobre servicios y beneficios económicos, educativos y sociales prestados en su ejercicio a sus miembros y a la comunidad y presentarán los estados financieros que les exijan tanto sus miembros como las autoridades del Instituto.
Artículo 44.- Los organismos de integración de las entidades del sector, podrán prestar u obtener en común servidos profesionales y técnicos de asesoría, asistencia técnica, educación, capacitación, investigación científica y tecnológica.
CAPITULO IV
Del Fomento y Financiamiento de las Entidades del Sector Social
Artículo 45.- Las entidades del sector social deberán constituir fondos y reservas colectivos e irrepartibles destinados a cubrir pérdidas eventuales y a financiar servidos sociales en beneficio de sus miembros y de la comunidad, con porcentajes de los excedentes o beneficios percibidos en sus actividades económicas.
En todo caso los fondos mínimos obligatorios serán de reserva, de previsión social y de educación solidaria. Los reglamentos internos definirán los porcentajes, reglas de operación y montos requeridos.
Artículo 46.- De conformidad con los requerimientos de desarrollo del sector, y en base al dictamen técnico que al respecto presente el Consejo Nacional, podrá crearse un Fondo de Fomento del Sector Social de la Economía, con el objeto de dar seguridad, otorgar, administrar y fomentar créditos para los proyectos de fortalecimiento y expansión de las entidades de dicho sector.
El capital del Fondo se constituirá con aportaciones privadas por parte de sus miembros, así como con asignaciones de recursos públicos.
La legislación correspondiente determinará la personalidad, miembros, organización, patrimonio y funcionamiento del Fondo.
Artículo 47.- Las entidades del sector gestionarán financiamiento para el desarrollo de sus actividades preferentemente con las instituciones financieras de dicho sector, asimismo, podrán invertir su capital, previo acuerdo de sus miembros, en cualquier instrumento previsto por las normas e instituciones de la materia siempre y cuando no implique riesgos para el patrimonio de sus socios.
Artículo 48.- Las demás disposiciones sobre el funcionamiento de las instituciones financieras del sector social, así como las operaciones y actividades que realicen se regirán por lo dispuesto en la ley respectiva. Aquellas entidades que presten el servicio de banca se regirán por lo establecido en la Ley de Instituciones de Crédito.
Artículo 49.- Las organizaciones y empresas del sector social tributarán de acuerdo a los regímenes especiales que para el efecto señale la legislación fiscal.
En caso de que no existan disposiciones especiales, tributarán en base a un régimen simplificado en el que sólo se grabarán los beneficios o excedentes distribuidos entre los socios.
Artículo 50.- Las empresas públicas en proceso de privatización en cesación de actividades o en proceso de cierre por cualquier causa, serán preferentemente traspasadas a sus trabajadores a través de organizaciones o empresas del sector social existentes o las que se constituyan al efecto.
CAPITULO V
Sanciones
Artículo 51.- Las entidades del sector social perderán sus beneficios mediante resolución judicial firme cuando incumplan reiteradamente sus principios y prácticas generales, y violen sistemáticamente disposiciones de la presente ley y de las leyes que las rigen.
Artículo 52.- Incurrirán en delito de simulación y serán castigados con penas privativas de libertad de hasta diez años o con multas proporcionales, a los promotores, directivos y administradores de empresas de cualquier tipo que, sin estar legalmente constituidas como entidades del sector social de la economía según las normas que rigen su organización y funcionamiento, gocen o pretendan gozar de los beneficios, prerrogativas y exenciones concedidas por esta y otras leyes, o exploten el trabajo asalariado bajo la apariencia de ser socios.
Transitorios
ArtIculo Primero.- La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial.
ArtIculo Segundo.- La convocatoria y asuntos relativos a la reunión constitutiva del Consejo Nacional de las Entidades del Sector Social de la Economía, será efectuada por la Secretaría de Desarrollo Social, en un plazo no mayor de seis meses después de la publicación de la presente ley en el Diario Oficial.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los diez días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y ocho
Dip. Gustavo A. Vicencio Acevedo
DE REFORMAS A LOS ARTICULOS 27 Y 28 CONSTITUCIONALES, EN MATERIA DE HIDROCARBUROS, A CARGO DE LA C. DIP. PILAR VALDES GONZALEZ SALAS, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO ACCION NACIONAL
Con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos números: 55, 56, 57 y relativos del reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, la que suscribe, María del Pilar Guadalupe Valdés y González Salas, Diputada Federal integrante de la LVII Legislatura y miembro del Partido Acción Nacional, presenta la siguiente Iniciativa de Reformas Constitucionales a los Artículos 27 y 28 en materia de hidrocarburos.
Exposición de Motivos
El artículo 27 constitucional tuvo su raíz profunda en la siempre vulnerada soberanía de nuestro México.
Si entendemos la soberanía como el derecho de una comunidad, un Estado o un país para establecer o abolir libremente las leyes dentro de su territorio y poder exigir su cumplimiento, nuestra historia, desde la Independencia, se centra en la lucha de un pueblo por hacer valer su derecho soberano sobre el territorio de la Nación.
Para Acción Nacional la soberanía, así entendida, tiene su fundamental sustento en la democracia; en la auténtica representación del pueblo en el Poder Legislativo, sobre el que recae la responsabilidad de elaborar las leyes que garanticen el ejercicio total de nuestra soberanía.
En nuestra Plataforma política 1994-2000 propusimos al electorado una economía "humana y moderna" que implica acabar con la confusión que hay en el texto constitucional entre los conceptos de Estado y gobierno; modificar el artículo 25 constitucional en lo referente a la "rectoría económica del Estado" para que, sin dejar de valorar la necesidad de esta atribución, se considerara el papel subsidiario del Estado, para lo cual se tiene que redefinir la funciones claves del Estado en la economía: el manejo macroeconómico, la inversión social y distributiva, la creación de infraestructura, el apoyo al aparato productivo para su inserción en la competencia internacional y el estimulo al acceso y desarrollo de tecnologías.
En esa misma Plataforma se propuso reformar los artículos 27 y 28 de la Constitución y las leyes reglamentarias en materia de energéticos a efecto de redefinir los conceptos de propiedad nacional y actividades estratégicas reservadas en exclusiva al Estado, para permitir a los particulares la participación en la producción, distribución y comercialización de energéticos; para abrir este sector a la competencia, lo que traería beneficios a la población y al propio Pemex, que se vería obligado a ser eficiente.
En la Plataforma Legislativa 1997-2000 de nuevo planteamos la necesidad de modificar los artículos 25, 26, 27 y 28 constitucionales haciendo especial énfasis en definir que es la nación, cuando se refiere el texto constitucional a la propiedad de la nación.
Para Acción Nacional este es un punto toral a discutir por esta Soberanía.
Antecedentes Históricos
Durante 100 años, México fue sometido a los intereses de las potencias extranjeras que, aprovechando la desintegración nacional, el desorden político y la siempre crítica situación económica del gobierno, buscaron prebendas para la explotación de nuestros recursos naturales y la utilización de los recursos humanos que con su trabajo, mal pagado, les permitió acumular enormes fortunas.
El auge económico del porfiriato se dio, en gran medida, a la inversión extranjera, que gozó de enormes privilegios, entre otros la exención de impuestos
En el escenario previo a la Revolución de 1910, cuando el capital extranjero superaba el 90 por ciento del capital invertido en minería, electricidad, petróleo y la banca, México había perdido su independencia para convertirse en vasallo de los intereses extranjeros que exigían que nuestras leyes se ajustaran a sus intereses, casi siempre contrarios a los del pueblo de México.
En estas circunstancias la Revolución traía en su bagaje causal, los agravios acumulados que los mexicanos habían sufrido por parte de los extranjeros en su propia Patria.
El gobierno democrático de Francisco I. Madero, en gran medida debió su fracaso a las presiones de los intereses extranjeros que exigían retribuciones por daños, la protección de las vidas de sus conacionales y los petroleros que se oponían a pagar impuestos sobre sus ganancias. Abanderados por el embajador Henry Lane Wilson, representante más que de un país, de los intereses de los grandes capitales, los traidores mexicanos organizaron el levantamiento que daría fin a la vida del Presidente Madero y con ello a incipiente vida democrática que, entre otras cosas, pretendía defender nuestra soberanía.
Carranza y sus seguidores, estaban plenamente conscientes del problema que representaban los intereses extranjeros en México. Cerca de las dos terceras partes de la inversión total del país, estaba en manos extranjeras y cualquier cambio en la Ley representaría nuevas fricciones con las potencias mundiales.
Las presiones extranjeras, especialmente de los Estados Unidos de Norteamérica, sobre el gobierno de Carranza, obtuvieron siempre la misma respuesta: la soberanía mexicana era tan preciosa y tan total como la de cualquier país, independientemente de su poder o posición.
Es precisamente en el período pre-constitucional, entre 1915 y 1917, cuando México vio su soberanía más seriamente amenazada y vulnerada con la ocupación de la ciudad de Veracruz por el ejército de los Estados Unidos.
No obstante a que la lucha armada interna no terminaba y la guerra europea que cerraba la posibilidad de apoyos el jefe Político, Carranza, dio la lucha frontal en defensa de nuestra soberanía logrando, a base de tenacidad y astucia, que finalmente los Estados Unidos reconociera el gobierno "de facto" de Carranza como el Primer Jefe y aceptara el principio que México, como nación soberana, tenía el derecho a decidir su propio destino, sin interferencia de otras naciones.
Una Nueva Constitución
En esta atmósfera se convocó a elecciones para integrar la Asamblea Constituyente el 22 de octubre de 1916, que se abocaría a elaborar una nueva Constitución en la que quedaran plasmados los ideales revolucionarios y que brindara un marco jurídico ajustado a la nueva realidad.
El artículo 27, el más importante de la Constitución, fue aprobado "al vapor".
Los constituyentes prestaron escasa atención a la más trascendental de las cuestiones constitucionales que establecía cambios económicos y sociales profundos, que violentarían el derecho de propiedad de nacionales y extranjeros y que sería la causa de graves conflictos sociales.
Con éste artículo desaparecían los latifundios y las haciendas, se establecía el derecho a expropiar la propiedad privada por el interés público y se tocaba el delicado asunto que definía al subsuelo como propiedad de la Nación, lo que afectaba directamente a las empresas mineras y petroleras extranjeras.
Fue un extremadamente nacionalista, expresión del miedo a volver a exponer nuestra soberanía a los intereses de los poderosos; la expresión de la convicción de que México estaba dispuesto a defender su soberanía con la fuerza de la Ley.
De la Ley a los hechos
A la promulgación de la Constitución y el decreto de abril de 1917 que establecía un Impuesto Especial del 10 por ciento a la producción de petróleo crudo y refinado, no tardó en manifestarse el descontento de las compañías extranjeras que, a partir de entonces, usaron a sus gobiernos y embajadores como presión para defender sus intereses, exigiendo la no retroactividad de la Ley, y recurriendo al amparo contra el pago de impuestos .
El Ejecutivo Federal declaró improcedentes los amparos, pero lograron una disminución del 50 por ciento al impuesto del Timbre, según lo informó el Presidente Carranza en su primer informe el 1 de septiembre "para conceder un estímulo a esa industria nacional".
No obstante el descontento y las tensiones diplomática, es entre 1917 y 1920 que el gobierno otorga el mayor número de concesiones, lo que provocó, por un lado, que México se convirtiera en el segundo productor mundial de petróleo, y por otro, que las presiones sobre el gobierno mexicano fueran cada vez más fuertes por parte de las compañías extranjeras que se agruparon en la Asociación de Productores de Petróleo en México.
Cabe señalar que, para entonces, las compañías petroleras se hallaban en posesión de todas las zonas que habrían de expropiarse en 1938: un total de 6 millones de hectáreas en propiedad o arrendamiento.
El asesinato del Presidente Carranza, en mayo de 1920, generó una mayor inestabilidad política, situación que de nuevo fue aprovechada por los gobiernos extranjeros, especialmente los Estados Unidos, para presionar en favor de los intereses de sus inversionistas, usando para ello el arma estratégica del reconocimiento de los gobiernos de de la Huerta y Obregón.
Para Obregón, el reconocimiento de su gobierno por parte de los Estados Unidos era fundamental para asegurar que sus enemigos políticos no obtuvieran armas, y con esta premisa comunicó al Presidente de los Estados Unidos que no se afectarían los derechos de propiedad de los norteamericanos; la Suprema Corte falló en contra de la retroactividad del artículo 27 y empezó a pagar la deuda externa pero, simultáneamente, decidió aumentar los impuestos petroleros para resarcir al raquítico erario nacional.
La respuesta de las compañías petroleras fue el rechazo a esta medida y la suspensión de la producción. Obregón como Presidente de México no tenía la fuerza para hacer cumplir la Ley lo que dio origen a una serie de negociaciones que culminaron con los convenios De la Huerta-Lomeen y posteriormente los Tratados de Bucareli, onerosos para el erario y humillantes para México, en los que se sacrificó nuestra soberanía a cambio del reconocimiento del gobierno del general Obregón.
El Presidente Calles en 1925 impulsó la Ley reglamentaria del artículo 27 que en sus párrafos I y IV establecía que los extranjeros no podrían tener propiedades en una franja de 100 Km en las fronteras y 50 en las costas y que las empresas con derechos anteriores a 1917 deberían cambiar sus títulos de propiedad por el de concesión por 50 años.
Estas medidas tensaron de nuevo las relaciones de México con los Estados Unidos, quien estuvo a punto de emplear la fuerza para obligar a México a respetar los derechos de los extranjeros. De esta amenaza nos salvó la opinión pública norteamericana y el rechazo por parte de influyentes congresistas, decidiéndose que se solucionaran los conflictos mediante un arbitraje internacional.
La Expropiación Petrolera
En la década de los 30, la situación política en Europa y Asia pronosticaban vientos de guerra, lo que obligó al gobierno de Estados Unidos cambiar su política diplomática con los países de Latinoamérica por la política de "Buena Vecindad".
Los Estados Unidos, más preocupados por la situación internacional, temían la influencia que los países del Eje pudieran tener sobre Latinoamérica y así priorizaron la influencia política sobre la defensa de sus intereses económicos.
Esta coyuntura, aunada a la fuerza que habían tomado las organizaciones corporativas de obreros y campesinos, permitió al Presidente Lázaro Cárdenas preparar el escenario para la expropiación petrolera.
La demanda del STPRM a las empresas petroleras para firmar un contrato colectivo en el que fundamentalmente se exigía un aumento salarial, no fue aceptada por las empresas. Así se inició un juicio que terminó con la declaración de la Suprema Corte en favor de las demandas del sindicato.
El desacato de las empresas petroleras al fallo de la Suprema Corte fue la causa fundamental de la Expropiación petrolera, decretada el 18 de marzo de 1938.
Este acto se significa particularmente en nuestra historia, como un acto fundamental de la defensa de nuestra soberanía; el derecho de México, como cualquier nación, a determinar sus leyes y hacer que se cumplan.
Así nacía una industria petrolera mexicana como Patrimonio Nacional y se aplicaba finalmente el espíritu del artículo 27 Constitucional que establecía el dominio de la Nación sobre los recursos naturales del subsuelo del territorio nacional.
La industria petrolera como tal y la interpretación textual del artículo 27 Constitucional, se refería precisamente a la explotación del petróleo crudo y de los hidrocarburos asociados en los yacimientos.
La Petroquímica secuestrada
El hecho de que las compañías petroleras habían instalado refinerías para la obtención de combustibles y que éstas se encontraban dentro de las instalaciones petroleras, al decretarse la expropiación, la refinación y lo que sería después la industria petroquímica quedaron secuestradas al considerarse posteriormente como "estratégicas" y monopolio del Estado.
Durante la Primera Guerra Mundial en los Estados Unidos empezaba a desarrollarse la industria petroquímica, usando los productos secundarios de la refinación y el gas natural, generando una verdadera revolución científica y tecnológica de la industria química mundial. Al cabo de tres décadas, se abrieron horizontes para los científicos e industriales que dieron como resultado la producción de cientos de materiales como hule sintético, plásticos, fertilizantes, fibras, resinas, detergentes etc., dando un impulso espectacular al crecimiento económico con el consiguiente beneficio social: la creación de empleos y el abaratamiento de bienes de consumo.
La industria petroquímica ha sido factor detonante en el desarrollo económico de países como Japón, Corea del Sur y Singapur que, no teniendo el recurso del petróleo, han logrado construir una industria vital para sus economías.
En nuestro México, país de paradojas, teniendo yacimientos de petróleo tan importantes, no hemos podido desarrollar una industria petroquímica del Estado comparable con la de cualesquiera, de estas naciones.
Las causas pueden ser variadas: la falta de visión, la limitación de recursos, la corrupción, el privilegiar las decisiones políticas sobre las profesionales y económicas y, por supuesto, el interés de alimentar el mito nacionalista y el tabú de la inversión extranjera, para asegurar el beneficio de los intereses del Ejecutivo en turno, sus allegados y de los grupos de presión que en ello encontraron las forma de hacer jugosos negocios, como concesionarios o contratistas.
El resultado es que en la actualidad los mexicanos no tenemos los combustibles de la calidad y a los precios que deberíamos tener y que la industria nacional que depende de las materias primas de las plantas del Estado, tiene que recurrir a importaciones considerables de sustancias que Pemex no puede abastecer y su crecimiento depende de lo que los políticos del futuro decidan hacer o deshacer con Pemex.
La Petroquímica en México
A finales de los años 50, el gobierno Mexicano a través de Pemex decide incursionar en la industria petroquímica. La construcción del complejo petroquímico en Minatitlán en 1964, anunciaba la entrada con casi 50 años de retraso de nuestro país en esta prometedora industria.
En noviembre de 1958 se publicó la Ley Reglamentaria del artículo 27 constitucional en el ramo del petróleo que delimitó los alcances de la Industria Petrolera.
En su artículo 3 esta Ley Reglamentaria establece que la Industria Petrolera reservada al Estado comprende la exploración, explotación y refinación del petróleo y de los productos que se obtengan de la refinación. A las que se les denominó petroquímicos básicos.
Paralelamente se concedieron 29 permisos a inversionistas privados para instalar plantas petroquímicas para la producción de fertilizantes, la elaboración de negro de humo y productos intermedios. Así nacía la petroquímica privada, siempre a expensas de la política de abastecimiento y precios de Pemex.
La política económica de protección a la industria y a la sustitución de importaciones, desde los años 50 a los 80, permitió el crecimiento moderado de la petroquímica privada y un crecimiento significativo de la petroquímica de Pemex que, para la década de los 80, contaba con 16 complejos petroquímicos que producían una variedad de productos químicos para la industria nacional.
Para darnos una idea de las vicisitudes por las que ha pasado la industria petroquímica nacional, basta revisar las múltiples modificaciones que se han hecho a la Ley Reglamentaria del artículo 27 constitucional.
La clasificación de productos cuya elaboración debe ser considerada exclusiva del Estado, es un relato del estira y afloja entre el gobierno, los empresarios y el sindicato y reflejo de la política voluble de los gobernantes.
Si en 1960 eran 16 los "petroquímicos básicos", en 1986 aumentaron a 34 y se enlistaron 36 secundarios que requerían permiso expreso para su elaboración; para 1989 ya sólo eran 20 los básicos y 66 los secundarios, en 1991 eran 21 básicos y, finalmente, en 1992 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto que consideraba un total de 8 básicos y 13 secundarios.
En 1971 de delimitó el campo de acción que se reserva en forma exclusiva a la Nación. De esta modificación surge la clasificación de Petroquímica básica y secundaria, que no tiene ningún sentido técnico, que sólo existe en México, pero que aseguraba la no injerencia del capital privado a la refinación.
En 1983 con la apertura económica en puertas, se hicieron reformas y adiciones a los artículos 25, 26 y 28 constitucionales en el que se estableció el concepto de rectoría económica del Estado y en el que se establecía que: "Al desarrollo nacional concurrirán, con responsabilidad social, el sector público, el sector social y el sector privado"
Intentos de desincorporación de Pemex Petroquímica
La apertura a los mercados internacionales a fines de los 80 puso en desventaja a la petroquímica de Pemex y a la industria petroquímica nacional.
La baja rentabilidad de las empresas petroquímicas, la necesidad de inyectar enormes recursos para modernizarlas y hacerlas competitivas aunado a la posibilidad de obtener estos productos en el mercado internacional, condujeron al Ejecutivo a modificar la Ley Orgánica de Pemex en la que se creaban subsidiarias, una de ellas Pemex Petroquímica con facultades de "invertir, coinvertir, desinvertir, formar alianzas estratégicas o cadenas productivas".
En 1992 se trató de iniciar el proceso de desincorporación de la mal llamada petroquímica secundaria, por considerar que ya no era estratégica, ya que los productos estaban disponibles a precios inferiores en el mercado internacional. Esta situación obligaba a Pemex a hacen cuantiosas inversiones a futuro.
Las limitaciones presupuestarias del gobierno federal, impidieron hacer las inversiones necesarias en Pemex refinación y petroquímica, lo que se ha traducido en un rezago tecnológico de consecuencias críticas para los complejos petroquímicos, que hoy requieren de enormes inversiones para competir a nivel internacional, con una industria que se caracteriza por ser intensiva en capital, con producción a escala, que usa tecnología de punta y reducida mano de obra.
A 6 años de anunciada la primera desincorporación, no ha sido posible llevarla a cabo. La oposición de los sindicatos y de quienes confunden todavía a Pemex con México, con lo nacional, con la soberanía, sin importar que para mantener lo que "es nuestro", tengamos que sacrificar enormes recursos a costa de la mitad de la población que vive en la pobreza, ha frenado este proceso con el consiguiente deterioro de las plantas, la depreciación de sus activos y su incapacidad para abastecer el mercado interno.
La situación que ha vivido Pemex y el gobierno federal desde el primer intento por desincorporar las plantas de petroquímica secundaria es del todo comparable, a la de la etapa que vivieron los gobiernos desde Carranza a Cárdenas en el sentido de que, los intereses de grupo, políticos y económicos, impiden aplicar la Ley y tomar decisiones que beneficiarían no sólo a una industria, sino a todo el pueblo de México.
Características de la Refinación y la Industria Petroquímica
La industria petroquímica a nivel mundial se caracteriza por ser intensiva en capital, con tecnología de punta, reducida mano de obra y con procesos físicos y químicos integrados.
La necesidad de invertir grandes recursos en esta industria, y el hecho que el gobierno federal ha recurrido durante décadas a los ingresos petroleros para cubrir el gasto presupuestal, es la causa del rezago en la Refinación y la Petroquímica de Pemex.
El hecho que Pemex haya sido durante más de medio siglo la fuente mayor de ingresos para el gobierno federal y que se haya administrado más como una empresa paternalista que como un negocio, es la causa de la descapitalización de la industria, que actualmente ya no sólo no es negocio para el país, sino que se ha convertido en una carga fiscal para los mexicanos.
La falta de inversión en las refinerías mexicanas, nos han llevado a la absurda situación actual del ejercicio 97-98 de haber importado 2 600 millones de dólares de gasolinas de alta calidad, que sumados a las importaciones desde 1992 a la fecha dan un total de 7 140.5 millones de dólares. Los esfuerzos en la modernización de las refinerías mexicanas, han obligado a PEMEX a contratar empréstitos por un total de 22,800 millones de pesos.
En el caso de la Petroquímica, tenemos una situación similar. El rezago tecnológico ha deformado y en su mejor caso frustrado la posibilidad de tener una industria competitiva y suficiente para abastecer el mercado interno.
Para la Industria Petroquímica nacional, el hecho de que, la producción de las sustancias iniciadoras de los procesos sea constitucionalmente considerado como estratégico y reservado al Estado, ha impedido la integración de la industria privada, que con esto pierde competitividad internacional.
El balance del comercio exterior de los productos petroquímicos de Pemex en el ejercicio 96-97 es el reflejo de la crítica situación de esta industria del Estado: una disminución del 6.9 por ciento en las exportaciones y un aumento del 94.6 por ciento en las importaciones.
La producción de petroquímicos de Pemex ha disminuido en 13.8 por ciento en 1998, las ventas en el mercado interno aunque hayan tenido una pequeña disminución de 0.ó por ciento en este año, han sido insuficientes para cubrir las demandas del mercado interno, en donde la petroquímica privada ha tenido que hacer importaciones por más de 6,000 millones de dólares
Situación actual de la Petroquímica privada
A pesar del control de Pemex sobre la producción y venta de insumos a la petroquímica privada, ésta ha tenido un desarrollo importante para la industria nacional.
Actualmente da empleo directo a 70 mil personas; el valor de su producción es de casi 20 mil millones de dólares; representó el 4.5 por ciento del PIB; abastece a más de 40 ramas de la industria y demanda bienes y servicios de más de 30 empresas.
El valor de sus activos es superior a los 10 mil millones de dólares; ha hecho inversiones desde 1990 por más de 5 mil millones de dólares y ha tenido que hacer importaciones durante 1997 por 5,800 millones de dólares y en 1998 por cerca de 7 mil millones de dólares de insumos que Pemex no ha podido surtir.
Conclusiones
Si bien la expropiación petrolera le retribuyó a los mexicanos el dominio sobre los yacimientos petroleros, también dio origen a muchos de los problemas que ahora nos impiden crecer en forma sana y sustentable.
La Industria Petrolera ha sido fuente de enormes recursos para la Nación pero, paralelamente, ha inducido al gobierno federal a descuidar su función recaudadora, a la que tiene legítimo derecho, haciendo que las finanzas públicas dependan en proporciones peligrosas de los ingresos petroleros. Situación que se complica con la volatilidad de los mercados internacionales.
Pemex ha tenido que cargar con la falta de oficio del gobierno federal, sacrificando la inversión indispensable para una industria de esa naturaleza. Si además consideramos las fallas administrativas, la corrupción, la ponderación de las decisiones políticas sobre las económicas de la empresa, podemos comprender el rezago, la ineficiencia y la descapitalización que caracterizan hoy a esta industria.
En la situación actual, que se hace evidente la ineficiencia, la improductividad, el rezago tecnológico en la refinación y la petroquímica, cabe preguntarnos: ¿al defender esta propiedad estamos promoviendo el desarrollo de una industria que debiera traer enormes beneficios sociales al país...; ¿ la rectoría económica del estado, está cumpliendo con su función promotora del desarrollo, de la creación de empleos, de asegurar el abasto de insumos a precios justos y competitivos así como facilitar las posibilidades al desarrollo regional y alentar y proteger la actividad económica que realice el sector privado....
Al mantener la refinación y la petroquímica básica como actividades estratégicas reservadas al Estado tendríamos que seguir canalizando importantes recursos presupuestales que pudieran destinarse para atender las apremiantes demandas de la mitad de la población que vive en la pobreza.
Todos los monopolios son nocivos para la sociedad, ya que la falta de competencia en un mercado cautivo no conduce a buscar la eficiencia y calidad de la producción de bienes o servicios.
Cuando el monopolio es de una empresa que en teoría es Propiedad de la Nación, pero que en la práctica es competencia exclusiva del Ejecutivo, se acumulan los vicios de los monopolios, con los de la burocracia; nacen el clientelismo político y el poder político y económico de grupos que en nada representan los intereses del pueblo.
Por otro lado, la competencia, debidamente reglamentada, beneficia directamente al consumidor, que en el caso que proponemos, seríamos todos los mexicanos.
Acción Nacional ha valorado desde su fundación la iniciativa individual, que permita a cada mexicano desarrollar su talento y esto sólo puede darse con un gobierno subsidiario que, sin renunciar a sus funciones indelegables, permita que la sociedad haga todo lo que pueda hacer mejor que el gobierno.
Con los argumentos expuestos es obvio que las deficiencias de PEMEX en las áreas de refinación y petroquímica, han sido en gran medida provocadas por la condición de monopolio del Estado y que, en las condiciones actuales de competencia abierta a nivel internacional, están en clara desventaja.
El impacto del rezago tecnológico en la economía nacional es muy significativo para un México que demanda una vida digna para todos y una juventud que exige y merece la oportunidad para aspirar a una vida mejor en su propia patria.
Compañeras y compañeros diputados, hoy tenemos que asumir la enorme responsabilidad de construir el México del siglo XXI; el México en el que podamos hacer realidad las aspiraciones que todos tenemos como mexicanos. Debemos abocarnos con patriotismo y serenidad a efectuar los cambios constitucionales, que si bien en su momento tuvieron una justificación, ahora son un obstáculo para el desarrollo industrial de México.
Pensemos en que las acciones legislativas deben tener como objetivo primordial responder al reclamo de millones de mexicanos que ven frustrado su futuro por la pobreza, la enfermedad y la ignorancia; responder a los mexicanos que demandan la oportunidad de tener un trabajo y un salario justo, y darles la posibilidad de superarse para alcanzar una calidad de vida digna.
Por lo anterior ponemos a su consideración las modificaciones a los artículos 27 y 28 Constitucionales con el objeto de abrir a la inversión privada las áreas de refinación y petroquímica reservadas al Estado, que traería enormes beneficios para el pueblo de México.
Si la expropiación petrolera se hizo en 1938 para defender y afirmar nuestra soberanía, hoy compañeros diputados, recae en nosotros la responsabilidad de rescatar de nuevo esa soberanía, que hemos perdido como nación, ante los grupos e intereses que han mantenido secuestrada para su propio beneficio, una industria que es de los mexicanos y que debe rendir beneficios a la Nación.
Reformas a los artículos 27 y 28 constitucionales
Artículo 27 constitucional párrafo cuarto.-
Se reforma el artículo 28 constitucional en materia de hidrocarburos para quedar como sigue.
No constituirán monopolios las funciones que el Estado ejerza de manera exclusiva en las siguientes áreas estratégicas: correos, telégrafos y radiotelegrafía; la explotación de los yacimientos de petróleo y de los hidrocarburos asociados en estado natural; minerales radioactivos y generación de energía nuclear; electricidad y las actividades que expresamente señalen las leyes que expida el Congreso de la Unión.
Unico.- Las siguientes modificaciones a los Artículos 27 y 28 constitucionales entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 11 de diciembre 1998
Suscribe la dip. María Del Pilar Guadalupe Valdés y González Salas
DE LA COMISION DE PATRIMONIO Y FOMENTO INDUSTRIAL, CON PROPUESTA TRIBUTARIA PARA EL FOMENTO INDUSTRIAL
Propuesta de reforma fiscal para el fomento industrial
Con el propósito de establecer un sistema tributario sencillo, eficiente y equitativo, que mejore el desempeño industrial y dinamice la inversión productiva, y que a la par, desarrolle finanzas públicas sanas e impulse un sistema fiscal competitivo que permita reducir la evasión, aumentar la base contributiva, combatir al comercio negro y descentralizar a la economía.
Se propone una reforma fiscal eficiente y funcional, que fomente y promueva a la industria, en condiciones de certidumbre, obligatoriedad y equidad, a fin de que la carga tributaria sea apoyada por un amplio número de causantes en razón de su capacidad contributiva, con la intención de elevar el nivel de los empleos y los salarios.
Se requiere simplificar la tributación para así poder avanzar a la real, efectiva y permanente promoción y fomento a la industrialización.
Leyes a reformar
Ley del Impuesto Sobe la Renta
Propuesta
* Mantener el sistema de deducción inmediata de la inversión en activo fijo. (Artículos 51 y 51-A)
* Incentivos fiscales a maquiladoras que compren insumos industrias nacionales. (Artículos 22 y 24)
* Tabla progresiva de mayor escala con rangos amplios para e pago del ISR a personas morales. (Artículo 10)
Tabla progresiva de mayor escala con rangos amplios para el I pago del ISR a personas físicas. (Artículo 80)
* Aplicar tasa del 0 por ciento del ISR por un período de 5 años y, reducción al 50 por ciento en los siguientes 5 años a nuevas empresas que se instalen en parques industriales. o en Municipios no conurbados menores a 50 mil habitantes. (Artículo 10-D Adición)
* Estímulo a la generación de empleos. (Artículo 163)
* Incentivos a la adquisición de equipos y software fabricados en México. (Artículo 51)
* Crear un esquema ágil y flexible para deducir en investigación y tecnología. (Artículo 27)
* Revisar los esquemas de deducibilidad en la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas. (Artículo 25 fracción III y 137 fracción X)
* Simplificar el cálculo para el pago de impuestos. (Artículo 141)
* Promover la reforma a la ley del ISR para que los anticipos a clientes no sean contemplados como ingresos gravables. (Artículo 16 fracción I, inciso c)
* Restablecer la disminución de los pagos provisionales a las empresas obligadas a dictaminarse para efectos fiscales vigente hasta 1996. (Artículo 12-A fracción IV)
* Mantener la fórmula de consolidación fiscal (Artículo 57-E y 57- I)
* Continuar con las facilidades para las Asociaciones en Participación. (Artículo 8)
Propuesta
* Mantener exento para las personas físicas los intereses de instrumentos de largo plazo. (Artículo 59)
* Continuar con la no obligatoriedad de solicitar y obtener comprobante por la adquisición de bienes o la utilización de servicios. (Artículos 42, fracción IX; 50 y 84, inciso g)
Propuesta
Propuesta
Ley del Impuesto Sobre Automóviles Nuevos
Propuesta
Propuesta:
Justificación: Se propone abrogarla por ser un gravamen que inhibe las inversiones y desalienta los proyectos a largo plazo. Además atenta contra el principio de equidad y proporcionalidad, ya que agrava de manera desigual a los contribuyentes.
DE LA COMISION DE PATRIMONIO Y FOMENTO INDUSTRIAL, CON PROPUESTA PARA LA REASIGNACION DE RECURSOS EN EL PROYECTO DE DECRETO DE PRESUPUESTO DE EGRESOS PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 1999
Propuesta para la reasignación de recursos en el proyecto del decreto de Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal de 1999.
Ramo 10, Secretaria de Comercio y Fomento Industrial
Diagnóstico
* El entorno económico nacional e internacional será recesivo durante 1999 por lo que es recomendable que los recursos de la Secofi se orienten a reactivar el mercado interno. Por este motivo, es imprescindible promover con mayor dinamismo el financiamiento y el desarrollo tecnológico de las pequeñas y medianas industrias. Para reforzar a estas empresas se debe continuar con la formación de cadenas productivas y la creación de empresas integradoras.
* Es oportuno asegurar una partida presupuestal para continuar con los programas de fomento a la innovación tecnológica industrial vinculada a los centros de educación y a los institutos de investigación.
* Es preciso promover con la Secretaría de Educación Pública la formación de técnicos en mercadotecnia, control de calidad e informática durante la instrucción media (secundaria y preparatoria), la cual debe ser apoyada por las grandes industrias para su entrenamiento práctico y después los técnicos deberán emplearse apoyando a las pequeñas y medianas empresas.
1. Con base en los sucesos económico-financieros externos e internos se deduce que la inversión extranjera y las exportaciones durante 1999 bajarán en relación a 1998; esto por consiguiente, disminuirá la carga de trabajo de las áreas responsables del sector externo.
2. En varios casos al parecer, existe duplicidad de funciones, por ejemplo: la Secretaría de Relaciones Exteriores tiene un Agregado Comercial, la Secofi una Subsecretaría de Negociaciones Comerciales Internacionales, una Subsecretaría de la Industria y el Comercio Exterior, una Dirección General de Servicios al Comercio Exterior y una Dirección General de Promoción Externa.
3. E1 Consejo de Recursos Minerales pretende un Presupuesto de $ 101...309,700.00; y además, la Secofi tiene una Coordinación General de Minería, una Dirección General de Minas y una Dirección General de Promoción Minera con un presupuesto conjunto, de ser aprobado, de $ 40...580,400.00 para 1999. El reciente crecimiento minero hace inminente la formulación de normas para la inversión y la actividad minera, así como reglas ambientales, ya que el gran número de concesiones han creado problemas de desechos, de los cuales no se ha calculado su impacto. Ante esta obvia carencia y falta de resultados, nos preguntamos si se justifica el gasto del Consejo de Recursos Minerales.
AI 101.- Diseño de Políticas y Estrategias Públicas,
$ 71,742.5 miles (- 13.7 por ciento).
AI 201.- Promover la Aplicación de Políticas Sectoriales, $ 76,785.2 miles (- 28.8 por ciento).
AI 202 .- Promover las Actividades Económicas del País, $ 10,522.7 miles (- 6.6 por ciento).
AI 204.- Coordinar y promover las relaciones del país a nivel internacional, $ 15,546.9 miles (- 29.4 por ciento).
AI 408.- Procurar Justicia, $ 55,396.3 miles (- 22.8 por ciento).
AI 701.- Administración de Recursos Humanos, Materiales y Financieros, $109,965.5 miles (- 16.2 por ciento).
AI 702.- Administrar los recursos informáticos para el desarrollo de las actividades sustantivas, $ 5,025.7 miles (- 12.3 por ciento).
AI 703.- Capacitar y formar servidores públicos, $ 1,008.0 miles (- 15.1 por ciento).
Total a reorientar: $ 345,992.8 miles
(-15.9 por ciento)
Asignación de los recursos racionalizados
Resulta justificable el reorientar los recursos para cubrir las necesidades y las demandas del mercado interno, aumentando las partidas al CRECE, al COMPITE (Ver Anexo 2), a la Dirección General de Industrias y a la Dirección General de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas y de Desarrollo Regional.
La reasignación de recursos a la Unidad Piloto de Promoción de Innovación Tecnológica Industrial corresponde a la simplificación del programa para dar servicio a las PyM empresas cerca de sus lugares de operación.
La racionalización de recursos se hizo primero usando el criterio de que los pagos por otras prestaciones sociales no fueran mayores al 50 por ciento de las remuneraciones al personal de carácter permanente (Ver Anexo 3); y segundo, reduciendo al 50 por ciento los montos de servicios de asesoría, informáticos, estudios e investigaciones de la mayoría de la Unidades Responsables, ya que existe una Actividad Institucional AI 702 Administración de Recursos Informáticos para el Desarrollo de las Actividades Sustantivas, que debe de optimizar el uso de estos recursos.
Partidas presupuestales con necesidad de aclaración
Existe la necesidad de profundizar en los siguientes conceptos de aplicación de los gastos (por su escasa definición es difícil racionalizar su justificación):
a) Servicios Comercial y Bancario. ¿Por qué nos cuesta..., ¿No debería rendir dinero...
b) Servicios de Traslado e Instalación. ¿A qué se refiere... ¿Es posible racionalizarlo...
c) Ayudas, Otros Servicios y Servicios Oficiales. ¿Se pueden definir con mayor precisión...
d) Maquinaria y Equipo Agropecuario, Industrial y de Comunicación. ¿A qué se refiere...
e) Pagos por Otras Prestaciones Sociales. ¿Cómo es posible que sean mayores que los Sueldos Bases... Hay que tener cuidado con el Presupuesto de Egresos (Capítulo II, Artículo 45, del Título Cuarto).
f) Transferencias para Servicios Personales. ¿A qué se refiere...
ANEXO 1. Actividades Institucionales y Unidades Responsables de las que proponemos disminuir el gasto a ser reasignado
AI 101.- Diseño de Políticas Públicas y Estrategias ---- $ 71,742.5 miles.
UR 200 OBJG 1500 1 2 1 ---$ 3,197.6 miles.
UR 300 OBJG 3300 1 0 1 ---$ 1,672.6 miles.
UR 300 OBJG 1500 1 2 1 --- $ 3,812.2 miles.
UR 400 OBJG 1500 1 2 1 --- $ 3,667.5 miles.
UR 500 OBJG 1500 1 2 1 ---- $ 11,421.2 miles.
UR 500 OBJG 3300 1 0 1 --- $ 32,475.0 miles.
UR 600 OBJG 1500 1 2 1 --- $ 2,125.7 miles.
UR 410 OBJG 3300 1 0 1 --- $ 500.0 miles
UR 410 OBJG 3600 1 0 1 --- $ 3,925.0 miles.
UR 411 OBJG 1500 1 2 1 --- $ 3,036.6 miles.
UR 412 OBJG 1500 1 2 1 --- $ 3,038.7 miles.
UR 210 OBJG 1500 1 2 1 ---$ 3,387.2 miles
UR 210 OBJG 3300 1 0 1 --- $ 4,689.5 miles.
UR211 OBJG 1500 1 2 1 --- $ 2,923.5 miles.
UR 212 OBJG 1500 1 2 1 --- $ 3,363.8 miles.
UR 212 OBJG 3300 1 0 1 --- $ 1,200.0 miles.
UR 213 OBJG 1500 1 2 1 --- $ 2,737.8 miles.
UR 300 OBJG 1500 1 2 1 --- $ 3,812.3 miles.
UR310 OBJG 1500 1 2 1 --- $13,429.5 miles.
UR 311 OBJG 1500 1 2 1 --- $ 4,373.4 miles.
UR 312 OBJG 1500 1 2 1 --- $ 3,840.6 miles.
UR 312 OBJG 3300 1 0 1 --- $ 545.7 miles.
UR313 OBJG 1500 1 2 1 --- $ 4,128.4 miles.
UR 610 OBJG 1500 1 2 1 --- $ 2,651.1 miles.
UR 610 OBJG 3300 1 2 1 --- $ 3,765.0 miles.
UR 611 OBJG 1500 1 2 1 --- $ 2,973.0 miles.
UR 103 OBJG 3300 1 0 1 --- $ 6,041.8 miles.
UR 511 OBJG 1500 -- $ 2,530.9 miles.
UR512 OBJG 1500 -- $ 3,170.3 miles.
UR 513 OBJG 1500 -- $ 4,491.9 miles.
UR 514 OBJG 1500 -- $ 2,855.6 miles.
UR LAT OBJG 4301 1 2 1 ---$ 6,752.5 miles.
UR LAT OBJG 4302 1 0 1 --$ 3,376.3 miles.
UR LAT OBJG 4303 1 0 1 ---$ 9,883.9 miles.
UR LAT OBJG 4301 1 2 1 ---$ 2,271.1 miles
UR LAT OBJG 4302 1 0 1 --- $ 1,351.8 miles
UR LAT OBJG 4303 1 0 1 --- $ 4,492.7.miles.
UR 104 OBJG 1500 1 2 1 --- $ 5,101.9 miles.
UR 110 OBJG 1500 1 2 1 --- $ 2,143.4 miles.
UR 111 OBJG 1500 1 2 1 --- $ 1,719.6 miles.
UR 700 OBJG 1500 1 2 1 --- $ 7,039.1 miles
UR 700 OBJG 3300 1 0 1 --- $ 1,704.0 miles
UR 710 OBJG 1500 1 0 1 --- $ 17,430.1 miles
UR 711 OBJG 1500 1 2 1 --- $ 1,920.1 miles
UR712 OBJG 1500 1 2 1 --- $ 5, 091.3 miles
UR 712 OBJG 3300 1 2 1 --- $ 925.0 miles
UR 720 OBJG 1500 1 2 1 --- $ 47, 841.9 miles
UR 720 OBJG 3300 1 0 1 --- $ 1,063.0 miles
UR 713 OBJG 3300 1 0 1 -- $ 1,835.0 miles.
Anexo 2
* El CRECE es un programa que tiene como objeto conjugar las necesidades de las empresas y los intereses de las instituciones, en coordinación con los programas de ciencia y tecnología y de desarrollo educativo.
* El COMPITE es un programa que tiene como propósito incrementar la productividad de las empresas a través de la eficientización de sus procesos productivos y un aprovechamiento máximo de sus recursos.
* El COMPITE es un programa para capacitar a las pequeñas y medianas empresas en la aplicación de métodos eficientes de producción que optimicen tiempos de respuesta, espacios en planta, inventario, productividad y elimine otras operaciones que no proporcionan valor agregado al producto final y si generan gastos innecesarios.
Premisa que se tomó para que las prestaciones sociales no rebasen el 50 por ciento de las remuneraciones del personal de carácter permanente, con lo cual se logra una parte de las reducciones presupuestales:
Capítulo II, Artículo 54 del Proyecto del Decreto de Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal de 1999.
"... En ninguna dependencia o entidad el valor total de dichos estímulos podrá ser superior al 65 por ciento del valor hipotético que se obtendría de otorgarse el limite máximo de estímulo permitido a todos los servidores públicos que tengan derecho al mismo."
Honorable Asamblea:
En cumplimiento a lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la cual otorga a esta Cámara de Diputados de manera exclusiva la facultad y obligación de revisar la Cuenta Pública del año anterior, la Comisión de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública con fundamento en lo establecido por los artículos 48 y 49 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, recibió para su estudio, análisis y dictamen la Cuenta de la Hacienda Pública Federal correspondiente al ejercicio fiscal de 1997, siendo presentada en tiempo y forma por el Ejecutivo Federal, de acuerdo a lo establecido en el artículo 74 fracción IV sexto párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el 43 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.
Con el fin de dar pleno cumplimiento al mandato constitucional, la Comisión de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública coordinó las actividades relacionadas con el estudio, discusión, análisis y evaluación de los resultados alcanzados en los sectores o ramos específicos de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal (CHPF). Con el propósito de ampliar la información, convocó a 18 reuniones de trabajo, a las cuales asistieron por parte del Ejecutivo Federal, subsecretarios, oficiales mayores, directores generales y otros servidores públicos de las dependencias y entidades que integran el sector público, asimismo participaron en estas reuniones por parte del Poder Legislativo los diputados integrantes de la Comisión de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública de los grupos parlamentarios y las diferentes comisiones ordinarias de esta Soberanía. En dichas reuniones se estableció un diálogo entre legisladores y autoridades para intercambiar puntos de vista y aclarar dudas relacionadas con la gestión financiera y el cumplimiento de metas de los principales programas. Cabe resaltar que por primera vez asistieron a estas reuniones funcionarios del Instituto Federal Electoral.
El formato acordado para estas reuniones abrió la posibilidad para que los Diputados solicitaran información adicional a los funcionarios públicos asistentes. La Comisión de Programación hizo requerimientos de información a las distintas dependencias, de las cuales solo quedaron pendientes tres que se detallan en los apartados correspondientes.
La Contaduría Mayor de Hacienda (CMH) en cumplimiento a lo establecido por el artículo 3 fracción II inciso a) de la Ley Orgánica de la CMH, elaboró y rindió a esta Soberanía el Informe Previo sobre la Revisión de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal, documento que fue turnado a esta dictaminadora conforme a lo establecido en el artículo 10 fracción IV del mismo ordenamiento, por la Comisión de Vigilancia de la CMH de esta H. Cámara de Diputados. Para la revisión de la Cuenta Pública se utilizaron además otras fuentes de información como el Informe Presidencial de 1997, el Informe de Ejecución del Plan Nacional de Desarrollo 1995-2000 correlativo, el Programa Nacional de Financiamiento del Desarrollo 1997-2000, el Informe Anual del Banco de México 1997, los Informes Trimestrales sobre la Situación Económica, las Finanzas Públicas y la Deuda Pública 1997 y la información adicional que se solicitó a las dependencias en las reuniones que se tuvo con éstas.
En congruencia con los anteriores elementos, la Comisión de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública elaboró un proyecto de dictamen que fue realizado acorde a los preceptos establecidos en la ley, así como a las importantes aportaciones realizadas por los Diputados integrantes de la Comisión, miembros de los grupos parlamentarios que integran esta Soberanía. Del trabajo realizado se conformó el presente dictamen, para sustentar el decreto sobre la revisión de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal correspondiente del ejercicio fiscal 1997.
DICTAMEN
I. Observancia de los principios básicos de contabilidad gubernamental
Esta dictaminadora asume las conclusiones obtenidas en el Informe Previo elaborado por la CMH respecto a la observancia por el Ejecutivo Federal de los principios básicos de contabilidad gubernamental, como resultado de su evaluación preliminar.
En términos generales, la Cuenta de la Hacienda Pública Federal 1997 se presentó de acuerdo a los principios básicos de contabilidad gubernamental, conclusión que deberá ser constatada en las auditorías financieras que se practiquen para ese ejercicio.
En lo particular y acorde a lo presentado en el Informe Previo, en el caso del Sector Central se observó que en lo general la Cuenta Pública 1997 se presentó conforme con los principios básicos de contabilidad gubernamental, sin embargo, en algunas dependencias se detectó que existe falta de depuración de diversas cuentas de balance, omisión de recuentos físicos de bienes inventariables, pagos de bienes y servicios recibidos en 1996 con cargo al presupuesto de 1997 y registros de presupuestos como ejercido no devengado al 31 de diciembre de 1996. También se observó el incumplimiento de los principios "Cumplimiento de disposiciones legales", "Control presupuestario", "Base de registro" y "Revelación suficiente", por lo que la CMH deberá realizar las revisiones específicas sobre el particular y rendirá a esta Cámara los informes de los resultados correspondientes.
En el sector paraestatal del análisis de los dictámenes emitidos por los auditores independientes, se determinaron algunos incumplimientos de los Principios Básicos de Contabilidad Generalmente aceptados en los casos del ISSSTE, LOTENAL, LyFC, PEMEX Consolidado, PEMEX no consolidado y PEMEX-Exploración y Producción. El órgano técnico de la Cámara de Diputados a su vez detectó inobservancias en los casos anteriores, en los principios básicos de contabilidad gubernamental "Control presupuestario" y "Cumplimiento a disposiciones legales". La CMH también procederá a llevar a cabo revisiones específicas sobre el particular.
II. Observancia de los preceptos legales
En lo referente a la observancia de los preceptos legales, esta dictaminadora al igual que el Informe Previo de la CMH concluye que en lo general existe una observancia generalizada de las disposiciones conducentes, sin embargo, existieron casos en que al parecer hubo incumplimiento o se observaron inconsistencias en la información proporcionada sobre el particular.
La Comisión de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública hace notar la discrecionalidad con la que por tercer año consecutivo se asignaron recursos mayores a los presupuestados destinados a saneamiento financiero y por apoyo a deudores.
III. Análisis de los resultados financieros-presupuestarios del sector público federal
III.1.- Análisis del panorama económico y de las finanzas públicas
Los Criterios Generales de Política Económica (CGPE) señalaban como objetivos para el año de 1997 alcanzar una tasa real de crecimiento de 4%, reducir la inflación a 15%, tener un déficit económico de 0.51% del Producto Interno Bruto (PIB), un déficit en cuenta corriente de 1.2% del PIB e incrementar el nivel de vida de la población por medio de mayores niveles de empleo.
Durante 1997 el comportamiento en general de las principales variables macroeconómicas fue satisfactorio. Destaca el crecimiento de 7% en términos reales del PIB. Este crecimiento se originó de una recuperación de casi todos los sectores de la economía nacional. El sector industrial y el sector servicios fueron los que registraron mayor actividad con una tasa anual de crecimiento de 9.3% y 6.8%, respectivamente. En el sector industrial la producción manufacturera se incrementó debido a una gran dinámica de las exportaciones y el sector servicios reflejó una recuperación del mercado interno. El sector agropecuario observó una tasa de 1.4% anual, incremento menor al de otros sectores.
La tasa de desempleo abierto en las áreas urbanas disminuyó de 4.1% a 2.8%, no obstante el salario real no logró recuperarse al nivel que se tenía antes de la emergencia económica de fines de 1994.
En materia de inflación, la meta programada de 15% fue rebasada en 0.7%. Destacaron en este comportamiento los meses de mayo, junio, julio, agosto, octubre los cuales tuvieron inflaciones mensuales menores a un punto porcentual. A pesar de esto, algunos bienes registraron un aumento en precio superior al promedio, como el servicio telefónico (62.5%), tenencias y seguro (47.1%), gas doméstico (29.1%), medicamentos (25.9%) y la tortilla (24.4%).
No obstante la favorable evolución de los ingresos y de la racionalización del gasto público, en 1997 el sector público no financiero cerró el ejercicio con un déficit económico de caja de 24,600 millones de pesos (mdp). Con relación al tamaño de la economía, dicho resultado correspondió al 0.8% del PIB, con lo que se rebasó el déficit previsto en el documento de Criterios Generales de Política Económica para ese año, que era de 0.5 puntos del producto. Este resultado se explica principalmente por el costo fiscal de los programas de alivio a deudores y de saneamiento financiero que ascendió a 39,800 mdp y que considera de manera extraordinaria 29,000 mdp por encima de lo programado; si no se incluye este costo, se obtiene un superávit económico de caja por 15,200 mdp equivalente a 0.5% del PIB.
Acorde con la estrategia trazada, el balance presupuestal arrojó un saldo deficitario mismo que medido en términos de PIB alcanzó un nivel de 0.3%, de excluir en este resultado el costo fiscal asociado con los programas de apoyo financiero y con la reforma a la seguridad social se obtendría un superávit de 1.5%. Ello indica que el balance deficitario obedeció, en la práctica, a una forma de prepago de algunas obligaciones del propio sector público.
Esta dictaminadora destaca las diferencias metodológicas en la presentación de los resultados de las finanzas públicas que se reportan a esta H. Cámara mediante los Informes sobre la Situación Económica, las Finanzas Públicas y la Deuda Pública, el Informe Anual del Banco de México y los resultados de la CHPF. Se solicita a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público que todos los informes sobre finanzas públicas que se reporten a la H. Cámara de Diputados, se presenten bajo una misma metodología para que este órgano legislativo pueda evaluar objetivamente cada ejercicio fiscal.
III.2.- Ingresos públicos
Los ingresos ordinarios del sector público presupuestario mostraron una evolución favorable al incrementarse en 6.9% en términos reales con respecto a 1996 y llegar a 737,180.9 mdp, esto es, 42,280.3 mdp más de lo pronosticado en la Ley de Ingresos de la Federación (LIF). Como porcentaje del producto, los ingresos ordinarios representaron un 23.2%, superando en 0.8% a lo esperado.
El Gobierno Federal obtuvo ingresos por 508,743.8 mdp, lo cual significó un crecimiento real con respecto al año anterior de 9.1% y de 7.8% con respecto al presupuesto original. Este incremento se debió principalmente a que los ingresos tributarios crecieron en 17% respecto a la meta establecida, producto de la mayor recaudación en ISR (26,837.4 mdp adicionales) e IVA (9,743.8 mdp adicionales). Los organismos y empresas obtuvieron ingresos superiores en 2.4% mayores a lo previsto en la LIF.
Del total de los ingresos ordinarios del sector público presupuestario, el 69.01% corresponde a los ingresos del gobierno federal y 30.98% a los organismos y empresas. De los primeros el 35.67% son ingresos petroleros y el 64.32% ingresos no petroleros. De éstos últimos el 84.24% son ingresos tributarios y el resto no tributarios. De los organismos y empresas, PEMEX contribuye con el 35.89%. Del total de los ingresos del gobierno federal, el 36.1% proviene de los ingresos petroleros.
A pesar del resultado positivo en materia de recaudación obtenido en 1997, resulta evidente la necesidad de fortalecer los ingresos tributarios para contribuir a la atención de las necesidades económicas del país, así como combatir la evasión y la elusión fiscal. Resulta necesario la instrumentación de una reforma fiscal que permita a las finanzas públicas nacionales no depender en gran medida de los ingresos petroleros.
Esta dictaminadora reitera la petición que hizo la H. Cámara de Diputados en el Decreto relativo a la revisión de la Cuenta Pública de 1996, sobre la insuficiencia en la información que proporciona la Secretaría de Hacienda y Crédito Público con respecto a los ingresos tributarios. Se solicita que se incluya en la presentación de la Cuenta Pública información completa respecto a la recaudación por estratos de ingreso, número de contribuyentes, personalidad y de tasa efectiva de gravamen, para que esta Soberanía pueda evaluar políticas tributarias alternativas y su incidencia en los contribuyentes.
III.3.- Gasto Público
El gasto neto devengado del sector público presupuestario al cierre del ejercicio de 1997 ascendió a 746,468.6 mdp, superior en 4.6% a lo previsto. Como proporción del PIB, se incrementó su participación al llegar a 23.5%, superando la que se establecía en el PEF 1997 que era de 23.1%. El gasto programable ascendió a 528,123.9 mdp superando en 4.2% a lo previsto. El gasto no programable fue mayor en 5.4% a lo programado para llegar a 218,344.7 mdp.
El aumento en el gasto neto total fue de 32,534.0 mdp. De este monto adicional, 21,431.1 mdp (65.9%) se ejercieron como gasto programable y 11,102.9 mdp (34.1%) como gasto no programable. Estas erogaciones adicionales se financiaron con ingresos ordinarios excedentes obtenidos en este año. El mayor gasto programable se destinó a proyectos de hidrocarburos, energía eléctrica y comunicaciones, en tanto que el aumento en el gasto no programable se dirigió principalmente a los programas de saneamiento financiero y apoyo a deudores.
Dentro del gasto programable el gasto corriente y el de capital aumentaron en 3.3% y 7.9% respectivamente. El primero fue superior a lo previsto por las erogaciones adicionales en servicios personales y la variación del segundo se explica por los mayores recursos destinados a ayudas subsidios y transferencias y a la inversión financiera.
El costo financiero de la deuda (95,264.5 mdp) fue considerablemente menor a lo que se tenía presupuestado (119,693.6 mdp) para 1997 debido a una reducción por el concepto de intereses, comisiones y gastos de la deuda lograda por la reestructuración de algunas obligaciones y el mejoramiento del perfil de vencimientos. Esto originó que la participación del costo financiero de la deuda dentro del gasto neto se redujera. Esto permitió liberar recursos presupuestarios, tanto para incrementar el gasto programable como para cubrir parte de los costos de los programas de apoyo a deudores y de saneamiento financiero. Si se incluye el costo de estos programas dentro del costo financiero de la deuda del sector público presupuestario, este costo alcanza 135,050.6 mdp.
En lo que respecta a las participaciones federales a estados y municipios, éstas se incrementaron en 6,980.7 mdp, que representa un incremento de 8.0% respecto a lo presupuestado.
Las principales variaciones presupuestales en el Sector Público Federal para este año, tanto positivas como negativas. El Gobierno Federal registró un incremento en el gasto por 42,722.3 mdp con relación a lo presupuestado, variación que se explica por el sobrejercicio de 119.6 mdp del Poder Legislativo; 43,406 mdp del Poder Ejecutivo y 119 mdp registrado en los Ramos Generales y por el decremento de 622.3 mdp registrado en el Poder Judicial.
Por lo que respecta al Poder Ejecutivo, dentro de las variaciones más importantes se encuentran el incremento de 21,407.5 mdp en la SCT; 6,580 mdp en la SEP; 3,436.1 mdp en la SHCP, 2,654.5 mdp en Gobernación y 1,634.7 mdp en Desarrollo Social. En el ejercicio presupuestal de los Ramos Generales se detectaron importantes subejercicios, de los cuales, los más significativos son los decrementos por 26,491.3 mdp en el ramo 23 "Provisiones salariales y económicas", 21,998.3 mdp en el Ramo 24 "Deuda Pública", y 1,017.3 mdp en el Ramo 26 "Superación a la Pobreza". Sin embargo, se detecta un sobrejercicio por 38,414.5 mdp en el ramo 29 "Saneamiento financiero", derivado del ejercicio de la facultad discrecional con la que cuenta el Ejecutivo Federal.
En cuanto a los organismos y empresas de control presupuestal directo, se presentaron importantes variaciones programáticas tanto positivas como negativas. Destacan los sobreejercicios de FERRONALES con 18,818.4 mdp y el ISSSTE con 1,335.6 mdp, en tanto que se registraron subejercicios en CFE por 1,721.0 mdp, CONASUPO por 1,579.3 mdp y PEMEX por 397.2 mdp.
IV.- Análisis de la orientación sectorial del gasto, los resultados programáticos y del gasto por dependencia
IV.1.- Desarrollo Agropecuario
El gasto ejercido por el sector Desarrollo Agropecuario ascendió a 29,762.1 mdp, es decir, 5.7% de las erogaciones sectoriales, cifra menor en 4.4% al proyecto original. Este comportamiento se explica en gran medida por la disminución de las erogaciones de SAGAR, CONASUPO y Ramo 26, así como por los menores requerimientos de transferencias a las instituciones financieras de fomento agropecuario.
Secretaría de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural
Para la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural se autorizaron 19,803.2 mdp. Al cierre del ejercicio se erogaron 21,262 mdp, 7.4% superior a la asignación original.
El gasto se ejerció de la siguiente manera: para gasto directo 2,362.7 mdp (11.1 % del presupuesto total ejercido), y 18,899.2 mdp para Ayudas, Subsidios y Transferencias, (7.5% mas de lo programado y 88.9 % del total del gasto ejercido). Dentro de éste rubro se destinaron 16,727.7 mdp para los órganos administrativos desconcentrados y entidades paraestatales, distribuido principalmente en un 59.15% a ASERCA y 28.8% a CONASUPO.
La CMH para la elaboración del Informe Previo seleccionó para su estudio y análisis seis programas sustantivos de acuerdo a su vinculación con prioridades nacionales y sectoriales. Esta Comisión analizó 3 de los 19 programas, considerando los mismos elementos.
El programa 3F "Fomento, Promoción y Aprovechamiento para la Producción y Productividad Primaria y Agroindustrial" ejerció 10,028.2 mdp, 3.9% superior al original. Este sobrejercicio se explica a que se otorgaron recursos adicionales a las delegaciones estatales para apoyar a productores afectados por heladas y sequías y se orientaron recursos al Programa Alianza para el Campo.
El Proyecto para el que se presupuestaron mayores recursos fue PROCAMPO, el cual erogó 7,533.2 mdp.
El programa 3L "Fomento y Regulación del Comercio Interior y Exterior", ejerció 2,163.3 mdp, 286% superior a lo presupuestado originalmente. Dicho sobrejercicio se explica por el gasto del Programa ASERCA, para apoyar la comercialización de maíz blanco entre productores y la industria harinera, así como por la ejecución de programas emergentes de comercialización de trigo y sorgo. A pesar de este sobrejercicio, de las 12 metas del Programa, 4 cumplieron sus objetivos, 6 los cumplieron parcialmente y 2 se cancelaron.
El programa no sustantivo DN "Asistencia Social, Servicios Comunitarios y Prestaciones Sociales", ejerció 1,740.7 mdp, 44.1% inferior al original que era de 3,113.3 mdp. Este subejercicio se explica por la transferencia de 1,372.6 mdp a CONASUPO para mantener el subsidio a la cadena de maíz-harina-tortilla por 2.1 millones de toneladas, y por las compras adicionales de maíz en Sinaloa en virtud del aumento de producción de grano.
A diciembre de 1997, el saldo del financiamiento otorgado por la banca especializada en el Sector Agropecuario, ascendió a 69,000 mdp, lo que significa un aumento de 2.94% en términos nominales y una disminución de 12.4% en términos reales con relación a lo alcanzado el año anterior.
Compañía Nacional de Subsistencia Populares
En 1997, el presupuesto devengado por CONASUPO ascendió a 8,897.99 mdp, inferior en 1,275.5 mdp respecto al original autorizado, que representa el 87.5%, debido al subejercicio registrado en gasto corriente. Lo anterior fue consecuencia de la reducción en el volumen comercializado de frijol, ante la intervención de los agentes privados en la compra directa de cosechas a precios superiores a los ofrecidos por la entidad. También influyó la racionalización de su gasto de administración y la cancelación de algunas obras en edificios administrativos.
Del monto ejercido, se destinó el 56.9% al capítulo de materiales y suministros, es decir 5,041.13 mdp que comparados con el presupuesto original asignado, registraron un subejercicio del 2.1%. Dicha variación se deriva del efecto combinado de un sobrejercicio en la adquisición de maíz por un importe de 536.11 mdp y un subejercicio en las compras de frijol por un monto de 624.45 mdp.
Por lo que respecta a frijol, las compras disminuyeron debido a los fenómenos meteorológicos que afectaron a las zonas de producción. La Conasupo adquirió un volumen de frijol menor al programado, ya que en el mercado se ofreció un precio por arriba de los autorizados por la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial. Las metas de adquirir frijol y venderlo en el mercado nacional estuvieron alrededor de 70% por debajo de lo programado como resultado de la mayor participación del sector privado en la compra del grano.
Mediante el programa DN y su único subprograma 01 "Atención y Mejoramiento Nutricional" Conasupo otorgó subsidios por un volumen de harina de maíz inferior en 25% al previsto con recursos inferiores en 37.3% a los autorizados, debido a la reducción registrada en los precios de referencia e internacional de maíz. La CONASUPO subsidió 2.1 millones de toneladas de harina de maíz a las empresas harineras que vendieron su producción a la industria de la masa y la tortilla.
En el caso del maíz, el sobrejercicio se originó por la adquisición del excedente de cosecha generado en el ciclo agrícola otoño-invierno 96/97. El subprograma 01 de la CONASUPO denominado "Adquirir maíz nacional" superó en alrededor de 38.5% la meta, debido a que la institución efectuó compras adicionales en Sinaloa porque la producción de dicho grano fue mayor a la esperada como resultado de la mayor superficie cosechada en las zonas de riesgo en esa entidad.
Esta dictaminadora asume las recomendaciones establecidas en el Informe Previo elaborado por la CMH en esta materia, y por su parte hace notar las siguientes:
* Se solicita a la Comisión de Vigilancia de la CMH instruya a este órgano técnico para que realice una revisión con el objetivo de determinar los mecanismos que la Secretaría usa para evaluar la aplicación de los recursos en cada uno de los programas de Alianza para el Campo, y del desempeño de las delegaciones de la SAGAR.
El Sector de Medio Ambiente y Pesca por segundo año consecutivo registró un subejercicio. Para 1997 se ejercieron 7,380 mdp, 13.7% menos de lo programado derivado de la disminución de recursos ejercidos por PEMEX y por la utilización parcial de la previsión para desastres naturales.
Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca
La Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca (SEMARNAP) ejerció 10,136.5 mdp, monto 10.2% mayor al presupuesto original, que fue de 9,198.7 mdp. El gasto se distribuyó de la siguiente manera: 17.6% para el Sector Central (Secretaría y Delegaciones Federales) y 82.4% para los Organos Administrativos Desconcentrados: Instituto Nacional de Pesca (INP), Comisión Nacional del Agua (CNA), Instituto Mexicano de Tecnología del Agua (IMTA), Instituto Nacional de Ecología (INE), Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA). De estos órganos la CNA, ejerció el 67.1% con respecto al gasto total de la Secretaría.
En un análisis global de los 28 programas se observa que de acuerdo a sus objetivos, tres están relacionados directamente con la pesca que corresponden al 2.6% del total; cinco con el medio ambiente, 12% del total; once con la investigación, tecnología y capacitación, así como la coordinación y conducción del Plan Nacional de Desarrollo 1995-2000 que representan un 12.8% del total y cuatro de ellos, con el sector hidráulico para un 58.2% del total. Los programas sustantivos que representan el 85.3% del presupuesto de la Secretaría registraron un sobrejercicio de 2.3% y los no sustantivos (14.7% del total) registraron un sobrejercicio de 55.9%. En los programas sustantivos el mayor sobrejercicio se origina en un programa relacionado con el sistema hidráulico, mientras que existió un subejercicio en seis de los ocho directamente relacionados con medio ambiente, pesca y ecología.
En el Informe Previo emitido por la CMH se seleccionaron seis programas para su estudio y análisis, en tanto que ésta Comisión toma cuatro de ellos, considerando su vinculación con las prioridades nacionales y sectoriales. El programa sustantivo ED "Drenaje y tratamiento de aguas negras" ejerció un gasto de 311.1 mdp con un ahorro de 27.7%, debido a que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público autorizó un traspaso de recursos al programa EC "Construcción y Adecuación para Agua Potable". De acuerdo a la información presentada en la Cuenta Pública se observa que las metas de drenaje, alcantarillado y saneamiento se cumplieron al 100%.
El programa sustantivo EC "Construcción y Adecuación para Agua Potable" ejerció 1,593.8 mdp, 6.4 % inferior a lo presupuestado, debido a que 4 obras de agua potable y saneamiento del proyecto "Sistema de Valle de México-Temascaltepec" se difirieron por no haberse suscrito a tiempo los convenios de coordinación con municipios del Estado de México. Por lo cual se solicita a la CMH a través de la Comisión de Vigilancia que analice las causas por las cuales no se suscribieron estos convenios.
El programa sustantivo 3Z "Regulación y Preservación Ecológica", erogó 209.2 mdp, 11.9% inferior a lo presupuestado, principalmente porque se autorizó una transferencia de recursos al programa AA y de la CNA a los programas 3P, BC, 3O, AA, 3Q y DH a fin de apoyar estudios del IMTA en materia de investigación y desarrollo tecnológico, así como para regularizar plazas de especialistas en hidráulica. Se solicita a la Comisión de Vigilancia de la CMH que instruya a este órgano realizar las revisiones que permitan determinar las razones por las cuales se destinaron menos recursos a este programa sustantivo.
De lo anterior, esta dictaminadora recomienda que se dé mayor impulso a los programas relacionados con el Plan Nacional de Desarrollo 1995-2000, el cual establece como uno de sus objetivos frenar las tendencias de deterioro del ambiente, los ecosistemas y los recursos naturales y sentar las bases para un proceso de restauración y recuperación ecológica que permita promover el desarrollo económico y social de México, con criterios de sustentabilidad. Durante el análisis de los programas se concluyó que la Secretaría destina parte importante de su presupuesto al sector hidráulico y en menor medida a los programas relacionados directamente para la preservación, conservación del medio ambiente y promoción del desarrollo sustentable y de acuerdo a datos establecidos en el documento denominado "Análisis del desempeño ambiental en México" realizado por la OCDE se muestra que debido a la falta de mantenimiento a la red hidráulica casi el 40% del agua de nuestro país se desperdicia por fugas.
Se recomienda que para el Informe de Resultados que debe elaborar la CMH y para ejercicios posteriores, la CNA proporcione en la CHPF indicadores de eficiencia en el mantenimiento y ampliación de la red hidráulica nacional. Asimismo, se instruye a la CMH por conducto de la Comisión de Vigilancia para que ejerciendo sus facultades de contraloría, verifique la eficiencia del ejercicio del gasto realizado por la CNA y los programas que tiene a su cargo.
IV.3.- Desarrollo Social
Secretaría de Desarrollo Social
El presupuesto original de 1997, aprobado por la H. Cámara de Diputados al Sector Desarrollo Social, en el apartado del Ramo 20, ascendió a 6,527.125 mdp, que al término del ejercicio se incrementó en 25.0%, para alcanzar un total de 8,161.856 mdp, 9.26% menor que el año anterior en términos reales.
El total ejercido incluye 1,485.3 mdp de recursos de ampliación presupuestal procedentes del Ramo 26 Superación de la Pobreza, de los que 1,369.15 mdp fueron erogados en gasto directo por conducto de las 31 delegaciones estatales de la SEDESOL, 63.5 mdp por el Instituto Nacional Indigenista (INI) y 52.6 mdp por la Comisión Nacional de Zonas Áridas (CONAZA).
Conforme a la clasificación económica, del gasto total ejercido por el sector, el 66.2% se destinó a gasto corriente y el 33.8% a gasto en inversión, porcentajes que difieren del 77.2% y 22.8%, respectivamente, de la establecida en el presupuesto original aprobado por la H. Cámara de Diputados. Lo anterior se explica por el mayor gasto en proyectos de obra pública y subejercicios en diversos programas.
Diconsa atendió alrededor de 32.7 millones de personas mediante la comercialización de granos básicos, Liconsa benefició a 5.3 millones de personas por medio de la comercialización de 1,070.2 millones de litros de leche, el FIDELIST entregó de manera gratuita un kilogramo de tortilla a 1.9 millones de familias, CONPROGRESA otorgó apoyos económicos a 300,700 familias, el INI distribuyó 32,775 raciones alimenticias y el DIF proporcionó 515,564.7 miles de desayunos escolares y 21,051.7 millones de despensas a familias de bajos ingresos, de las cuales no se presenta información que permita conocer su distribución geográfica.
En su vertiente alimentaria, durante 1997 el PROGRESA estuvo a cargo de la Sedesol, con el apoyo de la infraestructura de la FIDELIST y la CONPROGRESA. En su conjunto ejercieron recursos por 269.3 mdp, monto inferior en 48.2% al presupuestado, de 520 mdp. De los 96.6 mdp que no fueron ejercidos por la Sedesol, 3.5 mdp se transfirieron al programa "Administración" para pagar asesorías en apoyo a la operación de PROGRESA y 93.1 mdp quedaron a disposición de la Tesorería de la Federación como ahorros presupuestales.
El PROGRESA, en su componente alimentario, benefició durante 1997 al 75.1% de las familias programadas, otorgándoles apoyos financieros para mejorar sus condiciones de alimentación. La CONPROGRESA erogó por ese fin 204.5 mdp, 20.8% menos del presupuesto autorizado. El subejercicio se explica por el hecho de que el programa inició sus operaciones en el último cuatrimestre del año, por lo cual el subsidio de alrededor de 100,000 familias se difirió para 1998. El PROGRESA fue constituido legalmente hasta el 8 de agosto de 1997, fecha en la que fue publicado el decreto presidencial correspondiente, no obstante que desde 1996 se ejercieron recursos para su planeación e instrumentación. Es importante señalar que dicho subejercicio se da en un contexto de preocupación por los niveles de desnutrición que afecta principalmente a los niños menores de 5 años.
Por lo que se refiere a FIDELIST, en la Cuenta Pública se informa que sólo se apoyó económicamente a 6,000 de las 177,000 miles de familias que se programaron, porque al crearse la CONPROGRESA en 1997 la operación del PROGRESA pasó a ser responsabilidad de esa Coordinación, lo cual explica también la disminución del gasto.
El Programa de Subsidio al Consumo de la Tortilla fue afectado por el PROGRESA en su operación general, ya que otorgó de forma gratuita un kilogramo diario de producto a 11.7% menos de las familias previstas, debido a que se dio prioridad a la emisión de las tarjetas que se emplearían en el PROGRESA.
No se ofrece una cifra exacta con relación al número de familias atendidas por el PROGRESA durante 1997. En el tomo analítico de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal de 1997 se afirma que a través del Programa de Alimentación, Salud y Educación se aplicaron 550 mil entrevistas en más de 13 mil localidades de 689 municipios de 20 entidades federativas, para determinar las familias potencialmente susceptibles de ser beneficiadas, e iniciar el Programa, que en ese año atendió a 230,779 familias en situación de pobreza extrema, destacando la ayuda a 62,000 familias de Oaxaca y 30,927 de Guerrero con motivo de los daños ocasionados por el huracán "Paulina". De acuerdo con información adicional proporcionada por el Secretaría de Desarrollo Social, para efectos del análisis de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal de 1997, el PROGRESA atendió a 300,705 familias e identificó a 404,000 como beneficiarias del programa, por lo que a alrededor de 100,000 de ellas no se atendieron sino hasta 1998 por razones logísticas.
Liconsa ejerció un presupuesto inferior en 14% al aprobado, debido principalmente a las menores erogaciones en las compras de leche en polvo de importación, al reducirse en 7.6% el precio de ese producto, ya que se observó un tipo de cambio menor al programado y a que disminuyó la producción de la dependencia. El subprograma "Carnes y Lácteos" de Linconsa cumplió sus metas en 98.1%, ejerciendo recursos en un 19.8% menos de lo estimado.
De acuerdo con reportes de Liconsa en el D.F. y el Estado de México se concentró el 65.8% del volumen de leche que se comercializó por parte de la entidad durante 1997 y 49.1% del padrón de beneficiarios; disminuyendo la cobertura en el ámbito urbano en 1.5% para incrementar en la misma proporción la del ámbito rural; siendo lo deseable que se incrementara la cobertura total del programa de abasto social de leche ante los menores precios de los insumos; es necesario auditar a la dependencia para conocer a qué programas se destinaron los gastos no devengados por Liconsa.
Del análisis se detecta que algunos recursos que fueron autorizados para gasto social no fueron ejercidos por retrasos en la operación de los programas, como es el caso del PROGRESA. En tal virtud se recomienda a la CMH a través de la Comisión de Vigilancia que realice una evaluación del desempeño de este programa.
Secretaría de Salud
El presupuesto original autorizado a la Secretaría de Salud para el año de 1997 por la H. Cámara de Diputados, fue de 14,064.74 mdp, se ejercieron 15,793.95 mdp. El presupuesto ejercido representa el 12.3% adicional sobre el presupuesto original. Esta Secretaría recibió una ampliación neta por 2,389.31 mdp de la cual el 85.9% correspondió a transferencias a las entidades federativas para pago de servicios personales, pagos a terceros y apoyos para compra de medicamentos, así como a los incrementos en el ámbito central en servicios personales.
Para el desarrollo del programa de descentralización para 1997, se autorizaron originalmente 7,905.59 mdp, que se modificaron con una ampliación neta de 2,052.17 mdp, para llegar a 9,957.77 mdp, transfiriéndose su totalidad a las entidades federativas descentralizadas, esto representa el 63.0% del presupuesto total ejercido en la Secretaría de Salud.
Durante 1997 concluyó la primera fase de la descentralización de la Secretaría de Salud mediante la creación de los 32 Organismos Públicos Descentralizados (OPDs), que se encargarán de administrar los recursos, así como prestar los servicios de salud en las entidades federativas y el Distrito Federal. Para las próximas presentaciones de la CHPF y para el Informe de Resultados, la Secretaría de Salud deberá presentar los indicadores que permitan evaluar los resultados del proceso de descentralización.
De acuerdo con información de la Secretaría de Salud, se aplicó un criterio para la asignación presupuestal por estado, el cual consideró el rezago en la atención de la demanda, los costos y las condiciones de salud en el ámbito regional. Los estados con mayor marginación recibieron menos recursos con relación a la población abierta que los estados con menores niveles de marginación. Estados con altos niveles de marginación como Puebla, Veracruz, Oaxaca y Chiapas recibieron una cantidad baja de recursos federales por habitante sin servicios de seguridad social, mientras que entidades como Colima, Baja California Sur y Sonora recibieron más recurso con respecto a su población abierta. La mayoría de los estados que recibieron menos recursos federales para salud con relación a su población abierta, con respecto al promedio nacional, tienen un nivel de marginación alto o muy alto. La CMH deberá realizar las revisiones correspondientes para cerciorarse de que los criterios de asignación se hayan aplicado de acuerdo con la normatividad existente.
El Programa de Ampliación de Cobertura (PAC) consta de dos vertientes fundamentales. La primera está orientada a reforzar con recursos humanos y materiales a los centros de salud que lo requieran, a fin de prestar servicios de manera regular a la población; y la segunda a formar brigadas móviles para atender a las comunidades que no disponen de centros de salud.
El PAC pretende compensar las carencias de las entidades con mayores niveles de marginación. Sin embargo, los montos asignados a dicho programa resultan insuficientes para atender a la población objetivo. En 1997 el PAC ejerció recursos por 540 mdp para atender a un universo de 6 millones de personas en 18 estados. Este programa ofrece un paquete conocido como PABSS (Paquete Básico de Servicios de Salud), en 600 de los municipios de mayor marginación en 18 estados.
Se estableció el Programa de Alimentación Salud y Educación en su vertiente de salud para atender las necesidades más importantes de aquellos grupos que viven en condiciones de marginación. El programa pretende evitar la desnutrición de los menores mediante la entrega de complementos alimenticios a la madre en el embarazo y lactancia, así como a los niños entre los 4 y 24 meses de edad, y a aquellos que muestren algún grado de desnutrición. Asimismo, proporcionará el PABSS a todos los miembros de la familia y se fortalece la capacitación permanente de las madres en el autocuidado de la salud, nutrición e higiene.
Durante 1997, para la aplicación del PROGRESA en su vertiente de salud, se autorizó un presupuesto original de 380 mdp, sin embargo solamente se ejercieron 75.208 mdp, que representa un 19.8% con relación al original, debido a que la instrumentación del programa se inició a mediados del año de 1997. Los recursos se destinaron a la adquisición del suplemento alimenticio, medicamentos y material de curación, equipo e instrumental médico y pago de salarios.
De acuerdo con los indicadores de resultados de la Secretaría de Salud las variables directamente relacionadas con la desnutrición entre los recién nacidos y los menores de edad registraron incrementos. A partir de 1990 ha venido aumentando el porcentaje de nacidos vivos con bajo peso y la prevalecencia de desnutrición. El aplazamiento en la ejecución del Programa de Alimentación, Salud y Educación retrasó la contribución que dicho programa tiene para atacar los problemas de salud que se han agravado en los últimos años.
Por otra parte, en 1997, la Secretaría de Salud programó inicialmente la realización de 181,262 consultas para la detección y tratamiento del cáncer cérvico-uterino, para el cáncer mamario y para las displacías, sin embargo solamente se realizaron 63,647 consultas, representando 35.1% de la meta original. El promedio de usuarias activas por 1,000 mujeres en edad fértil (MEF) de la población que potencialmente cubre la SSA fue de 218, es decir, 20 menor que la meta programada de 271, por lo que el logro alcanzado representa solamente un 80.49% de cumplimiento. A pesar de los esfuerzos realizados la Secretaría presenten dificultades para alcanzar sus metas en los ámbitos relacionados con la atención a la mujer, lo que no solamente ha dificultado reducir en mayor medida los índices de incidencia de cáncer cérvico uterino e incrementar la planificación familiar, sino que también dichas restricciones explican el incremento en el porcentaje de nacido vivos con bajo peso. Es necesario reforzar programas que mejoren la cobertura y calidad de los servicios de salud para este sector de la población.
Es importante revisar el impacto que ha tenido en PROGRESA en ese sentido. También se deben evaluar los servicios de salud que se prestan a las mujeres con el fin de mejorar la eficiencia de los programas que se les ofrecen de manera específica ya que no se han cumplido con las metas al respecto.
Instituto Mexicano del Seguro Social
Durante el periodo que se revisa, el presupuesto devengado por el Instituto ascendió a 73,190.6 mdp, que fue superior al original autorizado en 2,304.6 mdp, equivalente a un incremento de 3.3 %.
Por lo que respecta al capítulo de materiales y suministros, se registró un aumento de 8.4% (699.9 mdp) con respecto al presupuesto original (8,317.2 mdp), debido fundamentalmente al incremento en el precio de los medicamentos.
De acuerdo al origen de los recursos, los ingresos propios permitieron financiar el 75.8% del ejercicio programático del gasto devengado, al alcanzar la cifra de 55,454.9 mdp, mientras que los subsidios y transferencias representaron el 24.2 % del ejercicio aludido; en cambio, durante 1996 significó el 92.0 % en el primer caso y 8.0 en el segundo, observándose una disminución de 16.2 puntos porcentuales en los recursos propios durante 1997. Esto obedece a que en el período que se informa, las aportaciones del Gobierno Federal incrementaron su participación sensiblemente en función de la estructura de financiamiento que establece la nueva ley del Seguro Social, ya que en prestaciones económicas fue de 38.8 % y en atención curativa 20.1 %, cuando en 1996 no registró el primer programa y en el segundo fue de 2.6%.
Instituto Seguridad y Servicios Sociales para los trabajadores del Estado
El cierre del ejercicio, el ISSSTE registró, a nivel consolidado, egresos totales por 20,674.68 mdp, monto superior en 6.9 % con relación al original de 19,339.04 mdp. De dichas erogaciones 17,457.59 mdp, 84.5 % correspondieron al ISSSTE, 9.7 % al FOVISSSTE con 2,010.41 mdp y 1,206.68 mdp, 5.8 % al Sistema Integral de Tiendas y Farmacias. En 1997 la SHCP autorizó ampliaciones a las asignaciones originales destinadas al pago de servicios personales por 120.00 mdp; 250.00 mdp para medicamentos y material de curación; 150.00 mdps, dirigidos a otorgar suficiencia presupuestal a las delegaciones en las partidas de alimentación de personas, vestuario y uniformes, ropa hospitalaria, y en servicios generales básicos, particularmente para el mantenimiento y conservación de equipos e inmuebles. Asimismo, se autorizaron 68.80 mdp para fortalecer el Programa de Desechos Biológicos Infecciosos.
El ISSSTE incumplió en 9.3% la meta del subprograma 03 "Hospitalización General", medida en número de egresos hospitalarios, sin embargo ejerció 25.8% más de los recursos programados. La dependencia explica que lo anterior se debió a que se aplicó una estrategia de cirugía ambulatoria y de corta estancia para disminuir los internamientos y egresos hospitalarios, a fin de optimizar el uso de los quirófanos, salas de recuperación y camas censables. La meta del subprograma 04 "Hospitalización especializada" también se incumplió debido a que el número de egresos fue menor al esperado, mientras que el gasto programado fue mayor al original. Se explica que lo anterior se debió a que por medio del programa "Abatimiento del Rezago Quirúrgico" se agilizó la resolución de cirugías programas y se optimizó el uso de quirófanos, salas de recuperación y camas censables de los hospitales de segundo nivel, sin recurrir a los de alta especialidad. En ambos casos se señala que el mayor gasto corresponde al incremento en el precio de los insumos médicos.
Se instruye a la CMH a través de La Comisión de Vigilancia para que retome las recomendaciones en materia del informe previo.
Secretaría del Trabajo y Previsión Social
El Presupuesto original aprobado por la H. Cámara de Diputados a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social para el ejercicio fiscal de 1997, ascendió a 2,180.01 mdp, de los cuales al término del año se ejercieron 1,987.97 mdp, monto menor en 8.8% respecto al original. El subejercicio de 192.03 mdp se explica fundamentalmente por un menor gasto en el capítulo de ayudas, subsidios y transferencias por 142.73 mdp, en virtud de que las transferencias de recursos de capital a los Gobiernos de los estados fueron menores a las presupuestadas, ya que en el transcurso del ejercicio se cambió la composición de las becas de capacitación.
El Programa de Becas de Capacitación para Desempleados (PROBECAT) para 1997 propuso otorgar 500 mil becas destinadas a igual número de personas desempleadas, más 12 mil relativas al Sistema Normalizado de Competencia. Para la operación del PROBECAT, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social programó transferir 1,086.5 mdp a los gobiernos estatales y a las autoridades del Distrito Federal, de los cuales se ejercieron 944.28 mdp, lográndose superar el número de becas programadas en 10.1%. La Secretaría ejerció 13.0% menos de los recursos presupuestados para este programa, principalmente debido a que se ofrecieron un menor número de becas de capacitación en la modalidad escolarizada, ya que no se dispuso de los espacios necesarios para impartir los cursos, razón por la cual se optó por las becas en la modalidad mixta (que se imparten en las empresas), las cuales representan un menor costo.
Se atendieron menos asuntos relacionados con la impartición de justicia laboral, 6.6% menos de la meta original. De acuerdo con la Secretaría, lo anterior se debió a que se intensificaron los mensajes en los medios de comunicación con respecto a los derechos y obligaciones laborales, lo cual contribuyó para que los conflictos se resolvieran dentro de los centros de trabajo. La CMH deberá realizar las revisiones pertinentes para determinar si la calidad de los servicios de capacitación que ofrece la Secretaría no disminuyó como resultado del menor ejercicio de recursos y si las razones que ofrece la dependencia son las que explican la menor atención de asuntos relacionados con la impartición de justicia laboral.
Subsector de Educación
En 1997 se destinaron 117,351.1 mdp a través de diferentes entidades a este subsector: la Secretaría de Educación Pública ejerció el 44% de los recursos, las Aportaciones para la Educación Básica en los Estados representaron el 55% del total, mientras que las Provisiones Salariales y Económicas junto con la Superación a la Pobreza ejercieron menos del 1%. Entre las Aportaciones y el presupuesto de la SEP representan 15.4% del gasto neto devengado del sector público.
Secretaría de Educación Pública
La SEP ejerció 51,909 mdp, 14.5% superior al presupuesto original y 11.5% más que en 1996 en términos nominales (en términos reales se ejerce 3% menos). El incremento se explica principalmente por el aumento en los programas sustantivos DB "Educación Media Superior" que ejerció 11,614.7 mdp y DD "Educación Superior" que ejerció 13,227.3 mdp, (13.8% y 20.7% más que el monto original respectivamente). Entre ambos programas el sobrejercicio fue mayor a los 3,500 mdp, que representa el 53% del sobrejercicio total.
No se presenta la variación presupuestal en algunos subprogramas (como en el subprograma 02 y 03 del programa sustantivo DB), por lo cual es difícil la evaluación basándose en los indicadores. En años anteriores se ha recomendado por parte de este órgano legislativo que la SEP entregue a la CPHF de manera más detallada información sobre el cumplimiento de los programas
Ramo 25, Aportaciones para educación básica en los estados
Las aportaciones para educación básica en los estados fueron de 66,534 mdp, cifra 13.8% superior al original. El aumento se explica principalmente por los recursos utilizados para cubrir el aumento salarial autorizado al personal académico.
Con motivo de la revisión de la Cuenta Pública de 1996, se recomendó que se plantearan las metas de atención de alumnos de educación básica, normal, inicial y especial, a cargo de los gobiernos estatales por medio del ramo 25, por lo que se reitera esta petición a la Secretaría de Educación, ya que no se ha cumplido.
Asimismo, se recomienda que a la CMH a través de la Comisión de Vigilancia, recabe la información suficiente que permita evaluar en los próximos ejercicios la eficiencia de la descentralización educativa.
Se observó que las pautas de distribución de los recursos federales para el financiamiento de los servicios educativos son inequitativas, en virtud de que reproducen las estructuras educativas que prevalecen antes del proceso de descentralización, no benefician a los estados que invierten una mayor proporción de recursos propios para la educación, ni a los que obtienen mejores resultados con el uso de los recursos federales. Varias entidades reciben proporciones considerablemente menores de recursos con relación a sus proporciones de matrícula básica en el total nacional.
De acuerdo con el análisis previo de la Cuenta Pública de 1997, se asumen las recomendaciones del informe previo y por su parte, esta dictaminadora le solicita a la Comisión de Vigilancia de la CMH que instruya a este órgano para que realice las siguientes recomendaciones:
* Se recomienda se desglosen los conceptos del ejercicio del gasto en el Ramo 25 y que se proporcione información más detallada.
* Se revise si la distribución de los recursos del ramo 25 se llevo a cabo conforme a la normatividad aplicable.
En 1997 el Sector Comunicaciones y Transportes erogó 43,842.3 mdp a través de la propia Secretaría del Ramo y de sus principales organismos desconcentrados: Ferrocarriles Nacionales (FERRONALES), Caminos y Puentes Federales (CAPUFE) y Aeropuertos y Servicios Auxiliares (ASA). El presupuesto ejercido se incrementó en un 120.6%, debido principalmente a una transferencia por 19,945.5 mdp a FERRONALES efectuada a través de la SCT.
Secretaría de Comunicaciones y Transportes
En 1997, la SCT realizó un sobrejercicio considerable de recursos. Las erogaciones de esta dependencia fueron de 37,136 mdp, 20,000 mdp más de lo presupuestado, una variación de alrededor de 136%.
Dentro de los resultados generales destaca la creación del fideicomiso de Apoyo al Rescate de Autopistas Consesionadas (FARAC) por medio de BANOBRAS, y la utilización de PIDIREGAS para la realización de 2 obras de infraestructura carretera (Tecate-La Rumorosa, y la ampliación a 3 carriles de la autopista México-Querétaro).
El sobrejercicio de la SCT se explica principalmente por las Ayudas, Subsidios y Transferencias por 20,120.6 mdp. Dentro de esas transferencias, en el Programa AA (Administración) se ejercieron 19,945.4 mdp debido a la creación de dos Fideicomisos para los jubilados y pensionados de FERRONALES y por la compra de acciones como parte del proceso de desincorporación del organismo. Dada la importancia de esta transferencia se pide a la CMH a través de la Comisión de Vigilancia se revise su justificación y el apego al marco normativo.
El programa sustantivo más importante, EJ (Carreteras Troncales), el cual se encarga de la construcción, reconstrucción y conservación de la red federal de carreteras, ejerció recursos por 9,859.3 mdp (91.2% superior al monto original). El aumento se explica por el sobrejercicio de 4,662.5 mdp en el subprograma 01 "Construcción" que pasó de 1,153.2 a 5,815.9 mdp, recursos que se adicionaron para cubrir la aportación inicial a BANOBRAS y para el depósito del FINTRA (Fideicomiso para el Transporte); asimismo impactaron los apoyos al programa de contingencias en los estados de Oaxaca y Guerrero. A este respecto, se requiere hacer un desglose que trate exclusivamente de los recursos destinados a la emergencia provocada por fenómenos meteorológicos en cada uno de los programas.
El segundo programa sustantivo de relevancia dentro de esta Secretaría es el DQ (Programa de Empleo Temporal), en el cual se invirtieron recursos por 749.1 mdp, con los cuales se crearon 24.3 millones de jornales, avance inferior en 31.5% con relación a la meta original, la cual era de 35.5 millones de jornales, en virtud del incremento en el pago de estos.
Ferrocarriles Nacionales
Gran parte de los 27,123.2 mdp erogados por FERRONALES provienen de transferencias (21,138.9 mdp), realizada por la SCT y el Ramo 23. Como se señaló anteriormente, una proporción de los recursos de dicha transferencia provienen del pago de la desincorporación de las propias empresas de FERRONALES: Ferrocarril del Noreste, Ferrocarril del Norte y Ferrocarril Coahuila-Durango.
FERRONALES ejerció por inversión financiera 1,581.7 mdp. Cabe señalar que por este concepto no se presupuestaron recursos originalmente. La erogación de dicha inversión financiera fue para la compra de acciones a la empresa privada Transportación Ferroviaria Mexicana (TFM). Se considera conveniente solicitar información sobre el rendimiento estimado para dichas inversiones. Los ingresos por la venta de las líneas de ferrocarril ascienden hasta 1997 a 12,930.0 mdp.
Caminos y Puentes Federales y Aeropuertos y Servicios Auxiliares
CAPUFE ejerció 1,914.9 mdp, que se utilizaron principalmente para los programas sustantivos de "Carreteras Troncales" EJ, (601.4 mdp) y en "Servicios en Caminos y Puentes" FS, (651.3 mdp), y el programa no sustantivo AA con 474.7 mdp.
Aeropuertos y Servicios Auxiliares (ASA) ejerció 1,695.5 mdp. Sus dos programas sustantivos, Infraestructura Aeroportuaria EM (517 mdp) y Servicios Aeroportuarios de Ayuda a la Navegación FW (750 mdp), ocupan el 75% del gasto total.
Se asumen las recomendaciones del informe previo, asimismo esta dictaminadora presenta las siguientes recomendaciones:
* Se informe sobre los ingresos provenientes del pago de la desincorporación de FERRONALES y su calendario de entrega en el mediano plazo y su calendario de entrega, ya que a la fecha sólo se han recuperado 11,835.1 mdp de la venta, y se explique detalladamente los compromisos de inversión de las empresas concesionadas.
En 1997 el Sector Energía ejerció recursos por 110,991.2 mdp por medio de la Secretaría, PEMEX, CFE, y LyFC. Esto representó un incremento respecto a lo ejercido en 1996 por 0.3% y una disminución de 1.4% respecto a lo programado.
Secretaría de Energía
La Secretaría de Energía ejerció un Presupuesto 6,914 mdp, 3.3% superior al monto original. La mayor parte del gasto se destinó a través de Ayudas, Subsidios y Transferencias (96.6%). Mediante el programa sustantivo FP "Generación, Transformación, Distribución y Venta de Energía Eléctrica" se destinaron 6,148 mdp a LyFC para gasto corriente.
Petróleos Mexicanos
Pemex Consolidado subejerció 397.2 mdp de los 79,513.6 mdp que originalmente tenía asignados. Dentro de la revisión de sus programas destaca que se transfirieron recursos de los programas de gasto de inversión a los de gasto corriente en 5% del presupuesto debido principalmente a que los programas de gasto de inversión subejercieron recursos (EX, EY, EZ 5M), mientras que los de gasto corriente ejercieron más recursos que los programados (FH, BE, FC, AA, 6E).
Respecto a la nueva estructura de financiamiento PIDIREGAS, para los dos proyectos que maneja este organismo, Burgos y Cantarell, subejerció recursos por 11,651.1 mdp debido a problemas con las licitaciones y los concursos. Se recomienda a la CMH a través de la Comisión de Vigilancia evaluar las causas por las cuales se observaron los retrasos y el impacto sobre sus metas.
Pemex Corporativo subejerció recursos en 6.2% de su presupuesto. Este subejercicio se debió principalmente a que los programa sustantivo BE "Política y Planeación", 5K "Edificios Administrativos" y ER "Infraestructura de Telecomunicaciones" no ejercieron el total de sus recursos. De los 6,204.1 mdp del su presupuesto total asignado se ejercieron 5,818.2 mdp.
En Pemex Exploración y Producción la diferencia entre los gastos ejercidos y los presupuestados originalmente no es muy significativa, sin embargo dentro de cada programa llega a ser considerable, como en el caso de EZ (Ductos) 5K (Edificios Administrativos) y 5M (Infraestructura Ecológica).
Pemex Refinación ejerció 94.8% de su presupuesto (19,724.0 mdp). En este caso los programas que presentan mayor subejercicio son EY (Plantas de Refinación Petroquímica), y EZ (Ductos).
En 1997, el Sector Medio Ambiente y Pesca efectuó erogaciones por 7,380 mdp, monto inferior a lo programado originalmente en 13.7%y a lo registrado en 1996 en 10.5 por ciento a precios constantes. De acuerdo con la Cuenta de la Hacienda Pública en dicho comportamiento fueron determinantes los menores recursos ejercidos por PEMEX.
El gasto realizado por PEMEX en el sector medio ambiente disminuyó en 37.4% en términos reales con respecto a lo reportado en 1996 y en 21.3% comparado con la meta. De acuerdo con la Cuenta de la Hacienda Pública ambos resultados se explican por dos factores: la estructuración del Proyecto de Cadereyta bajo el esquema de obra pública financiada, lo que implicó dejar de ejercer los recursos presupuestales asociados al mismo; y la suspensión de algunas obras por problemas con las compañías contratistas y por retrasos en la realización de las correspondientes a las Regiones Sur y Norte. Es necesario realizar una revisión para determinar las causas del mencionado subejercicio en el sector medio ambiente debido al retraso o suspensión de obras por parte de Pemex. En virtud de que en los dos últimos años PEMEX ha tenido subejercicios en materia de protección al ambiente, es necesario que informe con mayor detalle las variaciones en los programas en materia ecológica.
Comisión Federal de Electricidad y Luz y Fuerza del Centro
La CFE erogó recursos por 49,658.5 mdp, 5.9% más que el presupuesto original. El programa sustantivo más importante de este organismo es el FP, que ejerce el 78% de su presupuesto, 38,574.4 mdp para la Generación, Transformación, Distribución y Venta de Energía Eléctrica. La CFE cumplió con la mayoría de sus programas. El crecimiento en la generación de energía fue 6.3% con respecto a 1996 y 1% mayor a lo programado originalmente.
De acuerdo a diversas reuniones celebradas por esta Comisión para la revisión de la Cuenta Pública se presentaron elementos documentales de presuntas irregularidades en el proyecto de construcción de la terminal de recibo y manejo de carbón de Petacalco, que merecen una revisión del proyecto por parte de la CMH.
LyFC ejerció 26,240.8 mdp (3.2% menos que el original), sin embargo en el programa AA ejerció 3,349.2 (12.3% superior al monto original), lo que impacta en los programas de generación de energía negativamente al no ejercer recursos por 1,242 mdp. De nuevo se registran subejercicios en materia de gastos de inversiones en las áreas relacionadas con la generación de energía, frente a una elevada proporción de gasto destinado a los servicios personales y al gasto corriente.
Es muy cuestionable el incumplimiento de metas por parte de la LyFC debido a problemas con contratistas (que no terminan obras), al Sindicato Mexicano de Electricistas, o a fallas administrativas. De los programas sustantivos de esta entidad todos subejercieron recursos, por lo que la CMH deberá de revisar el impacto en las metas. Se perciben problemas serios de falta de eficiencia en la operación de la compañía de LyFC, por lo que se debe revisar su funcionamiento y el uso que se dio a los recursos presupuestados.
En el Sector Energía se asumen las recomendaciones del informe previo, asimismo esta dictaminadora a través de la Comisión de Vigilancia recomienda a la CMH:
Se proporcionen en el informe de Resultados y en las siguientes Cuentas Públicas el detalle de las consecuencias y obligaciones de los proyectos PIDIREGAS.
Se auditen los programas de protección al ambiente desarrollados por PEMEX y la CFE para determinar las razones del subejercicio de recursos y el posible daño en los recursos naturales que se ocasionó por dicha decisión.
Se audite a la Compañía de LyFC para conocer las causas por las cuales sistemáticamente no cumple las metas establecidas en los programas.
Llevar a cabo una auditoría de los principales proyectos de inversión de CFE, dentro de los cuales deberá incluirse Petacalco.
IV.6.- Gobierno Fuerzas armadas y procuración de justicia
El gasto ejercido por el sector Gobierno, Fuerzas Armadas y Procuración de Justicia ascendió a 30,540.4 mdp, es decir, 5.9% de las erogaciones sectoriales, cifra menor en 1.4% en términos reales a la de 96 y 1.6% con relación al proyecto original. Este comportamiento se explica por la transferencia de recursos al IFE de 1,716.9 mdp para el financiamiento de las campañas de los partidos políticos.
Secretaría de Gobernación
El presupuesto original para la Secretaría de Gobernación fue de 2,324.6 mdp, mientras que el finalmente ejercido fue de 4,979.1, mdp, 114.2 % mayor al programado. Dicha variación se explica por el equipamiento de Academias e Institutos de Formación Policiaca en el marco del Programa Nacional de Seguridad Pública; el fortalecimiento de la estructura penitenciaria de diversos estados; así como la compra de equipo de cómputo y comunicaciones.
El Programa CA "Política y Gobierno" ejerció la cantidad de 2,355.3 mdp (47.3% del total ejercido), 284.8% superior a lo presupuestado originalmente (612 mdp). Este mayor ejercicio se explica por las ampliaciones recibidas del Ramo 23, y de los recursos destinados a la puesta en operación del Sistema Nacional de Seguridad Pública (2,044.4 mdp).
En cuanto al Programa AA "Administración" ejerció 1,167.2 mdp, monto superior en 35.1% al original y equivalente al 23.4 % del gasto total de la Secretaría
En cuanto a los recursos destinados a los órganos administrativos desconcentrados, para dar cumplimiento a los compromisos del gobierno federal en el desarrollo de diversos programas y acciones concertadas con los gobiernos de los estados, se registró una variación de 320.0% al pasar de 151.3 mdp a 635.5 mdp, ejercidos principalmente en el marco del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
En cuanto al capítulo 4000 "Ayudas, Subsidios y Transferencias", hay un incremento significativo en gasto corriente al ejercer 1,111.1 mdp, el aumento fue de 155.7 % sobre el presupuesto original Los movimientos presupuestales fueron para que los diversos organismos dependientes del sector, tales como el CISEN, el Instituto Mexicano de la Radio y Notimex, recibieran los apoyos presupuestales que les permitan realizar su operación normal. Es importante resaltar en este capítulo las partidas destinadas a las entidades federativas, a las que se apoyó conforme a lo establecido en el Programa Nacional de Seguridad Pública. De igual modo, se hicieron transferencias a los Estados para cubrir las cuotas de alimentación de los reos del orden federal en centros penitenciarios.
Secretaría de la Defensa Nacional
El presupuesto original autorizado por la H. Cámara de Diputados para el ejercicio fiscal de 1997 a la Secretaría de la Defensa Nacional ascendió a 12,110.61 mdp. Al término del año los recursos presupuestales ejercidos ascendieron a 13,281.07 mdp.
La Secretaría de la Defensa sostiene sus actividades por medio de tres programas, dos sustantivos y uno no sustantivo: El Programa "CP", Defensa Nacional ejerció recursos por 1,373.07 mdp y el "CR", Construcciones militares gastó 545.75 mdp. En cuanto al programa no sustantivo "AA" destaca por absorber el 85.6% del gasto total de esta Secretaría, al haber ejercido un gasto total de 11,362.24 mdp, lo que representa un nivel de sobrejercicio de 6.3%, ya que se le asignó un presupuesto original de 10,687.18 mdp. Dicha variación se explica principalmente por el capítulo de bienes muebles e inmuebles; y en servicios generales por el incremento del 15% a las remuneraciones al personal y la creación de 1,547 plazas.
El Programa Sustantivo "CR" Construcciones Militares presenta un nivel de sobrejercicio de 76.6% al haber erogado recursos por 545.7 mdp. Cabe destacar el Proyecto CR-01-52, que consiste en la Construcción de la segunda etapa de la Carretera Fronteriza Sur en el estado de Chiapas, en la cual se ejerció un presupuesto de 25.0 mdp, que no estaban considerados en el PEF de 1997.
Secretaría de Marina
Para el desarrollo de sus actividades la Secretaría de Marina-Armada de México ejerció recursos por un monto total de 5,024.5 mdp, 13.7% mayor al presupuesto original.
Esta Secretaría realiza sus actividades por medio de dos programas sustantivos y dos no sustantivos. En función de los niveles de ejercicio de gasto, es importante destacar especialmente el Programa "CS", dedicado a la Seguridad Nacional y Vigilancia de los Recursos Marítimos, ya que este participa con el 76.9% del presupuesto total ejercido por la Secretaría. El programa se gastó un total de 3,863.548 mdp, lo que representa un nivel de sobrejercicio en el gasto de 10.2%. En cuanto al Programa "AA", es importante destacar que se sobrejerció en 27.5%, ya que gastó un total de 1,154 mdp.
En cuanto al programa 3N "Fomento y Regulación de la Investigación Científica y del Desarrollo Tecnológico", destaca el bajo nivel de presupuesto ejercido a estas áreas, ya que sólo participa con el 0.1% del gasto total de la Secretaría (6.6 mdp).
Procuraduría General de la República
Para el ejercicio fiscal de 1997 se autorizó a la Procuraduría General de la República un presupuesto de 2,538.9 mdp, el cual tuvo un sobrejercicio de 10.5% con respecto al presupuesto original.
El Programa sustantivo "CN" que sostiene la "Campaña contra el Narcotráfico y la Prevención de la Farmacodependencia", ejerció el 26.6% de los recursos utilizados por la PGR, alcanzando un monto de 747.0 mdp.
Esta dictaminadora asume las recomendaciones del informe previo.
Secretaría de Relaciones Exteriores
El presupuesto original para de la Secretaría de Relaciones Exteriores en el ejercicio que se analiza fue de 2,190 mdp. Al cierre del mismo, los recursos erogados se incrementaron en 3.9% a la asignación original, para alcanzar un total de 2,276 mdp. El aumento de 85.4 mdp se explica principalmente por los aumentos salariales, trabajos de mantenimiento de las representaciones en el exterior, y de edificios administrativos del país, así como por el otorgamiento de becas a empleados y particulares.
La CMH en la elaboración del Informe Previo de la Cuenta de la Hacienda Pública para el Ejercicio Fiscal de 1997, no llevó a cabo el estudio ni el análisis de la Secretaría de Relaciones Exteriores, ni del sector correspondiente. Se recomienda a la CMH que en el Informe de Resultados se incluya a este sector.
El programa sustantivo CE "Promoción y Ejecución de la Política Exterior de México en el Ambito Bilateral", ejerció 459.1 mdp, monto inferior al original en 16.3%. Este subejercicio se explica por la disminución del presupuesto autorizado en el capítulo 5000 bienes muebles e inmuebles, con el fin de apoyar las metas del Gobierno Federal en materia de austeridad y disciplina en el ejercicio del gasto, así como para fortalecer los programas de protección consular a favor de connacionales radicados en el exterior, los recursos no erogados se transfirieron a la Tesorería de la Federación (52.7 mdp) y al Programa AA (10.9 mdp) y al programa CG, (1.1 mdp), estos últimos con la finalidad de crear 82 plazas para asuntos consulares y el Servicio Exterior Mexicano y gastos de operación.
Dentro del Programa CG "Promoción de la Cooperación Internacional y Ejecución de Acciones Culturales", los subprogramas 02 y 03 ejercieron el 96.8% del total. El Subprograma 02 "Promoción Operacional del Area Cultural" ejerció 27.3 mdp, 9.5% mas que el original en virtud de aumentos salariales y aumentos al Capítulo de Servicios Generales, por pago de espectáculos culturales celebrados durante el ejercicio en territorio nacional en el contexto de las numerosas visitas de Estado a nuestro país. Sin embargo, cumplió en un 60% con su única meta. El Subprograma 03 " Protección a Mexicanos en el Exterior y Servicios Consulares", ejerció 293.1 mdp, 12% superior al presupuestado. Esto se explica por el incremento en protección consular y por contribuciones para programas como Paisano y La Paloma, así como la realización de Proyectos de remodelación y adaptación de oficinas de consulados de México en Nueva York, San Diego y Laredo.
El programa no sustantivo AA ejerció 1,258.6 mdp, 26.8% mas que el original y 55.3% del presupuesto total. Este sobrejercicio se explica por el incremento salarial al personal de mandos medios y superiores de la Cancillería y de Embajadas, así como para pagos de impuestos y la creación de nuevas plazas.
En el caso de esta Secretaría está pendiente de entregar la información solicitada el 10 de noviembre, de conformidad con el acuerdo de la junta para la revisión de la CHPF.
Esta dictaminadora asume las recomendaciones del informe previo y por su parte realiza las siguientes:
Se instruye a la CMH para que realice una auditoría con el fin de determinar el apego a la normatividad de los estudios, eventos y reuniones que realiza la Secretaría para la Política Bilateral y Multilateral.
Se solicita información sobre el gasto ejercido en las oficinas de representación en el exterior.
IV.6.- Gestión gubernamental y servicios
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Esta Secretaría tenía asignado un monto de 11,545.7 mdp, que al término del ejercicio se incrementó en un 29.8% para llegar a 14,981.8 mdp, esto es 3,436.1 mdp más de los originalmente presupuestados.
Las causas de este sobrejercicio se explican fundamentalmente por dos razones. La primera, por la entrada en operación del Sistema de Administración Tributaria (SAT), órgano desconcentrado que sustituyó a la Subsecretaría de Ingresos. Mediante una transferencia de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público se destinaron 2,719.5 mdp para este organismo que tiene un gasto administrativo de 1,338.5 mdp.
La otra causa de este sobrejercicio que se reporta en la Cuenta Pública sobre esta Secretaría, se debe a que mediante el programa sustantivo BB "Planeación de la Política Financiera", que tenía asignado originalmente 76.3 mdp, se ejercieron 2,107.4 mdp en las que se incluye el mecanismo para que los exconcesionarios de las carreteras rescatadas liquidaran sus adeudos fiscales con cargo a sus derechos de indemnización. La Secretaría de Hacienda reporta que estas erogaciones serían recuperadas a mediados de 1998, por lo que se recomienda que en el Informe de Resultados que deberá elaborar la CMH se registre de manera detallada estas operaciones. Asimismo, se recomienda a través de la Comisión de Vigilancia que la CMH realice una auditoría contable y de legalidad sobre esta operación.
Otras variaciones con respecto a lo programado que se reportan son: el aumento en 21.6 mdp en los servicios personales de BANRURAL; la disminución en los apoyos financieros por 52.5 mdp canalizados por el Fondo Especial de Asistencia Técnica y Garantía para los Créditos Agropecuarios (FEGA); la transferencia efectuada al INEGI por 232.2 mdp destinadas para cubrir pagos de servicios personales y adquisición de materiales y suministros; la transferencia recibida por la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR) para la adquisición de bienes inmuebles por 69.1 mdp; la caída en los recursos presupuestados para becas de 3,845 mdp a 909.8 mdp y la disminución en los recursos destinados a Ayudas Culturales y Sociales de 112.0 mdp presupuestados a 0.2 mdp ejercidos.
Dentro del programa sustantivo CX "Regulación de la Política Aduanera", las Administraciones Regionales de Aduanas, las Aduanas fronterizas e interiores, subejercieron recursos. Asimismo, en el CY "Administración de la Política de Ingresos", en el subprograma 04 "Coordinación Fiscal con entidades Federativas y Municipios" se subejercieron 169.0 mdp (49.2% con respecto a la asignación original) que estaban destinados a inducir medidas para vigorizar las finanzas de las haciendas estatales y municipales, a través de la Ley de Coordinación Fiscal y el control y la evaluación de los convenios de adhesión y coordinación administrativa. Este subejercicio se debe a una transferencia de recursos al SAT y 50.0 mdp al Ramo 23.
En el caso de esta Secretaría la información solicitada sobre el desglose de la utilización de los 28,966.9 mdp destinados a FOBAPROA quedo pendiente, ya que la información que se presenta en el informe previo no satisfizo los requerimientos de esta solicitud.
Dentro de la estrategia del programa de Modernización de la Administración Pública 1995-2000, la SHCP diseñó el Sistema Integral de Administración Financiera Federal (SIAFF) como una fuente confiable de información contable que asegurará la transparencia en los procesos de asignación de recursos. Además de un Modelo de Servicio Civil Federal sustentado jurídicamente en el anteproyecto de la Ley de Servicio Civil Federal que tiene como objetivo el regular diversos procesos de reclutamiento, selección, ingreso, remuneraciones, valuación de puestos y del desempeño, capacitación y promoción, entre otros. Asimismo, se inició la instauración de un Sistema de Administración de Recursos Humanos, con los mismos propósitos de modernización.
Debido a que el presupuesto ejercido por la SHCP en Servicios Personales asciende a mas de 2,900 millones de pesos, que representa 19.3% del presupuesto total asignado en este ramo, es conveniente evaluar la eficacia de los nuevos programas como los antes mencionados, gracias a los cuales, de acuerdo con la Secretaría, se facilita el control administrativo y financiero sobre los recursos aplicables de la propia SHCP y con el objetivo de constatar los avances administrativos en materia de la asignación de los recursos que se han implementado, se recomienda también a la Contaduría Mayor de Hacienda a través de la Comisión de Vigilancia que se realicen auditorías contables y de legalidad con respecto al manejo de los recursos destinados a servicios personales, específicamente a las cuentas relacionadas con remuneraciones adicionales.
Es necesario verificar si las afectaciones realizadas a estas partidas realmente corresponden a los rubros a los que se asignan y si cumplen con lo establecido en las normas y tabuladores de sueldos emitidos por la SHCP.
Se recomienda a la CMH evaluar las metas que no fueron alcanzadas y el destino de los 50 mdp transferidos al Ramo 23, ya que como consecuencia de esto el subejercicio recae sobre todas las administraciones locales de ingresos y recaudación, excepto en la adiministración local jurídica de ingresos de Hermosillo a donde se destinaron 2.6 mdp más de lo presupuestado.
Lotería Nacional para la Asistencia Pública
El gasto total ejercido por la entidad fue de 1,093.8 mdp, monto superior en 330.1 mdp (43.2% mayor) debido principalmente al incremento en el programa 6T "Capacitación y Canalización de recursos para la asistencia pública", ya que dicho programa tenía un presupuesto original de 521.25 mdp, y ejerció la cantidad de 849.62 mdp, cantidad que se canalizó para el pago del adeudo del impuesto fiscal del 6 por ciento sobre rifas y loterías al Gobierno del Distrito Federal del periodo julio de 1991 a agosto de 1997, cuyo monto fue liquidado en el mes de septiembre de 1997 por la cantidad de 246.5 mdp.
Secretaría de la Contraloría y Desarrollo Administrativo
Durante 1997, los recursos presupuestales ejercidos por la Secretaría y su órgano desconcentrado, Comisión de Avalúos de Bienes Nacionales (CABIN),ascendieron a 764.93 mdp, monto superior en 294.68 mdp, al originalmente autorizado por la H. Cámara de Diputados.
Esta Secretaría cuenta con 8 programas, 6 sustantivos que representaron el 61.7% del presupuesto ejercido total, y 2 no sustantivos, con el restante 38.3%. Los programas sustantivos sobrejercieron recursos por 137.2% y los no sustantivos por 232%.
Los programas sustantivos más importantes son el CU "Control y Evaluación de la Gestión Gubernamental" y CT "Modernización de la Gestión Pública y Atención al Ciudadano" que ejercieron 161.14 y 146.49 mdp respectivamente. El programa no sustantivo más importante es el AA, que ejerció 274.6 mdp.
Parte importante del sobreejercicio se explica por el Programa Nacional de Capacitación a los trabajadores.
Secretaría de Turismo
En 1997 el gasto original aprobado a la Secretaría de Turismo ascendió a 922.09 mdp, el ejercicio en esta Secretaría registró un gasto de 864.7 mdp, monto inferior al presupuestado originalmente en 6.2%.
El gasto se distribuyó en 66.65 % para Gasto Directo, y el 33.15% para ayudas, subsidios y transferencias, dentro de este último el 29.77% del gasto total se destino a FONATUR equivalente a 257.5 mdp, el 1.38% a Baja Mantenimiento y Operación S.A. de C.V. equivalente a 12 mdp y el 1.53 % a fondos mixtos en los estados y municipios equivalente a 13.3 mdp.
La variación en el gasto en cuanto a programas se explica principalmente porque dos de los programas sustantivos 5D "Urbanización" y 3M "Regulación y Promoción de la actividad Turística" ejercieron menores recursos en 18.6% y 8.5%, respectivamente, aun cuando los programa DM "Recreación, Deporte y esparcimiento" y el 3V "Fomento y regulación del programa nacional de capacitación para los trabajadores" registraron un sobrejercicio de 30.3% y 48.8%, respectivamente.
El programa 3M "Regulación y promoción de la actividad turística", erogó 377.8 mdp, monto inferior al presupuestado originalmente en 8.5%. Esta variación se originó por las economías observadas en la aportación de fondos mixtos, a los convenios de colaboración con los estados y las campañas de promoción nacional e internacional. En relación con la meta 3M 02 10 " Coordinar fondos mixtos de promoción turística", se modificó de 30 a 14 fondos mixtos por autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Dicha meta tenía asignado un gasto de 26.51 mdp y se redujo a 15.30 mdp, monto inferior en 57.7% a lo original, adicionalmente la meta 3M 02 05 "Realizar y Participar en Eventos de Publicidad, Promoción y Relaciones Públicas a Nivel Nacional e Internacional", se cumplió parcialmente ya que la Secretaría determinó con autorización de Secretaría de Hacienda y Crédito Público cancelar 43 eventos.
Esta dictaminadora asume las conclusiones del órgano técnico, además se hace notar que en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal para el ejercicio fiscal que se revisa no se proporciona la información suficiente sobre los fondos mixtos, por lo cual se recomienda que en el Informe de Resultados que elabora la CMH y que para ejercicios posteriores se proporcione información más detallada sobre el destino de los recursos para esos fondos no ejercidos por esta Secretaría. Se pide a la Comisión de Vigilancia que instruya a la CMH para que audite los recursos federales aportados para los fondos mixtos de turismo.
IV.7.- Deuda Pública
En el caso de la deuda externa bruta del sector público en 1997, el saldo al 31 de diciembre, 88,321.2 millones de dólares, registraba un monto menor por 9,963.3 millones de dólares con respecto a 1996. Esta disminución se explica por un desendeudamiento neto de 7,715.5 millones de dólares por la amortización anticipada del crédito con el Departamento del Tesoro de los Estados Unidos de América, la redención anticipada del monto remanente de los Bonos Azteca emitidos en 1988 y el prepago de Notas Bancarias emitidas en 1996. Adicionalmente la deuda mostró un ajuste a la baja por 2,247.8 millones de dólares por la apreciación del dólar frente a otras divisas.
Por lo que respecta a la deuda pública interna, se registró un endeudamiento de 71,778 mdp, del cual el 96.9% correspondió al gobierno federal y el 3.1% al sector paraestatal. La LIF para 1997, establecía como límite máximo de endeudamiento interno la cantidad de 34,000 mdp, pero, dado que no se incurrió en endeudamiento externo que se tenía autorizado (5,000 millones de dólares), se podía incrementar el endeudamiento interno en la medida en que no fuera utilizado el externo. Aplicando el tipo de cambio del 31 de diciembre de 1997, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el monto máximo de endeudamiento externo neto en pesos era de 40,340.5 mdp, que sumado al endeudamiento interno autorizado se obtiene el monto máximo de endeudamiento público de 74,340.5 mdp. El perfil de vencimiento de la deuda interna colocada entre el público inversionista, se situó en 350 días frente a 305 del ejercicio anterior.
Ramo 29, Erogaciones para las Operaciones de Saneamiento Financiero
La Cuenta Pública del Gobierno Federal, registra el Ramo 29 Erogaciones para Saneamiento Financiero, para el cual se tenía presupuestado la cantidad de 2,343.09 mdp. Sin embargo se ejercieron 40,757.5 mdp. La variación más importante se debe a la partida 9403 Subsidios a Intermediarios Financieros, que ascendió a 39,786.06 mdp. Estos recursos se distribuyeron de la siguiente forma: Nacional Financiera 11.1 mdp, Banco de México 29,098.4 mdp y Otras Sociedades Nacionales de Crédito de Fomento y Desarrollo 10,687.7 mdp. Este sobrejercicio con relación a lo programado, es el más importante reportado en la Cuenta Pública y alcanza un 1,639.4%.
Como resultado de la reunión para la revisión de la CHPF de 1997, el 9 de septiembre del presente, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público envió a la Comisión de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública, información mas detallada, con respecto a la que se presenta en la CHPF, con respecto al ejercicio del Ramo 29 y el origen de los mayores recursos destinados a este ramo.
Así, en el anexo 1 titulado "Adecuación presupuestaria a las partidas del ramo 29 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 1997", se informa que se traspasaron a dicho ramo, recursos no devengados por un monto de 23,864.7 mdp y recursos excedentes que ingresaron a la federación por un monto de 14,549.8 mdp.
En lo que respecta al rubro de Otras Sociedades de Crédito de Fomento y Desarrollo, se informa que 9,011.4 mdp fueron para el Banco Nacional de Comercio Interior (BNCI), 623.7 mdp para el Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada, S.N.C. (BANJERCITO) y 302 mdp para Financiera Nacional Azucarera, S.N.C. (FINA).
De los 29,098.4 mdp destinados al Banco de México, se reporta que 752.1 mdp se destinaron al FINAPE y FOPYME y 130 mdp a programas de beneficios adicionales a vivienda e industria. Los otros 28,966.9 mdp se destinaron al Fondo Bancario de Protección al Ahorro (FOBAPROA), cuyo destino se describe en el informe previo.
En el Anexo II del documento presentado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público el 9 de septiembre de 1998, se plantea como fundamentos jurídicos de esta reasignación la Ley de Planeación, Artículo 7°, la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público. artículo 25, el Presupuesto de Egresos de la Federación para 1997 artículos 35 y 37, el Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público artículos 152 fracción II, el Manual de Normas para el ejercicio del Gasto en la Administración Pública Federal vigente para 1997 y Criterios Generales de Política Económica para 1997.
En el Informe Previo sobre la Revisión de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal de 1997, la CMH de la H. Cámara de Diputados, afirma con respecto a los movimientos efectuados en el Ramo 29 que los 39,786.1 mdp se financiaron con "los recursos que no se utilizaron (33,557.1 mdp) para pagar los intereses, comisiones y gastos de la deuda inicialmente presupuestados, mas el superávit de operación del Banco de México (4,000 mdp), y la diferencia con recursos que se liberaron de las erogaciones programables por la aplicación de ingresos adicionales a programas prioritarios."
Dada la importancia de estas operación se solicita a la Comisión de Vigilancia de la CMH que instruya a este órgano técnico, para realizar la auditoría correspondiente.
IV.8.- Poderes y órganos independientes
Poder Legislativo
El Poder Legislativo tuvo un presupuesto original de 1,940.0 mdp, y al final del ejercicio erogó un total de 2,059.9 mdp superior en 6% respecto al original.
La H. Cámara de Diputados ejerció 1,447.5 mdp, monto superior en 8.9% al programado. La variación en el gasto se explica principalmente por el programa AA que sobrejercio recursos en 9.8 % y el programa 5K "Edificios Administrativos" el cual tenía como propósito la conservación y rehabilitación del Recinto Legislativo, canceló su meta original programada, por lo cual se registró una trasferencia de recursos a diversas partidas.
La Cámara de Senadores ejerció un gasto de 612.4 mdp, monto superior en 0.3 % al original presupuestado. La variación se explica principalmente porque el programa AA, que tuvo un incremento de 1.4 mdp. El programa 5K "Edificios Administrativos" canceló su meta en cuanto a la conservación y rehabilitación de las instalaciones de la H. Cámara de Senadores.
Esta dictaminadora hace notar que tanto la Cámara de Diputados como la Cámara de Senadores no proporcionaron información completa para la revisión de la CHPF.
Se solicita a la Comisión de Vigilancia que instruya a la CMH para que realice las auditorias en los conceptos de obra pública, adquisiciones, gastos de representación, y viáticos de la H. Cámara de Diputados.
Poder Judicial de la Federación
El Poder Judicial de la Federación ejerció 3,207.9 mdp, 16.2% menor a lo presupuestado. Este subejercicio se explica por que no se concluyeron contratos de obra, por lo que no entraron en funciones órganos jurisdiccionales creados en el ejercicio que se informa.
Las acciones del Poder Judicial de la Federación se desarrollaron mediante dos programas: AA y 5K. El programa AA ejerció 3,198.9 mdp (99.7% del presupuesto total ejercido por el ramo), de los cuales Servicios Personales ejerció un 6.6% menor al original y 30.6% del presupuesto total. El subejercicio se explica por no haberse instalado 15 órganos jurisdiccionales creados en el ejercicio. En Servicios Generales se ejerció el 57.2% del presupuesto ejercido total (6.8% mayor al original) variación que se explica por un incremento en los conceptos de cantidad adicional y reconocimiento al desempeño, así como por gastos de visitas al interior de la República. El programa 5K ejerció 9.0 mdp, presentando un subejercicio de 96.8% por no realizar todas las obras planeadas y programadas.
Esta Dictaminadora instruye a la CMH para que realice las revisiones pertinentes a fin de determinar los motivos por los cuales no entraron en funcionamiento 15 órganos jurisdiccionales creados en el ejercicio. Por otra parte, recomienda que en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal de los ejercicios posteriores se expliquen las cantidades aplicadas para las adquisiciones, arrendamientos de bienes muebles e inmuebles, así como remodelación de inmuebles; costo de los cursos de capacitación al personal, diplomados, seminarios y talleres.
Instituto Federal Electoral
El Instituto Federal Electoral durante 1997 ejerció recursos por 5,039.3 mdp, que comparado con el presupuesto original autorizado de 2,943.5 mdp, reflejó un incremento del 71.2 %. Destacó el programa ZZ Política y Organización Electoral, el cual representó el 77.7 % del presupuesto total ejercido, ya que en este programa se agrupan acciones destinadas a la actualización y verificación del Padrón Federal Electoral; el financiamiento público a partidos políticos; el funcionamiento de la organización y de los instrumentos de los procesos electorales y la profesionalización de los cuerpos directivos y técnicos del Instituto.
Asimismo, sobresalen los capítulos de Servicios Personales y Ayudas, Subsidios y Transferencias, los cuales se incrementaron en 290.5 y 350.3 %, respectivamente, incrementos que se explican por las ampliaciones autorizadas para cubrir los incrementos salariales a partir del 1º de marzo y 1º de abril; captación de recursos de los Convenios de Apoyo y Colaboración celebrados entre el Instituto y los Gobiernos Estatales; aportaciones a FOVISSSTE; impuesto virtual para cubrir los impuestos derivados de la gratificación de fin de año al personal que labora en el Instituto y el complemento del financiamiento público a partidos políticos, que de acuerdo al artículo 49 del COFIPE durante el año electoral se otorga a los partidos políticos para gastos de campaña.
Se instruye a la CMH por conducto de la Comisión de Vigilancia para que realice auditorias en los conceptos de: viáticos, gastos de representación, servicios personales, adquisiciones, contratación de estudios y asesorías, estímulos económicos, en particular se solicita revisar la oficina de administración de los consejeros electorales.
DECRETO RELATIVO A LA REVISIÓN DE LA CUENTA DE LA HACIENDA PUBLICA FEDERAL CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL DE 1997
DECRETO
Artículo 1º. La Cuenta de la Hacienda Pública Federal correspondiente al Ejercicio Fiscal de 1997, fue recibida en tiempo y forma el 10 de junio de 1998, por la Cámara de Diputados de acuerdo a lo establecido en el artículo 74 fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, iniciándose su proceso de revisión por la Contaduría Mayor de Hacienda, conforme a lo establecido en el quinto párrafo del precepto legal invocado con antelación así como los artículos 3 fracción II inciso a y 20 de la Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda..
Artículo 2o. La Comisión de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública, con fundamento en los artículos 48 y 49 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, recibió para su estudio, análisis, revisión y dictamen la Cuenta de la Hacienda Pública Federal correspondiente al año fiscal 1997, asimismo recibió en tiempo y forma de la Comisión de Vigilancia el informe previo sobre la revisión de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal de 1997 elaborado por la Contaduría Mayor de Hacienda.
Artículo 3º. En términos generales, la Cuenta de la Hacienda Pública Federal 1997 se presentó de acuerdo a los principios básicos de contabilidad gubernamental, conclusión que deberá ser constatada en las auditorías financieras que se practiquen para ese ejercicio.
En lo particular y acorde a lo presentado en el Informe Previo, en el caso del Sector Central se observó que en lo general la Cuenta Pública 1997 se presentó conforme con los principios básicos de contabilidad gubernamental, sin embargo, en algunas dependencias se detectó que existe falta de depuración de diversas cuentas de balance, omisión de recuentos físicos de bienes inventariables, pagos de bienes y servicios recibidos en 1996 con cargo al presupuesto de 1997 y registros de presupuestos como ejercido no devengado al 31 de diciembre de 1996. También se observó el incumplimiento de los principios "Cumplimiento de disposiciones legales", "Control presupuestario", "Base de registro" y "Revelación suficiente", por lo que la Contaduría Mayor de Hacienda deberá realizar las revisiones específicas sobre el particular y rendirá a esta Cámara los informes de los resultados correspondientes.
En cuanto al sector paraestatal, se observaron incumplimientos de los principios básicos de contabilidad generalmente aceptados en los casos del ISSSTE, LOTENAL, LyFC, PEMEX consolidado, PEMEX no consolidado y PEMEX Exploración y producción.
Esta dictaminadora detectó otras posibles inobservancias de los principios básicos de contabilidad gubernamental que son mencionados en el texto del dictamen que le da sustento a este decreto.
Artículo 4°. En general, durante el año fiscal de 1997 se presentó una observancia generalizada de las disposiciones legales aplicables, sin embargo existieron casos en que al parecer hubo incumplimiento o se observaron inconsistencias en la información proporcionada sobre el particular.
La Comisión de programación, Presupuesto y Cuenta Pública hace notar la discrecionalidad con la que por tercer año consecutivo se asignaron recursos mayores a los presupuestados destinados a saneamiento financiero y apoyo a deudores.
Artículo 5. Esta dictaminadora reitera la petición que hizo la H. Cámara de Diputados en el Decreto relativo a la revisión del Informe Previo de la Cuenta Pública de 1996, sobre la insuficiencia de información que proporciona la Secretaría de Hacienda y Crédito Público con respecto a los ingresos tributarios. Se solicita que se incluya en la presentación de la Cuenta Pública información completa con respecto a la recaudación por estratos de ingreso, número de contribuyentes, personas físicas y morales y de tasas efectivas de gravamen, para que este órgano legislativo pueda evaluar políticas tributarias alternativas y su incidencia en los contribuyentes.
Artículo 6. Se emiten las siguientes recomendaciones a las dependencias del Poder Ejecutivo y de otros Poderes:
b) Se reitera a la Secretaría de Educación Pública la recomendación realizada con motivo de la revisión de la Cuenta Pública de 1996, en el sentido que se planteen las metas de atención a alumnos de educación básica, normal, inicial y especial, a cargo de los gobiernos estatales por medio del ramo 25. Es necesario se reporte con mayor detalle el cumplimiento de las metas de los programas sustantivos y de los programas para abatir el rezago educativo en sus diferentes modalidades. Asimismo, presentar indicadores de resultados mejor definidos, para un seguimiento y evaluación adecuado al gasto descentralizado en la educación básica y normal.
c) Se solicita a la SCT información sobre el rendimiento estimado de la inversión financiera por 1,581.7 mdp para la compra de acciones de la empresa privada Transportación Ferroviaria Mexicana (TFM). Se informe sobre los ingresos provenientes del pago de la desincorporación de FERRONALES y su calendario de entrega en el mediano plazo, y que se explique detalladamente los compromisos de inversión de las empresas concesionadas.
d) Se solicita a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público que todos los informes sobre finanzas públicas que se reporten a la H. Cámara de Diputados se presenten bajo una misma metodología para que este órgano legislativo pueda evaluar objetivamente cada ejercicio fiscal.
e) Para el Poder Judicial se recomienda que en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal de los próximos ejercicios se expliquen las cantidades aplicadas para las adquisiciones, y arrendamientos de bienes muebles e inmuebles, así como remodelación de inmuebles; costo de los cursos de capacitación al personal, diplomados, seminarios y talleres.
b) Verificar la eficiencia del ejercicio del gasto realizado por la CNA y los programas que tiene a su cargo.
c) Realizar una evaluación del desempeño del Progresa, debido a que algunos recursos que fueron autorizados para gasto social no fueron ejercidos por retrasos en la operación del programa.
d) Realizar las revisiones correspondientes para cerciorarse de que los criterios utilizados por la Secretaría de Salud para la asignación presupuestal por Entidad se hayan aplicado de acuerdo con la normatividad existente. Evaluar los servicios que se prestan en materia de salud para la mujer.
e) Realizar las revisiones pertinentes para determinar si como resultado del menor ejercicio de recursos de la Secretaría de Trabajo se disminuyó la calidad de los servicios de capacitación que ofrece la misma, así como para determinar si las razones que ofrece la dependencia son las que explican la menor atención de asuntos relacionados con la impartición de justicia laboral.
f) Auditar los programas de protección al ambiente desarrollados por PEMEX y la CFE con el objeto de determinar las razones del subejercicio de recursos y el posible daño ocasionado en los recursos naturales por el citado ejercicio.
g) Auditar a la Compañía de LyFC con el fin de conocer las causas por las cuales sistemáticamente no cumple las metas establecidas en los programas.
h) Auditar el ejercicio de los principales proyectos de inversión de CFE, dentro de los que deberá incluirse el de Petacalco. Evaluar las causas de los retrasos y el impacto de los mismos sobre las metas en los proyectos Burgos y Cantarell, operados por medio de la estructura de financiamiento PIDIREGAS, los cuales registraron un subejercicio de recursos por 11,651.1 mdp. Asimismo, se solicita se proporcione con detalle en el informe de Resultados las consecuencias y obligaciones de los proyectos PIDIREGAS.
i) Realizar una revisión con el fin de determinar el apego de los estudios, eventos y reuniones que realiza la Secretaría de Relaciones Exteriores para efectos de la Política Bilateral y Multilateral a las disposiciones aplicables. Se solicita información sobre el gasto ejercido en las oficinas de representación del país en el exterior y se incluya en el Informe de Resultados el análisis de gasto ejercido por la Secretaría de Relaciones Exteriores, en virtud de que no se contempló en el Informe Previo de la Cuenta de la Hacienda Pública para el Ejercicio Fiscal de 1997.
j) Recabar la información suficiente que permita evaluar en los próximos ejercicios la eficiencia de la descentralización educativa. Se recomienda revisar si la distribución de los recursos del ramo 25 se llevó a cabo conforme a la normatividad aplicable.
k) Revisar la justificación y el apego al marco normativo del sobrejercicio realizado por la SCT por 21,407.5 mdp. Realizar un desglose de los recursos destinados a las emergencias meteorológicas en cada uno de los programas de la SCT, así como la contribución que hacen otros ramos para superar estas emergencias.
l) Realizar la auditoría correspondiente al Ramo 29.
m) Realizar auditorias correspondientes a las erogaciones por conceptos de obra pública, adquisiciones, gastos de representación y viáticos de la H. Cámara de Diputados.
n) Realizar las revisiones pertinentes a fin de determinar los motivos por los cuales no entraron en funcionamiento 15 órganos jurisdiccionales creados en el ejercicio por parte del Poder Judicial.
o) Realizar auditorias al Instituto Federal Electoral de las erogaciones por conceptos de: viáticos, gastos de representación, servicios personales, adquisiciones, contratación de estudios y asesorías, estimulos económicos. En particular, se solicita revisar los gastos de la oficina de administración de los Consejeros Electorales.
p) Esta dictaminadora asume las conclusiones del órgano técnico, además se hace notar que en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal para el ejercicio fiscal que se revisa no se proporciona la información suficiente sobre los fondos mixtos, por lo cual se recomienda que en el Informe de Resultados que elabora la Contaduría Mayor de Hacienda para ejercicios posteriores se proporcione información más detallada sobre el destino de los recursos para esos fondos no ejercidos por esta Secretaría. Se pide a la Comisión de Vigilancia que instruya a la Contaduría Mayor de Hacienda para que audite los recursos federales aportados para los fondos mixtos de turismo.
q) Revisar el ejercicio del gasto de los programas que reciben mayores recursos en cada una de las dependencias.
Artículo 9. Remítase el presente decreto al Ejecutivo Federal y a la Contaduría Mayor de Hacienda para todos los efectos a que hubiese lugar.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de diciembre de 1998.
Dip. Ricardo García Sáinz Lavista PRD Presidente (rúbrica); dip. Marcelo Luis Ebrard Casaubón CD, Secretario; dip. Javier Castelo Parada, PAN, (rúbrica) Secretario; dip. Jesús Cuauhtémoc Velasco Oliva, PRD (rúbrica) Secretario; dip. Guillermo Barnés García PRI (rúbrica) Secretario; dip. Gustavo Pedro Cortés, PT, Secretario; dip. Fortunato Alvarez Enríquez, PAN (rúbrica); dip. Felipe de Jesús Cantú Rodríguez, PAN (rúbrica); dip. Luis Fernando González Corona, PAN; dip. Roberto Ramírez Villarreal, PAN (rúbrica); dip. Felipe de Jesús Rangel Vargas, PAN; dip. Arturo Sáiz Calderón García, PAN; dip. Agustín Miguel Alonso Raya, PRD; dip. José del Carmen Enríquez Rosado, PRD (rúbrica); dip. Pablo Gómez Alvarez, PRD; dip. Sergio Benito Osorio Romero, PRD (rúbrica); dip. Demetrio Javier Sodi de la Tijera, PRD; dip. Esteban Miguel Angeles Cerón, PRI (rúbrica); dip. Manuel Cárdenas Fonseca, PRI (rúbrica); dip. Alberto Curi Naime, PRI (rúbrica); dip. Charbel Jorge Estefan Chidiac, PRI (rúbrica); dip. Amira Gómez Tueme, PRI (rúbrica); dip. Laura Alicia Garza Galindo, PRI (rúbrica); dip. Fernando Gómez Esparza, PRI (rúbrica); dip. Enrique Tito González Isunza, PRI; dip. Javier Guerrero García, PRI (rúbrica); dip. Francisco Javier Loyo Ramos, PRI (rúbrica); dip. José Antonio Estefan Garfias, PRI (rúbrica); dip. Francisco J. Santillán Oseguera, PRI (rúbrica); dip. Dionisio Alfredo Meade y García, de León PRI (rúbrica).
DE LA COMISION DE JUSTICIA, CON DICTAMEN PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA Y ADICIONA EL CODIGO PARA EL DF EN MATERIA DEL FUERO COMUN Y PARA TODA LA REPUBLICA EN MATERIA DE FUERO FEDERAL, ASI COMO TAMBIEN SE REFORMA EL CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES Y EL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS PENALES PARA EL DISTRITO FEDERAL
Honorable Asamblea:
A la Comisión de Justicia de la LVII Legislatura de la Cámara de Diputados fue turnada para su estudio y dictamen la iniciativa, por la que se reforma y adiciona el artículo 201 del Código Penal para el Distrito Federal en Materia de Fuero Común y para toda la República en Materia de Fuero Federal, enviado por la Comisión Permanente de esta Cámara de Diputados, así como la iniciativa por la que se reforman los artículos 85, 201, 203, 205 y 208 del Código Penal y 8 y 16 de la Ley que establece Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados.
Con fundamento en los artículos 71 fracción II y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en las prevenciones de los artículos 42 y 43 fracción II, 48, 56 y demás aplicables de la Ley Orgánica del Congreso General y en las que derivan acaso, como son las contenidas en los artículos 55, 56, 60, 87, 88 y 93 del Reglamento para el Gobierno Interior del mismo Congreso General, esta Comisión nombró un grupo de trabajo de diputados que se abocó al estudio y análisis de la iniciativa enviada por la Comisión Permanente de esta Cámara de Diputados, labor de la que nos permitimos dar cuenta en el presente dictamen, de acuerdo con los siguientes:
Antecedentes
PRIMERO.- Con fecha 7 de agosto de 1996, la Ciudadana Martina Montenegro Espinoza, Diputada del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LVI Legislatura de la H. Cámara de Diputados, presentó ante la Comisión Permanente, Iniciativa de Proyecto de Decreto que Reforma y Adiciona el Artículo 201 del Código Penal para el Distrito Federal en Materia de Fuero Común y para toda la República en Materia de Fuero Federal.
SEGUNDO.- Por escrito de fecha 5 de octubre del presente año de 1998, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, Primera Legislatura presentó iniciativas de reformas a los artículos 85, 201, 203, 205 y 208 del Código Penal para el Distrito Federal en Materia de Fuero Común, y para toda la República en Materia de Fuero Federal y los artículos 8 y 16 de la Ley que establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados
TERCERO.- Turnadas que fueron tales Iniciativas a la Comisión de Justicia, ésta acordó nombrar un grupo de trabajo plural integrado por Diputados para que analizara el contenido de las mismas.
Consideraciones
1. Contenido de la primera Iniciativa:
En la mencionada iniciativa se expresa el que la ciudadanía se ha percatado a través de los medios de comunicación y por las informaciones presentadas por la Procuraduría General de la República, que existen grupos de personas que se dedican a comerciar por medio de la pornografía infantil, involucrándose para tales fines en la corrupción de menores de edad, quienes son objeto de perversiones sexuales inimaginables.
Que la gravedad de esas conductas antisociales, además de atentar contra la paz pública y las buenas costumbres, degrada la condición humana de los menores que son objeto de esas perversiones, poniendo en riesgo su salud y normal desarrollo, y solicitan por tanto, la reforma al artículo 201 del Código Penal mencionado, con el fin de tipificar perfectamente el delito cometido, toda vez que en México la pornografía no está debidamente tipificada como delito.
2.- La Subcomisión retoma los argumentos expuestos con anterioridad, con objeto de prevenir, atender y erradicar la explotación sexual, comercial de menores y estima procedente hacer algunos cambios a la iniciativa que posteriormente se analizan e incluir otros artículos a la misma, con objeto de complementar la propuesta.
3.- El artículo 201 del Código Penal vigente para el Distrito Federal en Materia Común y para toda la República en Materia Federal, dice textualmente lo siguiente:
Art. 201.- Al que procure o facilite la corrupción de un menor de dieciséis años de edad, o de quien no tenga capacidad para comprender el significado del hecho, mediante actos de exhibicionismo corporal, lascivos o sexuales, o lo induzca a la práctica de la mendicidad, la ebriedad, al consumo de narcóticos, a la prostitución, al homosexualismo, a formar parte de una asociación delictuosa, o a cometer cualquier delito, se le aplicará de tres a ocho años de prisión y de cincuenta a doscientos días multa.
Cuando de la práctica reiterada de los actos de corrupción del menor adquiera los hábitos del alcoholismo, farmacodependencia, se dedique a la prostitución, a prácticas homosexuales o a formar parte de una asociación delictuosa la pena será de cinco a diez años de prisión y de cien a cuatrocientos días multa.
Si además de los delitos previstos en este capítulo resultase cometido otro, se aplicará las reglas de la acumulación.
4.- La iniciativa presentada por la Dip. Martina Montenegro, entre otras consideraciones establece que existen evidencias que consisten en videograbaciones decomisadas por la propia Procuraduría General de la República y las denuncias hechas por los medios de comunicación y que en el primer párrafo se adiciona aquella parte que dice: "a quien por sí, por medio de otro u otros; o conjuntamente siendo nacional o extranjero..."; en la inteligencia de que el delito de corrupción de menores puede cometerse, cuando alguien por sí mismo realiza la hipótesis normativa sancionada por el numeral que se trata y que es importante mencionar que se contempló a cualquier extranjero en la comisión del mencionado delito.
La iniciativa propuesta dice textualmente lo siguiente:
Art. 201.- A quien por sí, por medio de otro u otros o conjuntamente siendo nacional o extranjero procuren o faciliten por cualquier medio la corrupción de un menor de dieciocho años de edad o a quien no tenga la capacidad para comprender el significado del hecho, con o sin su consentimiento mediante actos de exhibicionismo corporal, lascivos o sexuales o lo induzca u obligue a realizarlos con el fin de viedograbarlos, audiograbarlos, fotografiarlos o exhibirlos mediante anuncios impresos o cualquier otro similar con o sin el fin de obtener un lucro, o lo induzca a la práctica de la mendicidad, la ebriedad, al consumo de narcóticos, a la prostitución, al homosexualismo, a formar parte de una asociación delictuosa o a cometer cualquier delito, se le aplicarán de cinco a veinte años de prisión y de cien a doscientos días multa.
Se impondrá prisión de diez a veinticinco años y de tres a diez mil días multa, así como el decomiso de los objetos e instrumentos y productos del delito, a quien por sí, a través de terceros o a nombre de otros dirija, administre o supervise cualquier tipo de asociación delictuosa constituida con el propósito de que los menores practiquen la pornografía con menores.
Para los efectos de este artículo se entenderá por pornografía toda práctica obscena y sexual por medio de la cual generalmente se obtiene un lucro o placer sexual y en la cual suele participar más de uno.
El extranjero que en calidad de sujeto activo se adecue a cualquiera de las hipótesis previstas por este artículo, se le cancelará su calidad migratoria a través de la autoridad competente.
Al que cometa este delito teniendo cualquier tipo de parentesco con el menor, o ejerza la patria potestad se le aplicarán de siete a veintidós años de prisión y de ciento veinte a dos mil doscientos días multa y dejarán de ejercer la patria potestad o tutela.
Cuando de la práctica reiterada de los actos de corrupción el menor o incapaz adquiera los hábitos de alcoholismo, farmacodependencia, se dedique a la prostitución a prácticas homosexuales, o a formar parte de una asociación delictuosa, se le impondrán además de las penas ya contempladas dos años más de prisión a la penalidad que corresponda.
Si además de los delitos previstos en este capítulo resultase cometido otro, se aplicarán las reglas de la acumulación.
La iniciativa contempla el que, a quien por sí por medio de otro u otros o conjuntamente siendo nacional o extranjero procuren o faciliten por cualquier medio la corrupción de un menor de dieciocho años, se le aplicarán las penas que indica la reforma, lo que es correcto en parte, pero innecesario el que se especifique la calidad de nacional o extranjero, puesto que el delito es el acto u omisión que sancionan las leyes penales de conformidad con el artículo 7 del Código Penal y el artículo 13 del propio cuerpo de leyes establece específicamente a los autores o partícipes del delito. Por otra parte, se especifica también que el extranjero en su calidad de sujeto activo se adecue a cualquiera de las hipótesis se le cancelará su calidad migratoria, lo que es innecesario, puesto que esto ya está regulado en el artículo 146 del Reglamento de la Ley General de Población, en el caso específico de que un extranjero cometa algún delito en el País.
Por otra parte, la iniciativa contempla también la penalización de los actos de exhibicionismo corporal, lascivos o sexuales, respecto de los menores de dieciocho años o quienes no tengan capacidad para comprender el significado del hecho cuando se les induzca u obligue a realizarlos con el fin de videograbarlos, audiograbarlos, fotografiarlos, o exhibirlos mediante anuncios impresos o cualquier otro similar, aplicándoles a los activos penalidades de cinco a veinte años de prisión en unos casos, de diez a veinticinco años de prisión a quienes por sí o a través de terceros dirijan, administren, supervisen cualquier tipo de asociación delictuosa con el propósito de que los menores practiquen la pornografía con menores y por último, que el que cometa el delito teniendo cualquier clase de parentesco con el menor o ejerza la patria potestad se le apliquen de siete a veintidós años de prisión.
Se advierte el que las penalidades son sumamente exageradas en cuanto a lo establecido en la iniciativa pues a manera de ejemplo en el delito de violación la penalidad es de ocho a catorce años. y en el homicidio simple intencional, la penalidad sería de ocho a veinte años de prisión y no hay correlación entre la conducta del activo para obligar al menor (el sujeto pasivo) a practicar la mendicidad, la ebriedad, el consumo de narcóticos o de los otros presupuestos a que se refiere la iniciativa, con los delitos que se han ejemplificado que son más graves, con las penas que se tratan de imponer.
Por otra parte, si bien es necesario penalizar las conductas antijurídicas es evidente que deben ser proporcionales a la realidad, es por ello, que en la iniciativa que se presenta se aumentan las penalidades respecto a los hechos delictivos en cuanto menos edad tengan los sujetos pasivos del delito y la calidad del activo, tomando en consideración el informe presentado por la Sra. Ofelia Calcetas Santos, relatora especial sobre la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía, la que hizo y presentó un trabajo en relación a dicho problema en su estancia en México del 19 al 21 de noviembre de 1997 y en la que manifiesta que en muchos casos en la pornografía y en la prostitución infantil intervienen como explotadores agentes de policía, por lo que se hace necesario incrementar las penas en el Código Penal cuando intervienen como activos este tipo de autoridades.
2. Contenido de la segunda Iniciativa
Se trata de penalizar con mayor rigor a los sujetos activos que cometan el delito de corrupción de menores establecido en el artículo 201 del Código Penal, la cual contiene los siguientes elementos:
b) Una precisión técnica tratándose de incapaces como sujetos pasivos en cuyo caso no podrá entenderse estrictamente la comisión del delito sino una equiparación del mismo, supuesto para el que se propone la aplicación de las penas previstas para el delito de que se trata.
c) Dotar de una entidad propia a los corruptores que se contemplan, estableciendo para cada uno de ellos, una sanción diferenciada, tendiendo a la gravedad, si bien partiendo de la base de que se trata finalmente de salvaguardar la integridad física y psicológica de los menores, protegiéndolos de actos que incidirían en la degradación de su condición como seres humanos, al distorsionar su sentido moral.
En el contexto anotado, se entiende aceptado distinguir los supuestos en tres fracciones, la primera reservada para los actos corruptores de contenido sexual, la segunda para actos de obligación o inducción a la ebriedad, el consumo de narcóticos o la comisión de hechos constitutivos de delitos, y la tercera para la obligación o inducción a la mendicidad.
d) Atendiendo a la incidencia que se ha dado en las últimas fechas de la llamada pornografía infantil, se coincide también en el establecimiento de penas severas para cuando los actos corruptores de carácter sexual sean fijados en cualquier medio con fines de lucro y la aplicación de las mismas para quien con fines de lucro fabrique, produzca, importe, venda, arriende, almacene, transporte o distribuya el material en que hubieren sido fijados los actos de que se trata.
e) La complejidad con que actúa la delincuencia en los últimos años genera la presunción de la existencia de organizaciones creadas precisamente para cometer estos delitos, consideración que lleva a los miembros de esta comisión a hacer suyo el planteamiento del proyecto de iniciativa en el sentido de crear como tipo penal del delito la dirección, administración o supervisión de cualquier asociación delictuosa constituida para cometer o que cometa los delitos previstos en el artículo de que se trata.
f) Se propone regular igualmente un supuesto que comprende a aquéllos que cometan el delito de que se trata teniendo bajo su custodia, guarda o educación al menor.
Modificaciones a la Iniciativa
Esta Subcomisión considera dejar intocado y no hacer modificaciones a los artículos 85 del propio Código Penal, así como al 8 y 16 de la Ley que establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados, en virtud de que las hipótesis de no procedencia de la libertad preparatoria y de aplicación para conceder el beneficio preliberacional y remisión parcial de la pena, previstos en su orden por dichos preceptos, son materia de la iniciativa presidencial de tres de noviembre del año en curso, presentada ante el Senado de la República y que esta en Comisiones, razón por la cual y a fin de evitar duplicidad del mismo trabajo legislativo, este proyecto de dictamen no se ocupará de ellas. Por lo que hace el artículo 201 del Código Penal, en primer término se eleva la edad de dieciséis a dieciocho años de edad del sujeto pasivo del delito de corrupción de menores, en virtud de que la Convención sobre Los Derechos Del Niño firmada por el Estado Mexicano en el mes de enero de 1990 y que fue ratificada por el Senado de la República, en su artículo 1, establece que se entiende por niño a todo ser humano menor de dieciocho años de edad, por ello se establece el cambio de edad para dar cumplimiento a dicho compromiso que tiene carácter de ley primaria del país, de conformidad con el artículo 133 de la Constitución Federal; igualmente para ejercer una mejor tutela en la formación de los menores se incorporan las acciones de inducir y obligar, destinadas a actos de corrupción; asimismo en el propio precepto se cambia el término de homosexualismo, por el de prácticas sexuales, con el propósito de evitar una confusión de conceptos que vendría a lesionar derechos de un sector de la sociedad. Se adiciona un párrafo al propio precepto 201, para señalar que no se entiende por corrupción de menores los programas preventivos, educativos o de cualquier índole que diseñen las Instituciones Públicas, Privadas o Sociales, que tengan por objeto la educación sexual, educación sobre función reproductiva, prevención de enfermedades de transmisión sexual y embarazo de adolescentes. Y tomando en consideración que ambas iniciativas consideran necesario crear un nuevo tipo de delito con el que se sancione la pornografía infantil, esta nueva figura delictiva quedará bajo el numeral 201 Bis primer párrafo. Asimismo y en complemento a lo anterior, se sancionará en los dos párrafos subsecuentes la conducta de aquella persona que incita al público a obtener cualquier objeto que propague la pornografía de menores, ya sea con ánimo de lucro o sin el, y al sujeto que realice acciones, como son la de elaborar, reproducir, distribuir, vender, arrendar, expender o transmitir aquellos objetos que contengan representaciones sexuales de imágenes de menores. En sus últimos párrafos se enuncia qué se entiende por pornografía infantil; como también aquellas acciones que realizan las asociaciones delictuosas que tienen como actividad la pornografía infantil. En el artículo 201 bis 1 que se adiciona se sanciona al servidor público que comete el delito de corrupción de menores e incapaces, como también el de pornografía infantil. A través del artículo 201 bis 2 que también se adiciona se aumentan las sanciones para los infractores que comentan ambos delitos, tomando en consideración la edad del menor, si es menor de 16 años o de 12, pues en el segundo caso serán mayores, tomando en consideración el estado mayor de indefensión por falta de criterio e incapacidad para defenderse. También se adiciona el numeral 201 bis 3 para que el Código punitivo comprenda la figura delictiva de la prostitución de menores, sancionando a aquella persona que promueva, publicite, invite, facilite o gestione por cualquier medio a persona o personas que realicen viajes al interior o exterior del País y que tengan como propósito, el tener relaciones sexuales con menores de 18 años. El párrafo segundo del precepto, se ocupa de sancionar a todas aquellas personas que realizan acciones para facilitar de una u otra forma que se tenga relaciones sexuales con los menores; actividad que se da hoy día con gran frecuencia sin que exista de por medio el turismo o cosa similar. Se adiciona el artículo 203 para sancionar a los miembros de la delincuencia organizada que intervengan en la comisión de delitos de corrupción de menores e incapaces, pornografía infantil y prostitución sexual de menores. Se incrementan las sanciones a los delitos previstos por los numerales 205 y 208, dado los daños que causan las conductas configuradas como delitos por dichas disposiciones y considerar los mencionados delitos como graves reformándose el artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales y el 268 del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal.
El fundamento para reformar y adicionar el Código Penal tiene como finalidad dar cumplimiento a la Convención sobre los Derechos del Niño que suscribió el Estado Mexicano y que ratificó el Senado, la que en su artículo 34 establece: que los estados partes se comprometen a proteger al niño contra todas las formas de explotación y abusos sexuales y para ello tomarán todas las medidas que sean necesarias para impedir la incitación o la coacción para que un niño se dedique a cualquier actividad sexual ilegal; la explotación del niño en la prostitución u otras prácticas sexuales, como también en espectáculos o materiales pornográficos. Igualmente se apoya en el compromiso que hizo México en el Congreso Mundial que se celebró en la ciudad de Estocolmo, en el año de 1996 con el propósito de evitar la explotación sexual comercial de los niños, mediante la revisión de su legislación, para que aplique en protección de los niños frente a dicha actividad.
En este orden de ideas, y dado el incremento del abuso a los menores en todas partes del mundo, situación que ya se deja ver en algunos lugares del país, es impostergable la reforma para proteger a aquellos que el día de mañana serán la guía de la nación, y por ello necesitan tener una buena formación que servirá en beneficio de sus semejantes.
Como consecuencia, se considera oportuno elevar a las figuras delictivas de nueva creación como son: la de pornografía infantil y prostitución de menores a la categoría de delitos graves, a fin de que de que el sujeto activo del ilícito no goce de la libertad caucional dados los daños que causan a la niñez y juventud, por lo que procede la reforma a los artículos 194 del Código Procesal Penal Federal y 268 del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal que contiene el catálogo de dichos ilícitos, así como la figura delictiva prevista por el artículo 203 del propio Código Penal.
Asimismo, para que haya congruencia con el contenido de las disposiciones que se adicionan al Código Penal, materia de la reforma, es necesario modificar la designación del Capítulo II del Título VIII del mismo cuerpo de leyes.
Expuesto lo anterior se presenta a la consideración de La Asamblea las reformas a los artículos que enseguida enumeran.
ARTICULO PRIMERO.- Se reforman los artículos 201, 205 y 208 y se adicionan los artículos 201 bis, 201 bis 1, 201 bis 2, 201 bis 3 y al 203 con un párrafo; y se reforma el Capítulo II del Título Octavo del Código Penal para el Distrito Federal en Materia de Fuero Común y para toda la República en Materia de Fuero Federal, para quedar como sigue:
Capítulo II
Corrupción de menores e incapaces. Pornografía infantil y prostitución sexual de menores
Artículo 201.- Comete el delito de corrupción de menores, el que induzca, procure, facilite u obligue a un menor de dieciocho años de edad o de quien no tenga capacidad para comprender el significado del hecho, a realizar actos de exhibicionismo corporal, lascivos o sexuales, prostitución, ebriedad, consumo de narcóticos, prácticas sexuales o a cometer hechos delictuosos. Al autor de este delito se le aplicarán de cinco a diez años de prisión y de quinientos a dos mil días multa.
Al que obligue o induzca a la práctica de la mendicidad, se le impondrá de tres a ocho años de prisión y de cincuenta a doscientos días multa.
No se entenderá por corrupción de menores los programas preventivos, educativos o de cualquier índole que diseñen e impartan las Instituciones Públicas, Privadas o Sociales, que tengan por objeto la educación sexual, educación sobre función reproductiva, la prevención de enfermedades, de transmisión sexual y el embarazo de adolescentes, siempre que estén aprobados por la autoridad competente.
Cuando de la práctica reiterada de los actos de corrupción el menor o incapaz adquiera los hábitos del alcoholismo, farmacodependencia, se dedique a la prostitución o a formar parte de una asociación delictuosa, la pena será de siete a doce años de prisión y de trescientos a seiscientos días de multa.
Si además de los delitos previstos en este capítulo resultase cometido otro, se aplicarán las reglas de acumulación.
Artículo 201 bis.- Al que procure o facilite por cualquier medio el que uno o más menores de 18 años, con o sin su consentimiento, lo o los obligue o induzca a realizar actos de exhibicionismo corporal, lascivos o sexuales, con el objeto y fin de videograbarlos, fotografiarlos o exhibirlos mediante anuncios impresos o electrónicos, con o sin el fin de obtener un lucro, se le impondrán de cinco a diez años de prisión y de mil a dos mil días multa.
Al que fije, grave, imprima actos de exhibicionismo corporal, lascivos o sexuales en que participen uno o más menores, de dieciocho años, se le impondrá la pena de diez a catorce años de prisión y de quinientos a tres mil días multa. La misma pena se impondrá a quien con fines de lucro o sin el, elabore, reproduzca, venda, arriende, exponga, publicite o transmita el material a que se refieren las acciones anteriores.
Se impondrá prisión de ocho a dieciséis años y de tres mil a diez mil días multa, así como el decomiso de los objetos, instrumentos y productos del delito, a quien por sí o a través de terceros, dirija, administre o supervise cualquier tipo de asociación delictuosa con el propósito de que se realicen las conductas previstas en los dos párrafos anteriores con menores de dieciocho años.
Para los efectos de este artículo se entiende por pornografía infantil, la representación sexualmente explícita de imágenes de menores de dieciocho años.
Artículo 201 bis 1.- Si el delito de corrupción de menores o de quien no tenga capacidad para comprender el resultado del hecho o el de pornografía infantil es cometido por quien se valiese de una función pública que tuviese, se le impondrá hasta una tercera parte más de las penas a que se refieren los artículos 201 y 201 bis y destitución del empleo, cargo o comisión públicos e inhabilitación para desempeñarlo, hasta por un tiempo igual al de la pena impuesta para ejercer otro.
Artículo 201 bis 2.- Si el delito es cometido con un menor de dieciséis años de edad, las penas aumentarán hasta una tercera parte más de las sanciones a que se refieren los artículos 201 y 201 bis. Si el delito se comete con menor de doce años de edad, las penas aumentarán hasta una mitad de las sanciones a que se refieren los artículos 201 y 201 bis de esta ley.
Artículo 201 bis 3.- Al que promueva, publicite, invite, facilite o gestione por cualquier medio a persona o personas a que viaje al interior o exterior del territorio nacional y que tenga como propósito, el tener relaciones sexuales con menores de dieciocho años de edad, se le impondrá una pena de cinco a catorce años de prisión y de cien a dos mil días multa.
Las mismas penas se impondrán a quien realice las acciones a que se refiere el párrafo anterior, con el fin de que persona o personas obtengan relaciones sexuales con menores de dieciocho años.
Artículo 203.-...
Cuando el delito sea cometido por un miembro o miembros de la delincuencia organizada se aplicara, la pena de diez a quince años de prisión y de mil a cinco mil días de multa.
Artículo 205.- Al que promueva, facilite, consiga o entregue a una persona para que ejerza la prostitución dentro o fuera del territorio nacional, se le impondrá prisión de cinco a doce años y de cien a mil días de multa. Si se emplease violencia o el agente se valiese de la función pública que tuviere, la pena se aumentarán hasta una mitad.
Artículo 208.- Al que promueva, encubra, concierte o permita el comercio carnal de un menor de dieciocho años se le aplicará pena de ocho a doce años de prisión y de cien a mil días multa.
ARTICULO SEGUNDO.- Se reforma el artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales para quedar como sigue:
Artículo 194.- ...
a) a c)...
...
...
Se califican como delitos graves, para todos los efectos legales, por afectar de manera importante valores fundamentales de la sociedad, los previstos en los siguientes artículos del Código Penal para el Distrito Federal en materia de Fuero Común y para toda la República en Materia de Fuero Federal:
...................................... ...............................................................................................................................
los previstos por los artículos 201 bis, 201 bis 1, 201 bis 2, 201 bis 3, y 203 ...
.......................................... ............................................................................................
Artículo 3º.- Se reforma el artículo 268 del Código de Procedimientos Penales del Distrito Federal para quedar como sigue:
Artículo 268.- ...
......................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................
Para todos los efectos legales, por afectar de manera importante valores fundamentales de la sociedad, se clasifican como delitos graves los siguientes: .............................................................
................................................................................................................
los previstos por los artículos 201 bis, 201 bis 1, 201 bis 2, 201 bis 3 y 203...
..............................................................
Transitorio
UNICO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial
Salón de sesiones de la Honorable Cámara de Diputados a los diez días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y ocho.
Dip. Sadot Sánchez Carreño, Presidente (rúbrica), dip. Carolina O...Farril Tapia, Secretaria (rúbrica; aprobado en lo general y con reserva en lo particular), dip. Ma.de la Soledad Baltazar Segura, Secretaria (rúbrica; solo en lo general, con reservas en lo particular), dip. Ma. Guadalupe Sánchez Martínez, Secretaria (rúbrica), dip. Jaime Miguel Moreno Garavilla , Secretario (rúbrica), dip. Jorge López Vergara (rúbrica; aprobado en lo general y con reserva en lo particular), dip. Américo Ramírez Rodríguez (rúbrica), dip. Francisco Javier Reynoso Nuño (rúbrica; voto a favor en lo general, con reserva en lo particular), dip. Baldemar Tudón Martínez (rúbrica; voto a favor en lo general, reserva en lo particular), dip. Justiniano Guzmán Reyna (rúbrica), dip. Alberto Martínez Miranda (rúbrica), dip. Victorio Rubén Montalvo Rojas (rúbrica) , dip. Silvia Oliva Fragoso (rúbrica), dip. Jorge Canedo Vargas (rúbrica), dip. Martha Laura Carranza Aguayo (rúbrica), dip. Francisco J. Loyo Ramos (rúbrica), dip. Héctor Francisco Castañeda Jiménez (rúbrica), dip. Arturo Charles Charles (rúbrica), dip. David Dávila Domínguez (rúbrica), dip. Jesús Gutiérrez Vargas (rúbrica), dip. Manuel González Espinoza (rúbrica), dip. Rosalinda Banda Gómez (rúbrica), dip. Jaime Castro López (rúbrica).
El 23 de noviembre pasado esta H. Cámara tuvo a bien aprobar por unanimidad un punto de acuerdo, en relación al incremento a los salarios mínimos generales y profesionales para 1999. En esa fecha acordamos recomendar a la Comisión referida que el incremento no fuera menor al 22 por ciento, pues solo así se recuperaría la perdida del poder adquisitivo salarial ocurrida en el año que transcurre, y se recuperaría en parte la pérdida salarial histórica de los últimos 20 anos que a la fecha es superior al 70 por ciento.
No obstante que nuestra recomendación era compartida por todo el movimiento obrero de nuestro país, la Comisión Nacional de los Salarios mínimos acordó un incremento del 14 por ciento, aumento que se determinó con el voto del Presidente de la Comisión en cuestión y los votos del sector empresarial, votando en contra los representantes del sector obrero. Además éste aumento se hizo sin tomar en cuenta lo establecido en el segundo párrafo de la fracción sexta del artículo 123 Constitucional que a la letra dice:
UNICO.- Que esta Cámara expresa públicamente su extrañamiento a la conducta asumida por la Comisión de Salarios Mínimos, en especial a su Presidente, porque violando el artículo 123 constitucional, en su fracción VI, fijaron un salario mínimo insuficiente en perjuicio de los trabajadores.
Diputado Presidente:
En nombre de la Comisión de Trabajo y Previsión Social de ésta Cámara de Diputados y con base a los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le solicitamos respetuosamente dar curso a nuestra propuesta y ponerla a consideración de la plenaria inmediatamente por ser un asunto de urgencia y obvia resolución.
Señor Presidente, se hace entrega del presente escrito con la firma de todos y cada uno de los integrantes de la Comisión de Trabajo y Previsión Social.
Muchas Gracias.
Por la Comisión de Trabajo y Previsión Social: Dip. Juan Moisés Callejas, Presidente, dip. Javier Paz Zarza Beltrán, dip. Rosalío Hernández, dip. Marco Antonio Fernández Rodríguez, secretarios.
CONVENIO DE COLABORACION PARA FORMALIZAR LA INCORPORACION TOTAL VOLUNTARIA AL REGIMEN OBLIGATORIO DE LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO, DE LOS CC. DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA LVII LEGISLATURA DEL H. CONGRESO DE LA UNION
Convenio de Colaboración que para formalizar la Incorporación Total Voluntaria al Régimen Obligatorio de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, de los CC. diputados integrantes de la LVII Legislatura del H. Congreso de la Unión, que durante su ejercicio constitucional, individualmente soliciten los beneficios de la seguridad social, celebran por una parte "el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado", en adelante denominado "El Instituto", representado por su subdirector general de administración, lic. Felipe Riva Palacio Guerrero, y por la otra, la Cámara de Diputados de la LVII Legislatura del H. Congreso de la Unión, en lo sucesivo "La Cámara", representada por los CC. cp. Humberto Murrieta Necoechea, en su carácter de Oficial Mayor, e ing. José Miguel Macías Fernández, en su carácter de director general de Finanzas, en representación de la Tesorería General, conforme a las siguientes declaraciones y cláusulas:
Declaraciones
I. De "La Cámara":
b) Que está debidamente constituida por la Sesión de Instalación de la LVII Legislatura del H. Congreso de la Unión, celebrada el 30 de agosto de 1997, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 17 de la Ley Orgánica General de los Estados Unidos Mexicanos.
c) Que con fecha 16 de octubre de 1997, la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política, con fundamento en el artículo 45, fracción IV, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, propuso ante el pleno y así fue aprobado, el nombramiento del oficial mayor, mismo que recayó en la persona del C. cp. Humberto Murrieta Necoechea, quien en consecuencia posee personalidad jurídica para contratar a nombre y representación de la Cámara de Diputados.
d) Que con fecha 16 de noviembre de 1997 el C. ing. José Miguel Macías Fernández fue designado director general de Finanzas.
e) Que señala como su domicilio el Palacio Legislativo Federal, ubicado en avenida H. Congreso de la Unión, número 66, colonia El Parque, Delegación Venustiano Carranza, CP 15960, México, Distrito Federal.
a) Que "El Instituto" es un Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública Paraestatal, con personalidad jurídica y patrimonio propio, según se establece en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal en la Ley que lo rige, publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 27 de diciembre de 1983, en vigor a partir del l de enero de 1984.
b) Que el lic. Felipe Riva Palacio Guerrero está plenamente facultado para representar a "El Instituto", en el presente Convenio, conforme al Poder Notarial que consta en el Testimonio de la Escritura 71,333 otorgado ante la fe del Notario Público número 56 del Distrito Federal, lic. Eduardo Martínez Urquidí, el día 2 de febrero de 1995.
d) Que "El Instituto", en el Distrito Federal, así como en el resto de la República Mexicana, tiene establecidas las unidades e instalaciones para proporcionar los Seguros, Prestaciones y, Servicios que la Ley señala, mismos que otorgará a aquellas dependencias, entidades, agrupaciones o individuos que se incorporen a su Régimen.
e) Que señala como su domicilio el ubicado en avenida de la República número 154, 4 piso, colonia Tabacalera. Delegación Cuauhtémoc, CP 06030. México, Distrito Federal.
Convenio, con sujeción a las siguientes
Cláusulas
Primera.- Las partes convienen en que el objeto del presente instrumento es de Colaboración para lograr la Incorporación Total al Régimen Obligatorio de Seguridad Social de la Ley de "EL INSTITUTO". de los CC. diputados que durante su encargo de elección popular, individual voluntariamente así lo deseen y lo manifiesten con la suscripción del Formulario-Solicitud que anexo al presente forma parte del mismo, a través del cual quedará formalizada su inscripción en "EL INSTITUTO".
Dicha solicitud será suscrita por el C. diputado y por el Pagador General, con el visto bueno del Representante de "LA CAMARA", que para tales efectos lo será el director general de Finanzas de la Tesorería General.
Segunda.- En base a lo dispuesto en la Cláusula anterior, "EL INSTITUTO" proporcionará a los CC. diputados. los Seguros, Prestaciones y Servicios establecidos en su propia Ley.
Tercera.- Los CC. diputados cubrirán individualmente las cuotas y/o aportaciones establecidas en los artículos 16, 21 y 90 Bis-B de la propia Ley del ISSSTE, para lo cual el Pagador General de "LA CAMARA", descontará de las dietas que les correspondan, los montos a cubrir por el aseguramiento de éstos.
La base de cotización será el importe de la dieta que percibe el C. diputado, teniendo como límite superior el consignado en la propia ley.
Cuarta.- El Pagador General de la "LA CAMARA", enterará a la Tesorería General de "El ISSSTE" dentro de los diez primeros días de cada mes, el monto total de las cuotas y aportaciones referidas en la Cláusula inmediata anterior, excepto las aportaciones correspondientes al Fondo de la Vivienda y al Sistema de Ahorro para el Retiro, que serán entregadas a la Institución de Crédito o Entidad Financiera con la que se contrate este servicio, siempre y cuando sea de las autorizadas por la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro.
Quinta.- Cuando el C. diputado solicite que que su incorporación incluya el reconocimiento de antigüedad, cuya fecha máxima anterior sea la de inicio a su labor legislativa, enterará previamente a su incorporación al régimen obligatorio, los montos que el área compete de "El Instituto", previo estudio actuarial, haya determinado a efecto de constituir la reserva técnica necesaria conforme a los procedimientos aplicados de manera general por "El Instituto", para tal propósito.
Sexta.- "EL INSTITUTO" otorgará los servicios médicos, exclusivamente en el territorio nacional en las unidades médicas que tienen establecidas o en las que tenía subrogadas, únicamente por medio de su personal de servicios médicos usando las técnicas y procedimientos que practique, sin que pueda exigírsele, en ningún caso, la aplicación de otras técnicas que no sean usuales en "EL INSTITUTO", ni la utilización de algún médico particular con especialidad ajena al mismo.
Séptima.- Para el otorgamiento de los Seguros, Prestaciones y Servicios, los CC. diputados requisitarán el formulario-Solicitud elaborado por "EL INSTITUTO", con el cual quedará oficializada su incorporación al Régimen obligatorio de la Ley del ISSSTE.
Octava.- La baja en el régimen obligatorio del C. diputado que se incorpore voluntariamente, procederá cuando deje de tener las características que originaron su aseguramiento o cuando así lo solicite por escrito. El Pagador General de "LA CAMARA" informará por escrito de estas situaciones oportunamente a "EL INSTITUTO", para los efectos conducentes.
Novena.- Al C. diputado incorporado al Régimen de la Ley de "EL INSTITUTO", que deje de tener tal carácter, pero que haya cotizado y aportado ininterrumpidamente durante un mínimo de seis meses anteriores a la conclusión del encargo, le serán proporcionados durante los dos meses siguientes a la baja, los servicios médicos, al igual que a sus familiares derechohabientes.
Décima.- Se conviene que los CC. diputados disfrutarán de los Seguros, Prestaciones y Servicios sujetándose en todo momento a las normas y lineamientos consignados en la Ley de ...EL ISSSTE", sus reglamentos, así como a los acuerdos emitidos por la Junta Directiva; de igual forma, a las condiciones de funcionamiento y operación que "EL INSTITUTO" determine para el otorgamiento de dichos beneficios.
Décima Primera.- Las partes convienen en aceptar expresamente las modificaciones que se hallan o lo que las nuevas disposiciones establezcan, en lo que se refiere a las cuotas y aportaciones, que como consecuencia de resultados actuariales de "EL INSTITUTO" se hayan determinado para cuantificar tanto los costos de operación, como el otorgamiento de los Seguros, Prestaciones y Servicios, o por haber variado las disposiciones que emanen de reformas o adiciones a su Ley, o de un nuevo ordenamiento jurídico de el "EL INSTITUTO".
Décimo Segunda.- La vigencia del presente instrumento se inicia en la fecha de su suscripción y concluirá con la vigencia de la LVII Legislatura, pudiendo las partes darlo por terminando anticipadamente, previo aviso por escrito que se hagan con 30 días de anticipación.
Décima Tercera.- "EL INSTITUTO" se reserva el derecho de dar por terminada la vigencia del presente Instrumento, en caso de que existan causas o motivos suficientes a su inicio, que pongan en peligro la adecuada y eficiente Prestación de los Servicios, el equilibrio financiero del propio Instituto o la preservación de los Seguros, Prestaciones y Servicios del régimen obligatorio.
Décima Cuarta.- En caso de duda o controversia que se llegara a suscitar sobre la interpretación, cumplimiento y aplicación del presente Instrumento, las partes convienen en resolverla de común acuerdo.
Enteradas las partes del contenido y fuerza legal del presente Instrumento, lo firman y ratifican en la ciudad de México, Distrito Federal, a los once días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y ocho.
Testigos de Honor
Dip. Arturo Núñez Jiménez, Presidente de la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política de la Cámara de Diputados.
Socorro Díaz Palacios, Directora General del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
Por "LA CAMARA"
CP Humberto Murrieta Necoechea, oficial mayor (rúbrica). Ing. José Miguel Macías Fernández, director general de Finanzas (rúbrica).
Por "EL INSTITUTO"
Lic. Felipe Riva Palacio Guerrero, subdirector general de Administración (rúbrica).
Informe de actividades realizadas por diputados de la Comisión de Asuntos de la Frontera Sur, de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con motivo de su visita a la República de Cuba
En cumplimiento a lo acordado en nuestra agenda de trabajo, presentamos a esta Comisión el Informe de las actividades de la reciente visita a la República de Cuba, la cual se realizó el pasado mes de agosto.
Los diputados J. Agapito Domínguez Lacroix, Isidro Cigarroa Villarreal, Octavio Díaz Reyes y Nicolás Jiménez Carrillo llevamos a cabo una visita a la República de Cuba, los días 23, 24, 25 y 26 de agosto del presente año.
Domingo 23 de agosto
A las 10:30 horas arribamos a la ciudad de la Habana, Cuba, en donde fuimos atentamente recibidos por personal de la embajada de México en ese país, trasladados e instalados en el hotel previamente considerado como sede del grupo comisionado para esta visita.
Lunes 24 de agosto
A las 9 horas dimos inicio a nuestra agenda, la cual marcaba la primera reunión de trabajo en aquel país con el lic. Pedro Joaquín Coldwell, embajador de México en Cuba. Fuimos recibidos gratamente en la sede de la cancillería de México. A nombre de la delegación mexicana, el diputado Agapito Domínguez Lacroix, presentó a cada uno de los señores diputados, y excusó al presidente de la Comisión, diputado Juan Carlos Gómez Aranda por no haber asistido, asimismo le transmitió un respetuoso saludo y los mejores deseos de éxito en su encomienda diplomática al embajador Pedro Joaquín Coldwell.
Los diputados asistentes agradecimos al embajador Coldwell su valioso apoyo, así como la eficiente coordinación con las autoridades cubanas y en particular con la Asamblea Nacional del Poder Popular de Cuba, órgano equivalente al Poder Legislativo de México; acto seguido se le explicó al sr. embajador que la Comisión de Asuntos de la Frontera Sur es una Comisión de nueva creación, plural en su integración y democrática en la toma de sus decisiones, responsabilizada por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, de atender los asuntos de la Frontera Sur y las relaciones fronterizas con Centroamérica y el Caribe, asimismo se enunció el Programa de Actividades a desarrollar en esta visita, y se le mencionaron los principales motivos de la visita de la Comisión a Cuba:
2. Conocer las políticas públicas de Cuba con los países del Caribe.
3. Convenir una posible agenda de trabajo con ellos, para coadyuvar a mejorar las relaciones interparlamentarias de México con Cuba y los países del Caribe.
Otro de los puntos de los que hizo referencia fue el de los problemas migratorios, que existen en la isla, la permanente migración de la población hacia el norte del continente a través de balsas, lo que ha provocado que ésta se abra por vía legal, a aquellos que cumplan con los requisitos requeridos por sus propias autoridades; los balseros que llegan a 10 millas de la Florida son considerados como asilados políticos, por el sólo hecho de salir de forma ilegal de Cuba. La intervención de México ha dado como consecuencia un intenso movimiento migratorio hacia nuestro país.
Finalmente se le solicitó al sr. embajador Pedro Joaquín Coldwell, su orientación para que la delegación de diputados cumpliera exitosamente sus propósitos en Cuba, se le agradeció la recepción otorgada y los apoyos brindados para el mejor desempeño de las actividades que se realizarían en esta visita a Cuba.
Posteriormente a las 10 horas del mismo día nos trasladamos a la sede de la Asamblea Nacional del Poder Popular de Cuba (Organo Legislativo), a una reunión de trabajo con el sr. Jorge Lezcano, presidente de la Comisión Permanente de Relaciones Internacionales de dicha Asamblea, en la cual se aclaró que la visita no responde en un sentido estricto a los Acuerdos Interparlamentarios firmados por ambos Organos Legislativos, ya que se trata de la visita de una de las Comisiones de la Cámara de Diputados, la Comisión de Asuntos de la Frontera Sur, que no representa a todo el Congreso de la Unión; se comentó acerca del interés que los diputados integrantes de la Comisión de Asuntos de la Frontera Sur, tienen de conformar con esa Comisión de la Asamblea del Poder Popular de Cuba, una agenda común de trabajo, que contribuya a tener una relación permanente y respetuosa con ellos, para el desahogo de asuntos que ayuden a mejorar las relaciones de México con Cuba y demás países del Caribe.
El sr. Jorge Lezcano puntualizó, los problemas que la migración les ha originado principalmente con los Estados Unidos de Norteamérica, para lo cual su Congreso creó una legislación especial que atiende la situación de los cubanos, mencionó que ese país no otorga visas a los migrantes legales y sí a los ilegales, debido a una medida política anticastrista, con lo cual EU la asimila, la protege y la utiliza en contra de Cuba. Puso como ejemplo que los norteamericanos crearon mecanismos de protección para los cubanos que quieran regresar como terroristas a la isla, por lo que las autoridades han implementado normas especiales para proteger a los turistas del terrorismo ya que ellos son el blanco más efectivo.
Asimismo, resaltó el esfuerzo de la Asamblea del Poder Popular de Cuba, al emitir la Ley de Defensa Nacional, con la cual se apoya la lucha contra el narcotráfico, aunque hasta el momento no cuenten con ningún convenio antidrogas con los Estados Unidos, debido a sus diferencias políticas, comentó que hay pendientes tres casos de robo de embarcaciones y aviones con armas cometidos por los EU a Cuba.
Puntualizó que a 40 años de la Revolución, Cuba ha cambiado y en forma especial en los últimos 10 años, debido al resquebrajamiento del sistema socialista, pero a pesar de eso sigue desarrollándose.
Finalmente, los diputados mexicanos le agradecieron la gentileza de sus atenciones en esta visita a Cuba.
Continuando con la agenda, a las 16 horas, fuimos recibidos por el sr. Jorge Arbezu, vicejefe de Relaciones Internacionales del Comité Central del Partido Comunista de Cuba, en la sede del Comité Central del PCC. Después de las presentaciones correspondientes, se dio inicio a la conversación, trasmitiendo el interés que existe de la Cámara de Diputados y en especial de los miembros de esta Comisión Plural de Diputados, por estrechar lazos de amistad con Cuba, manifestándole que compartimos con ellos la defensa de la soberanía y su lucha permanente por la no intervención en asuntos que sólo concierne a los cubanos; por el respeto a la libre autodeterminación de los pueblos sin intromisiones, presiones, ni sujeciones impuestas por fuerza de poderíos ajenos a nuestros países. Se le señaló al sr. Arbezu que la Revolución Cubana es convicción, decisión y esencia importante del pueblo de Cuba y que para los mexicanos despierta admiración por su resistencia, congruencia y avances sociales, alcanzados hasta el día de hoy, a pesar de los obstáculos existentes. Para concluir se le hizo extensivo un saludo fraternal para los dirigentes del Partido Comunista Cubano y de manera especial al comandante Fidel Castro, Presidente de Cuba.
Martes 25 de agosto
A las 10:30 horas fuimos recibidos por el sr. Rodrigo Malmierca, director de Países Desarrollados, del Ministerio para la Inversión Extranjera y la Colaboración Económica, con el cual entablamos conversación; se le comentó el motivo de nuestra visita a Cuba, además de explicarle la conformación de la Comisión, y que su principal objetivo es atender los asuntos de la Frontera Sur de México y las relaciones de ésta con los Países de Centroamérica y el Caribe. Le solicitamos respetuosamente que nos hiciera saber cuáles son las políticas públicas que Cuba impulsa para desarrollar sus relaciones comerciales con Centroamérica y el Caribe, con el fin de conocer en donde los diputados mexicanos podemos coadyuvar al fincamiento y fortaleza de las mismas, y entrelazar esfuerzos con los países y pueblos de la región, así como iniciativas conjuntas para comprometer el mejor desarrollo y cooperación entre nuestros países.
El señor Malmierca expuso que Cuba es un país con una economía pequeña, y que actualmente se ha abierto, pero se encuentra sensible a los grandes cambios del exterior, debido a 40 años de bloqueo capitalista, y sumado a esto la caída del sistema socialista en los años ochenta que influyó de una manera primordial en su régimen económico; en la década de los noventa se vieron arrastrados a una doble crisis económica, y vieron caer en 1993 su PIB en más del 30 por ciento, a la par de que dejó de recibir crédito y productos del exterior. Por lo que se vieron obligados a implementar algunas medidas de política económica, entre las cuales mencionó las siguientes:
* Creación de unidades básicas de producción agropecuaria.
* Liberación del turismo exterior.
* Se reforma el estado, reduciendo un importante número de Ministerios (Secretarías de Estado).
* Se elimina la monopolización del comercio exterior, en 1994 eran manejadas por el estado, en la actualidad hay alrededor de 300 empresas de capital mixto.
Por otro lado hizo especial mención al Sector Turismo, que es el de mayor crecimiento en los últimos años. En 1989, la isla recibió menos de 500 mil visitantes, el año pasado repuntó con un 12 por ciento y para este año se contempla una afluencia de 1 millón 500 mil paseantes.
En apoyo al fomento de la Inversión Extranjera se modificó el marco legal de la Constitución, permitiendo la intervención de más capital extranjero y se promovieron tres zonas francas: Zona de Berros en el Puerto de La Habana, Huapi, cerca del aeropuerto y Puerto de Mariel, al oeste de la capital cubana, con el objetivo de promover estímulos fiscales, liberando a un 25 por ciento de lo producido del pago de impuestos y el otro 75 por ciento de lo producido si causa impuesto. Las oficinas de estas zonas funcionan con un operador para los negocios de inversión, así como operadores comerciales, actualmente existen 340 empresas mixtas, constituidas por 50 diferentes países.
Finalmente le agradecimos la gentileza de su tiempo, su valiosa información y la cálida recepción a los miembros de la Comisión.
A las 15 horas del mismo día nos reunimos con el sr. Jorge Bolaños, viceministro Primero de Relaciones Exteriores de Cuba, en la sede del Ministerio, después de explicarle el motivo de la visita, el fin y objetivo de la Comisión, le pedimos respetuosamente nos hiciera saber cuáles eran las políticas que en materia de Relaciones Exteriores impulsaba ese Ministerio, para desarrollar sus relaciones con Centroamérica y el Caribe, con el fin de que los diputados mexicanos ayuden a fortalecer dichos acuerdos y programas, y el establecer iniciativas conjuntas en materia de política exterior para mejorar el desarrollo y la cooperación entre nuestros dos países. El ministro expuso los problemas que enfrentan, relacionados con el tráfico de drogas en la región, y la escasa colaboración con la que cuentan para su combate. Por otro lado se han presentado daños ecológicos en el Caribe, debido a la presencia de industrias, que no han tomado medidas preventivas para evitar posibles daños; comentó que Cuba es un gran bastión de deportistas como peloteros y entrenadores, que hacen ganar a los equipos donde actúan.
Agregó que la globalización ha perjudicado a países pequeños, afectándolos y obligándolos a vender barata la materia prima y la mano de obra, y recalcó que los países caribeños a pesar de ser pequeños han sabido mantener su dignidad.
Hizo hincapié de la permanente búsqueda de Cuba por integrarse con los estados caribeños de Centro y Sudamérica ya que los asuntos comunes son prioritarios para ellos, dándole gran valor a su obligación de participar en cada uno de los foros internacionales.
Entre los temas de interés común con nuestro país destacó, los correspondientes en materia de medio ambiente, narcotráfico, desarrollo turístico y proyectos de multidestino, así como las Donas en el Golfo de México donde ya hay avances en las negociaciones. Para concluir le hicimos patente un saludo de parte de todos los integrantes de la Comisión de Asuntos de la Frontera Sur para el señor ministro de Relaciones Exteriores, Roberto Robaina y de manera especial al comandante Fidel Castro; le agradecimos al viceministro la atención prestada, su valiosa información y la cálida recepción de que fuimos objeto.
Posteriormente a las 17:30 horas fuimos invitados a realizar un recorrido por el Centro Histórico de La Habana, que ha sido declarado Patrimonio Cultural de la Humanidad, en el cual un representante del historiador de la ciudad nos llevó a recorrer el antiguo Palacio de Gobierno, y nos mostró, en especial, el rescate del cual es objeto la casa donde habitó don Benito Juárez García, así como el Programa de Reconstrucción de La Habana
Miércoles 26 de agosto
A las 10 horas, nuevamente nos reunimos con el embajador de México en Cuba, lic. Pedro Joaquín Coldwell, con quien hicimos los comentarios finales con relación a nuestra visita y le agradecimos, a él y al personal de la embajada, sus atenciones y la extraordinaria coordinación con las autoridades del gobierno cubano y de la Asamblea del Poder Popular de Cuba, para que nuestra agenda fuera cumplida cabalmente. Posteriormente a las 15 horas, dimos por concluida nuestra visita, y salimos del aeropuerto de La Habana, Cuba con destino a la Ciudad de México, para arribar a ella las 16:30 horas.
Nuestro reconocimiento especial por la colaboración brindada para un mejor desarrollo de nuestra visita al equipo de trabajo de la Comisión de Asuntos de la Frontera Sur, por la eficiente coordinación con la embajada de México en Cuba y en especial al Presidente de la Comisión, dip. Juan Carlos Gómez Aranda, y al embajador de México en Cuba, lic. Pedro Joaquín Coldwell.
Diputados J. Agapito Domínguez Lacroix, Isidro Cigarroa Villarreal, Octavio Díaz Reyes y Nicolás Jiménez Carrillo, integrantes de la Comisión de Asuntos de la Frontera Sur.
Comisión de Patrimonio y Fomento Industrial
Acta de la sesión ordinaria celebrada el miércoles 4 de noviembre de 1998
En la ciudad de México, Distrito Federal, siendo las nueve horas del día cuatro de noviembre de mil novecientos noventa y ocho, acuden al Palacio Legislativo los integrantes de la Comisión de Patrimonio y Fomento Industrial a la Sesión Ordinaria de trabajo, de conformidad a la convocatoria publicada en la Gaceta Parlamentaria de fecha treinta de octubre del presente año, para el desahogo del siguiente orden del día:
Orden del Día
I. Lista de asistencia y declaración de quórum
Se pasa lista de asistencia, encontrándose presentes los CC. diputados: Juan Bueno Torio, Mauricio Alejandro Rossell Abitia, Pedro Salcedo García, José Luis Bárcena Trejo, Jaime Enrique Basáñez Trevethan, Javier Castelo Parada, Ana Lila Ceballos Trujeque, José Luis Enríquez González, Sergio Marcelino George Cruz, Lombardo Victoriano Guajardo Guajardo, José Antonio Romualdo Herrán Cabrera, Adoración Martínez Torres, Raúl Monjarás Hernández, María del Carmen Moreno Contreras, Jesús Salvador Olvera Pérez, César Agustín Pineda Castillo, Aarón Quiroz Jiménez, Gloria Xóchitl Reyes Castro, Luis Rojas Chávez, y María del Pilar Valdés y González Salas.
En virtud de que se encuentran presentes veinte diputados de un total de veintiocho, se declara que existe el quórum reglamentario y por lo tanto, se procede al desahogo del siguiente punto del orden del día.
II. Lectura y aprobación del acta anterior
El Presidente de la Comisión, diputado Juan Bueno Torio solicita al diputado José Antonio Herrán Cabrera dé lectura al acta de la sesión anterior; una vez leída, se somete a la consideración de los asistentes quienes en votación económica la aprueban por unanimidad.
III. Informe de la Presidencia
El diputado Juan Bueno Torio informa que la diputada Martha Veyna Soriano sustituye al diputado Manuel Angel Núñez Soto.
Se notifica que el diputado Mauricio Alejandro Rossell Abitia sustituye al diputado Lombardo Victoriano Guajardo Guajardo, en la secretaría de la Comisión por el grupo parlamentario del PRI.
Se recibió a representantes de la Cámara del Juguete, de la Asociación Nacional de la Industria de Bebidas Alcohólicas y Conexos y de la Cámara Nacional de Jabones, Grasas, Aceites quienes solicitaron el apoyo de la Comisión en asuntos de carácter administrativo ante la Secofi y en cuestiones fiscales ante la Secretaría de Hacienda.
El diputado Juan Bueno informa que se ha solicitado una reunión con el titular de Secofi, dr. Herminio Blanco Mendoza, para atender estos planteamientos y buscar sumar esfuerzos para la creación de la Ley de Fomento Industrial.
Se llevó a cabo una reunión en Concamin con académicos y representantes de sectores industriales, a fin de dar seguimiento a los planteamientos para la creación de la Ley de Fomento Industrial; asimismo, con el director del Sistema de la Organización de las Naciones Unidas en México, Bruno Guandalini, para que proporcionen las leyes y experiencias exitosas a nivel internacional en la materia.
El diputado Presidente de la Comisión propone a los asistentes la realización en el mes de febrero, de un Seminario Internacional sobre Industrialización.
La diputada María del Pilar Valdés sugiere que se realice en el Seminario una exposición sobre las políticas industriales de México. Proposición que apoya el diputado Sergio Marcelino George Cruz y comenta que sería muy importante hacer la publicación de esa memoria.
El diputado Bueno Torio propone que la reunión con la OCDE sea programada para la última semana del mes de enero del próximo año.
Se envió a los diputados secretarios de la Comisión la documentación para el análisis de la Cuenta Pública de 1997, a fin de que cada grupo parlamentario representado en la Comisión contara con información sobre el tema; así como una nota técnica sobre este tema a cada diputado.
El 20 de octubre la Comisión de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública realizó una reunión de trabajo para analizar la Hacienda Pública 1997 en lo referente al sector Comercio y Fomento Industrial, con funcionarios de la Secofi, a la que asistieron los diputados: Adoración Martínez Torres, Juan Bueno Torio Mauricio Alejandro Rossell Abitia, Sergio Marcelino George Cruz, Salvador Olvera Pérez y Javier Castelo Parada, quienes hicieron cuestionamientos sobre los datos presentados, y donde varias de sus preguntas no recibieron una respuesta satisfactoria.
El diputado Salvador Olvera manifiesta que la actitud de los funcionarios asistentes fue poco cortés y comenta que el Presupuesto para este año debe ser enviado a la brevedad para su estudio.
La diputada María del Pilar Valdés propone que el mismo análisis sea realizado para el sector energéticos por lo que respecta al patrimonio, a lo que el diputado Bueno Torio solicita a la diputada Ana Lila Ceballos que la Subcomisión de Patrimonio realice este estudio.
El diputado Bueno Torio informa que se publicó en la Gaceta Parlamentaria el Informe de labores correspondiente al Primer año de la LVII Legislatura.
Respecto a las propuestas para reformar la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones, se informa que se han realizado varias reuniones para su estudio y análisis, y no se ha llegado a acuerdo definitivo.
Se le solicita al secretario del grupo parlamentario del PRI, la realización formal de las sustituciones en las Subcomisiones. Se acuerda que la Subcomisión de Política Industrial sea coordinada por la diputada María del Carmen Moreno Contreras.
El diputado Bueno recuerda que al finalizar la sesión se tiene programada la reunión de la Subcomisión de Comisiones Unidas para la revisión de la desincorporación de Patrimonio Nacional de 1982 a la fecha.
Se informa que se recibió el Informe de Avances del "Programa de Política Industrial y Comercio Exterior" y los "Resultados del Programa de Proveedores", y se envió a los secretarios de la Comisión para su consulta.
Respecto a la comparecencia de los Subsecretarios de Secofi y de la Sagar, se hace saber que se está gestionando ante la Secretaría de Gobernación y en cuanto se tenga la fecha se hará del conocimiento de todos los diputados.
El diputado Sergio Marcelino George Cruz informa sobre el Foro de Minería realizado en el estado de Sonora, donde se hizo un extrañamiento a las autoridades gubernamentales respecto a la poca atención que se le ha dado a los planteamientos ahí vertidos. Asimismo, comenta que uno de los principales problemas detectados es el conflicto de leyes que existe entre la norma Agraria y la Minera.
Se recibe un comunicado del diputado Arturo Jairo García Quintanar para invitar a los integrantes de la Comisión a la reunión de trabajo de la Subcomisión de Minería con el dr. Luis Chávez Martínez, director del Consejo de Recursos Minerales de Secofi.
En uso de la palabra el diputado Mauricio Rossell agradece el esfuerzo y buena disposición del diputado Lombardo Guajardo y expresa un extrañamiento a las declaraciones del diputado Pedro Salcedo respecto a los trabajos en la reforma a la Ley de Cámara Empresariales y sus Confederaciones y señala que su grupo parlamentario ha prevalecido siempre un ánimo constructivo. A lo que la diputada Moreno Contreras manifiesta que se ha trabajado para encontrar consensos en esta materia. El diputado Pedro Salcedo García reconoce un exceso en la información que manejo el diario que publico la nota y aclara su punto de vista.
IV. Propuesta de Reforma fiscal para el fomento industrial
El diputado Juan Bueno solicita se distribuya un documento con las propuestas fiscales para el fomento industrial que han remitido a la Comisión diversas asociaciones y cámaras industriales, a fin de que sea enriquecido por los integrantes de la Comisión.
El diputado Mauricio Rossell hace entrega de las consideraciones que sobre la materia presenta el grupo parlamentario del PRI.
El diputado Sergio Marcelino George Cruz solicita que se haga un cuadro comparativo con las propuestas fiscales para facilitar el análisis.
El diputado Lombardo Guajardo solicitará una copia de los resultados de la Consulta Nacional Sobre la Reforma Fiscal elaborada por la Canaco de Monterrey para hacerla llegar a cada diputado.
El Presidente de la Comisión propone que se realice una reunión el próximo dieciocho de noviembre del presente año, a las ocho treinta horas, a fin de elaborar la propuesta fiscal para el fomento industrial.
V. Propuesta para Presupuesto a Secofi para el fomento industrial
El diputado Bueno Torio consulta si existen consideraciones respecto a este tema.
El diputado Lombardo Guajardo comenta que en las reuniones que su grupo parlamentario han sostenido con el Ejecutivo federal han observado que no hay posibilidades de crecimiento por las restricciones que para el Presupuesto 1999 se presentará.
El diputado Bueno Torio señala que lo que se pretende es orientar el Presupuesto asignado a Secofi y buscar su eficientización.
La diputada María del Pilar González sugiere que se solicite y analice la información sobre los subsidios que se asignan a Luz y Fuerza del Centro.
El diputado Luis Rojas señala que se debe ser más críticos y reorientar los recursos existentes.
El diputado Bueno Torio solicita al equipo técnico de la Comisión que se prepare en cuanto se tenga el proyecto para el Presupuesto de 1999, un cuadro comparativo con el año anterior.
El diputado Rossell encuentra difícil que se aumente el presupuesto a la Secofi y que sería posible que mediante algunas medidas se busque apoyar a rubro de pequeña y mediana empresa.
El diputado Bueno somete a la consideración que la reunión programada para el nueve de diciembre sea dedicada para elaborar una propuesta en éste tema.
IV. Clausura
Habiéndose agotados los temas en cartera, se declara clausurada la sesión y se cita a la próxima que se llevará acabo el día dieciocho de noviembre del presente año a las ocho treinta horas.
Dip. Juan Bueno Torio, Presidente, dip. Pedro Salcedo García , secretario, dip. Mauricio Alejandro Rosell Abitia, secretario (rúbricas).
DE LA COMISION DE MARINA
A su desayuno-reunión de trabajo del lunes 14 de diciembre, a la 9 horas en el salón B del restaurante Los Cristales.
Orden del Día
2. Lectura y en su caso, aprobación del acta anterior.
3. Nombramiento de la Subcomisión que dictaminará la Iniciativa que reforma y adiciona el artículo 15 de la Ley del Servicio Militar Nacional, turnada por la Mesa Directiva.
4. Informe de la Subcomisión de Dictamen sobre las propuestas de modificación a la Ley del ISSFAM por el C. dip. Constancio Ríos Sánchez.
5. Asuntos generales.
6. Clausura de la reunión.
DE LA COMISION DE INVESTIGACION SOBRE EL IMPACTO ECOLOGICO AMBIENTAL POR LAS ACTIVIDADES DE LA EMPRESA DE PARTICÍPACION ESTATAL MAYORITARIA EXPORTADORA DE SAL, SA DE CV
A su reunión del lunes 14 de diciembre, a las 14 horas, en el salón Leona Vicario, planta baja del edificio H de esta H. Cámara de Diputados.
Orden del Día
2. Lectura del acta de la reunion de trabajo realizada el 18 de noviembre.
3. Presentacion de propuestas de estudios, impacto ambiental o auditorias.
4. Presentaclón de nuevas propuestas a comparecencias y su agendamiento.
5. Asuntos generales.
DE LA COMISION DE ASUNTOS DE LA FRONTERA SUR
A su reunión con el secretario de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, Romárico Arroyo Marroquín, para revisar los avances de los asuntos planteados a esta dependencia sobre la Sierra y Costa de Chiapas, que se derivaron de una reciente visita de legisladores a ese estado.
La reunión será el lunes 14 de diciembre, a las 18 horas, en las oficinas de la Sagar, en Insurgentes Sur # 476, piso 13, col. Roma Sur.
Tal encuentro es de suma importancia, por lo cual rogamos la asistencia de los diputados integrantes de la Comisión de Asuntos de la Frontera Sur.
Atentamente
Dip. Juan Carlos Gómez Aranda
Presidente
EN EL PUNTO DE ACUERDO DE LA COMISION DE PROTECCION CIVIL, SOBRE EL FONDO NACIONAL PARA DESASTRES, PUBLICADO EN GACETA PARLAMENTARIA DEL JUEVES 10 DE DICIEMBRE DE 1998
En la página 37, quinto párrafo, línea 14 del punto número 1:
Dice: